Contrato de Seguro de Hogar Chile
Conforme al DFL 251/1931 y Código de Comercio Arts. 512–601
CONTRATO DE SEGURO DE HOGAR
Conforme al DFL 251/1931 y Código de Comercio Arts. 512–601 (Ley 20.667/2013)
PRIMERO: PARTES CONTRATANTES
ASEGURADO:
Nombre: [Nombre Asegurado]
RUT: [RUT Asegurado]
Domicilio: [Domicilio Asegurado]
Calidad respecto al inmueble: [Calidad Asegurado]
ASEGURADOR (Compañía de Seguros):
Nombre: [Nombre Asegurador]
RUT: [RUT Asegurador]
Número de Póliza: [Número Póliza]
SEGUNDO: BIEN ASEGURADO
Dirección del inmueble asegurado: [Dirección Inmueble]
Tipo de inmueble: [Tipo Inmueble]
Superficie construida: [Superficie Construida]
Tipo de construcción: [Tipo Construcción]
TERCERO: COBERTURAS, SUMA ASEGURADA Y FRANQUICIA
Coberturas contratadas: [Coberturas Contratadas]
Suma asegurada total: [Suma Asegurada]
Franquicia / Deducible por siniestro: [Franquicia]
El asegurador advierte al asegurado sobre el riesgo de infraseguro: si la suma asegurada es inferior al valor real del inmueble al momento del siniestro, la indemnización se reducirá proporcionalmente conforme al Artículo 559 del Código de Comercio (regla proporcional). Se recomienda actualizar anualmente el valor asegurado al valor de reposición.
CUARTO: PRIMA Y VIGENCIA
Monto de la prima: [Monto Prima]
Periodicidad de pago: [Periodicidad Prima]
Vigencia de la póliza: [Vigencia Póliza]
El asegurado dispone de un período de gracia de 30 días para el pago de cada cuota de prima. El no pago dentro del período de gracia faculta al asegurador para declarar la caducidad de la póliza conforme al Artículo 536 del Código de Comercio, con previo aviso por escrito.
QUINTO: DENUNCIA DE SINIESTROS Y PROCEDIMIENTO
El asegurado debe denunciar el siniestro al asegurador dentro de 5 días hábiles desde que tuvo conocimiento del daño, conforme al Artículo 574 del Código de Comercio, aportando descripción del siniestro, fotografías, y documentos de respaldo (denuncia a Carabineros en caso de robo; informe de Bomberos en caso de incendio). El asegurador tiene 30 días hábiles para pronunciarse sobre la cobertura desde la denuncia completa conforme al Artículo 579 del Código de Comercio. Si no se pronuncia en plazo, se entiende aceptado el siniestro.
SEXTO: DERECHO DE RETRACTO Y RECLAMACIONES
El asegurado tiene derecho a rescindir la póliza dentro de los 10 días hábiles siguientes a su suscripción sin penalidad, conforme a la Ley 20.667/2013. Ante el rechazo injustificado de un siniestro o el pago de una indemnización inferior a la correspondiente, el asegurado puede presentar reclamo ante la CMF (www.cmfchile.cl) o demandar judicialmente ante los Juzgados Civiles. El plazo de prescripción de las acciones es de 4 años desde la ocurrencia del siniestro conforme al Artículo 583 del Código de Comercio.
FIRMAS
En [Ciudad Firma], a [Fecha Firma].
EL ASEGURADOR:
[Nombre Asegurador]
RUT: [RUT Asegurador]
Firma autorizada: _________________________
EL/LA ASEGURADO/A:
[Nombre Asegurado]
RUT: [RUT Asegurado]
Firma: _________________________
Se deja constancia de que el asegurado recibió copia de la póliza y sus condiciones generales, aprobadas por la CMF conforme al DFL 251/1931.
Asegurador (Compañía de Seguros — Representante Autorizado)
________________
Signature
Asegurado/a
________________
Signature
Qué es Contrato de Seguro de Hogar Chile
El Contrato de Seguro de Hogar en Chile es el acuerdo, regido por el DFL 251 de 1931 sobre compañías de seguros y los artículos 512 a 601 del Código de Comercio, mediante el cual la aseguradora cubre los daños a la vivienda y su contenido a cambio del pago de una prima.
El Contrato de Seguro de Hogar en Chile cubre habitualmente los siguientes riesgos principales: incendio y daños por humo (riesgo básico obligatorio en muchas pólizas hipotecarias), terremoto y maremoto (especialmente relevante dado que Chile es uno de los países con mayor actividad sísmica del mundo, ubicado en el Anillo de Fuego del Pacífico), robo e ingreso ilegítimo, daños por agua (inundación interna, escape de cañerías, rotura de matrices), daños eléctricos, responsabilidad civil del asegurado frente a terceros, y rotura de vidrios y cristales. La cobertura exacta depende del plan contratado y debe leerse con atención en las condiciones generales y particulares de la póliza.
La relevancia del Contrato de Seguro de Hogar en Chile aumentó significativamente tras los terremotos del 27 de febrero de 2010 (8,8 grados Richter) y el de 2015 en la región de Coquimbo (8,4 grados Richter), que destruyeron o dañaron miles de viviendas y generaron una ola de reclamaciones que evidenció la importancia de entender con precisión las coberturas contratadas, las exclusiones, los deducibles y los procedimientos de denuncia de siniestro.
El artículo 514 del Código de Comercio, incorporado por la Ley N.º 20.667, establece los principios fundamentales del contrato de seguro en Chile: la buena fe, la individualización precisa del riesgo, la determinación de la suma asegurada y la prima, y la temporalidad de la cobertura. El principio de buena fe tiene especial aplicación en los seguros de hogar, ya que el asegurado tiene la obligación de declarar al asegurador todos los hechos o circunstancias que permitan determinar el riesgo (artículo 525 del Código de Comercio), y la omisión dolosa o culpable de esta información puede dar lugar a la nulidad del contrato o a la reducción proporcional de la indemnización.
La suma asegurada —que es el límite máximo de indemnización que la compañía pagará en caso de siniestro— puede pactarse en valor de reposición (costo de reconstrucción o reemplazo del bien dañado por uno nuevo de similares características) o en valor real (valor de reposición menos la depreciación por uso). La elección entre ambas modalidades tiene consecuencias económicas significativas en el caso de siniestro y debe quedar claramente establecida en la póliza.
En Chile, los créditos hipotecarios otorgados por bancos e instituciones financieras reguladas por la CMF habitualmente exigen la contratación de un seguro de incendio y sismo como condición del financiamiento, conforme a las normas de la CMF sobre garantías hipotecarias. En forms-legal.com encontrará guías y modelos relacionados con el Contrato de Seguro de Hogar en Chile, incluyendo listas de verificación de coberturas y formularios de denuncia de siniestro.
Cuándo necesitas Contrato de Seguro de Hogar Chile
La contratación de un Seguro de Hogar en Chile resulta necesaria o altamente recomendable en los siguientes escenarios:
Al adquirir una vivienda mediante crédito hipotecario, la mayoría de los bancos e instituciones financieras reguladas por la CMF exige la contratación de un seguro de incendio y sismo por el valor de la propiedad como condición del financiamiento. Este requisito está establecido en las normas de la CMF sobre garantías hipotecarias y tiene como objetivo proteger el bien que garantiza el crédito ante eventos catastróficos. El asegurado tiene derecho a contratar el seguro con cualquier compañía autorizada por la CMF, sin estar obligado a hacerlo con la que ofrezca el banco prestamista, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Bancos.
Al arrendar una vivienda, tanto el arrendador como el arrendatario pueden tener interés en contar con un seguro de hogar. El arrendador busca proteger el inmueble ante daños causados por incendio, inundación u otros siniestros. El arrendatario, por su parte, puede contratar un seguro de contenido que proteja sus bienes muebles (muebles, equipos electrónicos, ropa, joyas) ante los mismos riesgos, y una cobertura de responsabilidad civil que lo proteja frente a daños que cause involuntariamente a la propiedad del arrendador.
Tras la adquisición de bienes de alto valor —equipos de sonido, televisores de alta gama, computadores, instrumentos musicales, obras de arte— que superen los límites estándar de las pólizas de hogar, resulta necesario ampliar la cobertura de contenido o contratar un seguro de artículos de valor, que debe formalizarse mediante endoso o póliza adicional.
Cuando se realizan obras de remodelación o ampliación en la vivienda que incrementan sustancialmente su valor, el asegurado debe comunicarlo a la compañía de seguros para que la suma asegurada sea actualizada. De lo contrario, en caso de siniestro, aplicará la regla del infraseguro del artículo 556 del Código de Comercio, que reduce la indemnización en proporción al déficit de cobertura.
Al adquirir una propiedad en zona de riesgo geológico, de inundación fluvial o costera, o en áreas con alta incidencia de robo según los datos de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) o Carabineros de Chile, la contratación de un seguro de hogar con coberturas específicas para esos riesgos es prácticamente indispensable para proteger el patrimonio familiar.
Las personas que ejercen actividades comerciales desde su domicilio deben verificar que la póliza de seguro de hogar cubra los bienes asociados a esa actividad, ya que muchas pólizas estándar excluyen expresamente los daños a bienes de uso comercial o profesional ubicados en el inmueble asegurado.
Qué incluir en tu Contrato de Seguro de Hogar Chile
Un Contrato de Seguro de Hogar en Chile debe contener los siguientes elementos esenciales que el asegurado debe verificar antes de suscribirlo:
**Partes del contrato**: Identificación completa de la compañía aseguradora (razón social, RUT, número de autorización de la CMF), del asegurado (nombre, RUT, domicilio) y del beneficiario en caso de siniestro (que puede ser el propio asegurado, el banco acreedor hipotecario u otra persona designada).
**Objeto asegurado y descripción del riesgo**: Dirección exacta del inmueble asegurado, descripción del tipo de construcción (hormigón armado, albañilería reforzada, madera u otro), número de pisos, año de construcción y, si corresponde, si el inmueble está ubicado en zona de riesgo sísmico o de inundación según los mapas de zonificación del SHOA (Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile) o del SERNAGEOMIN.
**Coberturas contratadas**: Lista detallada de los riesgos cubiertos por la póliza, con referencia a las condiciones generales y particulares. Las coberturas básicas habituales en Chile incluyen incendio, rayo, explosión, sismo y maremoto, y las coberturas adicionales pueden incluir robo, daños por agua, responsabilidad civil, rotura de vidrios, daños eléctricos y asistencia en el hogar. El asegurado debe verificar que las coberturas correspondan efectivamente a los riesgos relevantes de su inmueble.
**Exclusiones**: Lista de eventos o circunstancias que no están cubiertos por la póliza. Las exclusiones más frecuentes en seguros de hogar chilenos incluyen: daños causados intencionalmente por el asegurado, daños preexistentes al inicio de la cobertura, daños causados por guerra o actos terroristas (salvo cobertura especial), daños a bienes de uso comercial o profesional, y daños por inundación externa cuando no se contrata la cobertura específica de agua.
**Suma asegurada**: Valor máximo de indemnización para cada cobertura, especificando si corresponde a valor de reposición o valor real. El asegurado debe asegurarse de que la suma asegurada refleje el valor real del inmueble y de su contenido para evitar la aplicación de la regla de infraseguro del artículo 556 del Código de Comercio.
**Prima y forma de pago**: Monto de la prima anual o mensual, fecha de vencimiento, consecuencias del no pago (suspensión de cobertura o caducidad de la póliza) y mecanismos de pago aceptados. Conforme al artículo 537 del Código de Comercio, si el asegurado no paga la prima en el plazo convenido, el asegurador puede suspender la cobertura previo aviso.
**Deducible o franquicia**: Monto que el asegurado debe absorber de cada siniestro antes de que la compañía pague. Un deducible mayor reduce la prima pero aumenta el costo inicial en caso de siniestro. El asegurado debe evaluar el deducible en función de su capacidad de autofinanciamiento ante siniestros menores. En forms-legal.com encontrará listas de verificación para comparar pólizas de seguro de hogar en Chile.
**Procedimiento de denuncia de siniestro**: Plazo máximo para denunciar el siniestro a la compañía (habitualmente 3 a 5 días hábiles), documentación requerida, procedimiento de peritaje y plazos de pago de la indemnización conforme al artículo 571 del Código de Comercio.
**Vigencia y renovación**: Fecha de inicio y término de la cobertura, condiciones de renovación automática o expresa, y derecho del asegurado a no renovar sin penalidad.
Cómo completar tu Contrato de Seguro de Hogar Chile
Para contratar y completar correctamente un Seguro de Hogar en Chile, siga este procedimiento que garantiza una cobertura adecuada y evita problemas al momento de reclamar:
**Paso 1 — Datos del asegurado y del inmueble**: Ingrese su nombre completo, RUT, domicilio de correspondencia y datos de contacto. Proporcione la dirección exacta del inmueble a asegurar, incluyendo número de departamento o casa si corresponde. Indique el tipo de construcción (hormigón armado, albañilería, madera), el número de pisos y el año de construcción, ya que estos datos afectan el cálculo de la prima.
**Paso 2 — Determinación de la suma asegurada**: Calcule el valor de reconstrucción del inmueble (no el valor comercial, sino el costo de reconstruir en caso de siniestro total). Para viviendas, la Cámara Chilena de la Construcción publica periódicamente el valor de construcción por metro cuadrado por tipo de inmueble, que sirve de referencia. Sume también el valor del contenido (muebles, electrodomésticos, ropa, equipos electrónicos) que desea asegurar.
**Paso 3 — Selección de coberturas**: Marque las coberturas que necesita según las características y ubicación de su inmueble. En Chile, dado el alto riesgo sísmico, la cobertura de sismo y maremoto es fundamental. Si vive en zona costera, evalúe la cobertura de maremoto específica. Si tiene objetos de valor (joyas, obras de arte, equipos fotográficos), verifique si requiere una cobertura adicional o un endoso específico.
**Paso 4 — Declaración del riesgo**: Complete con veracidad el cuestionario de declaración del riesgo que le solicite la compañía aseguradora. Conforme al artículo 525 del Código de Comercio, debe declarar todos los hechos o circunstancias que conozca y que permitan al asegurador evaluar el riesgo (historial de siniestros anteriores, presencia de sistema de alarma, tipo de cerradura, etc.). La omisión dolosa puede dar lugar a la nulidad de la póliza conforme al artículo 526.
**Paso 5 — Revisión de exclusiones y deducibles**: Lea con atención la sección de exclusiones y los montos de deducible antes de firmar. Pregunte al corredor de seguros o a la compañía sobre cualquier exclusión que no entienda. Un corredor de seguros inscrito en la CMF puede asesorarle gratuitamente sobre las opciones del mercado.
**Paso 6 — Pago de prima y conservación de documentos**: Pague la prima en los plazos indicados para mantener la cobertura vigente. Conserve la póliza original, los comprobantes de pago y el inventario de bienes asegurados en un lugar seguro, preferiblemente en una copia digital en la nube, para acceder a ellos en caso de siniestro que destruya los documentos físicos.
**Paso 7 — Actualización periódica**: Revise anualmente la suma asegurada para ajustarla al valor actualizado del inmueble y el contenido. Comunique a la compañía cualquier modificación relevante del inmueble (obras de ampliación, instalación de equipos de alto valor) para mantener la cobertura adecuada y evitar el infraseguro.
Requisitos legales para Contrato de Seguro de Hogar Chile
El Contrato de Seguro de Hogar en Chile se rige por las siguientes normas jurídicas fundamentales:
**Código de Comercio, artículos 512 al 601**: Marco normativo general del contrato de seguro en Chile, profundamente modernizado por la Ley N.º 20.667 publicada el 9 de mayo de 2013. Estos artículos regulan los elementos esenciales del contrato de seguro, las obligaciones del asegurador y del asegurado, el procedimiento de denuncia y liquidación de siniestros, la regla de infraseguro (artículo 556) y los plazos de prescripción de las acciones derivadas del contrato.
**Ley N.º 20.667**: Modificó sustancialmente el Código de Comercio en materia de seguros, introduciendo normas de protección al asegurado como consumidor, regulando las condiciones generales de las pólizas y estableciendo el deber de información precontractual del asegurador y del corredor de seguros.
**Decreto con Fuerza de Ley N.º 251 sobre Compañías de Seguros**: Regula el funcionamiento de las compañías de seguros en Chile, sus requisitos de capital y solvencia, y las facultades fiscalizadoras de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Las compañías de seguros que operan en Chile deben estar autorizadas por la CMF y cumplir con sus normas de carácter general.
**Ley N.º 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores**: Aplicable a los contratos de seguro de hogar cuando el asegurado actúa como consumidor final. El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) tiene competencia para mediar en conflictos entre asegurados y compañías de seguros y puede interponer demandas colectivas conforme al artículo 51 de esa ley.
**Normativa de la CMF sobre pólizas de seguro**: La Comisión para el Mercado Financiero ha dictado normas de carácter general que regulan el contenido mínimo de las pólizas de seguro, los procedimientos de liquidación de siniestros y los plazos máximos de pago de indemnizaciones. El asegurado puede consultar la normativa vigente en el sitio web de la CMF y verificar si la póliza que le ofrecen cumple con estos requisitos mínimos.
Errores comunes a evitar en tu Contrato de Seguro de Hogar Chile
Los errores más frecuentes de los asegurados chilenos al contratar o usar un seguro de hogar, con sus consecuencias:
**Error 1 — Infraseguro por suma asegurada desactualizada**: No actualizar la suma asegurada al valor real del inmueble y su contenido es el error más costoso. En caso de siniestro total, la compañía aplicará la regla de infraseguro del artículo 556 del Código de Comercio, pagando solo la proporción entre la suma asegurada y el valor real del bien. Por ejemplo, si el inmueble vale $100 millones pero está asegurado por $60 millones, la compañía pagará solo el 60% de cualquier siniestro, aunque sea parcial.
**Error 2 — No leer las exclusiones antes de contratar**: Muchos asegurados descubren que su póliza no cubre el siniestro sufrido solo cuando intentan reclamar. Las exclusiones más frecuentes en Chile incluyen daños por inundación externa (desbordamiento de ríos o lluvia intensa) cuando no se contrató la cobertura específica, daños por negligencia grave del asegurado, y daños a bienes de uso comercial en inmuebles de uso habitacional.
**Error 3 — Omitir hechos relevantes en la declaración del riesgo**: No declarar siniestros anteriores, la presencia de materiales inflamables en el inmueble u otras circunstancias que agravan el riesgo puede dar lugar a la nulidad de la póliza por reticencia, conforme al artículo 526 del Código de Comercio. La compañía puede negarse a pagar la indemnización si acredita que el asegurado omitió dolosamente información relevante.
**Error 4 — No denunciar el siniestro en el plazo pactado**: La mayoría de las pólizas establece un plazo de 3 a 5 días hábiles para denunciar el siniestro a la compañía desde que el asegurado toma conocimiento de él. La denuncia tardía puede dar lugar a la reducción de la indemnización o a su rechazo si el retraso dificultó la investigación del siniestro por el liquidador de seguros designado por la CMF.
**Error 5 — No controlar el trabajo del liquidador de seguros**: El liquidador de seguros designado por la compañía trabaja para determinar la causa y el monto del siniestro. El asegurado tiene derecho a designar su propio liquidador privado para contrastar la liquidación de la compañía, lo que frecuentemente resulta en indemnizaciones más altas. No ejercer este derecho puede resultar en una indemnización inferior a la que corresponde.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Seguro de Hogar Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/personal/insurance/contrato-seguro-hogar-chile
"Contrato de Seguro de Hogar Chile (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/chile/personal/insurance/contrato-seguro-hogar-chile.
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}Preguntas Frecuentes
Un seguro de hogar en Chile cubre, en su plan básico, los daños materiales al inmueble y su contenido causados por incendio, rayo y explosión. Las coberturas adicionales más contratadas son: sismo y maremoto (fundamental dado el alto riesgo sísmico de Chile como parte del Anillo de Fuego del Pacífico), robo e ingreso ilegítimo con uso de fuerza en las cosas, daños por agua (escape de cañerías, rotura de tuberías, desbordamiento de artefactos), daños eléctricos (cortocircuito, sobrevoltaje), rotura de cristales y vidrios, y responsabilidad civil ante terceros por daños causados desde el inmueble asegurado. Las exclusiones más frecuentes son: daños causados dolosamente por el asegurado; daños preexistentes a la contratación; daños por inundación externa (desbordamiento de ríos o lluvia intensa) cuando no se contrató expresamente esta cobertura; daños a bienes de uso comercial; daños por guerra, terrorismo o actos del orden público; y daños causados por falta de mantención del inmueble. El asegurado debe leer con atención las condiciones generales y particulares de la póliza, disponibles en el Repositorio de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
El cálculo de la indemnización en un seguro de hogar chileno depende de tres factores principales: la suma asegurada, el valor real del daño y el deducible pactado. Primero se determina el valor del daño mediante el informe del liquidador de seguros (perito designado por la compañía o, a elección del asegurado, un liquidador privado inscrito en el registro de la CMF). Luego se verifica si existe infraseguro: si la suma asegurada es inferior al valor real del bien asegurado, la compañía aplicará la regla del artículo 556 del Código de Comercio, pagando solo la proporción entre ambos valores. Finalmente, se descuenta el deducible pactado en la póliza. Por ejemplo, si el daño es de $5.000.000, la póliza cubre el 100% del valor real (no hay infraseguro) y el deducible es de $500.000, la compañía pagará $4.500.000. Si además existiera infraseguro del 20%, la compañía pagaría el 80% de $4.500.000 = $3.600.000. Para evitar reducciones por infraseguro, el asegurado debe actualizar anualmente la suma asegurada al valor real del inmueble y su contenido.
Tras sufrir un siniestro cubierto por el seguro de hogar, el asegurado debe actuar con rapidez siguiendo estos pasos. Primero, garantizar la seguridad de las personas: en caso de incendio, llamar al Cuerpo de Bomberos de Chile (132); en caso de sismo con daños estructurales, evacuar el inmueble y contactar a la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) o Senapred. Segundo, adoptar las medidas necesarias para evitar que el daño se agrave, ya que el artículo 554 del Código de Comercio obliga al asegurado a tomar estas medidas bajo pena de reducción de la indemnización. Tercero, denunciar el siniestro a la compañía de seguros dentro del plazo establecido en la póliza (habitualmente 3 a 5 días hábiles), por los canales que la compañía disponga (teléfono, plataforma web, aplicación móvil). Cuarto, no alterar ni reparar los bienes dañados antes de que el liquidador de seguros los inspeccione, salvo que sea indispensable para evitar daños mayores. Quinto, preparar la documentación del siniestro: fotografías de los daños, listado de bienes afectados con sus valores aproximados, facturas o boletas de los bienes de alto valor, y cualquier informe de Bomberos o de Carabineros de Chile.
Sí, la compañía de seguros puede rechazar total o parcialmente una reclamación cuando considera que el siniestro no está cubierto por la póliza, cuando el asegurado incumplió sus obligaciones contractuales o cuando concurre alguna causal de exclusión. Las causas más frecuentes de rechazo en Chile son: el siniestro está excluido expresamente en las condiciones de la póliza; el asegurado omitió dolosamente información relevante en la declaración del riesgo, configurando reticencia (artículo 526 del Código de Comercio); el asegurado no denunció el siniestro dentro del plazo pactado; el asegurado no adoptó las medidas para evitar el agravamiento del daño. Si el asegurado estima que el rechazo es injustificado, puede: presentar un reclamo ante la compañía por sus canales formales; acudir a la CMF para que medie en el conflicto; recurrir al SERNAC conforme a la Ley N.º 19.496; o demandar judicialmente a la compañía ante el Juzgado de Letras en lo Civil de la jurisdicción correspondiente, invocando los artículos del Código de Comercio sobre obligaciones del asegurador.
El seguro de hogar en Chile puede incluir cobertura de sismo y maremoto, pero esta cobertura no es automática en todas las pólizas: el asegurado debe contratarla expresamente. Dado que Chile es uno de los países con mayor actividad sísmica del mundo y ha sufrido terremotos devastadores como el del 27 de febrero de 2010 (8,8 grados Richter, el quinto más intenso registrado en la historia), la cobertura de sismo es altamente recomendable para cualquier inmueble en el territorio nacional. La cobertura de sismo habitualmente incluye daños materiales causados por el movimiento sísmico, por el maremoto subsecuente (tsunami) y por los incendios que se originen como consecuencia directa del sismo. La CMF regula las condiciones mínimas de esta cobertura y publica en su sitio web el texto de las pólizas de uso común en el mercado asegurador chileno, lo que permite comparar las condiciones ofrecidas por distintas compañías antes de contratar.
Sí. En Chile, el asegurado que tiene un crédito hipotecario tiene el derecho de contratar el seguro de incendio y sismo exigido por el banco con cualquier compañía de seguros autorizada por la CMF, sin estar obligado a contratar con la que el banco le ofrezca. Este derecho está reconocido en la Ley General de Bancos y en la normativa de la CMF. La única condición es que la póliza contratada con la compañía elegida por el asegurado cumpla con los requisitos mínimos de cobertura exigidos por el banco en el contrato de mutuo hipotecario. En caso de cambio de compañía, el asegurado debe comunicarlo al banco y acreditar que la nueva póliza está vigente y que el banco figura como beneficiario preferente en caso de siniestro que destruya el inmueble que garantiza el crédito. Contratar el seguro con una compañía distinta a la del banco puede resultar en un ahorro significativo en la prima anual, ya que las primas varían entre compañías. El asegurado puede consultar y comparar pólizas en el Repositorio de Pólizas de la CMF disponible en su sitio web.
El liquidador de seguros es el profesional independiente que determina la causa, extensión y valor de los daños producidos por un siniestro, para efectos de calcular la indemnización que debe pagar la compañía aseguradora. En Chile, los liquidadores de seguros deben estar inscritos en el Registro de Liquidadores de Seguros de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), la cual los fiscaliza y puede sancionarlos si actúan con parcialidad o negligencia. Cuando ocurre un siniestro, la compañía designa a su propio liquidador, quien elabora el informe de liquidación que determina el monto de la indemnización. El asegurado tiene derecho a designar su propio liquidador de parte (a su costo) para contrastar la liquidación de la compañía, lo que el artículo 571 del Código de Comercio reconoce expresamente. Si existe discrepancia entre ambas liquidaciones, las partes pueden designar un tercer liquidador dirimente o recurrir a la CMF o a los tribunales civiles. En la práctica chilena, contratar un liquidador de parte frecuentemente resulta en indemnizaciones superiores a las inicialmente ofrecidas por la compañía.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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