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Acta Constitutiva S de RL de CV en México

Articles of Incorporation S de RL de CV Mexico (Acta Constitutiva)

ACTA CONSTITUTIVA

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

Conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles, Artículos 58 al 86

Ante [Notary Details], comparecen los socios fundadores que a continuación se identifican, quienes solicitan la formalización de la presente escritura constitutiva de una Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, conforme a las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA — DENOMINACIÓN SOCIAL

La sociedad se denominará: [Company Name].

CLÁUSULA SEGUNDA — OBJETO SOCIAL

La sociedad tiene por objeto social: [Corporate Purpose].

CLÁUSULA TERCERA — DOMICILIO SOCIAL

El domicilio social de la empresa será: [Domicilio Social]. La sociedad podrá establecer sucursales y agencias en cualquier lugar de la República Mexicana o en el extranjero.

CLÁUSULA CUARTA — DURACIÓN

La duración de la sociedad será: [Duration].

CLÁUSULA QUINTA — CAPITAL SOCIAL Y PARTES SOCIALES

El capital social de la sociedad es variable. El capital mínimo fijo es de [Fixed Capital]. El capital social está representado por [Quota Structure]. Al momento de la constitución, queda exhibido: [Paid Capital], conforme al Artículo 62 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

La cesión de partes sociales a personas ajenas a la sociedad requerirá la autorización de la Asamblea de Socios por mayoría que represente al menos el 75% del capital social, conforme al Artículo 65 LGSM. Los socios tendrán derecho del tanto (preferencia) para adquirir las partes sociales que cualquier socio desee ceder, conforme al Artículo 66 LGSM.

CLÁUSULA SEXTA — SOCIOS FUNDADORES Y SUSCRIPCIÓN DE CAPITAL

PRIMER SOCIO:

Nombre: [Partner 1 Name]

RFC / CURP: [Partner 1 RFC]

Partes sociales suscritas: [Partner 1 Quotas]

SEGUNDO SOCIO:

Nombre: [Partner 2 Name]

RFC / CURP: [Partner 2 RFC]

Partes sociales suscritas: [Partner 2 Quotas]

CLÁUSULA SÉPTIMA — ADMINISTRACIÓN

La administración de la sociedad estará a cargo de: [Gerente], quien acepta el cargo y queda facultado para representar a la sociedad en pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio, en términos de la legislación aplicable.

CLÁUSULA OCTAVA — INVERSIÓN EXTRANJERA

[Foreign Investment Clause], de conformidad con el Artículo 27 Fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Inversión Extranjera.

CLÁUSULA NOVENA — RESERVA LEGAL Y UTILIDADES

De las utilidades netas anuales se separará el cinco por ciento (5%) para integrar la reserva legal, hasta que ésta alcance la quinta parte del capital social, conforme al Artículo 20 LGSM. El resto de las utilidades se distribuirá entre los socios en proporción a su participación en el capital social, conforme lo resuelva la Asamblea de Socios.

FIRMAS DE LOS SOCIOS FUNDADORES

En [Contract City], a [Contract Date].

PRIMER SOCIO: [Partner 1 Name]

Firma: _________________________

SEGUNDO SOCIO: [Partner 2 Name]

Firma: _________________________

GERENTE DESIGNADO: [Gerente]

Firma de aceptación: _________________________

First Partner (Primer Socio)

________________

Signature

Second Partner (Segundo Socio)

________________

Signature

Manager (Gerente)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acta Constitutiva S de RL de CV en México

El Acta Constitutiva S de RL de CV en México es un documento legal regulado por los Artículos 58 a 86 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), con partes sociales, máximo 50 socios y gobernanza simplificada frente a la SA de CV.

La Sociedad de Responsabilidad Limitada fue introducida en el derecho mercantil mexicano por la Ley General de Sociedades Mercantiles original de 1934, con base en la Gesellschaft mit beschränkter Haftung (GmbH) alemana y la Société à Responsabilité Limitée (SARL) francesa. La S de RL de CV limita la responsabilidad de cada socio al valor de su parte social suscrita; los socios no responden personalmente por las deudas de la empresa más allá de su inversión. La LGSM impone un máximo estatutario de 50 socios para la forma S de RL — el Artículo 61 LGSM establece que si el número de socios supera 50, la empresa debe transformarse en Sociedad Anónima dentro del año siguiente o disolverse, lo que hace a la S de RL inadecuada para empresas con muchos inversionistas o que planeen operaciones en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) o la Bolsa Institucional de Valores (BIVA).

El capital de una S de RL de CV se divide en partes sociales (cuotas) en lugar de acciones. A diferencia de las acciones en una SA de CV, las partes sociales no son libremente transmisibles: el Artículo 65 LGSM exige que cualquier cesión de partes sociales a un tercero ajeno requiera la autorización previa de la Asamblea de Socios por voto que represente al menos el 75% del capital total, salvo disposición distinta en los estatutos. Los socios existentes tienen un derecho del tanto estatutario bajo el Artículo 66 LGSM. Este mecanismo de restricción de transmisión es precisamente la razón por la que la S de RL se prefiere para empresas familiares y coinversiones donde el control sobre la membresía es esencial.

La S de RL de CV no requiere Comisario (auditor estatutario) salvo que los estatutos lo prevean expresamente — a diferencia de la SA de CV, donde el Comisario es obligatorio bajo el Artículo 164 LGSM. La gobernanza se simplifica: Asamblea de Socios regulada por los Artículos 77 a 83, y un Gerente o Consejo de Gerentes en lugar de un Consejo de Administración, lo que reduce los costos y formalidades anuales de gobierno corporativo manteniendo la plena protección de responsabilidad limitada.

Para la inversión extranjera en S de RL de CV, la Ley de Inversión Extranjera y las reglas de registro ante el RNIE se aplican de manera idéntica a las aplicables a empresas SA de CV. La S de RL es el vehículo preferido para que empresas estadounidenses y canadienses establezcan subsidiarias mexicanas bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC/USMCA), pues refleja en términos económicos las estructuras LLC de EE.UU. y ULC de Canadá, mientras ofrece la protección de responsabilidad limitada de la legislación mexicana.

Cuándo necesitas Acta Constitutiva S de RL de CV en México

El Acta Constitutiva de S de RL de CV en México se requiere cuando dos o más personas o entidades deseen constituir una sociedad mexicana de responsabilidad limitada con propiedad basada en partes sociales, restricciones de transmisión y gobernanza más sencilla que la SA de CV, en particular para empresas de capital cerrado donde el control sobre quién se convierte en socio reviste importancia.

El acta constitutiva de S de RL de CV es necesaria cuando empresas extranjeras establecen una subsidiaria mexicana de propiedad total (subsidiaria de propiedad total) bajo la Ley de Inversión Extranjera. La S de RL de CV es la estructura preferida para subsidiarias de empresas estadounidenses porque su gobernanza y estructura de propiedad se asemejan a la Limited Liability Company (LLC) de EE.UU., lo que permite elecciones de clasificación (check-the-box) bajo la Regulación del Tesoro § 301.7701-3, que permiten tratar a la S de RL mexicana como entidad ignorada o sociedad para efectos del impuesto federal sobre la renta en EE.UU. — una herramienta de planeación fiscal crítica para multinacionales estadounidenses con operaciones en México.

El acta constitutiva de S de RL de CV es necesaria cuando una empresa familiar formaliza su estructura como persona moral para: separar activos empresariales de los personales; obtener financiamiento bancario de instituciones supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV); celebrar contratos con grandes clientes corporativos que exigen una contraparte persona moral; y preparar la planeación sucesoria para transferir el negocio a la siguiente generación.

El documento se requiere cuando dos o más profesionistas (abogados, arquitectos, ingenieros, médicos) constituyen una entidad de práctica profesional en México. Si bien el derecho mexicano permite a los profesionistas organizarse bajo la Sociedad Civil del Código Civil Federal, la S de RL de CV ofrece la combinación de responsabilidad limitada y capacidad de contratación mercantil preferida para prácticas profesionales que también desarrollan actividades comerciales.

El acta constitutiva de S de RL también se requiere cuando un socio en una coinversión que necesita restricciones de transmisión de membresía crea un nuevo vehículo para una colaboración a largo plazo específica — el derecho del tanto estatutario y el requisito de aprobación mayoritaria de los socios ofrecen mejor protección que las reglas por defecto de la SA de CV para estructuras de sociedad de capital cerrado.

Un nuevo acta constitutiva de S de RL debe preceder todos los actos societarios subsecuentes: antes de que el Gerente pueda actuar con autoridad corporativa, antes de que el SAT expida el RFC de la empresa, y antes de que pueda abrirse cualquier cuenta bancaria en instituciones reguladas por la CNBV.

Qué incluir en tu Acta Constitutiva S de RL de CV en México

Un Acta Constitutiva válida de Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable en México bajo los Artículos 58 a 86 de la LGSM debe contener los siguientes elementos esenciales para su inscripción en el RPC y plena validez legal:

Denominación Social: El nombre de la empresa seguido de «Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable» o «S. de R.L. de C.V.» — exigido por el Artículo 59 LGSM. La denominación debe ser autorizada por la Secretaría de Economía a través del sistema SIGER y no debe ser idéntica ni confundible con una entidad ya inscrita. Ciertas palabras están prohibidas sin autorización regulatoria — «Banco», «Seguro», «Fianza», «Inversiones» — para evitar impresiones falsas sobre actividades financieras reguladas.

Objeto Social: Una descripción exhaustiva de todas las actividades comerciales lícitas que desarrollará la S de RL. La práctica notarial mexicana exige incluir actividades principales (actividades principales), actividades auxiliares (actividades auxiliares) y una cláusula general habilitante (cláusula general habilitante) que autorice cualquier actividad necesaria o conveniente para el propósito principal.

Domicilio y Duración: El municipio o alcaldía del domicilio principal (domicilio social) para efectos de jurisdicción del RPC. La duración es típicamente indefinida (duración indefinida) conforme a la práctica notarial mexicana actual.

Identificación de Socios y Suscripción de Partes Sociales: Nombre completo, nacionalidad, RFC o CURP (personas físicas) o RFC e inscripción en el RPC (personas morales) de cada socio fundador (socio fundador), y el valor y porcentaje de sus partes sociales en el capital social total. El Artículo 60 LGSM exige que el capital se divida en una o más partes sociales con valor nominal de al menos un peso cada una.

Estructura de Capital: El capital mínimo fijo (capital mínimo fijo) y la porción variable del capital. El Artículo 62 LGSM exige que se pague el 50% de cada parte social suscrita al momento de la constitución — requisito más exigente que el mínimo del 20% de la SA de CV.

Cláusula de Restricción de Transmisión: El mecanismo de aprobación de socios para la cesión de partes sociales a terceros — por defecto, el Artículo 65 LGSM exige aprobación del 75% de los socios; los estatutos pueden reducir este umbral pero no pueden eliminar el derecho de consentimiento. El derecho del tanto bajo el Artículo 66 debe preservarse en los estatutos salvo renuncia expresa de todos los socios.

Estructura de Administración: Si la S de RL será administrada por un Gerente único, varios Gerentes o un Consejo de Gerentes. El acta debe identificar al Gerente o Gerentes iniciales nombrados por los socios fundadores, y el alcance de sus facultades: pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio, conforme a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre poderes notariales.

Vigilancia: Si se nombrará Comisario o comité de auditoría — optativo para la S de RL bajo la LGSM, a diferencia del Comisario obligatorio para la SA de CV. Para S de RL con ingresos anuales que superen el umbral de contribuyente relevante del SAT, un Contador Público Registrado puede ser requerido bajo el Código Fiscal de la Federación.

Inversión Extranjera y Cláusula Calvo/Exclusión: La cláusula de inversión extranjera aplicable bajo el Artículo 27 Fracción I de la Constitución Política y la Ley de Inversión Extranjera — ya sea la Cláusula Calvo para empresas abiertas a socios extranjeros o la Cláusula de Exclusión de Extranjeros para empresas restringidas a nacionales mexicanos.

Distribución de Utilidades: Reglas para la distribución anual de utilidades después de constituir la reserva legal bajo el Artículo 20 LGSM (5% anual hasta alcanzar el 20% del capital pagado). Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Acta Constitutiva S de RL de CV México como referencia de redacción; el otorgamiento debe realizarse ante Notario Público, seguido de la inscripción en el RPC y el registro del RFC ante el SAT.

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Forms Legal. (2026). Acta Constitutiva S de RL de CV en México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/business/corporate/acta-constitutiva-s-de-rl-mexico

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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