Aval de Arrendamiento España (Fianza Personal)
RENTAL GUARANTOR AGREEMENT (CONTRATO DE FIANZA DE ARRENDAMIENTO)
This Rental Guarantor Agreement (Contrato de Fianza de Arrendamiento) is entered into at [Signature City] on [Signature Date], pursuant to Articles 1822 to 1856 of the Código Civil, by and between the following parties:
ARRENDADOR (LANDLORD / BENEFICIARY): [Landlord Name], with DNI/NIF [Landlord NIF], with address at [Landlord Address].
ARRENDATARIO (TENANT / PRINCIPAL DEBTOR): [Tenant Name], with DNI/NIE [Tenant DNI], with address at [Tenant Address].
FIADOR / AVALISTA (GUARANTOR): [Guarantor Name], with DNI/NIE [Guarantor DNI], with address at [Guarantor Address].
RECITALS
The Arrendador and the Arrendatario have entered into a lease agreement dated [Lease Date] for the property at [Property Address], commencing [Lease Start Date] and ending [Lease End Date] (the Lease Agreement).
As a condition of executing the Lease Agreement, the Arrendador has required the provision of a personal guarantee by the Guarantor.
The Guarantor, having full legal capacity and being fully aware of the obligations they are undertaking, agrees to provide the guarantee on the following terms.
CLAUSE 1 — GUARANTEE OBLIGATION
The Guarantor hereby personally and unconditionally guarantees to the Arrendador the full and punctual performance by the Arrendatario of all monetary obligations arising under the Lease Agreement, including: (a) monthly rent of €[Monthly Rent]; (b) utility charges assigned to the tenant; (c) costs of repairing damage to the property beyond normal wear and tear; and (d) legal costs of enforcement proceedings arising from the tenant's default.
The maximum liability of the Guarantor under this agreement is: [Guarantee Scope].
CLAUSE 2 — TYPE OF GUARANTEE
The guarantee provided under this agreement is of the [Guarantee Type] type. Where the guarantee is solidaria (fianza solidaria), the Guarantor expressly waives the beneficio de excusión (right to require prior pursuit of the tenant) and the beneficio de división under Articles 1830 to 1834 of the Código Civil, and the Arrendador may proceed directly against the Guarantor upon the Arrendatario's default without first exhausting remedies against the Arrendatario.
CLAUSE 3 — DURATION
This guarantee shall remain in full force and effect for the entire duration of the Lease Agreement, including all legal extensions, annual renewals, and tacit continuations (tácita reconducción) under Article 1566 of the Código Civil, until all obligations of the Arrendatario under the Lease Agreement have been fully discharged.
The Guarantor shall not be released by any agreement between the Arrendador and Arrendatario to extend the lease term, defer rent, or modify lease conditions, unless the Guarantor's written consent to such modification is obtained.
CLAUSE 4 — GUARANTOR'S RIGHTS OF SUBROGATION
Upon payment of any amount to the Arrendador under this guarantee, the Guarantor shall be subrogated to the Arrendador's rights against the Arrendatario under Articles 1839 and 1838 of the Código Civil, and shall be entitled to recover from the Arrendatario all amounts paid, plus legal interest from the date of payment and any costs incurred.
CLAUSE 5 — NOTICE
The Arrendador shall notify the Guarantor promptly upon the Arrendatario's default, giving the Guarantor reasonable opportunity to cure the default. All notices under this agreement shall be given in writing by burofax through Correos or by notarial notification, to generate legally admissible proof of delivery.
CLAUSE 6 — GOVERNING LAW AND JURISDICTION
This agreement is governed by Spanish law, principally Articles 1822 to 1856 of the Código Civil and Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos. Any dispute shall be submitted to the exclusive jurisdiction of the Juzgado de Primera Instancia with jurisdiction over the location of the rental property.
SIGNATURES
In witness whereof, all three parties sign this agreement at [Signature City] on [Signature Date].
Arrendador (Landlord)
________________
Signature
Arrendatario (Tenant)
________________
Signature
Fiador / Avalista (Guarantor)
________________
Signature
Qué es Aval de Arrendamiento España (Fianza Personal)
El Aval de Arrendamiento (Fianza Personal) es, en España, el documento jurídico regulado por Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), arts. 1822-1856, que produce efectos vinculantes entre las partes que lo suscriben. Recoge la renta, fianza, duración, obligaciones de mantenimiento y plazos de preaviso entre arrendador y arrendatario.
Conforme al Artículo 1822 del Código Civil, la fianza es una obligación accesoria — no puede exceder ni ser más onerosa que la obligación principal (el arrendamiento). Si el contrato de arrendamiento es nulo o se extingue, la garantía también se extingue salvo que cubra obligaciones supervivientes a la extinción, como rentas impagadas anteriores. La responsabilidad del fiador es subsidiaria por defecto conforme al Artículo 1830 del Código Civil — lo que significa que el arrendador debe dirigirse primero contra el arrendatario antes de reclamar al fiador, salvo que las partes hayan pactado expresamente una fianza solidaria conforme al Artículo 1831.3 CC, que elimina el beneficio de excusión del garante.
En el ámbito de los arrendamientos de vivienda en España, las garantías personales son un complemento habitual de la fianza legal obligatoria del Artículo 36 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU). El Real Decreto-Ley 7/2019 reformó la LAU para limitar las garantías adicionales en arrendamientos de vivienda a un máximo de dos mensualidades de renta por encima de la fianza obligatoria de una mensualidad — de modo que la garantía contractual total (fianza más garantías adicionales) no puede superar tres mensualidades en un arrendamiento de vivienda conforme al Artículo 36.5 LAU. En los arrendamientos no residenciales (locales de negocio, trasteros, oficinas), no existe dicho límite y las garantías personales pueden cubrir el importe que acuerden las partes.
La garantía personal debe distinguirse del aval bancario, que es una garantía emitida por una entidad de crédito (banco o caja) inscrita en el Banco de España, regulada por normas especiales del derecho mercantil y la Ley Cambiaria y del Cheque (Ley 19/1985). El fiador personal en el contexto arrendaticio es habitualmente un familiar, empleador o particular solvente que firma junto con el contrato de arrendamiento o en un documento separado. Los propietarios españoles pueden solicitar prueba de la capacidad financiera del fiador — una declaración de la renta (IRPF) reciente, nóminas o una nota simple del Registro de la Propiedad acreditando la titularidad de bienes inmuebles.
El Tribunal Supremo ha confirmado en múltiples sentencias (STS 23 de octubre de 2013, STS 14 de mayo de 2019) que el aval solidario de arrendamiento es plenamente ejecutable contra el avalista sin necesidad de acción previa contra el arrendatario, y que la responsabilidad del avalista alcanza a todas las obligaciones del arrendamiento durante el plazo de garantía pactado. No obstante, conforme al Artículo 1851 del Código Civil, el fiador queda liberado si el acreedor (arrendador) concede una prórroga al deudor principal (arrendatario) sin consentimiento del fiador — los arrendadores deben evitar acordar informalmente aplazamientos de renta sin el consentimiento escrito del fiador.
Cuándo necesitas Aval de Arrendamiento España (Fianza Personal)
El Acuerdo de Aval de Arrendamiento en España es necesario en diversas situaciones relacionadas con el arrendamiento de bienes inmuebles urbanos regulado por la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU) y la Ley 49/2003 de Arrendamientos Rústicos.
El aval arrendaticio es exigido cuando el arrendador requiere garantías adicionales a la fianza legal obligatoria del Artículo 36 LAU, especialmente en arrendamientos de vivienda habitual cuando el arrendatario no presenta historial crediticio suficiente, carece de nómina estable, es trabajador autónomo con ingresos variables, o es extranjero sin referencias en España.
Es necesario cuando una empresa o autónomo alquila un local de negocio, oficina o nave industrial y el propietario exige aval bancario o aval personal de tercero como condición para la firma del contrato de arrendamiento. La práctica habitual en el mercado de arrendamientos comerciales españoles exige aval equivalente a tres a seis meses de renta, complementando la fianza de dos mensualidades del Artículo 36.2 LAU.
El acuerdo es necesario cuando el avalista, que puede ser un banco, caja de ahorros, o un tercero particular, formaliza por escrito su compromiso de responder de las obligaciones del arrendatario en caso de impago, garantizando al arrendador el cobro de las rentas y demás cantidades adeudadas sin necesidad de iniciar primero un procedimiento judicial contra el arrendatario principal.
Es requerido cuando una sociedad mercantil actúa como arrendataria y un socio, administrador o sociedad vinculada presta aval personal o corporativo para reforzar la solvencia del arrendatario frente al arrendador, especialmente en los primeros años de actividad de la empresa.
El aval arrendaticio también es necesario en situaciones de subrogación o cesión del contrato de arrendamiento de local de negocio conforme al Artículo 32 LAU, cuando el nuevo arrendatario debe ofrecer garantías equivalentes a las del cedente original.
Redactar el acuerdo de aval con asistencia jurídica garantiza que el documento cumpla los requisitos formales y materiales de la LAU, el Código Civil (artículos 1822 a 1856 sobre fianza y aval), y la normativa bancaria aplicable si el avalista es una entidad financiera supervisada por el Banco de España conforme a la Ley 10/2014 de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. Forms-legal.com facilita esta plantilla para la correcta formalización del aval arrendaticio en España.
Qué incluir en tu Aval de Arrendamiento España (Fianza Personal)
Un Aval de Arrendamiento España válido conforme a los artículos 1822 a 1856 del Código Civil debe incluir los siguientes elementos esenciales para ser plenamente ejecutable y definir claramente los derechos y obligaciones de las partes.
Identificación de las Tres Partes: Nombre completo, número de DNI/NIE y domicilio del arrendador, el arrendatario y el fiador o avalista. La capacidad financiera del fiador no es un requisito legal de validez, pero los arrendadores suelen exigir prueba de ella — una nómina reciente, extracto de pensión o nota simple del Registro de la Propiedad acreditando la titularidad de bienes inmuebles. Cuando el fiador esté casado en régimen de sociedad de gananciales conforme al Artículo 1344 del Código Civil, es prudente — aunque no legalmente exigido — obtener el consentimiento del cónyuge para evitar impugnaciones futuras.
Referencia al Contrato de Arrendamiento Principal: Identificación del contrato de arrendamiento garantizado — dirección del inmueble, partes, fecha del contrato y plazo de duración. La fianza es accesoria y dependiente del contrato de arrendamiento (Artículo 1822 CC). El documento de garantía debe otorgarse simultáneamente con el contrato o anexarse al mismo.
Alcance de la Garantía: Descripción precisa de las obligaciones cubiertas — habitualmente todas las cantidades debidas en virtud del arrendamiento, incluida la renta mensual, los suministros asignados al arrendatario, los gastos de comunidad si procede y cualesquiera otras obligaciones económicas. El Artículo 1827 del Código Civil exige que la fianza sea expresa y no pueda presumirse — un alcance ambiguo se interpretará en contra del arrendador.
Modalidad de Fianza — Subsidiaria o Solidaria: Si la garantía es subsidiaria (fianza simple) — el arrendador debe intentar primero recuperar del arrendatario antes de reclamar al fiador bajo el beneficio de excusión del Artículo 1830 CC — o solidaria (fianza solidaria) — el arrendador puede reclamar directamente al fiador sin necesidad de acción previa contra el arrendatario, conforme al Artículo 1831.3 CC. La fianza solidaria es ampliamente preferida por los arrendadores y es el estándar del mercado español.
Duración de la Garantía: Si la garantía se extiende solo al plazo inicial del arrendamiento, a todos los periodos de prórroga, o de manera indefinida hasta que el arrendamiento se extinga y todas las obligaciones queden cumplidas. Un problema de redacción frecuente en España surge cuando el contrato se prorroga anualmente conforme a la LAU y no se establece claramente que la garantía cubre los periodos de prórroga — los tribunales han limitado en algunos casos la garantía al plazo inicial. La garantía debe indicar expresamente que cubre todas las prórrogas, renovaciones y tacitas reconducciones del arrendamiento.
Límite Máximo de Responsabilidad: Cláusula opcional pero comercialmente habitual que indica el importe máximo agregado por el que responde el fiador — relevante para arrendamientos comerciales a largo plazo donde la responsabilidad ilimitada puede resultar desproporcionada. Para arrendamientos de vivienda, el Real Decreto-Ley 7/2019 limita las garantías adicionales totales a dos mensualidades por encima de la fianza legal.
Condiciones de Extinción: Las circunstancias en que la garantía se extingue — vencimiento del arrendamiento y pago de todas las obligaciones pendientes; liberación voluntaria por escrito del arrendador; o sustitución del fiador por otro garante aceptable. El contrato debe abordar expresamente si el fiador queda liberado cuando cambia la titularidad del inmueble.
Notificación y Ejecución: La obligación del arrendador de notificar al fiador de inmediato el incumplimiento del arrendatario, dándole oportunidad de subsanar el incumplimiento. El medio de notificación válido (habitualmente burofax por Correos o notificación notarial) debe especificarse para generar prueba admisible.
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Aval de Arrendamiento España como punto de partida práctico. Dada la importante obligación económica que implica, se recomienda encarecidamente a los fiadores que soliciten asesoramiento jurídico independiente de un abogado cualificado antes de firmar. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Aval de Arrendamiento España (Fianza Personal) (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/real-estate/leases/aval-arrendamiento-espana
"Aval de Arrendamiento España (Fianza Personal) (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/real-estate/leases/aval-arrendamiento-espana.
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}Preguntas Frecuentes
En el lenguaje cotidiano español, fiador y avalista se usan frecuentemente de forma indistinta en los contratos de arrendamiento, pero tienen significados jurídicos diferentes. El fiador es un garante personal bajo el régimen de la fianza de los artículos 1822 a 1856 del Código Civil — la responsabilidad del fiador es subsidiaria por defecto, lo que significa que el arrendador debe agotar primero los remedios contra el arrendatario antes de reclamar al fiador, salvo que la garantía establezca expresamente responsabilidad solidaria. El avalista en sentido estricto del derecho mercantil es el garante de un título cambiario (letra de cambio, pagaré) conforme a la Ley 19/1985 Cambiaria y del Cheque, donde el aval es autónomo e independiente de la obligación subyacente. En la práctica arrendaticia, avalista se usa habitualmente como sinónimo de fiador solidario — un garante personal con responsabilidad solidaria al que el arrendador puede reclamar directamente sin necesidad de acción previa contra el arrendatario. Al redactar una garantía de arrendamiento, es importante declarar expresamente si la fianza es simple (subsidiaria) o solidaria, para evitar disputas sobre los derechos de ejecución del arrendador ante el Juzgado de Primera Instancia.
Si el arrendador puede reclamar al fiador directamente sin demandar previamente al arrendatario depende del tipo de garantía. Para la fianza simple conforme al artículo 1830 del Código Civil, el fiador tiene derecho a exigir al arrendador que agote previamente todos los remedios de ejecución contra el arrendatario — esto se denomina beneficio de excusión. El arrendador debe demostrar que el arrendatario no tiene bienes embargables antes de dirigirse contra el fiador. Para la fianza solidaria conforme al artículo 1831.3 CC — que es el estándar en la práctica arrendaticia española — el arrendador puede reclamar directamente al fiador sin ninguna acción previa contra el arrendatario. El fiador renuncia expresamente al beneficio de excusión y al beneficio de división. El Tribunal Supremo (STS 14 de mayo de 2019) confirmó que una cláusula de fianza solidaria clara es suficiente para habilitar la ejecución directa. Los arrendadores deben asegurarse de que el contrato de garantía declare expresamente el carácter solidario para evitar procedimientos previos costosos.
Esta es una cuestión frecuentemente litigada en el derecho arrendaticio español. Conforme al artículo 1851 del Código Civil, el fiador queda liberado si el acreedor concede una prórroga al deudor principal sin el consentimiento del fiador. Los tribunales españoles han interpretado esto de forma amplia — si el arrendador y el arrendatario acuerdan prorrogar el plazo del arrendamiento o aplazar la renta sin el consentimiento escrito del fiador, la garantía puede extinguirse para el periodo ampliado. El Tribunal Supremo y diversas Audiencias Provinciales han llegado a conclusiones diferentes según si la garantía cubría expresamente las renovaciones futuras. La buena práctica en España es redactar el aval de arrendamiento para que cubra expresamente todas las prórrogas legales anuales conforme a la LAU y cualquier renovación acordada, y obtener la confirmación escrita del fiador en cada renovación. Sin ello, el fiador puede argumentar con éxito en algunos casos que su responsabilidad se limitaba al plazo inicial del contrato.
Para los arrendamientos de vivienda regulados por la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU), el Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, modificó el artículo 36.5 LAU para limitar las garantías adicionales más allá de la fianza legal de una mensualidad a un máximo de dos mensualidades de renta — lo que significa que la garantía contractual total máxima para un arrendamiento de vivienda es de tres mensualidades (una mensualidad de fianza legal más dos mensualidades máximo en garantías adicionales). Este límite se aplica a las fianzas personales, los avales bancarios y cualquier otra garantía financiera aportada por o en nombre del arrendatario. El límite aplica a los nuevos contratos de arrendamiento de vivienda firmados a partir del 1 de marzo de 2019. Para arrendamientos no residenciales — locales comerciales, trasteros, oficinas — no existe límite legal y el importe de la garantía es libremente pactado. La responsabilidad del fiador en un arrendamiento de vivienda no puede superar legalmente dos mensualidades por encima de la fianza legal, con independencia de lo que establezca el documento de garantía.
Tras pagar al arrendador en virtud de un aval de arrendamiento, el fiador en España adquiere el derecho de subrogación conforme al artículo 1839 del Código Civil — el fiador se subroga en la posición jurídica del arrendador y puede reclamar al arrendatario el reembolso de todo lo pagado, más los intereses y los daños causados por el incumplimiento del arrendatario. El fiador también dispone de un derecho autónomo de reembolso conforme al artículo 1838 CC por las cantidades pagadas, más el interés legal desde la fecha del pago, las costas y cualesquiera otros daños. Para preservar estos derechos, el fiador debe notificar al arrendatario antes de realizar el pago al arrendador, conforme exige el artículo 1840 CC — el incumplimiento de esta notificación puede permitir al arrendatario oponer al fiador las excepciones que hubiera podido oponer al arrendador. La reclamación del fiador contra el arrendatario puede ejercitarse ante el Juzgado de Primera Instancia mediante el procedimiento ordinario civil o mediante el proceso monitorio (artículo 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) para reclamaciones dinerarias líquidas.
Un contrato de fianza de arrendamiento en España no requiere legalmente notarización para ser válido y ejecutable — un documento privado firmado por las partes es suficiente conforme al derecho español para constituir una garantía personal vinculante. No obstante, la notarización ante un Notario Público convierte el documento en escritura pública con mayor valor probatorio — una escritura pública se presume auténtica conforme al artículo 1218 del Código Civil y constituye título ejecutivo conforme al artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que permite al arrendador iniciar directamente procedimientos de ejecución (juicio ejecutivo) sin necesidad de sentencia declarativa previa. Para arrendamientos comerciales de alto valor o arrendamientos residenciales a largo plazo, la notarización es comercialmente prudente. En la práctica, la mayoría de los contratos de fianza de arrendamiento residencial en España son documentos privados — la fianza suele anexarse al contrato de arrendamiento y firmarse simultáneamente por todas las partes.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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