Contrato de Compraventa y Traspaso de Vehículo Colombia
Código Civil art. 1849; Ley 769 de 2002; Decreto 1079 de 2015
CONTRATO DE COMPRAVENTA Y TRASPASO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR
Conforme al artículo 1849 del Código Civil y el artículo 47 de la Ley 769 de 2002
[Ciudad de Firma], [Fecha de Firma]
PARTES
Entre los suscritos, [Nombre del Vendedor], identificado(a) con cédula de ciudadanía N.° [CC del Vendedor], domiciliado(a) en [Dirección del Vendedor], teléfono [Teléfono del Vendedor], quien actúa como VENDEDOR, y [Nombre del Comprador], identificado(a) con cédula de ciudadanía N.° [CC del Comprador], domiciliado(a) en [Dirección del Comprador], teléfono [Teléfono del Comprador], quien actúa como COMPRADOR, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA Y TRASPASO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA — OBJETO DEL CONTRATO
El VENDEDOR transfiere a título de compraventa la propiedad del siguiente vehículo automotor al COMPRADOR:
Placa: [Placa] | Marca: [Marca] | Línea: [Línea] | Modelo: [Año] | Color: [Color]
N.° Motor: [Número de Motor] | N.° Chasis/VIN: [Número de Chasis] | N.° Tarjeta de Propiedad: [N.° Tarjeta de Propiedad]
Kilometraje al momento de la entrega: [Kilometraje]
SEGUNDA — PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio de la presente compraventa es de [Precio Total], suma que el COMPRADOR cancela [Forma de Pago]. Con el pago del precio, el VENDEDOR declara recibir a su entera satisfacción el valor acordado y se obliga a la entrega real y material del vehículo.
TERCERA — DECLARACIONES DEL VENDEDOR
El VENDEDOR declara bajo la gravedad de juramento que el vehículo objeto del presente contrato: (a) es de su exclusiva propiedad y se encuentra debidamente registrado en el RUNT a su nombre; (b) está libre de prendas, embargos, gravámenes, limitaciones al dominio o afectaciones que impidan su libre enajenación; (c) no tiene reporte de hurto, pérdida total o siniestro mayor en el SIJIN/DIJIN; (d) no tiene multas de tránsito impagas; (e) está al día en el impuesto sobre vehículos automotores (rodamiento) del año en curso; y (f) cuenta con SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) vigente a la fecha de entrega.
CUARTA — OBLIGACIÓN DE TRASPASO
Las partes se comprometen a comparecer ante el organismo de tránsito habilitado para perfeccionar el traspaso del vehículo en el RUNT, a más tardar el [Plazo para Traspaso], conforme al artículo 47 de la Ley 769 de 2002 y el Decreto 1079 de 2015. Los costos e impuestos del traspaso serán asumidos por [Nombre del Comprador] (COMPRADOR), salvo acuerdo expreso en contrario.
QUINTA — SANEAMIENTO Y GARANTÍA
El VENDEDOR garantiza al COMPRADOR el saneamiento por evicción (Código Civil art. 1893) y responde por vicios redhibitorios (Código Civil art. 1914) sobre el vehículo. Cualquier perturbación en la posesión del COMPRADOR por causa anterior a la presente venta o defecto oculto que existiera al momento de la entrega será de responsabilidad exclusiva del VENDEDOR.
Para constancia, firman en [Ciudad de Firma] el [Fecha de Firma].
___________________________________ ___________________________________
[Nombre del Vendedor] [Nombre del Comprador]
C.C. N.° [CC del Vendedor] C.C. N.° [CC del Comprador]
VENDEDOR COMPRADOR
Vendedor
________________
Signature
Comprador
________________
Signature
Qué es Contrato de Compraventa y Traspaso de Vehículo Colombia
El Contrato de Compraventa y Traspaso de Vehículo Colombia es un contrato regulado por Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre) art. 47 y Código Civil art. 1849 que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.
A diferencia de los bienes inmuebles, cuya compraventa requiere escritura pública e inscripción en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, los vehículos automotores son bienes muebles sujetos a registro en el RUNT. La compraventa se perfecciona con el acuerdo de voluntades y la entrega del vehículo, pero la oponibilidad frente a terceros requiere el traspaso en el RUNT. Esto significa que si el vendedor vende el mismo vehículo a dos personas distintas, quien primero inscriba el traspaso en el RUNT será el propietario legal, según el principio de publicidad registral.
El Contrato de Compraventa y Traspaso de Vehículo de forms-legal.com incluye todos los elementos exigidos por los organismos de tránsito en Colombia: identificación técnica completa del vehículo con placa, motor, chasis y tarjeta de propiedad; declaraciones del vendedor sobre la situación jurídica del automotor (libre de prendas, multas, embargos y reportes de hurto); precio y forma de pago; y la obligación de ambas partes de comparecer al organismo de tránsito para formalizar el traspaso. Este documento sirve como soporte del trámite de traspaso en el RUNT y como prueba del acuerdo entre las partes en caso de controversias posteriores.
En Colombia, las cifras del RUNT indican que se realizan más de 500.000 traspasos de vehículos usados al año. Las principales ciudades con mayor volumen de traspasos son Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Bucaramanga. La correcta documentación del traspaso es crucial para proteger al comprador de responsabilidades por accidentes, multas o infracciones cometidas antes del cambio de propietario.
El traspaso de vehiculo en Colombia se formaliza mediante el endoso del certificado de tradicion y libertad del vehiculo expedido por el Ministerio de Transporte, y la presentacion del formulario unico nacional de traspaso ante la Secretaria de Transito y Transporte del municipio de matricula del vehiculo. El Codigo Nacional de Transito (Ley 769 de 2002, Articulo 47) exige que el traspaso se registre ante la autoridad de transito dentro de los 60 dias siguientes a la firma del contrato de compraventa, bajo pena de sanciones administrativas al propietario registrado y responsabilidad civil por accidentes ocurridos durante el periodo sin registrar.
El Ministerio de Transporte administra el RUNT (Registro Unico Nacional de Transito), plataforma que centraliza la informacion de todos los vehiculos automotores de Colombia, incluyendo propietario actual, historial de traspasos, impuestos de rodamiento pendientes, multas de transito, reportes de hurto y estado del SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Transito). Antes de firmar el acuerdo de traspaso, tanto el vendedor como el comprador deben consultar el certificado de tradicion del RUNT para verificar que el vehiculo no tiene embargos, prendas, reportes de hurto o limitaciones de dominio.
La Ley 769 de 2002 y el Decreto 4816 de 2010 establecen que los impuestos de rodamiento (impuesto sobre vehiculos automotores) y las multas de transito son obligaciones que siguen al vehiculo, no al propietario anterior. Sin embargo, el acuerdo de traspaso debe estipular quien asume los impuestos y multas causados hasta la fecha de entrega, para evitar que el nuevo propietario asuma deudas del anterior. La DIAN aplica el impuesto sobre la renta a las ganancias ocasionales generadas por la venta de vehiculos con un valor superior al costo fiscal declarado, conforme al Articulo 300 del Estatuto Tributario.
Para vehiculos de servicio publico (taxis, buses, busetas), la Ley 336 de 1996 y el Decreto 1079 de 2015 exigen que el traspaso sea aprobado por la empresa de transporte afiliadora y la Superintendencia de Transporte, quien verifica que el nuevo propietario cumple los requisitos de capacidad economica y moral exigidos para operar transporte publico. El traspaso de vehiculos de servicio publico tambien puede requerir la cesion del cupo o habilitacion de transporte, que tiene un valor comercial separado del vehiculo fisico y es regulado por las autoridades de transporte departamentales y municipales.
Cuándo necesitas Contrato de Compraventa y Traspaso de Vehículo Colombia
El Contrato de Compraventa y Traspaso de Vehículo en Colombia es necesario en todas las transacciones de enajenación de vehículos automotores entre particulares o entre personas jurídicas. Es indispensable cuando un propietario vende su vehículo usado a un tercero y ambas partes deben comparecer ante el organismo de tránsito habilitado para realizar el traspaso en el RUNT. También es requerido cuando un concesionario o empresa vende vehículos de su flotilla, cuando se realiza una donación de vehículo que implica traspaso, cuando se enajena un vehículo como parte de un acuerdo de divorcio o separación de bienes, o cuando los herederos transfieren un vehículo parte de una sucesión.
El documento es igualmente necesario cuando el comprador requiere financiación bancaria para la compra (el banco exige el contrato como soporte del crédito vehicular), cuando se compra un vehículo con reserva de dominio, o cuando se realiza la transferencia entre personas ubicadas en diferentes ciudades colombianas. Sin este documento, el vendedor puede seguir siendo responsable de infracciones de tránsito, accidentes y deudas de impuesto de rodamiento generadas después de la entrega física del vehículo, ya que el RUNT sigue registrándolo como propietario.
El acuerdo de traspaso de vehiculo es especialmente importante cuando el vehiculo tiene gravamenes. Si el vehiculo esta prendado como garantia de un credito bancario (prenda sin tenencia sobre vehiculo automotor bajo el Articulo 1200 del Codigo de Comercio), el traspaso solo puede realizarse con el levantamiento previo de la prenda por parte del banco acreedor, o con la autorizacion expresa del banco para el traspaso con subrogacion del credito al nuevo propietario. Entidades como Bancolombia, Banco de Bogota, Davivienda y Banco Popular tienen procedimientos especificos para autorizar traspasos de vehiculos financiados.
Las empresas de transporte publico colectivo urbano (SITP en Bogota, Metro en Medellin, MIO en Cali) y de transporte de carga que requieren habilitar nuevos vehiculos ante el Ministerio de Transporte necesitan un acuerdo de traspaso o vinculacion que cumpla con la normativa del Decreto 1079 de 2015 (Decreto Unico Reglamentario del Sector Transporte). La vinculacion de un vehiculo de transporte publico requiere adicionalmente el cumplimiento del Plan de Renovacion del Parque Automotor y la aprobacion de la Superintendencia de Transporte.
El traspaso de vehiculos entre empresas del mismo grupo economico es frecuente en procesos de reestructuracion corporativa. La DIAN puede revisar estas transacciones para verificar que el precio de venta corresponda al valor comercial del vehiculo y no sea una transferencia subvalorada que genere evasion fiscal. Las empresas deben soportar el precio de traspaso con avaluo comercial del vehiculo.
El traspaso de vehiculo es urgente cuando el propietario fallece y sus herederos deben registrar el vehiculo a nombre del causante o directamente a su nombre en la sucesion. El proceso sucesoral ante Notaria (cuando hay acuerdo entre herederos) o ante el Juzgado de Familia incluye la adjudicacion del vehiculo en el trabajo de particion, que luego debe registrarse ante la Secretaria de Transito con la sentencia o escritura de adjudicacion. Durante el tramite sucesoral, el vehiculo no puede venderse sin autorizacion judicial o notarial, y los impuestos de rodamiento siguen causandose.
Las empresas de leasing vehicular (Leasing Bancolombia, Leasing Corficolombiana, Leasing de Occidente) transfieren la propiedad del vehiculo al arrendatario financiero al final del contrato mediante acuerdo de traspaso, cuando el arrendatario ejerce la opcion de compra. La Superintendencia Financiera de Colombia supervisa las operaciones de leasing vehicular.
Qué incluir en tu Contrato de Compraventa y Traspaso de Vehículo Colombia
El Contrato de Compraventa y Traspaso de Vehículo en Colombia debe contener los siguientes elementos para su validez y eficacia ante el RUNT y los organismos de tránsito:
**Identificación completa de las partes.** Nombres completos, números de cédula de ciudadanía, domicilios y teléfonos de vendedor y comprador. Si alguna parte es persona jurídica: razón social, NIT, y datos del representante legal con certificado de la Cámara de Comercio.
**Descripción técnica del vehículo.** Placa actual, marca, línea, modelo (año de fabricación), color, tipo de carrocería, número de motor, número de chasis o VIN (Número de Identificación Vehicular), cilindraje, número de tarjeta de propiedad, y número de pasajeros o capacidad de carga. Todos estos datos deben coincidir exactamente con los registrados en el RUNT para evitar rechazos del trámite de traspaso.
**Precio total y forma de pago.** Valor acordado en pesos colombianos (COP), discriminando el valor pagado al contado y cualquier saldo pendiente. Debe indicarse si el pago es de contado, a cuotas, o mediante crédito bancario con identificación de la entidad financiera.
**Estado del vehículo.** Kilometraje al momento de la firma del contrato, estado general del vehículo (bueno, regular, malo), descripción de daños o averías conocidos, y accesorios incluidos en la venta (llanta de repuesto, gato, herramientas, documentos adicionales).
**Declaraciones del vendedor.** El vendedor debe declarar bajo la gravedad de juramento que: el vehículo se encuentra libre de prendas, hipotecas y gravámenes inscritos en el RUNT, no tiene reportes de hurto o pérdida total en el sistema SIJIN/DIJIN, no tiene multas de tránsito impagas, está al día en el impuesto sobre vehículos automotores (rodamiento), cuenta con SOAT vigente a la fecha de la entrega, y que la tarjeta de propiedad está a nombre del vendedor o del anterior propietario registrado.
**Obligación de traspaso.** Cláusula que establece la obligación de ambas partes de comparecer ante el organismo de tránsito habilitado para realizar el traspaso en el RUNT dentro de un plazo determinado, conforme al artículo 47 de la Ley 769 de 2002.
**Entrega real y material.** Fecha, hora y lugar de entrega física del vehículo con sus llaves, documentos originales (tarjeta de propiedad, SOAT, revisión técnico-mecánica), y accesorios.
**Cláusula de saneamiento.** El vendedor garantiza al comprador el saneamiento por evicción (artículo 1893 del Código Civil) y por vicios redhibitorios (artículo 1914 del Código Civil), es decir, que responderá si el comprador es perturbado en la posesión por causa anterior a la venta, o si el vehículo tiene defectos ocultos que lo hagan inútil o que disminuyan su utilidad.
**Firma de las partes.** El contrato debe estar firmado por vendedor y comprador, y se recomienda el reconocimiento de firmas ante notario para mayor seguridad jurídica.
Certificado de tradicion del RUNT. Antes del traspaso, el vendedor debe obtener el certificado de tradicion actualizado del vehiculo en el RUNT, verificando que no existen embargos, prendas, reportes de hurto o multas pendientes. El comprador debe verificar independientemente el estado del vehiculo en el RUNT antes de firmar el contrato y pagar el precio.
SOAT vigente. El vehiculo debe tener el SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Transito) vigente al momento del traspaso, conforme al Decreto 3990 de 2007. El SOAT no se transfiere automaticamente con el vehiculo: el nuevo propietario debe adquirir un nuevo SOAT o verificar que el vigente cubra el periodo de transicion. La Superintendencia Financiera de Colombia supervisa a las aseguradoras autorizadas para expedir el SOAT en Colombia.
Revision tecnico-mecanica. El vehiculo debe estar al dia en la revision tecnico- mecanica y de emisiones contaminantes exigida por el Decreto 019 de 2012 y la Ley 769 de 2002. El acuerdo debe establecer si el vendedor garantiza que el vehiculo pasara la revision tecnico-mecanica, o si el comprador lo adquiere en el estado en que se encuentra asumiendo los costos de reparacion necesarios.
Impuesto de timbre y gastos de traspaso. Los gastos de traspaso en Colombia incluyen: derechos ante la Secretaria de Transito (tarifa fija por tramite), copia del certificado de tradicion del RUNT, autenticacion de firma del vendedor ante Notaria, y el formulario unico nacional de traspaso. El acuerdo debe establecer quien asume cada gasto, siendo lo mas comun que el comprador asuma los gastos del traspaso y el vendedor los impuestos sobre la ganancia.
Pago del impuesto de vehiculos. Antes del traspaso, el vendedor debe estar a paz y salvo con el impuesto sobre vehiculos automotores (impuesto de rodamiento) ante la Secretaria de Hacienda del municipio de matricula. El acuerdo debe establecer hasta que fecha el vendedor es responsable del impuesto y desde cuando el comprador asume esta obligacion anual. El no pago del impuesto impide completar el tramite de traspaso ante la Secretaria de Transito.
Garantia sobre estado mecanico. El acuerdo puede incluir una garantia del vendedor sobre el estado del motor, transmision, frenos y sistema electrico del vehiculo por un periodo de 30 a 90 dias despues del traspaso. Esta garantia es independiente de la responsabilidad por vicios ocultos del Articulo 1914 del Codigo Civil, que aplica por un ano desde la entrega del vehiculo.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Compraventa y Traspaso de Vehículo Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/personal/bills-of-sale/acuerdo-traspaso-vehiculo-colombia
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}Preguntas Frecuentes
Sí. El contrato de compraventa es uno de los documentos de soporte para el trámite de traspaso ante el organismo de tránsito habilitado o el RUNT. Junto con el contrato, se debe presentar la tarjeta de propiedad original, el SOAT vigente, el certificado de revisión técnico-mecánica vigente, las cédulas de ciudadanía del vendedor y el comprador (o sus apoderados), el paz y salvo de multas, el paz y salvo del impuesto de rodamiento, y el formulario de traspaso diligenciado. El organismo de tránsito realiza el cambio de propietario en el RUNT y expide una nueva tarjeta de propiedad a nombre del comprador.
Si el vendedor se niega a comparecer al organismo de tránsito para el traspaso, el comprador puede exigir el cumplimiento forzoso del contrato mediante demanda ante un Juzgado Civil Municipal o del Circuito. Con el contrato de compraventa debidamente firmado, el comprador tiene prueba del acuerdo y puede solicitar medidas cautelares sobre el vehículo. Para evitar esta situación, se recomienda que el traspaso se realice simultáneamente con el pago o que se incluya en el contrato una cláusula penal disuasiva por incumplimiento del vendedor.
No. El comprador no es responsable de las multas de tránsito generadas antes de la fecha del traspaso en el RUNT. Las multas siguen al propietario registrado al momento de la infracción, no al vehículo. Sin embargo, para poder realizar el traspaso en el RUNT, el vehículo no debe tener multas impagas, ya que el sistema bloquea los trámites de traspasos de vehículos con comparendos pendientes. Por eso es importante que el vendedor presente paz y salvo de multas vigente como condición para el traspaso.
No es obligatorio que el contrato de compraventa de vehículo sea otorgado ante notario, ya que los vehículos son bienes muebles y su compraventa se perfecciona por el simple acuerdo de voluntades entre las partes (Código Civil art. 1857). Sin embargo, es muy recomendable reconocer las firmas ante notaría para dar mayor certeza jurídica y evitar disputas posteriores sobre la autenticidad del documento. El traspaso en el RUNT sí es el acto formal de transferencia de dominio oponible a terceros, no el contrato privado.
La Ley 769 de 2002 y el Decreto 1079 de 2015 no establecen un plazo máximo fijo para realizar el traspaso, pero el vendedor sigue siendo el propietario registrado en el RUNT mientras no se realice el traspaso, lo que lo hace responsable de multas, accidentes e impuestos. En la práctica, se recomienda realizar el traspaso dentro de los 15 a 30 días siguientes a la compraventa. Algunos organismos de tránsito aplican sanciones por demora en el traspaso, y el vendedor puede exigir judicialmente el traspaso si el comprador lo dilata.
Para proteger al vendedor de multas e infracciones generadas después de la entrega del vehículo, el contrato debe incluir la fecha exacta de entrega física del vehículo, y el vendedor debe notificar al organismo de tránsito sobre la venta del vehículo incluso antes del traspaso formal. Algunos organismos de tránsito permiten registrar la venta del vehículo mediante un formulario de denuncia de venta, que libera al vendedor de responsabilidad por hechos posteriores a la entrega. Adicionalmente, el contrato puede incluir una cláusula que obligue al comprador a indemnizar al vendedor por multas generadas en su poder.
Si después del traspaso se descubre que el vehículo tiene una prenda no declarada por el vendedor, el comprador puede iniciar una acción de saneamiento por evicción ante un Juzgado Civil, basándose en la cláusula de declaraciones del contrato de compraventa. El vendedor está obligado a indemnizar al comprador por los perjuicios sufridos, incluyendo el valor de la prenda, los gastos legales y el daño emergente. Para evitar esta situación, el comprador debe consultar el RUNT antes del traspaso y exigir certificado de libertad de prenda de las entidades financieras.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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