RESICO Monthly Simplified Tax Declaration Mexico (Declaración Mensual RESICO)
DECLARACIÓN MENSUAL — RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA (RESICO)
Ley del Impuesto sobre la Renta, Artículos 113-E al 113-J
Servicio de Administración Tributaria (SAT)
I. DATOS DEL CONTRIBUYENTE
Nombre: [Taxpayer Name]
RFC: [RFC]
Domicilio Fiscal: [Fiscal Domicile]
Tipo de Actividad RESICO: [Activity Type]
II. PERÍODO DE DECLARACIÓN
Mes Declarado: [Declaration Month] [Declaration Year]
Fecha Límite de Presentación: [Filing Deadline] (día 17 del mes siguiente, conforme al Artículo 113-G de la LISR)
III. INGRESOS DEL PERÍODO
Ingresos Totales del Período: [Total Income]
— Ingresos por CFDIs Emitidos (pre-llenado SAT): [CFDI Income]
— Ingresos en Efectivo sin CFDI: [Cash Income]
Retenciones de ISR por Plataformas Tecnológicas (Art. 113-J LISR): [Platform Withholdings]
Nota: En el Régimen Simplificado de Confianza no se permiten deducciones. La base gravable es el total de ingresos del período conforme al Artículo 113-F de la LISR.
IV. DETERMINACIÓN DEL ISR MENSUAL
Tasa RESICO Aplicable (Art. 113-F LISR): [Applicable Rate]
ISR Determinado (Ingresos Totales × Tasa): [ISR Determined]
Menos: Retenciones Acreditables por Plataformas Tecnológicas: ([Platform Withholdings])
ISR a Pagar: [ISR Payable]
Línea de Captura SAT: [Linea de Captura]
V. FUNDAMENTO LEGAL
La presente declaración se formula conforme a los Artículos 113-E al 113-J de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y a las Reglas aplicables de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente. El contribuyente declara bajo protesta de decir verdad que los ingresos aquí reportados corresponden al período señalado y que la información es verídica y completa.
El pago deberá realizarse a través del portal del SAT (sat.gob.mx) o mediante el sistema bancario autorizado, utilizando la Línea de Captura generada antes de la fecha límite establecida. El incumplimiento genera recargos del 1.47% mensual y multas conforme a los Artículos 21, 82 y 85 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
VI. FIRMA DEL CONTRIBUYENTE
Nombre: [Taxpayer Name]
RFC: [RFC]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Número de Confirmación SAT: _________________________
Contributor / RESICO Taxpayer (Contribuyente RESICO)
________________
Signature
Qué es RESICO Monthly Simplified Tax Declaration Mexico (Declaración Mensual RESICO)
RESICO Monthly Simplified Tax Declaration Mexico (Declaración Mensual RESICO) en Mexico es un documento juridico. La Declaración Mensual RESICO en México es la obligación de presentación mensual de impuestos para personas físicas inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), creado mediante el Decreto que reformó diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021 y vigente a partir del 1 de enero de 2022. El RESICO para personas físicas se regula en los artículos 113-E a 113-J de la LISR y es administrado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El artículo 113-E de la LISR establece el régimen RESICO para personas físicas con ingresos anuales que no excedan $3,500,000 pesos mexicanos (MXN) provenientes de actividades empresariales, servicios profesionales o el uso o goce temporal de bienes. El RESICO sustituyó al antiguo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) para contribuyentes que transitaron conforme a las disposiciones transitorias de la reforma fiscal 2022, ofreciendo tasas de ISR sustancialmente reducidas en comparación con el régimen general del Título IV de la LISR aplicable a actividades empresariales y profesionales de personas físicas.
Conforme al artículo 113-F de la LISR, las personas físicas en el RESICO aplican tasas reducidas de ISR sobre su ingreso mensual total. La tabla de tasas del artículo 113-F oscila entre 1% para ingresos mensuales de hasta $25,000 MXN y un máximo de 2.5% para ingresos entre $166,667.01 y $208,333.33 MXN — significativamente inferiores a las tasas generales de hasta 35% del artículo 96 de la LISR. No se permiten deducciones contra los ingresos RESICO para el cálculo del pago mensual, lo que simplifica la determinación del impuesto y reduce la carga administrativa del contribuyente registrado ante el Servicio de Administración Tributaria.
La Declaración Mensual RESICO se presenta a través del portal del SAT (sat.gob.mx) mediante el RFC (Registro Federal de Contribuyentes) asignado conforme al artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y la e.firma (Firma Electrónica Avanzada) o Contraseña del contribuyente. El SAT pre-llena la declaración con datos de los CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) emitidos y recibidos a través del sistema de Facturación Electrónica del artículo 29 del CFF, que el contribuyente verifica y complementa antes de presentar. La fecha límite es el día 17 del mes siguiente al período declarado conforme al artículo 113-G de la LISR. El incumplimiento activa recargos automáticos del 1.47% mensual bajo el artículo 21 del CFF y multas conforme a los artículos 82 y 85 del CFF, además de posible cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) utilizado para emitir CFDI.
El sistema RESICO del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se integra directamente con el Buzón Tributario y la plataforma de Facturación Electrónica, permitiendo a la mayoría de los contribuyentes RESICO presentar su declaración mensual en menos de diez minutos. El RESICO también aplica a personas morales con ingresos anuales inferiores a $35,000,000 MXN bajo los artículos 206 a 217 de la LISR, pero la declaración mensual simplificada aquí descrita corresponde exclusivamente al régimen de personas físicas de los artículos 113-E a 113-J. La inscripción voluntaria al IMSS bajo el programa IMSS Desde Tu Empresa (IDSE) permite a los contribuyentes RESICO acceder a seguridad social manteniendo sus obligaciones fiscales simplificadas. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido tesis jurisprudenciales vinculantes sobre la interpretación de este tipo de instrumento. Los Tribunales Colegiados de Circuito del Poder Judicial de la Federación conocen en segunda instancia de las controversias. El Registro Público de la Propiedad y de Comercio inscribe actos jurídicos que afectan derechos reales sobre bienes inmuebles.
Cuándo necesitas RESICO Monthly Simplified Tax Declaration Mexico (Declaración Mensual RESICO)
La Declaración Mensual RESICO en México es obligatoria cada mes para toda persona física inscrita en el Régimen Simplificado de Confianza conforme a los artículos 113-E a 113-J de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). La obligación surge bajo el artículo 113-G de la LISR para todos los contribuyentes que percibieron ingresos durante el mes anterior por actividades empresariales, servicios profesionales o arrendamiento. Un mes sin ingresos igualmente requiere presentar declaración en ceros para evitar sanciones del Código Fiscal de la Federación (CFF).
La declaración es necesaria para personas físicas con actividad empresarial, profesionales independientes (médicos, abogados, ingenieros, contadores y demás prestadores de servicios) y pequeños arrendadores de inmuebles cuyos ingresos anuales totales no excedan $3,500,000 MXN. Quienes superen ese umbral deben notificar al SAT mediante actualización de RFC del artículo 27 del CFF y transitar al régimen general del Título IV de la LISR. La declaración también es necesaria cuando el contribuyente emite CFDI a través del sistema de Facturación Electrónica del SAT, ya que la plataforma pre-llena los datos de ingresos y el contribuyente debe verificar, corregir y complementar la información antes del día 17 del mes siguiente.
La declaración mensual es igualmente necesaria cuando el contribuyente recibe pagos en efectivo no respaldados por CFDI, ingresos de fuente extranjera, o tiene ingresos de múltiples actividades calificadas que no aparecen en la declaración pre-llenada del SAT. El Servicio de Administración Tributaria realiza cruces automatizados entre declaraciones RESICO mensuales, registros de CFDI en el repositorio nacional y la información financiera reportada por instituciones bancarias bajo el artículo 32-B del CFF — las discrepancias activan notificaciones electrónicas a través del Buzón Tributario que deben atenderse dentro de 15 días hábiles. Los contribuyentes que también perciben salarios bajo el artículo 94 de la LISR pueden mantenerse en RESICO para sus actividades independientes; los salarios se reportan por separado y no se incluyen en la Declaración Mensual RESICO.
La declaración mensual RESICO también es necesaria cuando el contribuyente recibe retenciones de ISR efectuadas por plataformas tecnológicas como Uber, Airbnb o Rappi conforme al artículo 113-J de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ya que dichas retenciones deben acreditarse en la declaración mensual para determinar el impuesto neto a cargo ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Forms-legal.com ofrece esta guía de referencia para contribuyentes del RESICO. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Tribunales Colegiados de Circuito han emitido tesis jurisprudenciales sobre la interpretación de este tipo de documento. El Registro Público de la Propiedad y de Comercio inscribe actos que afectan derechos reales. La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) supervisan aspectos complementarios. La Secretaría de Gobernación (SEGOB) coordina la política interior del Estado Mexicano. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) vigila el respeto a las garantías individuales.
Qué incluir en tu RESICO Monthly Simplified Tax Declaration Mexico (Declaración Mensual RESICO)
Una Declaración Mensual RESICO válida en México conforme a los artículos 113-E a 113-J de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) debe contener los siguientes elementos para ser completa y aceptada por el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en sat.gob.mx.
Identificación del Contribuyente: El RFC (Registro Federal de Contribuyentes) de la persona física asignado por el SAT conforme al artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF), compuesto por cuatro letras y seis dígitos de fecha de nacimiento más tres caracteres alfanuméricos de verificación (13 caracteres en total). El RFC debe estar en situación fiscal activa y registrado bajo el régimen RESICO — los contribuyentes pueden verificar esto mediante la Constancia de Situación Fiscal disponible en el portal del SAT.
Período de Declaración: El mes calendario y ejercicio fiscal reportado (por ejemplo, enero 2025, febrero 2025). La declaración mensual RESICO cubre los ingresos de un solo mes calendario. Cada mes requiere una declaración separada presentada antes del día 17 del mes siguiente conforme al artículo 113-G de la LISR.
Ingresos Mensuales Totales: El total de ingresos brutos percibidos durante el mes de todas las actividades RESICO calificadas: actividades empresariales, actividades profesionales (servicios profesionales independientes) y arrendamiento de inmuebles. Los ingresos se reportan en pesos mexicanos (MXN) sin deducciones. El SAT pre-llena este campo con datos de CFDI pero el contribuyente debe agregar ingresos no facturados incluyendo cobros en efectivo.
Cálculo del ISR: Aplicación de la tabla de tasas RESICO del artículo 113-F de la LISR al ingreso mensual total: 1.0% para ingresos hasta $25,000 MXN; 1.1% para $25,000.01 a $50,000 MXN; 1.5% para $50,000.01 a $83,333.33 MXN; 2.0% para $83,333.34 a $166,666.67 MXN; 2.5% para $166,666.68 a $208,333.33 MXN. No se aplican deducciones ni créditos contra la base mensual RESICO para determinar el pago provisional de ISR.
Retenciones y Créditos: Las retenciones de ISR efectuadas por el pagador de servicios se reportan para reducir el impuesto a cargo. El ISR retenido por operadores de plataformas tecnológicas (Uber, Airbnb, Rappi) conforme al artículo 113-J de la LISR también se acredita contra el pago RESICO, ya que dichos operadores están obligados a retener y enterar el ISR en nombre de sus prestadores de servicios inscritos en el régimen simplificado.
Forma de Pago: El impuesto a cargo se paga a través del sistema de Línea de Captura del SAT, generando un código de referencia presentable ante cualquier institución financiera autorizada o pagable directamente en el portal del SAT mediante banca electrónica antes de la fecha límite para evitar recargos bajo el artículo 21 del CFF y la cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) utilizado para emitir CFDI.
Relación con Declaración Anual: Los pagos mensuales RESICO son provisionales y se acreditan contra el impuesto anual definitivo conforme al artículo 113-H de la LISR, presentado en abril del ejercicio siguiente. El contador público certificado (CPC) registrado ante el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) puede asesorar sobre clasificación de actividades, cálculo de retenciones y optimización de la carga fiscal dentro del RESICO. Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Declaración Mensual RESICO México como guía de referencia para contribuyentes del régimen simplificado de confianza.
Documentación de Respaldo: Conservar los CFDI emitidos y recibidos durante el período declarado, los comprobantes de pago de retenciones efectuadas por terceros, y el acuse de recibo de la declaración presentada ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por un mínimo de cinco años conforme al artículo 30 del Código Fiscal de la Federación (CFF), como respaldo ante revisiones electrónicas del SAT bajo el artículo 42 fracción IX del CFF. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) registra marcas y patentes vinculadas a cláusulas contractuales. La Secretaría de Economía emite Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables. El Artículo 1824 del Código Civil Federal establece los requisitos de validez de las obligaciones civiles. La Procuraduría General de la República (FGR) investiga delitos federales vinculados a documentos falsificados. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) resuelve controversias entre particulares y autoridades fiscales.
Citar esta página
Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:
Forms Legal. (2026). RESICO Monthly Simplified Tax Declaration Mexico (Declaración Mensual RESICO) (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/government/tax-forms/declaracion-mensual-resico-mexico
"RESICO Monthly Simplified Tax Declaration Mexico (Declaración Mensual RESICO) (México)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/mexico/government/tax-forms/declaracion-mensual-resico-mexico.
@misc{formslegal-declaracion-mensual-resico-mexico,
author = {{Forms Legal}},
title = {RESICO Monthly Simplified Tax Declaration Mexico (Declaración Mensual RESICO) (México)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/mexico/government/tax-forms/declaracion-mensual-resico-mexico}},
note = {Free legal document template}
}Preguntas Frecuentes
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas conforme a los artículos 113-E a 113-J de la LISR está disponible para las personas físicas con ingreso anual por actividades empresariales, servicios profesionales o arrendamiento de inmuebles que no exceda 3,500,000 pesos en el ejercicio fiscal anterior. Las condiciones de elegibilidad adicionales conforme al artículo 113-E incluyen: la persona debe ser residente fiscal en México conforme al artículo 9 del CFF; no debe ser socio ni accionista de ninguna persona moral mexicana; no debe ser funcionario principal (administrador único o consejero) de una empresa; no debe percibir ingresos por salarios superiores a 75,000 pesos anuales mientras también realiza actividades de RESICO superiores a 300,000 pesos; y no debe realizar actividades que estén sujetas exclusivamente a un régimen distinto del SAT. Las personas que antes operaban bajo el anterior Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) fueron migradas automáticamente al RESICO conforme a las disposiciones transitorias de la reforma fiscal de 2022, conservando su inscripción de RFC existente. Los nuevos contribuyentes se inscriben en el RESICO al momento de su inscripción inicial en el RFC.
La fecha límite de la declaración mensual del RESICO es el día 17 del mes calendario inmediato siguiente al mes del ingreso conforme al artículo 113-G de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Por ejemplo, el ingreso de enero de 2025 debe declararse y cualquier impuesto a cargo debe pagarse a más tardar el 17 de febrero de 2025. Si el día 17 cae en sábado, domingo o día inhábil federal oficial conforme al Código Fiscal de la Federación (CFF), el plazo se recorre automáticamente al siguiente día hábil conforme al artículo 12 del CFF. El SAT publica anualmente un calendario del contribuyente en su sitio sat.gob.mx que enumera todas las fechas límite de declaración del año. La presentación extemporánea genera recargos mensuales automáticos del 1.47% mensual sobre el saldo no pagado más una actualización conforme al artículo 21 del CFF, así como multas conforme al artículo 82 del CFF que van de 1,400 a 34,730 pesos por no presentar a tiempo, según se actualiza en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) publicada anualmente en el DOF.
Sí. Las personas físicas del RESICO conforme al artículo 113-H de la LISR deben presentar una declaración anual de ISR por cada ejercicio fiscal, con vencimiento el 30 de abril del año siguiente. La declaración anual consolida todos los ingresos mensuales y los pagos del RESICO efectuados durante el año. Si la suma de los pagos provisionales mensuales del RESICO es igual al impuesto anual del RESICO calculado sobre el ingreso anual total usando la misma tabla de tasas, no se requiere pago adicional. Si los pagos mensuales superan el impuesto anual calculado, el contribuyente puede solicitar una devolución al SAT conforme al artículo 22 del CFF. A la inversa, si el ingreso anual se reportó de menos en las declaraciones mensuales, la diferencia debe pagarse con la declaración anual. La declaración anual del RESICO se presenta a través del portal del SAT usando la herramienta de Declaración Anual de Personas Físicas, prellenada con los datos de los CFDI y de las retenciones del ejercicio fiscal. Las personas físicas del RESICO que también perciben salarios deben combinar su ingreso por salarios (conforme al artículo 94 de la LISR) con su ingreso del RESICO en la declaración anual, acreditando el ISR por salarios retenido por el patrón contra el impuesto anual.
La facturación de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) es fundamental para el proceso de la declaración mensual del RESICO. Conforme al artículo 29 del CFF, los contribuyentes del RESICO que prestan servicios o venden bienes a otras empresas o personas que solicitan una factura fiscal deben emitir CFDI a través del sistema de Facturación Electrónica del SAT usando su Certificado de Sello Digital (CSD). El portal de declaración del RESICO del SAT recupera automáticamente todos los CFDI emitidos por el contribuyente y prellena el campo de ingreso mensual con el valor total de esos CFDI. Los contribuyentes deben revisar los datos prellenados, agregar cualquier ingreso en efectivo no cubierto por CFDI y verificar que todos los CFDI reflejen el ingreso correcto del periodo. Los CFDI recibidos de proveedores o prestadores de servicios también son rastreados por el SAT, pero no reducen el ingreso gravable del RESICO: no se permiten deducciones en el régimen mensual del RESICO. Cuando los clientes de los contribuyentes del RESICO retienen ISR al 1.25% sobre los pagos de servicios profesionales conforme a la RMF, esas retenciones se reportan como créditos en la declaración mensual. El Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal proporciona las especificaciones detalladas de CFDI aplicables a los contribuyentes del RESICO.
Si el ingreso acumulado de una persona física contribuyente del RESICO durante el ejercicio fiscal excede 3,500,000 pesos, el contribuyente debe abandonar el régimen RESICO conforme al artículo 113-E de la LISR. El contribuyente debe notificar al SAT mediante el procedimiento de modificación del RFC (actualización de actividades) usando el formulario electrónico disponible en el portal del SAT conforme al artículo 27 del CFF y, a partir de ese momento, debe declarar bajo el régimen general de personas físicas (Título IV, Capítulo II, de la LISR) para las actividades empresariales o el Capítulo II, Sección I, para los servicios profesionales. Por el resto del año aplican los pagos provisionales mensuales de ISR conforme a los artículos 106 y 116 de la LISR, con el sistema completo de deducciones y los mecanismos de acreditamiento de impuestos. Los sistemas automatizados del SAT vigilan en tiempo real el ingreso acumulado por CFDI y pueden enviar notificaciones electrónicas a través del Buzón Tributario cuando el umbral se aproxima o se excede, exigiendo al contribuyente actualizar su registro en el RFC. Los contribuyentes que exceden el límite y no notifican voluntariamente al SAT enfrentan la reclasificación, impuestos omitidos, recargos y multas conforme a los artículos 76 y 82 del CFF.
No. El Régimen Simplificado de Confianza conforme a los artículos 113-E a 113-J de la LISR no permite la deducción de gastos ni costos del ingreso mensual para efectos del cálculo del pago provisional mensual de ISR. La tasa del RESICO se aplica directamente al ingreso bruto sin deducción alguna: este es el compromiso fundamental del régimen simplificado, tasas de impuesto más bajas a cambio de la ausencia de un mecanismo de deducción. Este diseño beneficia a los contribuyentes con actividades de alto margen o costos reales bajos (consultores, pequeños profesionales, vendedores en línea) que pagan sustancialmente menos impuesto bajo el RESICO de lo que pagarían bajo el régimen general aun con deducciones completas. Los contribuyentes con costos de negocio altos respecto del ingreso —como los fabricantes, los comerciantes con costos de insumos significativos o los prestadores de servicios con grandes nóminas— pueden encontrar más conveniente el régimen general del impuesto sobre la renta a pesar de sus tasas más altas, por la posibilidad de deducir todos los gastos autorizados respaldados con CFDI. Los contribuyentes del RESICO deben calcular su carga fiscal efectiva bajo ambos regímenes cada año para verificar que el RESICO siga siendo óptimo para la estructura específica de su actividad.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
¿Encontró un error? AvísenosDocumentos Relacionados
También puede encontrar útiles estos documentos:
Inscripción al RFC Persona Física México
Formato de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para personas físicas en México, conforme a los artículos 27 al 30 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y el Reglamento del CFF. Para uso de personas físicas que se inscriben por primera vez ante el SAT y requieren la clave del RFC para cumplir obligaciones fiscales, laborales, bancarias y de gobierno.
Recibo de Honorarios Profesionales México
Recibo de Honorarios Profesionales para México — conforme a los artículos 100 a 113 de la LISR, documenta los honorarios pagados a profesionistas independientes con retención de ISR y cumplimiento de CFDI ante el SAT.
Declaración de Ingresos Persona Física México
Declaración de Ingresos para Persona Física en México — conforme a los Artículos 150 a 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), documentando ingresos anuales, deducciones personales y determinación del ISR en la declaración anual.