Declaración de No Deuda Colombia
DECLARACIÓN DE NO DEUDA
[Declaration City], [Declaration Date]
IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Yo, [Declarant Name], identificado(a) con cédula de ciudadanía / NIT No. [Declarant CC], domiciliado(a) / con sede en [Declarant Address], teléfono [Declarant Phone], actuando en nombre propio, bajo la gravedad del juramento y en ejercicio del derecho consagrado en el Artículo 1757 del Código Civil colombiano, declaro:
DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE DEUDAS Y OBLIGACIONES
PRIMERO: Que a la fecha de referencia [Reference Date], no tengo pendiente ninguna deuda, obligación financiera, pasivo exigible, ni reclamación jurídica no resuelta en relación con: [Debt Scope].
SEGUNDO: Que la presente declaración se formula en el contexto de: [Transaction Type], con referencia a: [Transaction Reference].
TERCERO: Que la presente declaración cubre todas las obligaciones de las categorías indicadas que son de mi conocimiento a la fecha indicada. No excluyo la posibilidad de la existencia de reclamaciones de acreedores desconocidos que no son de mi conocimiento al momento de la presente declaración.
FUNDAMENTO LEGAL
La presente declaración se formula con fundamento en el Artículo 1757 del Código Civil colombiano (Ley 57 de 1887), el Decreto 960 de 1970 (Estatuto del Notariado), y la Ley 1266 de 2008 (Habeas Data — Artículo 12).
JURAMENTO Y FIRMA
Bajo la gravedad del juramento, certifico que la información contenida en esta declaración es verídica y refleja fielmente mi situación financiera a la fecha de referencia. Entiendo que una declaración falsa puede acarrear responsabilidad civil bajo el Artículo 1757 del Código Civil, responsabilidad penal por el delito de falso testimonio (Artículo 442, Código Penal, Ley 599 de 2000), y las consecuencias adicionales previstas en el Artículo 246 del Código Penal para el delito de estafa en caso de transacciones inmobiliarias o comerciales.
Firma: _________________________
[Declarant Name]
C.C. / NIT: [Declarant CC]
Dirección: [Declarant Address]
AUTENTICACIÓN NOTARIAL
Notaría No.: _________________________
Fecha: _________________________ Protocolo No.: _________________________
Firma y sello notarial: _________________________
Declarante (Declarant)
________________
Signature
Notario Público (Notary Public)
________________
Signature
Qué es Declaración de No Deuda Colombia
La Declaración de No Deuda Colombia es una declaración con efectos jurídicos regulada por Código Civil colombiano art. 1757 y Decreto 960 de 1970 (Estatuto del Notariado), en la que el declarante manifiesta hechos bajo su responsabilidad ante la autoridad colombiana.
La Declaracion de No Deuda se diferencia conceptualmente de la Declaracion de Inexistencia de Deuda en un aspecto fundamental: mientras la segunda es un instrumento de defensa que afirma que una obligacion especifica reclamada por un tercero identificado nunca existio juridicamente o fue extinguida por uno de los modos legales de extincion de las obligaciones del Articulo 1625 del Codigo Civil, la Declaracion de No Deuda es una certificacion general preventiva de ausencia de pasivos pendientes dentro de un perimetro definido por el declarante, dirigida a un destinatario que la exige como condicion para una operacion o una relacion juridica futura.
El fundamento normativo de la Declaracion de No Deuda se encuentra en el Articulo 26 del Codigo General del Proceso (CGP, Ley 1564 de 2012), que regula las declaraciones extrajudiciales bajo juramento, y en los Articulos 828 a 831 del Estatuto Tributario, que regulan la expedicion del certificado de paz y salvo tributario por parte de la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y los efectos juridicos de la declaracion de ausencia de deudas fiscales. Al prestar juramento sobre el contenido de la declaracion, el declarante queda sujeto a responsabilidad penal por falso testimonio conforme al Articulo 442 del Codigo Penal (Ley 599 de 2000), con penas de cuatro a ocho anos de prision para quien bajo juramento afirme o niegue hechos con conocimiento de su falsedad o con el proposito de enganar al destinatario. En el ambito financiero, la declaracion complementa las verificaciones independientes que las instituciones realizan ante DataCredito (TransUnion Colombia S.A.S.), CIFIN (Experian Colombia S.A.) y el sistema de consulta de deudores de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) para confirmar la veracidad de lo declarado.
Para obligaciones tributarias nacionales, el paz y salvo de la DIAN es la prueba primaria de ausencia de deudas fiscales, pero en los casos en que la DIAN aun no ha procesado las declaraciones mas recientes o en que existen controversias tributarias en curso ante el Consejo de Estado o la Jurisdiccion Contencioso Administrativa, la Declaracion de No Deuda del contribuyente sirve como soporte provisional mientras se obtiene el certificado oficial. La Unidad de Gestion Pensional y Parafiscal (UGPP) tambien acepta declaraciones de no deuda de contribuyentes independientes para acreditar el pago correcto de los aportes al sistema de seguridad social (salud 12,5%, pension 16%, riesgos laborales segun tarifa ARL) bajo la Ley 100 de 1993 y el Decreto 780 de 2016 (Decreto Unico Reglamentario del Sector Salud).
La Declaracion de No Deuda es un instrumento de uso frecuente en el ciclo de vida empresarial colombiano: en la etapa de incorporacion de nuevos socios o accionistas, como parte del proceso de debida diligencia (due diligence) previo a una inversion; en la etapa de operacion, como requisito para acceder a lineas de credito especiales; y en la etapa de liquidacion o venta de la empresa, como garantia al comprador de que los activos que adquiere no estan gravados por pasivos ocultos. Forms-legal.com facilita este modelo para que ciudadanos colombianos, empresas y profesionales puedan certificar formalmente su situacion financiera ante los destinatarios que lo requieran.
En el ecosistema de contratacion publica colombiana, la Declaracion de No Deuda con el Estado es exigida no solo al momento de la participacion en los procesos de seleccion, sino tambien durante la ejecucion del contrato publico y al momento de la liquidacion del mismo. El Articulo 6 de la Ley 80 de 1993 establece las inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado, entre las que se encuentran tener deudas por impuestos, contribuciones y multas a favor del Estado exigibles coactivamente. El contratista que incurra en mora tributaria durante la ejecucion del contrato puede ser declarado inhabil para contratar con el Estado por el periodo que fije la entidad contratante, segun el reglamento del SECOP II. Por esto, mantener una Declaracion de No Deuda actualizada y un paz y salvo de la DIAN vigente son obligaciones de cumplimiento continuo para los contratistas del Estado colombiano que deseen mantener su habilitacion para participar en nuevas licitaciones.
Cuándo necesitas Declaración de No Deuda Colombia
La Declaracion de No Deuda en Colombia es necesaria en todos los contextos donde una persona natural o juridica debe demostrar solvencia financiera, ausencia de compromisos pendientes con el Estado o con terceros, o limpieza de su historial crediticio ante una entidad que lo exige como condicion imprescindible para otorgar un beneficio, autorizar una operacion, o perfeccionar una relacion contractual.
La declaracion es necesaria cuando una persona natural aplica a un proceso de seleccion laboral para cargos que implican manejo de dinero en efectivo, acceso a cuentas bancarias corporativas, autorizacion de pagos, o custodia de activos de alto valor. Los empleadores del sector financiero, de seguros, de telecomunicaciones, y del comercio al por mayor en Colombia frecuentemente exigen esta certificacion, apoyada con reportes de DataCredito o CIFIN, como condicion de la vinculacion laboral en cargos de tesoreria, auditoria interna, manejo de pagos, y gerencia de operaciones financieras. La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) exige adicionalmente la verificacion de antecedentes financieros de directivos y representantes legales de entidades financieras bajo el Articulo 72 del Estatuto Organico del Sistema Financiero.
La declaracion es necesaria cuando una persona natural o empresa participa en un proceso de licitacion publica, concurso de meritos, contratacion directa o minima cuantia con entidades del Estado colombiano bajo la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 (Decreto Unico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacion Nacional). La declaracion de no deuda con el Estado es habitualmente exigida como parte del sobre de documentos habilitantes del proponente en los procesos de seleccion del SECOP (Sistema Electronico para la Contratacion Publica), junto con el certificado de paz y salvo de la DIAN, la constancia de pago de aportes a la seguridad social de la UGPP, y el certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduria General de la Nacion.
La declaracion es necesaria en las transacciones de compraventa de empresas, fusiones, escisiones y adquisiciones (M&A) en Colombia, especialmente durante la fase de due diligence financiero y juridico que precede al cierre de la transaccion. El comprador exige al vendedor o a los accionistas controlantes una declaracion bajo juramento de que la empresa objetivo no tiene pasivos ocultos, contingencias tributarias no reveladas, deudas vencidas con proveedores, compromisos laborales no provisionados (cesantias, primas, vacaciones, indemnizaciones por terminacion), o litigios pendientes que no esten reflejados en los estados financieros auditados. La Declaracion de No Deuda forma parte de las representaciones y garantias (representations and warranties) que el vendedor otorga al comprador como parte del contrato de compraventa de acciones o cuotas de interes social bajo el Articulo 864 del Codigo de Comercio.
La declaracion tambien es necesaria en los siguientes contextos adicionales del mercado colombiano: cuando una persona solicita acceso a lineas de credito de redescuento del Banco de Comercio Exterior de Colombia (Bancoldex), el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (FINAGRO), el Fondo Nacional de Garantias (FNG) o el Fondo Emprender del SENA, que exigen la ausencia de obligaciones en mora con el sistema financiero y con el Estado como condicion de elegibilidad; cuando un importador o exportador solicita un cupo de credito ante una entidad financiera para el financiamiento de operaciones de comercio exterior bajo el regimen del Decreto 2685 de 1999 (Estatuto Aduanero) y la Resolucion DIAN 046 de 2019; y cuando una persona hereda bienes y debe demostrar ante el Juez Civil del Circuito o ante la Notaria en un proceso de sucesion que los herederos no tienen compromisos que puedan afectar la libre transferencia de los bienes heredados.
Qué incluir en tu Declaración de No Deuda Colombia
Una Declaracion de No Deuda valida en Colombia debe incluir los siguientes elementos esenciales para tener plena eficacia juridica ante entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera, organismos publicos de contratacion, empleadores y contrapartes en transacciones comerciales y societarias de importancia.
Identificacion completa del declarante: Nombre completo o razon social exactamente igual a como figura en el documento de identidad vigente o en el certificado de existencia y representacion legal de la Camara de Comercio; numero de cedula de ciudadania (para personas naturales colombianas), cedula de extranjeria (para extranjeros residentes), pasaporte (para extranjeros no residentes) o NIT (para personas juridicas); nombre y cedula del representante legal si el declarante es persona juridica, con acreditacion de sus facultades de representacion mediante certificado de existencia y representacion legal de la Camara de Comercio expedido dentro de los treinta dias anteriores a la firma; domicilio, municipio, departamento, numero de telefono movil y correo electronico institucional o personal del declarante.
Identificacion del destinatario y proposito de la declaracion: Nombre o razon social de la entidad, persona natural, proceso judicial o tramite administrativo ante el cual se presenta la declaracion; NIT o cedula del destinatario si es persona juridica o natural identificada; descripcion del beneficio, operacion, contrato o relacion juridica para la cual se requiere la declaracion (otorgamiento de credito, vinculacion laboral, participacion en licitacion publica, cierre de una transaccion de M&A, tramite de sucesion, solicitud de visa); y fecha limite hasta la cual la declaracion sera valida para ese proposito especifico.
Alcance temporal y material exacto de la declaracion: Definicion precisa de los parametros de la certificacion en dos dimensiones. Dimension temporal: si la declaracion cubre la situacion financiera del declarante a la fecha exacta de la firma, o durante un periodo retrospectivo definido (por ejemplo, los ultimos dos anos gravables). Dimension material: cuales categorias de obligaciones cubre la declaracion y cuales excluye expresamente. Las categorias mas frecuentes son: obligaciones financieras con entidades del sistema financiero colombiano vigiladas por la SFC (creditos, tarjetas, leasing, factoring); obligaciones tributarias con la DIAN (impuesto sobre la renta, IVA, retencion en la fuente, impuesto de industria y comercio ICA, impuesto predial, impuesto de vehiculos); obligaciones parafiscales con la UGPP (aportes a pension AFP o Colpensiones, aportes a salud EPS, aportes a ARL, aportes al SENA, ICBF y cajas de compensacion familiar); obligaciones laborales con trabajadores activos y ex trabajadores (salarios, prestaciones sociales legales, indemnizaciones por terminacion sin justa causa, reliquidaciones de liquidaciones finales); y compromisos contractuales con proveedores, clientes, socios comerciales y arrendadores.
Manifestacion juramentada de ausencia de obligaciones pendientes: Declaracion formal y solemne bajo la gravedad del juramento conforme al Articulo 26 del CGP, en la que el declarante certifica que, dentro del alcance temporal y material definido, no tiene obligaciones financieras, tributarias, parafiscales, laborales ni contractuales pendientes de pago o en estado de mora; no tiene demandas judiciales, procesos ejecutivos, medidas cautelares (embargos, secuestros, hipotecas o prendas) activos en su contra que afecten su patrimonio; y no tiene inhabilidades, sanciones disciplinarias ni responsabilidades fiscales vigentes declaradas por la Procuraduria General de la Nacion, la Contraloria General de la Republica, la Superintendencia de Sociedades u otra autoridad competente.
Revelacion obligatoria de excepciones y pasivos conocidos: Si el declarante tiene conocimiento de obligaciones que estan siendo disputadas de buena fe, acuerdos de pago vigentes con entidades financieras, diferencias de interpretacion tributaria con la DIAN en etapa de discusion administrativa o judicial, o contingencias laborales en proceso de conciliacion ante el Inspector de Trabajo o el Juez Laboral, estas situaciones deben ser reveladas expresamente en esta seccion con el monto en discusion estimado, la entidad involucrada, el estado actual del proceso, y la valoracion del declarante sobre el resultado probable. La omision dolosa de pasivos conocidos convierte la declaracion en un instrumento de fraude constitutivo del delito de falso testimonio y puede generar responsabilidad civil extracontractual bajo el Articulo 2341 del Codigo Civil por los perjuicios causados al destinatario de buena fe.
Documentos de soporte disponibles para verificacion: Lista de los documentos que el declarante tiene disponibles para entregar al destinatario si este los requiere para verificacion de lo declarado: certificado de paz y salvo de la DIAN (obtenible a traves del portal MUISCA de la DIAN); certificado de pago de aportes a la seguridad social de la UGPP; certificado de paz y salvo municipal de ICA expedido por la Secretaria de Hacienda del municipio del domicilio principal; reporte de deudores expedido por DataCredito TransUnion obtenido directamente por el declarante en ejercicio de su derecho de habeas data bajo la Ley 1266 de 2008; reporte de CIFIN Experian obtenido directamente por el declarante; estados de cuenta bancarios de los ultimos tres meses; y ultimas dos declaraciones de renta presentadas ante la DIAN (Formulario 210 para personas naturales o Formulario 110 para personas juridicas).
Vigencia de la declaracion y obligacion de actualizacion: La declaracion tiene vigencia limitada dado que los estados financieros de una persona o empresa cambian continuamente. Se recomienda establecer una vigencia de treinta dias calendario desde la fecha de la firma para declaraciones ordinarias, y de quince dias para declaraciones presentadas en procesos de due diligence de M&A o en licitaciones publicas donde la precision es critica. Pasada la vigencia, el declarante debe expedir una nueva declaracion actualizada si el destinatario la sigue requiriendo.
Consecuencias penales y civiles de la falsedad en la declaracion: Clausula de advertencia que el declarante reconoce haber leido y comprendido: la falsedad dolosa en el contenido de la declaracion constituye el delito de falso testimonio tipificado en el Articulo 442 del Codigo Penal (Ley 599 de 2000), sancionado con penas de cuatro a ocho anos de prision; adicionalmente, el destinatario que actuo de buena fe con base en la declaracion falsa tiene derecho a demandar al declarante por la totalidad de los perjuicios causados bajo el regimen de responsabilidad civil extracontractual del Articulo 2341 del Codigo Civil, incluyendo dano emergente, lucro cesante y dano moral, sin perjuicio de las acciones de rescision del contrato celebrado con base en la declaracion falsa bajo el Articulo 1515 del Codigo Civil (dolo grave).
Autenticacion notarial recomendada: Para declaraciones de alto impacto juridico y economico como las presentadas en procesos de M&A, licitaciones publicas de gran cuantia, procesos de due diligence de inversion extranjera directa, o procesos judiciales de alta complejidad, se recomienda la autenticacion de la firma del declarante ante notaria colombiana conforme al Decreto 960 de 1970 (Estatuto del Notariado), que incrementa la confiabilidad del documento y facilita su reconocimiento ante entidades extranjeras o en procesos de apostille bajo el Convenio de La Haya de 1961 (Ley 455 de 1998).
Forms-legal.com facilita este modelo de Declaracion de No Deuda Colombia para que ciudadanos, empresas, contratistas del Estado y profesionales independientes puedan certificar formalmente su situacion financiera ante los destinatarios que lo requieran. Se recomienda verificar toda la informacion con un contador publico certificado ante la Junta Central de Contadores y un abogado antes de firmar, especialmente cuando la declaracion se presenta en el contexto de una transaccion comercial significativa, un proceso de contratacion publica de gran cuantia, o como representacion y garantia en un contrato de compraventa de empresa.
Citar esta página
Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:
Forms Legal. (2026). Declaración de No Deuda Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/personal/legal-declarations/declaracion-no-deuda-colombia
"Declaración de No Deuda Colombia (Colombia)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/colombia/personal/legal-declarations/declaracion-no-deuda-colombia.
@misc{formslegal-declaracion-no-deuda-colombia,
author = {{Forms Legal}},
title = {Declaración de No Deuda Colombia (Colombia)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/colombia/personal/legal-declarations/declaracion-no-deuda-colombia}},
note = {Free legal document template}
}Preguntas Frecuentes
No — una Declaración de No Deuda y un paz y salvo son documentos legalmente distintos en Colombia, aunque sirven propósitos complementarios en la certificación de ausencia de obligaciones financieras. Un paz y salvo es un certificado oficial emitido por una entidad específica acreedora — la Secretaría de Hacienda Municipal (para impuesto predial), la DIAN (para obligaciones tributarias nacionales), una empresa de servicios públicos (para deudas de servicios) o la administración de un condominio (para cuotas de administración bajo la Ley 675 de 2001) — confirmando que la persona o propiedad nombrada no tiene obligaciones pendientes con esa entidad particular. Un paz y salvo es emitido por el acreedor — no el deudor — y lleva la autoridad institucional y responsabilidad de la entidad emisora. Una Declaración de No Deuda, por el contrario, es una declaración juramentada hecha por el deudor, no el acreedor — certificando bajo juramento la ausencia de obligaciones. Es generada por el propio declarante y depende de la veracidad y el conocimiento del declarante. En transacciones de propiedad y para empleo en el sector público, la ley colombiana y la práctica estándar requieren certificados paz y salvo oficiales de la Secretaría de Hacienda y la DIAN — una Declaración de No Deuda no puede sustituir a estos documentos en esos contextos.
Hacer una Declaración de No Deuda falsa en Colombia — ya sea notariada o privada — expone al declarante a graves consecuencias civiles, penales y financieras bajo la ley colombiana. Bajo el Artículo 1757 del Código Civil (Ley 57 de 1887), una declaración juramentada que falsamente representa la ausencia de obligaciones financieras puede ser usada por los acreedores perjudicados como evidencia para respaldar reclamaciones de daños y perjuicios contra el declarante en procedimientos civiles. Bajo el Artículo 442 del Código Penal colombiano (Ley 599 de 2000), una declaración juramentada falsa ante autoridad judicial o en instrumento público constituye el delito de falso testimonio, con pena de prisión de cuatro a ocho años. Para transacciones de propiedad, una Declaración de No Deuda falsa que oculta hipotecas o deudas de impuesto predial constituye estafa bajo el Artículo 246 del Código Penal, con penas de hasta seis años de prisión y compensación completa de daños al comprador defraudado. Para contextos corporativos e insolvencia, una declaración falsa de libertad de deudas en procedimiento de liquidación viola la Ley 1116 de 2006 y expone al declarante a responsabilidad penal bajo el Artículo 254 del Código Penal por alzamiento de bienes, con penas de uno a cinco años.
La ley colombiana de transferencia de propiedad bajo la Ley 1579 de 2012 y el marco del Decreto 960 de 1970 no hace de la Declaración de No Deuda un documento legalmente obligatorio para cada transferencia de propiedad — el requisito estatutario es para certificados paz y salvo oficiales para obligaciones específicas que siguen a la propiedad. Sin embargo, en la práctica, los compradores competentes y sus asesores legales en Colombia rutinariamente solicitan y obtienen una Declaración de No Deuda del vendedor como parte de la diligencia debida (estudio de títulos), además de las siguientes certificaciones oficiales estándar: certificado de tradición y libertad que muestra todos los gravámenes registrados; paz y salvo de impuesto predial de la Secretaría de Hacienda Municipal; paz y salvo de valorización para propiedades urbanas; paz y salvo de administración bajo la Ley 675 de 2001; y paz y salvo de servicios públicos de los proveedores de agua, electricidad y gas. La Declaración de No Deuda del vendedor suplementa estos documentos oficiales cubriendo deudas informales, préstamos privados garantizados contra la propiedad, u obligaciones contractuales que pueden no aparecer en el registro público oficial pero que el comprador podría heredar.
Una Declaración de No Deuda y los registros de las centrales de riesgo colombianas son instrumentos relacionados pero distintos que sirven propósitos complementarios en la certificación de deudas. Las centrales de riesgo colombianas — principalmente DataCrédito (operada por Experian Colombia), TransUnion Colombia y CIFIN (administrada por Asobancaria) — mantienen perfiles de comportamiento financiero de individuos y entidades jurídicas basados en información reportada por instituciones financieras miembros, otorgantes de crédito comercial y empresas de servicios públicos. Bajo la Ley 1266 de 2008 (la ley Habeas Data), los individuos tienen derecho a acceder a su perfil de central de riesgo gratuitamente al menos una vez al mes, a solicitar la corrección de información inexacta (Artículo 14), y a que se elimine la información crediticia negativa después del período de caducidad (Artículo 13) — generalmente diez años desde la fecha en que la deuda fue totalmente liquidada. Una Declaración de No Deuda es complementaria a — no sustituta de — un reporte limpio de central de riesgo. La declaración cubre la representación juramentada del declarante sobre la ausencia de deuda a una fecha específica, mientras que el reporte de central de riesgo proporciona datos de comportamiento financiero histórico y actual verificados independientemente.
Sí — las entidades jurídicas colombianas incluyendo SAS, S.A., Ltda y otras formas corporativas registradas ante la Cámara de Comercio bajo el Decreto 410 de 1971 (Código de Comercio) pueden ejecutar una Declaración de No Deuda a través de su representante legal. El representante legal — identificado por su cédula de ciudadanía y el NIT de la empresa — comparece ante Notario Público para ejecutar la declaración en nombre y en representación de la empresa, con autoridad derivada de los estatutos sociales de la empresa y el certificado actual de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio. La Declaración de No Deuda corporativa certifica que la empresa — a la fecha de la declaración — no tiene obligaciones pendientes en las categorías específicas cubiertas: deudas tributarias ante la DIAN, atrasos de contribuciones de seguridad social a Colpensiones y proveedores de EPS, deudas comerciales con proveedores, obligaciones de préstamos bancarios, obligaciones laborales con trabajadores y sentencias judiciales pendientes de cumplimiento. En el contexto de los procedimientos de liquidación de la Ley 1116 de 2006 ante la Superintendencia de Sociedades, una Declaración de No Deuda corporativa es un documento crítico en el proceso de certificación del balance de liquidación. Las declaraciones corporativas falsas en procedimientos de liquidación exponen al representante legal personalmente a responsabilidad penal bajo el Artículo 254 del Código Penal por alzamiento de bienes.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
¿Encontró un error? AvísenosDocumentos Relacionados
También puede encontrar útiles estos documentos:
Declaración de Ingresos para Terceros Colombia
Declaración juramentada de ingresos para terceros en Colombia conforme al Decreto 960 de 1970, la Ley 962 de 2005 y las regulaciones de la DIAN, certificando los ingresos del declarante para solicitudes de visa, calificación crediticia, admisión universitaria y procesos legales.
Declaración de Dependencia Económica Colombia
Declaración juramentada de dependencia económica para Colombia conforme al Artículo 1757 del Código Civil, el Decreto 960 de 1970 sobre instrumentos notariales y las regulaciones de SENA, EPS y fondos de pensiones, certificando que una persona nombrada depende económicamente del declarante.
Declaración de Posesión Quieta y Pacífica Colombia
Declaración de Posesión Quieta y Pacífica para Colombia que documenta la posesión continua, ininterrumpida y pacífica de un bien inmueble conforme al Artículo 762 del Código Civil, respaldada en el marco de prescripción adquisitiva de los Artículos 2512 a 2535 del CC y el proceso de pertenencia del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) Artículo 375.
Poder de Representación Legal — Colombia
Modelo de Poder de Representación Legal en Colombia conforme a los artículos 836–844 del Código de Comercio y los artículos 2142–2199 del Código Civil, que autoriza a una persona natural o jurídica para actuar en nombre de una empresa o persona ante juzgados, entidades gubernamentales, la Cámara de Comercio, la DIAN, la SFC y terceros privados.