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Declaración Jurada de Bienes — Argentina

Declaración Jurada de Bienes — Argentina

DECLARACIÓN JURADA DE BIENES PATRIMONIALES

Ley 23.966 — Impuesto sobre los Bienes Personales | Portal AFIP-ARCA

Ley 25.188 — Ética en el Ejercicio de la Función Pública (si corresponde)

PRIMERA — DATOS DEL DECLARANTE

En la ciudad de [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], el/la abajo firmante:

Nombre completo: [Declarante Nombre]

DNI: [Declarante D N I] | CUIT/CUIL: [Declarante C U I T]

Fecha de nacimiento: [Declarante Fecha Nac]

Domicilio fiscal (AFIP/ARCA): [Declarante Domicilio Fiscal]

Domicilio real: [Declarante Domicilio Real]

Condición tributaria: [Condicion Tributaria]

SEGUNDA — PERÍODO Y PROPÓSITO

Período o fecha de la declaración: [Periodo Declarado]

Propósito de la declaración: [Proposito Declaracion]

TERCERA — BIENES INMUEBLES

[Inmuebles Detalle]

CUARTA — VEHÍCULOS AUTOMOTORES

[Vehiculos Detalle]

QUINTA — CUENTAS BANCARIAS Y EFECTIVO

Cuentas bancarias: [Cuentas Bancarias]

Efectivo disponible: [Efectivo]

SEXTA — INVERSIONES FINANCIERAS Y CRIPTOACTIVOS

Inversiones financieras: [Inversiones Financieras]

Criptoactivos (RG AFIP 4614/2019): [Criptoactivos]

SÉPTIMA — BIENES EN EL EXTERIOR

[Bienes Exterior Detalle]

OCTAVA — DEUDAS DEDUCIBLES

[Deudas Deducibles]

NOVENA — OTROS BIENES

[Otros Bienes Detalle]

DÉCIMA — JURAMENTO Y RESPONSABILIDAD

El/la declarante, [Declarante Nombre], CUIT/CUIL [Declarante C U I T], JURA que los datos consignados en la presente declaración son correctos, completos y verídicos al período declarado ([Periodo Declarado]), no habiendo omitido ningún bien o activo de su titularidad.

El/la declarante conoce y acepta que la declaración de datos falsos o la omisión de bienes puede constituir: a) delito de falsedad ideológica (Art. 293 del Código Penal argentino) cuando la declaración se presenta ante organismos públicos o judiciales; b) infracción tributaria bajo la Ley 11.683 (evasión, multa de hasta el 600% del impuesto omitido); c) delito de evasión fiscal bajo la Ley 27.430 (Régimen Penal Tributario) cuando el monto evadido supera el umbral legalmente establecido.

FIRMA DEL DECLARANTE

En [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma].

[Declarante Nombre]

DNI: [Declarante D N I] | CUIT/CUIL: [Declarante C U I T]

Firma: _________________________

CONTADOR PÚBLICO CERTIFICANTE (si corresponde):

Nombre: _________________________

Matrícula CPCE: _________________________

Firma y sello: _________________________

Declarante

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Declaración Jurada de Bienes — Argentina

La Declaración Jurada de Bienes en Argentina es el documento con el que se deja constancia formal y se acredita una situación de hecho o de derecho ante terceros u organismos públicos, conforme a Ley 23.966 — Impuesto sobre los Bienes Personales (Argentina); Portal AFIP-ARCA.

El Impuesto sobre los Bienes Personales (IBP), creado por la Ley 23.966 y reglamentado por el Decreto 127/1996 y sucesivas resoluciones generales de la AFIP/ARCA, grava el patrimonio neto de las personas físicas y sucesiones indivisas residentes en Argentina al 31 de diciembre de cada año. La alícuota del IBP varía según el valor total de los bienes gravados — entre el 0,50% y el 1,75% para bienes en Argentina, y entre el 0,70% y el 2,25% para bienes en el exterior. La base imponible es el valor total de los bienes gravados menos las deudas deducibles (hipotecas, préstamos bancarios documentados). La declaración jurada anual del IBP se presenta a través del portal web de AFIP/ARCA (www.afip.gob.ar) mediante los formularios F. 762/A (personas físicas y sucesiones indivisas).

La declaración jurada de bienes tiene múltiples usos más allá del cumplimiento tributario. En el ámbito judicial, los Juzgados de Familia (en juicios de divorcio, alimentos y liquidación de la sociedad conyugal), los Juzgados Civiles (en procesos sucesorios) y los Juzgados Laborales (en ejecuciones de sentencia) suelen requerir la presentación de la declaración jurada patrimonial para determinar la capacidad económica de las partes. En el ámbito notarial, los escribanos públicos pueden requerir la declaración jurada de bienes en el marco de la Ley 25.246 (Ley de Encubrimiento y Lavado de Activos) y la normativa de la Unidad de Información Financiera (UIF) para la identificación del cliente y la prevención del lavado de dinero.

La UIF (Unidad de Información Financiera), creada por la Ley 25.246 y dependiente del Ministerio de Economía, regula las obligaciones de reporte de operaciones sospechosas para los sujetos obligados (bancos, escribanos, contadores, abogados, inmobiliarias). La declaración jurada de bienes es uno de los instrumentos de debida diligencia del cliente (DDC) exigidos por la UIF a los sujetos obligados para cumplir con la Resolución UIF N.° 30-E/2017 y sus modificatorias.

El BCRA (Banco Central de la República Argentina) exige a las entidades financieras verificar la situación patrimonial de los solicitantes de crédito mediante la consulta a la Central de Deudores del Sistema Financiero (CDSF) y a los informes de la AFIP/ARCA. La declaración jurada de bienes es habitualmente requerida por los bancos para el otorgamiento de créditos hipotecarios, préstamos personales y tarjetas de crédito de alto límite.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ha resuelto en múltiples fallos que la obligación de presentar declaración jurada de bienes es constitucional y compatible con el derecho a la intimidad (Art. 19 de la Constitución Nacional), dado que persigue un fin público legítimo (la recaudación impositiva y la prevención del lavado de dinero) y está regulada por ley. El Tribunal Fiscal de la Nación (TFN), en el ámbito del procedimiento tributario ante la AFIP/ARCA, es el órgano competente para resolver las disputas entre el contribuyente y la AFIP sobre el monto de los bienes declarados y el impuesto resultante.

Cuándo necesitas Declaración Jurada de Bienes — Argentina

La declaración jurada de bienes en Argentina es necesaria en múltiples situaciones, tanto por obligación legal como por requerimiento de organismos públicos o privados.

Obligación anual ante AFIP/ARCA (Impuesto sobre los Bienes Personales): toda persona física residente en Argentina cuyos bienes superen el mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales (Ley 23.966) debe presentar la declaración jurada anual ante AFIP/ARCA al 31 de diciembre de cada año. El mínimo no imponible se actualiza periódicamente por resolución de la AFIP/ARCA. Para el año fiscal 2024, el mínimo no imponible fue significativamente elevado para excluir a personas con patrimonios menores.

En juicios de divorcio y liquidación de sociedad conyugal: cuando las partes de un matrimonio se divorcian y deben liquidar la comunidad de bienes (Arts. 481–508 del CCyC para el régimen de comunidad) o el régimen de separación de bienes (Arts. 505–508 CCyC), el Juzgado de Familia suele requerir que ambos cónyuges presenten declaración jurada de bienes para determinar el patrimonio a liquidar y garantizar la equidad de la distribución.

En juicios de alimentos: el Juzgado de Familia puede requerir la declaración jurada de bienes del progenitor alimentante para determinar su capacidad económica real y fijar la cuota alimentaria proporcional conforme a los Arts. 658–670 del CCyC. La AFIP/ARCA puede ser requerida por el Juzgado para informar los bienes declarados por el alimentante.

En procesos sucesorios: los herederos deben declarar los bienes del causante ante la AFIP/ARCA (Bienes Personales hasta la fecha de fallecimiento) y actualizar sus propias declaraciones juradas para incorporar los bienes heredados. El Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (ITGB) de la Provincia de Buenos Aires requiere la declaración del valor del acervo hereditario ante ARBA.

Para acceso al crédito bancario: los bancos y entidades financieras supervisadas por el BCRA requieren declaración jurada de bienes como parte del análisis crediticio para hipotecas, préstamos personales de alto monto y tarjetas de crédito premium. La declaración debe coincidir con los datos declarados ante AFIP/ARCA para evitar inconsistencias que puedan generar observaciones fiscales.

Por requerimiento de la UIF (lavado de dinero): los sujetos obligados bajo la Ley 25.246 (bancos, escribanos, contadores, abogados, inmobiliarias) deben solicitar declaración jurada de bienes a sus clientes cuando realizan operaciones de alto monto, como compraventas de inmuebles, inversiones financieras significativas o apertura de fideicomisos. La declaración acredita que el origen de los fondos es lícito y permite cumplir con la normativa de prevención de lavado de activos de la UIF.

Para cargos públicos: la Ley 25.188 (Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública) y la Ley 26.857 exigen que los funcionarios públicos nacionales (Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial), provinciales y municipales presenten declaraciones juradas patrimoniales integrales ante la Oficina Anticorrupción (OA) al asumir el cargo, anualmente durante su gestión, y al cesar en el cargo.

Qué incluir en tu Declaración Jurada de Bienes — Argentina

Una declaración jurada de bienes válida y completa en Argentina, conforme a la Ley 23.966 y los formularios de AFIP/ARCA, debe contener los siguientes elementos para tener eficacia legal ante organismos públicos, judiciales y financieros.

Identificación del declarante: nombre completo, CUIT o CUIL en formato XX-XXXXXXXX-X (asignado por AFIP/ARCA), domicilio fiscal y domicilio real, fecha de nacimiento, nacionalidad y categoría tributaria (inscripto en IVA, Monotributo, Responsable Inscripto en Ganancias, empleado en relación de dependencia). El CUIT/CUIL es el identificador único del declarante ante AFIP/ARCA y debe coincidir en todos los documentos fiscales.

Bienes inmuebles: descripción de cada inmueble al 31 de diciembre del año fiscal, incluyendo: dirección completa, nomenclatura catastral o matrícula del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI), valuación fiscal (ARBA para Provincia de Buenos Aires, AGIP para CABA, DGR para otras provincias), porcentaje de titularidad del declarante (100%, 50% si es bien ganancial, otro porcentaje si hay condominio). La valuación a declarar en el Formulario F. 762/A de AFIP/ARCA es el mayor valor entre la valuación fiscal y el valor de adquisición actualizado por el coeficiente de actualización del Art. 4 de la Ley 23.966.

Vehículos automotores: para cada vehículo, el valor de plaza publicado por la tabla de valuaciones de AFIP/ARCA para el año fiscal correspondiente (tabla de automóviles, motovehículos, aeronaves y embarcaciones). El dominio (patente) del vehículo debe coincidir con el inscripto en el Registro Nacional del Automotor (DNRPA).

Cuentas bancarias y efectivo: saldo de cada cuenta bancaria (caja de ahorro, cuenta corriente, plazo fijo) al 31 de diciembre, con indicación de la entidad, número de cuenta y CBU. El efectivo en poder del declarante al 31 de diciembre también debe declararse. Los bancos están obligados a informar los saldos de cuentas a AFIP/ARCA, por lo que la omisión o subdeclaración es fácilmente detectada mediante cruces de información.

Inversiones financieras: acciones, fondos comunes de inversión, obligaciones negociables, Letras del Tesoro (LETES, LECER, LEDES), criptoactivos (Bitcoin, USDT y otros activos digitales — Resolución General AFIP 4614/2019), y cualquier otro instrumento financiero. Las inversiones en moneda extranjera se convierten a pesos al tipo de cambio comprador del Banco Nación Argentina al 31 de diciembre.

Bienes en el exterior: los residentes argentinos deben declarar sus bienes en el exterior — cuentas bancarias en el exterior, inmuebles en otros países, inversiones extranjeras. Los bienes en el exterior tributan una alícuota diferencial más alta (entre 0,70% y 2,25%) que los bienes en Argentina. La AFIP/ARCA intercambia información con más de 100 países bajo el marco del AEOI (Automatic Exchange of Information) de la OCDE, por lo que la omisión de bienes en el exterior es detectada frecuentemente.

Deudas deducibles: las deudas del declarante que reducen la base imponible del Bienes Personales — principalmente hipotecas sobre inmuebles en Argentina (hasta el valor del inmueble gravado). No todas las deudas son deducibles — las deudas comerciales, tarjetas de crédito y préstamos personales no reducen la base imponible del IBP.

En forms-legal.com encontrás el modelo de declaración jurada de bienes para Argentina, listo para descargar en PDF o Word. Para la presentación formal ante AFIP/ARCA, debés ingresar al portal www.afip.gob.ar con tu Clave Fiscal nivel 3 y completar el Formulario F. 762/A del sistema Bienes Personales. Para usos judiciales o notariales, el modelo de forms-legal.com puede ser presentado como declaración complementaria, siempre con asesoramiento de un contador público matriculado en el CPCE (Consejo Profesional de Ciencias Económicas).

Cómo completar tu Declaración Jurada de Bienes — Argentina

Para completar la declaración jurada de bienes en Argentina mediante el asistente de forms-legal.com, seguí estos pasos:

Paso 1 — Datos del declarante: ingresá tu nombre completo tal como figura en el DNI argentino (RENAPER). Ingresá tu CUIT o CUIL en formato XX-XXXXXXXX-X (podés verificarlo en www.afip.gob.ar/claveFiscal). Ingresá tu domicilio fiscal registrado en AFIP/ARCA y tu domicilio real. Seleccioná tu condición tributaria (Responsable Inscripto, Monotributista, empleado en relación de dependencia u otro).

Paso 2 — Período declarado: indicá el año fiscal al que corresponde la declaración (por ejemplo: ejercicio fiscal 2024, período 01/01/2024 al 31/12/2024) o la fecha puntual si la declaración es para un proceso judicial o notarial específico. Para el Impuesto a los Bienes Personales (Ley 23.966), la fecha de valuación es siempre el 31 de diciembre del año fiscal.

Paso 3 — Bienes inmuebles: para cada inmueble de tu titularidad al 31 de diciembre, ingresá: dirección completa (calle, número, piso, depto, localidad, provincia, CP), nomenclatura catastral o matrícula del RPI, valuación fiscal (ARBA, AGIP o DGR provincial) y tu porcentaje de titularidad. Si el inmueble es ganancial, declarás el 50% del valor.

Paso 4 — Vehículos: para cada vehículo automotor, ingresá: dominio (patente), marca, modelo, año de fabricación, y el valor de plaza según la tabla de valuaciones de AFIP/ARCA para el año fiscal. La tabla está disponible en www.afip.gob.ar/bienes-personales.

Paso 5 — Cuentas bancarias: para cada cuenta bancaria (caja de ahorro, cuenta corriente, plazo fijo), ingresá el nombre del banco, tipo de cuenta, CBU, moneda (ARS o USD u otra) y saldo al 31 de diciembre. Para cuentas en dólares, el saldo en USD se convierte al tipo de cambio comprador BNA al 31 de diciembre.

Paso 6 — Inversiones financieras: ingresá las acciones en mercado bursátil (valor de cotización al cierre del 31 de diciembre en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires — BYMA), cuotas de fondos comunes de inversión (valor de rescate al 31 de diciembre), y cualquier otro instrumento financiero. Para criptoactivos, declaralos conforme a la Resolución General AFIP 4614/2019.

Paso 7 — Bienes en el exterior: si tenés bienes en el exterior (cuentas bancarias, inmuebles, inversiones), declaralos con el mismo nivel de detalle que los bienes en Argentina. Los bienes en el exterior se valúan en la moneda de origen y se convierten a pesos al tipo de cambio BNA al 31 de diciembre.

Paso 8 — Deudas deducibles: ingresá las deudas deducibles de la base imponible — principalmente hipotecas sobre inmuebles en Argentina. Indicá el banco prestamista, el inmueble hipotecado y el saldo de capital adeudado al 31 de diciembre.

Paso 9 — Propósito de la declaración: seleccioná si la declaración es para presentación ante AFIP/ARCA (Bienes Personales), para un proceso judicial, para una entidad bancaria, para una notaría o para otro propósito. Esto ajusta el formato del documento generado.

Paso 10 — Firma y certificación: la declaración debe ser firmada por el declarante. Para usos ante AFIP/ARCA, la firma electrónica mediante Clave Fiscal nivel 3 es suficiente. Para usos judiciales o notariales, puede ser requerida la certificación de firma ante Escribano Público o la ratificación en audiencia ante el Juzgado.

Errores comunes a evitar en tu Declaración Jurada de Bienes — Argentina

Los errores más frecuentes en la declaración jurada de bienes en Argentina que generan observaciones de AFIP/ARCA, conflictos judiciales o problemas con organismos regulatorios son los siguientes:

Omitir bienes en el exterior: el error más frecuente y de mayores consecuencias es no declarar cuentas bancarias, inmuebles o inversiones en el exterior. La AFIP/ARCA participa en el intercambio automático de información fiscal (AEOI de la OCDE) con más de 100 países, lo que le permite detectar cuentas bancarias y activos en el extranjero que no fueron declarados. La omisión puede derivar en ajuste fiscal con intereses y multas, y en el peor de los casos en evasión fiscal (Art. 1 de la Ley 24.769 — Régimen Penal Tributario).

Usar valuaciones desactualizadas para inmuebles: declarar los inmuebles por un valor inferior a la valuación fiscal vigente de ARBA, AGIP o DGR provincial es una inconsistencia que AFIP/ARCA detecta mediante cruces con los organismos de recaudación provinciales. Siempre verificá la valuación fiscal vigente en el portal del organismo provincial antes de completar la declaración.

No declarar criptoactivos: desde la Resolución General AFIP 4614/2019, los criptoactivos (Bitcoin, Ethereum, stablecoins como USDT, y otros tokens) deben ser incluidos en la declaración jurada de Bienes Personales. Su omisión es una de las áreas de mayor foco de fiscalización de AFIP/ARCA en los últimos años, dada la proliferación del uso de criptomonedas en Argentina como resguardo de valor frente a la inflación.

No presentar la declaración en término: el vencimiento para la presentación del Formulario F. 762/A de Bienes Personales es habitualmente en junio de cada año (el cronograma exacto se publica anualmente en el portal de AFIP/ARCA). La presentación fuera de término genera multas formales automáticas bajo el Art. 38 de la Ley 11.683 (Ley de Procedimiento Tributario). El pago del impuesto fuera de término genera intereses resarcitorios del 0,09% diario (tasa vigente en 2024) sobre el saldo impago.

Declarar valores inconsistentes con otras declaraciones: la declaración jurada de bienes presentada para un proceso judicial debe ser consistente con las declaraciones presentadas ante AFIP/ARCA. Las inconsistencias entre ambas — que pueden ser detectadas por el Juzgado al requerir los datos a AFIP/ARCA — pueden generar sanciones procesales (Art. 45 del CPCCN — desestimación de prueba) y fiscales simultáneamente. Siempre verificá la coherencia entre todas tus declaraciones patrimoniales antes de presentarlas.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 23.966AR official
  2. Ley 25.246AR official
  3. Ley 25.188AR official
  4. Ley 26.857AR official
  5. Ley 11.683AR official
  6. Ley 24.769AR official

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