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Acuerdo de Descuento Comercial — España

Datos clave

EspañaEspañaEspañol (ES)GratisPDF & WordActualizado 6 jun 2026
Base legalEspañaNotarización: No requeridaTestigos: 0Partes: 2
Acuerdo de Descuento Comercial
Commercial Discount Agreement Spain (Acuerdo de Descuento Comercial)

Línea de descuento comercial

Regulado por el Código de Comercio, artículo 175; Ley Cambiaria y del Cheque (Ley 19/1985)

1. PARTES

CEDENTE (EMPRESA QUE PRESENTA LOS EFECTOS):

Denominación social: [Cedente Name]

CIF / NIF: [Cedente NIF]

Representante legal: [Cedente Representative]

DESCONTANTE (ENTIDAD DESCONTANTE):

Denominación: [Descontante Name]

Representante legal: [Descontante Representative]

2. LÍNEA DE DESCUENTO

Límite máximo de la línea: [Credit Limit]

Efectos admisibles: [Eligible Instruments]

Vencimiento máximo de los efectos admisibles: [Max Maturity] días desde la fecha de descuento hasta el vencimiento

El descontante se compromete a descontar los efectos admisibles presentados por el cedente hasta el límite máximo de crédito, sujeto a la solvencia del deudor del efecto (librado o firmante) y a las políticas de riesgo crediticio del descontante vigentes en cada presentación.

3. ESTRUCTURA DE COSTES

Tipo de interés de descuento nominal: [Discount Rate]

Comisión de gestión de cobro: [Collection Commission]

Gastos de devolución: [Return Costs]

El coste total de cada operación de descuento, expresado como Tasa Anual Equivalente (TAE), se informará al cedente conforme a la Circular 5/2012 del Banco de España sobre transparencia bancaria, con carácter previo a la ejecución de cada operación de descuento.

4. RECURSO

Tipo de recurso: [Recourse Type]

En el descuento con recurso: si algún efecto descontado resulta impagado a su vencimiento, el descontante adeudará el importe anticipado más los gastos de devolución en la cuenta corriente del cedente, y el cedente reembolsará el valor nominal íntegro del efecto impagado dentro de los 5 días hábiles siguientes. El derecho de recurso del descontante (acción cambiaria de regreso) contra el cedente como endosante se regula en los artículos 49 a 58 de la Ley Cambiaria y del Cheque (Ley 19/1985).

5. ENDOSO DE LOS EFECTOS

El cedente transmitirá cada efecto descontado al descontante mediante endoso en blanco o en favor específico del descontante, conforme a los artículos 14 a 24 de la Ley Cambiaria y del Cheque (Ley 19/1985). El endoso conferirá al descontante todos los derechos de tenedor de buena fe conforme a la Ley Cambiaria.

6. DURACIÓN

Este acuerdo de línea de descuento es eficaz desde el [Line Start Date] hasta el [Line End Date], salvo resolución anticipada por cualquiera de las partes mediante preaviso escrito de 30 días naturales. El acuerdo se renovará automáticamente por períodos anuales sucesivos salvo que cualquiera de las partes notifique su no renovación al menos 30 días antes de la fecha de renovación.

7. LEY APLICABLE

Este acuerdo se rige por el derecho español, principalmente el artículo 175 del Código de Comercio, la Ley Cambiaria y del Cheque (Ley 19/1985) y la Circular 5/2012 del Banco de España. Las controversias se resolverán ante el Juzgado de lo Mercantil de [Execution City].

FIRMAS

CEDENTE:

Representado por: [Cedente Representative]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

DESCONTANTE:

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Cedente (empresa)

________________

Signature

Descontante (entidad descontante)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Descuento Comercial — España

El Acuerdo de Descuento Comercial es, en España, el contrato escrito regulado por Código de Comercio (Real Decreto de 22 de agosto de 1885), art. 175, que fija por escrito los derechos y obligaciones recíprocos de las partes y resulta exigible ante los tribunales civiles.

El descuento comercial es uno de los mecanismos de financiación a corto plazo más antiguos y utilizados del sistema bancario comercial español, profundamente arraigado en la relación entre las pymes españolas y sus entidades de crédito reguladas por el Banco de España y el Banco Central Europeo (BCE) a través del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). El Banco de España, en virtud de su mandato supervisor de la Ley 13/1994 de Autonomía, supervisa las operaciones de descuento de las entidades de crédito españolas, y el coste real de las líneas de descuento está sujeto a las obligaciones de transparencia de la Circular 5/2012 del Banco de España.

La Ley Cambiaria y del Cheque (Ley 19/1985, de 16 de julio) es la norma central que regula los tres instrumentos principales utilizados en las operaciones de descuento comercial español. Las letras de cambio (artículos 1–69 LCC) son instrumentos comerciales formales que crean una obligación incondicional de pago a cargo del librado al vencimiento. Los pagarés (artículos 94–96 LCC) son el instrumento dominante en la práctica mercantil española, especialmente en las operaciones entre empresarios. Los cheques (artículos 106–148 LCC) se utilizan para el pago inmediato pero pueden descontarse cuando son postdatados. Los tres instrumentos gozan de ejecutabilidad cambiaria (acción cambiaria directa) frente al obligado principal y los endosantes conforme a los artículos 49–58 LCC.

La línea de descuento bancaria estándar en España opera bajo un contrato marco (contrato de línea de descuento o póliza de descuento) notarizado ante Notario o formalizado en documento privado intervenido por Corredor de Comercio Colegiado. El tipo de descuento se compone del tipo base — habitualmente vinculado al Euribor o al tipo de referencia del BCE — más un diferencial que refleja el riesgo de crédito de la operación.

El derecho mercantil español distingue entre el descuento con recurso y el descuento sin recurso (factoring). En el descuento comercial con recurso estándar — la modalidad más habitual —, si el deudor del efecto no paga al vencimiento, el banco descontante devuelve el efecto impagado al cedente y le carga el importe anticipado más los gastos de devolución — el cedente soporta el riesgo crediticio último del deudor del efecto. En el factoring sin recurso, el riesgo crediticio es asumido por el factor a un tipo de descuento más elevado.

El descuento comercial se distingue del factoring en que en el descuento el riesgo de impago del deudor recae sobre el cedente con recurso, mientras que en el factoring sin recurso el factor asume dicho riesgo. La regulacion se encuentra en los articulos 175 y 347 del Codigo de Comercio y en la Ley 19/1985 Cambiaria y del Cheque. Forms-legal.com ofrece este Acuerdo de Descuento Comercial en Espana como referencia practica para empresas que deseen gestionar su liquidez mediante el anticipo de efectos comerciales.

Cuándo necesitas Acuerdo de Descuento Comercial — España

El Acuerdo de Descuento Comercial en España conforme al Artículo 175 del Código de Comercio es necesario siempre que una empresa española que posee efectos comerciales — letras de cambio, pagarés o facturas — desee convertirlos en liquidez inmediata antes de su vencimiento, para financiar el capital circulante, atender las nóminas, pagar a proveedores dentro de los plazos de la Ley 3/2004 (30 días en operaciones comerciales, 60 días con el sector público) o financiar pedidos sin esperar al cobro de los clientes.

El acuerdo es necesario cuando una pyme establece una línea de descuento con un banco español — BBVA, CaixaBank, Banco Santander, Banco Sabadell o una caja de ahorros — para formalizar las condiciones bajo las cuales el banco descontará la cartera de efectos comerciales de la empresa durante el ejercicio. La póliza de descuento o contrato de línea de descuento notarizado ante Notario o intervenido por Corredor de Comercio Colegiado es el instrumento estándar.

Se necesita entre dos partes comerciales no bancarias cuando un proveedor y un gran distribuidor o minorista acuerdan un descuento comercial bilateral — descuento por volumen o descuento por pronto pago — estructurado como mecanismo contractual en lugar de producto bancario. Estos acuerdos son frecuentes en el sector de grandes superficies entre los principales minoristas y sus redes de proveedores.

El acuerdo es necesario en operaciones de financiación de la cadena de suministro en las que una empresa ancla — habitualmente una gran empresa española cotizada en el Ibex-35 — invita a sus proveedores a descontar sus facturas aprobadas frente al compromiso de pago del comprador a través de una plataforma de confirming operada por una entidad financiera supervisada por el Banco de España.

Se necesita cuando un exportador español utiliza el descuento de documentos de exportación para financiar el comercio exterior — los bancos comerciales españoles apoyan el crédito documentario y el descuento de efectos en operaciones de exportación regidas por las Reglas y Usos Uniformes relativos a los Créditos Documentarios (UCP 600) de la Cámara de Comercio Internacional (ICC). CESCE (Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación) presta el seguro de crédito a la exportación que puede acompañar al acuerdo de descuento.

Conforme a la Ley Cambiaria y del Cheque (Ley 19/1985), los pagarés y las letras de cambio se rigen por el derecho español. El Banco de España supervisa la banca conforme a la Ley 10/2014. La CNMV regula los mercados de valores. La AEAT administra el IVA (Ley 37/1992) y el IRPF (Ley 35/2006). La Ley 3/2004 regula la morosidad en operaciones comerciales con intereses legales.

Qué incluir en tu Acuerdo de Descuento Comercial — España

Un Acuerdo de Descuento Comercial válido en España conforme a los artículos 175 y 347 del Código de Comercio y la Ley Cambiaria y del Cheque (Ley 19/1985) debe contener los siguientes elementos esenciales para crear una obligación de descuento ejecutable y cumplir con los requisitos de transparencia del Banco de España.

Identificación de las partes: Nombre completo, NIF/CIF, domicilio social y representante autorizado del cedente (la empresa que transfiere los efectos) y del descontante (el banco o entidad comercial que adelanta el importe). Cuando el descontante sea una entidad de crédito, deben consignarse su número de registro en el Banco de España y el código CNAE de su actividad.

Descripción de los efectos admisibles: Una definición precisa de los efectos comerciales admitidos al descuento — letras de cambio (artículos 1–69 LCC), pagarés (Artículo 94 LCC) o facturas comerciales — y los criterios de admisibilidad: importe nominal mínimo y máximo por efecto; plazo máximo desde la fecha de descuento; divisas aceptadas (habitualmente EUR); y características de solvencia exigidas al deudor del efecto (librado o deudor).

Límite de crédito: El límite máximo de la línea de descuento — el importe nominal agregado de los efectos que pueden estar descontados y pendientes en cualquier momento. La decisión de crédito del banco sobre el límite se basa en la situación financiera del cedente y en la diversificación y calidad de la cartera de deudores de los efectos.

Tipo de descuento y estructura de costes: El coste total de la operación de descuento — integrado por: (1) el tipo de descuento nominal, expresado habitualmente como porcentaje anual aplicado al valor nominal del efecto por el período desde la fecha de descuento hasta la de vencimiento; (2) comisiones de cobro por efecto; (3) gastos de devolución si el efecto resulta impagado; y (4) cualquier otra tarifa. La Tasa Anual Equivalente (TAE) debe divulgarse al cedente conforme a la Circular 5/2012 del Banco de España sobre transparencia bancaria.

Cláusulas de recurso: Declaración clara de si el descuento es con recurso o sin recurso. En el descuento con recurso — estándar en la mayoría de las líneas de descuento bancario españolas —, el cedente sigue siendo responsable de reembolsar el anticipo si el deudor del efecto incumple al vencimiento. El derecho de regreso (acción cambiaria de regreso) del banco frente al cedente como endosante se regula por los artículos 49–58 de la LCC para letras de cambio y pagarés.

Procedimiento de endoso: El mecanismo por el que el cedente transmite los efectos al descontante — para letras de cambio y pagarés, mediante endoso en blanco o a favor del descontante conforme a los artículos 14–24 de la LCC. El endoso debe cumplir los requisitos formales de la Ley Cambiaria y del Cheque para ser válido y conferir al descontante los derechos de tenedor de buena fe.

Vencimiento y cobro: La obligación del banco de presentar los efectos al cobro al deudor al vencimiento, cobrar el importe y abonar el saldo en la cuenta corriente del cedente. Debe especificarse el procedimiento de notificación al cedente de los efectos devueltos impagados, incluyendo los plazos de los avisos de devolución y el mecanismo de cobro de los gastos de devolución.

Formas-legal.com ofrece esta plantilla de Acuerdo de Descuento Comercial en España como referencia práctica para empresas españolas que estructuran la financiación de su cartera de efectos. Todos los contratos de línea de descuento con entidades de crédito reguladas deben cumplir con los requisitos de transparencia del Banco de España, y las empresas deben revisar la TAE y las cláusulas de recurso con un asesor financiero o abogado mercantilista antes de su suscripción. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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