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Modelo 200 — Declaración del Impuesto sobre Sociedades España

Datos clave

EspañaEspañaEspañol (ES)GratisPDF & WordActualizado 6 jun 2026
Base legalEspañaNotarización: No requeridaTestigos: 0Partes: 1
Corporate Tax Return (Modelo 200)
Corporate Tax Return (Modelo 200) Spain

MODELO 200 — IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Declaración del Impuesto sobre Sociedades

Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS), art. 124 | RD 634/2015

1. IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD

Razón social: [Entity Name]

NIF / CIF: [Entity NIF]

Domicilio fiscal: [Entity Address]

Forma jurídica: [Legal Form]

Código de actividad CNAE: [CNAE Code]

2. PERÍODO IMPOSITIVO

Período impositivo: [Tax Period Start] a [Tax Period End]

Tipo de gravamen del IS aplicable: [Tax Rate]

3. CÁLCULO DE LA BASE IMPONIBLE

Resultado contable antes de impuestos: [Accounting Result]

Ajustes fiscales positivos (aumentos): +[Positive Adjustments]

Ajustes fiscales negativos (disminuciones): [Negative Adjustments]

Compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores (art. 26 LIS): [Prior Year Loss Offset]

Base imponible: [Taxable Base]

4. CUOTA TRIBUTARIA Y RESULTADO FINAL

Cuota íntegra: [Gross Quota]

Menos: deducciones (I+D, exención por doble imposición, etc.): −[Deductions]

Cuota líquida: [Net Quota]

Menos: pagos fraccionados del Modelo 202: −[Modelo 202 Payments]

RESULTADO FINAL (A INGRESAR / A DEVOLVER): [Result Due]

Un resultado positivo debe ingresarse electrónicamente a la AEAT dentro del plazo de presentación. Un resultado negativo constituye una solicitud de devolución; la AEAT tramita las devoluciones en un plazo de seis meses desde el fin del plazo de presentación conforme al artículo 127 de la LIS.

5. FUNDAMENTO LEGAL

Esta declaración se presenta en virtud del artículo 124 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades y del artículo 45 del Reglamento del IS (RD 634/2015). Plazo de presentación: dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Para entidades con ejercicio natural: del 1 al 25 de julio. Presentación electrónica obligatoria conforme a la Orden HAP/2194/2013. La presentación fuera de plazo está sujeta a los recargos del artículo 27 de la LGT.

DECLARACIÓN

El abajo firmante, en calidad de representante legal, declara que los datos de este Modelo 200 son exactos y completos, y han sido elaborados conforme a la Ley 27/2014 LIS y al Plan General de Contabilidad.

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Legal Representative / Administrador

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Modelo 200 — Declaración del Impuesto sobre Sociedades España

El Modelo 200 es, en España, el formulario tributario normalizado regulado por Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS), art. 124; RD 634/2015, que se presenta ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

El punto de partida del Modelo 200 es el resultado contable — el beneficio o la pérdida del ejercicio calculado conforme al Plan General de Contabilidad (PGC, aprobado por el Real Decreto 1514/2007) o al PGC simplificado para pymes (Real Decreto 1515/2007). El resultado contable se ajusta mediante una serie de correcciones extracontables — ajustes positivos que incrementan la base imponible y ajustes negativos que la reducen — para obtener la base imponible conforme al Artículo 10 de la LIS. Estos ajustes reflejan las diferencias entre las normas contables y las fiscales en materia de amortización de activos, deducibilidad de gastos financieros, provisiones, deterioros y precios de transferencia en operaciones vinculadas.

El tipo general del Impuesto sobre Sociedades en España es el 25% conforme al Artículo 29.1 de la LIS, aplicado sobre la base imponible positiva tras los ajustes fiscales. Se aplican tipos reducidos a determinados tipos de entidades: entidades de nueva creación con un tipo del 15% para el primer período impositivo con base imponible positiva y el inmediatamente siguiente (Artículo 29.1 LIS, párrafo segundo); entidades de crédito y empresas de extracción de hidrocarburos, con un tipo del 30%; y entidades sin fines lucrativos bajo la Ley 49/2002, con un tipo del 10%. Los fondos de inversión, los fondos de pensiones y las SOCIMI (Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario conforme a la Ley 11/2009) aplican tipos específicos del 1% o del 0%. Desde 2023, las microempresas con facturación inferior a 1 millón de euros se benefician de un tipo reducido del 23%.

De la cuota íntegra — base imponible multiplicada por el tipo aplicable — se deducen diversas deducciones para obtener la cuota líquida. Las deducciones principales incluyen: la deducción por doble imposición sobre dividendos percibidos de filiales (Artículo 21 LIS — exención por participación del 95%); las deducciones por actividades de I+D e innovación tecnológica (deducciones por I+D+i — artículos 35 y 36 de la LIS); la deducción por inversiones internacionales (Artículo 31 LIS); los créditos fiscales por creación de empleo para trabajadores con discapacidad; y las deducciones por producciones cinematográficas, series y artes escénicas (Artículo 36 LIS). Las deducciones no aplicadas pueden trasladarse con carácter general hasta 15 años (o indefinidamente para las deducciones por I+D conforme al Artículo 39 de la LIS).

Cuándo necesitas Modelo 200 — Declaración del Impuesto sobre Sociedades España

El Modelo 200 debe presentarse anualmente por toda entidad jurídica residente en España cuyo período impositivo haya concluido durante el ejercicio anterior — con independencia de que la entidad haya generado beneficios, pérdidas o haya estado inactiva durante el período. La obligación de presentación está establecida en el Artículo 124 de la Ley 27/2014 LIS.

El Modelo 200 es obligatorio para toda sociedad de responsabilidad limitada (S.L.) y sociedad anónima (S.A.) constituida en España desde su primer período impositivo (que comienza en la fecha de inscripción en el Registro Mercantil). Una sociedad de nueva constitución que haya estado inactiva y no haya generado ingresos durante su primer período impositivo tiene igualmente la obligación de presentar el Modelo 200 — debe presentarse una declaración con resultado cero.

La declaración es necesaria para cooperativas, asociaciones civiles, fundaciones, colegios profesionales y demás entidades sin fines lucrativos. Las organizaciones sin ánimo de lucro que apliquen el régimen especial de la Ley 49/2002 (Régimen Especial de Entidades Sin Fines Lucrativos) presentan el Modelo 200 con su tipo reducido específico y requisitos adicionales de información.

El plazo de presentación para las sociedades con ejercicio fiscal coincidente con el año natural es del 1 al 25 de julio. Para ejercicios fiscales no coincidentes con el año natural, el plazo comienza el primer día del séptimo mes tras el cierre del ejercicio y finaliza 25 días después. Por ejemplo, una sociedad con ejercicio fiscal que finaliza el 31 de marzo debe presentar el Modelo 200 entre el 1 y el 25 de octubre.

La legislación española contempla múltiples supuestos en los que la formalización de este documento resulta obligatoria o altamente recomendable. El Artículo 1279 del Código Civil establece que los contratantes pueden compelerse recíprocamente a llenar la forma especial exigida por la ley. La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas regula la presentación de documentos ante organismos públicos, incluyendo plazos, requisitos formales y medios de presentación electrónica a través de la Sede Electrónica. Los Servicios Sociales municipales y autonómicos pueden requerir documentación específica para la tramitación de prestaciones y ayudas conforme a la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Qué incluir en tu Modelo 200 — Declaración del Impuesto sobre Sociedades España

El Modelo 200 España conforme al Artículo 124 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS) y el RD 634/2015 exige los siguientes elementos clave para una declaración anual del IS completa y conforme a los requisitos de la AEAT.

Identificación de la entidad: El NIF de la entidad declarante, su denominación social completa, domicilio fiscal, forma jurídica (S.L., S.A., cooperativa, fundación, etc.), los datos de inscripción en el Registro Mercantil, el código CNAE de la actividad económica principal y el NIF del representante legal (administrador o apoderado) autorizado para presentar la declaración. Para las entidades que formen parte de un grupo fiscal en el régimen de consolidación fiscal (artículos 55 a 75 de la LIS), la declaración se presenta a nivel de grupo por la entidad dominante.

Período impositivo: Las fechas de inicio y fin del período impositivo declarado. El período impositivo estándar es el año natural (1 de enero a 31 de diciembre) conforme al Artículo 27 de la LIS, aunque las sociedades pueden adoptar ejercicios fiscales distintos coincidentes con su año comercial. El período impositivo no puede superar los 12 meses.

Resultado contable y ajustes fiscales: El beneficio o la pérdida contable antes de impuestos (resultado contable) de la cuenta oficial de pérdidas y ganancias conforme al PGC, seguido de ajustes fiscales positivos y negativos detallados (diferencias permanentes y diferencias temporarias). Las categorías de ajuste principales incluyen: gastos no deducibles (artículos 14 y 15 de la LIS), libertad de amortización fiscal (Artículo 12 LIS), provisiones por insolvencias que superen los límites de la LIS, el límite de deducibilidad de gastos financieros netos del 30% del EBITDA conforme al Artículo 16 de la LIS y la exención por participación en dividendos de filiales conforme al Artículo 21 de la LIS.

Cálculo de la base imponible: La base imponible tras todos los ajustes fiscales, la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores (Artículo 26 LIS — compensación indefinida, pero limitada al 70% de la base imponible positiva para las grandes empresas) y los ajustes del régimen fiscal especial aplicable. La base imponible puede ser cero (cuando las pérdidas igualen o superen los ingresos) o negativa (generando una base imponible negativa a compensar en ejercicios futuros).

Forms-legal.com ofrece esta plantilla del Modelo 200 España como referencia práctica. La elaboración y presentación exactas del Modelo 200 requieren registros contables completos preparados conforme al PGC y asesoramiento fiscal profesional de un gestor o asesor fiscal — el formulario es extenso (más de 50 páginas para muchas sociedades) y el software oficial de la AEAT (Programa SOCIEDADES) es la herramienta estándar utilizada para su preparación y presentación electrónica. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

La estructura de este documento debe observar los requisitos formales del ordenamiento jurídico español. El Artículo 1261 del Código Civil establece tres elementos esenciales del consentimiento contractual: consentimiento, objeto y causa. La firma manuscrita o electrónica cualificada conforme al Reglamento eIDAS (Reglamento UE 910/2014) y la Ley 6/2020 reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza otorga plena validez legal al documento. El Artículo 319 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula la fuerza probatoria de los documentos públicos y privados en procedimientos judiciales. La Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo impone obligaciones de identificación formal en determinadas operaciones. La plataforma forms-legal.com pone a disposición de los usuarios esta plantilla adaptada al marco legal español, facilitando la cumplimentación correcta de todos los campos requeridos por la normativa aplicable. El Defensor del Pueblo, como Alto Comisionado de las Cortes Generales, supervisa la actividad de las Administraciones Públicas en la protección de los derechos fundamentales reconocidos en el Título I de la Constitución Española de 1978.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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