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Modelo 600 — Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) España

Datos clave

EspañaEspañaEspañol (ES)GratisPDF & WordActualizado 6 jun 2026
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Modelo 600 — Property Transfer Tax (ITP)
Modelo 600 — Property Transfer Tax (ITP) Spain

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas

MODELO 600 — IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS (ITP)

Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales — España

Real Decreto Legislativo 1/1993 (Texto Refundido del ITP y AJD), arts. 7–19

1. PARTES

COMPRADOR / ADQUIRENTE (CONTRIBUYENTE DEL ITP):

Nombre: [Buyer Name]

DNI / NIE / NIF: [Buyer NIF]

Domicilio fiscal: [Buyer Address]

Porcentaje de participación adquirido: [Acquisition Share]%

VENDEDOR / TRANSMITENTE:

DNI / NIE / NIF: [Seller NIF]

2. BIEN TRANSMITIDO

Tipo de bien: [Asset Type]

Dirección del inmueble: [Property Address]

Referencia catastral: [Catastral Reference]

Referencia registral: [Registry Reference]

Fecha de la escritura pública: [Deed Date]

Nombre del notario y distrito notarial: [Notary Name]

Número de protocolo: [Protocol Number]

3. LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO

Precio de compraventa declarado: [Declared Price]

Valor de referencia catastral: [Catastro Reference Value]

Base imponible del ITP (el mayor entre el precio declarado y el valor de referencia): [Taxable Base]

Comunidad autónoma: [Autonomous Community]

Tipo de ITP aplicable: [ITP Rate]

Importe del ITP a ingresar (Cuota Tributaria): [ITP Due]

Conforme al art. 10 del RDL 1/1993, la base imponible es el mayor entre el valor declarado de la operación y el valor de referencia catastral publicado por la Dirección General del Catastro en virtud de la Ley 11/2021 de medidas de prevención del fraude fiscal.

4. OBLIGACIONES DE PRESENTACIÓN

Esta autoliquidación debe presentarse y el ITP debe ingresarse en el plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura pública ([Deed Date]) ante la autoridad tributaria (consejería de hacienda o agencia tributaria autonómica) de [Autonomous Community]. Tras el pago, la carta de pago debe presentarse en el Registro de la Propiedad junto con la escritura original para la inscripción de la transmisión de titularidad.

Fecha de presentación: [Filing Date]

5. DECLARACIÓN

El comprador abajo firmante declara que la información facilitada en este Modelo 600 es exacta y completa, y que el importe del ITP se ha calculado correctamente de conformidad con el RDL 1/1993 y la normativa autonómica aplicable.

DNI/NIE/NIF: [Buyer NIF]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Comprador / Adquirente (contribuyente del ITP)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Modelo 600 — Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) España

El Modelo 600 es, en España, el formulario tributario normalizado regulado por Real Decreto Legislativo 1/1993 (Texto Refundido del ITP y AJD), arts. 7–19; Ley 22/2009 (Cesión de tributos a CC.AA.), que se presenta ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas se aplica a: la transmisión de la propiedad de bienes inmuebles no sujeta al IVA — principalmente inmuebles residenciales y comerciales de segunda mano vendidos entre particulares o por empresas que no actúan como sujetos pasivos del IVA en esa transmisión concreta; la constitución o transmisión de derechos reales sobre inmuebles — tales como el usufructo, el derecho de superficie y las servidumbres; la transmisión de bienes muebles (incluyendo vehículos usados entre particulares); y los derechos de concesión administrativa conforme al Artículo 13 del RDL 1/1993.

El ITP es un tributo cedido — conforme a la Ley 22/2009 de cesión de tributos a las Comunidades Autónomas — cuyas potestades normativas están ampliamente delegadas a las 17 comunidades autónomas de España. Cada comunidad autónoma fija su propio tipo del ITP para las transmisiones de inmuebles dentro de su territorio, dentro del marco establecido por el RDL 1/1993. El tipo estatal general del Artículo 11 del RDL 1/1993 es del 6%, pero en la práctica los tipos varían considerablemente entre comunidades autónomas: Cataluña aplica el 10%; Madrid aplica el 6% con diversas deducciones; Andalucía aplica el 7% (reducido del 8% al 7% en 2021); la Comunitat Valenciana aplica el 10%; Castilla y León aplica el 8%; y el País Vasco y Navarra aplican sus propias normas tributarias forales al margen del régimen común.

La base imponible del ITP sobre inmuebles es el valor de referencia establecido anualmente por la Dirección General del Catastro conforme a la Ley 11/2021 de medidas de prevención del fraude fiscal, con efectos desde el 1 de enero de 2022. Con anterioridad a la Ley 11/2021, la base imponible era el valor declarado en la transacción, sujeto a la comprobación de valores por las comunidades autónomas mediante el procedimiento de comprobación de valores. Con el sistema actual de valor de referencia, la base imponible es el valor de referencia catastral o el precio declarado, el que sea mayor.

El Modelo 600 debe presentarse y el ITP debe ingresarse en el plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de la escritura pública de transmisión otorgada ante notario español. La presentación se realiza ante la autoridad tributaria de la comunidad autónoma donde se encuentre el inmueble — no ante la AEAT. Cada comunidad autónoma tiene su propio modelo 600 (a veces denominado Modelo 600, 600-ITP u otro número de modelo), plataformas de presentación electrónica y procedimientos de pago. Las consecuencias de la presentación tardía o de la falta de presentación incluyen recargos, intereses de demora y liquidaciones por la inspección tributaria de la comunidad autónoma.

Cuándo necesitas Modelo 600 — Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) España

El Modelo 600 debe presentarse siempre que se produzca una transmisión patrimonial onerosa de un inmueble de segunda transmisión u otra transmisión patrimonial sujeta al ITP, y el comprador o adquirente debe autoliquidar y pagar el ITP en el plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura pública.

El Modelo 600 es obligatorio cuando una persona física adquiere un piso de segunda mano, una casa, un local comercial, una plaza de garaje o un terreno de otro particular o de una empresa que no repercute IVA en la operación. La distinción entre ITP e IVA es fundamental: los inmuebles nuevos vendidos por un promotor inmobiliario están sujetos al IVA al tipo reducido del 10% (para uso residencial) más el AJD (Modelo 601) — no al ITP. Los inmuebles de segunda mano vendidos por un particular o por una empresa que no actúa como sujeto pasivo del IVA están sujetos al ITP.

El Modelo 600 es obligatorio cuando el comprador adquiere un vehículo de segunda mano a un particular — el tipo del ITP para vehículos lo fija la comunidad autónoma y suele ser inferior al tipo del ITP sobre inmuebles, aplicado normalmente sobre el valor fiscal del vehículo publicado anualmente por la AEAT. El ITP de vehículos resulta especialmente relevante para la compra de coches de segunda mano cuando el vendedor no es un concesionario profesional, ya que los concesionarios venden con IVA.

El Modelo 600 es necesario para la constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles — por ejemplo, cuando se constituye un usufructo a favor del cónyuge supérstite conforme a un testamento, cuando se otorga un derecho de superficie para la instalación de paneles solares, o cuando se formaliza una servidumbre de paso entre propietarios colindantes.

El Modelo 600 también es obligatorio para la transmisión de concesiones administrativas — por ejemplo, cuando se transmite entre particulares una concesión para explotar un atraque portuario, una ubicación de torre de telecomunicaciones u otro derecho sobre infraestructura pública.

El Modelo 600 no es obligatorio cuando la operación inmobiliaria está sujeta al IVA — los inmuebles nuevos de promotores, los inmuebles comerciales en los que el vendedor opta por aplicar el IVA conforme al Artículo 20.2 de la LIVA, o los inmuebles industriales vendidos con IVA quedan fuera del ámbito del ITP. En esos casos, el Modelo 601 (AJD) se aplica a la escritura notarial.

En España, la Constitución Española de 1978 es la norma suprema. El Código Civil regula las obligaciones contractuales conforme al Artículo 1255 (libertad de pactos). La AEAT administra la fiscalidad. Los Juzgados de Primera Instancia tienen competencia civil general. La Ley 39/2015 regula el procedimiento administrativo. La LOPDGDD (LO 3/2018) y el RGPD regulan la protección de datos a través de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Qué incluir en tu Modelo 600 — Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) España

Un Modelo 600 correctamente cumplimentado conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 debe incluir los siguientes datos y apartados esenciales, teniendo en cuenta que el diseño específico del formulario varía según la comunidad autónoma.

Identificación del contribuyente: Nombre completo y DNI/NIE/NIF del adquirente, que es el sujeto pasivo del ITP conforme al Artículo 8 del RDL 1/1993. Cuando haya varios adquirentes (compradores conjuntos), la participación de cada adquirente (porcentaje de adquisición) debe declararse por separado. Las personas jurídicas que adquieran el bien deben indicar su NIF, domicilio social e identidad del representante legal.

Identificación del transmitente: Nombre completo y DNI/NIE/NIF de la persona o entidad que transmite el bien. El transmitente no es el sujeto pasivo del ITP pero debe identificarse en la declaración para posibilitar el cruce con la escritura notarial.

Identificación del bien o activo: Para inmuebles — dirección completa, referencia catastral de la Dirección General del Catastro, referencia registral del Registro de la Propiedad, comunidad autónoma, municipio y naturaleza del inmueble (residencial, comercial, rústico, solar urbano). Para vehículos — marca, modelo, matrícula, número de bastidor (VIN) y año de fabricación.

Datos de la escritura notarial: Número de protocolo de la escritura pública, fecha de otorgamiento, nombre del notario y colegio y demarcación notarial. La escritura otorgada se presenta o se referencia para su verificación por la comunidad autónoma.

Base imponible: El precio de compraventa declarado o el valor de referencia catastral de la Dirección General del Catastro, el que sea mayor conforme a la Ley 11/2021. Para los derechos reales, se aplican reglas específicas de capitalización de los artículos 10 a 12 del RDL 1/1993 para calcular la base — por ejemplo, el valor del usufructo depende de la edad del beneficiario.

Tipo aplicable y cálculo del impuesto: El tipo del ITP establecido por la comunidad autónoma donde se ubique el inmueble, aplicado sobre la base imponible. La mayoría de las comunidades autónomas prevén tipos reducidos para la adquisición de vivienda habitual, compradores jóvenes, familias numerosas, personas con discapacidad y municipios en riesgo de despoblación.

Forma de pago: El Modelo 600 se presenta habitualmente con el pago simultáneo a través del portal tributario de la comunidad autónoma, por transferencia bancaria, en entidades colaboradoras o de forma electrónica. La escritura original firmada y el Modelo 600 deben presentarse posteriormente en el Registro de la Propiedad para inscribir la transmisión del título.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de referencia del Modelo 600 para ayudar a los compradores a entender las obligaciones del ITP. El formulario exacto, los tipos, las exenciones y el procedimiento de presentación varían según la comunidad autónoma — consulte siempre la consejería de hacienda de la comunidad autónoma correspondiente o contrate a una gestoría inmobiliaria o a un abogado especialista en derecho inmobiliario para cada operación.

Tipos reducidos para categorías específicas de compradores: La mayoría de las comunidades autónomas prevén tipos reducidos del ITP para: compradores jóvenes (generalmente menores de 35 años) que adquieran su vivienda habitual, habitualmente con tipos del 3% al 5%; familias numerosas (tres o más hijos) que adquieran una vivienda habitual de mayor tamaño, también con tipos reducidos; y compradores con discapacidad reconocida del 33% o superior, que pueden beneficiarse de tipos de hasta el 3–4%. Estas reducciones exigen que el comprador declare su elegibilidad en el Modelo 600 y mantenga el inmueble como vivienda habitual durante el período mínimo fijado por la comunidad autónoma (habitualmente 3–4 años).

Trámites registrales tras el pago: Después de presentar el Modelo 600 y pagar el ITP, el comprador debe presentar la escritura pública original junto con la carta de pago en el Registro de la Propiedad competente. El registro inscribirá la transmisión a nombre del comprador, completando el proceso de transmisión. Sin el justificante del pago del ITP, el Registro de la Propiedad denegará la inscripción conforme al Artículo 254 de la Ley Hipotecaria. Los compradores deben solicitar también una nota simple al Registro de la Propiedad tras la inscripción para verificar que el título figura correctamente a su nombre.

Conforme al RDL 1/1993 (Texto Refundido del ITP y AJD), el ITP es el principal impuesto que grava las transmisiones de inmuebles de segunda mano. La Dirección General del Catastro determina los valores de referencia conforme a la Ley 11/2021. El Registro de la Propiedad inscribe las transmisiones. La Dirección General de Tributos (DGT) emite consultas vinculantes sobre cuestiones del ITP. Los tribunales económico-administrativos autonómicos conocen los recursos administrativos de primera instancia en materia de ITP. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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