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Acuerdo de Permuta de Bienes (España)

Personal Property Exchange Agreement Spain (Acuerdo de Permuta de Bienes)

ACUERDO DE PERMUTA DE BIENES

Acuerdo de Permuta de Bienes — España

Al amparo de los artículos 1538 a 1541 del Código Civil español

1. PARTES

PARTE A (PERMUTANTE A):

Nombre: [Party A Name]

DNI / NIE / NIF: [Party A DNI]

Domicilio: [Party A Address]

PARTE B (PERMUTANTE B):

Nombre: [Party B Name]

DNI / NIE / NIF: [Party B DNI]

Domicilio: [Party B Address]

2. PERMUTA DE BIENES

De conformidad con el artículo 1538 del Código Civil español, las partes acuerdan permutar los siguientes bienes muebles:

BIEN APORTADO POR LA PARTE A A LA PARTE B:

[Property A Description]

Valor acordado: [Property A Value]

BIEN APORTADO POR LA PARTE B A LA PARTE A:

[Property B Description]

Valor acordado: [Property B Value]

Complemento en metálico: [Balancing Payment]

3. ENTREGA

La entrega simultánea de ambos bienes tendrá lugar el [Delivery Date] en [Delivery Place]. La propiedad de cada bien se transmite al adquirente con la entrega (traditio) conforme al artículo 609 del Código Civil. El riesgo de pérdida se transmite con la entrega a cada adquirente, en aplicación del artículo 1452 CC por remisión del artículo 1539 CC.

4. GARANTÍAS

Cada parte garantiza, en aplicación del artículo 1539 del Código Civil que remite a las normas de la compraventa, que: (a) es la única y legítima propietaria del bien que transmite; (b) el bien está libre de cargas, gravámenes, servidumbres y reclamaciones de terceros; y (c) el bien no tiene vicios ocultos que lo hagan impropio para su uso ordinario ni que disminuyan su valor de forma sustancial. La garantía por vicios ocultos prevista en los artículos 1484 a 1491 CC es aplicable durante 6 meses desde la entrega.

5. OBLIGACIONES FISCALES

Cada parte, en su condición de adquirente del bien que recibe, es responsable de declarar y liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITPO) ante la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma correspondiente mediante el Modelo 600, en el plazo de 30 días hábiles desde la firma del presente acuerdo, conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993. Cada parte responde de sus propias obligaciones fiscales de forma independiente.

6. LEGISLACIÓN APLICABLE

El presente acuerdo se rige por el Código Civil español (artículos 1538 a 1541 y 1445 y siguientes) y la legislación autonómica aplicable. Las controversias se someterán al Juzgado de Primera Instancia del lugar de entrega de los bienes.

FIRMAS

Firmado en [Agreement City], a [Agreement Date].

PARTE A:

[Party A Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

PARTE B:

[Party B Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Parte A (Permutante A)

________________

Signature

Parte B (Permutante B)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Permuta de Bienes (España)

El Acuerdo de Permuta de Bienes es, en España, el contrato escrito regulado por Código Civil (art. 1538–1541), que fija por escrito los derechos y obligaciones recíprocos de las partes y resulta exigible ante los tribunales civiles.

El Acuerdo de Permuta de Bienes se utiliza para bienes muebles — vehículos, maquinaria, obras de arte, ganado, equipos, joyería, electrónica y otros activos personales tangibles — a diferencia de la permuta de bienes inmuebles, que requiere escritura pública ante Notario e inscripción en el Registro de la Propiedad conforme al Artículo 3 de la Ley Hipotecaria (Decreto de 8 de febrero de 1946). Para el intercambio de bienes muebles entre particulares, un documento privado escrito es suficiente para crear un contrato vinculante conforme al Artículo 1278 del Código Civil, aunque la escritura pública notarial es recomendable para permutas de alto valor para reforzar la eficacia probatoria.

El Artículo 1539 del Código Civil aplica las reglas de la compraventa (artículos 1445 y siguientes) a la permuta en todo lo que no sea incompatible con su naturaleza — lo que significa que: (a) cada parte asume las obligaciones del vendedor (obligación de entrega y saneamiento por evicción y vicios ocultos) respecto a los bienes que transmite; (b) los bienes transmitidos deben ser propiedad del transmitente en el momento del intercambio; y (c) el título de propiedad se transmite por entrega (traditio) conforme al Artículo 609 del Código Civil.

El Artículo 1540 del Código Civil regula el supuesto específico de evicción de los bienes de una de las partes — si un permutante pierde la posesión del bien recibido por evicción, el afectado puede optar entre recuperar el bien que entregó o reclamar daños y perjuicios. La garantía de evicción en la permuta es una disposición sustancialmente importante que debe referenciarse en el acuerdo.

Cuando los bienes intercambiados tienen valores desiguales, las partes pueden acordar una compensación económica (complemento en metálico o saldo). El Artículo 1446 del Código Civil prevé que cuando un contrato mixto combina permuta y dinero, se considera permuta si el valor de los bienes intercambiados supera la componente dineraria, y compraventa si la componente dineraria supera el valor de los bienes — distinción que afecta al régimen fiscal aplicable bajo el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) administrado por la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma correspondiente.

A efectos fiscales, la permuta de bienes muebles entre particulares en España genera el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITPO) al tipo aplicable en la Comunidad Autónoma correspondiente — habitualmente entre el 4% y el 8% del mayor entre el valor acordado y el valor catastral/de mercado de cada bien intercambiado. El intercambio debe declararse ante la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma mediante el Modelo 600 o equivalente en el plazo de 30 días hábiles desde la permuta.

Cuándo necesitas Acuerdo de Permuta de Bienes (España)

El Acuerdo de Permuta de Bienes en España es necesario siempre que dos partes acuerden intercambiar la propiedad de bienes muebles — sustituyendo una compraventa en metálico por un intercambio mutuo de activos que cada parte valora en igual cuantía o acepta con una compensación económica.

Se necesita cuando dos personas físicas, empresas o una combinación de ambas acuerdan intercambiar vehículos — por ejemplo, una motocicleta por un automóvil, o un vehículo comercial por otro — requiriendo documentación formal de la transmisión del título para la retransferencia ante la Dirección General de Tráfico (DGT). Los intercambios de vehículos deben documentarse con el acuerdo de permuta y acompañarse del Permiso de Circulación y la Ficha Técnica de cada vehículo antes de que la DGT tramite el cambio de titularidad.

Se necesita cuando obras de arte, antigüedades, joyería u objetos de colección de valor significativo se intercambian entre coleccionistas privados o entre un particular y un comerciante — aportando prueba documental de la transacción para los registros de procedencia y a efectos de la declaración del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Es necesario cuando maquinaria agrícola, ganado o activos de explotación se intercambian entre agricultores o cooperativas agrarias inscritas conforme a la Ley 27/1999 de Cooperativas — habitual en zonas rurales donde las operaciones en metálico se sustituyen por intercambios de activos.

El Acuerdo de Permuta de Bienes en España es necesario cuando equipos de empresa, mobiliario de oficina o activos tecnológicos se intercambian entre sociedades como parte de un acuerdo comercial — el acuerdo formaliza la contraprestación aportada por cada parte y evita las complicaciones del IVA que surgen cuando las operaciones en metálico se estructuran como dos compraventas paralelas.

También es obligatorio a efectos de declaración fiscal — toda permuta de bienes muebles de valor superior a 600 euros debe declararse ante la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma bajo el régimen del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales mediante el Modelo 600, en el plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la permuta.

El Acuerdo de Permuta de Bienes es necesario cuando dos empresas desean intercambiar activos productivos (maquinaria, vehiculos, equipos industriales) sin desembolso de tesoreria, lo que permite optimizar el balance sin incurrir en deuda. En el ambito agricola, la permuta es frecuente para el intercambio de fincas rusticas y aprovechamientos forestales entre propietarios colindantes que buscan consolidar sus explotaciones. Tambien es preciso cuando dos propietarios de inmuebles en distintas ciudades desean intercambiar sus propiedades para facilitar un traslado de residencia o actividad empresarial sin intermediacion inmobiliaria. En transacciones entre particulares por importes relevantes, la permuta debe elevarse a escritura publica ante Notario para su inscripcion en el Registro de la Propiedad conforme a la Ley Hipotecaria (Decreto de 8 de febrero de 1946), lo que otorga eficacia frente a terceros.

Qué incluir en tu Acuerdo de Permuta de Bienes (España)

Un Acuerdo de Permuta de Bienes válido en España conforme a los artículos 1538–1541 del Código Civil debe contener los siguientes elementos esenciales para ser ejecutivo y satisfacer los requisitos de declaración del ITP.

Identificación de las partes: Nombre completo, DNI, NIE o NIF y domicilio de ambas partes (permutante A y permutante B). Si cualquiera de las partes es una sociedad, deben indicarse el NIF, los datos del Registro Mercantil y el nombre y cargo del representante firmante. Las partes comerciales deben confirmar que la permuta se enmarca en su objeto social para evitar problemas de capacidad.

Descripción de los bienes intercambiados por cada parte: Descripción precisa de los bienes muebles transmitidos por cada parte — incluyendo marca, modelo, año, número de serie, matrícula, dimensiones, peso, estado y cualquier característica identificativa. Para vehículos, deben incluirse los datos de registro de la DGT (matrícula, número de bastidor — VIN). Para obras de arte, debe referenciarse la descripción de procedencia y cualquier certificado de autenticidad. La descripción debe ser suficientemente precisa para identificar el bien de forma inequívoca y satisfacer el requisito de determinación del objeto conforme al Artículo 1261 del Código Civil.

Valoración de cada bien: El valor de mercado acordado de cada bien expresado en euros. Cuando los valores sean desiguales, debe especificarse la compensación económica (complemento en metálico o saldo) — su importe, fecha y forma de pago. Los valores acordados también se utilizan como base imponible a efectos de la declaración del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales conforme a la Ley del ITP y AJD (RDL 1/1993).

Garantía de evicción y vicios ocultos: Cada parte garantiza, conforme al Artículo 1539 del Código Civil que aplica las reglas de la compraventa a la permuta, que: (a) es la única propietaria legítima del bien que transmite; (b) el bien está libre de cargas, gravámenes, embargos y reclamaciones de terceros; y (c) el bien no tiene vicios ocultos que lo hagan impropio para su uso ordinario o que reduzcan su valor de tal modo que la otra parte no hubiera aceptado el intercambio de haberlos conocido.

Fecha y lugar de entrega: La fecha y el lugar acordados para la entrega simultánea (entrega simultánea) de cada bien, o en caso de no ser simultánea, la secuencia y las fechas de cada entrega. Para vehículos, la entrega debe coincidir con la entrega de llaves y del Permiso de Circulación. El riesgo de pérdida conforme al Artículo 1452 CC (aplicado por analogía a través del Artículo 1539 CC) se transfiere al receptor con la entrega.

Inscripción del título (si procede): Para vehículos, cláusula que confirme que ambas partes acudirán a la Jefatura Provincial de Tráfico o utilizarán una gestoría autorizada en el plazo de 30 días para completar el cambio de titularidad en la DGT. Para otros bienes muebles registrables, deben especificarse los pasos equivalentes de reinscripción.

Obligaciones fiscales: Cláusula que atribuya a cada parte su obligación de ITP por el bien que recibe — conforme al RDL 1/1993, el ITP es abonado por el adquirente de cada bien, por lo que ambas partes deben ITP en una permuta. Cada parte debe presentar el Modelo 600 ante la Agencia Tributaria de su Comunidad Autónoma en el plazo de 30 días hábiles desde la permuta.

Forms-legal.com ofrece este modelo de Acuerdo de Permuta de Bienes como punto de partida práctico. Las permutas de alto valor o que impliquen bienes registrables deben ser revisadas por un Notario o un abogado antes de su formalización, y las obligaciones de ITP deben confirmarse con la autoridad fiscal de la Comunidad Autónoma correspondiente. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Forms Legal. (2026). Acuerdo de Permuta de Bienes (España) (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/personal/bills-of-sale/acuerdo-permuta-bienes-espana

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"Acuerdo de Permuta de Bienes (España) (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/personal/bills-of-sale/acuerdo-permuta-bienes-espana.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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