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Declaración de Destino de Bien Raíz Agrícola Chile

Declaración de Destino de Bien Raíz Agrícola Chile

DECLARACIÓN DE DESTINO DE BIEN RAÍZ AGRÍCOLA

DL N° 3.557/1980 (SAG) — Ley 20.283/2008 (CONAF) — Ley 17.235 (SII)

I. IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE

Yo, [Nombre del Declarante], RUT [RUT del Declarante], en calidad de [Calidad del Declarante], con domicilio en [Domicilio del Declarante], declaro bajo juramento lo siguiente en relación con el predio agrícola de mi posesión o dominio:

II. IDENTIFICACIÓN DEL PREDIO AGRÍCOLA

Nombre del predio: [Nombre del Predio]

Ubicación: [Ubicación del Predio]

Rol de avalúo SII: [Rol de Avalúo SII]

Superficie total: [Superficie Total]

Inscripción: [Inscripción Conservador]

III. DESTINO Y USO EFECTIVO DEL PREDIO

Que el predio individualizado en el punto II tiene como destino principal: [Destino Principal].

Descripción de las actividades productivas:

[Descripción de Actividades]

Superficie destinada a uso agrícola/ganadero: [Superficie Agrícola]

Superficie con cubierta forestal o bosque nativo: [Superficie Forestal]

Inscripción en el SAG (DL 3.557/1980): [Inscripción SAG]

Que las actividades descritas son ejercidas de forma directa y habitual por el declarante, constituyendo la fuente principal de ingresos de su actividad agrícola conforme al Artículo 34 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824 de 1974).

IV. PROPÓSITO DE LA DECLARACIÓN

Que la presente declaración se efectúa para los efectos de: [Propósito de la Declaración], conforme a las disposiciones del DL N° 3.557 de 1980, la Ley 20.283 de 2008, la Ley 17.235 y demás normas aplicables.

V. DECLARACIÓN BAJO JURAMENTO

Que la información proporcionada en la presente declaración es fidedigna y completa. Que me comprometo a informar al SAG, la CONAF y el SII cualquier cambio en el destino o uso del predio que pudiera afectar la clasificación declarada. Que conozco las sanciones administrativas, tributarias y penales aplicables a las declaraciones falsas conforme al Artículo 97 del Código Tributario y al Artículo 32 de la Ley 20.283.

FIRMA

En [Ciudad], a [Fecha].

Nombre: [Nombre del Declarante]

RUT: [RUT del Declarante]

Firma: _________________________

Timbre y firma del organismo receptor (SAG/CONAF/SII/INDAP): _________________________

Propietario / Productor agrícola declarante

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Declaración de Destino de Bien Raíz Agrícola Chile

La Declaración de Destino de Bien Raíz Agrícola en Chile es el documento por el cual el declarante deja constancia formal de los hechos o circunstancias que en él se afirman. Se rige por DL 3.557/1980 (SAG).

El Decreto Ley N° 3.557 de 1980, dictado durante el gobierno militar y publicado en el Diario Oficial el 9 de febrero de 1981, es la norma fundamental que establece las bases del Sistema Agropecuario Chileno y regula las funciones del SAG como organismo técnico del Estado dependiente del Ministerio de Agricultura (MINAGRI). El DL 3.557 otorga al SAG facultades para fiscalizar el uso de los predios agrícolas, certificar la condición de productor agrícola, y supervisar el cumplimiento de las normas fitosanitarias y zoosanitarias conforme a los Artículos 3 y 4 del mismo decreto.

La Ley 20.283 de 2008, denominada Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, es el marco normativo que regula la explotación, recuperación y fomento del bosque nativo en Chile. Esta ley, reglamentada por el DS N° 93 de 2009 del Ministerio de Agricultura, establece en sus Artículos 1 a 15 los criterios para clasificar los usos del suelo en predios con cubierta vegetacional — distinguiendo entre bosque nativo, plantaciones forestales, matorrales y terrenos agrícolas —, y exige que cualquier cambio de uso del suelo en zonas con bosque nativo sea autorizado por la CONAF mediante el Plan de Manejo correspondiente.

El SII clasifica los bienes raíces en agrícolas y no agrícolas conforme al DL 3.063 de 1979 y la Ley 17.235, y aplica diferentes tasas de Contribución de Bienes Raíces según esta clasificación. Los predios agrícolas tributan bajo el régimen de renta presunta del Artículo 34 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824 de 1974) o bajo renta efectiva según contabilidad completa, dependiendo del tamaño del contribuyente y del volumen de ventas. La Declaración de Destino del Bien Raíz Agrícola es el documento que sustenta la clasificación tributaria del predio ante el SII y que habilita al propietario para acceder al crédito de Contribuciones de Bienes Raíces (pago de la contribución como crédito contra el Impuesto de Primera Categoría) establecido en el Artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta.

El Ministerio de Agricultura, a través de sus organismos dependientes — SAG, CONAF, INDAP (Instituto de Desarrollo Agropecuario) y ODEPA (Oficina de Estudios y Políticas Agrarias) —, administra los programas de fomento a la actividad agrícola y forestal, incluyendo los créditos INDAP para pequeños agricultores bajo la Ley 18.910 de 1990, los bonos de forestación de la Ley 20.283 para propietarios de bosques nativos, y las garantías del FOGAPE (Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios) bajo la Ley 19.877 de 2003. Para postular a estos programas, el propietario del predio agrícola debe acreditar el destino del bien raíz mediante la declaración correspondiente.

Cuándo necesitas Declaración de Destino de Bien Raíz Agrícola Chile

La Declaración de Destino de Bien Raíz Agrícola Chile se requiere en múltiples situaciones vinculadas a la gestión tributaria, el acceso a subsidios y el cumplimiento de normativas de uso del suelo rural en Chile.

Se necesita cuando el propietario de un predio rural solicita ante el SII la clasificación o reclasificación del inmueble como bien raíz agrícola para efectos del Impuesto Territorial y del régimen de renta presunta del Artículo 34 de la Ley de Impuesto a la Renta. La Circular SII N° 55 de 2014 y las instrucciones vigentes exigen que el propietario declare el uso efectivo del predio — producción de cereales, viñedo, fruticultura, ganadería, apicultura, silvicultura u otro — para que el SII pueda asignar el avalúo fiscal correspondiente y aplicar la tasa de contribución apropiada.

El documento se necesita cuando el propietario postula al crédito INDAP o a los instrumentos de fomento del Ministerio de Agricultura, ya que el INDAP y la SEREMI de Agricultura de cada región exigen acreditar la condición de productor agrícola y el destino agrícola efectivo del predio. La Ley 18.910 de 1990 (Orgánica del INDAP) define al pequeño productor agrícola como aquel que trabaja directamente la tierra, con patrimonio que no excede las 3.500 UF y ventas anuales que no superan las 2.400 UF.

También se requiere cuando el propietario desea gestionar ante la CONAF un Plan de Manejo Forestal o un Plan de Trabajo bajo la Ley 20.283 de 2008, ya que la CONAF exige determinar el uso del suelo del predio y la presencia o ausencia de bosque nativo antes de autorizar cualquier intervención silvícola. El Artículo 5 de la Ley 20.283 define el bosque nativo y el Artículo 18 establece que toda intervención del bosque nativo requiere Plan de Manejo aprobado por la CONAF.

La declaración es asimismo necesaria cuando el propietario vende el predio agrícola y el comprador debe acreditar ante el Notario Público y el Conservador de Bienes Raíces que el inmueble mantiene su clasificación agrícola para efectos de la aplicación del crédito del Artículo 20 N° 1 de la Ley de Impuesto a la Renta, o cuando se realiza un cambio de uso del suelo ante el SAG y la Municipalidad correspondiente bajo el DS 208 de 1970 del Ministerio de Agricultura.

Qué incluir en tu Declaración de Destino de Bien Raíz Agrícola Chile

Una Declaración de Destino de Bien Raíz Agrícola válida en Chile debe contener los elementos esenciales que permitan su reconocimiento ante el SAG, la CONAF, el SII y el Ministerio de Agricultura.

Identificación del Declarante: Nombre completo, RUT, domicilio y calidad jurídica del declarante respecto del predio (propietario, arrendatario, usufructuario, poseedor regular u otra calidad), con los documentos que acrediten dicha calidad.

Identificación del Predio: Nombre del predio, rol de avalúo SII, ubicación comunal y regional, datos de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces competente (folio, número e inscripción), superficie total del predio (en hectáreas), y coordenadas geográficas si están disponibles.

Descripción del Destino: Indicación precisa de los usos del suelo del predio — superficie dedicada a cultivos anuales o permanentes, praderas naturales o artificiales, plantaciones forestales, bosque nativo, matorrales, humedales, o infraestructura rural — con las hectáreas correspondientes a cada uso.

Actividades Productivas: Descripción de las actividades agrícolas, ganaderas o forestales que se realizan en el predio, incluyendo tipos de cultivos, especies pecuarias, número de cabezas de ganado, y actividades silvícolas bajo la Ley 20.283 si corresponde.

Declaración Bajo Juramento: Manifestación expresa de que la información proporcionada es veraz y que el declarante está en conocimiento de las responsabilidades tributarias y administrativas asociadas a la declaración de destino del predio conforme al DL 3.557, la Ley 20.283 y el Código Tributario.

Firma y Autorización: Ciudad, fecha, firma del declarante y autorización notarial si se presenta ante el SII o el SAG en calidad de documento formal. Algunos trámites del SAG exigen también la firma del ingeniero agrónomo que certifica el destino del predio.

Forms-legal.com proporciona este modelo como punto de partida. Se recomienda la asesoría de un Ingeniero Agrónomo e Ingeniero Forestal para la descripción técnica del predio, y de un Abogado para el aspecto jurídico-tributario ante el SII. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 20.283AR official
  2. Ley 17.235AR official
  3. Ley 18.910AR official
  4. Ley 19.877AR official

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Preguntas Frecuentes

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