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Pago Fraccionado IRPF por Módulos (Modelo 131) España

Quarterly Module IRPF (Modelo 131) Spain

MODELO 131 — IRPF

Pago Fraccionado — Actividades Económicas en Estimación Objetiva (Módulos)

Quarterly IRPF Fractional Payment (Objective Estimation / Módulos Method)

Ley 35/2006 del IRPF, art. 97 | RD 439/2007, arts. 108–111

1. TAXPAYER IDENTIFICATION

Name / Business Name: [Taxpayer Name]

NIF: [Taxpayer NIF]

Fiscal Address: [Taxpayer Address]

IAE Epígrafe: [IAE Epígrafe]

2. DECLARATION PERIOD

Fiscal Year (Ejercicio): [Fiscal Year]

Quarter (Período): [Quarter]

3. MÓDULO UNIT VALUES

Personnel (Personal Empleado — módulo): [Personnel Módulo] persons

Surface Area (Superficie del Local — módulo): [Surface Módulo]

Other Módulo Units: [Other Módulo Units]

Applicable Reduction Index / Coefficient: [Reduction Index]

Estimated Annual Net Income (Rendimiento Neto Anual Estimado): [Rendimiento Neto]

4. QUARTERLY PAYMENT CALCULATION

Quarterly Payment Percentage: [Quarterly Percentage]

Gross Quarterly Payment (Rendimiento Neto × Percentage): [Gross Quarterly Payment]

Less: IRPF Withholdings Applied by Clients (Retenciones Soportadas): −[Withholdings]

AMOUNT PAYABLE (RESULTADO A INGRESAR): [Amount Due]

If the result is zero or negative, no payment is due. A zero-result declaration must still be filed electronically via the AEAT Sede Electrónica within the applicable quarterly deadline.

5. LEGAL BASIS

This declaration is filed pursuant to Article 97 of Ley 35/2006 del IRPF and Articles 108–111 of the Reglamento del IRPF (RD 439/2007). Module unit values and payment percentages are determined by the current-year Orden de Módulos published by the Ministerio de Hacienda. Electronic filing is mandatory under Orden HAP/2194/2013. Late filing surcharges apply under Article 27 of Ley 58/2003 LGT.

DECLARATION

I, the undersigned, declare that the módulo unit values and payment amounts stated in this self-assessment are accurate and complete.

Signed in [Declaration City], on [Declaration Date].

Taxpayer: [Taxpayer Name] NIF: [Taxpayer NIF]

Signature: _________________________ Date: _________________________

Taxpayer / Autónomo

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Pago Fraccionado IRPF por Módulos (Modelo 131) España

El Pago Fraccionado IRPF por Módulos (Modelo 131) es, en España, el documento jurídico regulado por Ley 35/2006 del IRPF, art. 97; RD 439/2007; Orden HAC módulos, que produce efectos vinculantes entre las partes que lo suscriben.

El régimen de estimación objetiva es un sistema de tributación simplificado diseñado para pequeñas empresas y autónomos de sectores específicos. Cada enero, el Ministerio de Hacienda publica una Orden ministerial anual — habitualmente denominada Orden de Módulos — que enumera los epígrafes del IAE (clasificaciones de actividades económicas) acogidos al régimen y establece las unidades de módulo aplicables a cada actividad. Estas unidades pueden incluir el número de empleados (personal asalariado y no asalariado), la superficie del local de negocio, la potencia instalada, el número de vehículos de carga y otros parámetros específicos de cada actividad. La Orden también publica el índice de rendimiento neto y los coeficientes de reducción estacional para actividades intrínsecamente de temporada.

El sistema de módulos ofrece una gran simplicidad administrativa: los autónomos no necesitan llevar libros de contabilidad detallados, y la cuota anual del IRPF queda determinada íntegramente por los parámetros de los módulos y no por el resultado real de pérdidas o ganancias. Esta previsibilidad beneficia a los pequeños comerciantes cuyos resultados reales se ajustan estrechamente a las estimaciones de los módulos. No obstante, cuando los ingresos reales superan significativamente la estimación del módulo, el autónomo puede pagar menos impuestos que en estimación directa; y cuando los resultados reales son inferiores (por ejemplo, en un ejercicio difícil), el autónomo sigue tributando sobre los parámetros fijos de los módulos, lo que puede suponer un exceso de pago.

Para el Modelo 131, el pago trimestral se calcula como un porcentaje del rendimiento anual estimado mediante los módulos aplicables. El importe trimestral ordinario equivale al 2% del rendimiento anual estimado por módulos para la mayoría de las actividades del régimen general, aunque determinados tipos de actividad pueden aplicar porcentajes distintos publicados en la Orden de Módulos anual. Cada pago trimestral se calcula de forma independiente — a diferencia del enfoque acumulativo del Modelo 130 — y los cuatro pagos trimestrales sirven de prepago que se acredita contra la cuota definitiva del IRPF calculada en la Declaración de la Renta (Modelo 100).

El acceso al régimen de módulos está limitado por umbrales de facturación. Con las normas vigentes — modificadas repetidamente por sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado — quedan excluidos del régimen los autónomos cuya facturación del ejercicio anterior supere 250.000 € para actividades agrícolas, ganaderas y forestales, o 150.000 € para el resto de actividades elegibles. Los autónomos que superen estos umbrales deben pasar al régimen de estimación directa en el ejercicio siguiente y presentar el Modelo 130 en lugar del Modelo 131, lo que requiere presentar el Modelo 036 para actualizar el régimen tributario antes del 31 de enero del año de transición.

Entre los sectores con acceso al régimen de módulos se encuentran: el comercio al por menor, las panaderías y pastelerías, la hostelería (restaurantes, cafeterías, bares), los taxis y el transporte de viajeros, los vendedores en mercadillos, las actividades agrícolas y ganaderas, y los oficios relacionados con la construcción. Los servicios profesionales (médicos, abogados, arquitectos, ingenieros, consultores) están en general excluidos del régimen de módulos y deben presentar el Modelo 130 en estimación directa.

El Ministerio de Hacienda reduce o suspende periódicamente los módulos para actividades afectadas por circunstancias extraordinarias — por ejemplo, durante la pandemia de COVID-19 se aplicaron reducciones al sector de la hostelería en virtud del Real Decreto-Ley 35/2020 y de Órdenes ministeriales posteriores. Los autónomos deben consultar la Orden de Módulos del ejercicio en curso, publicada cada diciembre para el año siguiente, para confirmar los parámetros aplicables y las eventuales reducciones extraordinarias.

Cuándo necesitas Pago Fraccionado IRPF por Módulos (Modelo 131) España

El Modelo 131 debe presentarse trimestralmente por todos los autónomos y empresarios individuales que hayan optado o estén obligados a aplicar el régimen de estimación objetiva (módulos) en su IRPF y cuya actividad figure en la lista de epígrafes admitidos publicada en la Orden de Módulos anual del Ministerio de Hacienda.

El Modelo 131 es obligatorio desde el primer trimestre en que el autónomo inicia una actividad económica encuadrada en un epígrafe del IAE elegible y no ha renunciado al régimen de módulos. El régimen de módulos es el método por defecto para las actividades elegibles: los autónomos que deseen aplicar en su lugar la estimación directa deben renunciar expresamente a los módulos mediante el Modelo 036 antes del 31 de enero del ejercicio en que vaya a aplicarse la estimación directa.

El formulario es necesario para los autónomos del sector de la hostelería (restaurantes, cafeterías, bares) cuando su facturación del ejercicio anterior derivada de operaciones con personas físicas no supere los 150.000 € (o el umbral aplicable publicado en la Orden de Módulos del ejercicio en curso). Los taxistas, los vendedores en mercadillos, los carniceros al por menor, las panaderías y demás actividades incluidas en la lista que no hayan renunciado al régimen simplificado deben presentar el Modelo 131.

El Modelo 131 debe presentarse aunque no se haya ejercido actividad comercial durante un trimestre por cierre estacional, enfermedad o cese temporal, salvo que se haya presentado formalmente la baja en el censo (mediante el Modelo 036). Un trimestre sin actividad requiere un Modelo 131 con resultado cero presentado dentro del plazo aplicable para evitar las sanciones por infracción del Artículo 198 de la Ley 58/2003 LGT.

El Modelo 131 también es obligatorio para los autónomos que participen en una comunidad de bienes o sociedad civil (entidades sin personalidad jurídica) de un sector de actividad elegible, donde cada miembro presenta el Modelo 131 individualmente por su parte proporcional de los rendimientos atribuidos.

Los autónomos que superaron el umbral de exclusión de módulos en el ejercicio fiscal anterior y deben pasar a estimación directa ya no están obligados a presentar el Modelo 131: deben presentar el Modelo 130 a partir del primer trimestre del año de transición, tras actualizar su alta censal mediante el Modelo 036.

El Modelo 131 no es obligatorio para las actividades excluidas de los módulos con independencia del volumen de facturación — principalmente las actividades profesionales de la sección segunda del IAE, las actividades artísticas y deportivas de la sección tercera, y cualquier actividad cuyo epígrafe del IAE no figure en la Orden de Módulos del ejercicio en curso. Estos autónomos excluidos presentan el Modelo 130 en estimación directa.

Qué incluir en tu Pago Fraccionado IRPF por Módulos (Modelo 131) España

El Modelo 131 al amparo del Artículo 97 de la Ley 35/2006 del IRPF y del RD 439/2007 exige cumplimentar con exactitud los siguientes elementos esenciales para que el pago fraccionado trimestral del IRPF por módulos sea válido ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Identificación del Contribuyente: El NIF (Número de Identificación Fiscal) del autónomo emitido por la AEAT, el nombre completo o la razón social tal como figura en el censo de la AEAT (Modelo 036 o Modelo 037), el domicilio fiscal, el ejercicio fiscal y el número de trimestre (1T, 2T, 3T o 4T). La actividad debe estar dada de alta bajo un epígrafe del IAE elegible en el censo de la AEAT.

Clasificación de la Actividad por el IAE y Unidades de Módulo: El epígrafe del IAE concreto aplicable a la actividad, y los valores actuales de cada unidad de módulo aplicable (personal empleado, superficie del local de negocio, potencia instalada, número de vehículos, etc.) al último día del trimestre. Los valores se extraen de la Orden de Módulos anual publicada por el Ministerio de Hacienda — habitualmente en diciembre del año anterior. Para actividades con parámetros variables (por ejemplo, negocios de temporada), debe aplicarse el índice corrector estacional publicado en la Orden.

Estimación del Rendimiento Neto Anual: El rendimiento neto anual estimado para la actividad, calculado multiplicando los valores de las unidades de módulo por los rendimientos netos por unidad publicados en la Orden de Módulos. Para las actividades sujetas a un índice de rendimiento neto, el rendimiento calculado se multiplica por dicho índice. Las reducciones extraordinarias — como las publicadas para sectores afectados por la pandemia — se aplican en este momento del cálculo.

Porcentaje de Pago Trimestral: El porcentaje de cuota trimestral aplicable a la actividad según lo publicado en la Orden de Módulos — habitualmente el 2% del rendimiento neto anual estimado para la mayoría de las actividades. Algunas actividades agrícolas y ganaderas aplican porcentajes distintos. El pago trimestral de cada trimestre es el mismo importe, calculado de forma independiente (a diferencia del enfoque acumulativo del Modelo 130).

Deducciones por Retenciones: Del pago trimestral calculado mediante los módulos, el autónomo deduce las retenciones de IRPF practicadas por los clientes o entidades pagadoras (retenciones e ingresos a cuenta soportados) sobre los importes facturados durante el trimestre. Esta deducción es especialmente relevante para las actividades agrícolas, donde los compradores están obligados a practicar retención conforme al Artículo 95 del Reglamento del IRPF. Los pagos trimestrales anteriores del Modelo 131 no se deducen dentro del mismo ejercicio — cada trimestre se calcula de forma independiente.

Umbral Mínimo y Declaración con Resultado Cero: No existe umbral mínimo de ingreso — si el resultado calculado tras deducir las retenciones es cero o negativo, no hay que efectuar ningún ingreso. No obstante, el Modelo 131 debe presentarse igualmente de forma electrónica a través de la Sede Electrónica de la AEAT con resultado cero. La falta de presentación, aun con resultado cero, constituye una infracción tipificada en el Artículo 198 de la Ley 58/2003 LGT sancionada con una multa fija de 200 €.

Regularización Anual en el Modelo 100: Los cuatro pagos trimestrales del Modelo 131 se acreditan contra la cuota definitiva del IRPF calculada en la Declaración de la Renta (Modelo 100), presentada entre abril y junio del año siguiente. Si el total de los pagos del Modelo 131 supera la cuota del IRPF, la AEAT emite una devolución. Si los pagos por módulos son insuficientes, la diferencia se ingresa con el Modelo 100. Los autónomos en módulos que también tributen en el IVA régimen simplificado presentan el Modelo 303 para los pagos trimestrales del IVA junto con el Modelo 131 para el IRPF.

Conservación de Documentación en Módulos: Los autónomos en estimación objetiva no están obligados a llevar libros de contabilidad completos. Deben conservar: facturas recibidas y emitidas, registros de inversiones y desinversiones (bienes de inversión), y documentación acreditativa de los valores de las unidades de módulo declarados (por ejemplo, contratos de arrendamiento que acrediten la superficie del local, contratos de trabajo para el módulo de personal, certificados técnicos de la potencia instalada). Estos documentos deben conservarse durante cuatro años conforme al Artículo 70 LGT.

Forms-legal.com facilita esta plantilla del Modelo 131 de España como documento de trabajo práctico. Los autónomos en módulos deben consultar a un gestor administrativo o asesor fiscal para confirmar las unidades de módulo aplicables, los índices de reducción y los coeficientes extraordinarios publicados en la Orden de Módulos del ejercicio en curso, y para evaluar si la transición al método de estimación directa sería fiscalmente ventajosa dados sus ingresos y gastos reales. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Forms Legal. (2026). Pago Fraccionado IRPF por Módulos (Modelo 131) España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/government/tax-forms/pago-fraccionado-irpf-modulos-modelo-131-espana

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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