Formulario de Rescisión Anticipada de Contrato de Alquiler — Argentina
Conforme al Art. 10 de la Ley 27.551 y al Art. 1221 del CCyC (Ley 26.994)
NOTIFICACIÓN DE RESCISIÓN ANTICIPADA DE CONTRATO DE LOCACIÓN
Art. 10 Ley 27.551 — Art. 1221 del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994)
[Ciudad Notificacion], [Fecha Notificacion]
SR./SRA. [Locador Nombre]
DNI / CUIT: [Locador D N I]
Domicilio: [Locador Domicilio]
De mi/nuestra mayor consideración:
El/La que suscribe, [Locatario Nombre], DNI [Locatario D N I], domicilio en [Locatario Domicilio], locatario/a del inmueble ubicado en [Inmueble Direccion], conforme al contrato de locación celebrado el [Contrato Fecha Celebracion] (plazo: [Contrato Plazo]), por medio de la presente notificación fehaciente le comunico mi decisión de RESCINDIR ANTICIPADAMENTE el contrato de locación mencionado, en ejercicio del derecho que me confieren el artículo 10 de la Ley N.º 27.551 y el artículo 1221 del Código Civil y Comercial de la Nación.
La rescisión se ejercerá [Periodo Rescision], motivo por el cual la indemnización correspondiente es equivalente a [Monto Indemnizacion], calculada sobre el alquiler vigente de [Alquiler Vigente] al momento de la presente notificación, conforme al Art. 10 de la Ley 27.551.
La rescisión anticipada se hará efectiva a partir del día [Fecha Rescision Efectiva], transcurrido el plazo de preaviso de treinta (30) días que exige el artículo 10 de la Ley 27.551.
La indemnización de [Monto Indemnizacion] será abonada mediante [Forma Pago Indemnizacion].
La entrega física del inmueble y las llaves se realizará el día [Fecha Entrega Inmueble].
En relación al depósito de garantía abonado al inicio del contrato (monto original: [Monto Deposito Original]), el suscripto/a reserva su derecho a la restitución del depósito actualizado conforme al índice pactado en el contrato y a la Ley 27.737, deducidas exclusivamente las sumas correspondientes a daños que superen el desgaste normal por uso, debidamente documentados en el acta de entrega de llaves.
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
Firma del LOCATARIO: _________________________
[Locatario Nombre] — DNI: [Locatario D N I]
Domicilio post-entrega: [Locatario Domicilio]
Locatario (Inquilino)
________________
Signature
Qué es Formulario de Rescisión Anticipada de Contrato de Alquiler — Argentina
El Formulario de Rescisión Anticipada de Contrato de Alquiler en Argentina es la notificación fehaciente con la que el locatario comunica al locador su decisión de resolver el contrato antes del vencimiento, conforme al Art. 1221 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994).
El Art. 1221 del CCyC establece que el locatario puede resolver la locación anticipadamente siempre que haya transcurrido el plazo mínimo legal (seis meses desde el inicio del contrato, en las locaciones con destino habitacional) notificando su decisión con un preaviso de treinta días. El propio Art. 1221 fija la escala de indemnizaciones aplicable a la rescisión anticipada: si la rescisión se ejerce durante el primer año del contrato, la indemnización equivale a un mes y medio de alquiler al momento de la notificación; si se ejerce después del primer año, se reduce a un mes de alquiler.
Este derecho del locatario subsiste tras la derogación de la Ley de Alquileres (Ley 27.551 y su reforma 27.737) por el DNU 70/2023 (vigente desde el 29 de diciembre de 2023) y la Ley 27.742 (Ley Bases, julio de 2024), porque está contenido en el propio Código Civil y Comercial. La escala de indemnizaciones que reproducía el derogado Art. 1221 del CCyC coincide con la del Art. 1221 CCyC, que se mantiene vigente.
El formulario de rescisión anticipada no es equivalente a una rescisión bilateral (mutuo acuerdo del Art. 1076 CCyC): en la rescisión unilateral del Art. 1221 CCyC, el locatario ejerce un derecho que la ley le otorga sin necesidad del consentimiento del locador. La rescisión bilateral, en cambio, requiere el acuerdo de ambas partes y puede establecer condiciones diferentes a las fijadas por la ley. En la práctica locativa argentina, la rescisión unilateral anticipada por el locatario es uno de los actos más frecuentes en el mercado de alquileres, especialmente en contextos de alta inflación donde el locatario puede encontrar alternativas más económicas.
El Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) no interviene en la rescisión anticipada del contrato de locación. La notificación debe dirigirse directamente al locador o a su administrador de propiedades debidamente autorizado. En contratos registrados ante la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) bajo el régimen del Registro Nacional de Datos de Contratos de Locación, la rescisión puede implicar también la actualización del registro ante la AFIP.
El derecho del locatario a la rescisión anticipada y la escala de indemnizaciones del Art. 1221 CCyC se mantienen vigentes tras la derogación de la Ley de Alquileres; las penalidades por rescisión anticipada deben ajustarse a ese régimen, sin perjuicio de lo que las partes pacten en el marco de la libertad contractual del CCyC.
Cuándo necesitas Formulario de Rescisión Anticipada de Contrato de Alquiler — Argentina
El formulario de rescisión anticipada de contrato de alquiler en Argentina debe utilizarse en toda situación en que el locatario decide poner fin al contrato de locación antes de la fecha de vencimiento pactada, ejerciendo el derecho unilateral que le confieren el Art. 1221 del CCyC.
Cuando el locatario necesita mudarse a otra ciudad por razones laborales, familiares o de salud antes de que venza el contrato de locación, el formulario de rescisión anticipada le permite formalizar legalmente su decisión y calcular con precisión la indemnización que debe abonar al locador. Esta situación es frecuente en Argentina dado el mercado laboral dinámico y la movilidad geográfica de la población.
Cuando el locatario encontró una vivienda más adecuada a sus necesidades (mayor superficie, menor costo, mejor ubicación) y decide terminar el contrato vigente antes de su vencimiento, el formulario de rescisión anticipada es el instrumento formal para comunicar esta decisión. El Art. 1221 del CCyC reconoce el derecho del locatario de rescindir anticipadamente sin necesidad de justificar la causa: basta con cumplir el preaviso de 30 días y abonar la indemnización correspondiente.
Cuando el alquiler se ha vuelto económicamente inaccesible para el locatario — situación frecuente en Argentina durante períodos de alta inflación y ajustes de alquiler significativos — el formulario de rescisión anticipada permite formalizar la salida del contrato con las mínimas consecuencias indemnizatorias previstas por el Art. 1221 del CCyC.
Cuando el locatario ha adquirido un inmueble propio (compraventa de vivienda con boleto de compraventa o escritura ante el Registro de la Propiedad Inmueble) y ya no necesita el inmueble arrendado, el formulario de rescisión anticipada formaliza la finalización del contrato de alquiler existente.
Cuando el locatario considera que el locador ha incumplido sus obligaciones contractuales de mantenimiento del inmueble (reparaciones urgentes del Art. 1201 CCyC, defectos que afectan el uso y goce del bien) y decide rescindir el contrato por incumplimiento del locador, el formulario debe especificar claramente la causa del incumplimiento para habilitar la rescisión por culpa del locador — en cuyo caso el locatario puede argumentar la exención de la indemnización del Art. 1221 del CCyC por ser el locador el incumplidor.
Cuando se produce un supuesto de fuerza mayor o caso fortuito que impide al locatario continuar usando el inmueble (inundación, derrumbe parcial, inhabilitación por autoridad administrativa), el formulario de rescisión anticipada documenta la causa de fuerza mayor que puede eximir al locatario de la indemnización del Art. 1221 del CCyC, conforme a los Arts. 1730–1733 del CCyC.
Qué incluir en tu Formulario de Rescisión Anticipada de Contrato de Alquiler — Argentina
Un formulario de rescisión anticipada de contrato de alquiler válido en Argentina, conforme al Art. 1221 del CCyC y al Art. 1221 del CCyC, debe contener los siguientes elementos para tener eficacia jurídica frente al locador y ante los Juzgados Civiles o en lo Civil y Comercial.
Identificación completa de las partes: nombre completo, DNI y domicilio del locatario (o sus cotitulares, si hay varios locatarios en el contrato), y nombre completo, DNI y domicilio del locador (o razón social y CUIT si es persona jurídica). Si el locador administra sus propiedades a través de una inmobiliaria o administrador, el formulario debe dirigirse tanto al locador como a su representante con los datos de cada uno.
Identificación del contrato de locación: fecha de celebración, plazo pactado, fecha de inicio y fecha de vencimiento del contrato de locación que se rescinde anticipadamente. También debe identificarse el inmueble arrendado (dirección completa). Esta referencia es esencial para determinar si la rescisión anticipada se ejerce dentro del primer año (indemnización de un mes y medio) o después del primer año (indemnización de un mes) según el Art. 1221 del CCyC.
Fecha de rescisión y preaviso de 30 días: el Art. 1221 del CCyC y el Art. 1221 del CCyC exigen que el locatario notifique su decisión de rescindir con un preaviso mínimo de treinta días. El formulario debe indicar la fecha en que se emite la notificación y la fecha a partir de la cual se hace efectiva la rescisión (al menos 30 días después de la notificación). Si el locatario y el locador acuerdan una fecha de rescisión anterior al plazo de 30 días, ese acuerdo debe quedar documentado expresamente.
Cálculo de la indemnización por rescisión anticipada: el formulario debe incluir el cálculo de la indemnización conforme al Art. 1221 del CCyC: si la rescisión se ejerce durante el primer año del contrato, la indemnización es equivalente a un mes y medio de alquiler al valor del canon vigente al momento de la notificación; si se ejerce después del primer año, la indemnización es de un mes de alquiler. El monto del alquiler vigente (ya ajustado por el ICL u otro índice pactado) es la base de cálculo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv) ha resuelto que la indemnización se calcula sobre el alquiler vigente al momento de la notificación, no sobre el alquiler inicial del contrato.
Fecha y condiciones de entrega del inmueble: el formulario debe indicar la fecha prevista para la entrega del inmueble al locador, que generalmente coincide con la fecha de rescisión efectiva. Al momento de la entrega, se debe labrar el acta de entrega de llaves (ar-acta-entrega-llaves) para documentar el estado del bien y las condiciones de restitución del depósito de garantía.
Reserva de derechos sobre el depósito de garantía: el formulario puede indicar que el locatario reserva su derecho a la restitución del depósito de garantía en las condiciones pactadas en el contrato (que, tras la derogación de la Ley de Alquileres, son libremente convenidas entre las partes y suelen incluir su actualización por el índice del contrato), deducidas únicamente las sumas correspondientes a daños que superen el desgaste normal por uso documentado en el acta de entrega de llaves. Esta reserva expresa evita que el locador retenga el depósito como compensación de la indemnización por rescisión anticipada.
En forms-legal.com encontrás el formulario de rescisión anticipada listo para descargar en PDF o Word. Complementá este documento con el acta de entrega de llaves (ar-acta-entrega-llaves) al momento de la devolución del inmueble. Si el locador impugna la rescisión o retiene el depósito sin causa, consultá con un abogado especialista en derecho inmobiliario matriculado en el CPACF o en el colegio provincial para evaluar las acciones legales disponibles ante los Juzgados Civiles o en las Relaciones de Consumo.
Cómo completar tu Formulario de Rescisión Anticipada de Contrato de Alquiler — Argentina
Para completar el formulario de rescisión anticipada de contrato de alquiler en Argentina, seguí estos pasos en el asistente de forms-legal.com:
Paso 1 — Datos del locatario: ingresá tu nombre completo tal como figura en tu DNI argentino (RENAPER). Si hay varios locatarios cotitulares del contrato, debés identificarte vos y los cotitulares, o indicar que actuás en representación de todos ellos. Ingresá también tu DNI y tu domicilio actual (que puede diferir del inmueble alquilado si ya te mudaste).
Paso 2 — Datos del locador: ingresá el nombre completo del propietario y su DNI (o CUIT si es persona jurídica), tal como figuran en el contrato de locación. Si el locador administra sus propiedades a través de una inmobiliaria o corredor inmobiliario, identificá también a la inmobiliaria con su nombre y matrícula del Colegio Profesional de Corredores Inmobiliarios, y envía la notificación a ambos.
Paso 3 — Datos del contrato e inmueble: ingresá la fecha de celebración del contrato de locación (la que figura en la primera cláusula del contrato), el plazo pactado (2 o 3 años según la ley vigente al momento de la firma), y la dirección completa del inmueble arrendado. Esta información determina si la rescisión se ejerce dentro del primer año (mayor indemnización) o después del primer año (menor indemnización).
Paso 4 — Fecha de la notificación y preaviso: ingresá la fecha en que enviás el formulario de rescisión (la fecha de la carta documento). La fecha de rescisión efectiva debe ser al menos 30 días posterior a la fecha de notificación. El sistema calculará automáticamente la fecha mínima de rescisión efectiva sumando 30 días a la fecha de notificación.
Paso 5 — Cálculo de la indemnización: el sistema calculará automáticamente el monto de la indemnización por rescisión anticipada conforme al Art. 1221 del CCyC, basándose en el alquiler mensual vigente al momento de la notificación y en si la rescisión se ejerce durante el primer año (un mes y medio) o después del primer año (un mes). Ingresá el monto del alquiler mensual actual (ya ajustado por ICL u otro índice si corresponde).
Paso 6 — Fecha de entrega del inmueble: indicá la fecha prevista para la entrega física del inmueble y las llaves al locador. Esta fecha puede coincidir con la fecha de rescisión efectiva o ser anterior si acordás con el locador una entrega más temprana.
Paso 7 — Forma de pago de la indemnización: indicá cómo abonarás la indemnización al locador — transferencia bancaria al CBU/CVU del locador, cheque o efectivo. Si la indemnización se compensará con el depósito de garantía (si la indemnización es menor al depósito), indicalo expresamente en el formulario.
Paso 8 — Envío fehaciente: una vez completado el formulario, descargá el documento en PDF y presentalo en la oficina de Correo Argentino para enviarlo como carta documento al domicilio del locador. Conservá el comprobante de envío y el acuse de recibo como prueba de la fecha de notificación de la rescisión anticipada.
Requisitos legales para Formulario de Rescisión Anticipada de Contrato de Alquiler — Argentina
El formulario de rescisión anticipada de contrato de alquiler en Argentina debe cumplir los siguientes requisitos legales para ser válido y generar los efectos jurídicos del Art. 1221 del CCyC.
Plazo mínimo desde el inicio del contrato: el Art. 1221 del CCyC establece que el locatario puede rescindir anticipadamente sólo después de transcurridos los primeros seis meses del contrato. La rescisión comunicada antes de los seis meses no tiene eficacia legal, salvo que el locador la acepte expresamente mediante una rescisión bilateral del Art. 1076 CCyC. La jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv) ha interpretado de manera mayoritaria que los seis meses son el plazo mínimo impuesto por la ley para el ejercicio del derecho unilateral de rescisión anticipada.
Preaviso de treinta días: el Art. 1221 del CCyC exige que el locatario notifique su decisión de rescindir con un preaviso mínimo de treinta días antes de la fecha efectiva de rescisión. Este preaviso no puede ser renunciado unilateralmente por el locatario — sólo puede reducirse si el locador acepta expresamente una fecha de entrega anterior. Durante el período de preaviso, el locatario debe seguir abonando el alquiler en las condiciones pactadas en el contrato.
Notificación fehaciente: la rescisión anticipada debe ser comunicada al locador en forma fehaciente, conforme al Art. 1012 del CCyC. La modalidad fehaciente por excelencia en Argentina es la carta documento de Correo Argentino o el telegrama colacionado. Una notificación informal (WhatsApp, email, verbal) no genera los efectos de la rescisión anticipada ni activa el plazo del preaviso de 30 días.
Indemnización del Art. 1221 del CCyC: el locatario debe abonar la indemnización correspondiente al momento de la rescisión o en la forma acordada con el locador. Esta indemnización es de orden público: cláusulas contractuales que establezcan indemnizaciones mayores son nulas de pleno derecho. Sin embargo, el locador puede aceptar voluntariamente renunciar a la indemnización (por ejemplo, si tiene interés en recuperar el inmueble anticipadamente para destinarlo a otro uso). La renuncia del locador debe quedar documentada expresamente.
Contratos registrados ante AFIP: si el contrato de locación fue registrado ante la AFIP en el Registro Nacional de Datos de Contratos de Locación (bajo la normativa vigente al momento de la celebración), la rescisión anticipada puede requerir una actualización del registro ante la AFIP, lo que el locador y/o el corredor inmobiliario deben gestionar ante la administradora tributaria.
Efecto sobre el depósito de garantía: la rescisión anticipada no libera automáticamente al locador de la obligación de restituir el depósito de garantía. El depósito debe ser devuelto en las condiciones pactadas en el contrato; tras la derogación de la Ley de Alquileres su monto y forma de devolución son libremente convenidos entre las partes, y conviene acordar su actualización por el índice de ajuste del contrato (ICL, CER u otro), deducidas las sumas correspondientes a daños al inmueble documentados en el acta de entrega de llaves. El locador no puede compensar el depósito con la indemnización por rescisión anticipada salvo acuerdo expreso de las partes.
Errores comunes a evitar en tu Formulario de Rescisión Anticipada de Contrato de Alquiler — Argentina
Los errores más frecuentes al ejercer la rescisión anticipada de contrato de alquiler en Argentina que generan disputas con el locador o pérdida del derecho a la rescisión son los siguientes:
No respetar el plazo mínimo de seis meses desde el inicio del contrato: comunicar la rescisión anticipada antes de que hayan transcurrido seis meses desde el inicio del contrato es el error jurídico más grave. El Art. 1221 del CCyC reconoce el derecho de rescisión anticipada sólo después de ese plazo mínimo. Si el locatario intenta rescindir antes de los seis meses, el locador puede rechazar válidamente la rescisión y exigir el cumplimiento del contrato hasta el vencimiento del primer año. La única excepción es la rescisión bilateral por mutuo acuerdo del Art. 1076 CCyC, que requiere el consentimiento del locador.
No enviar el preaviso de 30 días con 30 días de anticipación: entregar las llaves el mismo día en que se notifica la rescisión o con menos de 30 días de preaviso no cumple el requisito del Art. 1221 del CCyC. En ese caso, el locatario debe abonar el alquiler de los días faltantes hasta completar el plazo de 30 días, aunque ya haya entregado las llaves. El locador puede reclamar ese pago ante los Juzgados Civiles.
Notificar la rescisión por medios no fehacientes: comunicar la rescisión anticipada por WhatsApp, email o verbalmente no activa el plazo del preaviso de 30 días ni genera los efectos del Art. 1221 del CCyC. Sin una carta documento de Correo Argentino o telegrama colacionado, el locatario no puede probar ante el Juzgado Civil la fecha exacta en que notificó su decisión de rescindir, lo que puede resultar en disputas sobre si el locatario adeuda el alquiler de los meses subsiguientes.
Confundir la indemnización del Art. 1221 del CCyC con el preaviso laboral: la indemnización por rescisión anticipada de un contrato de alquiler no es equiparable a los preaviso de la Ley de Contrato de Trabajo N.° 20.744 — son regímenes jurídicos completamente distintos. La indemnización locativa del Art. 1221 del CCyC es de un mes y medio o un mes de alquiler (no de sueldo), calculada sobre el canon vigente al momento de la notificación, no sobre un salario.
No documentar la entrega de llaves mediante acta: muchos locatarios entregan las llaves sin suscribir el acta de entrega de llaves correspondiente. Sin ese documento, el locatario no puede probar ante el Juzgado Civil que entregó el inmueble en buen estado y que el depósito debe ser restituido. El acta de entrega de llaves (ar-acta-entrega-llaves) es el complemento indispensable de toda rescisión anticipada.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 26.994AR official
- Ley 27.551AR official
- Ley 27.742AR official
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Forms Legal. (2026). Formulario de Rescisión Anticipada de Contrato de Alquiler — Argentina (Argentina) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/argentina/real-estate/notices/formulario-rescision-contrato-alquiler-anticipada-argentina
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Conforme al Art. 1221 del CCyC (Ley de Alquileres), la indemnización que debe abonar el locatario por rescisión anticipada del contrato de locación varía según el momento en que se ejerce la rescisión. Si la rescisión se ejerce durante el primer año del contrato (desde el inicio hasta cumplir 12 meses), la indemnización es equivalente a un mes y medio de alquiler al valor del canon vigente al momento de la notificación de la rescisión. Si la rescisión se ejerce después del primer año del contrato (a partir del mes 13), la indemnización se reduce a un mes de alquiler al valor vigente al momento de la notificación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv) ha resuelto que la base de cálculo es el alquiler actualizado vigente al momento de la notificación, no el alquiler inicial del contrato — en contextos de alta inflación y ajustes por ICL, esto puede representar una diferencia significativa. Esta indemnización es el máximo que puede exigir el locador: cláusulas contractuales que establezcan penalidades mayores son nulas de pleno derecho por contrariar el orden público locativo.
El Art. 1221 del CCyC y el Art. 1221 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994) exigen que el locatario notifique su decisión de rescindir anticipadamente el contrato con un preaviso mínimo de treinta (30) días antes de la fecha efectiva de rescisión. Este plazo de preaviso es irrenunciable unilateralmente: el locatario no puede reducirlo por su sola decisión. Durante el período de preaviso, el locatario continúa obligado a abonar el alquiler en las condiciones pactadas en el contrato. Si el locatario entrega las llaves antes de que venza el período de 30 días de preaviso, igualmente debe el alquiler por los días faltantes hasta completar los 30 días desde la notificación. El locador puede aceptar voluntariamente reducir o eliminar el período de preaviso si tiene interés en recuperar el inmueble más rápidamente, pero esta aceptación debe quedar documentada por escrito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv) ha resuelto que el preaviso de 30 días sólo puede reducirse por acuerdo expreso del locador.
No. El Art. 1221 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994) reconoce el derecho unilateral de rescisión anticipada del locatario sólo después de transcurridos los primeros seis meses del contrato de locación. Durante los primeros seis meses, el locatario no puede ejercer unilateralmente la rescisión anticipada — el contrato es vinculante para ambas partes durante ese período. Si el locatario necesita terminar el contrato antes de los seis meses, debe negociar una rescisión bilateral por mutuo acuerdo del Art. 1076 CCyC con el locador. Esta rescisión bilateral puede implicar condiciones diferentes a las del Art. 1221 del CCyC, ya que al ser un acuerdo voluntario, las partes pueden pactar libremente la indemnización o incluso acordar la rescisión sin indemnización si el locador así lo acepta. La jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv) ha resuelto de manera uniforme que los seis meses son el plazo mínimo legal para el ejercicio del derecho unilateral de rescisión anticipada del Art. 1221 CCyC.
La compensación entre la indemnización por rescisión anticipada y el depósito de garantía es posible sólo si existe un acuerdo expreso entre el locador y el locatario. El CCyC (Arts. 921-930 sobre compensación de obligaciones) permite la compensación cuando ambas obligaciones son dinerarias, líquidas y exigibles. Sin embargo, esta compensación no opera automáticamente: el locador no puede retener unilateralmente el depósito de garantía para compensarlo con la indemnización del Art. 1221 del CCyC sin el consentimiento del locatario. Si el locatario no consiente la compensación, el locador debe abonar la indemnización y restituir el depósito actualizado por separado, o demandar el pago de la indemnización ante los Juzgados Civiles si el locatario no la abona. Desde la perspectiva del locatario, compensar la indemnización con el depósito es conveniente cuando el monto de la indemnización es menor al del depósito actualizado, ya que evita el pago en efectivo y el riesgo de que el locador retenga el depósito. El acuerdo de compensación debe quedar documentado en el acta de entrega de llaves.
El locador no puede rechazar válidamente la rescisión anticipada del locatario cuando éste la ejerce conforme al Art. 1221 del CCyC y el Art. 1221 del CCyC — es decir, después de los primeros seis meses del contrato, con preaviso de 30 días y ofreciendo abonar la indemnización correspondiente. El derecho de rescisión anticipada del locatario está expresamente previsto en el Art. 1221 del CCyC y subsiste tras la derogación de la Ley de Alquileres por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742. Si el locador rechaza la rescisión y se niega a recibir las llaves, el locatario puede consignar judicialmente las llaves ante el Juzgado Civil o en lo Civil y Comercial del lugar del inmueble, acreditando así que cumplió su obligación de restitución. La consignación judicial de la cosa (Art. 905 CCyC) tiene el efecto de liberar al locatario de la obligación de seguir abonando el alquiler desde la fecha de la consignación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv) ha resuelto que el locador que rechaza sin causa la rescisión anticipada ejercida conforme a la ley es responsable por los daños causados al locatario.
Sí. Durante el período de preaviso de 30 días desde la notificación de la rescisión anticipada, el locatario continúa obligado a abonar el alquiler en las condiciones pactadas en el contrato de locación. El preaviso no exime al locatario del pago del canon locativo durante ese período — simplemente notifica al locador con la anticipación mínima exigida por el Art. 1221 del CCyC para que pueda buscar un nuevo locatario o tomar las medidas necesarias para recibir el inmueble. Si el locatario deja de abonar el alquiler durante el período de preaviso, el locador puede reclamar esos importes como deuda locativa, independientemente de la indemnización por rescisión anticipada. La entrega de las llaves antes de que venza el período de preaviso no exime al locatario del pago del alquiler por los días faltantes hasta completar los 30 días desde la notificación, salvo que el locador acepte expresamente una fecha de rescisión anterior. Los alquileres adeudados durante el período de preaviso pueden ser descontados del depósito de garantía si el locatario no los abona, previa documentación en el acta de entrega de llaves.
En Argentina no existe un sistema unificado de historial crediticio para locatarios de inmuebles equivalente al credit score de otros países. Sin embargo, la rescisión anticipada de un contrato de alquiler puede tener consecuencias indirectas sobre la reputación del locatario en el mercado inmobiliario local. Algunos corredores inmobiliarios y locadores consultan informalmente la conducta anterior del inquilino (mediante referencias de locadores anteriores) antes de celebrar un nuevo contrato. Si la rescisión anticipada fue ejercida correctamente conforme al Art. 1221 del CCyC — con preaviso de 30 días, pago de la indemnización correspondiente y entrega del inmueble en buen estado documentada en el acta de entrega de llaves — no debería generar consecuencias negativas para el locatario en contratos futuros. Lo que sí puede afectar el historial del locatario ante el BCRA (Banco Central de la República Argentina) y el Veraz (NOSIS, EQUIFAX u otras bases de datos crediticias) es la falta de pago de la indemnización del Art. 1221 del CCyC si el locador reclama judicialmente y obtiene una sentencia condenatoria que no es pagada por el locatario, lo que podría derivar en la inscripción de la deuda en el sistema financiero.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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