Solicitud de Historia Crediticia — DataCrédito Colombia
Solicitud formal para obtención del reporte de historia crediticia ante DataCrédito Experian, conforme a la Ley 1266 de 2008 (Habeas Data Financiero)
SOLICITUD DE HISTORIA CREDITICIA — HABEAS DATA FINANCIERO
DataCrédito Experian Colombia
Ley 1266 de 2008 — Decreto 1727 de 2009
[Ciudad], [Fecha]
Señores
DATACREDITO EXPERIAN COLOMBIA S.A.
Ciudad
Referencia: Solicitud de [Tipo de Solicitud] — Habeas Data Financiero (Ley 1266 de 2008)
Yo, [Nombre], identificado/a con cédula de ciudadanía No. [Cédula], fecha de nacimiento [Fecha Nacimiento], domiciliado/a en [Dirección], teléfono [Teléfono], correo [Correo], en ejercicio del derecho de habeas data financiero reconocido en la Ley 1266 de 2008 y la Constitución Política (art. 15), solicito respetuosamente:
[Tipo de Solicitud]
Finalidad de la consulta: [Finalidad].
Información o período específico requerido: [Datos Específicos].
Medio de entrega preferido: [Medio de Entrega].
FUNDAMENTO LEGAL
Artículo 8 de la Ley 1266 de 2008, que reconoce el derecho del titular a conocer, actualizar y rectificar la información que sobre él exista en bases de datos financieras. Artículo 15 de la Constitución Política. Decreto 1727 de 2009 sobre el tratamiento de datos de crédito. Circular Externa 029 de 2014 de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Solicito que la respuesta sea emitida dentro del término legal de quince (15) días hábiles establecido en el artículo 14 de la Ley 1266 de 2008.
Adjunto: fotocopia de cédula de ciudadanía.
Atentamente,
Firma: _________________________
[Nombre]
C.C.: [Cédula]
Teléfono: [Teléfono]
Correo: [Correo]
Data Subject / Titular del dato
________________
Signature
Qué es Solicitud de Historia Crediticia — DataCrédito Colombia
La Solicitud de Historia Crediticia — DataCrédito Colombia es la petición formal regulada por Ley 1266 de 2008 Arts. 8-12 y Ley 1581 de 2012 Art. 8 con la que el interesado pone en marcha el trámite ante la autoridad colombiana competente.
DataCrédito es el sistema de información crediticia más amplio de Colombia, con registros de más de 30 millones de personas naturales y jurídicas, alimentado por información de bancos, cooperativas financieras, compañías de seguros, empresas de telecomunicaciones, empresas de servicios públicos y fondos de empleados. CIFIN, operada por Experian Colombia S.A., es la segunda central de riesgo del país y también recopila información de entidades del sector financiero supervisadas por la Superintendencia Financiera. Ambas centrales están autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia como operadores de datos conforme al Artículo 22 de la Ley 1266 de 2008.
El derecho de consulta de la historia crediticia propia es gratuito e ilimitado. La Ley 1266 de 2008 en su Artículo 8 reconoce al titular de la información el derecho de conocer, actualizar, rectificar y suprimir los datos que las centrales de riesgo tienen sobre él. DataCrédito permite la consulta gratuita a través de su plataforma digital MiDataCrédito.com, aunque también acepta solicitudes escritas. CIFIN permite la consulta a través de su portal MiCIFIN.com. Sin embargo, cuando las plataformas digitales presentan fallas o el solicitante requiere el reporte en formato oficial escrito para presentarlo ante entidades financieras, juzgados o la Superintendencia de Industria y Comercio, la solicitud formal por escrito es el mecanismo adecuado.
La historia crediticia incluye: datos personales del titular, lista de entidades que han consultado la historia, obligaciones activas e inactivas con saldos, fechas de apertura, fechas de pago, días de mora históricos, scores crediticios y cualquier anotación especial. Esta información determina la capacidad del titular para acceder a nuevos créditos, arrendamientos, empleos (en algunos sectores) y contratos con el sector público. La Delegatura para la Protección de Datos Personales de la Superintendencia de Industria y Comercio supervisa a DataCrédito y CIFIN para garantizar el cumplimiento de los derechos del titular conforme a la Ley 1266 de 2008 y la Ley 1581 de 2012.
Cuándo necesitas Solicitud de Historia Crediticia — DataCrédito Colombia
La solicitud formal de la historia crediticia a DataCrédito o CIFIN resulta necesaria o conveniente en los siguientes momentos:
Verificación previa a solicitar un crédito: Antes de solicitar un crédito hipotecario, crédito de vehículo o tarjeta de crédito, conocer el propio reporte crediticio permite identificar y corregir errores que puedan afectar la aprobación. Muchas personas son rechazadas por reportes erróneos que podrían haberse corregido con anticipación.
Contestación de reportes negativos: Cuando una persona sospecha que tiene reportes negativos por obligaciones ya pagadas, prescritas o nunca contratadas, la solicitud formal del reporte es el primer paso para identificar los reportes específicos y ejercer el derecho de corrección conforme al Artículo 16 de la Ley 1266 de 2008.
Verificación de identidad ante fraude: En caso de sospecha de fraude de identidad (suplantación para contratar créditos), la solicitud urgente del reporte completo permite identificar las obligaciones fraudulentas para denunciarlas ante la Fiscalía General de la Nación y las entidades financieras involucradas.
Procesos de arrendamiento: Los arrendadores en Colombia consultan frecuentemente la historia crediticia de los candidatos a arrendatarios. Conocer el propio reporte antes de iniciar la búsqueda de vivienda permite anticipar posibles rechazos y corregir situaciones que puedan afectar la aprobación.
Procesos laborales en el sector financiero: Las entidades financieras, aseguradoras y algunas empresas del sector real consultan la historia crediticia de candidatos a cargos directivos o de manejo. El candidato tiene derecho a conocer su reporte antes del proceso de selección y a contestar cualquier información incorrecta conforme al Artículo 10 de la Ley 1266 de 2008.
Monitoreo periódico: Los asesores financieros recomiendan consultar la historia crediticia al menos una vez al año como práctica de higiene financiera, pues los errores en las centrales de riesgo son frecuentes y su corrección puede tomar semanas.
Procesos de insolvencia personal: Las personas naturales que contemplan acogerse al régimen de insolvencia de persona natural establecido por la Ley 1564 de 2012 (CGP) en sus Artículos 531 a 576 deben conocer la totalidad de sus obligaciones reportadas en DataCrédito y CIFIN para preparar el inventario de deudas y acreedores requerido por el juez civil en el proceso de negociación de deudas o liquidación de patrimonio.
Qué incluir en tu Solicitud de Historia Crediticia — DataCrédito Colombia
La Solicitud de Historia Crediticia dirigida a DataCrédito o CIFIN debe contener los siguientes elementos:
**Identificación del titular:** Nombre completo, número de cédula de ciudadanía (para personas naturales) o NIT (para personas jurídicas), fecha de expedición del documento de identidad y ciudad de expedición. Estos datos deben coincidir exactamente con los registros de la central de riesgo para garantizar que el reporte se expide sobre la persona correcta.
**Tipo de reporte solicitado:** Especificación de si se solicita el reporte completo de historia crediticia incluyendo obligaciones activas, inactivas, historial de pagos, consultas realizadas por terceros y score crediticio; o si se solicita únicamente información específica como el estado de una obligación determinada.
**Período de consulta:** Indicación del período sobre el cual se requiere la información: solo obligaciones activas, los últimos 4 años (plazo máximo de permanencia de información negativa conforme al Artículo 13 de la Ley 1266 de 2008), o todo el historial disponible.
**Fundamento legal del derecho:** Referencia expresa al Artículo 15 de la Constitución Política, al Artículo 8 de la Ley 1266 de 2008 y al Artículo 8 de la Ley 1581 de 2012, que establecen el derecho de acceso gratuito a los propios datos personales.
**Medio de entrega del reporte:** Solicitud de que el reporte sea entregado en medio físico (en oficina o por correo certificado) o digital (correo electrónico), con indicación de la dirección correspondiente.
**Solicitudes adicionales:** Si además del reporte se requiere información sobre qué entidades han consultado la historia crediticia en los últimos 6 meses, o si se solicita corrección de algún dato específico identificado, incluir estas solicitudes adicionales con fundamento en el Artículo 16 de la Ley 1266 de 2008.
**Firma y datos de contacto:** Firma autógrafa del titular o del apoderado debidamente acreditado, con número de teléfono y correo electrónico para notificación de la respuesta. forms-legal.com ofrece este modelo de solicitud actualizado a la normativa de la Superintendencia de Industria y Comercio 2025.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Historia Crediticia — DataCrédito Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/personal/letters/solicitud-historia-crediticia-datacredito-colombia
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}Preguntas Frecuentes
La consulta de la propia historia crediticia en DataCrédito y CIFIN es completamente gratuita e ilimitada conforme al Artículo 8 de la Ley 1266 de 2008 y al Artículo 8 de la Ley 1581 de 2012, que reconocen el derecho de acceso a los propios datos personales sin costo. DataCrédito ofrece consulta gratuita a través del portal MiDataCrédito.com, donde el titular puede acceder a su reporte básico sin pagar. Los planes de monitoreo continuo o alertas son servicios adicionales de valor agregado opcionales y de pago. CIFIN ofrece acceso gratuito a través de MiCIFIN.com. Cualquier empresa o persona que cobre por consultar la propia historia crediticia está cometiendo una práctica abusiva sancionable por la Superintendencia de Industria y Comercio bajo los Artículos 23 y 24 de la Ley 1581 de 2012, con multas de hasta 2.000 SMMLV. La Superintendencia de Industria y Comercio ha emitido múltiples sanciones contra empresas que cobraban por la consulta básica de la historia crediticia que debe ser gratuita bajo el régimen colombiano de habeas data.
Conforme al Artículo 15 de la Ley 1266 de 2008, DataCrédito y CIFIN como operadores de datos tienen un plazo máximo de 15 días hábiles para responder las consultas y solicitudes de los titulares. Si la solicitud está incompleta, el operador tiene 5 días hábiles para solicitar la información faltante, y el titular tiene otros 10 días hábiles para complementarla. En la práctica, cuando se hace la consulta directamente por las plataformas digitales MiDataCrédito.com o MiCIFIN.com, el reporte básico está disponible de forma inmediata. La solicitud formal escrita es necesaria cuando se requiere el reporte en formato oficial para presentar ante un juzgado, la Superintendencia de Industria y Comercio o una entidad financiera en el marco de una reclamación formal. Si DataCrédito o CIFIN supera el término legal de 15 días hábiles sin responder, el titular puede presentar una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio, que puede imponer sanciones al operador por violación del plazo de respuesta bajo el CPACA (Ley 1437 de 2011).
El reporte completo de DataCrédito incluye: (1) datos de identificación del titular; (2) endeudamiento actual (saldo vigente de todas las obligaciones activas con cada entidad); (3) comportamiento de pago histórico (días de mora por período en cada obligación); (4) estado actual de cada obligación (al día, en mora, castigada, en cobro jurídico); (5) tipo de producto (crédito hipotecario, de consumo, microcrédito, tarjeta de crédito, crédito rotativo); (6) consultas realizadas (entidades que han consultado el reporte en los últimos 6 a 12 meses); (7) score crediticio o puntaje de riesgo calculado por DataCrédito; y (8) información de deudas con sectores no financieros como telecomunicaciones, servicios públicos o sector cooperativo que reporten a la central. El Artículo 10 de la Ley 1266 de 2008 garantiza que el reporte contenga información completa, exacta y actualizada. La Superintendencia de Industria y Comercio puede ordenar a DataCrédito eliminar o corregir información que no cumpla con los requisitos de exactitud del Artículo 4 de la Ley 1581 de 2012.
No. Conforme al Artículo 5 de la Ley 1266 de 2008, el acceso a la historia crediticia de un tercero solo está autorizado a los usuarios autorizados (entidades financieras, empresas de telecomunicaciones, cooperativas) y únicamente con el propósito de evaluar el riesgo crediticio. Los empleadores NO son usuarios autorizados bajo la Ley 1266 de 2008 y no pueden acceder a la historia crediticia de candidatos sin autorización expresa y escrita del titular. En la práctica, muchas empresas incluyen en sus formatos de selección una cláusula de autorización de consulta de centrales de riesgo conforme al Artículo 7 de la Ley 1581 de 2012. Si el candidato firma esa autorización, la consulta es legal; si no lo hace, el empleador no puede consultar el reporte. La Superintendencia de Industria y Comercio puede sancionar a empleadores que accedan ilegalmente a historias crediticias, con multas de hasta 2.000 SMMLV bajo los Artículos 23 y 24 de la Ley 1581 de 2012.
Para corregir información errónea en DataCrédito se debe seguir el siguiente procedimiento conforme al Artículo 16 de la Ley 1266 de 2008: (1) identificar el reporte incorrecto en el historial (nombre de la entidad reportante, número de obligación, naturaleza del error); (2) presentar reclamo directamente ante la entidad financiera que realizó el reporte incorrecto, con los documentos que demuestran el error (comprobantes de pago, paz y salvo, extractos bancarios); (3) la entidad tiene 15 días hábiles para responder y actualizar el reporte; (4) si la entidad no responde o niega el reclamo injustificadamente, presentar queja ante DataCrédito con los documentos de soporte; (5) si DataCrédito tampoco corrige, presentar queja formal ante la Superintendencia de Industria y Comercio como supervisor del habeas data financiero. La Superintendencia de Industria y Comercio puede ordenar la corrección inmediata e imponer multas a la entidad reportante. Si la corrección es urgente por una transacción crediticia inminente, la acción de tutela ante el juez civil más cercano — que debe resolverse dentro de los 10 días — es el remedio más rápido disponible en Colombia.
DataCrédito (operada por TransUnión Colombia S.A.S.) y CIFIN (operada por Experian Colombia S.A.) son las dos principales centrales de riesgo en Colombia, ambas autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Aunque ambas realizan funciones similares — recopilar y reportar información crediticia — existen diferencias notables. Cobertura: DataCrédito tiene una base más amplia de entidades reportantes, incluyendo bancos, cooperativas, empresas de telecomunicaciones y algunos prestadores de servicios públicos. CIFIN tiende a tener mayor cobertura del sector bancario formal (bancos supervisados por la Superintendencia Financiera). Puntajes de crédito: cada central usa su propio modelo de puntuación propietario para calcular el score de crédito. Una persona puede tener un puntaje alto en DataCrédito y un puntaje diferente en CIFIN, dependiendo de qué entidades reportan a cada central y qué ponderación da cada modelo a las diferentes variables. Información: algunas entidades financieras reportan exclusiva o principalmente a una de las dos centrales, por lo que una revisión crediticia completa debe consultar ambas. DataCrédito es más comúnmente consultada por bancos colombianos y otorgantes de crédito para decisiones de crédito al consumidor. Las entidades financieras frecuentemente se suscriben a ambas centrales para obtener el panorama más completo de los solicitantes de crédito. El titular tiene derecho a solicitar su reporte a ambas centrales de forma independiente y gratuita bajo la Ley 1266 de 2008.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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Declaración de Inexistencia de Deuda — Colombia
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Solicitud formal escrita dirigida a un banco o entidad financiera en Colombia para la expedición del certificado de paz y salvo que acredite el pago total y cancelación de una obligación crediticia, conforme a la Ley 1328 de 2009 y la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera.