Contrato de Leasing Inmobiliario Chile
Conforme al Código de Comercio, Ley 18.010/1981 y normativa CMF
CONTRATO DE LEASING INMOBILIARIO
Conforme al Código de Comercio de Chile, Ley N° 18.010 de 1981 y normativa CMF
PRIMERO: PARTES CONTRATANTES
ARRENDADOR (Sociedad de Leasing):
Razón Social: [Arrendador]
RUT: [RUT Arrendador]
Domicilio: [Domicilio Arrendador]
Representante Legal: [Representante Arrendador]
ARRENDATARIO:
Nombre / Razón Social: [Arrendatario]
RUT: [RUT Arrendatario]
Domicilio: [Domicilio Arrendatario]
Representante Legal: [Representante Arrendatario]
SEGUNDO: IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE
El inmueble objeto del presente contrato de leasing es el siguiente:
Dirección: [Dirección Inmueble]
Rol de Avalúo SII: [Rol de Avalúo]
Superficie: [Superficie Inmueble]
Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces (CBR): [Inscripción CBR]
El arrendador declara ser dueño del inmueble con título de dominio vigente, libre de hipotecas, embargos y prohibiciones, conforme al Registro de Hipotecas y Gravámenes del CBR, de acuerdo con el Artículo 686 del Código Civil.
TERCERO: CONDICIONES ECONÓMICAS Y PLAZO
El presente contrato de leasing inmobiliario tiene un plazo de [Plazo Contrato], contado desde el [Fecha Inicio].
El arrendatario pagará al arrendador una cuota mensual de arrendamiento de [Cuota Mensual UF], pagadera el [Día de Pago] de cada mes. Las cuotas se denominan en Unidades de Fomento (UF) conforme a la Ley N° 18.010/1981 y la tasa máxima convencional (TMC) fijada por el Banco Central de Chile.
Al término del plazo, el arrendatario tendrá derecho a ejercer la opción de compra por el valor residual de [Valor Residual], mediante escritura pública ante Notario Público y la correspondiente inscripción en el Registro de Propiedad del CBR conforme a los Artículos 686 y 1801 del Código Civil.
CUARTO: OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO
El arrendatario se obliga a:
a) Destinar el inmueble exclusivamente al uso convenido: [Uso Permitido].
b) [Responsable Contribuciones] (DL N° 3.063 — Impuesto Territorial), sin perjuicio de que el arrendador como titular del dominio sea el contribuyente ante el SII.
c) Contratar y mantener vigente el seguro obligatorio: [Seguro Obligatorio].
d) Mantener el inmueble en buen estado de conservación, efectuando la mantención ordinaria a su costo.
e) No realizar mejoras ni modificaciones estructurales sin consentimiento escrito previo del arrendador.
f) Permitir el acceso del arrendador o sus representantes para inspeccionar el inmueble con aviso previo razonable.
QUINTO: OPCIÓN DE COMPRA
Al vencimiento del plazo, el arrendatario podrá ejercer la opción de compra notificando al arrendador por carta certificada con a lo menos 30 días de anticipación. Ejercida la opción, las partes otorgarán escritura pública de compraventa ante Notario Público, pagando el arrendatario el valor residual de [Valor Residual], e inscribirán la transferencia de dominio en el CBR. El Impuesto de Timbres y Estampillas (DL N° 3.475) y los gastos notariales serán de cargo del arrendatario.
SEXTO: INCUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN
El atraso en el pago de cualquier cuota de arrendamiento por más de 30 días dará derecho al arrendador a declarar el contrato resuelto de pleno derecho, exigir la restitución inmediata del inmueble y cobrar la totalidad de las cuotas pendientes como cláusula penal, conforme al Artículo 1544 del Código Civil. Cualquier controversia será resuelta por el Juzgado de Letras en lo Civil del domicilio del inmueble.
SÉPTIMO: LEY APLICABLE Y REGISTRO
El presente contrato se rige por el Código de Comercio de Chile, la Ley N° 18.010/1981 (Operaciones de Crédito de Dinero), la normativa CMF, el Código Civil y las demás disposiciones legales aplicables. Para su oponibilidad frente a terceros, el presente instrumento deberá inscribirse en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, conforme al Artículo 686 del Código Civil. El tratamiento contable se regirá por las NIFC/IFRS 16 adoptadas por la CMF mediante Resolución Exenta N° 43.
FIRMAS
En [Ciudad Otorgamiento], a [Fecha Otorgamiento].
EL ARRENDADOR:
[Arrendador]
Representado por: [Representante Arrendador]
RUT: [RUT Arrendador]
Firma: _________________________
EL ARRENDATARIO:
[Arrendatario]
Representado por: [Representante Arrendatario]
RUT: [RUT Arrendatario]
Firma: _________________________
Ante Notario Público: _________________________ Fecha: _________________________
Arrendador / Representante Legal (Sociedad de Leasing)
________________
Signature
Arrendatario / Representante Legal
________________
Signature
Qué es Contrato de Leasing Inmobiliario Chile
El Contrato de Leasing Inmobiliario en Chile es el acuerdo, regido por la Ley 18.010 de 1981, las normas del Código de Comercio y la Recopilación de la CMF, mediante el cual la sociedad de leasing entrega un inmueble en uso con opción de compra al arrendatario al final del período.
El leasing inmobiliario se distingue fundamentalmente del arrendamiento común regulado por la Ley N.º 18.101 sobre Arrendamiento de Predios Urbanos en que incorpora una opción de compra a precio residual al término del contrato, lo que le otorga una naturaleza jurídica mixta de arrendamiento con promesa de compraventa. El Servicio de Impuestos Internos, mediante la Circular N.º 11 de 1994 y la Circular N.º 57 de 1994, ha establecido el tratamiento tributario diferenciado del leasing financiero respecto del leasing operativo, distinción que tiene efectos determinantes sobre la deducibilidad de los cargos financieros y la depreciación del activo para el arrendatario.
En el leasing financiero, modalidad predominante en Chile, el arrendatario registra el bien arrendado como activo en su balance conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) adoptadas en Chile mediante la Resolución N.º 43 de 2009 del Colegio de Contadores de Chile y las instrucciones de la CMF, y reconoce simultáneamente un pasivo financiero equivalente al valor presente de los cánones de arrendamiento futuros. La NIIF 16 vigente desde el 1 de enero de 2019 eliminó la distinción entre arrendamiento operativo y financiero para efectos contables, exigiendo que los arrendatarios reconozcan en el balance el activo por derecho de uso y el pasivo de arrendamiento correspondiente.
Las empresas de leasing inmobiliario que operan en Chile incluyen tanto instituciones bancarias con divisiones especializadas —como Banco de Chile Leasing, Santander Leasing, BCI Leasing y Scotiabank Leasing— como sociedades de leasing independientes fiscalizadas por la CMF. Estas entidades financian la adquisición del inmueble solicitado por el cliente, quien asume los riesgos y beneficios económicos del bien desde el momento de la entrega, aunque el dominio legal permanezca en cabeza de la sociedad arrendadora durante toda la vigencia del contrato.
El Banco Central de Chile, mediante el Capítulo III.B.2 del Compendio de Normas Financieras, regula las operaciones de leasing de las instituciones bancarias, estableciendo requisitos de provisiones, límites de concentración y criterios de clasificación de cartera. La plataforma forms-legal.com ofrece modelos actualizados de Contratos de Leasing Inmobiliario adaptados a las distintas modalidades reconocidas por la normativa chilena, con cláusulas que contemplan las disposiciones de la NIIF 16, el tratamiento tributario del SII y los requisitos formales de la CMF para operaciones de crédito a largo plazo sobre bienes raíces en Chile.
Cuándo necesitas Contrato de Leasing Inmobiliario Chile
El Contrato de Leasing Inmobiliario en Chile resulta especialmente conveniente en situaciones en que una empresa o empresario individual necesita acceder al uso de un inmueble comercial o industrial sin la necesidad de inmovilizar el capital requerido para su adquisición directa, manteniendo al mismo tiempo la opción de convertirse en propietario del bien al término del contrato mediante el ejercicio de la opción de compra.
La expansión de capacidad productiva es el escenario más habitual en que las empresas chilenas recurren al leasing inmobiliario. Cuando una empresa manufacturera necesita ampliar su planta de producción, una empresa logística requiere nuevas bodegas para almacenaje o una cadena de retail busca abrir nuevas sucursales, el leasing inmobiliario permite acceder al inmueble necesario sin desembolsar el precio total de compra. Esta modalidad preserva la liquidez de la empresa y sus líneas de crédito bancarias para financiar capital de trabajo y otros activos de corto plazo, en lugar de inmovilizarlos en bienes raíces.
Las empresas que inician operaciones y no cuentan con un historial crediticio suficiente para obtener créditos hipotecarios comerciales encuentran en el leasing inmobiliario una alternativa de financiamiento. El banco o sociedad de leasing adquiere el inmueble y lo cede en uso a la empresa, asumiendo el riesgo de la operación sobre la base de la viabilidad del negocio del cliente y no exclusivamente sobre su historial de crédito. CORFO, mediante su programa de garantías, ha colaborado con diversas entidades financieras chilenas para facilitar el acceso al leasing inmobiliario para pequeñas y medianas empresas que no califican para créditos hipotecarios convencionales.
Las ventajas tributarias del leasing inmobiliario constituyen otro factor determinante en la decisión de utilizar este instrumento. Conforme a la Circular N.º 11 de 1994 del Servicio de Impuestos Internos, los cánones de arrendamiento pagados bajo un contrato de leasing financiero son deducibles íntegramente como gasto necesario para producir la renta según el artículo 31 del DL N.º 824, lo que puede generar un beneficio tributario superior al que se obtendría mediante la depreciación acelerada del activo fijo en el caso de compra directa.
El sector de la construcción y los proyectos inmobiliarios de desarrollo utilizan el leasing inmobiliario de construcción (lease-back sobre terrenos) como mecanismo de financiamiento de largo plazo. En esta modalidad, el desarrollador vende el terreno a una sociedad de leasing y luego lo toma en leasing para desarrollar el proyecto, recuperando la propiedad del terreno al ejercer la opción de compra al término del contrato. Esta estructura ha sido utilizada por empresas como Empresas Socovesa, Paz Corp e Inmobiliaria Aconcagua para financiar proyectos residenciales y comerciales en Chile.
Qué incluir en tu Contrato de Leasing Inmobiliario Chile
Un Contrato de Leasing Inmobiliario en Chile debe contener elementos esenciales que definan con precisión los derechos y obligaciones de la sociedad arrendadora y del arrendatario, garantizando la validez jurídica de la operación y su correcta calificación tributaria ante el Servicio de Impuestos Internos.
La identificación completa de las partes es el primer elemento estructural. El contrato debe individualizar a la sociedad de leasing con su razón social, RUT, número de inscripción en el Registro de Comercio, domicilio legal y nombre del representante legal acreditado mediante escritura pública vigente. El arrendatario debe identificarse de manera equivalente. La Comisión para el Mercado Financiero exige que las entidades bancarias que prestan servicios de leasing verifiquen la identidad y situación financiera del arrendatario conforme a las normas de prevención del lavado de activos de la Ley N.º 19.913.
La descripción precisa del inmueble arrendado es un elemento de especial relevancia. El contrato debe identificar el bien raíz con su rol de avalúo fiscal asignado por el Servicio de Impuestos Internos, la dirección exacta, la superficie total del terreno y de las construcciones en metros cuadrados, la descripción de las mejoras e instalaciones existentes, el número de inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces y cualquier gravamen o servidumbre que afecte al inmueble.
El canon de arrendamiento y su mecanismo de reajuste son el núcleo económico del contrato. El canon debe especificarse en el monto exacto de cada cuota periódica, la frecuencia de pago (mensual, trimestral), la descomposición entre amortización de capital e intereses cuando corresponda para efectos contables bajo NIIF 16, y el mecanismo de reajuste por variación de la UF o del IPC. El plazo total del contrato —usualmente entre 5 y 20 años para leasing inmobiliario en Chile— debe quedar claramente establecido con las fechas de inicio y término.
La opción de compra es el elemento diferenciador del leasing respecto del arrendamiento ordinario. El contrato debe establecer el valor residual por el cual el arrendatario puede adquirir el inmueble al término del contrato, las condiciones para el ejercicio de la opción (plazo de notificación, forma de pago), y las consecuencias de no ejercer la opción dentro del plazo establecido. El Servicio de Impuestos Internos, conforme a la Circular N.º 11 de 1994, exige que el valor residual sea establecido al inicio del contrato para calificar la operación como leasing financiero con el tratamiento tributario correspondiente.
Las obligaciones de mantención y seguros del inmueble deben distribuirse claramente entre las partes. En el leasing financiero, el arrendatario asume generalmente la responsabilidad de mantener el inmueble en buen estado de conservación, contratar seguros de incendio y terremoto sobre el inmueble por el valor de reposición, y asumir los gastos de reparaciones menores y mayores durante la vigencia del contrato. En forms-legal.com encontrará modelos de Contratos de Leasing Inmobiliario que incluyen todos estos elementos esenciales, con tratamiento tributario actualizado conforme a la NIIF 16 y las circulares del SII sobre leasing financiero e inmobiliario en Chile.
Cómo completar tu Contrato de Leasing Inmobiliario Chile
Completar correctamente un Contrato de Leasing Inmobiliario en Chile requiere coordinar información técnica, financiera y jurídica de múltiples fuentes. Seguir estos pasos asegura que el documento refleje fielmente los términos acordados y cumpla con los requisitos del Servicio de Impuestos Internos y la Comisión para el Mercado Financiero.
El primer paso es obtener el estudio de títulos del inmueble. Antes de firmar el contrato, la sociedad de leasing encarga a un abogado de su confianza la revisión de los títulos de propiedad del inmueble en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente. Este estudio verifica que el vendedor tenga dominio libre de cargas sobre el inmueble, que no existan hipotecas, embargos, prohibiciones ni litigios pendientes que afecten la propiedad, y que las inscripciones en el Registro de Propiedad sean correctas y continuas desde, al menos, 10 años antes.
En el campo de identificación del inmueble, ingrese el rol de avalúo fiscal exactamente como aparece en el Servicio de Impuestos Internos —en el formato "XXX-XXXX" para predios urbanos— junto con la dirección completa incluyendo número de calle, piso o número de oficina si es edificio, y la comuna. Indique la superficie total en metros cuadrados según el certificado del Conservador de Bienes Raíces o el plano de subdivisión aprobado por la Dirección de Obras Municipales correspondiente.
En el campo del canon de arrendamiento, exprese el monto de la cuota periódica tanto en pesos chilenos como en su equivalente en UF a la fecha de suscripción del contrato. Indique claramente el día del mes en que vence cada cuota y la cuenta bancaria o forma de pago. Si el contrato contempla cuotas diferenciadas en los primeros meses (período de gracia), especifique el monto de cada cuota del período diferencial y su duración.
En el campo del valor residual de la opción de compra, indique el monto en UF o en pesos que el arrendatario debe pagar para ejercer su derecho a adquirir el inmueble al término del contrato. Especifique el plazo mínimo de anticipación con que el arrendatario debe notificar su intención de ejercer la opción —usualmente 60 o 90 días antes del vencimiento del contrato— y la forma en que debe realizarse dicha notificación (carta certificada a la sociedad de leasing, notificación notarial).
Verifique que el contrato incluya una cláusula de destinación del inmueble que especifique el uso permitido por el arrendatario, conforme al permiso de edificación y a la zonificación establecida en el Plan Regulador Comunal o Intercomunal aprobado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU). El incumplimiento de la destinación autorizada puede generar multas de la Dirección de Obras Municipales y poner término anticipado al contrato de leasing.
Requisitos legales para Contrato de Leasing Inmobiliario Chile
El marco legal del leasing inmobiliario en Chile es complejo y comprende normas de derecho privado, regulación financiera y tributaria que deben articularse correctamente para garantizar la validez y eficacia del contrato.
La Ley N.º 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero establece el marco general para las operaciones financieras en Chile, incluyendo el leasing financiero. El Banco Central de Chile, mediante el Capítulo III.B.2 del Compendio de Normas Financieras, regula los requisitos que deben cumplir las instituciones bancarias en sus operaciones de leasing.
El Decreto Ley N.º 824 sobre Impuesto a la Renta, en su artículo 31 inciso primero N.º 7, establece que los cánones de arrendamiento pagados bajo contratos de leasing son deducibles como gasto necesario para producir la renta. La Circular N.º 57 de 1994 del SII establece los criterios que distinguen el leasing financiero del leasing operativo para efectos tributarios, con consecuencias distintas sobre la deducibilidad de los cargos y la depreciación del activo.
El DL N.º 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios establece en su artículo 8 letra g) que los contratos de leasing inmobiliario están afectos a IVA del 19% cuando el inmueble cuenta con instalaciones que permiten el desarrollo de una actividad comercial o industrial, conforme a los criterios de la Circular N.º 37 de 1975.
La NIIF 16 "Arrendamientos", adoptada en Chile mediante resolución del Colegio de Contadores y las instrucciones de la CMF para entidades de su supervisión, exige que los arrendatarios reconozcan en su balance general el activo por derecho de uso y el pasivo de arrendamiento correspondiente al valor presente de los cánones futuros descontados a la tasa de interés implícita del contrato o a la tasa incremental del préstamo del arrendatario. Este tratamiento contable tiene efectos directos sobre los indicadores financieros de la empresa arrendataria, incluyendo el ratio de endeudamiento y el EBITDA.
Errores comunes a evitar en tu Contrato de Leasing Inmobiliario Chile
Los errores más frecuentes en los contratos de leasing inmobiliario en Chile pueden generar contingencias tributarias significativas, disputas contractuales y pérdida de los beneficios económicos que motivaron la elección de esta modalidad de financiamiento.
El primer error grave es no establecer con precisión el valor residual al inicio del contrato. El Servicio de Impuestos Internos, en su Circular N.º 11 de 1994, exige que el valor residual sea fijado en el contrato original para que la operación califique como leasing financiero con deducibilidad íntegra de los cánones como gasto. Si el valor residual no queda establecido desde el inicio o si se pacta a valor de mercado al momento del ejercicio, el SII puede recalificar la operación como arrendamiento simple, con el consiguiente rechazo de la deducibilidad del componente de amortización de capital incluido en los cánones.
El segundo error es no verificar la zonificación del inmueble antes de firmar el contrato. El Plan Regulador Comunal o Intercomunal aprobado por el MINVU establece los usos de suelo permitidos en cada zona, y muchas empresas arrendatarias descubren tardíamente que el inmueble tomado en leasing no tiene la zonificación adecuada para su actividad comercial o industrial. La Dirección de Obras Municipales puede ordenar la paralización de actividades y el restablecimiento del uso conforme al Plan Regulador, lo que puede generar la terminación anticipada del contrato de leasing con las penalidades correspondientes.
El tercer error frecuente es no negociar cláusulas de terminación anticipada adecuadas. Los contratos de leasing inmobiliario en Chile suelen tener plazos de 10 a 20 años, y muchas empresas no contemplan la posibilidad de necesitar terminar el contrato anticipadamente por cambio de estrategia, fusión o crisis financiera. Sin una cláusula de terminación anticipada bien negociada, el arrendatario puede quedar obligado al pago de todos los cánones futuros como indemnización por lucro cesante, lo que puede representar montos millonarios que comprometan la viabilidad de la empresa.
El cuarto error es no considerar el impacto de la NIIF 16 en los estados financieros de la empresa arrendataria. Desde el 1 de enero de 2019, esta norma contable exige reconocer en el balance el pasivo de arrendamiento correspondiente al valor presente de todos los cánones futuros, lo que puede deteriorar significativamente los indicadores financieros de la empresa y afectar el cumplimiento de los covenants financieros establecidos en contratos de crédito bancario con el Banco de Chile, Banco Santander u otras instituciones financieras chilenas.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 18.010AR official
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Preguntas Frecuentes
El leasing inmobiliario y el arrendamiento con promesa de compraventa son figuras jurídicas distintas con consecuencias tributarias y contables diferentes en Chile, aunque ambas otorgan al usuario del inmueble una opción de adquirir la propiedad al término del contrato. El leasing inmobiliario es una operación financiera regulada por la Ley N.º 18.010 y las circulares del Servicio de Impuestos Internos, en la que una sociedad de leasing adquiere el inmueble y lo arrienda al cliente con opción de compra a valor residual fijo. Los cánones de leasing son deducibles íntegramente como gasto necesario para producir la renta según el artículo 31 del DL N.º 824, lo que constituye la principal ventaja tributaria de esta figura. El arrendamiento con promesa de compraventa, en cambio, es un contrato civil regulado por los artículos 1554 y 1915 del Código Civil, en que el arrendador-promitente vendedor se compromete a vender el inmueble al arrendatario-promitente comprador al término del arrendamiento por el precio pactado. Desde el punto de vista contable, el leasing financiero bajo NIIF 16 exige que el arrendatario reconozca el activo por derecho de uso y el pasivo de arrendamiento en su balance. La elección entre una u otra figura debe realizarse con asesoría de un abogado y un contador tributario especializados en derecho inmobiliario y tributación chilena.
Sí, los cánones de arrendamiento bajo contratos de leasing inmobiliario en Chile pueden estar afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 19%, dependiendo de las características específicas del inmueble arrendado. Conforme al artículo 8 letra g) del DL N.º 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, el arrendamiento de inmuebles amoblados o con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de una actividad comercial o industrial queda afecto a IVA. El Servicio de Impuestos Internos, en la Circular N.º 37 de 1975 y sus modificaciones, ha precisado que la afectación con IVA depende de si el inmueble cuenta con instalaciones especiales que lo habiliten para el desarrollo de una actividad comercial, independientemente de que dichas instalaciones sean propias del inmueble o hayan sido incorporadas por el arrendatario. En la práctica, la mayoría de los contratos de leasing de bodegas industriales, plantas de producción y locales comerciales equipados quedan afectos a IVA. El IVA soportado por el arrendatario en el pago de los cánones de leasing es recuperable como crédito fiscal en la medida que el arrendatario lo utilice en actividades gravadas con IVA en el período tributario correspondiente, conforme al artículo 23 del DL N.º 825.
La posibilidad de subarrendar el inmueble objeto de un contrato de leasing inmobiliario depende de lo que establezcan las cláusulas del contrato y no existe una norma legal que lo permita o prohíba expresamente en Chile. La práctica habitual de las sociedades de leasing en Chile es incluir una cláusula de prohibición expresa de subarrendar, ceder o enajenar los derechos del arrendatario sin autorización previa y por escrito de la sociedad arrendadora. Esta restricción se justifica en que la sociedad de leasing ha evaluado el riesgo crediticio del arrendatario específico y la destinación del inmueble al momento de estructurar la operación, y no puede asumir riesgos adicionales derivados de la incorporación de un subarrendatario desconocido. Si el arrendatario necesita subarrendar parte del inmueble, debe negociar esta posibilidad expresamente con la sociedad de leasing antes de suscribir el contrato, obteniendo su consentimiento mediante una cláusula que establezca las condiciones del subarrendamiento permitido. El incumplimiento de una cláusula de prohibición de subarrendamiento puede dar derecho a la sociedad de leasing para dar término anticipado al contrato y exigir la restitución inmediata del inmueble, conforme al artículo 1979 del Código Civil chileno.
La quiebra o liquidación concursal de la sociedad de leasing durante la vigencia del contrato de leasing inmobiliario genera una situación jurídica compleja para el arrendatario en Chile. Desde el punto de vista jurídico, el contrato de leasing es un contrato bilateral con obligaciones recíprocas, lo que implica que el liquidador designado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR) puede optar por continuar o resolver el contrato, conforme al artículo 147 de la Ley N.º 20.720. Si el liquidador opta por continuar el contrato, el arrendatario debe seguir pagando los cánones al liquidador en los mismos términos pactados. Si el liquidador opta por resolver el contrato, el arrendatario deberá restituir el inmueble y tendrá derecho a verificar su crédito por daños y perjuicios en el proceso concursal. Para protegerse de este riesgo, los arrendatarios en contratos de leasing de largo plazo suelen negociar cláusulas de continuidad del contrato en caso de insolvencia del arrendador y verifican que la sociedad de leasing esté registrada y supervisada por la CMF.
La NIIF 16 'Arrendamientos', vigente desde el 1 de enero de 2019 para la mayoría de las empresas chilenas que aplican normas IFRS adoptadas por la CMF y el Colegio de Contadores, modificó sustancialmente el tratamiento contable de los contratos de leasing para los arrendatarios. Bajo esta norma, el arrendatario debe reconocer en su balance general un activo por derecho de uso equivalente al valor presente de los cánones futuros descontados a la tasa de interés implícita del contrato o a la tasa incremental del préstamo del arrendatario, y un pasivo de arrendamiento de igual monto al inicio del contrato. El activo por derecho de uso se deprecia linealmente durante el plazo del contrato de leasing, generando un cargo a resultados por depreciación. El pasivo de arrendamiento se amortiza mediante el pago de los cánones, reconociendo un cargo a resultados por intereses financieros calculados sobre el saldo del pasivo. Este tratamiento contable tiene efectos relevantes sobre los estados financieros: incrementa los activos y pasivos totales, lo que puede deteriorar el ratio de endeudamiento y afectar el cumplimiento de covenants financieros en contratos de crédito bancario. Se recomienda consultar con el contador auditor de la empresa antes de firmar contratos de leasing de largo plazo para evaluar su impacto en los estados financieros.
En los contratos de leasing inmobiliario en Chile, la distribución de gastos entre la sociedad arrendadora y el arrendatario depende de lo pactado en el contrato, aunque existen distribuciones habituales consolidadas en la práctica comercial chilena. El arrendatario asume típicamente: el pago de los cánones de arrendamiento mensuales más IVA cuando corresponda; las contribuciones de bienes raíces del inmueble exigibles conforme a la Ley N.º 17.235 sobre Impuesto Territorial, que son de cargo del arrendatario en los contratos de leasing aunque la propiedad legal corresponda a la sociedad arrendadora; los gastos de mantención ordinaria y reparaciones menores del inmueble; las primas de seguro de incendio, terremoto y daños adicionales contratadas sobre el inmueble por el valor de reposición, designando a la sociedad de leasing como beneficiaria preferente; los gastos de agua potable, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios básicos del inmueble. Esta distribución puede negociarse libremente entre las partes conforme al principio de autonomía de la voluntad del artículo 1545 del Código Civil chileno.
Los contratos de leasing inmobiliario en Chile tienen plazos variables que dependen principalmente del tipo de inmueble, el monto de la operación y el perfil del arrendatario. Los plazos más habituales en el mercado chileno oscilan entre 5 y 20 años, aunque existen contratos de plazo inferior para inmuebles de menor valor y contratos de hasta 30 años para proyectos de gran envergadura. Los contratos de leasing de bodegas industriales y plantas de producción suelen tener plazos de entre 7 y 15 años, período durante el cual el arrendatario amortiza el valor total del inmueble más los intereses financieros a través del pago de los cánones mensuales. Los contratos de leasing de locales comerciales en centros comerciales tienen plazos más cortos, entre 5 y 10 años, debido a la mayor liquidez del mercado de locales comerciales. Los contratos de leasing de edificios de oficinas en las comunas de Las Condes, Providencia y Santiago Centro suelen tener plazos de entre 10 y 20 años. Las sociedades de leasing en Chile calculan el monto del canon aplicando modelos de amortización financiera similares a los utilizados en créditos hipotecarios, utilizando la tasa de interés vigente en el mercado financiero publicada mensualmente por la CMF.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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