Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial México (CCF art. 2398)
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE NAVE INDUSTRIAL
Celebrado conforme al Código Civil Federal Artículo 2398 y Código de Comercio Artículo 75
I. PARTES CONTRATANTES
ARRENDADOR:
Denominación Social: [Landlord Name]
RFC: [Landlord RFC]
Domicilio Fiscal: [Landlord Address]
Representante Legal: [Landlord Representative]
ARRENDATARIO INDUSTRIAL:
Denominación Social: [Tenant Name]
RFC: [Tenant RFC]
Domicilio Fiscal: [Tenant Address]
Representante Legal: [Tenant Representative]
Registro IMMEX: [IMMEX Registration]
Ambas partes, con plena capacidad legal para contratar, celebran el presente Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial conforme al Artículo 2398 del Código Civil Federal (CCF), el Artículo 75 del Código de Comercio (CCom), y demás disposiciones aplicables, incluyendo las normas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), y el Decreto IMMEX.
II. NAVE INDUSTRIAL ARRENDADA
Ubicación: [Facility Address]
Área Construida: [Built Area]
Altura Libre: [Clear Height]
Andenes y Puertas: [Dock Doors]
Capacidad Eléctrica: [Electrical Capacity]
Uso Industrial Autorizado: [Permitted Industrial Use]
III. VIGENCIA
El presente contrato inicia el [Lease Start Date] y concluye el [Lease End Date], salvo prórroga pactada por escrito entre las partes. La vigencia incluye un plazo forzoso para ambas partes durante toda la duración acordada.
IV. RENTA, IVA, Y RETENCIÓN DE ISR
Renta Mensual Base: [Monthly Rent]
IVA (16%): [IVA Amount], conforme al Artículo 1 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). La renta de nave industrial es un servicio gravado al 16% de IVA.
Ajuste Anual de Renta: [Rent Escalation]
Depósito / Garantía: [Security Deposit]
El ARRENDATARIO, en su carácter de persona moral (arrendatario empresa), retendrá el 10% de ISR sobre cada pago de renta conforme al Artículo 116 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), enterándolo al SAT el día 17 del mes siguiente. El ARRENDADOR emitirá CFDI por cada pago recibido conforme al Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Para rentas denominadas en USD, el importe en pesos mexicanos se calculará al tipo de cambio FIX publicado por Banco de México (Banxico) en la fecha de cada facturación, conforme a las reglas de facturación del SAT.
V. CUMPLIMIENTO REGULATORIO
STPS — Normas Oficiales Mexicanas:
[STPS Compliance]. El cumplimiento incluye, sin limitarse a, las normas NOM-001-STPS-2008 (edificios e instalaciones), NOM-002-STPS-2010 (prevención de incendios), NOM-004-STPS-1999 (maquinaria y equipo), y demás NOMs aplicables al proceso industrial del ARRENDATARIO. Las inspecciones anuales por unidades de verificación (UVs) acreditadas por la STPS son responsabilidad del ARRENDATARIO como patrón.
SEMARNAT — Permisos Ambientales:
[Environmental Permits]. El ARRENDATARIO presentará anualmente la Cédula de Operación Anual (COA) ante SEMARNAT y mantendrá acceso para inspecciones de PROFEPA (Procuraduría Federal de Protección al Ambiente). El ARRENDATARIO indemnizará al ARRENDADOR por cualquier contaminación generada por las operaciones del ARRENDATARIO durante la vigencia del contrato.
Programa IMMEX:
El ARRENDATARIO operando bajo el Decreto IMMEX (registro: [IMMEX Registration]) mantendrá el domicilio de esta nave registrado como establecimiento IMMEX ante la Secretaría de Economía (SE), implementará un sistema de control de inventarios conforme a los requerimientos del SAT-AGA, y permitirá el acceso de inspectores de la SE y la Administración General de Aduanas (AGA) en cualquier momento durante la vigencia del programa IMMEX.
VI. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código Civil Federal, el Código de Comercio, la Ley Federal del Trabajo, las normas NOM-STPS aplicables, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), el Decreto IMMEX, y demás disposiciones fiscales y administrativas de los Estados Unidos Mexicanos. Las controversias se someterán al Juzgado de Distrito en Materia Civil y Mercantil competente del lugar de ubicación de la nave industrial.
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
EL ARRENDADOR:
[Landlord Name]
Representado por: [Landlord Representative]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
EL ARRENDATARIO INDUSTRIAL:
[Tenant Name]
Representado por: [Tenant Representative]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Landlord / Property Manager (Arrendador / Administrador)
________________
Signature
Industrial Tenant Representative (Representante del Arrendatario Industrial)
________________
Signature
Qué es Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial México (CCF art. 2398)
El Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial en México es un documento legal conforme al Código Civil Federal Artículo 2398. Cubre uso manufacturero e industrial, cumplimiento de NOMs de la STPS, obligaciones ambientales ante SEMARNAT, requisitos del programa IMMEX y IVA bajo el derecho inmobiliario industrial mexicano. Recoge la renta, fianza, duración, obligaciones de mantenimiento y plazos de preaviso entre arrendador y arrendatario.
El mercado inmobiliario industrial de México se ha expandido significativamente desde 2020, con tasas de vacancia industrial alcanzando mínimos históricos en corredores clave: Monterrey (Nuevo León), Guadalajara (Jalisco), Tijuana (Baja California), Ciudad Juárez (Chihuahua), San Luis Potosí, Querétaro y el Estado de México (Toluca y Cuautitlán Izcalli). Las Fibras Inmobiliarias (fideicomisos de inversión en bienes raíces) — en particular Fibra Uno, Fibra Prologis (una Fibra registrada ante la CNBV respaldada por Prologis), Vesta y Macquarie Mexico Real Estate Management — son los arrendadores institucionales dominantes de instalaciones industriales, operando con documentación de arrendamiento estandarizada adaptada de la práctica internacional de bienes raíces industriales.
El marco jurídico de los arrendamientos de naves industriales en México comprende los Artículos 2398 a 2496 CCF (derecho de arrendamiento fundamental), el Artículo 75 CCom (clasificación comercial), la Ley Federal del Trabajo (LFT) y las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de la STPS sobre seguridad e higiene en entornos industriales, el marco regulatorio de la SEMARNAT bajo la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la LGPGIR para el cumplimiento ambiental industrial, y el Decreto IMMEX y la legislación aduanera asociada para instalaciones que operan bajo el programa de importación temporal IMMEX.
El cumplimiento de seguridad laboral bajo el marco NOM de la STPS es especialmente exigente para instalaciones industriales. La NOM-001-STPS-2008 (Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo — Condiciones de Seguridad) establece normas mínimas estructurales y de instalaciones para lugares de trabajo industriales. La NOM-002-STPS-2010 regula la prevención y protección contra incendios. La NOM-004-STPS-1999 cubre la seguridad de sistemas eléctricos en lugares de trabajo industriales. La NOM-006-STPS-2014 aborda el manejo y almacenamiento de materiales. La NOM-029-STPS-2011 regula el mantenimiento de instalaciones eléctricas. La NOM-033-STPS-2015 aborda el trabajo en espacios confinados. Los arrendatarios industriales que operan procesos de manufactura deben implementar un programa completo de cumplimiento NOM y realizar inspecciones anuales de seguridad laboral por parte de unidades de verificación (UVs) acreditadas por la STPS. El documento debe formalizarse conforme a la legislación federal mexicana vigente y cumplir con los requisitos establecidos por las autoridades competentes para su plena validez jurídica ante terceros.
Cuándo necesitas Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial México (CCF art. 2398)
El Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial en México se requiere siempre que una empresa manufacturera, operación de ensamble, procesadora de alimentos, productora farmacéutica, proveedor de autopartes, fabricante de electrónicos u otro operador industrial necesite instalaciones industriales específicas desde las cuales realizar operaciones de producción en México, documentando el arrendamiento de forma que satisfaga los requisitos de seguridad de la STPS, las obligaciones ambientales de la SEMARNAT, los requisitos del programa IMMEX, las reglas de cumplimiento del IVA y las obligaciones de declaración fiscal ante el SAT.
El contrato se requiere cuando un fabricante extranjero establece una maquiladora u operación manufacturera subsidiaria en México bajo el programa IMMEX administrado por la Secretaría de Economía — el registro IMMEX requiere un establecimiento industrial registrado (establecimiento) en un domicilio específico, convirtiendo al contrato de arrendamiento de nave industrial en el documento fundacional para la solicitud IMMEX y el cumplimiento continuo del programa.
El contrato es necesario cuando un proyecto de nearshoring bajo el T-MEC selecciona un sitio en un parque industrial mexicano para manufactura de bienes con contenido norteamericano destinados al mercado de Estados Unidos — el arrendamiento debe estructurarse por un plazo suficiente para justificar la inversión de capital en maquinaria de producción y adecuaciones al local, típicamente de cinco a diez años con opciones de renovación, y debe abordar el cumplimiento del programa IMMEX, las obligaciones de seguridad de la STPS y los procedimientos de transferencia o nueva solicitud de permisos ambientales.
Un arrendamiento de nave industrial también se requiere cuando una empresa manufacturera de alimentos y bebidas (empresa fabricante de alimentos y bebidas) necesita instalaciones de producción autorizadas por la COFEPRIS que satisfagan los estándares de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y las normas sanitarias de la SENASICA — el arrendamiento debe especificar las obligaciones de entrega estructural del arrendador, los derechos de construcción de cuartos limpios, la instalación de sistemas HVAC validados y los derechos de acceso para inspección regulatoria de funcionarios de la COFEPRIS y la SENASICA en visitas de verificación oficial.
Conforme al Artículo 2398 CCF, el Artículo 75 CCom, las NOMs de la LFT y la STPS, la LGEEPA, el Artículo 1 de la LIVA y el Artículo 116 LISR, tanto el arrendador como el arrendatario se benefician de un contrato escrito de nave industrial que documente el uso industrial permitido, las responsabilidades de cumplimiento de la STPS y la SEMARNAT, la renta mensual más el 16% de IVA, las obligaciones de retención de ISR, el depósito en garantía, los derechos de mejoras y adecuaciones del arrendatario, las condiciones ambientales de línea base y los procedimientos de terminación.
Qué incluir en tu Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial México (CCF art. 2398)
El Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial en México conforme al Artículo 2398 CCF, las NOMs de la STPS, las regulaciones de la SEMARNAT y los códigos civiles estatales debe contener los siguientes elementos esenciales para ser jurídicamente exigible y operativamente conforme con el marco regulatorio industrial de México.
Identificación de las partes: Nombre completo, RFC, referencia del Acta Constitutiva o registro corporativo, domicilio fiscal y nombre del representante autorizado con referencia del poder notarial para el arrendador y el arrendatario. Los operadores industriales extranjeros deben presentar el RFC de su subsidiaria mexicana y la inscripción de la subsidiaria en el Registro Público de Comercio (RPC) del estado correspondiente. Para arrendadores Fibra, el RFC de la Fibra y la delegación de autoridad del administrador inmobiliario para suscribir el arrendamiento.
Descripción de la instalación y especificaciones técnicas: Domicilio completo, área total construida (área construida en m²), superficie total del terreno (superficie total del terreno en m²), altura libre (altura libre en metros), número y tipo de andenes de carga y puertas a nivel de piso, capacidad de carga del piso (resistencia del piso en toneladas/m²), capacidad de energía eléctrica instalada (potencia eléctrica instalada en KVA), dotación de agua (en m³/día), capacidad de drenaje industrial, disponibilidad de gas natural o LP, área de oficinas y auxiliar dentro de la instalación, infraestructura de seguridad perimetral y características especiales — puentes grúa, piso resistente a ácidos, zonas de temperatura controlada.
Uso industrial permitido: Las actividades específicas autorizadas de manufactura, ensamble o procesamiento — p. ej., 'manufactura de arneses automotrices para exportación bajo programa IMMEX' o 'producción de dispositivos médicos clase II bajo Buenas Prácticas de Manufactura COFEPRIS'. Usos prohibidos — ocupación residencial, almacenamiento de materiales incompatibles con la infraestructura de la instalación. Debe confirmarse la conformidad con el uso de suelo designado en el Programa de Desarrollo Urbano local (uso industrial ligero, pesado o parque industrial).
Plazo y renovación: Plazo forzoso de cinco a diez años para instalaciones construidas específicamente o designadas para IMMEX; opciones de renovación ejercitables por el arrendatario con seis a doce meses de aviso escrito previo; y el nivel de renta durante los períodos de renovación.
Renta, IVA y pago: Renta mensual en MXN o USD (las rentas en parques industriales son predominantemente en USD), el 16% de IVA señalado por separado, monto total mensual de factura, métodos de pago aceptados y mecanismo de escalación anual (INPC para rentas en pesos; IPC-EUA para rentas en USD). La emisión de CFDI por cada factura mensual de renta es obligatoria conforme al Artículo 29-A del CFF, con el equivalente en pesos de las rentas en USD calculado al tipo de cambio FIX de Banxico.
Retención de ISR: Disposición para que el arrendatario (persona moral) retenga el 10% de ISR de cada pago de renta conforme al Artículo 116 LISR, con documentación mensual mediante CFDI de complemento de retenciones proporcionada al arrendador.
Depósito en garantía y garantías: Depósito en garantía en efectivo (típicamente de tres a seis meses de renta) o fianza de arrendamiento de una afianzadora autorizada por la CNSF por doce a veinticuatro meses de renta, dado el monto de las inversiones en instalaciones industriales.
Asignación de cumplimiento NOM-STPS: Asignación clara de responsabilidades para las NOMs de la STPS aplicables. El arrendador entrega típicamente la instalación con infraestructura básica de seguridad en condiciones operativas; el arrendatario es responsable del cumplimiento NOM durante la vigencia del arrendamiento, incluyendo inspecciones anuales de UVs, implementación del programa de seguridad laboral y mantenimiento del plan de respuesta a emergencias.
Cumplimiento ambiental SEMARNAT: Asignación de obligaciones de permisos ambientales — Licencia Ambiental Única (LAU), Cédula de Operación Anual (COA), permisos de descarga de aguas residuales, permisos de extracción de aguas subterráneas. El diagnóstico ambiental de línea base al inicio, la indemnización del arrendatario por contaminación operativa y la del arrendador por contaminación preexistente. Derechos de acceso de la PROFEPA para el arrendador para verificar el cumplimiento.
Disposiciones del programa IMMEX: Si el arrendatario opera bajo el Decreto IMMEX, disposiciones que confirmen el uso de la instalación como establecimiento IMMEX registrado, la obligación del arrendatario de mantener el cumplimiento del programa (sistema de control de inventarios, acceso para inspección de la SE, presentación del informe anual IMMEX) y las consecuencias de la suspensión o cancelación del programa IMMEX sobre el plazo del arrendamiento.
forms-legal.com ofrece esta plantilla de Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial en México como punto de partida práctico. Los arrendamientos de naves industriales mexicanas — que involucran estructuras Fibra, cumplimiento del programa IMMEX, marcos multi-NOM de seguridad STPS, permisos ambientales SEMARNAT, estándares de manufactura COFEPRIS y certificación de contenido T-MEC — se encuentran entre las transacciones de bienes raíces comerciales más complejas en México. Todo arrendador e inquilino industrial debe contratar a un Licenciado en Derecho especializado en arrendamiento industrial, un especialista en derecho ambiental (abogado ambiental), un consultor de seguridad STPS y un contador público autorizado (CPA) con experiencia en IVA, ISR y tratamiento fiscal IMMEX antes de celebrar cualquier arrendamiento de nave industrial en México.
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Las instalaciones industriales en México están sujetas a un marco obligatorio de Normas Oficiales Mexicanas (NOM) expedidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) que establecen normas de seguridad laboral obligatorias para operaciones manufactureras e industriales. Las NOMs más críticas para instalaciones industriales incluyen: NOM-001-STPS-2008 (Edificios, locales, instalaciones y áreas — Condiciones de Seguridad), que establece normas mínimas estructurales, de iluminación, ventilación y saneamiento para lugares de trabajo industriales; NOM-002-STPS-2010 (Prevención y Protección contra Incendios), que cubre sistemas de supresión de incendios, salidas de emergencia, mantenimiento de extintores y planes de respuesta a incendios; NOM-004-STPS-1999 (Sistemas de Protección y Dispositivos de Seguridad en la Maquinaria y Equipo), que regula los resguardos de máquinas y dispositivos de seguridad; NOM-006-STPS-2014 (Manejo y Almacenamiento de Materiales), que regula los sistemas de estanterías, operaciones con montacargas y límites de carga; NOM-010-STPS-2014 (Agentes Químicos Contaminantes del Ambiente Laboral), que establece límites de exposición a sustancias químicas usadas en manufactura; NOM-029-STPS-2011 (Mantenimiento de las Instalaciones Eléctricas); y NOM-033-STPS-2015 (Espacios Confinados), para la seguridad en trabajos en espacios confinados. El arrendatario industrial como patrón asume la responsabilidad principal del cumplimiento NOM. Las inspecciones anuales de seguridad por unidades de verificación (UVs) acreditadas por la STPS son obligatorias. El incumplimiento genera multas de inspección de la STPS de $16,956 a $339,120 MXN por violación conforme al Artículo 994 de la LFT.
El programa IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación), regulado por el Decreto IMMEX publicado por la Secretaría de Economía (SE), permite a las empresas manufactureras mexicanas calificadas importar temporalmente materias primas, componentes, maquinaria y equipo libres de aranceles e IVA para su uso en la fabricación de productos destinados a la exportación. Para operar bajo el programa IMMEX, la empresa debe registrarse ante la SE y designar establecimientos físicos específicos (plantas) donde se usarán los bienes del programa IMMEX — el domicilio del contrato de arrendamiento de nave industrial debe coincidir con el domicilio del establecimiento IMMEX registrado. La SE realiza visitas de verificación a los establecimientos IMMEX para confirmar la presencia física y el cumplimiento del programa. Las disposiciones clave del arrendamiento para operadores IMMEX incluyen: derechos de acceso para inspección de la SE y el SAT (Administración General de Aduanas — AGA) que permiten a los inspectores de aduanas auditar los sistemas de control de inventarios IMMEX en cualquier momento; la obligación del arrendatario de mantener un sistema de control de inventarios conforme al IMMEX que registre la entrada, uso y exportación de todos los materiales importados temporalmente; obligaciones anuales de reporte ante la SE (informe de operaciones IMMEX); y disposiciones que aborden qué sucede con los bienes e insumos del programa IMMEX si el arrendamiento se termina antes de que venza el período de importación temporal — los bienes IMMEX no exportados al término del arrendamiento pueden generar obligación de pago de aranceles e IVA.
Los operadores industriales en México deben obtener múltiples permisos ambientales según la naturaleza y escala de sus operaciones manufactureras. Los principales permisos y autorizaciones ambientales requeridos bajo la LGEEPA y regulaciones relacionadas incluyen: Licencia Ambiental Única (LAU) — licencia de operación ambiental consolidada expedida por la SEMARNAT para actividades industriales sujetas a jurisdicción ambiental federal; Autorización de Impacto Ambiental (MIA) de la SEMARNAT para proyectos que puedan afectar significativamente el medio ambiente; Concesión o Permiso de CONAGUA para extracción de agua superficial o subterránea para uso industrial y para descarga de aguas residuales industriales tratadas; Licencia de Funcionamiento de giro industrial del municipio o estado; autorización de la COFEPRIS para instalaciones manufactureras farmacéuticas, alimentarias, cosméticas y de dispositivos médicos; y Registro como generador de residuos peligrosos ante la SEMARNAT si el proceso de manufactura genera dichos residuos. La Cédula de Operación Anual (COA) es el formulario anual de auto-reporte presentado por operadores IMMEX registrados e instalaciones industriales grandes a la SEMARNAT. La PROFEPA (Procuraduría Federal de Protección al Ambiente) aplica el cumplimiento ambiental mediante programas de inspección y puede imponer multas de hasta $1,700,120 MXN y órdenes de cierre de instalaciones por violaciones.
Un arrendamiento de nave industrial construida a la medida (build-to-suit — BTS) es un arreglo de arrendamiento bajo el cual el arrendador se compromete a diseñar y construir una instalación industrial diseñada específicamente para los requisitos de manufactura del arrendatario, a cambio del compromiso del arrendatario de un arrendamiento a largo plazo (típicamente de diez a quince años) a una renta acordada suficiente para proporcionar al arrendador un retorno sobre su inversión en construcción. Las transacciones BTS son comunes en el mercado inmobiliario industrial de México — en particular para proveedores Tier 1 automotrices, grandes operadores logísticos y fabricantes farmacéuticos o de dispositivos médicos cuyos requisitos específicos de producción no pueden satisfacerse con el inventario disponible existente. En un arreglo BTS, el contrato de arrendamiento debe documentar: el alcance de construcción — típicamente un anexo que incorpora las especificaciones técnicas del arrendatario y los estándares de construcción del arrendador; el cronograma de construcción con fechas de entrega por etapas y pena convencional por retraso por entrega tardía; la fecha de inicio de la renta — típicamente un número específico de días después de la entrega de la instalación terminada; las especificaciones aportadas por el arrendatario que aumenten el costo de construcción por encima del estándar base del arrendador, y cómo se asignan o amortizan dichos costos en la renta; el cumplimiento de la instalación con los códigos de construcción mexicanos aplicables, la NOM-001-STPS-2008 y cualquier otra norma técnica obligatoria aplicable a la industria del arrendatario; y las obligaciones de garantía del arrendador por defectos de construcción descubiertos después de la entrega.
La renta de instalaciones industriales en México está sujeta al 16% de IVA conforme al Artículo 1 de la LIVA — constituye un servicio de arrendamiento comercial gravable, no exento del IVA a diferencia de los arrendamientos residenciales bajo el Artículo 20 de la LIVA. El arrendador debe inscribirse como contribuyente del IVA ante el SAT, cobrar el 16% de IVA sobre todos los componentes de la renta, emitir CFDI por cada factura mensual y presentar declaraciones mensuales de IVA. Los arrendatarios industriales que son contribuyentes de IVA (prácticamente todos los operadores comerciales en México) recuperan el IVA pagado en la renta industrial como IVA acreditable contra su propio IVA a cargo — haciendo el IVA del 16% neutro en costo para las empresas manufactureras registradas en el IVA. Para efectos del ISR conforme al Artículo 114 LISR, los ingresos de renta industrial son ingresos por arrendamiento declarados por el arrendador. El arrendatario (persona moral) debe retener el 10% de ISR de cada pago de renta conforme al Artículo 116 LISR y remitirlo al SAT a más tardar el día 17 del mes siguiente, proporcionando al arrendador un CFDI complemento de retenciones. Para arrendamientos industriales denominados en USD — estándar en los corredores industriales de México — el CFDI debe reflejar el equivalente en pesos de la renta en USD usando el tipo de cambio FIX de Banco de México (Banxico) en la fecha de la factura; el IVA y la retención de ISR se calculan sobre el equivalente en pesos.
Los arrendatarios industriales en México cuentan con varios remedios legales cuando el arrendador no entrega la nave industrial arrendada en la fecha de inicio pactada. Conforme al Artículo 2412 del CCF, el arrendador está obligado a entregar el inmueble arrendado en el estado pactado para el uso previsto — la falta de entrega oportuna constituye un incumplimiento de la obligación fundamental de entrega. El Artículo 2416 del CCF establece que el arrendatario no está obligado a recibir la entrega de un inmueble que no esté en el estado pactado. En la práctica, los contratos de arrendamiento industrial en México regulan los remedios por retraso en la entrega mediante disposiciones contractuales específicas: (a) pena convencional por retraso — típicamente una pena diaria o semanal igual a la renta mensual dividida entre el número de días del mes, que reduce la obligación de renta del arrendatario durante el periodo de retraso; (b) periodo de gracia — un periodo pactado de típicamente 30 a 60 días de retraso durante el cual no aplica ninguna pena, que refleja contingencias de construcción fuera del control del arrendador; (c) caso fortuito o fuerza mayor — los retrasos en la entrega causados por permisos gubernamentales, desastres naturales o disrupciones en la cadena de suministro pueden excusarse conforme al Artículo 2111 del CCF; y (d) derecho de terminación — si la entrega se retrasa más allá de un periodo máximo determinado (por ejemplo, 180 días después de la fecha de entrega pactada), el arrendatario puede tener derecho a dar por terminado el arrendamiento sin pena y a recuperar cualquier renta o depósito pagado por anticipado. Los arrendatarios de naves construidas a la medida (BTS) con tiempos de arranque de manufactura vinculados a sus contratos con clientes deben negociar penas firmes por fecha de entrega que se aproximen a sus daños reales por el retraso en la producción — típicamente mucho mayores que un simple equivalente de la renta mensual — para crear incentivos de cumplimiento significativos para el arrendador.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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