Solicitud de Pasaporte Español (España)
SOLICITUD DE PASAPORTE ESPAÑOL
Spanish Passport Application
Real Decreto 896/2003, de 11 de julio — Reglamento de Pasaportes
A LA COMISARÍA DE POLICÍA NACIONAL DE [Submission City]
Cuerpo Nacional de Policía — Ministerio del Interior
1. DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE
Nombre Completo: [Applicant Name]
DNI: [Applicant DNI]
Fecha de Nacimiento: [Date of Birth]
Lugar de Nacimiento: [Place of Birth]
Domicilio: [Applicant Address]
Teléfono: [Applicant Phone]
Correo Electrónico: [Applicant Email]
2. TIPO DE SOLICITUD Y PASAPORTE
Motivo de la Solicitud: [Application Reason]
Vigencia del Pasaporte Solicitado: [Passport Validity]
Número de Pasaporte Anterior (si procede): [Prior Passport Number]
Servicio Urgente: [Urgency Request]
3. CONSENTIMIENTO PATERNO / MATERNO (MENORES DE EDAD)
Nombre del Progenitor / Tutor Autorizante: [Parent Name]
DNI del Progenitor / Tutor: [Parent DNI]
4. DOCUMENTACIÓN APORTADA
Se adjunta: (1) DNI en vigor (original); (2) Una fotografía reciente (32×26 mm, fondo blanco, rostro descubierto); (3) Pasaporte anterior (si renovación o duplicado); (4) Denuncia policial (si extravío o sustracción); (5) Justificante del pago de la tasa (€30 estándar / €80 urgente — Modelo 790 Código 065); (6) Para menores: autorización de ambos progenitores / tutores y sus DNI.
5. SOLICITUD
Por lo expuesto, al amparo del Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario, SOLICITA la expedición del pasaporte español con la vigencia indicada y por el motivo señalado, declarando que los datos facilitados son verídicos.
En [Submission City], a [Submission Date].
Firmado: [Applicant Name]
DNI: [Applicant DNI]
Firma: _________________________
Applicant (or Legal Representative for minors)
________________
Signature
Qué es Solicitud de Pasaporte Español (España)
La Solicitud de Pasaporte Español es, en España, el escrito dirigido al organismo o autoridad competente regulado por Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, art. 2, mediante el que el interesado insta la tramitación de un procedimiento.
El pasaporte español es un documento de viaje biométrico de lectura automática (MRTD) conforme a los estándares del Documento 9303 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y al Reglamento del Consejo de la UE 2252/2004, de 13 de diciembre, sobre normas para las características de seguridad y los elementos biométricos de los pasaportes y documentos de viaje expedidos por los Estados miembros. El formato actual del pasaporte español es el pasaporte biométrico de 32 páginas con chip integrado (microchip RFID) que contiene la imagen facial digitalizada del titular, las huellas dactilares de ambos índices y todos los datos biográficos impresos en el pasaporte — introducido en España desde 2006 en el marco del despliegue del pasaporte biométrico de la UE.
El pasaporte español tiene una validez de 5 años para los titulares menores de 30 años en la fecha de expedición, y de 10 años para los titulares de 30 o más años, conforme al Anexo del Real Decreto 896/2003 en su redacción vigente. Para los menores de 5 años, la validez se limita a 2 años debido a los rápidos cambios en las características biométricas a esa edad. Todos los pasaportes españoles expedidos desde enero de 2006 son pasaportes electrónicos biométricos (ePassports) con el símbolo internacional del pasaporte biométrico en la cubierta.
Los nacionales españoles tienen derecho al pasaporte conforme al Artículo 19 de la Constitución Española de 1978, que garantiza el derecho a entrar y salir libremente del territorio español — el pasaporte es el principal documento de viaje que permite a los ciudadanos españoles ejercer este derecho constitucional en el ámbito internacional y disfrutar de la libertad de circulación de la UE conforme al Artículo 21 del TFUE y a la Directiva 2004/38/CE. En el espacio Schengen (al que España se incorporó el 26 de marzo de 1995 en virtud del Convenio de Schengen), los ciudadanos españoles y demás ciudadanos de la UE pueden viajar únicamente con el DNI sin necesidad de pasaporte — pero para viajar fuera del espacio Schengen, la mayoría de los países de destino exigen un pasaporte en vigor.
El pasaporte ordinario expedido por el CNP es el pasaporte civil estándar para viajes personales. Existen categorías separadas para el pasaporte diplomático (expedido al personal diplomático y consular por el Ministerio de Asuntos Exteriores) y el pasaporte de servicio (para funcionarios en misión oficial), ambos fuera del ámbito de este modelo de solicitud. El propio DNI sirve como sustituto del pasaporte en el territorio de la UE y en determinados países vinculados por tratados bilaterales con España (Marruecos, Túnez, Turquía y otros).
Cuándo necesitas Solicitud de Pasaporte Español (España)
La Solicitud de Pasaporte Español es necesaria siempre que un nacional español deba obtener, renovar o reponer su pasaporte español para viajar internacionalmente a países que exigen pasaporte en lugar del documento nacional de identidad, o para obtener los derechos de documento de viaje reforzados asociados a la ciudadanía de la UE.
La primera solicitud de pasaporte es necesaria cuando un nacional español — menor o adulto — adquiere la nacionalidad española (por nacimiento, adopción o naturalización) y solicita pasaporte por primera vez. Los pasaportes de menores requieren el consentimiento y la presencia de ambos progenitores (o del único tutor legal) en la Comisaría.
La renovación del pasaporte es necesaria cuando el pasaporte español vigente ha caducado o caducará en menos de 6 meses — muchos países y aerolíneas exigen una validez mínima de 6 meses del pasaporte más allá de las fechas de viaje previstas. El trámite de renovación sigue esencialmente el mismo procedimiento que una primera solicitud.
La reposición del pasaporte es necesaria cuando el pasaporte en vigor se ha extraviado (extravío), sustraído (robo — que también debe denunciarse ante la Policía Nacional como denuncia penal conforme a la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana) o deteriorado hasta quedar inutilizable o inaceptable para las autoridades fronterizas.
Se requiere un nuevo pasaporte cuando el nacional español desea obtener páginas adicionales (no disponibles en los pasaportes actuales — en su lugar se expide un nuevo pasaporte) por insuficiencia de páginas en blanco para sellos de visado — las aerolíneas y algunos países de destino exigen un número mínimo de páginas en blanco.
Se requiere un nuevo pasaporte cuando los datos personales del nacional español cambian de forma no reflejada aún en el pasaporte vigente — incluido el cambio de nombre tras matrimonio, divorcio o rectificación administrativa por el Registro Civil. El cambio de nombre en el Registro Civil debe formalizarse y quedar reflejado en el DNI antes de presentar la solicitud de pasaporte.
Los nacionales españoles residentes en el extranjero de forma permanente (residentes en el exterior) pueden solicitar la renovación del pasaporte en el consulado español o la misión diplomática española en su país de residencia — el procedimiento consular de solicitud de pasaporte es equivalente al procedimiento nacional, con los mismos requisitos documentales y tasas.
Qué incluir en tu Solicitud de Pasaporte Español (España)
Una Solicitud de Pasaporte Español válida conforme al Artículo 2 del Real Decreto 896/2003 debe contener los siguientes elementos esenciales para ser tramitada por el Cuerpo Nacional de Policía o el consulado español competente.
Identificación del Solicitante: DNI (Documento Nacional de Identidad) en vigor — obligatorio para todos los adultos que soliciten pasaporte en España. El DNI debe estar vigente y no caducado, pues los datos biométricos del Registro Central de Personas del CNP se utilizarán para verificar la identidad y actualizar el chip del pasaporte. Para menores de 14 años que aún no dispongan de DNI, se acepta como documento de identificación principal la inscripción en el libro de familia o el acta de nacimiento certificada por el Registro Civil.
Fotografía Reciente: Una fotografía reciente en formato carné (32 mm × 26 mm), en color, con fondo blanco, tomada en los últimos 6 meses, con el solicitante mirando directamente a la cámara con expresión neutra y boca cerrada — conforme a los requisitos de imagen facial del Documento 9303 de la OACI, Parte 1. El CNP no acepta fotografías con gafas, cubrecabezas (salvo por motivos religiosos con carta de una autoridad religiosa reconocida) ni maquillaje que altere el reconocimiento biométrico.
Captura de Datos Biométricos: El solicitante debe acudir en persona a la Comisaría para que los equipos de registro biométrico del CNP capturen su imagen facial digitalizada y sus huellas dactilares — que se incorporan al chip del pasaporte conforme al Reglamento UE 2252/2004. La presencia personal no puede delegarse en un representante; el propio solicitante debe comparecer. Para menores de 12 años, solo se requiere la captura de la imagen facial (sin huellas) conforme al Reglamento UE 444/2009 que modifica el Reglamento 2252/2004.
Pasaporte Anterior (en Renovaciones o Reposiciones): En las renovaciones — el pasaporte caducado debe entregarse al CNP en la cita, que lo anula de inmediato. En las reposiciones por extravío o robo — debe presentarse en la cita la denuncia policial del extravío o robo. Un pasaporte en vigor presentado para renovación se anula y se devuelve al solicitante únicamente si este lo solicita expresamente (para viajar durante el período de tramitación).
Pago de la Tasa: Justificante de pago (carta de pago o autoliquidación) de la tasa de expedición de pasaporte conforme a la Orden HFP/1190/2018 (actualizada anualmente). La tasa para 2024 es de aproximadamente 30 € para adultos. El pago se realiza en el punto de recaudación designado de la Comisaría el día de la cita (no se requiere pago previo en las Comisarías del CNP de la mayoría de las provincias, aunque algunas lo exigen). Las familias numerosas tienen derecho a reducciones o exenciones de tasas conforme a la Ley 40/2003.
Consentimiento de los Progenitores (para Menores): Para solicitantes menores de 18 años, ambos progenitores con patria potestad o el único tutor legal deben consentir en persona o mediante autorización escrita. Cuando uno de los progenitores no pueda comparecer (por fallecimiento, incapacitación o desacuerdo), debe presentarse en la cita una resolución judicial que autorice el pasaporte del menor.
Forms-legal.com ofrece este modelo de Solicitud de Pasaporte Español como punto de partida práctico. Las solicitudes de pasaporte en España se tramitan con rapidez — el CNP suele expedir el pasaporte en un plazo de 24 a 72 horas desde la cita en la mayoría de las Comisarías. Es obligatorio reservar cita previa a través de la Sede Electrónica de la Policía Nacional (sede.policia.gob.es). Para necesidades urgentes de viaje, algunas Comisarías ofrecen tramitación urgente en el mismo día o al día siguiente, previa presentación de documentación de viaje inminente. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
Citar esta página
Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:
Forms Legal. (2026). Solicitud de Pasaporte Español (España) (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/government/declarations/solicitud-pasaporte-espanol
"Solicitud de Pasaporte Español (España) (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/government/declarations/solicitud-pasaporte-espanol.
@misc{formslegal-solicitud-pasaporte-espanol,
author = {{Forms Legal}},
title = {Solicitud de Pasaporte Español (España) (España)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/espana/government/declarations/solicitud-pasaporte-espanol}},
note = {Free legal document template}
}Preguntas Frecuentes
Solicitar el pasaporte español en España es un trámite presencial sencillo en cualquier Comisaría de Policía Nacional con servicio de DNI y Pasaportes. En primer lugar, reserve una cita previa en línea a través de la Sede Electrónica de la Policía Nacional (sede.policia.gob.es) — seleccione 'Expedición de Pasaportes' en la provincia correspondiente y elija fecha y hora disponibles. En segundo lugar, reúna la documentación necesaria: DNI en vigor; una fotografía reciente en formato carné conforme a las especificaciones de la OACI (32 mm × 26 mm, fondo blanco, expresión neutra); y el pasaporte anterior si se trata de una renovación (para entregarlo en la cita). En tercer lugar, acuda en persona a la cita — el funcionario del CNP captura sus datos biométricos (imagen facial y huellas dactilares) y tramita la solicitud. En cuarto lugar, abone la tasa (aproximadamente 30 € para adultos) en la Comisaría. El pasaporte se expide habitualmente en un plazo de 24 a 72 horas desde la cita y puede recogerse en persona o, en algunas provincias, entregarse a domicilio mediante Correos. La tramitación urgente en el mismo día (expedición urgente) está disponible en la mayoría de las Comisarías para viajeros con salida inminente, previa presentación de la reserva de vuelo u otra prueba de viaje, con un recargo adicional. Los menores de 18 años requieren la presencia y el consentimiento de ambos progenitores.
La validez del pasaporte español depende de la edad del titular en el momento de la expedición, conforme al Anexo del Real Decreto 896/2003 en su redacción vigente. Menores de 5 años: validez de 2 años. Jóvenes de entre 5 y 29 años: validez de 5 años. Adultos de 30 o más años: validez de 10 años. El período de validez comienza en la fecha de expedición impresa en la página de datos biográficos. El pasaporte caduca en la fecha impresa como fecha de caducidad. Muchos países exigen que el pasaporte conserve una validez mínima de 6 meses más allá de la fecha de salida prevista — los viajeros deben consultar los requisitos de entrada específicos del país de destino antes de solicitar la renovación. En el espacio Schengen, los nacionales españoles pueden viajar con el DNI (con su propia validez de 5 o 10 años según la edad) sin necesidad de pasaporte. Para viajar fuera de la UE y del espacio Schengen, generalmente se exige pasaporte español en vigor. Los pasaportes caducados no pueden utilizarse para viajes internacionales, aunque en ocasiones pueden servir como documentos de identidad en contextos administrativos domésticos limitados dentro de España.
Si pierde o le roban el pasaporte español, debe seguir los siguientes pasos. En primer lugar, denuncie el extravío o el robo (denuncia) de inmediato ante la Policía Nacional — en persona en cualquier Comisaría o en línea a través del portal de denuncia online de la Policía Nacional (denunciasonline.ses.mir.es) — y obtenga una copia de la denuncia (número de referencia). Un pasaporte robado debe denunciarse siempre para evitar su uso fraudulento. En segundo lugar, notifique a las autoridades españolas para que el pasaporte quede invalidado en la base de datos de documentos de viaje sustraídos de Interpol (SLTD) y en el registro de pasaportes del CNP. En tercer lugar, solicite la reposición del pasaporte en cualquier Comisaría de Policía Nacional aportando: DNI en vigor; fotografía reciente en formato carné; la denuncia policial original del extravío o robo; y el pago de la tasa de pasaporte. En cuarto lugar, si el extravío o el robo se produce en el extranjero — contacte con el consulado o la embajada española más cercanos, que podrán expedir un documento de emergencia de viaje (laissez-passer) para regresar de inmediato a España y, posteriormente, gestionar la reposición del pasaporte completo. Los viajeros internacionales deben llevar siempre una fotocopia o copia digital de la página de datos biográficos del pasaporte por separado del pasaporte para facilitar su reposición en caso de extravío en el extranjero.
No. Desde la introducción de los estándares de pasaporte biométrico de la UE mediante el Reglamento UE 444/2009, cada persona — incluidos los bebés y los niños pequeños — debe disponer de su propio pasaporte individual cuando viaje a países que exigen pasaporte. La práctica anterior de incluir a los hijos en el pasaporte de los progenitores quedó abolida para todos los pasaportes de los Estados miembros de la UE en los viajes internacionales. Los menores españoles, con independencia de su edad — desde recién nacidos en adelante — deben disponer de su propio pasaporte individual o, dentro del espacio Schengen, de su propio DNI si son nacionales españoles. Para los menores españoles de 0 a 13 años, el DNI no incluye huellas dactilares (solo imagen facial), y el pasaporte se expide sin huellas para los menores de 12 años. Para viajar dentro de España y del espacio Schengen, el DNI de los menores es suficiente como documento de identificación. Para viajar fuera del espacio Schengen — al Reino Unido, EE. UU., Marruecos, Turquía y otros destinos no Schengen — se requiere el pasaporte individual del menor. Los progenitores deben solicitar el pasaporte de los hijos con suficiente antelación a cualquier viaje internacional previsto, pues la disponibilidad de citas puede variar.
Sí. Los nacionales españoles con doble nacionalidad (doble nacionalidad) tienen derecho al pasaporte español y deben utilizarlo al entrar y salir de España, conforme al artículo 11 de la Constitución Española y a los artículos 21 a 26 del Código Civil que regulan la nacionalidad española. España admite la doble nacionalidad mediante tratados bilaterales con determinados países (naciones iberoamericanas, Filipinas, Andorra, Portugal, Francia y otros) y en ciertos otros supuestos. Al solicitar el pasaporte español como titular de doble nacionalidad, el CNP exige prueba de la nacionalidad española — habitualmente el DNI, el certificado de adquisición de la nacionalidad española (en caso de naturalización reciente) o el acta de nacimiento del Registro Civil. Los titulares de doble nacionalidad pueden utilizar legalmente ambos pasaportes para viajar según les convenga — el pasaporte español facilita la libre circulación en la UE, mientras que el segundo pasaporte puede facilitar el acceso sin visado a otros países. No obstante, cuando se encuentren en territorio español, las autoridades españolas tratan a los titulares de doble nacionalidad exclusivamente como nacionales españoles conforme al artículo 9.9 del Código Civil — lo que significa que las protecciones derivadas de la otra nacionalidad no pueden invocarse en España.
La tasa del pasaporte español es fijada anualmente por el Ministerio de Hacienda mediante la Orden reguladora de las tasas del Ministerio del Interior (la más reciente, Orden HFP/1190/2018, actualizada anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado). Para 2024, la tasa estándar de pasaporte es de aproximadamente 30 € para adultos y jóvenes de 14 o más años. La tasa para menores de 14 años es inferior — aproximadamente 15 €. Las exenciones y reducciones de tasa se aplican a: miembros de familias numerosas — los titulares de un Título de Familia Numerosa en vigor conforme a la Ley 40/2003 tienen una reducción del 50% (categoría general) o exención total (categoría especial); víctimas reconocidas del terrorismo conforme a la Ley 29/2011 — exención total; personas con discapacidad reconocida igual o superior al 65% — exención total en algunas Comunidades Autónomas; y nacionales españoles que soliciten la reposición del pasaporte cuando este fue robado — exención total previa presentación de la denuncia policial que acredite el robo. La tasa se abona habitualmente en la Comisaría el día de la cita — los métodos de pago incluyen efectivo, tarjeta de débito y, en algunas Comisarías, pago previo en línea a través del sistema de gestión de tasas de la AEAT (Modelos 790).
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
¿Encontró un error? AvísenosDocumentos Relacionados
También puede encontrar útiles estos documentos:
Declaración de Inicio de Actividad España
Declaración de Inicio de Actividad para España — regulada por el artículo 142 de la Ley 58/2003 General Tributaria, mediante la que se comunica a la Agencia Tributaria (AEAT) y a la Seguridad Social el inicio de la actividad económica por un autónomo o una entidad empresarial.
Solicitud de Licencia de Apertura (España)
Una Solicitud de Licencia de Apertura para España — regulada por la Ley 17/2009, de 23 de noviembre (Ley Paraguas), artículo 5, y las ordenanzas municipales, que autoriza el inicio de actividades comerciales o de servicios desde locales fijos tras verificar el cumplimiento de los requisitos urbanísticos, de seguridad y ambientales.
Solicitud de Licencia de Pesca España
Solicitud de licencia de pesca para España, regulada por la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, artículo 2, y la legislación autonómica de pesca en aguas continentales de cada Comunidad Autónoma, que autoriza al titular a pescar las especies especificadas en las masas de agua habilitadas durante las temporadas autorizadas.
Solicitud de Homologación o Reconocimiento de Título Extranjero en España
Solicitud de homologación o declaración de equivalencia de un título universitario extranjero en España, conforme al artículo 9 del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, presentada ante el Ministerio de Universidades para obtener el reconocimiento oficial a efectos profesionales o académicos.