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Queja ante la Defensoría del Pueblo Colombia — Derechos Humanos

Queja ante la Defensoría del Pueblo Colombia

Ley 24 de 1992 — Constitución Política Art. 282 — Defensoría del Pueblo

QUEJA ANTE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Ley 24 de 1992 — Constitución Política de Colombia, Artículo 282

Señores:

[Regional Defensoría]

E. S. D.

I. QUEJOSO

[Nombre Quejoso], identificado/a con Cédula de Ciudadanía No. [CC Quejoso], con dirección para notificaciones en [Dirección Quejoso], teléfono [Teléfono Quejoso], correo electrónico [Correo Quejoso], respetuosamente presento la siguiente QUEJA ante la Defensoría del Pueblo conforme a la Ley 24 de 1992 y el Artículo 282 de la Constitución Política.

II. ENTIDAD O FUNCIONARIO QUEJADO

Entidad / Funcionario: [Quejado]

Cargo: [Cargo Funcionario]

Tipo de entidad: [Tipo Entidad]

Dirección: [Dirección Quejado]

III. HECHOS

[Hechos]

IV. DERECHOS VULNERADOS

[Derechos Vulnerados]

V. SOLICITUD

[Solicitud Defensoría]

VI. PRUEBAS

[Pruebas]

Presentada en [Ciudad], a los [Fecha].

Atentamente,

Quejoso/a (Complainant)

[Nombre Quejoso]

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Queja ante la Defensoría del Pueblo Colombia — Derechos Humanos

La Queja ante la Defensoría del Pueblo Colombia — Derechos Humanos es el escrito regulado por Ley 24 de 1992 Arts. 1-43 y Constitución Política Arts. 86-92, 280-284 con el que el interesado manifiesta su inconformidad ante la autoridad o entidad competente en Colombia.

El Defensor del Pueblo es elegido por la Cámara de Representantes para períodos de cuatro años a partir de terna enviada por el Presidente de la República, conforme al artículo 281 de la Constitución. La Defensoría cuenta con una red de defensorías regionales en todos los departamentos del país, 168 defensorías seccionales, y oficinas de atención al ciudadano en municipios con alta incidencia de vulneración de derechos. La institución también actúa como enlace con el sistema interamericano de derechos humanos y puede presentar informes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en casos de violaciones graves y sistemáticas.

La queja ante la Defensoría del Pueblo es diferente de la tutela, la acción popular y la denuncia penal: mientras la tutela busca el amparo judicial inmediato de un derecho fundamental vulnerado, la queja ante la Defensoría activa una función de control administrativo e investigación que puede resultar en recomendaciones, exhortaciones a las autoridades responsables, o derivación del caso a las autoridades judiciales o disciplinarias competentes como la Procuraduría General de la Nación o la Fiscalía General de la Nación.

Cuándo necesitas Queja ante la Defensoría del Pueblo Colombia — Derechos Humanos

La queja ante la Defensoría del Pueblo procede en una amplia variedad de situaciones de vulneración de derechos humanos en Colombia. En materia de derechos económicos, sociales y culturales, la Defensoría interviene cuando las Entidades Promotoras de Salud (EPS) del Sistema General de Seguridad Social en Salud niegan servicios médicos incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (PBS) o en el Plan Obligatorio de Salud (POS), cuando las instituciones educativas públicas impiden el acceso de menores a la educación en contra del artículo 67 de la Constitución, o cuando las entidades de servicios públicos domiciliarios (empresas de acueducto, energía eléctrica y gas) vulneran el mínimo vital de familias en situación de pobreza.

En el ámbito de los derechos de las víctimas del conflicto armado, la Defensoría del Pueblo tiene una función especial establecida en la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas y Restitución de Tierras): acompaña a las víctimas en los procesos de restitución de tierras ante los jueces especializados, verifica el cumplimiento de las medidas de atención y reparación por parte de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), e investiga las amenazas contra líderes sociales y defensores de derechos humanos. Las comunidades indígenas y afrocolombianas pueden presentar quejas ante la Defensoría cuando sus derechos territoriales reconocidos en el Convenio 169 de la OIT son amenazados por proyectos de extracción minera, obras de infraestructura o acciones de grupos armados ilegales.

Los privados de libertad en establecimientos carcelarios del INPEC (Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario) y sus familias pueden presentar quejas ante la Defensoría cuando las condiciones de detención son contrarias a los estándares del Sistema Penitenciario colombiano regulado por la Ley 65 de 1993 (Código Penitenciario y Carcelario) y los principios de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de Reclusos. Las personas con discapacidad también pueden acudir a la Defensoría cuando entidades públicas o privadas incumplan las disposiciones de la Ley 1618 de 2013 y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, ratificada por Colombia mediante la Ley 1346 de 2009.

Qué incluir en tu Queja ante la Defensoría del Pueblo Colombia — Derechos Humanos

Una queja bien formulada ante la Defensoría del Pueblo debe contener elementos claros que permitan a los defensores identificar el derecho vulnerado, la entidad responsable y la situación de urgencia. Los elementos fundamentales son: identificación completa del quejoso (nombre, cédula de ciudadanía o documento de identificación, dirección, teléfono, correo electrónico), aunque la queja puede presentarse de manera anónima cuando exista riesgo para la seguridad del peticionario; identificación de la entidad o persona presuntamente responsable de la violación (nombre de la entidad pública o empresa privada prestadora de servicios públicos, dependencia específica, nombre del funcionario responsable si se conoce); descripción detallada y cronológica de los hechos que constituyen la vulneración de derechos, con indicación de fechas, lugares y circunstancias; identificación del derecho fundamental, humano o colectivo presuntamente violado, con referencia a la norma constitucional o legal correspondiente (artículos 11 al 95 de la Constitución Política, Ley 1438 de 2011, Ley 1751 de 2015 en materia de salud, entre otras); y relación de las gestiones previas realizadas ante la entidad denunciada.

Los documentos de soporte son fundamentales para fortalecer la queja: copia de derechos de petición presentados a la entidad sin respuesta oportuna (la Ley 1755 de 2015 establece el plazo de 15 días hábiles para responder peticiones), negar de los servicios o actos administrativos que generaron la vulneración, historia clínica u orden médica negada, acto administrativo de negación de beneficio, o cualquier otro documento que acredite la situación denunciada. El portal forms-legal.com facilita la elaboración de una queja estructurada que cumpla con todos los elementos formales exigidos por la Defensoría del Pueblo, garantizando que la denuncia sea admitida y tramitada con celeridad por las defensorías regionales competentes.

La queja puede presentarse en las instalaciones físicas de la Defensoría del Pueblo (sede principal en Bogotá D.C. en la Calle 55 N° 10-32, y sedes regionales en las capitales departamentales), por correo electrónico, a través del portal web www.defensoria.gov.co, mediante el módulo de atención ciudadana de la Defensoría Virtual, o por la línea gratuita 01 800 09 14 021. La Defensoría debe acusar recibo de la queja y asignarle un número de radicado, que permite al quejoso hacer seguimiento a su caso. La respuesta de la Defensoría puede consistir en una recomendación a la entidad denunciada, una exhortación pública, el acompañamiento en la interposición de una tutela, o la remisión a la Procuraduría General de la Nación para el inicio de una investigación disciplinaria.

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Forms Legal. (2026). Queja ante la Defensoría del Pueblo Colombia — Derechos Humanos (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/personal/letters/queja-defensoria-pueblo-colombia-derechos-humanos

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Preguntas Frecuentes

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