Declaración Jurada de Avalúo Fiscal Chile
DECLARACIÓN JURADA DE AVALÚO FISCAL
DL N° 3.063/1979 — Ley N° 17.235/1969 — Servicio de Impuestos Internos
I. IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Yo, [Nombre del Declarante], RUT [RUT del Declarante], en calidad de [Calidad del Declarante], con domicilio en [Domicilio del Declarante], declaro bajo juramento los siguientes antecedentes respecto del bien raíz que se individualiza:
II. IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE Y AVALÚO FISCAL
Dirección: [Dirección del Inmueble]
Rol de Avalúo SII: [Rol de Avalúo SII]
Inscripción en el Conservador: [Inscripción Conservador]
Clasificación tributaria: [Clasificación del Inmueble]
Superficie terreno: [Superficie Terreno]
Superficie construcción: [Superficie Construcción]
Avalúo fiscal total vigente: [Avalúo Fiscal Total]
Última reevaluación SII: [Última Reevaluación SII]
III. ESTADO DE MODIFICACIONES AL INMUEBLE
[Modificaciones al Inmueble]
[Descripción de Modificaciones]
IV. PROPÓSITO DE LA DECLARACIÓN
La presente declaración jurada de avalúo fiscal se otorga para: [Propósito de la Declaración], conforme a las disposiciones del DL N° 3.063 de 1979, la Ley N° 17.235 de 1969 y demás normas tributarias aplicables.
V. DECLARACIÓN BAJO JURAMENTO
Que los antecedentes indicados son fidedignos, que el avalúo fiscal declarado corresponde al valor oficial asignado por el SII al inmueble individualizado, y que estoy en conocimiento de las sanciones del Artículo 97 del Código Tributario por declaraciones falsas o incompletas.
FIRMA
En [Ciudad], a [Fecha].
Nombre: [Nombre del Declarante]
RUT: [RUT del Declarante]
Calidad: [Calidad del Declarante]
Firma: _________________________
Autorización Notarial / Timbre del organismo receptor: _________________________
Propietario / Interesado declarante
________________
Signature
Qué es Declaración Jurada de Avalúo Fiscal Chile
La Declaración Jurada de Avalúo Fiscal en Chile es el documento por el cual el declarante deja constancia formal de los hechos o circunstancias que en él se afirman. Se rige por DL 3.063/1979.
El avalúo fiscal de los bienes raíces en Chile es determinado periódicamente por el SII mediante el proceso de reavalúo regulado por la Ley N.º 17.235 sobre Impuesto Territorial (también llamado Contribuciones de Bienes Raíces). Dicho proceso considera factores como la ubicación geográfica del inmueble, el uso de suelo definido por los planes reguladores comunales, la superficie del terreno, las características constructivas y el año de construcción. El último reavalúo general de bienes raíces no agrícolas se realizó con vigencia a partir del año 2018, mientras que los bienes raíces agrícolas tienen sus propios procesos de reavalúo diferenciados.
La Declaración Jurada de Avalúo Fiscal en Chile cobra especial relevancia en múltiples contextos jurídicos y tributarios. En las compraventas de bienes raíces, el artículo 17 N.º 8 letra b) de la Ley sobre Impuesto a la Renta exige que para determinar si existe o no un mayor valor tributable en la enajenación, se considere el valor de adquisición ajustado, para lo cual el avalúo fiscal a la fecha de adquisición es un dato esencial. El Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la venta de inmuebles también puede depender de la relación entre precio de venta y avalúo fiscal conforme al DL N.º 825.
Asimismo, el Impuesto de Herencia y Donaciones regulado por la Ley N.º 16.271 utiliza el avalúo fiscal como base imponible para la determinación del impuesto aplicable a la transmisión hereditaria de bienes raíces, cuando no existe una tasación comercial aprobada. Los tribunales de familia del Registro Civil y el Servicio de Registro Civil e Identificación también requieren esta declaración en procesos de liquidación de sociedad conyugal, partición de bienes y juicios de alimentos cuando se discute el patrimonio inmobiliario del alimentante.
En el ámbito bancario y financiero, las instituciones que otorgan créditos hipotecarios —bancos, cooperativas de ahorro y crédito, y mutuarias— exigen la acreditación del avalúo fiscal como dato base para el cálculo de la relación préstamo-valor (LTV, loan to value). La Declaración Jurada de Avalúo Fiscal puede solicitarse para complementar o actualizar datos cuando el certificado oficial del SII no está disponible de forma inmediata o cuando se requiere una declaración personal con responsabilidad jurídica directa del titular ante una contraparte específica. El SII mantiene actualizados los valores de avalúo fiscal en su portal web y en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente a cada jurisdicción.
Cuándo necesitas Declaración Jurada de Avalúo Fiscal Chile
La Declaración Jurada de Avalúo Fiscal en Chile se requiere en una serie bien definida de trámites jurídicos, tributarios y financieros donde es necesario certificar el valor fiscal de un inmueble con responsabilidad personal del declarante, en forma rápida o en ausencia de acceso inmediato al certificado oficial del SII.
La primera situación en que se requiere esta declaración es en las escrituras de compraventa de bienes raíces celebradas ante notario público, especialmente cuando el vendedor debe acreditar que el precio de venta no supera cierto múltiplo del avalúo fiscal para determinar si la operación está afecta o exenta de Impuesto a la Renta según el artículo 17 N.º 8 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. El SII exige que quede constancia del avalúo fiscal vigente al momento de la operación, y cuando el certificado oficial no está disponible de inmediato, la declaración jurada del propietario puede suplirlo provisionalmente.
En los juicios de partición de herencia que se tramitan ante un partidor designado por los herederos o designado judicialmente conforme al Código Civil chileno, la determinación del valor de los bienes raíces que forman el acervo hereditario es fundamental para la correcta distribución entre los herederos. Cuando los bienes no tienen tasación comercial reciente, el avalúo fiscal sirve de referencia, y la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal permite al partidor contar con una cifra certificada por el propio heredero-propietario con responsabilidad jurídica.
Los procesos de liquidación de sociedad conyugal ante el Registro Civil e Identificación o ante tribunales de familia del Poder Judicial también requieren la acreditación del valor de los bienes raíces del haber social. En estos procedimientos, la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal sirve como punto de partida para la negociación entre cónyuges o para la determinación del valor base por parte del tribunal cuando no existe acuerdo.
La Declaración Jurada de Avalúo Fiscal en Chile es igualmente exigida por las municipalidades en los trámites de patentes comerciales cuando el local donde se ejercerá la actividad es de propiedad del solicitante, dado que algunas municipalidades calculan el monto de la patente en función del avalúo fiscal del inmueble. El Decreto Ley N.º 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales establece la base imponible de las patentes comerciales con referencia al capital propio del contribuyente, pero en ciertos casos el avalúo fiscal del inmueble también es dato relevante.
En el ámbito de los subsidios habitacionales del SERVIU y del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, cuando una familia postula a programas como el Fondo Solidario de Elección de Vivienda (DS N.º 49) o el Programa de Integración Social y Territorial (DS N.º 19), puede requerir acreditar que no es propietaria de inmueble o que el valor del inmueble que posee no supera cierto umbral. En estos casos, la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal sirve como instrumento de acreditación del valor del bien raíz ante el SERVIU regional correspondiente.
Qué incluir en tu Declaración Jurada de Avalúo Fiscal Chile
La Declaración Jurada de Avalúo Fiscal en Chile debe contener elementos específicos que la doten de validez jurídica plena y le permitan cumplir su función probatoria ante organismos públicos, notarías, conservadores de bienes raíces y contrapartes contractuales.
La identificación del declarante es el primer elemento esencial: nombre completo, RUT, domicilio, estado civil y calidad en que actúa respecto al inmueble (propietario inscrito, usufructuario, poseedor a título de herencia, mandatario del propietario). Cuando el declarante actúa como mandatario, debe acompañar el poder notarial correspondiente. La falta de acreditación de la calidad del declarante puede invalidar la declaración para efectos del trámite específico al que está destinada.
La identificación del inmueble es el segundo elemento crítico: dirección completa incluyendo calle, número, departamento o sitio, comuna, región; Rol de Avalúo asignado por el SII (compuesto por número de bloque y número de sitio o propiedad); superficie del terreno y superficie construida según catastro del SII; y naturaleza del bien raíz (habitacional, comercial, industrial, agrícola). El Rol de Avalúo es el identificador único del inmueble en el sistema del SII y en los registros del Conservador de Bienes Raíces, por lo que su omisión o error hace inutilizable la declaración.
El valor del avalúo fiscal vigente al momento de la declaración es el tercer elemento: debe precisarse el monto exacto en pesos chilenos conforme a la última actualización del SII, distinguiendo entre avalúo del terreno y avalúo de las construcciones cuando el SII los segrega en su información catastral. También debe indicarse la fecha desde la cual ese avalúo está vigente, dado que el SII realiza reajustes semestrales del avalúo fiscal conforme al índice de precios que establece la Ley N.º 17.235 sobre Impuesto Territorial.
La declaración de veracidad y responsabilidad del declarante es el cuarto elemento: el declarante debe afirmar expresamente que los datos declarados son fidedignos, que el avalúo informado corresponde al registrado en el SII para el período indicado, y que conoce las consecuencias penales de una declaración falsa conforme al artículo 210 del Código Penal chileno y, en casos de declaración ante organismos públicos, conforme al artículo 193 del mismo código.
La firma ante notario público es el quinto elemento formal que le otorga a la declaración valor de instrumento público. La notaría debe verificar la identidad del declarante mediante cédula de identidad vigente emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación y dejar constancia de la comparecencia en el protocolo notarial. Para trámites específicos como escrituras de compraventa o procesos ante organismos públicos, algunas instituciones exigen además que la declaración indique expresamente el propósito para el cual se emite y el organismo destinatario.
En forms-legal.com encontrarás modelos de Declaración Jurada de Avalúo Fiscal para Chile que incluyen el espacio para el Rol de Avalúo SII, la segregación entre avalúo de terreno y avalúo de construcciones, la referencia expresa a la Ley N.º 17.235 como marco normativo del avalúo fiscal y las cláusulas de responsabilidad del declarante ante el SII, la Contraloría General de la República y los tribunales de justicia. Los modelos están actualizados conforme a las instrucciones vigentes del SII y a la jurisprudencia reciente de la Corte de Apelaciones de Santiago en materia de avalúos fiscales impugnados.
Cómo completar tu Declaración Jurada de Avalúo Fiscal Chile
Para completar correctamente una Declaración Jurada de Avalúo Fiscal en Chile, el proceso requiere verificar con precisión los datos del inmueble en los sistemas del SII antes de redactar el documento, dado que cualquier error en el Rol de Avalúo o en el monto declarado puede invalidar el instrumento para el trámite al que está destinado.
El primer paso es consultar el avalúo fiscal vigente en el portal del SII: el Servicio de Impuestos Internos publica los valores de avalúo fiscal de todos los bienes raíces del país en su sitio web (www.sii.cl), bajo la sección "Bienes Raíces". La consulta puede realizarse por Rol de Avalúo o por dirección del inmueble. El sistema entrega el avalúo total, la segregación entre avalúo de terreno y avalúo de construcciones, y la fecha de vigencia del avalúo. Este es el dato que debe trasladarse textualmente a la declaración jurada.
El segundo paso es verificar la titularidad del inmueble: el declarante debe constatar que figura como propietario inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la jurisdicción del inmueble, o identificar con precisión el título en que actúa (heredero, mandatario, usufructuario). La inconsistencia entre el titular registral y el declarante puede ser objetada por la institución receptora de la declaración.
El tercer paso es identificar el propósito específico de la declaración: cada uso (compraventa, herencia, subsidio habitacional, patente municipal) puede requerir información adicional o un formato ligeramente diferente. Para trámites ante el SII relacionados con el impuesto a la renta en la enajenación del inmueble, puede ser necesario indicar también el avalúo fiscal a la fecha de adquisición del bien. Para trámites ante el SERVIU, puede requerirse indicar si el inmueble tiene hipotecas vigentes inscritas en el Conservador de Bienes Raíces.
El cuarto paso es redactar la declaración con todos los campos correctamente completados: nombre y RUT del declarante, calidad en que actúa, Rol de Avalúo del inmueble, dirección completa, avalúo fiscal vigente con monto exacto en pesos chilenos, fecha desde la cual ese avalúo está vigente, propósito de la declaración y firma del declarante. El texto de la declaración debe comenzar con la fórmula tradicional: "Yo, [nombre], RUT [número], declaro bajo juramento que..."
El quinto paso es concurrir a la notaría con la cédula de identidad vigente emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación: el notario verificará la identidad del declarante, autorizará la declaración y emitirá un ejemplar con timbre y firma del notario que acredita la fecha y comparecencia. El costo del trámite notarial es fijo conforme al Arancel de Notarios establecido por el Decreto Supremo N.º 1 de 2010 del Ministerio de Justicia.
Requisitos legales para Declaración Jurada de Avalúo Fiscal Chile
La Declaración Jurada de Avalúo Fiscal en Chile opera bajo un marco normativo que combina disposiciones tributarias, civiles y penales que determinan su validez, alcance y las consecuencias de su incorrecta suscripción.
La Ley N.º 17.235 sobre Impuesto Territorial (Contribuciones de Bienes Raíces) es la norma fundamental que regula el proceso de determinación del avalúo fiscal de los bienes raíces en Chile. Sus artículos establecen la periodicidad del reavalúo, los factores que inciden en la determinación del avalúo, el derecho de los propietarios a reclamar el avalúo ante el SII dentro del plazo legal, y el procedimiento de revisión y apelación ante el Tribunal Tributario y Aduanero correspondiente conforme a la Ley N.º 20.322 que creó los Tribunales Tributarios y Aduaneros.
El Decreto Ley N.º 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL N.º 824) contienen disposiciones específicas sobre la tributación en la enajenación de bienes raíces que dependen directamente del avalúo fiscal. El artículo 17 N.º 8 de la LIR establece los casos en que el mayor valor en la enajenación de bienes raíces no constituye renta o está exento de impuesto, para lo cual el avalúo fiscal a la fecha de adquisición es un dato esencial.
El artículo 1699 del Código Civil chileno establece que el instrumento público hace plena fe respecto de las partes y terceros en cuanto a los hechos declarados ante el funcionario competente. Una Declaración Jurada de Avalúo Fiscal otorgada ante notario público adquiere este carácter, lo que significa que la falsedad en los datos declarados acarrea las consecuencias penales del artículo 210 del Código Penal chileno (falsedad de instrumento público) que contempla penas de presidio menor en sus grados medio a máximo.
La Ley N.º 16.271 sobre Impuesto de Herencias, Asignaciones y Donaciones utiliza el avalúo fiscal como base imponible para determinar el impuesto aplicable en la transmisión hereditaria de bienes raíces cuando no existe tasación comercial. El Servicio de Impuestos Internos verifica la coherencia entre el avalúo fiscal declarado en la declaración jurada y el registrado en sus sistemas, y puede objetar la declaración si existen discrepancias relevantes.
Errores comunes a evitar en tu Declaración Jurada de Avalúo Fiscal Chile
Los errores más frecuentes en la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal en Chile pueden invalidar el instrumento para el trámite específico al que está destinado o generar consecuencias tributarias y penales para el declarante.
El primer error grave es declarar el avalúo fiscal de memoria o sin verificar en el sistema del SII: muchos propietarios creen recordar el avalúo de su propiedad porque lo vieron en el último aviso de contribuciones, pero el SII actualiza los avalúos semestralmente, por lo que el dato puede estar desactualizado. La declaración debe siempre basarse en una consulta actualizada del portal SII o en el certificado de avalúo fiscal emitido en la fecha más próxima posible.
El segundo error es omitir el Rol de Avalúo o consignarlo incorrectamente: el Rol de Avalúo es el identificador único del inmueble en el sistema del SII y en el Conservador de Bienes Raíces. Un número de rol erróneo hace referencia a un inmueble diferente, lo que invalida la declaración para cualquier trámite que cruce datos con el SII. El Rol debe verificarse en el portal SII o en el último aviso de contribuciones, no en la escritura de compraventa, que puede contener el rol anterior.
El tercer error es no distinguir entre avalúo fiscal y valor comercial: el avalúo fiscal determinado por el SII es sistemáticamente inferior al valor comercial de mercado del inmueble, especialmente en zonas con alta plusvalía. Cuando una institución financiera solicita la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal para determinar el LTV de un crédito, el declarante no debe confundir ambos valores ni inflar el avalúo fiscal declarado con el valor comercial, dado que la discrepancia es verificable por el SII.
El cuarto error es no mencionar el propósito de la declaración cuando la institución lo exige: algunas instituciones como el SERVIU y los tribunales de familia exigen que la declaración indique expresamente para qué trámite se emite. Sin esta mención, la declaración puede ser rechazada como instrumento inadecuado para el trámite específico, obligando al declarante a otorgar una nueva declaración con costo notarial adicional.
El quinto error es suscribir la declaración sin facultades suficientes cuando se actúa como mandatario del propietario: si el declarante no es el propietario inscrito sino un mandatario o heredero, debe acreditar sus facultades mediante poder notarial o posesión efectiva inscrita. La declaración suscrita por quien no acredita su relación con el inmueble carece de valor jurídico para los trámites que exigen responsabilidad personal del titular.
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El Rol de Avalúo es el identificador único que el Servicio de Impuestos Internos (SII) asigna a cada bien raíz del territorio nacional para efectos del Impuesto Territorial (Contribuciones de Bienes Raíces) regulado por la Ley N.º 17.235. El Rol está compuesto por dos números separados por un guión: el número de bloque y el número de sitio o propiedad dentro del bloque. Por ejemplo, un Rol como 3456-78 corresponde al bloque 3456, sitio 78. Para consultar el Rol de Avalúo y el valor del avalúo fiscal vigente, el propietario puede acceder al portal web del SII (www.sii.cl), sección Bienes Raíces, opción Consulta de Bienes Raíces, donde puede buscar por Rol o por dirección del inmueble. El sistema entrega la información del avalúo vigente sin necesidad de clave SII ni identificación previa. La información también puede obtenerse en el aviso de contribuciones que emite la Tesorería General de la República cuatro veces al año para los inmuebles afectos al Impuesto Territorial. El Rol de Avalúo debe consignarse exactamente como aparece en el sistema SII en la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal, dado que cualquier error en el número hace referencia a un inmueble diferente e invalida el documento para el trámite correspondiente.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) actualiza el avalúo fiscal de los bienes raíces en Chile mediante dos mecanismos: el reavalúo general periódico y los reajustes semestrales. El reavalúo general es un proceso integral de actualización de todos los avalúos del país, que el SII realiza con la periodicidad que determina el artículo 3 de la Ley N.º 17.235 sobre Impuesto Territorial. Para bienes raíces no agrícolas (habitacionales y comerciales), el último reavalúo general tuvo vigencia desde enero de 2018 para la mayoría del territorio nacional. Los bienes raíces agrícolas tienen procesos de reavalúo separados con diferente periodicidad. Adicionalmente, los avalúos fiscales se reajustan semestralmente en enero y julio de cada año aplicando un factor de corrección vinculado al índice de precios de materiales de construcción y al valor de los terrenos, conforme al artículo 9 de la Ley N.º 17.235. Por esta razón, la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal debe indicar la fecha exacta de consulta del avalúo y el valor vigente a esa fecha, dado que el valor puede variar semestralmente. Propietarios que impugnan el avalúo fiscal pueden presentar reclamación ante el SII dentro del plazo que establece la ley y, si no obtienen resultado favorable, recurrir al Tribunal Tributario y Aduanero correspondiente.
En general, la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal no reemplaza al certificado oficial emitido directamente por el SII cuando la institución receptora exige específicamente ese certificado. El certificado oficial del SII acredita el avalúo con la autoridad del organismo público, mientras que la Declaración Jurada acredita el avalúo con la responsabilidad personal del declarante. Sin embargo, existen situaciones prácticas en que la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal se acepta como equivalente funcional del certificado: cuando el trámite es urgente y el certificado oficial no puede obtenerse en el plazo requerido; cuando la institución receptora acepta expresamente la declaración jurada como alternativa al certificado (algunas notarías, conservadores de bienes raíces y organismos municipales tienen esta flexibilidad); cuando se requiere acreditar el avalúo ante una contraparte privada (arrendador, institución financiera privada) que no exige el formato oficial. Para compraventas de bienes raíces ante notario en las que el avalúo fiscal es relevante para determinar la tributación de la operación (artículo 17 N.º 8 de la LIR, IVA en la venta de inmuebles del artículo 2 del DL N.º 825), la práctica notarial habitual es requerir el certificado oficial del SII o que el notario deje constancia del avalúo registrado en el sistema al momento de la escritura.
El Impuesto Territorial, conocido popularmente como Contribuciones de Bienes Raíces, se calcula en Chile aplicando una tasa porcentual al avalúo fiscal del inmueble conforme a la Ley N.º 17.235. La tasa aplicable varía según el tipo de bien raíz: para bienes raíces habitacionales, la tasa vigente es del 1,065% anual del avalúo fiscal que supere el monto exento establecido semestralmente por el SII; para bienes raíces no habitacionales (comerciales, industriales), la tasa es del 1,4% anual sin monto exento. Los bienes raíces cuyo avalúo fiscal no supera el umbral de exención están exentos del pago de Impuesto Territorial: el SII actualiza semestralmente este umbral de exención, que para el año 2024 es de aproximadamente $61 millones. El Impuesto Territorial se paga en cuatro cuotas trimestrales a través de la Tesorería General de la República o por transferencia electrónica. El avalúo fiscal registrado en la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal debe coincidir con el que sirve de base para el cálculo del Impuesto Territorial, dado que cualquier discrepancia puede ser detectada por el SII en sus procesos de fiscalización cruzada.
Declarar un avalúo fiscal incorrecto en una escritura de compraventa de bien raíz en Chile puede tener consecuencias tributarias, civiles y penales dependiendo de la naturaleza y gravedad del error. Si el avalúo declarado es inferior al real para efectos de reducir el precio de compraventa declarado y minimizar el IVA aplicable conforme al artículo 2 del DL N.º 825 o para presentar una diferencia de precio menor ante el SII, puede constituir elusión tributaria sujeta a las normas del artículo 4 ter del Código Tributario. El SII tiene facultades para tasar la operación al precio de mercado conforme al artículo 64 del Código Tributario cuando el precio declarado en la escritura sea notoriamente inferior al valor comercial del bien. Si la declaración incorrecta se hace conscientemente en un instrumento público, puede configurar el delito del artículo 210 del Código Penal chileno. Los notarios están obligados por la Ley N.º 16.271 a consignar el avalúo fiscal vigente en las escrituras de compraventa de bienes raíces y a comunicar al SII las operaciones que presenten discrepancias significativas entre el precio declarado y el avalúo fiscal, lo que actúa como mecanismo preventivo ante declaraciones incorrectas.
La Declaración Jurada de Avalúo Fiscal es requerida en varios trámites del proceso sucesorio chileno. En primer lugar, en la determinación de la base imponible del Impuesto de Herencias, Asignaciones y Donaciones de la Ley N.º 16.271: cuando el acervo hereditario incluye bienes raíces y no existe tasación comercial reciente, el SII acepta el avalúo fiscal como valor de los inmuebles para calcular el impuesto de herencia. Los herederos deben declarar ante el SII el avalúo fiscal de cada inmueble del acervo dentro del plazo de dos años desde el fallecimiento del causante. En segundo lugar, en los procesos de posesión efectiva tramitados ante el Registro Civil e Identificación para sucesiones sin testamento, o ante el tribunal competente para sucesiones testamentarias: el inventario de bienes debe incluir el avalúo fiscal de los inmuebles. En tercer lugar, en los juicios de partición de herencia ante partidor designado por los herederos o por el tribunal: el partidor utiliza el avalúo fiscal como referencia para la asignación de bienes entre herederos cuando no existe acuerdo sobre el valor de mercado. La Declaración Jurada de Avalúo Fiscal es particularmente útil cuando el proceso sucesorio se tramita con urgencia y no hay tiempo de obtener el certificado oficial del SII o una tasación comercial formal.
En circunstancias específicas, un arrendatario puede necesitar o ser requerido para presentar información sobre el avalúo fiscal del inmueble que arrienda, aunque la Declaración Jurada de Avalúo Fiscal es típicamente un documento del propietario. Las situaciones más frecuentes son: cuando el arrendatario postula a un subsidio habitacional del SERVIU que exige acreditar que el valor del inmueble arrendado no supera ciertos límites definidos en función del avalúo fiscal; cuando el arrendatario quiere verificar si el monto del arriendo que paga es razonable en relación con el avalúo fiscal del inmueble (en el sistema de arriendo con subsidio habitacional, algunos programas establecen que el arriendo no puede superar un porcentaje del avalúo fiscal mensual); o cuando existe un conflicto entre arrendador y arrendatario sobre el ajuste del precio del arriendo y ambas partes necesitan establecer el valor fiscal del inmueble como parámetro objetivo. En estos casos, el arrendatario puede solicitar al propietario que le proporcione el Rol de Avalúo del inmueble para consultar directamente el avalúo fiscal en el portal del SII, sin necesidad de que el propietario suscriba una declaración jurada específica a su favor.
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