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Contrato de Compraventa de Motocicleta España

Motorcycle Sale Agreement Spain (Contrato de Compraventa de Motocicleta)

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MOTOCICLETA

Contrato de Compraventa entre Particulares

Regulado por el Código Civil artículo 1445 y el Real Decreto 2822/1998 (Reglamento General de Vehículos)

1. PARTES

VENDEDOR/A:

Nombre: [Seller Name]

DNI / NIE: [Seller DNI]

Domicilio: [Seller Address]

COMPRADOR/A:

Nombre: [Buyer Name]

DNI / NIE: [Buyer DNI]

Domicilio: [Buyer Address]

2. IDENTIFICACIÓN DEL VEHÍCULO

Marca: [Make]

Modelo: [Model]

Año de fabricación: [Year]

Cilindrada: [Engine Displacement]

Color: [Colour]

Matrícula: [Plate]

Número de bastidor (VIN): [VIN]

Número de motor: [Engine Number]

Kilometraje en el momento de la venta (km): [Km]

ITV vigente hasta: [ITV Expiry]

El vendedor declara ser el titular registral de la motocicleta descrita en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) y confirma que todos los datos coinciden con los que constan en el permiso de circulación.

3. PRECIO Y FORMA DE PAGO

Precio de venta acordado: [Sale Price]

Forma de pago: [Payment Method]

El pago se efectúa en la fecha de firma del presente contrato. El vendedor reconoce haber recibido la totalidad del precio de venta.

4. ESTADO Y CARGAS

Estado en la venta: [Condition]

Cargas y gravámenes: [Charges]

El vendedor declara que la motocicleta no está sujeta a ningún embargo, reserva de dominio, prenda ni otra restricción legal inscrita en el Registro de Bienes Muebles o en la DGT que impida la válida transmisión de la propiedad, salvo lo expresamente indicado. Se han comunicado al comprador todos los defectos conocidos antes de la firma.

5. DOCUMENTACIÓN ENTREGADA

El vendedor entrega al comprador los siguientes documentos junto con la motocicleta:

— Permiso de circulación (original)

— Ficha técnica del vehículo

— Certificado de inspección técnica (ITV), si procede

— Historial de revisiones y mantenimiento, si está disponible

— Llaves y accesorios incluidos en la venta

6. OBLIGACIONES FISCALES Y TRÁMITES DE TRANSFERENCIA

El comprador es el único responsable de liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD), modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas, mediante el Modelo 620 ante la Consejería de Hacienda de su Comunidad Autónoma de residencia, en el plazo de 30 días hábiles desde la fecha del presente contrato. El comprador deberá tramitar el cambio de titularidad ante la Jefatura Provincial de Tráfico en el plazo de 30 días desde la venta. Asimismo, el comprador es responsable de contratar su propio seguro de responsabilidad civil obligatoria conforme al Real Decreto Legislativo 8/2004 desde la fecha de compra.

7. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se rige por la ley española, principalmente el artículo 1445 del Código Civil y el Real Decreto 2822/1998 (Reglamento General de Vehículos). Las controversias que puedan surgir se someterán al Juzgado de Primera Instancia del lugar de residencia del vendedor.

FIRMAS

Firmado en [Contract City], a [Contract Date].

VENDEDOR/A:

[Seller Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

COMPRADOR/A:

[Buyer Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Ambas partes confirman haber recibido un ejemplar firmado del presente contrato.

Vendedor/a

________________

Signature

Comprador/a

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Compraventa de Motocicleta España

El Contrato de Compraventa de Motocicleta es, en España, el contrato escrito regulado por Código Civil art. 1445; Real Decreto 2822/1998 (Reglamento General de Vehículos); Real Decreto 1428/2003 (Reglamento General de Circulación), que define las prestaciones de cada parte y resulta exigible ante la jurisdicción civil.

En España, las motocicletas y ciclomotores se clasifican y registran según su cilindrada y velocidad máxima de diseño conforme al RD 2822/1998 y el Reglamento (UE) 168/2013 de homologación de tipo. El permiso de circulación expedido por la DGT es el documento acreditativo de la titularidad de toda motocicleta matriculada en España — registra al titular, el número de identificación del vehículo (NIV o número de bastidor) y cualquier restricción legal a la transmisión (gravámenes, embargos). El Registro de Vehículos de la DGT mantiene los datos oficiales de titularidad y técnicos de todos los vehículos matriculados en España.

La transmisión de la titularidad registral de una motocicleta en España requiere un procedimiento administrativo específico ante la Jefatura Provincial de Tráfico. El contrato privado de compraventa constituye el documento base para la solicitud de cambio de titularidad. El comprador debe presentar el contrato, los DNI/NIE de ambas partes, el permiso de circulación original, la última Inspección Técnica de Vehículos (ITV) — si la moto tiene más de 4 años y cilindrada superior a 125 cc — y el justificante del pago del ITP-AJD. La DGT expide un nuevo permiso de circulación a nombre del comprador.

La obligación fiscal del comprador en una venta privada de moto es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD), modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO), gestionado por la Consejería de Hacienda de la comunidad autónoma de residencia del comprador. Los tipos del ITP para vehículos oscilan generalmente entre el 4% y el 8% según la comunidad. La base imponible es el precio de venta pactado — o, si fuera inferior, el valor mínimo fiscal publicado por la Agencia Tributaria. En la compra de una moto nueva en concesionario se aplica IVA al 21% (Ley 37/1992) en lugar del ITP.

El seguro de responsabilidad civil obligatoria es preceptivo para todas las motocicletas que circulen por vías públicas conforme al Real Decreto Legislativo 8/2004. El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) gestiona el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA), que la DGT consulta para verificar el seguro antes de autorizar el cambio de titularidad. El comprador debe contratar su propio seguro desde la fecha de compra, ya que el seguro del vendedor no se transmite automáticamente.

El vendedor particular debe declarar en su IRPF (Ley 35/2006) la ganancia o pérdida patrimonial derivada de la venta, aunque en la práctica la mayoría de las ventas privadas de motos generan pérdida patrimonial por la depreciación del vehículo. Las pérdidas en la transmisión de bienes de uso personal no son deducibles conforme al Artículo 33.5 LIRPF. La DGT cobra tasas administrativas por el cambio de titularidad, reguladas por la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Cuándo necesitas Contrato de Compraventa de Motocicleta España

El Contrato de Compraventa de Moto en España es necesario en todas las situaciones en las que se transmite la propiedad de una motocicleta, ciclomotor, scooter o vehículo de dos ruedas entre particulares o entre un particular y una empresa, al margen de la compra en concesionario (que genera factura comercial).

Es necesario en cualquier compraventa de moto entre particulares, ya que el contrato privado de compraventa es el documento esencial que acredita la transmisión de la propiedad y sirve de base para la solicitud del cambio de titularidad ante la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT), conforme al Real Decreto 2822/1998 por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos y la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015).

El contrato es necesario para realizar el trámite de transferencia de vehículo (cambio de titular) ante la DGT, que exige la presentación del contrato de compraventa o documento equivalente, del DNI de comprador y vendedor, del permiso de circulación, de la ficha técnica (ITV en vigor), del justificante del pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) ante la Comunidad Autónoma correspondiente (normalmente entre el 4% y el 8% del precio declarado, o del valor de mercado si es superior), y del recibo del Impuesto de Circulación (IVTM) del último año.

Es requerido cuando el vendedor desea protegerse de futuras responsabilidades (multas, accidentes, infracciones) relacionadas con la moto, acreditando fehacientemente la fecha y las condiciones de la venta mediante documento privado con fecha cierta. Sin el contrato debidamente firmado, el vendedor podría seguir figurando como titular en los registros de la DGT si el comprador no realiza el cambio de titularidad.

El contrato es necesario cuando la compraventa se realiza mediante pago aplazado, permitiendo documentar los plazos de pago, los importes de cada cuota, las garantías del vendedor sobre el estado del vehículo, y las consecuencias del impago.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Contrato de Compraventa de Moto para facilitar la transmisión segura de vehículos de dos ruedas en España, garantizando la protección jurídica de comprador y vendedor conforme al Código Civil y la normativa de tráfico vigente.

Qué incluir en tu Contrato de Compraventa de Motocicleta España

El Contrato de Compraventa de Moto en España se rige por los artículos 1445 a 1537 del Código Civil sobre la compraventa y la normativa de tráfico y circulación de vehículos a motor. Para ser válido y eficaz como documento base de la transferencia ante la DGT, el contrato debe contener los siguientes elementos esenciales.

Identificación de las Partes: Nombre completo, DNI/NIE, domicilio y número de teléfono del vendedor y del comprador. Si alguna de las partes actúa en nombre de una empresa, debe indicarse la razón social, NIF, y los poderes de representación. En compraventas entre empresas, debe incluirse la referencia a la escritura de poderes notarial que habilita al firmante.

Descripción Detallada del Vehículo: Marca y modelo de la motocicleta, año de fabricación, color, número de bastidor (VIN — Vehicle Identification Number de 17 dígitos), matrícula actual, cilindrada en cc, potencia en kW, número de km en el momento de la venta, y estado general del vehículo (con mención expresa de cualquier defecto, avería, daño o accidente previo conocido por el vendedor). La descripción del número de bastidor es el elemento más crítico para la identificación unívoca del vehículo.

Situación Administrativa del Vehículo: Declaración del vendedor de que el vehículo está libre de cargas, embargos, reservas de dominio (leasing, crédito con garantía prendaria), y que la ITV (Inspección Técnica de Vehículos) está en vigor conforme al Real Decreto 2042/1994. Si existe alguna carga, debe detallarse y acordarse quién asume la responsabilidad de cancelarla antes de la transmisión.

Precio y Forma de Pago: Precio pactado en euros, con indicación expresa de si es precio al contado (pago total en el momento de la firma) o precio aplazado (con el calendario de pagos parciales, importes y fechas). Si el pago es en efectivo, debe indicarse el importe recibido y la limitación de pagos en efectivo del Artículo 7 de la Ley 7/2012 de lucha contra el fraude fiscal (máximo 1.000 euros entre empresarios y profesionales, o 10.000 euros entre particulares).

Entrega del Vehículo y Documentación: Fecha y lugar de entrega física de la moto y de los documentos del vehículo: permiso de circulación, ficha técnica, llaves, manual de usuario, y cualquier documentación adicional (garantías de fábrica, facturas de reparaciones). La entrega de la documentación original es imprescindible para que el comprador pueda realizar el cambio de titularidad ante la DGT.

Declaraciones del Vendedor y Garantías: El vendedor debe declarar expresamente que es el legítimo propietario del vehículo, que no tiene conocimiento de vicios ocultos distintos de los mencionados, y que no existen deudas pendientes relacionadas con el vehículo (multas notificadas, IBI de circulación). Conforme al Artículo 1484 CC, el vendedor responde de los vicios ocultos que hicieren la cosa impropia para el uso a que se la destina.

Obligaciones del Comprador: El comprador debe comprometerse a realizar el cambio de titularidad ante la DGT en el plazo de treinta días desde la fecha de la compraventa, a contratar un seguro obligatorio de responsabilidad civil conforme al Real Decreto Legislativo 8/2004 que aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, y a liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) ante la Comunidad Autónoma.

Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Contrato de Compraventa de Moto como herramienta práctica para transmisiones seguras de vehículos de dos ruedas en España. Conservar una copia firmada por ambas partes protege al vendedor ante posibles reclamaciones posteriores. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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