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Declaración de Exención de IVA — Monotributista Argentina

Declaración de Exención de IVA — Monotributista Argentina

Conforme al Art. 20 de la Ley 24.977 (Monotributo) y Resoluciones Generales AFIP/ARCA

Encabezado

DECLARACIÓN DE EXENCIÓN DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)

Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes — Monotributo

Art. 20 de la Ley 24.977 y sus modificatorias | Resolución General AFIP/ARCA 4309/2018

Datos del Declarante

En [Ciudad Declaracion], a los [Fecha Declaracion], yo/nosotros:

Contribuyente: [Contribuyente Nombre]

CUIT: [Contribuyente C U I T]

Domicilio fiscal registrado ante AFIP/ARCA: [Contribuyente Domicilio Fiscal]

Actividad económica principal (CLAE): [Actividad Economica]

Categoría actual del Monotributo: [Categoria Monotributo]

Inscripto/a en el Régimen Simplificado desde: [Fecha Inscripcion]

Declaración de Exención

DECLARO BAJO JURAMENTO:

PRIMERO — CONDICIÓN TRIBUTARIA. Que me encuentro inscripto/a en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), conforme a la Ley 24.977 y sus modificatorias (Leyes 25.865, 26.565, 27.346, 27.430 y 27.743), y que en esa condición me encuentro EXENTO/A del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por las operaciones incluidas en dicho régimen, conforme al Art. 20 de la Ley 24.977.

SEGUNDO — ALCANCE DE LA EXENCIÓN. La exención del IVA declarada alcanza a las siguientes operaciones: [Tipo Operaciones]. Por estas operaciones emito exclusivamente comprobantes tipo C (factura tipo C), sin discriminación de IVA, conforme a la Resolución General (AFIP/ARCA) 4291/2018 y sus modificatorias.

TERCERO — VERIFICACIÓN. La constancia de mi inscripción vigente en el Régimen Simplificado (Monotributo) puede verificarse en el portal web de AFIP/ARCA (www.afip.gob.ar / www.arca.gob.ar) ingresando el CUIT [Contribuyente C U I T] en el módulo 'Constancias'.

CUARTO — FACTURACIÓN. El precio que cobro a mis clientes por las operaciones incluidas en el Régimen Simplificado es el precio final, sin adición de IVA. El receptor de mis facturas tipo C no tiene derecho a computar crédito fiscal de IVA por las operaciones conmigo realizadas, en tanto yo me mantenga inscripto/a en el Monotributo.

Destinatario y Compromiso

QUINTO — DESTINATARIO. La presente declaración se dirige a: [Destinatario Nombre] (CUIT: [Destinatario C U I T]).

SEXTO — COMPROMISO DE NOTIFICACIÓN. Me comprometo a notificar a [Destinatario Nombre] en un plazo de [Compromiso Notificacion] si mi condición tributaria cambia: exclusión del Régimen Simplificado (Monotributo) por superación de los límites de facturación u otras causales previstas en la Ley 24.977, o inscripción en el régimen general como responsable inscripto en IVA. A partir del cambio de condición, comenzaré a emitir comprobantes tipo A o B con discriminación de IVA, según corresponda.

SÉPTIMO — DECLARACIÓN JURADA. La presente declaración tiene carácter de declaración jurada conforme al Art. 28 del Decreto Reglamentario de la Ley 11.683 (t.o. 1998 y sus modificatorias). La falsedad de los datos declarados habilita a AFIP/ARCA a aplicar las sanciones previstas en los Arts. 39–45 de la Ley 11.683 de Procedimiento Tributario.

En [Ciudad Declaracion], a los [Fecha Declaracion].

Firma del Declarante: _________________________

[Contribuyente Nombre]

CUIT: [Contribuyente C U I T]

Aclaración: El declarante adjunta copia de la constancia de inscripción en el Monotributo emitida por AFIP/ARCA al presente instrumento.

Contribuyente Monotributista

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Declaración de Exención de IVA — Monotributista Argentina

La Declaración de Exención de IVA — Monotributista en Argentina es el documento con el que se deja constancia formal y se acredita una situación de hecho o de derecho ante terceros u organismos públicos, conforme a Ley 24.977 Art. 20 (Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes — Monotributo); Resolución General AFIP 4309/2018.

El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) fue creado por la Ley 24.977 y sucesivamente modificado por las Leyes 25.865, 26.565, 27.346, 27.430, y la Ley 27.743 (reforma 2024). La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), hoy denominada ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) por Decreto 953/2024 del Poder Ejecutivo Nacional, es el organismo recaudador que administra el Monotributo en Argentina. El pequeño contribuyente inscripto en el Monotributo reemplaza el pago de IVA, Impuesto a las Ganancias (categorías de tercera y cuarta), y aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) por una cuota mensual única, cuyo monto varía según la categoría del monotributo asignada al contribuyente en función de sus ingresos brutos anuales y otras variables.

El Art. 20 de la Ley 24.977 establece con claridad que los pequeños contribuyentes inscriptos en el Monotributo están exentos del IVA por las operaciones incluidas en el régimen —actividades económicas por las que están encuadrados en el Monotributo— y no deben discriminar el IVA en sus facturas, recibos ni comprobantes de venta o prestación de servicios. Esto significa que el precio que el monotributista cobra a su cliente es el precio final, sin adición de IVA, y el cliente no puede computar crédito fiscal de IVA por las compras o contrataciones realizadas a monotributistas.

La declaración de exención de IVA del monotributista tiene importancia práctica en múltiples contextos comerciales y contractuales: cuando el monotributista celebra contratos de prestación de servicios con empresas o con el Estado (como proveedor del Estado Nacional, provincial o municipal), estas entidades necesitan constancia formal de la condición tributaria del proveedor para registrar correctamente la operación en sus sistemas contables y para cumplir con las obligaciones de retención impositiva; cuando el monotributista participa en licitaciones públicas o contrataciones directas, la declaración de exención de IVA es parte de la documentación tributaria exigida; y cuando el monotributista emite comprobantes de venta o servicios, la declaración complementa la factura tipo C (el comprobante habilitado para monotributistas por la RG AFIP 4291/2018 y sus modificatorias).

La Resolución General (AFIP) 4309/2018 y la Resolución General (AFIP) 4291/2018, hoy ARCA, regulan el régimen de facturación y los comprobantes de los monotributistas. El monotributista debe emitir factura tipo C (o ticket de máquina registradora habilitada) por todas sus operaciones, sin discriminar IVA en el comprobante. La declaración de exención de IVA es el instrumento que formaliza esta condición ante las contrapartes que la requieran.

Cuándo necesitas Declaración de Exención de IVA — Monotributista Argentina

La Declaración de Exención de IVA del Monotributista en Argentina es necesaria en una variedad de situaciones comerciales, contractuales y administrativas en que la contraparte del monotributista requiere constancia formal de su condición tributaria.

Cuando el monotributista presta servicios a una empresa inscripta en el régimen general (responsable inscripto en IVA), la empresa necesita constancia de la condición de monotributista para determinar si debe actuar como agente de retención de IVA (en Argentina, los responsables inscriptos que contratan a monotributistas no retienen IVA porque el monotributista está exento). La declaración de exención de IVA complementa la factura tipo C del monotributista en las relaciones comerciales con responsables inscriptos.

Cuando el monotributista es proveedor del Estado —Estado Nacional, provincias, municipios, entes autárquicos, organismos descentralizados— la contratación requiere la presentación de documentación tributaria completa, incluyendo la constancia de inscripción en el Monotributo emitida por AFIP/ARCA y, en muchos casos, una declaración jurada de condición tributaria que incluye la exención de IVA.

Cuando el monotributista celebra contratos de locación de obra o de servicios con personas humanas que no son responsables inscriptos (consumidores finales), la declaración de exención de IVA aclara que el precio pactado en el contrato es el precio final sin IVA adicional, evitando confusiones sobre el monto total a pagar.

Cuando el monotributista supera el límite de facturación anual de la categoría máxima del Monotributo y es excluido del régimen por exclusión de pleno derecho o por resolución de AFIP/ARCA, debe inscribirse en el régimen general como responsable inscripto en IVA. En ese momento, la declaración de exención de IVA preexistente queda sin efecto y debe notificarse a todos sus clientes y proveedores que a partir de la fecha de inscripción en el régimen general comenzará a discriminar IVA en sus facturas.

Cuando el monotributista celebra contratos de locación de inmuebles como locatario (inquilino), el locador (propietario) puede requerir la declaración de exención de IVA como parte de la documentación del locatario. Sin embargo, si el propietario es responsable inscripto en IVA y alquila un inmueble para uso comercial (no para vivienda), el alquiler puede estar gravado con IVA a cargo del locatario, independientemente de su condición de monotributista.

En el contexto de la digitalización tributaria argentina — factura electrónica, domicilio fiscal electrónico, comunicaciones de AFIP/ARCA por plataforma digital — la declaración de exención de IVA formalizada en instrumento escrito complementa la constancia digital emitida por el sistema de AFIP/ARCA, que los clientes también pueden verificar en el portal web de la agencia.

Qué incluir en tu Declaración de Exención de IVA — Monotributista Argentina

Una Declaración de Exención de IVA del Monotributista jurídicamente válida y completa en Argentina, conforme al Art. 20 de la Ley 24.977 y las resoluciones generales de AFIP/ARCA, debe contener los siguientes elementos.

Identificación del contribuyente monotributista: nombre completo (o razón social para personas jurídicas que puedan adherir al Monotributo, como las Sociedades Anónimas Simplificadas —SAS— y ciertas sociedades de hecho pequeñas), CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X (AFIP/ARCA), domicilio fiscal (que debe coincidir con el domicilio registrado ante AFIP/ARCA), actividad económica principal según el clasificador de actividades económicas (CLAE) de AFIP/ARCA, y categoría actual del Monotributo (A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K — según los límites de facturación vigentes al momento de la declaración).

Declaración de la condición de pequeño contribuyente: declaración expresa de que el contribuyente se encuentra inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) conforme a la Ley 24.977 y sus modificatorias, y que en esa condición está exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por las actividades incluidas en el régimen, conforme al Art. 20 de la Ley 24.977.

Referencia a la constancia de inscripción de AFIP/ARCA: número de CUIT y mención a que la constancia de inscripción en el Monotributo puede verificarse en el portal web de AFIP/ARCA (www.afip.gob.ar o www.arca.gob.ar) ingresando el CUIT del contribuyente. Esta referencia permite al receptor de la declaración verificar en tiempo real la condición tributaria del declarante.

Periodo de validez de la declaración: la declaración debe indicar su fecha de emisión. Dado que la categoría del Monotributo puede variar por recategorización semestral (enero y julio de cada año) o por exclusión del régimen, es conveniente que la declaración indique que es válida mientras el declarante se mantenga inscripto en el Monotributo y no sea excluido del régimen por AFIP/ARCA. La declaración debe actualizarse si el contribuyente es excluido del Monotributo o recategorizado.

Identificación del destinatario (si corresponde): si la declaración se emite para un contratante específico (empresa, organismo estatal, locador), debe identificarse al destinatario con su nombre o razón social y CUIT. Si la declaración es de carácter general para todos los clientes y proveedores, puede omitirse la identificación de un destinatario específico.

Compromiso de notificación ante cambio de condición tributaria: el declarante se compromete a notificar al destinatario si su condición tributaria cambia —exclusión del Monotributo, inscripción en el régimen general como responsable inscripto en IVA— en un plazo determinado (generalmente 10 días hábiles) a partir del cambio.

Firma del contribuyente: la declaración debe ser firmada por el contribuyente monotributista o, en caso de personas jurídicas, por el representante legal con facultades suficientes. Para declaraciones de uso ante organismos públicos, conviene certificar la firma ante escribano público o ante la entidad receptora.

En forms-legal.com encontrás el modelo de Declaración de Exención de IVA del Monotributista listo para descargar en PDF o Word. Este documento complementa la constancia digital de inscripción en el Monotributo emitida por AFIP/ARCA, que podés descargar directamente del portal web de la agencia. Para situaciones de cambio de régimen (exclusión del Monotributo o recategorización), consultá con un contador público matriculado en el CPCE de tu provincia.

Cómo completar tu Declaración de Exención de IVA — Monotributista Argentina

Para completar la Declaración de Exención de IVA del Monotributista en Argentina mediante el asistente de forms-legal.com, seguí estos pasos:

Paso 1 — Datos del monotributista: ingresá tu nombre completo tal como figura en la constancia de inscripción de AFIP/ARCA — para personas humanas, nombre y apellido; para personas jurídicas (SAS, sociedad de hecho), la razón social. Ingresá tu CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X (podés consultarlo en el portal web de AFIP/ARCA o en cualquier constancia de inscripción).

Paso 2 — Domicilio fiscal: ingresá el domicilio fiscal declarado ante AFIP/ARCA (el domicilio fiscal es el domicilio donde desarrollás tu actividad o donde recibís notificaciones de la agencia). Debe coincidir con el domicilio registrado en el sistema de AFIP/ARCA.

Paso 3 — Actividad económica: ingresá la actividad económica principal por la que estás inscripto en el Monotributo. Podés consultar tu actividad en el código CLAE (Clasificador de Actividades Económicas) de AFIP/ARCA ingresando tu CUIT en el portal web. Ejemplos: 6920 Actividades jurídicas y contables, 8690 Otras actividades de atención de la salud, 4711 Venta al por menor en supermercados, etc.

Paso 4 — Categoría del Monotributo: seleccioná tu categoría actual del Monotributo (A, B, C, D, E, F, G, H, I, J o K). La categoría determina el límite máximo de facturación anual que podés alcanzar sin ser excluido del régimen. Podés verificar tu categoría actual en el portal web de AFIP/ARCA o en el cupón de pago mensual del Monotributo.

Paso 5 — Destinatario (opcional): si la declaración es para un contratante específico, ingresá el nombre o razón social y CUIT del destinatario. Si es una declaración general para todos tus clientes y proveedores, podés dejar este campo en blanco o indicar 'A quien corresponda'.

Paso 6 — Fecha de la declaración: ingresá la fecha de emisión de la declaración. Esta fecha es relevante para determinar su vigencia y para el caso de auditorías de AFIP/ARCA sobre las relaciones comerciales del período.

Paso 7 — Compromiso de notificación: el asistente incluye automáticamente la cláusula de compromiso de notificar al destinatario si tu condición tributaria cambia (exclusión del Monotributo, recategorización significativa). Podés personalizar el plazo de notificación (el estándar es 10 días hábiles desde el cambio).

Paso 8 — Firma: firmá la declaración con tu firma habitual. Para uso ante organismos públicos o para contratos de alto valor, es conveniente certificar la firma ante escribano público argentino o ante el organismo receptor.

Paso 9 — Verificación en portal AFIP/ARCA: antes de emitir la declaración, verificá tu constancia de inscripción en el portal de AFIP/ARCA (www.afip.gob.ar) ingresando tu CUIT en el módulo 'Constancias'. La constancia digital oficial complementa este instrumento privado.

Paso 10 — Archivo: conservá una copia firmada de la declaración junto a los comprobantes de pago del Monotributo correspondientes al período. Si AFIP/ARCA te excluye del Monotributo, notificá inmediatamente a todos los clientes que recibieron esta declaración.

Errores comunes a evitar en tu Declaración de Exención de IVA — Monotributista Argentina

Los errores más frecuentes de los monotributistas argentinos en relación con la declaración de exención de IVA y la facturación que generan problemas con AFIP/ARCA o con sus clientes son los siguientes.

Emitir factura tipo A o tipo B siendo monotributista: el error más grave es emitir comprobantes tipo A (que discrimina IVA y habilita crédito fiscal al receptor) o tipo B (que discrimina IVA para operaciones con consumidores finales) siendo monotributista. El monotributista sólo puede emitir factura tipo C. La emisión de factura A o B es una infracción tributaria que puede dar lugar a multas de AFIP/ARCA conforme al Art. 40 de la Ley 11.683 y puede generar reclamos por parte de los clientes que computaron indebidamente crédito fiscal de IVA basado en una factura inválida.

No actualizar la declaración de exención cuando se es excluido del Monotributo: cuando el contribuyente es excluido del Monotributo por superación de los límites de facturación u otras causales, debe notificar inmediatamente a todos sus clientes que a partir de la fecha de exclusión comenzará a emitir factura tipo A o B y a discriminar IVA. Si no lo hace, los clientes pueden seguir tratando las operaciones como exentas de IVA, lo que genera inconsistencias en sus declaraciones juradas de IVA y potenciales ajustes de AFIP/ARCA.

No verificar la condición tributaria real en el portal de AFIP/ARCA: antes de aceptar una declaración de exención de IVA de un proveedor monotributista, el cliente debería verificar la condición tributaria del proveedor en el portal web de AFIP/ARCA (www.afip.gob.ar, módulo Constancias). Un proveedor que fue excluido del Monotributo pero sigue emitiendo factura tipo C puede generar problemas para el cliente que no realizó la verificación.

Combinar actividades gravadas y exentas sin informar correctamente: algunos monotributistas realizan actividades que están incluidas en el Monotributo (y por tanto exentas de IVA) junto con otras actividades que están excluidas del Monotributo y gravadas con IVA. En esos casos, la declaración de exención de IVA sólo es válida para las actividades incluidas en el Monotributo, y el contribuyente debe tributar IVA e Impuesto a las Ganancias por las actividades excluidas. Esta situación de 'pluralidad de regímenes' es compleja y requiere el asesoramiento de un contador público matriculado en el CPCE.

No conservar los comprobantes de pago del Monotributo: AFIP/ARCA puede verificar en cualquier momento si el contribuyente estuvo efectivamente inscripto y al día con el pago del Monotributo durante el período en que emitió facturas tipo C. El monotributista que no conserva los comprobantes de pago puede tener dificultades para probar su condición tributaria ante AFIP/ARCA en el marco de una fiscalización. Conservá todos los comprobantes de pago del Monotributo por al menos cinco años (plazo de prescripción de la acción de AFIP/ARCA para determinar y exigir el pago de tributos, Art. 56 Ley 11.683).

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 24.977AR official
  2. Ley 27.743AR official
  3. Ley 11.683AR official

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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