Aviso de Enfermedad Profesional México
AVISO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL (OCUPACIONAL)
Conforme a la Ley del Seguro Social arts. 41–48 y la Ley Federal del Trabajo art. 475
I. DATOS DEL PATRÓN Y CENTRO DE TRABAJO
Razón Social: [Employer Name]
RFC: [Employer RFC] | Registro Patronal IMSS: [Registro Patronal]
Registro STPS: [STPS Registration] | Clase de Riesgo IMSS: [IMSS Risk Class]
Domicilio del Centro de Trabajo: [Workplace Address]
Área / Departamento de Exposición: [Exposure Area]
II. DATOS DEL TRABAJADOR AFECTADO
Nombre: [Worker Name]
CURP: [Worker CURP] | RFC: [Worker RFC] | NSS (IMSS): [Worker NSS]
Puesto: [Worker Job Title] | Antigüedad: [Worker Seniority]
Salario Diario Integrado (SDI): [Worker SDI]
III. IDENTIFICACIÓN DE LA ENFERMEDAD DE TRABAJO
Enfermedad / Padecimiento: [Disease Name]
Código CIE-10: [ICD-10 Code]
Fecha de Inicio de Síntomas: [Symptom Onset Date]
Fecha del Diagnóstico Médico: [Diagnosis Date]
Médico Diagnosticador: [Diagnosing Physician]
Origen del Diagnóstico: [Diagnosis Source]
IV. HISTORIAL DE EXPOSICIÓN OCUPACIONAL
Agente Causal Identificado: [Exposure Agent]
Duración de la Exposición: [Exposure Duration]
Equipo de Protección Personal Utilizado: [PPE Used]
V. REPORTE IMSS Y ACCIONES CORRECTIVAS
Fecha de Presentación del ST-9 ante el IMSS (portal IDSE): [IMSS ST-9 Filing Date]
Número de Folio IMSS ST-9: [IMSS ST-9 Folio]
Acciones Correctivas y Preventivas Implementadas por la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene (arts. 509–514 LFT / NOM-019-STPS-2011):
[Corrective Actions]
VI. FUNDAMENTO LEGAL
El presente Aviso se formula en cumplimiento de: (a) Ley del Seguro Social artículos 41–48 (riesgos de trabajo y enfermedades de trabajo); (b) Ley Federal del Trabajo artículo 475 (definición de enfermedad de trabajo) y artículo 504 (obligaciones del patrón); (c) NOM-021-STPS-1994 (registro de accidentes y enfermedades de trabajo); y (d) NOM-030-STPS-2009 (programas de seguridad y salud en el trabajo).
FIRMAS
Fecha del Presente Aviso: [Notification Date]
EL PATRÓN / REPRESENTANTE:
[Employer Name]
Firma: _________________________ Cargo: _________________________
COMISIÓN MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE — SECRETARIO/A:
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
EL/LA TRABAJADOR/A AFECTADO/A:
[Worker Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Employer / HR Representative (Patrón / Recursos Humanos)
________________
Signature
Affected Worker (Trabajador/a Afectado/a)
________________
Signature
Qué es Aviso de Enfermedad Profesional México
El Aviso de Enfermedad Profesional en México es un documento legal documenta la identificación y notificación al IMSS de enfermedades de trabajo conforme a la Ley del Seguro Social arts. 41–48, la Tabla de Enfermedades de Trabajo y el artículo 475 de la Ley Federal del Trabajo, con investigación de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene y acciones correctivas.
El artículo 475 de la Ley Federal del Trabajo define la enfermedad de trabajo como todo estado patológico derivado de la acción continua de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el ambiente en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. La Ley del Seguro Social artículos 41 a 48 gobiernan los riesgos de trabajo, de los cuales las enfermedades de trabajo son una categoría (junto con los accidentes de trabajo). El artículo 41 LSS define el riesgo de trabajo como los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.
El artículo 43 LSS establece que las enfermedades de trabajo son las consignadas en la Tabla de Enfermedades de Trabajo — un anexo reglamentario a la LSS que actualmente lista 161 enfermedades ocupacionales agrupadas por agente causal — e incluye: neumoconiosis (silicosis, asbestosis, neumoconiosis del trabajador minero del carbón), hipoacusia profesional por ruido, dermatitis por contacto, lesiones por esfuerzo repetitivo, intoxicaciones por agentes químicos (plomo, mercurio, solventes orgánicos) y — con reconocimiento creciente del IMSS y los Tribunales Laborales — trastornos psicológicos (ansiedad, depresión, burnout) causados por factores de riesgo psicosocial identificados medibles conforme a la NOM-035-STPS-2018.
A diferencia de los accidentes de trabajo (que ocurren súbitamente y requieren notificación al IMSS dentro de las 24 horas bajo el artículo 51 LSS), las enfermedades de trabajo se desarrollan gradualmente durante meses o años de exposición laboral. El procedimiento de notificación al IMSS utiliza el formulario IMSS ST-9 (Aviso para Calificar Probable Enfermedad de Trabajo), presentado por el patrón dentro de las 24 horas de tener conocimiento del diagnóstico. El IMSS realiza entonces la calificación del riesgo para determinar si la enfermedad es de origen ocupacional, revisando el historial laboral, registros de exposición y documentación médica del trabajador.
La Comisión Mixta de Seguridad e Higiene (artículos 509–514 LFT) debe también investigar los casos de enfermedad de trabajo para identificar fuentes de exposición laboral y recomendar medidas preventivas. La NOM-021-STPS-1994 exige que los casos de enfermedad de trabajo se incluyan en las estadísticas de accidentes y enfermedades del patrón que se mantienen para efectos de la inspección de la STPS. Este instrumento jurídico se rige por las disposiciones del Código Civil Federal y las leyes estatales aplicables según la jurisdicción donde se celebre. Las partes que intervienen en el documento deben contar con capacidad legal plena para obligarse y manifestar su consentimiento de forma libre y voluntaria. La firma del documento ante fedatario público otorga certeza jurídica a las obligaciones pactadas y permite su inscripción en los registros correspondientes. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.
Cuándo necesitas Aviso de Enfermedad Profesional México
El Aviso de Enfermedad Profesional México debe completarse cada vez que el patrón tenga motivos para creer que un trabajador ha contraído o está desarrollando una enfermedad de origen ocupacional — ya sea que el trabajador reporte síntomas, un médico particular emita un certificado médico atribuyendo la condición a la exposición laboral, los servicios médicos del IMSS realicen un diagnóstico preliminar, o el servicio de salud ocupacional de la empresa (servicio médico de empresa) identifique un patrón de enfermedad entre trabajadores de un área específica.
La notificación es urgentemente necesaria cuando un trabajador presenta un certificado médico o un documento de incapacidad temporal del IMSS que atribuye su condición a un riesgo laboral — el patrón debe presentar el formulario IMSS ST-9 dentro de las 24 horas de recibir esta documentación, independientemente de si el patrón coincide con la clasificación de origen ocupacional.
El Aviso de Enfermedad Profesional México se requiere cuando la evaluación de riesgos psicosociales de la NOM-035-STPS-2018 revela niveles altos o muy altos de riesgo psicosocial en un área de trabajo, y los trabajadores de esa área presentan posteriormente trastornos de ansiedad, depresión severa o trastornos de adaptación diagnosticados por el IMSS o médicos particulares. La jurisprudencia creciente de los Tribunales Laborales mexicanos reconoce cada vez más estas condiciones como enfermedades de trabajo cuando existe un vínculo causal claro con factores de riesgo laboral documentados.
El documento de notificación se requiere cuando un programa de vigilancia epidemiológica ocupacional identifica un grupo de condiciones de salud similares entre trabajadores con exposiciones laborales comunes — por ejemplo, pérdida auditiva entre trabajadores en áreas de alto ruido (sujetos a la NOM-011-STPS-2001), trastornos musculoesqueléticos entre trabajadores que realizan tareas manuales repetitivas, o condiciones respiratorias entre trabajadores expuestos a polvos o agentes químicos. La identificación del grupo requiere notificación e investigación inmediata.
Para patrones sujetos a exámenes médicos ocupacionales periódicos conforme a NOMs específicas del sector — por ejemplo, audiometrías anuales bajo la NOM-011-STPS-2001 para trabajadores expuestos a ruido — cualquier resultado que muestre un desplazamiento significativo del umbral o progresión de la enfermedad debe activar la elaboración del Aviso de Enfermedad Profesional y la presentación del formulario IMSS ST-9.
Qué incluir en tu Aviso de Enfermedad Profesional México
El Aviso de Enfermedad Profesional México completo debe contener los siguientes elementos para satisfacer las obligaciones de reporte de los artículos 41–48 de la LSS, las obligaciones patronales del artículo 504 de la LFT, los requisitos estadísticos de la NOM-021-STPS-1994 y los estándares de documentación para inspecciones de la STPS e IMSS.
Identificación del Patrón y Centro de Trabajo: Nombre completo (razón social) del patrón, RFC, Registro Patronal IMSS, número de registro STPS, clase de riesgo IMSS (clase I–V bajo el artículo 73 LSS aplicable a la actividad del trabajador), domicilio del centro de trabajo donde ocurrió la exposición y el departamento o área de trabajo específica donde el trabajador estuvo empleado durante el período de exposición.
Información del Trabajador Afectado: Nombre completo, CURP, RFC, NSS, puesto, departamento, antigüedad en el puesto actual, años totales con la empresa, turno trabajado durante el período de exposición y estatus actual de registro IMSS. El SDI (Salario Diario Integrado) debe registrarse ya que determina el monto de la prestación por incapacidad del IMSS bajo los artículos 58–70 de la LSS.
Identificación y Clasificación de la Enfermedad: El nombre de la enfermedad o condición según fue diagnosticada, el código CIE-10 si está disponible, la entrada correspondiente en la Tabla de Enfermedades de Trabajo del IMSS (si aparece listada), la fecha de inicio de los primeros síntomas según reporte del trabajador, la fecha del diagnóstico médico, el nombre y especialidad médica del médico diagnosticador, y si el diagnóstico fue realizado por los servicios médicos del IMSS, el servicio médico de empresa o un médico particular.
Historial de Exposición Ocupacional: Relato detallado de la exposición ocupacional del trabajador al agente causal — incluyendo la sustancia peligrosa específica, el agente físico (nivel de ruido en dB medido conforme a la NOM-011-STPS-2001), el factor de riesgo ergonómico o el factor de riesgo psicosocial identificado bajo la NOM-035-STPS-2018; la duración de la exposición; la intensidad o concentración estimada de la exposición; y el uso y adecuación del equipo de protección personal (EPP) durante el período de exposición.
Registro de Presentación del Formulario IMSS ST-9: Documentación de que el Aviso para Calificar Probable Enfermedad de Trabajo (formulario ST-9) fue presentado a través del portal IMSS IDSE dentro de las 24 horas de que el patrón tuvo conocimiento de la presunta enfermedad de trabajo, con el número de folio de confirmación del IMSS.
Registro de Investigación de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene: Documentación de la investigación de la Comisión sobre el caso de enfermedad de trabajo — incluyendo identificación de fuentes de exposición laboral, revisión de las medidas de control de riesgos del patrón en el área afectada, evaluación del cumplimiento de las NOMs aplicables y las recomendaciones de acciones correctivas de la Comisión documentadas en su Acta de Reunión bajo los artículos 509–514 LFT y NOM-019-STPS-2011.
Forms-legal.com proporciona esta plantilla de notificación como punto de partida de cumplimiento; todo caso de enfermedad de trabajo debe ser evaluado por un Médico del Trabajo certificado y un Técnico en Seguridad e Higiene registrado ante la STPS. Cada cláusula debe redactarse de manera clara y precisa para evitar ambigüedades que pudieran generar conflictos entre las partes en el futuro. El documento debe contener la fecha y lugar de celebración, así como la identificación completa de cada una de las partes intervinientes. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.
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Forms Legal. (2026). Aviso de Enfermedad Profesional México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/employment/health-safety/aviso-enfermedad-profesional-mexico
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Preguntas Frecuentes
El derecho mexicano distingue entre dos categorías de riesgos de trabajo conforme a los artículos 41 y 473 a 475 de la Ley Federal del Trabajo y a los artículos 41 a 43 de la Ley del Seguro Social. Un accidente de trabajo es un evento repentino que ocurre durante o como consecuencia del trabajo y que produce una lesión corporal, una perturbación funcional o la muerte de manera inmediata; tiene un momento específico de ocurrencia. Una enfermedad de trabajo es un estado patológico que se desarrolla de manera gradual con el tiempo como resultado de la exposición continua a causas relacionadas con el trabajo; es un padecimiento crónico que surge de la naturaleza del trabajo o del entorno laboral. La Tabla de Enfermedades de Trabajo anexa a la LSS enumera 161 enfermedades de trabajo reconocidas, agrupadas por agente causal. Ambas categorías generan los mismos derechos a prestaciones del IMSS conforme a los artículos 58 a 70 de la LSS: atención médica, subsidio por incapacidad temporal al 100% del SDI, pensión por incapacidad permanente y prestaciones a los beneficiarios. La diferencia procesal clave es el momento de la notificación: los accidentes deben reportarse dentro de las 24 horas siguientes a su ocurrencia mediante el formato ST-7; las enfermedades de trabajo deben reportarse dentro de las 24 horas siguientes a que el patrón tenga conocimiento del diagnóstico, mediante el formato ST-9.
La Tabla de Enfermedades de Trabajo es un anexo regulatorio de la Ley del Seguro Social que actualmente enumera 161 enfermedades de trabajo reconocidas, organizadas por agente causal. Entre las categorías principales están: las neumoconiosis causadas por la inhalación de polvos minerales —silicosis (cristalina y amorfa), asbestosis, neumoconiosis de los mineros del carbón (antracosis) y talcosis—; la hipoacusia profesional, causada por la exposición crónica a niveles de ruido que superan los límites establecidos por la NOM-011-STPS-2001; los trastornos musculoesqueléticos relacionados con el trabajo —epicondilitis, síndrome del túnel carpiano, trastornos del manguito rotador y hernias de disco lumbar causadas por el manejo manual repetitivo—; las intoxicaciones químicas —saturnismo o plumbismo (plomo), hidrargiria (mercurio), intoxicación por solventes orgánicos (benceno, tolueno, xileno) e intoxicación por plaguicidas—; los trastornos de la piel —dermatitis por contacto causada por la exposición ocupacional a irritantes o sensibilizantes—; las enfermedades infecciosas contraídas en entornos de salud (tuberculosis, hepatitis B/C, VIH en trabajadores de la salud); y, cada vez más reconocidos, los trastornos psicológicos (trastornos de ansiedad, depresión mayor, trastornos de adaptación, estrés postraumático) causados por la exposición ocupacional documentada a factores de riesgo psicosocial medidos conforme a la NOM-035-STPS-2018. El Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Social del IMSS puede reconocer enfermedades no incluidas en la Tabla cuando la evidencia científica establezca su origen ocupacional.
Cuando el IMSS clasifica una enfermedad de trabajo como riesgo de trabajo mediante el proceso de calificación del riesgo conforme a la Ley del Seguro Social, el trabajador afectado recibe un paquete integral de prestaciones financiadas por el IMSS sin costo para el trabajador. Las prestaciones médicas incluyen: toda la atención médica necesaria para tratar la enfermedad, incluidas consultas con especialistas, estudios de diagnóstico, medicamentos, cirugía, prótesis, aparatos ortopédicos y servicios de rehabilitación; el IMSS los proporciona a través de sus Unidades Médicas de Atención a Riesgos de Trabajo (UMART). Las prestaciones económicas se escalonan según la gravedad: (1) incapacidad temporal — un subsidio diario igual al 100% del Salario Diario Integrado (SDI) del trabajador por cada día natural de incapacidad médica, sin periodo de espera, conforme al artículo 58, fracción I, de la LSS; (2) incapacidad permanente parcial — una pensión proporcional o indemnización global con base en el grado de incapacidad (valuación de incapacidad) determinado por los servicios médicos del IMSS conforme al artículo 64 de la LSS; (3) incapacidad permanente total — una pensión mensual del 70% del SDI de por vida conforme al artículo 65 de la LSS. En los casos mortales, los beneficiarios del trabajador fallecido reciben pensión de viudez, pensión de orfandad y ayuda para gastos funerarios conforme a los artículos 64 a 67 de la LSS.
El reconocimiento de los padecimientos psicológicos como enfermedades de trabajo en México se ha ampliado de manera significativa tras la entrada en vigor de la NOM-035-STPS-2018 y el creciente cuerpo de jurisprudencia de los Tribunales Laborales mexicanos y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Si bien la Tabla de Enfermedades de Trabajo vigente no enumera expresamente trastornos psicológicos específicos, el artículo 43 de la Ley del Seguro Social permite al IMSS reconocer enfermedades de trabajo no incluidas en la Tabla cuando existe evidencia científica de que el padecimiento surgió de causas relacionadas con el trabajo. Los Tribunales Laborales mexicanos han aceptado cada vez más la prueba pericial médica que vincula los trastornos de ansiedad, el trastorno depresivo mayor, el desgaste profesional (síndrome de agotamiento profesional) y el trastorno de estrés postraumático con exposiciones ocupacionales documentadas, en particular cuando la evaluación de riesgo psicosocial de la NOM-035-STPS-2018 del patrón mostró niveles de riesgo alto o muy alto en el área de trabajo afectada y no se adoptó acción correctiva alguna. Los patrones que no han realizado la evaluación de la NOM-035 o no han implementado los controles requeridos enfrentan la mayor exposición a reclamaciones por enfermedad de trabajo por padecimientos psicológicos, ya que los resultados de la evaluación son prueba directamente relevante en los procedimientos de calificación del riesgo del IMSS y en los juicios ante los Tribunales Laborales.
Cuando un patrón en México tiene conocimiento de una probable enfermedad de trabajo, se activan varias obligaciones simultáneas conforme a la Ley del Seguro Social y a la Ley Federal del Trabajo. Conforme al artículo 51 de la LSS (aplicado por analogía a las enfermedades de trabajo), el patrón debe presentar el formato ST-9 del IMSS (Aviso para Calificar Probable Enfermedad de Trabajo) dentro de las 24 horas siguientes a tener conocimiento del diagnóstico, a través del portal IDSE del IMSS. El patrón debe asegurar que el trabajador tenga acceso a atención médica inmediata del IMSS para su evaluación y tratamiento bajo el régimen de riesgos de trabajo. Conforme al artículo 504 de la LFT, el patrón debe conservar la evidencia relevante para el origen ocupacional de la enfermedad: registros de monitoreo de exposición en el lugar de trabajo, registros de entrega de EPP y resultados de la vigilancia médica. Debe convocarse a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene para investigar el caso, identificar la fuente causal de exposición en el lugar de trabajo y recomendar medidas preventivas correctivas conforme a la NOM-019-STPS-2011 y a los artículos 509 a 514 de la LFT. El patrón debe realizar una evaluación de riesgos del lugar de trabajo del área afectada para valorar si otros trabajadores están en riesgo de la misma enfermedad; cuando se identifique una exposición de grupo, debe implementarse vigilancia de la salud de carácter profiláctico. Todas las medidas correctivas deben documentarse en el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a la NOM-030-STPS-2009 y deben dar seguimiento hasta su conclusión por parte de la Comisión.
Los casos de enfermedad de trabajo clasificados como riesgos de trabajo por el IMSS afectan directamente la prima anual del patrón del seguro de riesgos de trabajo conforme a los artículos 73 y 74 de la Ley del Seguro Social. La prima de riesgos de trabajo se calcula anualmente con base en la siniestralidad del patrón de los últimos tres años: el número de casos de riesgos de trabajo ponderado por su gravedad (días de incapacidad temporal, grados de incapacidad permanente y defunciones) en relación con el total de horas-hombre trabajadas por el patrón. Un aumento en los casos de enfermedad de trabajo clasificados como riesgos de trabajo eleva directamente la siniestralidad del patrón, que es el insumo principal del cálculo de la prima. Los patrones deben presentar la Declaración Anual de Prima de Riesgos de Trabajo ante el IMSS a más tardar el 28 de febrero de cada año conforme al artículo 74 de la LSS, con la prima actualizada que refleja la siniestralidad de accidentes y enfermedades del año anterior. Los patrones con historiales de seguridad en deterioro enfrentan primas del IMSS progresivamente más altas —potencialmente hasta 2.5 veces la prima de la clase base—, mientras que los patrones con buen desempeño en seguridad y baja siniestralidad pueden calificar para una prima reducida. Un proceso sólido de notificación e investigación de enfermedades de trabajo, combinado con controles preventivos eficaces documentados en el programa anual de seguridad, es el mecanismo más directo del que disponen los patrones mexicanos para administrar el costo de su prima de riesgos de trabajo del IMSS.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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