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Testamento Vital — Instrucciones Previas España

Datos clave

EspañaEspañaEspañol (ES)GratisPDF & WordActualizado 6 jun 2026
Base legalEspañaNotarización: No requeridaTestigos: 0Partes: 2
Testamento Vital
Living Will Spain (Testamento Vital)

Testamento Vital / Documento de Instrucciones Previas

DOCUMENTO DE INSTRUCCIONES PREVIAS (TESTAMENTO VITAL) (Ley 41/2002, de 14 de noviembre, de Autonomía del Paciente — LAP — art. 11; Real Decreto 124/2007 — Registro Nacional de Instrucciones Previas) Fecha: [Document Date]

Identificación del declarante

Yo, [Declarant Name], con DNI/NIE [Declarant DNI], nacido/a el [Declarant DOB], con domicilio en [Declarant Address], teléfono [Declarant Phone], correo electrónico [Declarant Email], siendo mayor de edad, capaz y actuando libremente, otorgo el presente DOCUMENTO DE INSTRUCCIONES PREVIAS (testamento vital) conforme al artículo 11 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (Ley de Autonomía del Paciente — LAP). Estas instrucciones deberán ser respetadas por los profesionales sanitarios si llego a encontrarme incapacitado/a o incapaz de comunicar mi voluntad respecto al tratamiento médico.

Declaración de valores

1. DECLARACIÓN DE VALORES PERSONALES [Personal Values]

Instrucciones médicas

2. INSTRUCCIONES MÉDICAS ESPECÍFICAS Reanimación cardiopulmonar (RCP): [RCP Decision] Ventilación mecánica: [Mechanical Ventilation] Nutrición e hidratación artificial: [Artificial Nutrition] Diálisis: [Dialysis] Instrucciones adicionales: [Additional Instructions] Estas instrucciones se aplicarán en situaciones de: enfermedad terminal; estado vegetativo permanente o coma irreversible; daño neurológico grave e irreversible; demencia avanzada; o cualquier otra situación en la que carezca de capacidad para expresar mi voluntad y no exista perspectiva razonable de recuperación de la función.

Preferencias de cuidados paliativos

3. CUIDADOS PALIATIVOS Y FINAL DE VIDA Control del dolor: [Pain Management] Lugar de fallecimiento preferido: [Place of Death] Acompañamiento espiritual o religioso: [Spiritual Support] Donación de órganos y tejidos: Decisión: [Organ Donation] Órganos específicos: [Organ Donation Details]

Representante

4. DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE (LAP art. 11.1) Representante principal: Nombre: [Representative Name] DNI/NIE: [Representative DNI] Relación: [Representative Relationship] Teléfono: [Representative Phone] Correo electrónico: [Representative Email] Representante sustituto: Nombre: [Substitute Rep Name] DNI/NIE: [Substitute Rep DNI] Teléfono: [Substitute Rep Phone] El representante queda autorizado para comunicar y defender estas instrucciones ante los profesionales sanitarios, interpretar las situaciones ambiguas conforme a los valores aquí declarados, y adoptar las decisiones que yo habría tomado de conservar capacidad. El representante no está facultado para modificar las instrucciones específicas contenidas en este documento.

Otorgamiento

5. OTORGAMIENTO Forma de otorgamiento: [Execution Method] Firma del declarante: ______________________________ [Declarant Name] DNI/NIE: [Declarant DNI] Fecha: [Document Date] Testigo 1: [Witness 1 Name] (DNI: [Witness 1 DNI]) ______________________________ Testigo 2: [Witness 2 Name] (DNI: [Witness 2 DNI]) ______________________________ Testigo 3: [Witness 3 Name] (DNI: [Witness 3 DNI]) ______________________________ Aceptación del representante: Yo, [Representative Name] (DNI: [Representative DNI]), acepto la designación como representante y me comprometo a actuar conforme a la voluntad expresada por el declarante. ______________________________ [Representative Name]

Nota de registro

NOTA DE REGISTRO: Este documento debe inscribirse en el Registro Autonómico de Instrucciones Previas de la comunidad autónoma de residencia del declarante, que comunicará la inscripción al Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP) gestionado por el Ministerio de Sanidad conforme al Real Decreto 124/2007, de 2 de febrero. La inscripción no es requisito de validez, pero resulta esencial para que los profesionales sanitarios puedan acceder a este documento en situaciones de urgencia. Este documento puede ser revocado o modificado en cualquier momento por el declarante mientras conserve capacidad, mediante el otorgamiento de un nuevo documento y su presentación al registro (LAP art. 11.4).

Declarant

________________

Signature

Representative

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Testamento Vital — Instrucciones Previas España

El Testamento Vital es, en España, el documento de última voluntad regulado por Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente art. 11, por el que el testador ordena su sucesión.

El Artículo 11 LAP define las instrucciones previas como el documento mediante el cual una persona mayor de edad, capaz y libre manifiesta anticipadamente su voluntad sobre las intervenciones médicas que puedan realizársele en situaciones en que no pueda expresarla personalmente. El documento puede incluir: instrucciones sobre tratamientos médicos concretos que la persona acepta o rechaza —por ejemplo, reanimación cardiopulmonar (RCP), ventilación asistida, alimentación artificial por sonda enteral o parenteral, diálisis renal o trasplante de órganos—; decisiones sobre los cuidados al final de la vida —incluidas las preferencias de cuidados paliativos, el control del dolor, el lugar de fallecimiento (hospital o domicilio) y el acompañamiento espiritual o religioso—; y la designación de un representante (representante o interlocutor válido) —una persona de confianza, familiar, amigo u otra persona— que comunicará y defenderá las voluntades del declarante ante los profesionales sanitarios cuando este no pueda hacerlo personalmente.

La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia (LOE) introdujo el derecho a la eutanasia médicamente asistida en España, bajo condiciones estrictamente reguladas para pacientes con enfermedades graves e incurables que causen un sufrimiento intolerable. El Documento de Instrucciones Previas puede incluir una referencia a la posición de la persona sobre la eutanasia médicamente asistida, aunque la solicitud formal de eutanasia conforme a la LOE requiere un procedimiento específico que no puede sustituirse por una directiva anticipada.

El Documento de Instrucciones Previas se inscribe en el Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP), gestionado por el Ministerio de Sanidad conforme al Real Decreto 124/2007, de 2 de febrero. Cada comunidad autónoma mantiene asimismo su propio Registro Autonómico de Instrucciones Previas, y el RNIP nacional coordina la información entre todos los registros autonómicos. La inscripción permite a los profesionales sanitarios de cualquier hospital o centro de salud de España acceder al documento en el momento crítico en que el paciente no puede comunicarse.

El Testamento Vital se distingue del testamento ordinario —que regula la distribución del patrimonio tras el fallecimiento—: las instrucciones previas regulan exclusivamente las decisiones sanitarias durante la vida de la persona cuando está incapacitada y solo entran en vigor cuando la persona no puede expresar su voluntad. No regulan la distribución del patrimonio tras la muerte, para lo cual se requiere un testamento ordinario regido por el Código Civil.

Cuándo necesitas Testamento Vital — Instrucciones Previas España

El Testamento Vital en España es necesario para cualquier adulto que desee garantizar que sus preferencias sanitarias y sus valores sean respetados en situaciones de enfermedad grave, accidente o incapacidad, cuando pueda no estar en condiciones de comunicar su voluntad a médicos, hospitales o familiares.

El Documento de Instrucciones Previas es especialmente importante para los adultos diagnosticados con enfermedades graves o crónicas progresivas —cáncer, enfermedades neurológicas (Alzheimer, Parkinson, esclerosis múltiple), enfermedades cardiovasculares u otras patologías que puedan afectar con el tiempo a la capacidad cognitiva o a la capacidad de comunicación—, permitiéndoles documentar sus preferencias de tratamiento mientras conservan plena capacidad de decisión.

El documento es necesario cuando una persona tiene una posición definida sobre intervenciones médicas concretas —aceptando o rechazando la reanimación cardiopulmonar, la ventilación mecánica, la alimentación artificial u otros tratamientos de soporte vital en situaciones de enfermedad terminal o estado vegetativo permanente—.

Las instrucciones previas son necesarias cuando una persona desea designar un representante de confianza para que interactúe con los proveedores sanitarios en su nombre —un familiar, pareja, amigo u otra persona que conozca y comparta los valores del declarante y pueda defenderlos eficazmente en el entorno clínico—.

El documento también es necesario para cualquier persona que tenga una posición sobre la donación de órganos —donar todos los órganos para trasplante, solo algunos órganos concretos o no donar ningún órgano—. Las instrucciones previas son el mecanismo formal para dejar constancia de esta preferencia, complementando el registro de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).

El Testamento Vital es adecuado para cualquier adulto en España con independencia de su edad o estado de salud actual: redactarlo estando sano garantiza que refleja una decisión meditada, libre y sin influencias externas, mientras que esperar a una enfermedad grave puede suscitar dudas sobre la capacidad o la influencia indebida en el momento de la firma.

Se recomienda preparar el Testamento Vital de forma proactiva y no esperar a que surja una situación de urgencia. El Artículo 11 de la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente y el Real Decreto 124/2007 establecen el régimen jurídico aplicable en España.

La legislación española contempla múltiples supuestos en los que la formalización de este documento resulta obligatoria o altamente recomendable. El Artículo 1279 del Código Civil establece que los contratantes pueden compelerse recíprocamente a llenar la forma especial exigida por la ley. La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas regula la presentación de documentos ante organismos públicos, incluyendo plazos, requisitos formales y medios de presentación electrónica a través de la Sede Electrónica. Los Servicios Sociales municipales y autonómicos pueden requerir documentación específica para la tramitación de prestaciones y ayudas conforme a la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Qué incluir en tu Testamento Vital — Instrucciones Previas España

Un Testamento Vital (Documento de Instrucciones Previas) válido conforme al Artículo 11 de la Ley 41/2002 y el Real Decreto 124/2007 debe contener los siguientes elementos.

Identificación del declarante: nombre completo, DNI o NIE, fecha de nacimiento, domicilio, teléfono y correo electrónico de la persona que otorga las instrucciones previas (declarante u otorgante). La capacidad se presume para los adultos; los profesionales sanitarios o el Notario pueden evaluarla en casos de duda fundada.

Declaración de valores y filosofía de vida: sección opcional pero muy recomendable en la que el declarante expresa sus valores personales, creencias y filosofía de vida que deben orientar todas las decisiones médicas adoptadas en su nombre. Esta declaración ayuda al representante y al equipo sanitario a interpretar las instrucciones concretas cuando surjan circunstancias no previstas específicamente en el documento.

Instrucciones médicas específicas: instrucciones detalladas sobre intervenciones médicas concretas, indicando claramente qué intervenciones se aceptan y cuáles se rechazan en cada circunstancia. Circunstancias a contemplar: enfermedad terminal; estado vegetativo permanente o coma irreversible; daño neurológico grave e irreversible; demencia avanzada; y cualquier otra situación específica que el declarante considere relevante. Intervenciones a contemplar: reanimación cardiopulmonar (RCP); ventilación mecánica; nutrición e hidratación artificial por sonda; diálisis renal; transfusiones de sangre; trasplante de órganos; y tratamientos experimentales.

Preferencias de cuidados paliativos: instrucciones sobre los cuidados paliativos y el control del dolor —solicitud de analgesia adecuada aunque dosis elevadas puedan acortar la vida (principio del doble efecto, reconocido en la doctrina bioética española)—; preferencia de lugar de fallecimiento (domicilio u hospital); acompañamiento espiritual o religioso; y cualquier otra preferencia relativa a la muerte digna.

Instrucciones sobre donación de órganos: declaración clara sobre la posición del declarante en materia de donación de órganos y tejidos para trasplante o investigación médica —si se donan todos los órganos, solo algunos específicos o ninguno—. La Organización Nacional de Trasplantes (ONT) señala que España dispone de un sistema de consentimiento presunto (donante presumido) en virtud de la Ley 30/1979; las instrucciones previas permiten excluirse expresamente de este sistema.

Designación de representante: nombre completo, DNI, domicilio, teléfono y correo electrónico del representante o interlocutor válido designado —la persona que comunicará las voluntades del declarante a los profesionales sanitarios—. El representante debe aceptar la designación por escrito —la aceptación firmada debe adjuntarse al documento o incorporarse al acta de otorgamiento—. También puede designarse un representante sustituto.

Requisitos formales de otorgamiento: conforme al Artículo 11.3 LAP, las instrucciones previas deben otorgarse de una de estas tres formas: (1) ante tres testigos, dos de los cuales no deben tener vínculo afectivo o familiar con el declarante y ninguno puede ser heredero; (2) ante Notario; o (3) mediante el procedimiento específico de la comunidad autónoma —muchas comunidades disponen de formulario y procedimiento de inscripción propios y simplificados—. El documento debe estar fechado y firmado por el declarante y los testigos o el Notario.

Inscripción registral: el documento una vez otorgado debe presentarse para su inscripción en el Registro Autonómico de Instrucciones Previas de la comunidad autónoma de residencia, que comunicará la inscripción al Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP) gestionado por el Ministerio de Sanidad (Real Decreto 124/2007). La inscripción no es requisito de validez, pero es imprescindible para que el documento sea accesible a los profesionales sanitarios en situaciones de urgencia. La mayoría de las comunidades autónomas disponen de formulario y procedimiento específicos: en Madrid, a través de la Consejería de Sanidad; en Cataluña, a través de la Conselleria de Salut.

Forms-legal.com ofrece este modelo de Testamento Vital para España como punto de partida práctico. El documento tiene máxima eficacia cuando está inscrito en el RNIP y cuando el representante designado dispone de una copia. Las instrucciones previas pueden revocarse o modificarse en cualquier momento mientras el declarante conserve su capacidad, presentando un nuevo documento o una revocación escrita ante el registro correspondiente. La Ley Orgánica 3/2021 (Ley de Eutanasia) exige seguir el procedimiento específico de los artículos 5 a 13 LOE para solicitar la eutanasia médicamente asistida; las instrucciones previas por sí solas no son suficientes para autorizarla. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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