Skip to main content

Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México (NOM-030-STPS-2009)

Occupational Safety and Health Program Mexico (Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo)

PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Conforme a la Ley Federal del Trabajo Arts. 509–514 y NOM-030-STPS-2009

I. IDENTIFICACIÓN DEL CENTRO DE TRABAJO

Razón Social: [Employer Name]

RFC: [Employer RFC]

Registro Patronal IMSS: [IMSS Registration]

Domicilio del Centro de Trabajo: [Workplace Address]

Número Total de Trabajadores: [Total Workers]

Clase de Riesgo IMSS: [IMSS Risk Class]

Coordinador de Seguridad y Salud: [Safety Coordinator]

Período del Programa: [Program Year]

II. COMISIÓN MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE

La Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, constituida y registrada conforme a los Artículos 509 a 514 de la Ley Federal del Trabajo y NOM-019-STPS-2011, es el órgano colegiado responsable de supervisar la implementación del presente Programa.

Número de Registro STPS: [Commission Registration]

Presidente (Representante del Patrón): [Commission President]

Secretario (Representante de los Trabajadores): [Commission Secretary]

Calendario de Reuniones: [Meeting Schedule]

La Comisión realizará recorridos de verificación (inspecciones de seguridad) trimestrales, investigará todos los accidentes de trabajo, y revisará el cumplimiento del presente Programa en cada sesión ordinaria, documentando los resultados en las Actas de Reunión correspondientes.

III. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS

De conformidad con NOM-030-STPS-2009, se identificaron los siguientes peligros en el centro de trabajo:

Peligros Identificados por Categoría: [Principal Hazards]

NOMs Aplicables y Estado de Cumplimiento: [Applicable NOMs]

La evaluación de riesgos se realiza mediante una matriz de riesgos (probabilidad × severidad × número de trabajadores expuestos). Los riesgos de prioridad alta requieren medidas correctivas inmediatas; los de prioridad media, en un plazo máximo de 30 días; los de prioridad baja, en el programa anual de mejora. La Comisión Mixta revisa y actualiza la evaluación de riesgos cada seis meses o después de cualquier accidente significativo.

IV. PROGRAMA DE MEDIDAS PREVENTIVAS

4.1 Equipo de Protección Personal (EPP)

EPP Requerido: [EPP Requirements]

El patrón proporcionará el EPP sin costo para los trabajadores conforme al Artículo 132, Fracción XVI LFT. Los trabajadores están obligados a utilizarlo correctamente conforme al Artículo 134, Fracción II LFT y a los estándares de NOM-017-STPS-2008.

4.2 Plan de Acción para Emergencias

[Emergency Plan]

El Plan de Emergencias se revisa anualmente y se practica mediante simulacros. El plan se publica en lugares visibles del centro de trabajo. Las brigadas de emergencia reciben capacitación específica conforme a NOM-002-STPS-2010.

V. CALENDARIO ANUAL DE CAPACITACIÓN

[Training Calendar]

Las constancias de capacitación (evidencia de participación) se mantienen en el expediente del trabajador conforme a los Artículos 153-A a 153-X LFT y el Artículo 804 LFT, disponibles para verificación por la Inspección del Trabajo de la STPS. La inducción de seguridad es obligatoria para todo trabajador de nuevo ingreso antes del inicio de labores.

VI. PROCEDIMIENTO DE REPORTE DE ACCIDENTES

[Accident Reporting Procedure]

Todo accidente que origine incapacidad temporal, incapacidad permanente o muerte será reportado a la STPS conforme a NOM-021-STPS-1994 y a la Inspección del Trabajo cuando corresponda. Las estadísticas de accidentes se mantienen actualizadas mensualmente y se informan al IMSS mediante la Declaración Anual de Prima de Riesgos de Trabajo, presentada a más tardar el 28 de febrero de cada año conforme al Artículo 74 LSS.

VII. INDICADORES DE DESEMPEÑO Y REVISIÓN ANUAL

Metas de Desempeño en Seguridad para [Program Year]: [Safety Targets]

Los indicadores de desempeño — tasa de frecuencia de accidentes, tasa de gravedad y porcentaje de cumplimiento de NOMs — son revisados por la Comisión Mixta en cada sesión ordinaria. La revisión anual del Programa se realiza en el primer trimestre del ejercicio siguiente, con el fin de actualizar la evaluación de riesgos, ajustar el calendario de capacitación y registrar las medidas correctivas implementadas.

APROBACIÓN DEL PROGRAMA

El presente Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo para el ejercicio [Program Year] fue revisado y aprobado por la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene en su sesión del [Approval Date].

POR EL PATRÓN — Representante Empleador:

[Commission President]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

POR LOS TRABAJADORES — Representante Sindical / Laboral:

[Commission Secretary]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Coordinador de Seguridad y Salud: [Safety Coordinator]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Employer Representative / Commission President (Representante del Patrón / Presidente de la Comisión)

________________

Signature

Worker Representative / Commission Secretary (Representante de los Trabajadores / Secretario)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México (NOM-030-STPS-2009)

El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México es el documento maestro de planeación mediante el cual un patrón en México establece, implementa y monitorea su sistema de gestión anual de seguridad y salud en el trabajo, que cubre la identificación de peligros, la evaluación de riesgos, las medidas preventivas y correctivas, la capacitación de los trabajadores, la respuesta a emergencias, la investigación de accidentes y el monitoreo del cumplimiento en todas las operaciones sujetas al derecho laboral mexicano.

El fundamento legal del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo descansa en el Capítulo I del Título IX de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en concreto los artículos 509 a 514, que ordenan que todo patrón constituya y mantenga una Comisión Mixta de Seguridad e Higiene y cumpla todas las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables sobre seguridad y salud en el trabajo emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) conforme a su facultad del artículo 512 de la LFT.

La NOM-030-STPS-2009, titulada «Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo. Organización y Funciones», publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2009, es la principal norma regulatoria que rige los programas de seguridad en el trabajo en México. La NOM-030 aplica a todos los patrones en México y establece que las organizaciones deben mantener un servicio organizado de seguridad y salud en el trabajo (servicios preventivos de seguridad y salud) que: (a) identifique y evalúe los peligros y los riesgos del centro de trabajo; (b) desarrolle e implemente medidas preventivas; (c) promueva la cultura de seguridad y salud entre los trabajadores; (d) investigue los accidentes y las enfermedades de trabajo; y (e) mantenga la documentación requerida para la inspección de la STPS.

El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a la NOM-030-STPS-2009 integra y coordina todas las demás NOM aplicables emitidas por la STPS en el marco de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN). México cuenta actualmente con más de 80 NOM sobre seguridad y salud en el trabajo, agrupadas en categorías: seguridad en la construcción (NOM-031-STPS-2011), electricidad (NOM-029-STPS-2011), maquinaria y equipo (NOM-004-STPS-1999), ruido (NOM-011-STPS-2001), estrés térmico (NOM-015-STPS-2001), agentes químicos (NOM-005-STPS-1998), prevención de incendios (NOM-002-STPS-2010) y riesgos psicosociales (NOM-035-STPS-2018). El programa anual de seguridad consolida las obligaciones de cumplimiento del patrón conforme a todas las NOM sectoriales aplicables.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene un papel paralelo en la seguridad en el trabajo a través de las disposiciones de riesgos de trabajo de su Ley del Seguro Social (LSS), artículos 41 a 78: el IMSS clasifica a los patrones en clases de riesgo según su actividad (clases de riesgo I a V conforme al artículo 73 de la LSS) que determinan la tasa de la prima del IMSS del patrón. Los patrones con programas de seguridad en el trabajo sólidos pueden calificar para la reducción de la prima de riesgos de trabajo conforme al decreto de reducción de prima del IMSS, mientras que los patrones con altas tasas de accidentes o de enfermedades de trabajo pueden enfrentar incrementos de la prima a través del mecanismo del Sistema de Administración de la Seguridad en el Trabajo.

El artículo 509 de la LFT establece que la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene debe desarrollar un programa de trabajo anual y verificar su implementación; el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo es el documento que satisface esta obligación legal y constituye el registro principal que se revisa durante las inspecciones de la STPS de las actividades de la Comisión.

Cuándo necesitas Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México (NOM-030-STPS-2009)

El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México se requiere para todo patrón que opera en México, ya que las obligaciones de la NOM-030-STPS-2009 y de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene conforme a los artículos 509 a 514 de la LFT aplican a todos los patrones sin importar su tamaño, sector o industria.

El programa se necesita con urgencia cuando el patrón ha recibido un acta de inspección de la STPS que identifica deficiencias en la documentación de la gestión de la seguridad. El Programa de Corrección de la STPS emitido tras una inspección adversa exige al patrón presentar un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo completo como la principal acción correctiva, por lo general dentro de los 30 a 90 días siguientes al hallazgo de la inspección.

Un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México es esencial cuando el patrón está constituyendo o renovando su Comisión Mixta de Seguridad e Higiene conforme a los artículos 509 a 514 de la LFT. El primer acto formal de la Comisión suele ser revisar y aprobar el programa anual de seguridad; sin un programa documentado, la Comisión carece de un mandato sustantivo y sus Actas de Reunión no satisfarán los criterios de inspección de la STPS.

El programa se necesita cuando el patrón está sujeto a varias NOM sectoriales (por ejemplo, las empresas constructoras deben cumplir la NOM-031-STPS-2011, las empresas químicas la NOM-005-STPS-1998 y los patrones del sector energético la NOM-029-STPS-2011) y requiere un documento consolidador que integre todos los planes de prevención específicos de cada NOM, los calendarios de inspección, los calendarios de capacitación y los procedimientos de respuesta a emergencias en un solo marco de gestión.

Un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo se requiere cuando la empresa busca la certificación ISO 45001:2018 (Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo); la norma ISO está alineada en gran medida con los requisitos de la NOM-030-STPS-2009, y un programa anual de seguridad documentado es el artefacto base que revisan los auditores de certificación. Muchos grandes patrones mexicanos y multinacionales exigen a sus proveedores presentar un programa de seguridad en el trabajo como parte del proceso de calificación de proveedores.

El programa es esencial tras un accidente de trabajo o un incidente de enfermedad de trabajo; los requisitos de investigación de accidentes de la STPS conforme a la NOM-021-STPS-1994 y las obligaciones de reporte de riesgos de trabajo del IMSS conforme al artículo 51 de la LSS exigen al patrón implementar medidas correctivas, que deben documentarse dentro de la actualización del programa anual de seguridad. No actualizar el programa tras un accidente grave es en sí mismo un hallazgo de inspección de la STPS.

Qué incluir en tu Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México (NOM-030-STPS-2009)

Un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México completo conforme a la NOM-030-STPS-2009 y a los artículos 509 a 514 de la LFT debe contener los siguientes elementos para satisfacer los requisitos de inspección de la STPS y el mandato funcional de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.

Información organizacional y ámbito: la razón social del patrón, el RFC (Registro Federal de Contribuyentes), la clase de riesgo ante el IMSS (clase de riesgo I a V conforme al artículo 73 de la LSS), el número de registro patronal ante la STPS, el domicilio o los domicilios del centro de trabajo, el número total de trabajadores por categoría y turno, una descripción de las actividades y los procesos principales y el periodo cubierto por el programa (año calendario). La sección debe identificar a la persona responsable de la seguridad (Coordinador de Seguridad y Salud) y al representante legal que aprueba el programa.

Integración de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene: el nombre, el RFC y el cargo de cada integrante de la Comisión (representantes del patrón y de los trabajadores en igual número), el número de registro de la Comisión ante la STPS, el calendario de reuniones del año y las funciones específicas de la Comisión dentro del programa de seguridad: los recorridos de verificación, la investigación de accidentes, el seguimiento de las acciones correctivas y la revisión anual del programa. La NOM-019-STPS-2011 rige la constitución, la organización y las funciones de la Comisión con detalle.

Identificación de peligros y evaluación de riesgos: un inventario sistemático de los peligros presentes en cada área de trabajo: peligros físicos (ruido, estrés térmico, radiación, vibración), peligros químicos (solventes, polvos, sustancias tóxicas), peligros biológicos, peligros mecánicos (maquinaria, manejo manual, caídas), peligros eléctricos, factores de riesgo ergonómico y factores de riesgo psicosocial identificados conforme a la NOM-035-STPS-2018. Cada peligro debe evaluarse por su probabilidad de ocurrencia, la gravedad del daño potencial, el número de trabajadores expuestos y los controles existentes, lo que produce una matriz de riesgos que orienta el calendario de medidas preventivas.

Calendario de cumplimiento de las NOM aplicables: una tabla que identifique todas las Normas Oficiales Mexicanas aplicables a las actividades del patrón, el estatus de cumplimiento de cada NOM y las acciones y las fechas requeridas para lograr o mantener el cumplimiento. La STPS mantiene un registro en línea de las NOM aplicables por sector; el programa de seguridad debe reflejar la versión vigente de cada NOM aplicable y cualquier revisión o actualización pendiente del catálogo de NOM.

Plan de medidas preventivas: los controles de ingeniería, los controles administrativos y los requisitos de equipo de protección personal (EPP) específicos para cada peligro identificado, con la persona responsable, la fecha de implementación y el presupuesto asignado. El artículo 132, fracción XVI, de la LFT exige a los patrones proporcionar el EPP sin costo para los trabajadores; el artículo 134, fracción II, de la LFT exige a los trabajadores usar el EPP de manera correcta. Los estándares de EPP deben cumplir las NOM aplicables (la NOM-017-STPS-2008 para la selección y el uso del EPP).

Plan de acción de emergencia: un plan documentado para los escenarios de emergencia aplicables al centro de trabajo (incendio, explosión, derrame químico, sismo, emergencia médica) que especifique las rutas de evacuación, los puntos de reunión, la ubicación del equipo de emergencia, los integrantes designados de las brigadas de emergencia (conforme a la NOM-002-STPS-2010) y los números de contacto de emergencia, incluidos el IMSS, los Bomberos, Protección Civil y la línea de emergencia de la STPS. El plan debe publicarse físicamente en el centro de trabajo y revisarse con los trabajadores en simulacros anuales.

Calendario de capacitación y formación: un calendario de capacitación anual para todos los trabajadores y supervisores que cubra: la inducción de seguridad para los nuevos trabajadores, la capacitación específica de cada NOM (espacios confinados, sustancias peligrosas, seguridad eléctrica, etc.), los primeros auxilios (NOM-005-STPS-1998), el uso de extintores, la sensibilización sobre el riesgo psicosocial conforme a la NOM-035-STPS-2018 y la capacitación de los integrantes de la Comisión Mixta. Los registros de capacitación (constancias de capacitación) deben mantenerse conforme a los artículos 153-A a 153-X de la LFT y al artículo 804 de la LFT.

Procedimiento de reporte de accidentes y cuasiaccidentes: un procedimiento paso a paso para reportar los accidentes de trabajo al IMSS dentro de las 24 horas conforme al artículo 51 de la LSS, a la STPS conforme a la NOM-021-STPS-1994 para los accidentes graves y de manera interna a través de la Comisión Mixta. El procedimiento debe especificar quién recibe el reporte interno, quién completa el formato ST-7 del IMSS (aviso de accidente de trabajo), quién realiza la investigación de causa raíz y cómo se da seguimiento a las acciones correctivas hasta su cierre.

Métricas de desempeño y revisión anual: los indicadores clave de desempeño de la seguridad en el trabajo (la tasa de frecuencia de accidentes, la tasa de gravedad, la frecuencia de cuasiaccidentes, los días perdidos por lesión de trabajo y el porcentaje de cumplimiento de las NOM) con datos de referencia y metas de mejora anuales. Forms-legal.com proporciona esta plantilla de programa como un marco de cumplimiento; el programa debe adaptarse a la industria, los procesos y las NOM aplicables específicos del patrón por un Técnico en Seguridad e Higiene competente registrado ante la STPS o un Médico del Trabajo certificado.

Citar esta página

Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:

APA

Forms Legal. (2026). Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México (NOM-030-STPS-2009) (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/employment/health-safety/programa-seguridad-salud-trabajo-mexico

MLA

"Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México (NOM-030-STPS-2009) (México)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/mexico/employment/health-safety/programa-seguridad-salud-trabajo-mexico.

BibTeX
@misc{formslegal-programa-seguridad-salud-trabajo-mexico,
  author       = {{Forms Legal}},
  title        = {Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo en México (NOM-030-STPS-2009) (México)},
  year         = {2026},
  howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/mexico/employment/health-safety/programa-seguridad-salud-trabajo-mexico}},
  note         = {Free legal document template}
}

Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

¿Encontró un error? Avísenos

Documentos Relacionados

También puede encontrar útiles estos documentos:

Protocolo NOM-035 de Riesgo Psicosocial en México (NOM-035-STPS-2018)

Un Protocolo NOM-035 de Riesgo Psicosocial para México — que implementa los requisitos obligatorios de identificación, análisis y prevención de factores de riesgo psicosocial de la NOM-035-STPS-2018 (Norma Oficial Mexicana), incluyendo herramientas de evaluación, programas de acción y documentación para la STPS en todos los centros de trabajo con más de 15 trabajadores.

Acta de Integración de Comisión Mixta de Seguridad e Higiene México (LFT arts. 509–514)

Acta de Integración de Comisión Mixta de Seguridad e Higiene para México — conforme a los Artículos 509–514 de la Ley Federal del Trabajo y la NOM-019-STPS-2011. Establece la comisión bipartita obligatoria con designación de miembros, funciones, recorridos mensuales y registro ante la STPS mediante SIRCE.

Reporte de Accidente de Trabajo México (LFT art. 504 / LSS art. 58)

Reporte de Accidente de Trabajo para México — conforme a la Ley Federal del Trabajo art. 504 y la Ley del Seguro Social art. 58. Incluye notificación al IMSS (formulario ST-7), análisis de causa raíz y plan de acciones correctivas exigidos por NOM-021-STPS-1994 e inspección de la STPS.

Aviso de Enfermedad Profesional México

Aviso de Enfermedad Profesional para México — documenta la identificación y notificación al IMSS de enfermedades de trabajo conforme a la Ley del Seguro Social arts. 41–48, la Tabla de Enfermedades de Trabajo y el artículo 475 de la Ley Federal del Trabajo, con investigación de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene y acciones correctivas.

Contrato de Trabajo por Tiempo Indeterminado México

Contrato de Trabajo por Tiempo Indeterminado para México — regido por el artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que establece una relación laboral permanente con registro completo ante el IMSS, aportaciones al INFONAVIT y prestaciones obligatorias que incluyen aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y PTU.