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Solicitud de Pensión de Sobrevivencia AFP Chile

Solicitud de Pensión de Sobrevivencia AFP Chile

DL 3.500/1980 Arts. 5–14; Circular SP N.º 1.878

SOLICITUD DE PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA AFP

Decreto Ley N.º 3.500/1980 — Artículos 5 al 14 Superintendencia de Pensiones — Circular N.º 1.878

I. DATOS DEL AFILIADO FALLECIDO (CAUSANTE)

Nombre completo del causante: {{causanteNombre}} RUT del causante: {{causanteRUT}} Fecha de nacimiento: {{causanteFechaNacimiento}} Fecha de fallecimiento: {{causanteFechaFallecimiento}} AFP / Organismo previsional: {{causanteAFP}} Número de afiliado: {{causanteNumeroAfiliado}} Condición al fallecimiento: {{causanteCondicion}}

II. DATOS DEL BENEFICIARIO SOLICITANTE

Nombre completo: {{beneficiarioNombre}} RUT: {{beneficiarioRUT}} Fecha de nacimiento: {{beneficiarioFechaNacimiento}} Domicilio: {{beneficiarioDomicilio}} Teléfono: {{beneficiarioTelefono}} Correo electrónico: {{beneficiarioEmail}} Vínculo legal con el causante: {{vinculoCausante}}

III. DECLARACIÓN DE OTROS BENEFICIARIOS LEGALES

¿Existen otros beneficiarios legales?: {{otrosBeneficiarios}} Nómina de otros beneficiarios: {{listaBeneficiarios}} El/la solicitante declara que los datos consignados en la presente nómina son verídicos y completos, siendo de su conocimiento que la omisión o falsedad de beneficiarios genera responsabilidades civiles y previsionales conforme al ordenamiento jurídico chileno.

IV. MODALIDAD DE PAGO SOLICITADA

Modalidad de pensión solicitada: {{modalidadPension}} El/la solicitante declara haber sido informado/a de las distintas modalidades de pensión disponibles conforme a los Artículos 61 al 64 del DL 3.500/1980, y de la conveniencia de obtener asesoramiento de un Asesor Previsional (ASESOP) registrado ante la Superintendencia de Pensiones antes de optar por una modalidad de renta vitalicia, dada su carácter irrevocable.

V. DATOS PARA EL PAGO

Banco: {{bancoNombre}} Tipo de cuenta: {{tipoCuenta}} Número de cuenta: {{numeroCuenta}} Cuenta a nombre del/la solicitante, quien autoriza a la AFP y/o al IPS a depositar mensualmente la pensión de sobrevivencia en la cuenta indicada.

VI. DECLARACIÓN JURADA Y FIRMA

El/la suscrito/a, {{beneficiarioNombre}}, RUT {{beneficiarioRUT}}, declara bajo juramento: 1. Que los datos consignados en esta solicitud son verídicos y completos. 2. Que no percibe ninguna pensión en el sistema previsional chileno ni en el extranjero que sea incompatible con la pensión de sobrevivencia solicitada. 3. Que se compromete a notificar a la AFP y a la Superintendencia de Pensiones todo cambio en su situación previsional, civil o de domicilio que pueda afectar el derecho a la pensión de sobrevivencia. 4. Que conoce que la declaración de datos falsos da lugar a la restitución de los montos percibidos indebidamente con reajuste e intereses, además de las sanciones penales aplicables. Firmado en {{ciudadSolicitud}}, a {{fechaSolicitud}}. ____________________________ {{beneficiarioNombre}} RUT: {{beneficiarioRUT}} Beneficiario/a Solicitante

VII. USO EXCLUSIVO AFP / IPS

Fecha de ingreso de la solicitud: _______________ Número de expediente: _______________ Documentos recibidos: _______________ Funcionario/a receptor/a: _______________ Firma y timbre: _______________ Plazo de resolución: 15 días hábiles desde la recepción de la documentación completa, conforme a la Circular SP N.º 1.878.

Beneficiario/a Solicitante

________________

Signature

Funcionario/a AFP / IPS (Receptor/a)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Solicitud de Pensión de Sobrevivencia AFP Chile

La Solicitud de Pensión de Sobrevivencia AFP en Chile es la petición, regida por los artículos 5 a 14 del Decreto Ley 3.500 de 1980 y la Ley 20.255 de 2008, mediante la cual los beneficiarios legales requieren la pensión que genera el fallecimiento del afiliado.

Cuando un afiliado activo o pensionado fallece, los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual no se pierden ni revierten al Estado: se destinan al financiamiento de las pensiones de sobrevivencia de sus beneficiarios legales. La Superintendencia de Pensiones (SP), organismo fiscalizador dependiente del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, supervisa todo el proceso de liquidación de saldos y pago de pensiones de sobrevivencia, garantizando el cumplimiento del DL 3.500 por parte de las AFP.

Los beneficiarios legales de la pensión de sobrevivencia en Chile se determinan conforme al Artículo 5 del DL 3.500 y comprenden: (1) el cónyuge sobreviviente, siempre que el matrimonio haya sido contraído con al menos seis meses de anterioridad al fallecimiento del afiliado, o tres años si el afiliado era pensionado al momento del matrimonio; (2) el conviviente civil sobreviviente, según lo incorporado por la Ley N.º 20.830/2015 (Acuerdo de Unión Civil), con los mismos requisitos temporales que el cónyuge; (3) los hijos del causante, ya sean de filiación matrimonial, no matrimonial o adoptiva, menores de 18 años, o menores de 24 años si son estudiantes de educación básica, media, técnica o universitaria, o de cualquier edad si son inválidos conforme al DL 3.500; (4) la madre o padre de hijos de filiación no matrimonial del causante que, a la fecha del fallecimiento, se encontraran solteros o viudos y vivieran a sus expensas; (5) los padres del causante si no existen los beneficiarios anteriores.

Las AFP autorizadas para operar en Chile a 2025 son: AFP Habitat (líder en afiliados), AFP Provida (filial de MetLife), AFP Capital (filial de SURA), AFP Cuprum (filial de Principal Financial Group), AFP Modelo y AFP Uno. El afiliado fallecido puede haber cotizado en una o más AFP a lo largo de su vida laboral; en este caso, la AFP que administra la cuenta al momento del fallecimiento es la responsable del proceso, y los saldos en otras AFP deben ser transferidos.

La pensión de sobrevivencia se financia con el saldo de la cuenta de capitalización individual del causante, con el seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS) contratado por la AFP conforme al Artículo 59 del DL 3.500 cuando el fallecido era un afiliado activo, y en su caso con el Aporte Previsional Solidario (APS) o la Pensión Básica Solidaria (PBS) si los beneficiarios califican conforme a la Ley N.º 20.255/2008. El monto de la pensión de sobrevivencia de cada beneficiario se determina aplicando los porcentajes fijados en el Artículo 58 del DL 3.500: el cónyuge o conviviente civil sobreviviente con hijos con derecho a pensión recibe el 50% de la pensión de referencia del causante; sin hijos con derecho a pensión, recibe el 60%; los hijos reciben el 15% cada uno; la madre o padre de hijos de filiación no matrimonial reciben el 36%; los padres del causante reciben el 50% en total.

La Circular de la Superintendencia de Pensiones N.º 1.878 y sus actualizaciones establecen los procedimientos administrativos, plazos de respuesta de las AFP, documentación requerida y mecanismos de reclamo ante la Superintendencia de Pensiones. El plazo máximo para que la AFP emita una resolución sobre la solicitud de pensión de sobrevivencia es de 15 días hábiles desde la fecha de ingreso de toda la documentación completa.

Cuándo necesitas Solicitud de Pensión de Sobrevivencia AFP Chile

La Solicitud de Pensión de Sobrevivencia AFP en Chile debe presentarse en los siguientes casos y circunstancias:

Fallecimiento de un afiliado activo: Cuando fallece una persona que cotizaba activamente en una AFP chilena al momento de su muerte, ya sea como dependiente (con contrato de trabajo vigente) o como independiente (cotizando voluntariamente conforme al Artículo 90 del DL 3.500), cualquiera de sus beneficiarios legales descritos en el Artículo 5 debe presentar esta solicitud ante la AFP del causante para iniciar el proceso de determinación del monto de la pensión y el pago de las rentas correspondientes.

Fallecimiento de un pensionado: Cuando fallece una persona que ya estaba percibiendo una pensión de vejez o invalidez de su AFP, los beneficiarios legales tienen derecho a una pensión de sobrevivencia financiada con el saldo remanente de la cuenta de capitalización individual, más el aporte del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS) si corresponde. Esta situación es particularmente frecuente en modalidades de retiro programado (Art. 64 del DL 3.500), donde el saldo no consumido queda disponible para los beneficiarios.

Activación del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): El seguro de invalidez y sobrevivencia es contratado colectivamente por cada AFP con compañías de seguros de vida autorizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), conforme al Artículo 59 del DL 3.500. Cuando el afiliado fallece y su capital acumulado es insuficiente para financiar la pensión de referencia a la que tienen derecho los beneficiarios, el SIS aporta la diferencia mediante el llamado «aporte adicional». La solicitud activa simultáneamente la liquidación del saldo de la CCI y el proceso de cobro del SIS.

Fallecimiento con deuda previsional pendiente: Si al momento del fallecimiento el empleador del afiliado mantenía deudas previsionales (cotizaciones impagas), la AFP tiene la obligación legal de ejercer las acciones de cobro conforme a la Ley N.º 17.322/1969 y transferir los montos recuperados a la pensión de sobrevivencia de los beneficiarios. Los beneficiarios deben presentar la solicitud para que la AFP inicie este proceso de regularización.

Cuando el beneficiario es un hijo mayor de 18 años estudiante: Los hijos entre 18 y 24 años que sean estudiantes de educación básica, media, técnico-profesional o universitaria deben presentar la solicitud acompañada de certificado de alumno regular vigente para acreditar su condición y acceder a la pensión de sobrevivencia del causante. Esta condición debe renovarse periódicamente ante la AFP.

Qué incluir en tu Solicitud de Pensión de Sobrevivencia AFP Chile

Una Solicitud de Pensión de Sobrevivencia AFP completa y válida en Chile conforme al DL 3.500/1980 y las instrucciones de la Superintendencia de Pensiones debe contener los siguientes elementos esenciales:

Identificación del solicitante beneficiario: Nombre legal completo, RUT (Rol Único Tributario), número de cédula de identidad, fecha de nacimiento, estado civil y domicilio del beneficiario solicitante. Cuando el beneficiario es menor de edad, la solicitud debe ser suscrita por su representante legal (padre, madre o tutor) con indicación del RUT y cédula del representante.

Identificación del causante: Nombre legal completo, RUT, fecha de nacimiento y fecha de fallecimiento del afiliado o pensionado fallecido. La AFP del causante se identifica por el número de afiliado o por búsqueda en el Registro de Afiliados de la Superintendencia de Pensiones. Si el causante cotizó en más de una AFP, deben identificarse todas ellas para la consolidación de saldos.

Vínculo legal con el causante: Documento acreditativo de la relación que da derecho a la pensión de sobrevivencia: certificado de matrimonio del Servicio de Registro Civil e Identificación (para cónyuge); certificado de acuerdo de unión civil (para conviviente civil, conforme Ley 20.830); certificado de nacimiento del hijo (para hijos de filiación matrimonial o no matrimonial); sentencia de adopción (para hijos adoptivos); y partida de nacimiento del causante que muestre a sus padres (para beneficiarios que sean padres del causante). Todos los documentos deben ser originales o copias autorizadas emitidas por el Registro Civil.

Certificado de defunción: El certificado de defunción del causante emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación es el documento fundamental que activa el proceso de pensión de sobrevivencia. Debe ser presentado en original o copia autorizada. Si el fallecimiento ocurrió en el extranjero, el certificado de defunción extranjero debe ser debidamente apostillado o legalizado y traducido al español si corresponde.

Declaración de beneficiarios: Nómina completa de todos los beneficiarios legales del causante, incluyendo nombre, RUT, fecha de nacimiento, vínculo legal y domicilio de cada uno. La omisión de beneficiarios puede generar responsabilidades civiles y previsionales para el solicitante. La AFP verificará la nómina con el Registro Civil y la Superintendencia de Pensiones antes de emitir resolución.

Modalidad de pago solicitada: La solicitud debe indicar la modalidad de pago de la pensión de sobrevivencia deseada: renta vitalicia contratada con una compañía de seguros de vida (conforme al Art. 61 del DL 3.500), retiro programado administrado por la AFP (Art. 64), renta temporal con renta vitalicia diferida (Art. 62), o renta vitalicia inmediata con retiro programado (Art. 63). La elección de modalidad es irrevocable para la renta vitalicia; el asesoramiento por parte de un asesor previsional (ASESOP) registrado ante la Superintendencia de Pensiones es recomendable.

Cuenta bancaria para depósito: Nombre del banco, tipo de cuenta (cuenta corriente, cuenta vista, cuenta de ahorro) y número de cuenta bancaria donde se depositará la pensión. La cuenta debe estar a nombre del beneficiario. La AFP verificará la cuenta con el sistema bancario antes del primer pago.

Declaración jurada de estado civil y convivencia: Cuando el beneficiario es cónyuge o conviviente civil, una declaración jurada simple de no haber contraído nuevo matrimonio ni nuevo acuerdo de unión civil es exigida periódicamente por las AFP para mantener el derecho a la pensión.

Forms-legal.com ofrece este modelo de Solicitud de Pensión de Sobrevivencia AFP Chile como herramienta de referencia. Los beneficiarios deben presentar la solicitud directamente en sucursales de la AFP o a través del portal web de la AFP, y pueden recurrir a la Superintendencia de Pensiones (www.spensiones.cl) ante cualquier dificultad en el proceso de reconocimiento de la pensión.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 20.255AR official
  2. Ley 20.830AR official

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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