Solicitud de NIE (Número de Identificación de Extranjero) en España
SOLICITUD DE NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DE EXTRANJERO (NIE)
NIE Application — Modelo EX-15
Real Decreto 616/2001, de 8 de junio, Artículo 1
A LA COMISARÍA DE POLICÍA NACIONAL (EXTRANJERÍA) DE [Submission Province]
1. DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE
Nombre Completo: [Applicant Name]
Número de Pasaporte: [Passport Number]
Fecha de Caducidad del Pasaporte: [Passport Expiry]
Nacionalidad: [Nationality]
Fecha de Nacimiento: [Date of Birth]
Lugar de Nacimiento: [Place of Birth]
Domicilio: [Current Address]
Teléfono: [Phone Number]
Correo Electrónico: [Email Address]
2. REPRESENTANTE (si procede)
Nombre del Representante: [Representative Name]
DNI / NIE del Representante: [Representative DNI]
3. MOTIVO DE LA SOLICITUD DEL NIE
Motivo: [NIE Reason]
Descripción: [NIE Reason Detail]
4. DOCUMENTACIÓN APORTADA
Se adjunta: (1) Formulario oficial EX-15 cumplimentado; (2) Pasaporte en vigor (original y fotocopia de todas las páginas); (3) Justificante del motivo de la solicitud (arras, oferta de trabajo, escritura, etc.); (4) Justificante de pago de la tasa (Modelo 790 Código 012 — aprox. €9,84); (5) En su caso, poder notarial del representante.
5. SOLICITUD
Por todo lo expuesto, al amparo del Real Decreto 616/2001, de 8 de junio, SOLICITA la asignación de un Número de Identificación de Extranjero (NIE) al amparo del interés económico/profesional/social en España indicado.
En [Submission Province], a [Submission Date].
Firmado: [Applicant Name]
Pasaporte: [Passport Number]
Firma: _________________________
Applicant / Representative
________________
Signature
Qué es Solicitud de NIE (Número de Identificación de Extranjero) en España
La Solicitud de NIE es, en España, el escrito dirigido al organismo o autoridad competente regulado por Real Decreto 616/2001, de 8 de junio, art. 1, mediante el que el interesado insta la tramitación de un procedimiento.
El NIE consta de una letra seguida de 7 dígitos y una letra de verificación —por ejemplo, X-1234567-A (anterior a 2008), Y-1234567-Z (desde 2008) o Z-1234567-B (formato más reciente, al agotarse las series X e Y)—. El NIE es distinto de la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero —tarjeta de identidad que se expide a los residentes comunitarios y extracomunitarios en España—, aunque la TIE incorpora el número de NIE). Los nacionales españoles disponen de DNI, no de NIE.
El NIE es obligatorio para prácticamente cualquier trámite legal, fiscal o comercial de relevancia en España. La AEAT lo exige para presentar cualquier declaración tributaria (IRPF, IVA, ISD, ITP); el notario lo requiere para cualquier escritura pública —compraventa de inmueble, hipoteca, constitución de sociedad, aceptación de herencia—; el Registro de la Propiedad lo necesita para inscribir cualquier derecho sobre inmuebles; la TGSS lo exige para el alta en la Seguridad Social; los bancos españoles lo requieren para abrir cuentas o solicitar hipotecas conforme a la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales; y la DGT lo exige para matricular un vehículo u obtener el permiso de conducción.
Existen dos modalidades de solicitud de NIE. Primera, el NIE para no residentes: se expide al extranjero que necesita el NIE para una operación económica, profesional o administrativa concreta y no recurrente en España (compra de vivienda vacacional, herencia de bienes españoles, constitución de sociedad) sin intención de residir en España. Este NIE es exclusivamente un identificador fiscal y no otorga derechos de residencia. Segunda, el NIE en el marco del proceso de registro de residencia: los ciudadanos de la UE/EEE que ejercen su derecho de libre circulación conforme a la Directiva 2004/38/CE se registran en la Oficina de Extranjeros y reciben el NIE como parte del certificado de registro de ciudadano de la UE; los nacionales de terceros países que solicitan autorización de residencia y trabajo conforme a la Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería reciben el NIE al aprobarse su permiso y obtienen su TIE en la Comisaría.
La solicitud de NIE para no residentes se presenta en el formulario EX-15 (Solicitud de Número de Identificación de Extranjero y Certificados) disponible en el sitio web del Ministerio del Interior, acompañado del justificante de pago mediante Modelo 790 Código 012, y se tramita en la Comisaría de Policía de la provincia donde esté ubicado el motivo que justifica el NIE (por ejemplo, la provincia en que radica el inmueble a adquirir). La cita previa es imprescindible y debe obtenerse a través de la sede electrónica de la Policía Nacional (sede.policia.gob.es) —la atención sin cita no está disponible con carácter general—.
Cuándo necesitas Solicitud de NIE (Número de Identificación de Extranjero) en España
La Solicitud de NIE en España es necesaria cuando el extranjero debe realizar un trámite legal, fiscal, administrativo o comercial en España que exija su identificación personal ante las autoridades españolas o ante una institución española.
Se necesita antes de comprar un inmueble en España —ya sea residencial, comercial o agrícola—. El notario que formaliza la escritura de compraventa no puede proseguir sin el NIE válido del comprador, y el Registro de la Propiedad no inscribirá la transmisión sin él. Esto aplica tanto a compradores de la UE como a los de fuera de ella.
Se requiere antes de abrir una cuenta bancaria en España: las entidades financieras españolas deben identificar a sus clientes conforme a la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales, y para los extranjeros el NIE es el número de identificación principal exigido junto con el pasaporte.
Se necesita antes de constituir una sociedad en España: los extranjeros que crean una sociedad limitada, sociedad anónima u otra persona jurídica a través del Registro Mercantil deben aportar su NIE en la escritura de constitución otorgada ante notario.
Se exige para presentar cualquier declaración tributaria en España —incluyendo el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) conforme al Real Decreto Legislativo 5/2004, aplicable a los extranjeros propietarios de inmuebles españoles o que perciban rentas de fuente española sin residir en España—.
Se necesita al heredar bienes inmuebles o activos financieros españoles: la aceptación de la herencia ante notario y la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ante la Comunidad Autónoma exigen el NIE de cada heredero.
Se requiere antes de iniciar una relación laboral en España: el empleador debe dar de alta al trabajador en la TGSS utilizando el NIE como identificador principal en el sistema de la Seguridad Social.
Se necesita para matricular un vehículo (permiso de circulación) ante la DGT, solicitar el permiso de conducción español o realizar cualquier trámite ante la DGT que exija identificación personal.
Bajo el Derecho español, la Constitución Española de 1978 es la norma suprema. El Código Civil regula las obligaciones contractuales conforme al Artículo 1255. La AEAT gestiona la fiscalidad. Los Juzgados de Primera Instancia tienen jurisdicción civil general. La Ley 39/2015 regula el procedimiento administrativo. La LOPDGDD (LO 3/2018) y el RGPD regulan la protección de datos a través de la AEPD.
Qué incluir en tu Solicitud de NIE (Número de Identificación de Extranjero) en España
Una Solicitud de NIE válida en España conforme al Artículo 1 del Real Decreto 616/2001 debe contener los siguientes elementos esenciales para ser tramitada por la Comisaría de Extranjería del Cuerpo Nacional de Policía.
Formulario EX-15 Cumplimentado: El formulario oficial Solicitud de Número de Identificación de Extranjero y Certificados (Modelo EX-15), disponible en el sitio web del Ministerio del Interior (www.interior.gob.es) o en cualquier Comisaría de Extranjería. El formulario debe completarse íntegramente con los datos personales del solicitante, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento, domicilio actual en España o en el extranjero, datos del pasaporte y motivo de la solicitud.
Identificación del Solicitante: Pasaporte en vigor original más fotocopia de todas las páginas, incluida la página de datos biográficos y las páginas con visados españoles. Los ciudadanos de la UE/EEE pueden presentar alternativamente su documento nacional de identidad (DNI de su país de origen), que tiene el mismo valor que el pasaporte a efectos de identificación en el ámbito de la UE.
Motivo de la Solicitud de NIE: Escrito de justificación breve que explique el interés económico, profesional o social concreto en España que motiva la solicitud —por ejemplo, un contrato de arras o compraventa firmado, una oferta de trabajo, un certificado de registro mercantil, o una escritura que acredite una herencia u operación mercantil que requiera identificación fiscal española—. Esta justificación debe demostrar que el NIE se necesita para una finalidad concreta y no como medida cautelar.
Pago de la Tasa: Justificante de pago de la tasa de expedición del NIE mediante autoliquidación Modelo 790 Código 012, abonado en una entidad financiera española antes de la cita. La tasa para 2024 es de aproximadamente 9,84 €. El justificante original debe presentarse en la cita —no se aceptan fotocopias—.
Autorización del Representante (si procede): Cuando un representante o abogado actúa en nombre del solicitante —lo que está permitido conforme al Artículo 46 de la Ley 39/2015 LPAC—, debe aportarse poder notarial que autorice expresamente al representante a tramitar el NIE en nombre del solicitante, junto con el DNI o pasaporte del representante.
Cita Previa: Confirmación de la cita previa online obtenida a través de la sede electrónica de la Policía Nacional (sede.policia.gob.es) o del sitio web del consulado español (para solicitudes desde el extranjero). Sin cita confirmada, los solicitantes no serán atendidos en la Comisaría. La disponibilidad de citas varía considerablemente por provincia: en las provincias de alta demanda como Alicante, Málaga y Madrid, puede ser necesario reservar con 4–8 semanas de antelación.
Forms-legal.com facilita esta plantilla de Solicitud de NIE como punto de partida práctico. El trámite es sencillo en la mayoría de los casos, pero la disponibilidad de citas puede ser un obstáculo práctico importante en los destinos de mayor afluencia de extranjeros. Muchos solicitantes en provincias costeras (Costa del Sol, Costa Blanca) recurren a una gestoría o un abogado español para obtener la cita y presentar la solicitud en su nombre, especialmente cuando el NIE se necesita con urgencia para completar una compraventa dentro del plazo contractual.
Elementos adicionales de cumplimiento para una Solicitud de NIE en España: Protección de datos —la legislación de privacidad aplicable exige una base jurídica para el tratamiento de datos personales; Ley aplicable —Derecho español; Resolución de conflictos —las partes pueden acudir al tribunal competente. Bajo el Derecho español, la Constitución Española de 1978 es la norma suprema. El Código Civil regula las obligaciones contractuales conforme al Artículo 1255. La AEAT gestiona la fiscalidad. Los Juzgados de Primera Instancia tienen jurisdicción civil general. La Ley 39/2015 regula el procedimiento administrativo. La LOPDGDD (LO 3/2018) y el RGPD regulan la protección de datos a través de la AEPD. Forms-legal.com ofrece esta plantilla como punto de partida para documentación conforme al Derecho español. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de NIE (Número de Identificación de Extranjero) en España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/government/declarations/solicitud-nie
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}Preguntas Frecuentes
Estos tres documentos tienen funciones de identificación distintas en España. El NIE (Número de Identificación de Extranjero) es exclusivamente un número —un identificador fiscal y administrativo único asignado a los extranjeros conforme al Real Decreto 616/2001—. El NIE en sí mismo no es un documento de identidad físico, sino un número impreso en un resguardo de una sola hoja o incorporado a otros documentos. La TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) es la tarjeta de identidad física de residencia que se expide a los extranjeros que residen legalmente en España: incorpora el número de NIE más los datos biométricos y los detalles de la autorización de residencia. Los ciudadanos de la UE/EEE que ejercen el derecho de libre circulación reciben el Certificado de Registro de Ciudadano de la UE (certificado verde) con su NIE, en lugar de la TIE; los nacionales de terceros países con residencia de larga duración o permanente reciben una TIE biométrica. El DNI (Documento Nacional de Identidad) es el documento de identidad nacional expedido exclusivamente a los españoles por la Comisaría de Policía Nacional conforme al Real Decreto 1553/2005: incorpora un número DNI (8 dígitos más letra de verificación) y tiene el mismo valor legal que el pasaporte a efectos de identificación en España y en la UE. Cuando el extranjero adquiere la nacionalidad española, entrega su NIE/TIE y recibe un DNI.
El tiempo de tramitación del NIE en España varía considerablemente según la provincia y el volumen de solicitudes en la Comisaría de Extranjería competente. En las provincias menos saturadas, las citas pueden obtenerse en 1–2 semanas y el certificado de NIE se expide habitualmente el mismo día de la cita o en 1–3 días hábiles. En las zonas de alta demanda —Alicante (Costa Blanca), Málaga (Costa del Sol), Madrid y Barcelona—, la disponibilidad de citas puede demorarse 4–8 semanas por el elevado volumen de compradores extranjeros, inversores y expatriados que necesitan el NIE. El trámite urgente (NIE urgente) existe en teoría para casos con un plazo legal o contractual inminente —como una fecha de firma de escritura pública en las próximas 48–72 horas— y puede tramitarse el mismo día en la Comisaría. No obstante, la tramitación urgente queda a la discreción de la Comisaría y requiere documentación convincente que acredite la urgencia. Se recomienda encarecidamente iniciar el trámite del NIE con suficiente antelación respecto a cualquier plazo contractual de compraventa u operación que lo requiera.
Sí. Los extranjeros que no residen en España y no pueden desplazarse personalmente para solicitar el NIE pueden tramitarlo a través del consulado o la misión diplomática española en su país de residencia. El procedimiento en los consulados españoles sigue esencialmente los mismos requisitos que en España: formulario EX-15 cumplimentado, pasaporte en vigor, justificación del motivo de la solicitud y pago de la tasa. No obstante, los tiempos de tramitación consular varían: algunos consulados con gran demanda —como los de Londres, Miami o Buenos Aires— pueden tener tiempos de espera para la cita de 4–12 semanas. El NIE expedido por un consulado tiene la misma validez legal que el emitido en España. Alternativamente, el extranjero puede apoderar a un representante en España —habitualmente su abogado o gestoría española— para que solicite el NIE en su nombre mediante un poder notarial específico que autorice expresamente la tramitación del NIE. El poder notarial puede otorgarse ante notario local (reconocido conforme al Convenio de La Haya sobre la Apostilla) y enviarse al representante español para su uso ante la Comisaría.
El número de NIE en sí mismo no caduca: una vez asignado, es permanente y constituye el identificador del extranjero en todos los sistemas administrativos españoles de por vida. Sin embargo, el resguardo en papel emitido en el momento de la asignación del NIE sí lleva una fecha de caducidad —que afecta únicamente a la validez del documento físico para presentarlo ante terceros (bancos, notarios, etc.)— y no modifica el número de NIE subyacente. Si el resguardo ha caducado, puede obtenerse un nuevo certificado que confirme el mismo NIE presentando una nueva solicitud —sin necesidad de justificar un nuevo motivo— en la Comisaría y abonando de nuevo la tasa del Modelo 790 Código 012. Para los residentes en España, el número de NIE está incorporado en la TIE, que tiene su propia vigencia vinculada al permiso de residencia; al renovar la autorización, se expide una nueva TIE con el mismo número de NIE. Los no residentes que obtuvieron el NIE exclusivamente para una compraventa o inversión pueden encontrarse con que su resguardo ha caducado cuando necesiten presentarlo para otro trámite: en ese caso, simplemente solicitan un nuevo certificado que confirme el mismo número de NIE en la Comisaría más cercana o en el consulado español.
Los ciudadanos de la UE/EEE que ejercen el derecho de libre circulación en España conforme a la Directiva 2004/38/CE y su normativa española de desarrollo (Real Decreto 240/2007) tienen derecho a residir y trabajar en España sin necesidad de visado previo de trabajo o residencia. No obstante, todos los ciudadanos de la UE que realicen actividades económicas, profesionales o sociales en España —aunque no tengan intención de residir permanentemente— necesitan el NIE como número de identificación fiscal y administrativa en el sistema administrativo español, conforme al Real Decreto 616/2001. El NIE es necesario porque la normativa fiscal española, el reglamento notarial, las reglas del Registro de la Propiedad y la regulación bancaria se aplican por igual a los extranjeros comunitarios y extracomunitarios: todos exigen identificación personal mediante un identificador español (NIE o DNI) y no únicamente mediante el pasaporte. Los ciudadanos de la UE que vayan a residir en España más de 3 meses deben registrarse en la Oficina de Extranjeros conforme al artículo 7 del Real Decreto 240/2007, obteniendo el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (certificado verde) que incorpora su número de NIE. Los ciudadanos de la UE que residan en España menos de 3 meses pero necesiten el NIE para una operación concreta (compraventa, registro mercantil) lo solicitan mediante el mismo formulario EX-15 que los nacionales de terceros países, justificando el motivo específico.
Disponer de un NIE en España no genera por sí mismo obligaciones tributarias españolas: la sujeción al impuesto depende del estatus de residencia fiscal del individuo conforme a la Ley 35/2006 del IRPF y al convenio de doble imposición aplicable, no de la mera posesión del NIE. No obstante, tener NIE y realizar actividades sujetas a tributación o ser titular de activos españoles sí genera obligaciones fiscales concretas. Los extranjeros no residentes propietarios de inmuebles en España deben presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) mediante el Modelo 210 —aunque el inmueble no esté arrendado, debe declararse anualmente un rendimiento imputado del 1,1%–2% del valor catastral—. Los no residentes que perciban rentas de alquiler de inmuebles españoles deben presentar también declaraciones trimestrales del Modelo 210 y el resumen anual. Quienes adquieran la condición de residentes fiscales (permanencia en España 183 o más días al año conforme a la Ley 35/2006) deben presentar el IRPF (Modelo 100) por su renta mundial y, si disponen de activos en el extranjero superiores a 50.000 €, deben presentar el Modelo 720 (Declaración de Bienes y Derechos en el Extranjero) conforme a la Ley 7/2012. El incumplimiento de las obligaciones tributarias asociadas al NIE puede dar lugar a sanciones de la AEAT y, en casos graves, al embargo de bienes conforme a las disposiciones ejecutivas de la LGT. Los extranjeros titulares de NIE que no realicen ninguna actividad sujeta a tributación en España no tienen obligaciones declarativas periódicas más allá de las que genere el activo o la actividad concreta.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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