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Contrato de Servicios Educativos Colombia

Educational Services Contract Colombia (Contrato de Servicios Educativos)

CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS

(Educational Services Contract — Colombia)

Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación); Decreto 1075 de 2015; Ley 1480 de 2011

En [Sign City], a [Sign Date], entre:

INSTITUCIÓN EDUCATIVA:

[Institution Name], NIT [Institution NIT], licencia de funcionamiento [License No], con domicilio en [Institution Address].

PADRE DE FAMILIA / ACUDIENTE:

[Guardian Name], C.C. [Guardian CC], con domicilio en [Guardian Address], actuando en nombre y representación del estudiante [Student Name].

Las partes celebran el presente Contrato de Servicios Educativos conforme a la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación), el Decreto 1075 de 2015 y la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor).

PRIMERA. — OBJETO Y SERVICIOS

La INSTITUCIÓN EDUCATIVA se obliga a prestar los servicios educativos correspondientes al [Academic Level], durante el [Academic Year], incluyendo: [Services Included].

SEGUNDA. — MATRÍCULAS Y PENSIONES

El valor de la matrícula para el año escolar es de [Enrollment Fee], pagadera al momento de la suscripción del presente contrato. La pensión mensual es de [Monthly Tuition], pagadera a más tardar el [Payment Due Date]. Los incrementos anuales se realizarán conforme a los límites fijados por el Ministerio de Educación Nacional según el régimen de tarifas aplicable.

TERCERA. — OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIÓN

La INSTITUCIÓN EDUCATIVA se obliga a: (a) prestar los servicios educativos con el personal docente calificado conforme a la Ley 115 de 1994; (b) expedir los reportes de notas y constancias académicas oportunamente; (c) cumplir el calendario académico aprobado por la Secretaría de Educación; (d) respetar los derechos del ESTUDIANTE conforme al Decreto 1075 de 2015; y (e) garantizar un ambiente escolar seguro y libre de acoso conforme a la Ley 1620 de 2013 (Sistema Nacional de Convivencia Escolar).

CUARTA. — OBLIGACIONES DEL PADRE / ACUDIENTE

El PADRE DE FAMILIA / ACUDIENTE se obliga a: (a) pagar puntualmente la matrícula y las pensiones; (b) cumplir y hacer cumplir al ESTUDIANTE el reglamento estudiantil del plantel; (c) participar activamente en la formación del ESTUDIANTE y asistir a las reuniones convocadas; (d) informar oportunamente cualquier novedad que afecte la situación académica del ESTUDIANTE; y (e) tratar con respeto al personal docente y directivo de la INSTITUCIÓN.

QUINTA. — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se rige por la Ley 115 de 1994, el Decreto 1075 de 2015, la Ley 1480 de 2011 y la Ley 1620 de 2013. Las controversias serán resueltas por la Secretaría de Educación competente o ante los Juzgados Civiles de [Sign City].

FIRMAS

INSTITUCIÓN EDUCATIVA: [Institution Name]

NIT: [Institution NIT]

Firma: _________________________

PADRE / ACUDIENTE: [Guardian Name]

C.C.: [Guardian CC]

Estudiante: [Student Name]

Firma: _________________________

Educational Institution (Institución Educativa)

________________

Signature

Parent / Guardian (Padre / Acudiente)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Servicios Educativos Colombia

El Contrato de Servicios Educativos Colombia es un contrato regulado por Ley 115 de 1994 y Decreto 1075 de 2015 que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.

En Colombia, los establecimientos educativos formales (preescolar, básica, media y superior) están sujetos a regulación especial del Ministerio de Educación Nacional (MEN) y deben cumplir estándares de calidad, currículo y registro calificado. Sin embargo, los servicios educativos no formales (academias de idiomas, centros de capacitación empresarial, plataformas de e-learning, tutorías privadas, coaching) están regulados con mayor flexibilidad, aunque igualmente sujetos a las normas de protección al consumidor de la Ley 1480 de 2011, que establece el derecho del estudiante-consumidor a recibir información veraz sobre los cursos, la política de reembolsos, y las condiciones de cancelación.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) es la entidad competente para resolver reclamaciones de consumidores contra prestadores de servicios educativos no formales (academias, plataformas digitales, institutos de capacitación), y puede sancionar a los prestadores que incumplan sus obligaciones contractuales, engañen sobre las certificaciones ofrecidas, o no honren las políticas de reembolso declaradas. El artículo 47 de la Ley 1480 de 2011 establece el derecho del consumidor a retractarse de un contrato de servicios educativos dentro de los 5 días hábiles siguientes a la firma, si los servicios no han comenzado.

La plantilla de forms-legal.com cubre los servicios educativos más comunes en Colombia: cursos de idiomas (inglés, francés, mandarín), formación empresarial y corporativa, preparación para el ICFES, IELTS, TOEFL o exámenes de certificación profesional, tutorías académicas individuales, coaching ejecutivo y de vida, y cursos virtuales a través de plataformas digitales. El contrato incluye la descripción del programa formativo, número de horas, metodología, certificación ofrecida, política de asistencia, política de reembolsos, y condiciones de uso de la plataforma digital si aplica.

En el contexto de la creciente oferta de educación virtual en Colombia impulsada por la pandemia y la Ley 1341 de 2009 (Ley TIC), el contrato de servicios educativos digitales debe también contemplar las condiciones de uso de la plataforma (acceso, contraseñas, grabaciones), los derechos de propiedad intelectual sobre los contenidos del curso protegidos por la Ley 23 de 1982, y el tratamiento de datos personales del estudiante conforme a la Ley 1581 de 2012 (Ley de Protección de Datos Personales) y el Decreto 1377 de 2013.

Cuándo necesitas Contrato de Servicios Educativos Colombia

El Contrato de Servicios Educativos en Colombia es necesario en los siguientes escenarios: cuando una academia, instituto o plataforma digital cobra matrícula o mensualidades por cursos de idiomas, preparación de exámenes, formación técnica o capacitación empresarial; cuando un tutor independiente o docente presta servicios de enseñanza particular a estudiantes de colegio, universidad o adultos; cuando una empresa contrata servicios de capacitación corporativa para sus empleados (en cuyo caso el contrato puede ser entre empresas, B2B); cuando una plataforma de e-learning ofrece suscripciones mensuales o acceso por curso a contenidos educativos digitales; y cuando un coach o facilitador presta servicios de entrenamiento para el desarrollo de habilidades personales o profesionales.

También es indispensable para documentar las condiciones de certificación, la política de reembolsos ante cancelaciones o deserción del estudiante, y los compromisos del prestador sobre la calidad del servicio, especialmente relevantes cuando el estudiante paga por adelantado períodos extensos de servicio. La SIC puede sancionar a los prestadores que no divulguen de manera clara y anticipada sus políticas de reembolso y cancelación, lo que hace que un contrato escrito sea esencial para el cumplimiento regulatorio bajo la Ley 1480 de 2011.

Qué incluir en tu Contrato de Servicios Educativos Colombia

El Contrato de Servicios Educativos en Colombia debe incluir los siguientes elementos para su validez y para cumplir con las obligaciones de la Ley 1480 de 2011:

**Identificación de las partes.** Datos del prestador de servicios (razón social o nombre del docente, NIT o cédula, domicilio, teléfono, correo electrónico) y del estudiante o contratante (nombre completo, cédula, teléfono, correo). Si el estudiante es menor de edad, el contratante debe ser el padre, madre o representante legal, quien asume las obligaciones contractuales. Si es un contrato B2B, datos de la empresa contratante y su representante legal.

**Descripción del programa educativo.** Nombre del curso o programa, contenido temático o syllabus, nivel (básico, intermedio, avanzado), número total de horas o créditos, metodología de enseñanza (presencial, virtual sincrónica, asincrónica, híbrida), plataforma o herramienta utilizada (Zoom, Teams, Google Classroom, LMS propio), idioma de instrucción, y materiales de estudio incluidos o no incluidos en el precio.

**Duración y horario.** Fecha de inicio y fecha de terminación del programa, horario de clases (días y horas), frecuencia semanal, y política para sesiones no realizadas por causa del prestador (reposición obligatoria) vs. sesiones no asistidas por el estudiante (sin reposición o con reposición condicionada a disponibilidad).

**Precio y forma de pago.** Valor total del curso o valor de cada módulo, mensualidad o período; forma de pago (efectivo, transferencia, tarjeta de crédito, PSE); fecha de pago; y penalidades por mora. Si hay descuento por pago anticipado del período completo, debe indicarse el descuento y las condiciones. La información sobre el precio debe ser completa y veraz conforme al artículo 23 de la Ley 1480 de 2011.

**Certificación ofrecida.** Descripción exacta de la certificación que recibirá el estudiante al completar el programa: certificado de asistencia, certificado de aprobación (con nota mínima), diploma de curso, o preparación para certificación de terceros (IELTS, TOEFL, PMI, etc. que el estudiante debe gestionar aparte). La publicidad sobre certificaciones internacionales reconocidas por entidades externas debe ser cuidadosa para no incurrir en publicidad engañosa sancionada por la SIC.

**Política de reembolsos y cancelaciones.** Condiciones bajo las cuales el estudiante puede cancelar el contrato y recibir reembolso: retracto dentro de los 5 días hábiles siguientes a la firma (sin haber usado el servicio), cancelación con más de X días de anticipación (reembolso del % del saldo no ejecutado), cancelación con menos de X días (sin reembolso o con descuento por gastos administrativos). La política debe ser clara, equitativa y conforme al artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que prohíbe condiciones abusivas de retención de pago.

**Uso de plataformas digitales y datos personales.** Si el servicio se presta mediante plataforma digital: condiciones de acceso (usuario y contraseña personal e intransferible), prohibición de compartir el acceso con terceros, política sobre grabaciones de sesiones (si se graban, quién tiene acceso, por cuánto tiempo), y tratamiento de datos personales del estudiante conforme a la Ley 1581 de 2012 y la Política de Privacidad del prestador, con autorización del estudiante para el tratamiento de sus datos para fines educativos y comunicacionales.

**Derechos de propiedad intelectual.** Los materiales del curso (videos, presentaciones, guías, ejercicios) son propiedad del prestador y están protegidos por la Ley 23 de 1982 (Ley de Derechos de Autor). El estudiante solo tiene licencia de uso personal para el estudio y no puede reproducir, distribuir, vender o publicar los materiales sin autorización escrita del prestador. Si el estudiante crea obras o productos durante el curso, indicar a quién pertenecen dichas obras.

**Obligaciones del estudiante.** Asistir o conectarse puntualmente a las sesiones, completar las tareas y evaluaciones en los plazos establecidos, mantener un comportamiento respetuoso con el docente y los compañeros, y no grabar las sesiones sin autorización del prestador. El incumplimiento reiterado puede ser causal de exclusión del programa sin reembolso de los períodos restantes, siempre que esto esté claramente establecido en el contrato. forms-legal.com pone a disposición esta plantilla de Contrato de Servicios Educativos para ayudar a los prestadores colombianos de educación no formal a cumplir con la Ley 115 de 1994, la Ley 1480 de 2011 y la Ley 1581 de 2012.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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