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Solicitud de Inspección Judicial Ocular — Colombia

Solicitud de Inspección Judicial Ocular — Colombia

Código General del Proceso Arts. 236-245 (Ley 1564 de 2012) · Ley 2213 de 2022

SOLICITUD DE INSPECCIÓN JUDICIAL OCULAR

Código General del Proceso Arts. 236-245 (Ley 1564 de 2012) · Ley 2213 de 2022

Señor/a Juez/a

[Despacho Judicial]

Proceso No.: [Número Radicado]

[Nombre Demandante] (Demandante) vs. [Nombre Demandado] (Demandado)

Asunto: Solicitud de Decreto y Práctica de Inspección Judicial Ocular — Arts. 236-245 CGP

I. IDENTIFICACIÓN Y CALIDAD

[Apoderado], actuando en calidad de apoderado/a de [Nombre Demandante] en el presente proceso de [Tipo Proceso], radicado bajo el número [Número Radicado], que actualmente se encuentra en [Etapa Proceso], respetuosamente solicita al Honorable Despacho el decreto y práctica de una Inspección Judicial Ocular conforme a los Artículos 236 a 245 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) y la Ley 2213 de 2022.

La solicitud es presentada en nombre propio como [Calidad] en el presente proceso.

II. OBJETO DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL

La inspección judicial se solicita sobre el siguiente bien, lugar o cosa:

[Descripción Bien]

III. HECHOS QUE SE PRETENDEN VERIFICAR

De conformidad con el Artículo 236 del Código General del Proceso, la inspección judicial tiene por objeto la verificación directa por parte del Honorable Despacho de los siguientes hechos materiales, pertinentes y conducentes para la decisión del presente proceso:

[Hechos por Verificar]

Estos hechos son pertinentes y conducentes porque guardan relación directa con las pretensiones de la demanda y no pueden verificarse mediante ningún otro medio probatorio con el mismo grado de certeza que la percepción directa del Honorable Juez.

IV. MODALIDAD DE LA INSPECCIÓN

Se solicita la práctica de la inspección judicial en la modalidad de: [Modalidad Inspección].

V. SOLICITUD DE PERITO AUXILIAR

VI. PETICIÓN

Con fundamento en los Artículos 236 a 245 del Código General del Proceso y la Ley 2213 de 2022, respetuosamente solicito al Honorable Despacho: (i) Decretar la práctica de la Inspección Judicial Ocular sobre el bien descrito; (ii) Fijar fecha y hora para la práctica de la diligencia con oportunidad de notificación a las partes; (iii) Si se solicitó, designar perito auxiliar con la especialidad requerida; (iv) Ordenar a la parte contraria y a cualquier tercero que tenga la posesión o tenencia del bien facilitar el acceso al juez y sus auxiliares, bajo apercibimiento del Artículo 241 CGP.

Presentada en [Ciudad], el [Fecha].

Atentamente,

Solicitante / Apoderado

[Apoderado]

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Solicitud de Inspección Judicial Ocular — Colombia

La Solicitud de Inspección Judicial Ocular Colombia es la petición formal regulada por Código General del Proceso Arts. 236-245 (Ley 1564 de 2012) y Decreto 1736 de 2012 con la que el interesado pone en marcha el trámite ante la autoridad colombiana competente.

La inspección judicial es un medio de prueba real o directa mediante el cual el juez percibe personalmente y de manera directa — con sus propios sentidos — los hechos materia del litigio, sin necesidad de intermediarios. El Artículo 236 del CGP define la inspección judicial como la diligencia en la que el juez examina directamente personas, lugares, cosas o documentos de importancia para el proceso. A diferencia de la prueba pericial — en la que el juez delega la percepción técnica a un experto —, en la inspección judicial el juez mismo percibe los hechos. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia ha sostenido reiteradamente que la inspección judicial tiene valor probatorio privilegiado porque refleja la percepción directa del juez sobre la realidad material en disputa.

La Ley 2213 de 2022, que estableció con carácter permanente las normas de procedimiento adoptadas durante la pandemia de COVID-19, incorporó la posibilidad de realizar inspecciones judiciales virtuales mediante videoconferencias y herramientas tecnológicas, lo que ha ampliado significativamente el alcance de este medio probatorio en Colombia, especialmente para bienes ubicados en municipios distantes del despacho judicial. Esta reforma del Ministerio de Justicia y del Derecho alineó el procedimiento civil colombiano con estándares modernos de prueba digital, preservando todos los requisitos de validez formal.

En la práctica judicial colombiana, la inspección ocular es especialmente relevante en los procesos de pertenencia (prescripción adquisitiva de dominio) bajo el Artículo 375 del CGP, donde el juez verifica cercas, cultivos, construcciones y actos posesorios sobre el predio reclamado; en procesos de lanzamiento por ocupación de hecho bajo el Artículo 384 del CGP; en controversias sobre linderos y servidumbres prediales bajo los Artículos 400 del CGP y 879 del Código Civil; en procesos de responsabilidad extracontractual por daños a inmuebles; y en juicios sucesorales donde los herederos disputan el inventario y avalúo de bienes ante la Notaría o el Juzgado de Familia. El Decreto 1736 de 2012 reglamenta los aspectos operativos del CGP incluyendo la práctica de diligencias judiciales fuera del despacho.

Cuándo necesitas Solicitud de Inspección Judicial Ocular — Colombia

La solicitud de inspección judicial ocular resulta procedente y necesaria en Colombia en los siguientes tipos de procesos y situaciones bajo el CGP y normas procesales relacionadas.

Procesos de pertenencia y deslinde: En los procesos de declaración de pertenencia por prescripción adquisitiva de dominio (Artículo 375 CGP), la inspección judicial al predio cuya propiedad se pretende adquirir por prescripción es fundamental para verificar la posesión material: la existencia de cercas, cultivos, construcciones, mejoras u otros actos posesorios que acrediten el animus domini por el término legal — diez años para prescripción ordinaria o extraordinaria conforme al Artículo 2529 del Código Civil modificado por la Ley 791 de 2002. En los procesos de deslinde y amojonamiento (Artículo 400 CGP), la inspección permite al juez verificar directamente los linderos y confrontarlos con los títulos y los planos catastrales del IGAC.

Procesos de lanzamiento y restitución de inmuebles: En los procesos de restitución de inmueble arrendado (Artículo 384 CGP), la inspección judicial verifica el estado de ocupación real del bien, identifica a los ocupantes y constata el estado de conservación del inmueble y posibles daños causados por el arrendatario que generan responsabilidad bajo el Artículo 1985 del Código Civil.

Responsabilidad extracontractual por daños: En los procesos de responsabilidad civil por daños a inmuebles vecinos, derrumbes, obras defectuosas de construcción o contaminación ambiental — regulados por la Ley 9 de 1979 para el caso de daños ambientales — la inspección judicial al lugar del daño permite documentar sus dimensiones reales, extensión y causas aparentes, complementando las conclusiones del dictamen pericial.

Procesos ejecutivos sobre bienes embargados: Cuando se practica el embargo de bienes inmuebles en procesos ejecutivos conforme a los Artículos 598-600 del CGP, la inspección judicial al bien embargado verifica su estado, determina si está ocupado por el ejecutado o por terceros, e identifica condiciones que afecten su valor para efectos del avalúo del Artículo 444 CGP — lo cual es material para el acreedor y para la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.

Procesos de sucesión y partición: En los juicios sucesorales donde los herederos disputan el inventario y avalúo de bienes muebles o inmuebles, la inspección judicial permite al juez constatar directamente el estado de los bienes y sirve de base para el dictamen del perito avaluador designado conforme al Artículo 519 CGP. La Notaría y la Superintendencia de Notariado y Registro pueden requerir los hallazgos de la inspección como parte de los trámites sucesorales voluntarios.

Qué incluir en tu Solicitud de Inspección Judicial Ocular — Colombia

Una Solicitud de Inspección Judicial Ocular válida en Colombia bajo los Artículos 236-245 del CGP debe contener los siguientes elementos para su admisión por el despacho judicial.

Identificación de las partes y del proceso: Nombre completo, identificación y calidad procesal (demandante, demandado, tercero interviniente) de quien solicita la inspección. Número de radicado del proceso, despacho judicial, nombre del juez y estado procesal actual — etapa probatoria conforme al Artículo 173 del CGP que regula el decreto de pruebas. Si la solicitud se hace mediante apoderado, debe incluirse el número de tarjeta profesional del abogado del Consejo Superior de la Judicatura bajo el Artículo 74 del CGP.

Identificación del objeto de la inspección: Descripción precisa del bien, lugar, documento o cosa sobre la que se solicita la inspección. Para inmuebles: número de matrícula inmobiliaria de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, número catastral del IGAC, dirección o coordenadas geográficas, municipio y departamento. Para bienes muebles: descripción detallada con número de serie o características identificativas.

Hechos que se pretenden verificar: Relación clara y específica de los hechos materiales cuya verificación directa por el juez se solicita, con indicación de su relevancia para la decisión del litigio. El Artículo 236 del CGP exige que los hechos a verificar sean relevantes y pertinentes al proceso. Debe satisfacerse el test de pertinencia del Artículo 168 del CGP.

Solicitud de perito auxiliar: Si la inspección requiere conocimientos técnicos especializados — ingeniería estructural, topografía, agronomía, contabilidad forense — debe solicitarse expresamente la designación de un perito auxiliar conforme al Artículo 237 del CGP.

Propuesta de fecha y logística: Indicación de la disponibilidad de la parte solicitante para la diligencia y, si el bien está en municipio distinto al del despacho, propuesta de comisión a juez del lugar conforme al Artículo 37 del CGP o solicitud de inspección virtual conforme a la Ley 2213 de 2022.

Prueba de la calidad para solicitarla como prueba anticipada: Si la inspección se solicita como prueba anticipada conforme al Artículo 183 del CGP — antes del proceso o fuera de él — debe acreditarse la urgencia o el peligro de que desaparezca el estado de cosas que se pretende verificar.

forms-legal.com ofrece este modelo actualizado al CGP y a la Ley 2213 de 2022, el marco procesal vigente que regula las inspecciones judiciales en Colombia.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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