Acuerdo de Terminación de Contrato por Mutuo Acuerdo — Colombia
Conforme al Artículo 1602 del Código Civil y artículo 822 del Código de Comercio
Encabezado
ACUERDO DE TERMINACIÓN DE CONTRATO POR MUTUO ACUERDO
Conformidad con el artículo 1602 del Código Civil colombiano y el artículo 822 del Código de Comercio
[Ciudad Firma], [Fecha Firma]
Partes
PARTES
Entre los suscritos:
PARTE 1: [Parte 1 Nombre], identificada con [Parte 1 ID], en adelante denominada PARTE 1;
PARTE 2: [Parte 2 Nombre], identificada con [Parte 2 ID], en adelante denominada PARTE 2;
quienes de manera conjunta acuerdan la terminación del contrato en los siguientes términos:
Antecedentes
PRIMERO. ANTECEDENTES
Con fecha [Fecha Suscripción], PARTE 1 y PARTE 2 suscribieron un [Tipo Contrato] cuyo objeto era: [Objeto Contrato Original], por un valor de [Valor Contrato].
Terminación
SEGUNDO. TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO
Las partes acuerdan de común acuerdo dar por terminado el [Tipo Contrato] a partir del día [Fecha Terminación], por los siguientes motivos:
[Motivo Terminación]
La presente terminación opera conforme al artículo 1602 del Código Civil, que reconoce el consenso de las partes como fuente suficiente para extinguir obligaciones contractuales.
TERCERO. LIQUIDACIÓN Y OBLIGACIONES PENDIENTES
Con ocasión de la terminación del contrato, las partes acuerdan la siguiente liquidación:
[Obligaciones Pendientes]
CUARTO. PAZ Y SALVO MUTUO
Declaración de paz y salvo: [Paz y Salvo]
Una vez cumplida la liquidación establecida en la cláusula anterior, las partes se declararán mutuamente a paz y salvo por todas las obligaciones derivadas del contrato terminado, renunciando a cualquier reclamación futura relacionada con el mismo.
Cláusulas Finales
QUINTO. CLÁUSULAS ADICIONALES
[Cláusulas Adicionales]
SEXTO. LEY APLICABLE
El presente acuerdo se rige por el ordenamiento jurídico colombiano, en especial el Código Civil y el Código de Comercio. En caso de controversia, las partes acudirán a los mecanismos alternativos de solución de conflictos establecidos en la Ley 640 de 2001 y la Ley 1563 de 2012, y en última instancia a los jueces competentes de la República de Colombia.
Parte 1
________________
Signature
Parte 2
________________
Signature
Qué es Acuerdo de Terminación de Contrato por Mutuo Acuerdo — Colombia
El Acuerdo de Terminación de Contrato por Mutuo Acuerdo Colombia es un acuerdo de voluntades regido por Código Civil Arts. 1602-1617 y Código de Comercio Arts. 822-831 mediante el cual las partes regulan derechos y obligaciones exigibles ante la jurisdicción colombiana.
En el derecho colombiano, la terminación por mutuo acuerdo se distingue de otras formas de extinción del contrato: la resolución unilateral por incumplimiento (conforme al Artículo 1546 del Código Civil y el Artículo 870 del Código de Comercio), la terminación por vencimiento del plazo, la nulidad absoluta o relativa del contrato (Artículos 1741-1756 del Código Civil), y el desistimiento unilateral reservado contractualmente. La terminación por mutuo acuerdo es la forma más ordenada y menos litigiosa de concluir una relación contractual, pues las partes acuerdan simultáneamente los efectos de la terminación: saldos pendientes, devolución de bienes, liberación de garantías y renuncia a reclamaciones futuras.
En materia laboral, la terminación por mutuo acuerdo es una de las causales de terminación del contrato de trabajo reconocidas en el Artículo 61, numeral 1, del Código Sustantivo del Trabajo colombiano. Sin embargo, en este contexto específico el acuerdo está sujeto a las limitaciones de irrenunciabilidad de derechos mínimos del Artículo 14 del Código Sustantivo del Trabajo y al control de legalidad del Inspector de Trabajo cuando el trabajador pudiera estar renunciando a derechos ciertos e indiscutibles.
El Acuerdo de Terminación por Mutuo Acuerdo adquiere especial importancia en el contexto de los contratos de prestación de servicios, contratos de suministro, contratos de arrendamiento comercial y contratos de distribución, donde las partes pueden terminar anticipadamente la relación sin incurrir en las penalidades del contrato siempre que ambas estén de acuerdo y así lo documenten formalmente. La cláusula de paz y salvo total incluida en estos acuerdos —donde cada parte declara no tener reclamaciones pendientes contra la otra— es una protección fundamental contra litigios futuros.
El Acuerdo de Terminacion de Contrato por Mutuo Acuerdo en Colombia es el instrumento juridico mediante el cual las partes de cualquier contrato civil o comercial deciden poner fin voluntariamente a su relacion contractual antes del vencimiento del plazo o cumplimiento del objeto. El fundamento legal es el principio de autonomia de la voluntad consagrado en el Articulo 1602 del Codigo Civil, que establece que los contratos son ley para las partes y pueden modificarse o extinguirse por consentimiento mutuo. El Articulo 1625 del Codigo Civil lista la resciliacion (mutuo disenso) como una de las formas de extincion de las obligaciones.
En el ambito laboral, la terminacion de contrato de trabajo por mutuo acuerdo tiene particularidades importantes bajo el Codigo Sustantivo del Trabajo (CST). El Articulo 61 del CST lista las causas de terminacion del contrato, incluyendo el mutuo consentimiento. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Laboral, ha advertido que la renuncia o terminacion por mutuo acuerdo que oculta un despido sin justa causa puede ser declarada nula, con derecho del trabajador a la indemnizacion del Articulo 64 del CST. Por esto, el acuerdo debe documentar fehacientemente la libre voluntad del trabajador, idealmente firmado ante Inspector de Trabajo del Ministerio del Trabajo o ante Notaria.
Para contratos comerciales, la terminacion por mutuo acuerdo cierra la relacion contractual pero puede generar obligaciones residuales: confidencialidad, no competencia, garantias postcontractuales, liquidacion de cuentas pendientes y devolucion de activos o documentos entregados durante la ejecucion del contrato. El Articulo 871 del Codigo de Comercio establece el principio de buena fe en la ejecucion y terminacion de los contratos mercantiles, que aplica plenamente al proceso de finalizacion por mutuo acuerdo.
La resciliacion (terminacion por mutuo acuerdo) se diferencia de la resolucion del contrato, que opera cuando una parte incumple y la otra pide que el contrato se deshaga con indemnizacion de perjuicios conforme al Articulo 1546 del Codigo Civil. Tambien difiere de la terminacion unilateral, que solo procede cuando el contrato expresamente la permite o cuando la ley la autoriza (como en el contrato de trabajo con preaviso bajo el Articulo 64 del CST). La resciliacion extingue el contrato hacia el futuro, pudiendo las partes acordar los efectos retroactivos mediante la restitucion de lo recibido cuando el contrato no ha sido ejecutado.
Cuándo necesitas Acuerdo de Terminación de Contrato por Mutuo Acuerdo — Colombia
El Acuerdo de Terminación de Contrato por Mutuo Acuerdo resulta necesario en los siguientes contextos del derecho empresarial y civil colombiano:
Terminación anticipada de contratos de arrendamiento comercial: Cuando arrendador y arrendatario acuerdan terminar anticipadamente un contrato de arrendamiento de local comercial antes del vencimiento del plazo, el acuerdo de terminación por mutuo acuerdo documenta la devolución del inmueble, el estado en que se entrega, la liquidación del depósito y el paz y salvo mutuo, evitando reclamaciones futuras por cánones pendientes o daños al local.
Fin de relación comercial entre empresas: Cuando dos empresas deciden terminar un contrato de distribución exclusiva, suministro, prestación de servicios de TI o consultoría antes del vencimiento del plazo pactado, el acuerdo de terminación regula los inventarios, datos, equipos, información confidencial y otros activos que deben devolverse.
Disolución de joint ventures o alianzas estratégicas: Cuando los socios de una alianza comercial o joint venture deciden disolver la colaboración, el acuerdo de terminación liquida las cuentas conjuntas, distribuye los activos generados durante la alianza y libera a cada parte de las obligaciones frente a terceros asumidas en nombre de la alianza.
Terminación de contratos de franquicia: La terminación anticipada de un contrato de franquicia en Colombia está sujeta a las disposiciones del Código de Comercio y del contrato mismo. El acuerdo por mutuo acuerdo es frecuente cuando el franquiciado y el franquiciador deciden separarse amigablemente, regulando el uso de marcas, licencias de software y know-how durante el período de transición.
Liquidación de contratos de obra: En contratos de construcción, cuando obra y contratista acuerdan dar por terminada la obra antes de su conclusión por razones presupuestales, técnicas o de cronograma, el acuerdo de terminación regula la liquidación de las actas de obra ejecutadas, retenciones en garantía, saldos de materiales y responsabilidades por lo construido.
La terminacion por mutuo acuerdo es especialmente relevante en contratos de arrendamiento comercial. La Ley 820 de 2003 (arrendamiento de vivienda urbana) y el Codigo de Comercio (arrendamiento de inmuebles comerciales) permiten que las partes acuerden la terminacion anticipada, pero el arrendatario comercial tiene derecho a una indemnizacion minima de tres meses de canon cuando el arrendador termina unilateralmente sin justa causa. La terminacion por mutuo acuerdo evita esta indemnizacion cuando ambas partes estan de acuerdo en las condiciones de salida.
En contratos de distribucion, agencia comercial y franquicia, la terminacion anticipada por mutuo acuerdo requiere particular cuidado. El Articulo 1324 del Codigo de Comercio otorga al agente comercial una cesantia comercial equivalente a la doceava parte del promedio de las comisiones de los tres ultimos anos por cada ano de vigencia del contrato, independientemente de la causa de terminacion. Las partes pueden negociar el monto de la cesantia en el acuerdo de terminacion, pero no pueden renunciar a ella anticipadamente.
La terminacion por mutuo acuerdo es el mecanismo preferido cuando las partes quieren separarse de un contrato de suministro o distribucion de largo plazo sin activar clausulas penales o indemnizatorias. Al documentar el acuerdo antes de que surja controversia, las partes evitan costos de litigio ante el Centro de Arbitraje de la Camara de Comercio de Bogota o ante los juzgados civiles del circuito, y preservan la relacion comercial para futuras oportunidades de negocio.
Qué incluir en tu Acuerdo de Terminación de Contrato por Mutuo Acuerdo — Colombia
El Acuerdo de Terminación de Contrato por Mutuo Acuerdo debe incluir los siguientes elementos para ser jurídicamente eficaz en Colombia:
**Identificación del contrato terminado:** Descripción precisa del contrato: tipo, fecha de celebración, objeto, partes originales y número de referencia. Esta identificación debe ser inequívoca para que quede claro cuál es el contrato que se termina y desde cuándo.
**Fecha de terminación efectiva:** Indicación clara de si el contrato termina en la fecha de firma del acuerdo o en una fecha futura acordada. Esta fecha es determinante para calcular obligaciones pendientes, liquidaciones proporcionales y responsabilidades.
**Liquidación de obligaciones pendientes:** Tabla detallada de todos los saldos pendientes entre las partes al momento de la terminación: pagos de servicios prestados, devoluciones, compensaciones, indemnizaciones acordadas por terminación anticipada y cualquier otro concepto derivado del contrato. Esta liquidación debe ser completa para que el paz y salvo posterior sea eficaz.
**Devolución de bienes, documentos y accesos:** Obligaciones de restitución: bienes físicos (equipos, inventarios, materiales), documentos (originales de contratos, certificaciones, registros), accesos digitales (sistemas, correos corporativos, plataformas), marcas y material de comunicación. Establecer plazos y procedimientos de devolución.
**Confidencialidad post-terminación:** Cláusula que extienda las obligaciones de confidencialidad del contrato original al período posterior a la terminación, regulando el uso de información confidencial adquirida durante la ejecución del contrato conforme a la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina sobre propiedad industrial.
**Declaración de paz y salvo:** Cláusula en la que cada parte declara expresamente que, una vez cumplidas las obligaciones establecidas en el acuerdo, no tiene reclamaciones pendientes contra la otra parte derivadas del contrato terminado, incluyendo renuncias a indemnizaciones por terminación anticipada si las partes así lo acuerdan.
**Consecuencias del incumplimiento del acuerdo:** Establecer qué pasa si alguna de las partes no cumple las obligaciones de la liquidación acordada: si se reactiva el contrato original, si se genera una obligación nueva exigible ejecutivamente, o si hay una cláusula penal específica para el incumplimiento del acuerdo de terminación. forms-legal.com ofrece este modelo actualizado a la práctica de la Superintendencia de Sociedades y los tribunales de arbitraje colombianos 2025.
Liquidacion final de obligaciones. El acuerdo debe incluir un inventario completo de las obligaciones pendientes de cada parte: saldos de precio, entregas de bienes o documentos, reembolso de depositos, y devolucion de garantias. Las facturas pendientes de pago deben relacionarse con sus fechas de vencimiento y el plazo acordado para su cancelacion. Para contratos con ejecucion continuada, el corte de cuentas debe hacerse a la fecha efectiva de terminacion.
Clausula de paz y salvo. Una clausula de paz y salvo (liberacion mutua de obligaciones) establece que, a la fecha de terminacion del contrato, ninguna de las partes tiene reclamaciones pendientes contra la otra derivadas del contrato que se termina. Esta clausula es especialmente importante en contratos laborales para documentar que el trabajador recibio todas sus prestaciones sociales conforme a la Ley 50 de 1990 y el CST.
Obligaciones postcontractuales. El acuerdo debe identificar las obligaciones que sobreviven a la terminacion: confidencialidad (tipicamente 2-5 anos), no competencia en el territorio y sector del negocio (debe ser razonable para ser ejecutable), garantias sobre productos o servicios ya entregados, y obligaciones de reporte o soporte tecnico durante un periodo de transicion. En contratos de software, la licencia de uso puede continuar vigente aunque el contrato de desarrollo termine.
Devolucion de activos y propiedad intelectual. El acuerdo debe listar los bienes, equipos, documentos y material confidencial que cada parte debe devolver, asi como los derechos de propiedad intelectual que retorna al cedente original. En contratos de trabajo, el empleado debe devolver equipos, credenciales de acceso, bases de datos y documentos de la empresa conforme al Decreto 1072 de 2015 sobre sistemas de gestion de seguridad de la informacion.
Fecha efectiva de terminacion. El acuerdo debe establecer con precision la fecha a partir de la cual el contrato queda sin efecto: puede ser la fecha de firma del acuerdo, una fecha futura especifica, o el cumplimiento de una condicion (por ejemplo, la entrega del ultimo pedido en transito). Esta fecha determina el corte de obligaciones de cada parte, incluyendo facturacion, entregas y pagos.
Manejo de situaciones en curso. El acuerdo debe resolver el destino de: pedidos ya confirmados pero no entregados, proyectos en ejecucion parcial, garantias de cumplimiento o polizas vigentes, contratos con terceros celebrados en ejecucion del contrato principal, y personal subcontratado para el proyecto. Cada situacion en curso debe tener un tratamiento especifico para evitar reclamaciones futuras.
Confidencialidad postcontractual. Si el contrato que se termina contenia informacion confidencial de cualquiera de las partes, el acuerdo de terminacion debe reiterar las obligaciones de confidencialidad y establecer su vigencia postcontractual. En Colombia, la proteccion de secretos empresariales esta respaldada por los Articulos 260 a 266 de la Decision 486 de la CAN y el Articulo 16 de la Ley 256 de 1996 sobre competencia desleal.
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Un acuerdo de terminacion por mutuo acuerdo en Colombia no renuncia automaticamente a todas las reclamaciones laborales a menos que incluya expresamente una transaccion que cubra todos los conceptos. Bajo el Codigo Sustantivo del Trabajo y la doctrina de la Corte Suprema de Justicia Sala de Casacion Laboral, el acuerdo de terminacion debe reflejar la genuina libre voluntad del trabajador. Los acuerdos firmados bajo presion economica pueden impugnarse. El trabajador conserva el derecho a reclamar prestaciones sociales no pagadas o subpagadas al momento de la terminacion, independientemente de lo que diga el acuerdo, ya que estos derechos son irrenunciables bajo el Articulo 14 del CST. Para que el acuerdo opere como liquidacion total, debe suscribirse ante Inspector de Trabajo del Ministerio del Trabajo, ante Notaria Publica, o ante Centro de Conciliacion Laboral, y debe relacionar expresamente todos los conceptos liquidados con sus montos. El Ministerio del Trabajo puede revisar los acuerdos de terminacion para verificar que cumplan con los derechos laborales minimos.
No. La terminación del contrato de trabajo por mutuo acuerdo conforme al Artículo 61 numeral 1 del Código Sustantivo del Trabajo no exime al empleador de pagar las prestaciones sociales legales causadas durante la vigencia del contrato: cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios, vacaciones y dotación proporcional. Lo que puede acordarse en la terminación por mutuo acuerdo es la renuncia a indemnizaciones adicionales a las legales (como las pactadas contractualmente) siempre que no se trate de derechos ciertos e indiscutibles del trabajador. La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha establecido que cualquier renuncia a derechos ciertos del trabajador en un acuerdo de terminación es ineficaz, y el empleador sigue obligado a pagarlos independientemente del acuerdo firmado.
No en la mayoría de los casos, pero es recomendable. Para contratos comerciales ordinarios (prestación de servicios, suministro, distribución), el acuerdo de terminación por mutuo acuerdo es válido como documento privado sin autenticación notarial. La autenticación ante notaría conforme al Artículo 251 del Código General del Proceso le otorga al documento mayor fuerza probatoria, pues hace plena prueba de su contenido y de las firmas. Excepcionalmente, cuando el contrato original fue celebrado por escritura pública (como arrendamiento de inmuebles de cuantía superior a ciertos umbrales o compraventa de bienes inmuebles), la terminación también debe formalizarse por escritura pública ante notaría. Para contratos laborales, la terminación por mutuo acuerdo puede ratificarse ante el Inspector de Trabajo para dar mayor protección a ambas partes.
En principio no, si la cláusula de paz y salvo está bien redactada. Una cláusula de paz y salvo total debidamente suscrita constituye una renuncia a reclamaciones futuras derivadas del contrato terminado, que es válida en Colombia conforme al Artículo 15 del Código Civil para derechos disponibles patrimoniales. Sin embargo, existen excepciones: (a) vicios ocultos en bienes entregados que no eran conocibles al momento del acuerdo; (b) obligaciones tributarias (retención en la fuente, IVA) que son irrenunciables por mandato de la ley; (c) derechos laborales irrenunciables si se trata de contrato de trabajo; (d) responsabilidades por daños causados a terceros durante la ejecución del contrato, que no desaparecen por el acuerdo entre las partes; y (e) fraude o dolo descubierto después de la firma del acuerdo, que vicia el consentimiento conforme al Artículo 1508 del Código Civil.
La terminación por mutuo acuerdo de un contrato de arrendamiento de vivienda urbana en Colombia está regulada por la Ley 820 de 2003. Las partes pueden terminar el contrato de vivienda antes del vencimiento del plazo mediante acuerdo escrito que documente: fecha de entrega del inmueble, estado en que se recibe (con inventario adjunto), liquidación del depósito (devolución total o parcial según el estado del inmueble), paz y salvo de servicios públicos y cánones, y entrega de llaves. No se requiere intervención notarial. El acuerdo debe firmarse antes de la entrega del inmueble para evitar que el arrendatario alegue presiones indebidas. Si hay depósito administrado por una compañía de arrendamiento, esta debe ser notificada para gestionar su devolución conforme al Artículo 26 de la Ley 820 de 2003.
Generalmente sí, pero es necesario notificar a los garantes y obtener su consentimiento o al menos notificarles formalmente. Si un tercero (fiador, codeudor solidario, compañía aseguradora) otorgó garantías para respaldar el contrato que se termina por mutuo acuerdo, esas garantías quedan sin objeto una vez extinguido el contrato. Los garantes deben ser notificados de la terminación para que puedan actualizar sus registros y evitar reclamaciones futuras basadas en garantías de un contrato ya terminado. Si el contrato estaba garantizado por póliza de seguro (cumplimiento, buen manejo, anticipo), el acuerdo de terminación debe reportarse a la aseguradora para formalizar la terminación de la cobertura y eventualmente recuperar la parte proporcional de la prima no devengada conforme al Artículo 1159 del Código de Comercio.
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