Solicitud de Devolución del IRPF España
SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DEL IRPF
IRPF Tax Refund Request — Spain
Ley 35/2006 del IRPF art. 103 | Ley General Tributaria (Ley 58/2003) art. 31
A: Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
1. DATOS DEL CONTRIBUYENTE / TAXPAYER DETAILS
Nombre completo: [Taxpayer Name]
DNI / NIE: [DNI]
Domicilio fiscal: [Tax Address]
Teléfono: [Phone]
Correo electrónico: [Email]
DNI cónyuge (declaración conjunta): [Spouse DNI]
2. DATOS DE LA DECLARACIÓN / DECLARATION DETAILS
Ejercicio fiscal: [Fiscal Year]
Tipo de declaración: [Declaration Type]
Nº de justificante (si ya presentada): [Justificante Number]
Comunidad Autónoma de residencia: [Comunidad Autónoma]
Total retenciones e ingresos a cuenta: [Total Withholdings]
Cuota líquida resultante: [Final Liability]
Importe a devolver (cuota diferencial): [Refund Amount]
Deducciones aplicadas: [Deductions Applied]
3. DOMICILIACIÓN DE DEVOLUCIÓN / REFUND BANK DETAILS
IBAN para abono de la devolución: [IBAN]
El/La contribuyente SOLICITA a la AEAT la devolución del importe indicado, de conformidad con el artículo 103 de la Ley 35/2006 del IRPF y el artículo 31 de la Ley 58/2003 General Tributaria, mediante transferencia bancaria al IBAN indicado. De no procederse a la devolución en el plazo legal establecido, el contribuyente solicita el devengo de intereses de demora conforme al artículo 31.2 LGT.
Datos personales tratados por la AEAT conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) art. 6.1(c) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Derechos ante la AEPD (www.aepd.es).
FIRMA / SIGNATURE
En [City], a [Date].
[Taxpayer Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Taxpayer
________________
Signature
Qué es Solicitud de Devolución del IRPF España
La Solicitud de Devolución del IRPF es, en España, el escrito dirigido al organismo o autoridad competente regulado por Ley 35/2006 del IRPF art. 103; Ley General Tributaria (Ley 58/2003) art. 31, mediante el que el interesado insta la tramitación de un procedimiento.
El IRPF funciona en España en régimen de autoliquidación — los empleados no reciben una declaración preparada automáticamente por la AEAT; deben presentar su propia declaración (Modelo 100) utilizando la herramienta Renta Web de la AEAT, disponible en renta.agenciatributaria.gob.es de abril a junio de cada año. La Campaña de la Renta se abre a principios de abril para la presentación electrónica y cierra el 30 de junio para todas las declaraciones.
La devolución del IRPF surge con mayor frecuencia cuando: el tipo de retención aplicado por el empleador fue superior a la tasa impositiva media real del contribuyente — esto ocurre cuando las circunstancias personales cambian a mitad de año y no se presentó a tiempo el nuevo Modelo 145; el contribuyente tuvo varios empleadores en el año, cada uno aplicando retenciones de forma independiente; las pérdidas patrimoniales compensan las ganancias de capital; o las deducciones específicas (deducción por maternidad, deducción por familia numerosa, deducción por discapacidad, deducción por arrendamiento de vivienda habitual en regiones aplicables) reducen el impuesto final por debajo del importe retenido.
La AEAT tramita las declaraciones del IRPF por lotes, emitiendo generalmente devoluciones en un plazo de 3 a 6 meses desde la fecha de presentación. Conforme al Artículo 31.2 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), si la AEAT no ha emitido la devolución en el plazo de seis meses desde el fin del período voluntario de presentación (30 de junio), debe añadir intereses de demora al tipo anual publicado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
La devolución del IRPF en España se gestiona a través de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Modelo 100) presentada ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) dentro del plazo de la campaña de la renta — generalmente de abril a finales de junio del año siguiente al ejercicio declarado —. La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, regula en su Artículo 103 el derecho a la devolución del exceso de retenciones e ingresos a cuenta sobre la cuota íntegra ajustada, mientras que el Artículo 66 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003 — LGT) establece el plazo de prescripción de cuatro años para solicitar la devolución, a contar desde el último día del período voluntario de declaración. Cuando la AEAT no efectúa la devolución en el plazo de seis meses desde el final del período voluntario de presentación, el contribuyente tiene derecho a percibir el interés de demora del Artículo 26 LGT (el 3,5% anual para 2024) sobre el importe de la devolución desde el primer día del período ejecutivo hasta la fecha del ordenamiento del pago, conforme al Artículo 31 de la Ley 35/2006 del IRPF. La solicitud de devolución rectificativa conforme al Artículo 120.3 LGT permite al contribuyente reclamar devoluciones de ejercicios anteriores cuando detecte errores u omisiones en autoliquidaciones ya presentadas, dentro del plazo de prescripción de cuatro años.
Cuándo necesitas Solicitud de Devolución del IRPF España
Una Solicitud de Devolución del IRPF en España es necesaria siempre que la declaración anual del IRPF (Modelo 100) de un contribuyente residente muestre una cuota diferencial negativa — un saldo a favor del contribuyente — lo que significa que las retenciones y los pagos fraccionados realizados durante el año superaron la cuota final del IRPF calculada conforme a la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley del IRPF) y su Reglamento aprobado por el Real Decreto 439/2007.
La solicitud es necesaria cuando el empleador del trabajador aplicó un tipo de retención superior al necesario durante todo el año — normalmente cuando el empleado no entregó al empleador un Modelo 145 (Comunicación de Datos al Pagador) actualizado conforme al Artículo 88 del Reglamento del IRPF que reflejara los cambios en sus circunstancias personales (nuevo hijo, certificado de discapacidad reconocido por el IMSERSO o la comunidad autónoma, hipoteca, matrimonio) que habrían reducido el porcentaje de retención aplicable según las tablas de retención publicadas por la AEAT.
Una Solicitud de Devolución del IRPF es necesaria cuando el contribuyente tuvo dos o más empleos o fuentes de renta de pensiones durante el año — cada pagador retiene el IRPF de forma independiente a un tipo calculado como si su retribución parcial fuera la única renta, lo que puede resultar en un exceso de retención combinado cuando todas las fuentes de renta (rendimientos del trabajo de ambos empleadores, rendimientos de pensiones del INSS o del Instituto Nacional de la Seguridad Social) se agregan en la declaración anual del IRPF.
La solicitud es necesaria cuando las pérdidas patrimoniales en el ejercicio fiscal compensan ganancias patrimoniales y rentas del ahorro en la base del ahorro del IRPF, generando una devolución del exceso de retenciones aplicadas sobre intereses, dividendos y reembolsos de fondos de inversión por entidades financieras registradas en el Banco de España durante el año.
Una Solicitud de Devolución del IRPF es necesaria cuando un contribuyente tiene derecho a deducciones que no se reflejaron en el tipo de retención durante el año, incluyendo: la deducción por maternidad (hasta 1.200 euros al año por hijo menor de tres años para madres trabajadoras, conforme al Artículo 81 de la Ley del IRPF), la deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo conforme al Artículo 81 bis de la Ley del IRPF, la deducción por inversión en vivienda habitual bajo el régimen transitorio de la Disposición Transitoria 18ª (para hipotecas anteriores al 1 de enero de 2013, deducción del 15% sobre base máxima de 9.040 euros), o deducciones autonómicas establecidas por cada Comunidad Autónoma (Generalitat de Catalunya, Comunidad de Madrid, Junta de Andalucía, etc.).
La solicitud es necesaria cuando un contribuyente que no estaba obligado a declarar (no obligado a declarar — rentas del trabajo inferiores a 22.000 euros de un único pagador conforme al Artículo 96 de la Ley del IRPF) decide presentar la declaración voluntariamente porque su cuota real es inferior a las retenciones practicadas — en este caso, la presentación voluntaria del Modelo 100 a través de la herramienta Renta Web de la AEAT (disponible en renta.agenciatributaria.gob.es) activa la devolución.
Una Solicitud de Devolución del IRPF es también necesaria cuando un contribuyente recibe el borrador de declaración (borrador de la renta) generado automáticamente por la AEAT mediante Renta Web con datos de empleadores, entidades financieras y el Catastro, y dicho borrador muestra una cuota diferencial negativa (resultado a devolver) — el contribuyente debe confirmar o modificar el borrador y presentarlo formalmente para que la AEAT procese la devolución al IBAN registrado, habitualmente en un plazo de tres a seis meses desde la confirmación.
La solicitud de rectificación de autoliquidación conforme al Artículo 120.3 de la Ley General Tributaria (LGT — Ley 58/2003) también genera una devolución del IRPF cuando un error en la declaración original presentada supuso un pago en exceso — el obligado tributario puede presentar la rectificación dentro del plazo de prescripción de cuatro años del Artículo 66 LGT ante la Oficina de Gestión Tributaria de la AEAT correspondiente a su domicilio fiscal, y la AEAT debe resolver en el plazo establecido en el RGAT (Real Decreto 1065/2007). Las reclamaciones denegadas pueden recurrirse ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) competente en el plazo de un mes conforme al Artículo 235 LGT.
Qué incluir en tu Solicitud de Devolución del IRPF España
Una Solicitud de Devolución del IRPF válida en España conforme al Artículo 103 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley del IRPF) y la Ley General Tributaria (Ley 58/2003 — LGT) debe contener los siguientes elementos para ser tramitada correctamente por la AEAT.
**Identificación del contribuyente.** Nombre completo y DNI (Documento Nacional de Identidad) del declarante, tal y como constan en el Censo de Contribuyentes de la AEAT conforme al Artículo 144 del Real Decreto 1065/2007 (RGAT). Para contribuyentes casados que opten por la declaración conjunta conforme al Artículo 84 de la Ley del IRPF, debe incluirse también el NIF del cónyuge. Cualquier discrepancia con el Censo de la AEAT retendrá la devolución hasta que se verifique la identidad del declarante.
**Ejercicio fiscal de la declaración.** El ejercicio fiscal concreto (ejercicio 2023, 2024, etc.) para el que se reclama la devolución del IRPF. El período impositivo del IRPF coincide normalmente con el año natural (del 1 de enero al 31 de diciembre) conforme al Artículo 12 de la Ley del IRPF, salvo fallecimiento del contribuyente que determina el fin del período impositivo en la fecha del óbito.
**Resumen de todas las fuentes de renta.** Detalle de todas las rentas incluidas en el Modelo 100: rendimientos del trabajo (Artículo 17 Ley IRPF) con los importes retenidos por cada empleador o pagador de pensiones del INSS; rendimientos de actividades económicas (Artículo 27) con los pagos fraccionados del Modelo 130 o 131; rendimientos del capital mobiliario (Artículo 25) e inmobiliario (Artículo 22) con las retenciones practicadas por entidades financieras registradas en el Banco de España; ganancias y pérdidas patrimoniales (artículos 33-39) derivadas de transmisiones inmobiliarias, reembolsos de fondos de inversión o ventas de acciones; e imputaciones de renta inmobiliaria (Artículo 85) de inmuebles no arrendados distintos de la vivienda habitual según datos del Catastro.
**Retenciones e ingresos a cuenta.** El importe total del IRPF retenido y pagado a cuenta durante el ejercicio: retenciones sobre rendimientos del trabajo acreditadas mediante el Certificado de Retenciones e Ingresos a Cuenta expedido por cada pagador; retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario practicadas por entidades financieras (tipo general del 19% conforme al Artículo 101 Ley IRPF); pagos fraccionados trimestrales del Modelo 130 (para profesionales y empresarios en estimación directa) o Modelo 131 (estimación objetiva — módulos); y retenciones sobre rendimientos profesionales al tipo del 15% (o 7% en los primeros tres años de actividad).
**Deducciones aplicables.** Lista de todas las deducciones aplicadas que reducen la cuota neta del IRPF por debajo de los importes retenidos: deducción por inversión en vivienda habitual bajo el régimen transitorio de la Disposición Transitoria 18ª (hipotecas firmadas antes del 1 de enero de 2013, Artículo 68.1 Ley IRPF, base máxima 9.040 euros, deducción del 15%); deducción por maternidad del Artículo 81 (hasta 1.200 euros/año por hijo menor de tres años); deducciones por familia numerosa y discapacidad del Artículo 81bis; y deducciones autonómicas establecidas por cada Comunidad Autónoma (Generalitat de Catalunya, Comunidad de Madrid, Junta de Andalucía, Xunta de Galicia, etc.) conforme al Artículo 46 de la Ley 22/2009 de cesión de tributos a las comunidades autónomas.
**Cuota diferencial (resultado a devolver).** El importe calculado de la devolución — diferencia positiva entre el total de retenciones y pagos a cuenta menos la cuota íntegra ajustada tras aplicar todas las deducciones. Este importe aparece en la casilla correspondiente al Resultado de la Declaración (a devolver) del Modelo 100 y es la cantidad que la AEAT transferirá al IBAN del contribuyente.
**IBAN registrado en la AEAT.** El IBAN de la cuenta bancaria del contribuyente en una entidad registrada en el Banco de España, asociado a su NIF en el sistema de domiciliación de la AEAT. Si el IBAN no estuviera previamente registrado, puede notificarse a través del proceso de confirmación del borrador en Renta Web, mediante el Modelo 030 o personalmente en cualquier Administración de la AEAT con cita previa (cita previa solicitada a través de la Sede Electrónica de la AEAT).
**Documentación de soporte.** Certificados de retenciones de todos los pagadores; extractos de fondos de inversión y valores para acreditar ganancias y pérdidas patrimoniales; justificantes de pagos hipotecarios para la deducción por vivienda habitual; certificados de discapacidad o familia numerosa para las deducciones del Artículo 81bis; y cualquier resolución del TEAR, TEAC o Tribunal Supremo que fundamente una rectificación de autoliquidación conforme al Artículo 120.3 LGT.
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Solicitud de Devolución del IRPF España para contribuyentes que necesitan documentar formalmente su reclamación, especialmente en casos de declaraciones rectificadas, discrepancias con el borrador de la AEAT o cuando la presentación electrónica directa no es posible. Las declaraciones ordinarias del IRPF se presentan a través de Renta Web en renta.agenciatributaria.gob.es — consulta a un asesor fiscal o gestor administrativo colegiado para declaraciones con múltiples fuentes de renta, rentas del extranjero sujetas a Convenio de Doble Imposición, o transacciones de capital de cuantía elevada.
Instituciones clave del sistema de devolución del IRPF en España: la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) administra el IRPF conforme a la Ley 35/2006 y tramita las devoluciones a través del Departamento de Gestión Tributaria. El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) y los Tribunales Económico-Administrativos Regionales (TEARs) resuelven los recursos administrativos. El Tribunal Supremo ha dictado jurisprudencia sobre exenciones, deducciones y obligaciones de retención. Las agencias tributarias autonómicas (Agencia Tributaria de Cataluña, Hacienda Foral de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava bajo el Concierto Económico Vasco, Hacienda Foral de Navarra bajo el Convenio Económico) administran el IRPF en sus territorios con competencias exclusivas. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Devolución del IRPF España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/government/tax-forms/solicitud-devolucion-irpf
"Solicitud de Devolución del IRPF España (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/government/tax-forms/solicitud-devolucion-irpf.
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}Preguntas Frecuentes
Conforme al artículo 96 de la Ley 35/2006 del IRPF y el artículo 61 del Reglamento del IRPF (RD 439/2007), los siguientes contribuyentes están obligados en general a presentar la declaración anual del IRPF (Modelo 100): todos los contribuyentes con rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros de un único pagador; contribuyentes con rendimientos del trabajo entre 15.000 y 22.000 euros de dos o más pagadores cuando el segundo pagador abonó más de 1.500 euros durante el año; contribuyentes con cualquier renta de actividades económicas, renta del capital o ganancias patrimoniales superiores a 1.600 euros del mercado de capitales o superiores a 1.000 euros de otras fuentes; contribuyentes con imputaciones de renta inmobiliaria superiores a 1.000 euros; y contribuyentes con rentas totales superiores a 1.000 euros aunque provengan de un único origen. Los contribuyentes por debajo de estos umbrales no están obligados a declarar pero pueden presentar la declaración voluntariamente — y deben hacerlo cuando la declaración resulte en una devolución, ya que la AEAT no abona devoluciones a quienes no presentan declaración. Los residentes en el País Vasco y Navarra presentan la declaración ante las Haciendas Forales, no ante la AEAT.
Las declaraciones del IRPF en España se presentan a través de la herramienta Renta Web de la AEAT, accesible en renta.agenciatributaria.gob.es, utilizando un certificado digital (FNMT-RCM o DNIe), Cl@ve PIN o Cl@ve permanente. La Campaña de la Renta se abre a principios de abril de cada año y cierra el 30 de junio. Para declaraciones con resultado a ingresar, el plazo para la domiciliación bancaria es el 25 de junio. La herramienta Renta Web pre-rellena la declaración con datos comunicados por terceros — retenciones del empleador, intereses bancarios, datos de inmuebles — y el contribuyente debe revisar, completar con rentas no comunicadas y confirmar. El borrador generado por Renta Web puede confirmarse directamente si es correcto, o modificarse antes de la presentación. Cuando la declaración muestra un resultado a devolver, el importe se abona al IBAN registrado en el sistema de la AEAT, normalmente en un plazo de 3 a 6 meses. Los contribuyentes sin acceso digital pueden acudir a una Administración de la AEAT con cita previa para la declaración asistida (Plan de Asistencia Integral — PAI), disponible desde mayo de cada año.
Varias deducciones del IRPF pueden reducir la cuota final del contribuyente y aumentar o generar una devolución en España. A nivel nacional: la deducción por inversión en vivienda habitual en el régimen transitorio de la Disposición Transitoria 18ª de la Ley IRPF (para hipotecas firmadas antes del 1 de enero de 2013) permite deducir el 15% de los pagos hipotecarios sobre una base de 9.040 euros al año; la deducción por maternidad conforme al artículo 81 de la Ley IRPF proporciona hasta 1.200 euros al año por hijo menor de tres años a madres trabajadoras por cuenta ajena o autónomas; la deducción por familia numerosa (familia numerosa general: 1.200 euros/año; familia numerosa especial: 2.400 euros/año) y deducción por discapacidad conforme al artículo 81bis. A nivel autonómico, cada Comunidad Autónoma establece sus propias deducciones adicionales — por ejemplo, deducciones por gastos de escolaridad, obras de rehabilitación energética, conservación del patrimonio histórico, alquiler de vivienda por jóvenes y cuidado de familiares dependientes — que pueden ser significativas en comunidades como Cataluña, Madrid y Andalucía.
El Modelo 145 (Comunicación de Datos al Pagador — Retenciones sobre Rendimientos del Trabajo) es el formulario utilizado por los empleados en España para notificar a su empleador sus circunstancias personales y familiares que afectan al tipo de retención del IRPF aplicado a su salario. Conforme al artículo 88 del Reglamento del IRPF (RD 439/2007), los empleados están obligados a presentar el Modelo 145 a su empleador antes del inicio del empleo y cuando sus circunstancias cambien significativamente — matrimonio, nacimiento de un hijo, reconocimiento de discapacidad, pagos hipotecarios o familiares dependientes convivientes. El empleador utiliza la información del Modelo 145 para calcular el tipo de retención individual aplicable al salario de cada empleado. No actualizar el Modelo 145 cuando cambian las circunstancias personales es la causa más común del exceso de retención del IRPF y, en consecuencia, de grandes devoluciones del IRPF. Si un empleado proporciona información incorrecta en el Modelo 145, es personalmente responsable de cualquier infrarretención resultante conforme al artículo 108 del Reglamento del IRPF.
Si la AEAT modifica la declaración del IRPF del contribuyente y abona una devolución inferior a la declarada, o emite una liquidación provisional conforme al artículo 128 LGT con la que el contribuyente no está de acuerdo, el contribuyente tiene varias opciones. En primer lugar, puede presentar un recurso de reposición ante el propio órgano de la AEAT en el plazo de un mes desde la notificación, conforme al artículo 222 LGT — es un procedimiento simple y gratuito que no requiere representación letrada. Si se rechaza el recurso, puede presentar una reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) en el plazo de un mes, conforme al artículo 235 LGT. Los procedimientos del TEAR son gratuitos y no requieren representación letrada, aunque se recomienda la intervención de un asesor fiscal o abogado tributarista para importes significativos. Si el TEAR rechaza la reclamación, cabe recurso ulterior ante el TEAC y, en última instancia, ante la Audiencia Nacional o el Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo).
En general, los no residentes en España no están sujetos al IRPF sino al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) conforme al Real Decreto Legislativo 5/2004 (Texto Refundido de la Ley del IRNR). Sin embargo, existen situaciones específicas en las que los no residentes pueden reclamar devoluciones relacionadas con el IRPF. Conforme al artículo 93 de la Ley del IRPF, los nacionales extranjeros que adquieren la residencia fiscal española a través del Régimen Especial de Trabajadores Desplazados ('Ley Beckham') pueden optar por tributar conforme a las normas del IRNR mientras son tratados como residentes a efectos de retención — el exceso de retenciones aplicadas a su salario puede generar reclamaciones de devolución. Los contribuyentes residentes en la UE y el EEE que obtengan más del 75% de su renta total de fuentes españolas pueden optar por tributar conforme a las normas del IRPF en lugar del IRNR conforme al artículo 46 de la Ley IRNR. Los no residentes deben solicitar asesoramiento especializado de un abogado o asesor fiscal con experiencia en fiscalidad internacional y convenios de doble imposición.
El borrador de la AEAT es una declaración del IRPF pre-cumplimentada generada por el sistema Renta Web de la AEAT a partir de datos de terceros — retenciones comunicadas por empleadores (Modelo 190), rentas comunicadas por entidades bancarias (Modelo 196), datos del registro de inmuebles e información del año anterior. Disponible desde principios de abril de cada año, el borrador es accesible a través de renta.agenciatributaria.gob.es mediante certificado digital, DNIe, Cl@ve PIN o el número de referencia de la declaración del año anterior. Los contribuyentes cuyas rentas procedan íntegramente del trabajo, pensiones, rendimientos del capital de fuentes españolas e imputaciones de renta inmobiliaria — sin rentas de actividades económicas, rentas del extranjero o ganancias patrimoniales de fuentes no comunicadas a la AEAT — pueden confirmar y presentar el borrador directamente, lo que activa automáticamente el proceso de devolución si existe un saldo a favor del contribuyente. Sin embargo, el borrador puede estar incompleto — puede omitir aportaciones a planes de pensiones, donaciones, rendimientos de arrendamientos con gastos deducibles, deducciones autonómicas o ganancias patrimoniales inmobiliarias — por lo que los contribuyentes siempre deben revisar el borrador cuidadosamente y añadir cualquier información que falte antes de confirmarlo.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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