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Contrato del Sector Público España

Public Sector Contract Spain (Contrato del Sector Público)

CONTRATO DEL SECTOR PÚBLICO

Public Sector Contract — Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público

Expediente: [Expediente Number]

1. PARTIES

CONTRACTING AUTHORITY (PODER ADJUDICADOR):

Name: [Authority Name]

CIF/NIF: [Authority CIF]

Address: [Authority Address]

Signing Official: [Signing Official]

Authorisation Reference: [Authorisation Reference]

PLACE Publication Reference: [PLACE Reference]

CONTRACTOR (CONTRATISTA):

Name: [Contractor Name]

NIF/CIF: [Contractor NIF]

Address: [Contractor Address]

Legal Representative: [Contractor Representative]

ROLECE Classification: [ROLECE Number]

2. CONTRACT OBJECT AND CLASSIFICATION

Contract Type: [Contract Type], pursuant to the applicable Article of Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

Object: [Contract Object]

CPV Code(s): [CPV Code]

3. PROCUREMENT PROCEDURE AND AWARD

This contract was awarded following the procurement procedure published on the Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACE) at contrataciondelestado.es under reference [PLACE Reference], in compliance with the applicable provisions of Ley 9/2017 LCSP and the Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) and Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) forming part of the contract documentation.

4. CONTRACT PRICE AND PAYMENT

Contract Price (excluding IVA): [Contract Price]

IVA at [IVA Rate]: [IVA Amount]

Total Contract Price (including IVA): [Total Price]

Payment Terms: [Payment Terms], pursuant to Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Late payment interest accrues at the European Central Bank reference rate plus 8 percentage points.

5. GUARANTEES

Definitive Guarantee (Garantía Definitiva): [Definitive Guarantee] — equivalent to 5% of the contract award price (excluding IVA), pursuant to Article 107 of Ley 9/2017 LCSP. The guarantee must be lodged with the Caja General de Depósitos or the equivalent regional depositary before contract formalisation, in one of the forms permitted under Article 108 LCSP.

6. EXECUTION PERIOD AND COMMENCEMENT

This contract commences on [Start Date] and has an execution period of [Execution Period], subject to any extensions permitted under Article 29 of Ley 9/2017 LCSP.

7. SPECIAL CONDITIONS OF EXECUTION

The following special social, environmental, or ethical conditions of execution apply pursuant to Articles 122.2 and 202 of Ley 9/2017 LCSP:

[Special Conditions]

8. PENALTIES FOR NON-PERFORMANCE

Penalties for delay or non-performance shall apply in accordance with Article 193 of Ley 9/2017 LCSP — daily penalties of up to 0.60 euros per thousand of the contract price, with a cumulative maximum of 10% of the contract price before grounds for termination arise under Article 211 LCSP.

9. DATA PROTECTION

Where the contractor processes personal data on behalf of the contracting authority in the performance of this contract, the contractor acts as data processor (encargado del tratamiento) under Article 28 of Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) and Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). A data processing agreement meeting Article 28 RGPD requirements shall be executed as an annex to this contract. The Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) is the competent supervisory authority.

10. GOVERNING LAW AND DISPUTES

This contract is governed by Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, and by Spanish administrative law. Pre-award disputes are subject to the Recurso Especial en Materia de Contratación before the Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) under Articles 44–60 LCSP. Post-award disputes are subject to the jurisdiction of the Juzgados and Tribunales de lo Contencioso-Administrativo under Ley 29/1998.

SIGNATURES

Signed in [Contract City], on [Contract Date].

CONTRACTING AUTHORITY (PODER ADJUDICADOR):

[Authority Name]

Represented by: [Signing Official]

Signature: _________________________ Date: _________________________

CONTRACTOR (CONTRATISTA):

[Contractor Name]

Represented by: [Contractor Representative]

Signature: _________________________ Date: _________________________

Contracting Authority / Signing Official

________________

Signature

Contractor / Legal Representative

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato del Sector Público España

El Contrato del Sector Público es, en España, el contrato escrito regulado por Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP), que define las prestaciones de cada parte y resulta exigible ante la jurisdicción civil.

La LCSP 2017 sustituyó al anterior Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011) e introdujo reformas significativas orientadas a reforzar la transparencia, combatir la corrupción y promover criterios sociales y medioambientales en la contratación pública. Los Artículos 145 a 149 de la LCSP establecen que los criterios de adjudicación deben incluir la relación calidad-precio y pueden incorporar criterios sociales, medioambientales y de innovación, abandonando el uso exclusivo de la adjudicación por precio más bajo.

Los contratos del sector público en España se clasifican por tipo conforme a los Artículos 13 a 18 de la LCSP: contrato de obras (Artículo 13) para construcción e ingeniería civil; contrato de concesión de obras (Artículo 14) para concesiones de infraestructuras; contrato de concesión de servicios (Artículo 15) para concesiones de servicios; contrato de suministro (Artículo 16) para bienes y equipos; contrato de servicios (Artículo 17) para servicios intelectuales y técnicos; y contratos mixtos (Artículo 18) que combinan varias categorías. Cada tipo genera requisitos procedimentales, umbrales de valor y obligaciones de publicidad diferenciados.

El procedimiento de contratación varía según el valor y la complejidad del contrato. El procedimiento abierto conforme a los Artículos 156 a 159 de la LCSP es obligatorio por encima de los umbrales de la Unión Europea — para organismos de la administración central, 139.000 euros para servicios y suministros y 5.350.000 euros para obras según el Reglamento Delegado de 2022. El procedimiento abierto simplificado se aplica entre 40.000 y 2.000.000 euros para servicios y por debajo de 3.000.000 euros para obras conforme al Artículo 159 de la LCSP. El procedimiento restringido conforme a los Artículos 160 a 167 limita la competencia a candidatos preseleccionados. El procedimiento negociado conforme a los Artículos 168 a 178 permite la negociación directa en circunstancias específicas.

La Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACE) — el registro electrónico nacional de contratación pública en contrataciondelestado.es — constituye el portal de publicación obligatorio para anuncios de licitación, decisiones de adjudicación y documentación contractual. El Artículo 63 de la LCSP exige a todos los poderes adjudicadores publicar la información de contratación en PLACE. El Comité de Cooperación en materia de Contratación Pública y la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon) ejercen funciones de supervisión y regulación conforme a los Artículos 328 y 332 de la LCSP.

Las prohibiciones de contratar conforme a los Artículos 71 a 73 de la LCSP impiden participar en la contratación pública a entidades condenadas por corrupción, fraude, blanqueo de capitales, delitos de terrorismo o irregularidades fiscales y de Seguridad Social. Los operadores económicos deben obtener el Certificado de Estar al Corriente de la Agencia Tributaria (AEAT) y de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para acreditar el cumplimiento fiscal y social. El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) mantenido por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado registra las clasificaciones empresariales que pueden ser exigidas para contratos de obras superiores a 500.000 euros y contratos de servicios superiores a 200.000 euros.

Cuándo necesitas Contrato del Sector Público España

El Contrato del Sector Público en España resulta necesario cuando un poder adjudicador celebra un acuerdo oneroso con un operador económico para obras, servicios o suministros por encima de los umbrales del contrato menor establecidos en el Artículo 118 de la LCSP — 40.000 euros para obras y 15.000 euros para servicios y suministros, IVA excluido. Por debajo de dichos umbrales pueden utilizarse contratos menores con formalidades simplificadas, si bien el Artículo 118 de la LCSP limita los contratos menores a uno por proveedor y año para evitar el fraccionamiento artificial.

El contrato resulta necesario cuando un Ministerio, organismo autónomo o agencia estatal contrata sistemas informáticos, servicios profesionales, obras de construcción o suministro de equipos mediante procedimientos competitivos formales. Entidades como el Ministerio de Hacienda, el Instituto Nacional de Estadística (INE) o cualquier Delegación del Gobierno que contrate servicios de desarrollo informático por encima de 15.000 euros deben formalizar la relación mediante un contrato conforme a la LCSP.

El Contrato del Sector Público es obligatorio cuando los gobiernos de las Comunidades Autónomas (Juntas, Generalitats, Gobiernos regionales) y sus organismos dependientes adjudican contratos de obras, contratos de servicios sanitarios o contratos de servicios educativos. El Servicio Andaluz de Salud, la Agència Catalana de l'Aigua o la Comunidad de Madrid que contraten servicios de mantenimiento hospitalario deben cumplir los procedimientos y requisitos documentales de la LCSP.

El contrato se requiere para entidades locales — Ayuntamientos, Diputaciones, Mancomunidades — que contraten servicios de recogida de residuos urbanos, mantenimiento de alumbrado público o gestión de instalaciones deportivas. Las entidades locales con población superior a 5.000 habitantes o presupuestos superiores a 5 millones de euros se clasifican como grandes municipios sujetos a obligaciones adicionales de transparencia conforme a la Ley 19/2013 de Transparencia.

El Contrato del Sector Público también es obligatorio cuando universidades públicas, hospitales públicos, sociedades mercantiles de capital íntegramente público y fundaciones con financiación predominantemente pública adquieren bienes o servicios por encima de los umbrales aplicables de la LCSP.

El documento resulta necesario cuando una empresa extranjera participa en la contratación pública española — la LCSP permite la participación de empresas de Estados miembros de la UE en igualdad de condiciones conforme al principio de no discriminación, y de empresas de Estados no miembros de conformidad con el Artículo 68 de la LCSP y los acuerdos internacionales aplicables. El Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) conforme al Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión puede utilizarse para declaraciones preliminares de aptitud.

Qué incluir en tu Contrato del Sector Público España

Un Contrato del Sector Público válido en España conforme a la Ley 9/2017 LCSP debe contener las siguientes cláusulas esenciales para cumplir los requisitos legales y superar la fiscalización del Tribunal de Cuentas, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) o la OIReScon.

Identificación del Poder Adjudicador: Denominación oficial completa, CIF y domicilio del poder adjudicador. Deben constar el nombre, cargo y habilitación del funcionario firmante en nombre del organismo público (órgano de contratación), con referencia a la autorización legal específica — por ejemplo, una resolución del Consejo de Ministros, de la Consejería o del Pleno del Ayuntamiento — conforme al Artículo 117 de la LCSP.

Identificación del Contratista: Denominación social completa, NIF/CIF, domicilio social e inscripción en el Registro Mercantil del operador económico. Cuando el contratista sea una Unión Temporal de Empresas (UTE) conforme a la Ley 18/1982, deben identificarse todas las entidades participantes y sus respectivas cuotas de UTE. El número de clasificación ROLECE debe incluirse cuando resulte aplicable.

Objeto del Contrato y Clasificación CPV: Descripción precisa de las obras, servicios o suministros — el objeto debe definirse con suficiente claridad conforme al Artículo 99 de la LCSP para evitar el uso indebido del tipo contractual. Deben indicarse los códigos del Vocabulario Común de Contratación Pública (CPV) aplicables conforme al Reglamento (CE) 2195/2002, ya que determinan los umbrales y obligaciones de publicidad aplicables.

Precio del Contrato e IVA: El precio total del contrato desglosado como precio base e IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) al tipo aplicable (21%, 10% o 4% según la materia conforme a la Ley 37/1992 del IVA). La fórmula de revisión de precios, si resulta aplicable conforme al Artículo 103 de la LCSP, debe indicarse con referencia a los índices oficiales publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Procedimiento de Contratación y Adjudicación: Referencia al procedimiento de contratación utilizado (procedimiento abierto, restringido, negociado), al número de expediente de contratación, a la referencia de publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACE) y a la resolución del órgano de contratación que adjudica el contrato. Los criterios de adjudicación aplicados y las puntuaciones obtenidas deben documentarse conforme al Artículo 150 de la LCSP.

Plazo de Ejecución y Calendario de Entregas: Fecha de inicio del contrato, duración (plazo de ejecución) y calendario de entregas o hitos. Duraciones máximas contractuales conforme al Artículo 29 de la LCSP: contratos de servicios 5 años incluidas prórrogas; contratos de obras sin máximo explícito (sujetos a normativa de la UE para concesiones). Las opciones de prórroga deben constar expresamente y no pueden exceder la duración inicial.

Garantías: La garantía provisional si se exige conforme al Artículo 106 de la LCSP — hasta el 3% del valor estimado del contrato — y la garantía definitiva del 5% del precio de adjudicación conforme al Artículo 107 de la LCSP, depositada en la Caja General de Depósitos o depositaría regional equivalente antes de la formalización.

Penalidades: El régimen de penalidades conforme al Artículo 193 de la LCSP por retrasos e incumplimientos — penalidades diarias de hasta 0,60 euros por cada mil del precio del contrato (con un máximo del 10% del precio del contrato antes de la resolución) y penalidades específicas por cumplimiento defectuoso conforme al Artículo 194 de la LCSP.

Protección de Datos y Subcontratación: Cláusula de tratamiento de datos conforme al RGPD, Artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679, cuando el contratista trate datos personales por cuenta del poder adjudicador. Límites a la subcontratación conforme al Artículo 215 de la LCSP — máximo del 60% del valor del contrato — y obligación de comunicar los subcontratistas al organismo contratante.

Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Contrato del Sector Público para España como referencia práctica. Todo contrato de contratación pública debe ser revisado por un abogado administrativista cualificado o por la asesoría jurídica del poder adjudicador para confirmar el cumplimiento de la LCSP 2017, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) aplicable y la legislación autonómica de contratación específica. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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