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Solicitud de Devolución de Impuesto a la Renta Chile

Solicitud de Devolución de Impuesto a la Renta Chile

SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA

Servicio de Impuestos Internos (SII)

Conforme al Artículo 126 del Código Tributario y el Artículo 97 del DL 824/1974

[Ciudad Contribuyente], [Fecha Declaración]

Señor/a Director/a Regional

[Director Regional SII]

Servicio de Impuestos Internos

Presente

I. DATOS DEL CONTRIBUYENTE

Nombre: [Nombre Contribuyente]

RUT: [RUT Contribuyente]

Domicilio tributario: [Domicilio Tributario]

Correo electrónico: [Email Contribuyente]

Teléfono: [Teléfono Contribuyente]

Tipo de contribuyente: [Tipo Contribuyente]

II. PERÍODO TRIBUTARIO Y FUNDAMENTO DE LA SOLICITUD

Período tributario: [Año Tributario]

El suscrito, en calidad de contribuyente debidamente registrado ante el SII con el RUT indicado, presenta la siguiente solicitud de devolución de impuesto a la renta conforme al Artículo 126 del Código Tributario (DFL N° 3 de 1969) y al Artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Decreto Ley 824 de 1974), por existir un saldo a favor del contribuyente resultante de la declaración anual de renta del [Año Tributario].

Causa principal del saldo a favor: [Causa Devolución]

Detalle adicional: [Detalle Causas]

III. MONTO SOLICITADO EN DEVOLUCIÓN

El monto del saldo a favor determinado en la declaración anual de renta del [Año Tributario] asciende a la suma de [Monto Devolución], conforme a la liquidación resultante de aplicar las disposiciones del DL 824/1974, los créditos tributarios correspondientes y las retenciones o PPM efectuados durante el año comercial.

El contribuyente declara que los antecedentes que respaldan el saldo a favor — certificados de retenciones del empleador (Certificado N° 6 del SII), certificados de APV, certificados de cotizaciones previsionales, y demás documentos de respaldo — se encuentran en su poder y serán presentados al SII dentro del plazo de 30 días hábiles si son requeridos mediante Citación del Artículo 63 del Código Tributario.

IV. DATOS PARA EL DEPÓSITO DE LA DEVOLUCIÓN

Se solicita que la devolución sea depositada en la siguiente cuenta bancaria registrada a nombre del contribuyente:

Banco: [Banco]

Tipo de cuenta: [Tipo Cuenta]

Número de cuenta: [Número Cuenta]

Titular: [Nombre Contribuyente]

RUT titular: [RUT Contribuyente]

El contribuyente certifica que la cuenta bancaria indicada está a su nombre y que los datos son correctos. En caso de error en los datos bancarios que impida la devolución, el contribuyente acepta la responsabilidad correspondiente.

V. PETICIÓN

Por lo expuesto, solicito respetuosamente al Servicio de Impuestos Internos que, conforme al Artículo 126 del Código Tributario y al Artículo 97 del DL 824/1974, proceda a:

1. Aceptar la presente solicitud de devolución de impuesto a la renta por el monto de [Monto Devolución] correspondiente al [Año Tributario].

2. Procesar la devolución dentro del plazo de 30 días hábiles establecido en el Artículo 97 del DL 824 contado desde la presentación de la declaración anual.

3. Depositar el monto indicado en la cuenta bancaria señalada en el acápite IV.

FIRMA DEL CONTRIBUYENTE

[Nombre Contribuyente]

RUT: [RUT Contribuyente]

Firma: _________________________

Nota: En Chile la declaración anual de renta y la solicitud de devolución se tramitan íntegramente en el portal sii.cl durante abril de cada año. Este documento sirve como respaldo formal de la solicitud y puede presentarse en oficinas SII si la devolución es retenida o requiere antecedentes adicionales conforme al Artículo 63 del Código Tributario.

Contribuyente

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Solicitud de Devolución de Impuesto a la Renta Chile

La Solicitud de Devolución de Impuesto a la Renta en Chile es la petición, regida por el artículo 126 del Código Tributario y el artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824 de 1974), mediante la cual el contribuyente requiere al Servicio de Impuestos Internos la restitución de los pagos en exceso.

El Artículo 126 del Código Tributario (DFL N° 3 de 1969) establece el derecho de los contribuyentes a solicitar la devolución de impuestos pagados en exceso o erróneamente, dentro del plazo de tres años desde el acto o hecho que sirve de fundamento a la reclamación. Este artículo es la base legal general del derecho a la devolución tributaria, complementado por el Artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Decreto Ley 824 de 1974) que regula el mecanismo específico de devolución del saldo a favor resultante de la declaración anual de renta.

El Impuesto Único de Segunda Categoría (IUSC) es la retención mensual que efectúa el empleador sobre la remuneración del trabajador dependiente, conforme al Artículo 42 N° 1 y a los Artículos 42 bis a 44 del DL 824. La tasa del IUSC se aplica mediante tablas de retención publicadas mensualmente por el SII, utilizando la escala de tasas progresivas del Artículo 43 del DL 824 (0% para rentas menores a 13,5 UTM, hasta 40% para rentas superiores a 310 UTM mensuales en 2025). Cuando el trabajador tiene más de un empleador, las retenciones de cada uno se calculan independientemente sobre la remuneración parcial, sin considerar la suma total — lo que puede generar retenciones acumuladas inferiores al impuesto global correspondiente, o retenciones en exceso si la suma de ingresos cae en una escala inferior.

La Operación Renta es el proceso anual de declaración del Impuesto Global Complementario (IGC) o del Impuesto Único de Segunda Categoría que deben efectuar los contribuyentes ante el SII durante el mes de abril de cada año tributario. El SII pone a disposición de los contribuyentes la propuesta de declaración de renta prellenada en su portal en línea (sii.cl) con los datos informados por empleadores, entidades financieras, AFP, notarías y otros agentes retenedores mediante las Declaraciones Juradas correspondientes. Si la declaración arroja saldo a favor del contribuyente — es decir, las retenciones y PPM efectuados durante el año superan el impuesto definitivo determinado —, el SII devuelve automáticamente el saldo por transferencia bancaria a la cuenta registrada por el contribuyente, o mediante cheque a nombre del contribuyente si no tiene cuenta bancaria registrada.

El Artículo 97 del DL 824 establece que la devolución del saldo a favor del IGC o del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) se efectúa dentro de los 30 días hábiles siguientes a la presentación de la declaración anual, cuando la declaración es aceptada sin observaciones por el SII. Si el SII determina que la declaración presenta inconsistencias, puede solicitar antecedentes adicionales al contribuyente antes de efectuar la devolución, conforme al Artículo 63 del Código Tributario que regula la citación.

La Resolución Exenta SII N° 45 de 2001 y sus modificaciones establecen el procedimiento para el registro de cuenta bancaria por parte del contribuyente en el SII para efectos de la devolución de impuestos. Los contribuyentes que no tienen cuenta bancaria registrada o que no retiran el cheque de devolución dentro del plazo de un año desde su emisión pueden solicitar la reemisión del cheque o el depósito en cuenta bancaria actualizada a través del portal del SII.

Cuándo necesitas Solicitud de Devolución de Impuesto a la Renta Chile

La Solicitud de Devolución de Impuesto a la Renta Chile se requiere en distintas situaciones en que el contribuyente ha pagado más impuesto del que le corresponde según la liquidación anual o la determinación definitiva de su carga tributaria.

Trabajadores dependientes con retenciones en exceso: Los trabajadores bajo contrato de trabajo (Artículo 42 N° 1 del DL 824) cuyo empleador retuvo mensualmente el IUSC conforme a las tablas del SII, y cuya declaración anual de renta arroja que las retenciones acumuladas superan el impuesto global determinado — por ejemplo, porque el trabajador tuvo gastos educacionales que dan derecho al crédito del Artículo 55 bis del DL 824, cotizaciones voluntarias de APV con crédito tributario, o porque sus ingresos variables generaron retenciones desproporcionadas en meses de altos ingresos —, tienen derecho a solicitar la devolución del exceso.

Trabajadores con Ahorro Previsional Voluntario (APV): Los trabajadores que realizaron cotizaciones de APV bajo el régimen del Artículo 42 bis del DL 824 tienen derecho a un crédito tributario equivalente al 15% de los montos depositados, con tope de 6 UTM anuales. Si el crédito por APV supera el IUSC retenido, el exceso constituye un saldo a favor que debe ser devuelto por el SII conforme al Artículo 97 del DL 824.

Contribuyentes con dos o más empleadores: El trabajador que tiene dos o más empleadores simultáneos debe presentar su declaración anual de renta para consolidar sus ingresos y determinar el impuesto global definitivo conforme al Artículo 47 del DL 824. Si las retenciones individuales de cada empleador resultaron en un total inferior al impuesto global, el contribuyente debe pagar la diferencia. Si resultaron en un exceso — por ejemplo, porque la escala progresiva de las retenciones individuales no consideró los tramos más bajos de la escala global —, tiene derecho a la devolución del exceso.

Trabajadores independientes con PPM en exceso: Los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios (Artículo 42 N° 2 del DL 824) tienen una retención del 13,75% sobre cada boleta en 2025 (porcentaje que ha ido aumentando gradualmente desde 2020 conforme a la Ley 21.133). Si los PPM acumulados durante el año superan el impuesto global definitivo determinado en la declaración anual — porque los ingresos anuales fueron inferiores a los proyectados, porque hubo gastos deducibles significativos, o porque el contribuyente tiene créditos tributarios —, el exceso es devuelto por el SII.

Contribuyentes con pérdidas tributarias: Los contribuyentes de Primera Categoría (empresas) que en el año tributario generaron una pérdida tributaria pueden recuperar el Impuesto de Primera Categoría pagado en años anteriores mediante el mecanismo del Artículo 31 N° 3 del DL 824, que permite imputar la pérdida a las utilidades tributables de los ejercicios siguientes o solicitar la devolución del IDPC correspondiente.

Contribuyentes con doble tributación internacional: Los contribuyentes chilenos que pagaron impuestos en el extranjero sobre rentas de fuente extranjera que también tributan en Chile bajo el IGC, y que el Convenio para Evitar la Doble Tributación (CDT) aplicable permite imputar el impuesto extranjero como crédito, pueden solicitar la devolución del exceso de impuesto pagado en Chile conforme al Artículo 41 C del DL 824 y al CDT respectivo. Chile tiene CDTs vigentes con más de 35 países, incluyendo Argentina, Brasil, Colombia, España, EE.UU., Canadá, China, Australia, Francia, Alemania y otros.

Qué incluir en tu Solicitud de Devolución de Impuesto a la Renta Chile

Una Solicitud de Devolución de Impuesto a la Renta Chile bien preparada debe contener los datos del contribuyente, la fundamentación del exceso de impuesto pagado, y los antecedentes que respaldan el monto solicitado en devolución.

Identificación del contribuyente: RUT (Rol Único Tributario asignado por el SII — equivalente al RUN para personas naturales), nombre completo o razón social, domicilio tributario, correo electrónico y teléfono de contacto registrados ante el SII. El domicilio tributario es el que el contribuyente tiene informado en el Registro de Contribuyentes del SII — cualquier discrepancia puede generar demoras en el procesamiento de la devolución.

Año tributario y período: Indicar el año tributario al que corresponde la declaración (año en que se declaran las rentas obtenidas el año anterior) y el período comercial. La Operación Renta 2025 corresponde a las rentas obtenidas durante el año comercial 2024.

Fundamento de la devolución: Señalar con precisión la causa del exceso de impuesto pagado: retenciones de IUSC en exceso por retenciones mensuales sobre la escala progresiva; crédito por APV (Artículo 42 bis DL 824); crédito por gastos educacionales (Artículo 55 bis DL 824 — hasta 4,4 UTM por hijo); crédito por intereses de mutuos hipotecarios (Artículo 55 bis DL 824 — hasta 8 UTM anuales); imputación de Impuesto de Primera Categoría como crédito al IGC; PPM en exceso de trabajadores independientes; u otro crédito tributario aplicable.

Monto solicitado en devolución: El monto exacto del saldo a favor determinado en la declaración anual de renta, expresado en pesos chilenos (CLP). Este monto resulta de la diferencia entre el impuesto definitivo determinado y las retenciones, PPM y créditos imputados.

Datos de la cuenta bancaria para depósito: Nombre del banco o institución financiera, número de cuenta corriente, cuenta de ahorro o cuenta vista/RUT donde el SII debe depositar la devolución, y el nombre del titular de la cuenta (que debe coincidir con el RUT del contribuyente). El registro de la cuenta bancaria ante el SII puede efectuarse en el portal sii.cl con ClaveÚnica o Clave Tributaria.

Antecedentes de respaldo: Certificados de retenciones emitidos por el empleador (Certificado de Renta, Modelo 9 — también denominado Certificado N° 6 del SII), certificados de cotizaciones AFP e ISAPRE, certificado de APV emitido por la AFP o institución financiera, y cualquier otro documento que acredite los créditos tributarios invocados. Estos documentos no se adjuntan a la declaración anual pero deben conservarse por el contribuyente durante 6 años para efectos de fiscalización del SII conforme al Artículo 200 del Código Tributario.

Plazos de prescripción: El Artículo 126 del Código Tributario establece un plazo de tres años para solicitar la devolución de impuestos pagados en exceso o indebidamente, contados desde el acto o hecho que sirve de fundamento. Este plazo se suspende durante el tiempo que dure el proceso de fiscalización del SII conforme al Artículo 201 del Código Tributario.

Forms-legal.com pone a disposición este modelo de solicitud para facilitar la gestión de la devolución de impuesto a la renta en Chile. Para situaciones tributarias complejas — múltiples empleadores, rentas en el extranjero, créditos especiales, o declaraciones con diferencias significativas respecto a la propuesta del SII — se recomienda contar con la asesoría de un Contador Auditor o Abogado Tributarista habilitado ante el SII. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 21.133AR official

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Forms Legal. (2026). Solicitud de Devolución de Impuesto a la Renta Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/financial/forms/solicitud-devolucion-impuesto-renta-chile

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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