Autorización Médica para Menor España
AUTORIZACIÓN MÉDICA PARA MENOR DE EDAD
Minor Medical Treatment Authorization
Al amparo de la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente, artículo 9, y los artículos 154–162 del Código Civil
1. PROGENITOR / TUTOR LEGAL AUTORIZANTE
Nombre: [Parent Name]
DNI/NIE: [Parent DNI]
Relación con el menor: [Parent Relationship]
Domicilio: [Parent Address]
Teléfono de urgencia: [Parent Phone]
Teléfono alternativo: [Parent Phone 2]
2. DATOS DEL MENOR
Nombre: [Minor Name]
Fecha de nacimiento: [Minor DOB]
DNI (si está expedido): [Minor DNI]
Número de Tarjeta Sanitaria (TSI): [Health Card Number]
3. ADULTO/A AUTORIZADO/A
Nombre: [Authorised Adult Name]
DNI/NIE: [Authorised Adult DNI]
Relación con el menor: [Authorised Adult Relationship]
Teléfono: [Authorised Adult Phone]
4. ALCANCE DE LA AUTORIZACIÓN MÉDICA
Al amparo del artículo 9 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente, y de los artículos 154–162 del Código Civil, yo, [Parent Name], en calidad de [Parent Relationship] de [Minor Name], autorizo a [Authorised Adult Name] para que preste consentimiento a los siguientes actos médicos en nombre de mi hijo/a durante el período de vigencia de esta autorización: [Authorization Scope].
Esta autorización es válida desde [Valid From] hasta [Valid Until].
El adulto/a autorizado/a actúa como delegado/a de mi patria potestad conforme al artículo 154 CC. Se ruega a los centros sanitarios españoles que acepten esta autorización como consentimiento informado válido para los actos médicos especificados, tal y como permite el artículo 9 de la Ley 41/2002.
5. INFORMACIÓN MÉDICA DEL MENOR
Alergias conocidas: [Known Allergies]
Medicación actualmente prescrita: [Current Medications]
Enfermedades crónicas: [Chronic Conditions]
Grupo sanguíneo: [Blood Type]
Pediatra / Médico de cabecera: [Pediatrician Name]
6. URGENCIAS MÉDICAS
En situaciones de riesgo vital, el artículo 9.2(b) de la Ley 41/2002 permite al médico tratante proceder con el tratamiento necesario sin consentimiento previo de los progenitores cuando las circunstancias impidan obtenerlo a tiempo. Se ruega a los profesionales sanitarios que contacten con el progenitor autorizante en los teléfonos de urgencia indicados antes de adoptar decisiones médicas no urgentes.
7. DECLARACIÓN Y FIRMA DEL PROGENITOR
Yo, [Parent Name], declaro que:
• Ostento la patria potestad sobre el menor [Minor Name] conforme a los artículos 154–162 del Código Civil.
• Esta autorización se otorga libremente y en el interés superior del menor (Ley Orgánica 1/1996 y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, ratificada por España en 1990).
• Puedo revocar esta autorización en cualquier momento notificándolo por escrito a [Authorised Adult Name] y al centro sanitario correspondiente.
Firmado en [Signature City], a [Signature Date].
PROGENITOR / TUTOR LEGAL:
[Parent Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Progenitor / Tutor Legal (Padre / Madre / Tutor Legal)
________________
Signature
Qué es Autorización Médica para Menor España
La Autorización Médica para Menor es, en España, el documento de autorización por escrito regulado por Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente, art. 9, con el que se otorga consentimiento expreso para un acto determinado.
El Artículo 9.3 de la Ley 41/2002 establece que el consentimiento informado para el tratamiento médico de los menores de 16 años debe otorgarlo su representante legal — los progenitores que ejercen la patria potestad conforme a los artículos 154 a 162 del Código Civil, o el tutor designado por el Juzgado de Primera Instancia conforme a la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor. La reforma del Artículo 9 por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia elevó de 12 a 16 años el umbral a partir del cual el consentimiento del propio menor es determinante.
Para los menores de 16 y 17 años, el Artículo 9.4 de la Ley 41/2002 — modificado por la Ley 26/2015 — establece que el propio consentimiento del menor rige el tratamiento médico, con los progenitores informados pero sin poder de veto, salvo en casos de riesgo grave para la vida o integridad física del menor, donde el médico o el Juzgado de Guardia pueden autorizar el tratamiento necesario pese a la negativa del menor.
Los artículos 154 a 162 del Código Civil regulan la patria potestad en España — ambos progenitores la ejercen conjuntamente salvo que un tribunal la haya modificado mediante un procedimiento de jurisdicción voluntaria conforme a la Ley 15/2015 o una sentencia de divorcio o separación del Juzgado de Primera Instancia haya atribuido la guarda y custodia exclusiva o compartida. Cuando ambos progenitores comparten la patria potestad, cualquiera de ellos puede autorizar individualmente el tratamiento médico para la atención ordinaria, presumiéndose que actúa con el consentimiento del otro conforme al Artículo 156 CC.
Los centros sanitarios españoles — del Sistema Nacional de Salud conforme a la Ley 16/2003 o privados regulados por la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma — suelen exigir un documento de autorización escrito cuando un adulto no progenitor presenta a un menor para tratamiento médico no urgente, para cumplir sus protocolos internos de consentimiento informado de la Ley 41/2002 y las obligaciones de protección de menores de la Ley Orgánica 1/1996.
En las urgencias médicas que suponen riesgo vital o daño grave, el Artículo 9.2.b) de la Ley 41/2002 permite al médico tratante proceder con el tratamiento necesario sin consentimiento parental previo cuando las circunstancias hacen imposible obtenerlo a tiempo — el formulario de autorización médica no es por tanto necesario en las verdaderas urgencias médicas, pero proporciona información de contacto y datos médicos del menor de gran utilidad para los servicios de emergencia.
Cuándo necesitas Autorización Médica para Menor España
La Autorización Médica para Menor en España es necesaria siempre que un menor de 16 años pueda precisar atención o tratamiento médico mientras está al cuidado de un adulto que no es su progenitor ni su tutor legal, para confirmar que los centros sanitarios pueden obtener un consentimiento informado válido conforme a la Ley 41/2002.
La autorización es necesaria cuando un menor viaja con abuelos, tíos o amigos de la familia dentro de España o al extranjero — y el adulto acompañante necesita capacidad para consentir la atención médica si el menor enferma o se lesiona. Los hospitales españoles y las clínicas privadas solicitan habitualmente esta autorización cuando un adulto no progenitor presenta a un menor para tratamiento médico no urgente.
Se necesita una Autorización Médica para Menor cuando un menor asiste a una excursión escolar, campamento de verano o torneo deportivo donde profesores, monitores o entrenadores acompañan al menor sin los progenitores. El centro escolar o el organizador suele exigir la autorización como parte de la documentación de consentimiento del viaje, conforme a las políticas de protección de menores de la Ley Orgánica 1/1996.
La autorización es necesaria durante los períodos de guarda compartida o custodia exclusiva establecidos por un juzgado de familia español, cuando el progenitor no custodio puede necesitar presentar al menor para tratamiento médico durante su período de visitas pero no dispone de la documentación de custodia necesaria. La autorización otorgada por el progenitor custodio proporciona al médico tratante la base jurídica necesaria conforme a la Ley 41/2002.
Se requiere una Autorización Médica para Menor para los menores inscritos en actividades deportivas extraescolares — academias de fútbol, clubes de natación, escuelas de artes marciales — donde el coordinador de la actividad necesita capacidad para consentir el tratamiento médico urgente o no urgente, incluida la administración de medicación pautada, sin esperar a que el progenitor esté físicamente presente.
La autorización también es necesaria para los menores con enfermedades crónicas — diabetes, epilepsia, alergias graves — que requieren administración regular de medicación o pueden necesitar intervenciones médicas específicas mientras están al cuidado del personal escolar o cuidadores, donde el progenitor desea preautorizar actos médicos concretos coherentes con el plan de tratamiento establecido por el pediatra del Sistema Nacional de Salud o el proveedor sanitario privado.
Qué incluir en tu Autorización Médica para Menor España
Una Autorización Médica para Menor válida en España conforme al Artículo 9 de la Ley 41/2002 y los artículos 154 a 162 del Código Civil debe contener los siguientes elementos esenciales para ser aceptada por los centros sanitarios españoles y cumplir la Ley de Autonomía del Paciente.
Identificación del Progenitor o Tutor Autorizante: Nombre completo, DNI o NIE, domicilio y número de teléfono de contacto del progenitor (padre/madre) o tutor legal autorizante. Debe acompañarse fotocopia del DNI del progenitor para verificación de identidad por el centro sanitario. Cuando ambos progenitores comparten la patria potestad, debe indicarse la relación del progenitor autorizante con el menor.
Identificación del Menor: Nombre completo, fecha de nacimiento, DNI si ha sido expedido (el DNI se expide en España a partir de los 14 años, aunque puede obtenerse antes) y número de tarjeta sanitaria individual (TSI) expedida por el Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma correspondiente, que confirma la inscripción en el Sistema Nacional de Salud.
Identificación del Adulto Autorizado: Nombre completo, DNI o NIE y relación con el menor de la persona autorizada para consentir el tratamiento médico en nombre del menor. Los centros sanitarios españoles pueden exigir copia del documento de identidad del adulto autorizado junto al formulario de autorización. La autorización debe especificar si el adulto también puede autorizar la administración de medicación pautada y decidir sobre pruebas diagnósticas.
Ámbito de la Autorización Médica: Descripción clara del alcance de la autorización — si cubre: (a) tratamiento médico ordinario para enfermedades y lesiones leves; (b) administración de medicación pautada concreta; (c) pruebas diagnósticas (análisis, radiografías, ecografías); (d) intervención quirúrgica no urgente; o (e) cualquier tratamiento médico necesario en caso de urgencia vital. La autorización puede ser general o limitada a condiciones o procedimientos específicos.
Historial Médico del Menor: Alergias conocidas del menor, medicación prescrita actualmente, enfermedades crónicas, grupo sanguíneo si se conoce y nombre y datos de contacto del médico pediatra o médico de cabecera habitual del menor. Esta información médica de fondo es fundamental en situaciones de urgencia donde el adulto autorizado puede no conocer completamente el historial de salud del menor.
Plazo de Validez: Las fechas durante las cuales la autorización es válida — fecha de inicio y fin — o indicación de que la autorización es indefinida hasta su revocación. Las autorizaciones sin fecha de fin son jurídicamente válidas en España pero pueden ser cuestionadas por los centros sanitarios; se recomienda especificar un plazo de validez razonable (por ejemplo, la duración del curso escolar o del viaje).
Datos de Contacto de Emergencia: Números de teléfono en los que se puede contactar al progenitor o tutor autorizante en caso de urgencia — móvil, trabajo y contacto alternativo de emergencia. Los centros sanitarios españoles están obligados conforme a la Ley 41/2002 a intentar contactar al representante legal antes de tomar decisiones médicas no urgentes aunque exista una autorización.
Declaración y Firma del Progenitor: Declaración expresa del progenitor confirmando que ostenta la patria potestad sobre el menor, que la autorización se otorga libremente y en interés superior del menor — principio consagrado en la Ley Orgánica 1/1996 y la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por España en 1990 — y firma manuscrita con fecha y lugar. Forms-legal.com proporciona este modelo de Autorización Médica para Menor como punto de partida práctico — para procedimientos médicos complejos, consulte siempre con un abogado de familia especializado y el equipo jurídico del centro sanitario. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Autorización Médica para Menor España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/personal/consent/autorizacion-medica-menor-espana
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}Preguntas Frecuentes
Conforme a los artículos 9.3 y 9.4 de la Ley 41/2002, modificada por la Ley 26/2015, la legislación española establece distintas reglas de consentimiento según la edad del menor. Para los menores de 16 años, se requiere el consentimiento por representación de los progenitores o tutores para todo tratamiento médico — se debe escuchar y tener en cuenta la opinión del menor (artículo 9.3.c) de la Ley 41/2002) pero no es jurídicamente determinante. Para los adolescentes de 16 y 17 años, la regla general es que el propio consentimiento informado del menor rige el tratamiento — los progenitores son informados pero no pueden vetar la decisión autónoma del menor. Sin embargo, el artículo 9.4 de la Ley 41/2002 establece una excepción para los tratamientos que conllevan riesgo grave para la vida o integridad física del menor. Se aplican excepciones específicas: los tratamientos de salud reproductiva (anticoncepción, interrupción voluntaria del embarazo) y los tratamientos de salud sexual tienen normas específicas conforme a la Ley Orgánica 2/2010 y la Ley Orgánica 4/2015.
Una Autorización Médica para Menor no necesita ser notariada para ser jurídicamente eficaz en España a efectos de atención sanitaria ordinaria. Un documento privado firmado por el progenitor o tutor legal acompañado de copia de su DNI constituye autorización suficiente conforme a la Ley 41/2002 para que los centros sanitarios españoles lo acepten como consentimiento informado válido para el tratamiento no urgente. No obstante, para determinadas situaciones — como un menor que viaja al extranjero con un adulto no progenitor o una decisión médica de especial importancia — las partes pueden optar por autenticar la autorización ante Notario o apostillarla conforme al Convenio de La Haya de 1961 para su uso fuera de España. Algunos hospitales privados y clínicas especializadas españolas tienen sus propios protocolos internos que exigen que la autorización sea presenciada por dos adultos o acompañada de un formulario específico de consentimiento hospitalario — compruebe siempre los requisitos documentales con el centro sanitario concreto antes de que el menor necesite tratamiento.
Cuando un progenitor se niega a autorizar el tratamiento médico necesario para un menor en España, el artículo 9.2.b) de la Ley 41/2002 y el principio del interés superior del menor (Ley Orgánica 1/1996 y artículo 39 de la Constitución Española) permiten al médico tratante o al hospital solicitar autorización judicial a través del Juzgado de Guardia o la Fiscalía de Menores. El Ministerio Fiscal tiene legitimación conforme al artículo 3.7 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (Ley 50/1981) para intervenir en protección de los intereses de los menores cuando los progenitores incumplan sus obligaciones del artículo 154 CC. Los tribunales españoles han autorizado sistemáticamente el tratamiento médico vital para menores frente a la oposición de los progenitores por motivos religiosos u otros, aplicando el estándar del interés superior del menor avalado por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional. En urgencias donde no puede obtenerse autorización judicial a tiempo, el artículo 9.2.b) de la Ley 41/2002 permite al médico tratante proceder con el tratamiento necesario para evitar la muerte o el daño grave sin consentimiento parental, con comunicación inmediata a la autoridad judicial.
Sí — siempre que el progenitor o tutor legal haya firmado válidamente una Autorización Médica para Menor identificando al abuelo, profesor u otro adulto concreto como representante autorizado. Los centros sanitarios españoles están obligados conforme a la Ley 41/2002 a obtener el consentimiento informado del representante legal del menor (progenitor o tutor) para el tratamiento no urgente — pero pueden aceptar una autorización escrita del progenitor que delegue esta facultad de consentimiento en un tercero identificado, especialmente cuando la autorización va acompañada de copia del DNI del progenitor. El adulto autorizado actúa como delegado de la patria potestad del progenitor conforme al artículo 154 CC — no ostenta por sí mismo la patria potestad, sino que está autorizado para consentir en nombre del progenitor. El alcance de la delegación debe ser claro: una autorización general que cubra todos los tratamientos es más amplia que una autorización específica limitada, por ejemplo, a la administración de medicación pautada o al tratamiento de lesiones leves. Los profesores que actúen en su capacidad profesional en un centro educativo — ya sea colegio público, concertado o privado — pueden estar cubiertos por los formularios de autorización general del centro firmados en la matrícula conforme a los protocolos de la Ley 41/2002 del colegio, pero una autorización parental específica añade una protección jurídica adicional.
La sección del historial médico del menor en una Autorización Médica para Menor española debe incluir: (1) alergias conocidas — especialmente a medicamentos, alimentos y látex — especificando la naturaleza de la reacción alérgica (anafilaxia, urticaria, asma); (2) medicación prescrita actualmente con posología y frecuencia — especialmente para enfermedades crónicas gestionadas por el pediatra inscrito en el Servicio de Salud Autonómico; (3) enfermedades crónicas — diabetes mellitus tipo 1 (con pauta de insulina), epilepsia (con protocolo antiepiléptico), asma grave (con inhalador de rescate), cardiopatías congénitas, inmunodeficiencias; (4) grupo sanguíneo y factor Rh — información crítica para transfusiones de urgencia; (5) intervenciones quirúrgicas previas relevantes para las decisiones de tratamiento actuales; (6) proveedores sanitarios actuales — nombre y teléfono del pediatra del Centro de Salud del Servicio de Salud Autonómico y los especialistas hospitalarios que participen en el tratamiento continuado; y (7) el número de tarjeta sanitaria individual (TSI) para el acceso al Sistema Nacional de Salud. Esta información médica permite al adulto autorizado y al médico tratante tomar decisiones de tratamiento informadas coherentes con el plan de atención existente del menor.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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