Solicitud de Asignación Universal por Hijo (AUH) ANSES — Argentina
Encabezado
SOLICITUD DE ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO (AUH)
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
Conforme al Decreto N.º 1602/2009 (art. 14 bis, Ley 24.714) y Resolución ANSES N.º 393/2009
Datos del Titular
1. DATOS DEL TITULAR DEL BENEFICIO
Apellido y nombre: [Titular Apellido Nombre]
CUIL: [Titular Cuil]
DNI: [Titular Dni]
Fecha de nacimiento: [Titular Fecha Nacimiento]
Estado civil: [Titular Estado Civil]
Domicilio real: [Titular Domicilio]
Teléfono: [Titular Telefono]
Correo electrónico: [Titular Email]
Situación Laboral
2. SITUACIÓN LABORAL QUE HABILITA EL ACCESO A LA AUH
Situación laboral declarada: [Situacion Laboral]
Declaración de no percibir beneficio incompatible: [Declaracion No Percibe Beneficio Incompatible]
Menores Beneficiarios
3. MENORES BENEFICIARIOS DE LA AUH
Menor N.º 1:
Nombre y apellido: [Menor1 Apellido Nombre]
DNI: [Menor1 Dni]
Fecha de nacimiento: [Menor1 Fecha Nacimiento]
Vínculo con el titular: [Menor1 Vinculo]
¿Tiene CUD vigente?: [Menor1 Discapacidad]
Otros menores beneficiarios:
[Otros Menores]
Datos Bancarios y Declaración
4. DATOS BANCARIOS PARA EL COBRO DE LA AUH
CBU: [Cbu]
5. DECLARACIÓN JURADA DEL TITULAR
El/la suscripto/a, [Titular Apellido Nombre], CUIL [Titular Cuil], DNI [Titular Dni], con domicilio en [Titular Domicilio], declara bajo juramento que: (a) se encuentra en la situación laboral declarada en el punto 2 que habilita el acceso a la Asignación Universal por Hijo del artículo 14 bis de la Ley N.º 24.714 (incorporado por el Decreto N.º 1602/2009); (b) los menores declarados en el punto 3 residen en su domicilio y no perciben la Asignación Familiar Contributiva de la Ley 24.714 por parte del otro progenitor; (c) los datos consignados son verdaderos y completos; (d) se compromete a informar a ANSES cualquier modificación de la situación laboral o del grupo familiar dentro de los 30 días de producida la novedad; (e) conoce que el 20% mensual de la AUH es retenido por ANSES y se acredita anualmente en marzo, contra la presentación del certificado de escolaridad y el cumplimiento del calendario de vacunación del Ministerio de Salud de la Nación; y (f) autoriza a ANSES a consultar las bases de datos del RENAPER y de AFIP para verificar los datos declarados.
En [Ciudad Fecha].
Firma del titular: _________________________ Aclaración: [Titular Apellido Nombre]
Para uso de ANSES — N.º de trámite: ___________________________ Fecha de recepción: ___________________________
Titular del Beneficio (Padre/Madre/Tutor)
________________
Signature
Qué es Solicitud de Asignación Universal por Hijo (AUH) ANSES — Argentina
La Solicitud de Asignación Universal por Hijo (AUH) ANSES en Argentina es el trámite mediante el cual un padre, madre o tutor legal solicita ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) el alta en la prestación económica mensual establecida por el Decreto N.º 1602/2009, que incorporó el artículo 14 bis a la Ley N.º 24.714 (Régimen de Asignaciones Familiares). El Decreto 1602/2009 fue promulgado el 29 de octubre de 2009 por la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner y entró en vigencia el 1 de noviembre de 2009.
La Asignación Universal por Hijo (AUH) es una prestación de la seguridad social no contributiva destinada a cubrir a los menores de 18 años cuyos padres o tutores son trabajadores informales, desempleados, monotributistas sociales, trabajadores del servicio doméstico o personas sin ingresos. La AUH extiende el sistema de asignaciones familiares —originalmente reservado a los trabajadores en relación de dependencia del sector formal bajo la Ley 24.714— a los sectores de la población más vulnerables del mercado laboral argentino.
El monto de la AUH es actualizado periódicamente por el Poder Ejecutivo Nacional conforme a la misma fórmula de movilidad que rige los haberes jubilatorios (Ley N.º 26.417), con ajustes semestrales en marzo y septiembre de cada año. Del 100% del monto mensual de la AUH, el 80% es cobrado mensualmente por el beneficiario y el 20% restante es retenido por ANSES y acreditado en una cuenta bancaria del titular cada año, en el mes de marzo, contra la presentación del certificado de escolaridad del menor y el cumplimiento del calendario de controles de salud (carné de vacunación al día). Esta retención del 20% es el mecanismo de condicionalidad que diferencia a la AUH del sistema de asignaciones familiares contributivo.
La Resolución ANSES N.º 393/2009 y sus modificatorias establecen el procedimiento de alta, las incompatibilidades y las causales de baja de la AUH. La Ley N.º 27.160 (2015) amplió el universo de beneficiarios al incorporar a los monotributistas sociales y a los trabajadores del sector de la economía popular. La Ley N.º 27.742 (Ley Bases, 2024) introdujo ajustes a la fórmula de actualización de la AUH.
La Cámara Federal de la Seguridad Social y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) han reconocido a la AUH como un derecho de la seguridad social de rango constitucional, amparado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y por el artículo 26 de la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por Argentina mediante la Ley N.º 23.849).
Cuándo necesitas Solicitud de Asignación Universal por Hijo (AUH) ANSES — Argentina
La Solicitud de Asignación Universal por Hijo (AUH) ANSES en Argentina es necesaria en los siguientes supuestos.
Cuando uno o ambos progenitores del menor están desempleados y no perciben prestación de desempleo bajo la Ley 24.013, y el menor no está cubierto por el sistema de asignaciones familiares contributivas de la Ley 24.714 del otro progenitor. La AUH cubre la brecha de protección para los menores en familias sin cobertura previsional.
Cuando el progenitor es trabajador informal o no registrado (en negro), ya que al no estar registrado como empleado en relación de dependencia ante AFIP no tiene acceso a las asignaciones familiares contributivas del SUAF (Decreto 1667/2012). La AUH fue diseñada específicamente para dar cobertura a este sector, que históricamente quedaba excluido del sistema de asignaciones familiares.
Cuando el progenitor es monotributista social, categoría inscripta en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (ReNacer) del Ministerio de Desarrollo Social. El monotributista social puede percibir la AUH conforme a la ampliación de beneficiarios introducida por la Ley N.º 27.160 (2015).
Cuando el progenitor es trabajador del servicio doméstico que no alcanza el límite de ingresos para percibir las asignaciones familiares contributivas o cuyo empleador no realizó los aportes correspondientes. Desde la sanción de la Ley N.º 26.844 (Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, 2013), el personal doméstico puede optar entre las asignaciones familiares de la Ley 24.714 o la AUH.
Cuando falleció el progenitor que percibía las asignaciones familiares contributivas por el menor, y el cónyuge o conviviente supérstite no trabaja en relación de dependencia ni percibe jubilación o pensión. En este caso debe tramitarse el alta en la AUH hasta que se resuelva la pensión por fallecimiento de la Ley 24.241.
Cuando se produce la incorporación de un nuevo hijo al grupo familiar de un beneficiario de la AUH, que debe tramitar el alta del nuevo menor en el sistema. La solicitud debe hacerse dentro de los 90 días del nacimiento o de la fecha de la resolución judicial de adopción o tutela legal.
Cuando el trabajador informal regulariza su situación laboral y pasa a trabajar en relación de dependencia formal, corresponde tramitar la baja de la AUH (ya que la AUH es incompatible con las asignaciones familiares contributivas de la Ley 24.714) y el alta en el SUAF a través de su nuevo empleador.
Qué incluir en tu Solicitud de Asignación Universal por Hijo (AUH) ANSES — Argentina
Una Solicitud de Asignación Universal por Hijo (AUH) ANSES completa y válida en Argentina debe incluir los siguientes elementos esenciales.
Datos del titular del beneficio: apellido y nombre completos del progenitor o tutor que solicita la AUH, CUIL en formato XX-XXXXXXXX-X, número de DNI, fecha de nacimiento, estado civil, domicilio real actualizado con código postal, teléfono celular y correo electrónico. El titular de la AUH es el progenitor o tutor que convive con el menor y tiene a cargo su cuidado.
Situación laboral del solicitante: declaración expresa de la situación laboral que habilita el acceso a la AUH, conforme al artículo 14 bis de la Ley 24.714 incorporado por el Decreto 1602/2009: desempleado sin prestación de desempleo, trabajador informal o no registrado, monotributista social, trabajador del servicio doméstico sin cobertura de asignaciones familiares, o trabajador de cooperativas del Plan Argentina Trabaja o similar.
Declaración del grupo familiar: para cada menor por el que se solicita la AUH, se debe informar: apellido y nombre completo, número de DNI o CUIL, fecha de nacimiento, vínculo con el titular (hijo biológico, adoptado, hijastro con convivencia acreditada, menor bajo tutela legal), y si el menor presenta discapacidad (con CUD vigente, en cuyo caso corresponde la Asignación Universal por Hijo para Discapacidad, sin límite de edad).
Declaración de ingresos del grupo familiar: declaración de que los ingresos del grupo familiar no superan el límite establecido por la normativa reglamentaria vigente. La AUH es incompatible con ingresos superiores al salario mínimo, vital y móvil (SMVM) fijado por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil de la Ley N.º 24.013 si provienen de trabajo formal.
Declaración de incompatibilidades: el titular debe declarar que los menores por los que solicita la AUH no perciben la Asignación Familiar Contributiva por Hijo de la Ley 24.714 por parte del otro progenitor, y que no reciben otra prestación de la seguridad social incompatible. La percepción simultánea de AUH y asignaciones contributivas por el mismo menor es una infracción que genera deuda con ANSES.
Datos bancarios del titular: CBU de la cuenta bancaria en la que se acreditará el 80% mensual de la AUH. ANSES deposita la AUH exclusivamente en una cuenta bancaria a nombre del titular. Si el titular no tiene cuenta bancaria, ANSES gestiona la apertura de una cuenta gratuita en el Banco de la Nación Argentina u otras entidades adheridas.
Documentación requerida: partida de nacimiento de cada menor (con datos de ambos progenitores en lo posible); DNI del menor y del titular; en caso de adopción o tutela, el testimonio de la resolución judicial; en caso de discapacidad, el Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente (Ley 22.431); en caso de menores extranjeros, el DNI argentino con residencia permanente o la documentación equivalente.
Condiciones de mantenimiento del beneficio: la AUH se mantiene mes a mes pero el 20% retenido se acredita anualmente en el mes de marzo, contra la presentación del certificado de escolaridad (para mayores de 5 años en el nivel inicial, primario o secundario, expedido por establecimiento oficial o privado incorporado al Ministerio de Educación de la Nación) y el cumplimiento del calendario de controles de salud (carné de vacunación con el esquema completo del Ministerio de Salud de la Nación). El incumplimiento de estas condiciones implica la pérdida del 20% retenido del año correspondiente.
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Cómo completar tu Solicitud de Asignación Universal por Hijo (AUH) ANSES — Argentina
Para completar correctamente la Solicitud de AUH ANSES en Argentina, siga los pasos siguientes.
Paso 1 — Verifique que cumple los requisitos: confirme que no trabaja en relación de dependencia formal, que no percibe jubilación ni pensión, que no es monotributista categoría A o superior (solo el monotributista social puede percibir AUH), y que los menores por los que solicita no están ya cubiertos por asignaciones familiares del otro progenitor.
Paso 2 — Complete los datos del titular: ingrese su CUIL, DNI, nombre completo, fecha de nacimiento, domicilio actual y datos de contacto. ANSES verificará estos datos contra el padrón del RENAPER.
Paso 3 — Seleccione su situación laboral: marque la categoría que corresponde: desempleado, trabajador informal, monotributista social, o trabajadora de casas particulares sin cobertura.
Paso 4 — Declare cada menor beneficiario: complete los datos de cada hijo o menor a cargo por el que solicita la AUH. Para cada uno, adjunte la partida de nacimiento o documento acreditante del vínculo.
Paso 5 — Informe el CBU: ingrese el CBU de su cuenta bancaria (22 dígitos). Si no tiene cuenta, consúltele a ANSES cómo abrir una cuenta gratuita en el Banco Nación.
Paso 6 — Firme y presente: la solicitud puede tramitarse presencialmente en cualquier UDAI o CAT de ANSES, o digitalmente a través de Mi ANSES con Clave de la Seguridad Social. Guarde el número de trámite para el seguimiento.
Paso 7 — Presente la documentación anual: cada año en marzo, presente el certificado de escolaridad y el carné de vacunación de cada menor para cobrar el 20% retenido del año anterior.
Requisitos legales para Solicitud de Asignación Universal por Hijo (AUH) ANSES — Argentina
La Solicitud de AUH ANSES opera bajo el siguiente marco legal en Argentina.
Decreto 1602/2009 (incorporación del art. 14 bis a la Ley 24.714): crea la AUH como prestación no contributiva de la seguridad social, establece sus beneficiarios, requisitos, monto y el mecanismo de condicionalidad del 20% retenido anualmente contra certificado de escolaridad y controles de salud.
Resolución ANSES 393/2009 y modificatorias: establecen el procedimiento de alta, baja y modificación de la AUH, los plazos para la presentación de documentación y las incompatibilidades con otras prestaciones de la seguridad social.
Ley 27.160 (2015): amplía el universo de beneficiarios de la AUH para incorporar a los monotributistas sociales y trabajadores de la economía popular, con el objetivo de reducir la exclusión del sistema de protección social.
Constitución Nacional, artículo 14 bis: la Cámara Federal de la Seguridad Social y la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) han reconocido a la AUH como un derecho constitucional de la seguridad social, amparado por el artículo 14 bis y por el artículo 26 de la Convención sobre los Derechos del Niño (Ley 23.849).
Incompatibilidades: la AUH es incompatible con las asignaciones familiares contributivas de la Ley 24.714, con la percepción de jubilación o pensión por parte del titular, con el empleo en relación de dependencia formal, y con ingresos del titular que superen el SMVM por trabajo autónomo o monotributo regular.
Errores comunes a evitar en tu Solicitud de Asignación Universal por Hijo (AUH) ANSES — Argentina
Evitar los siguientes errores al tramitar la AUH ANSES en Argentina asegura el cobro correcto y evita deudas.
No presentar el certificado de escolaridad y el carné de vacunación en marzo: el 20% retenido mensualmente solo se acredita si se presenta en tiempo y forma el certificado de alumno regular y el carné de vacunación de cada menor. Si no se presentan, ANSES no acredita el 20% y ese monto se pierde definitivamente para ese año.
No informar a ANSES cuando el titular comienza a trabajar en relación de dependencia formal: la AUH es incompatible con el empleo en relación de dependencia. Si el titular consigue empleo formal, ANSES detecta la incompatibilidad a través de los registros de AFIP y reclama la devolución de las AUH cobradas indebidamente desde el inicio del nuevo empleo, con los intereses correspondientes.
Solicitar la AUH para un menor que ya recibe asignaciones familiares contributivas del otro progenitor: la percepción simultánea es una infracción. ANSES cruza las bases de datos del SUAF con las de la AUH y detecta las incompatibilidades automáticamente, iniciando el reclamo de devolución contra quien percibió indebidamente.
No actualizar el domicilio ante ANSES cuando se produce una mudanza: ANSES envía notificaciones sobre el estado de la AUH al domicilio declarado en la solicitud. Un domicilio desactualizado implica que el titular no recibe las notificaciones de suspensión o baja de la prestación, lo que dificulta su regularización a tiempo.
No presentar el DNI del menor: ANSES exige el DNI argentino para dar de alta la AUH de cada menor. Para menores nacidos en Argentina, el DNI debe tramitarse ante el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) dentro de los 45 días del nacimiento. Sin DNI del menor, ANSES no puede activar la AUH.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 24.714AR official
- Ley 24.013AR official
- Ley 24.241AR official
- Ley 22.431AR official
- Ley 27.160AR official
- Ley 23.849AR official
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}Preguntas Frecuentes
La Asignación Universal por Hijo (AUH) es una prestación de la seguridad social no contributiva creada por el Decreto N.º 1602/2009, que incorporó el artículo 14 bis a la Ley N.º 24.714 (Régimen de Asignaciones Familiares). Pueden cobrarla los progenitores, tutores o guardadores de menores de 18 años (o sin límite de edad en caso de discapacidad) que se encuentren en las siguientes situaciones: desempleados sin percibir prestación de desempleo de la Ley 24.013; trabajadores informales o no registrados; monotributistas sociales inscriptos en el ReNacer (Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social); trabajadoras del servicio doméstico que no alcancen el umbral para las asignaciones contributivas; y trabajadores de cooperativas del Plan Argentina Trabaja o similar. Están excluidos de la AUH: los trabajadores en relación de dependencia formal (que perciben asignaciones familiares contributivas de la Ley 24.714); los monotributistas regulares categoría A en adelante; los trabajadores autónomos con ingresos superiores al salario mínimo; los que perciben jubilación, pensión o prestación de desempleo de la Ley 24.013; y los empleados del sector público. La AUH cubre hasta 5 menores por familia (o sin límite para hijos con discapacidad).
El monto de la AUH es actualizado periódicamente conforme a la fórmula de movilidad de la Ley N.º 26.417, con ajustes semestrales cada marzo y septiembre. Del 100% del monto mensual, el beneficiario cobra el 80% cada mes directamente en su cuenta bancaria. El 20% restante es retenido por ANSES en una cuenta a nombre del beneficiario y se acredita una vez al año, en el mes de marzo del año siguiente, contra la presentación de dos documentos obligatorios: (1) Certificado de alumno regular del establecimiento educativo para cada menor mayor de 5 años en nivel inicial, primario o secundario, expedido por establecimiento oficial o privado reconocido por el Ministerio de Educación. (2) Carné de vacunación de cada menor con el esquema de vacunación completo del Calendario Nacional de Vacunación del Ministerio de Salud de la Nación. Si el beneficiario no presenta estos documentos en tiempo y forma, el 20% retenido del año anterior se pierde definitivamente. Esta condicionalidad fue diseñada para incentivar la escolaridad y los controles de salud de los menores beneficiarios de la AUH.
Sí. La AUH fue creada precisamente para dar cobertura a los trabajadores del sector informal o no registrado, que por su condición de trabajo en negro quedan excluidos del sistema de asignaciones familiares contributivas de la Ley 24.714. Un trabajador que trabaja informalmente (sin registro en AFIP, sin recibo de sueldo, sin aportes previsionales) puede percibir la AUH declarando su situación de trabajador informal al solicitar el beneficio. ANSES no puede cruzar los datos del trabajador informal contra las bases de AFIP (ya que por definición no está registrado), por lo que la declaración es responsabilidad del solicitante. Sin embargo, si en algún momento el trabajador informal es dado de alta en AFIP por su empleador (lo que implicaría que deja de ser trabajador informal y pasa al sector formal), se produce automáticamente la incompatibilidad entre la AUH y las asignaciones familiares contributivas del SUAF, y el trabajador debe tramitar la baja de la AUH. Continuar cobrando la AUH después de pasar al empleo formal genera una deuda con ANSES por las sumas cobradas indebidamente.
Para dar de alta a un nuevo hijo o menor en la AUH de un beneficiario ya inscripto en el sistema, el titular debe presentar ante cualquier UDAI o CAT de ANSES, o tramitarlo digitalmente por Mi ANSES (mi.anses.gob.ar), los siguientes documentos: (1) DNI del nuevo menor (tramitado ante el RENAPER); (2) Partida de nacimiento o testimonio de la resolución judicial de adopción o tutela; (3) En caso de discapacidad, el Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente (Ley 22.431). El trámite de alta del nuevo menor debe realizarse dentro de los 90 días del nacimiento o de la fecha de la resolución judicial que acredita el vínculo. La AUH se percibe desde el mes siguiente al de la presentación de la solicitud de alta, no retroactivamente desde el nacimiento. Si el menor ya tiene más de 4 años al momento del alta, deberá presentar inmediatamente el certificado de alumno regular del nivel inicial o primario para no perder el 20% del período en curso.
Si el titular de la AUH consigue empleo en relación de dependencia formal y es dado de alta en AFIP por su nuevo empleador, se produce automáticamente la incompatibilidad entre la AUH y las asignaciones familiares contributivas del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF, Decreto 1667/2012). El titular debe informar a ANSES el cambio de situación laboral y solicitar la baja de la AUH dentro de los 30 días de comenzar el nuevo empleo. El nuevo empleador declarará al trabajador ante AFIP (F.931), lo que disparará el alta automática en el SUAF para los hijos declarados como cargas de familia. ANSES detecta la incompatibilidad cruzando las bases de datos del SUAF con las de la AUH, e inicia el reclamo de devolución de las sumas cobradas de AUH desde el inicio del empleo formal. Para evitar deudas, la comunicación del cambio de situación laboral debe ser inmediata. Si el nuevo empleo formal es de corta duración (contrato temporal) y el trabajador vuelve a la informalidad, puede tramitar el alta de la AUH nuevamente ante ANSES.
Cuando el menor beneficiario de la AUH tiene una discapacidad certificada por el Certificado Único de Discapacidad (CUD) emitido por las Juntas Evaluadoras del Ministerio de Salud de la Nación (Ley N.º 22.431), corresponde la Asignación Universal por Hijo para Discapacidad, que tiene características especiales respecto de la AUH ordinaria: (1) No tiene límite de edad: a diferencia de la AUH ordinaria que cesa a los 18 años, la Asignación Universal para Discapacidad se percibe sin límite de edad mientras subsista la discapacidad y el titular del beneficio mantenga las condiciones de acceso. (2) El monto es significativamente mayor al de la AUH ordinaria. (3) La condicionalidad del 20% se mantiene pero se adapta a la situación del menor: para los menores discapacitados que no pueden concurrir a establecimientos educativos ordinarios, se admite la constancia de asistencia a centros educativos terapéuticos o instituciones de educación especial reconocidas por el Ministerio de Educación. (4) No aplica el límite de 5 menores por familia: los hijos con discapacidad se suman a los que ya reciben AUH ordinaria sin contar en el tope. Para tramitar la Asignación Universal para Discapacidad se debe presentar el CUD vigente ante ANSES, junto con los requisitos ordinarios de la solicitud de AUH.
Sí, con condiciones. El Decreto N.º 1602/2009 y la Resolución ANSES N.º 393/2009 establecen que los progenitores o tutores extranjeros pueden acceder a la AUH si acreditan residencia legal permanente en la República Argentina, lo que implica contar con el DNI argentino con residencia permanente emitido por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), o con la Resolución de Residencia Permanente de la Dirección Nacional de Migraciones (Ley N.º 25.871 — Ley de Migraciones). Los extranjeros con residencia temporaria o transitoria no tienen derecho a la AUH. Los menores beneficiarios de la AUH también deben acreditar residencia legal permanente en Argentina o ser nacidos en el país (en cuyo caso son argentinos por el principio de ius soli del artículo 1 de la Ley N.º 346 de Ciudadanía). La documentación requerida para acreditar la residencia legal permanente ante ANSES incluye: DNI argentino con residencia permanente del titular y de los menores, o certificado de residencia permanente de la Dirección Nacional de Migraciones. Los ciudadanos del MERCOSUR (Uruguay, Brasil, Paraguay, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú, Chile, Venezuela, Guyana y Surinam) tienen facilidades para la obtención de residencia permanente en Argentina conforme al Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR.
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