Contrato de Arrendamiento de Vehículo Chile
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO
Celebrado conforme al Código Civil Art. 1915 y Ley 18.290/1984 (Ley del Tránsito)
PRIMERO: PARTES CONTRATANTES
ARRENDADOR (PROPIETARIO DEL VEHÍCULO):
Nombre: [Nombre Arrendador]
RUT: [RUT Arrendador]
ARRENDATARIO (CONDUCTOR AUTORIZADO):
Nombre: [Nombre Arrendatario]
RUT: [RUT Arrendatario]
Licencia de Conducir: [Licencia Arrendatario]
Domicilio: [Domicilio Arrendatario]
SEGUNDO: VEHÍCULO ARRENDADO
El Arrendador entrega al Arrendatario, en arrendamiento, el siguiente vehículo:
Marca, Modelo y Año: [Marca Modelo Año]
Patente: [Patente]
Color: [Color]
Kilometraje al inicio: [Kilometraje Inicial]
Valor comercial de referencia: [Valor Comercial]
El estado detallado del vehículo al momento de la entrega consta en el Acta de Entrega adjunta, firmada por ambas partes.
TERCERO: CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO
Renta: [Renta], pagadera al momento de la entrega del vehículo.
Depósito de Garantía: [Depósito Garantía], a restituirse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la devolución del vehículo en buen estado, deducidos los montos por daños, multas impagas o devolución tardía.
Período de arrendamiento: desde [Fecha Entrega] hasta [Fecha Devolución].
CUARTO: USO AUTORIZADO DEL VEHÍCULO
Territorio autorizado: [Territorio Uso]
Uso permitido: [Uso Permitido]
El Arrendatario se obliga a: (a) conducir el vehículo personalmente o por conductores expresamente autorizados por escrito; (b) no conducir bajo los efectos de alcohol o drogas conforme a la Ley 18.290; (c) no usar el vehículo en competencias o rallies; (d) no transportar pasajeros de forma remunerada sin autorización del Ministerio de Transportes; (e) mantener vigente el SOAP (DS 1.058/1997) durante el período de arrendamiento; (f) notificar inmediatamente al Arrendador cualquier accidente, choque o avería.
QUINTO: RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGUROS
El Arrendatario asume plena responsabilidad por los daños que cause con el vehículo durante el período de arrendamiento. Conforme al Art. 169 de la Ley 18.290/1984, el Arrendador puede ser declarado responsable solidario por accidentes de tránsito causados por el Arrendatario; en consecuencia, el Arrendatario se obliga a indemnizar al Arrendador por todo monto que éste deba pagar a terceros como consecuencia de accidentes o infracciones ocurridos durante el período de arrendamiento. El Arrendatario será responsable del pago de todas las infracciones de tránsito detectadas por cámaras u otros medios electrónicos durante el período de arriendo, y deberá informar al Arrendador dentro de 24 horas de cualquier infracción.
FIRMAS
En [Ciudad Firma], a [Fecha Firma].
EL ARRENDADOR:
[Nombre Arrendador] — RUT: [RUT Arrendador]
Firma: _________________________
EL ARRENDATARIO:
[Nombre Arrendatario] — RUT: [RUT Arrendatario]
Licencia: [Licencia Arrendatario]
Firma: _________________________
Arrendador (Propietario del Vehículo)
________________
Signature
Arrendatario (Conductor Autorizado)
________________
Signature
Qué es Contrato de Arrendamiento de Vehículo Chile
El Contrato de Arrendamiento de Vehículo en Chile es el acuerdo, regido por el artículo 1915 del Código Civil y el artículo 169 de la Ley 18.290 de 1984 del Tránsito, mediante el cual el arrendador cede el uso de un vehículo motorizado a cambio de una renta y bajo reglas de responsabilidad por su conducción. Recoge la renta, fianza, duración, obligaciones de mantenimiento y plazos de preaviso entre arrendador y arrendatario.
La Ley 18.290 de 1984 y su reglamento (DS 1/2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones) establecen las obligaciones del conductor de un vehículo — que en el arrendamiento corresponde al arrendatario — respecto del cumplimiento de las normas de circulación, el estado técnico del vehículo y la responsabilidad civil por accidentes de tránsito. El Artículo 169 de la Ley 18.290 establece la responsabilidad solidaria del propietario del vehículo (el arrendador) por los daños causados por el conductor (el arrendatario) en accidentes de tránsito, a menos que el propietario pueda probar que el conductor tomó el vehículo sin su conocimiento o autorización. Esta responsabilidad solidaria hace indispensable que el contrato de arrendamiento regule explícitamente el uso autorizado del vehículo, la obligación de seguro del arrendatario y las condiciones en que el arrendador puede quedar liberado de responsabilidad.
El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) — regulado por el DS 1.058 de 1997 del Ministerio de Transportes — es obligatorio para todos los vehículos motorizados que circulen por vías públicas en Chile y cubre exclusivamente los daños corporales a personas afectadas por accidentes de tránsito, con un límite de cobertura de 300 UF por persona. El SOAP no cubre los daños materiales al vehículo ni a terceras propiedades. Para cubrir estos daños, es necesario contar con un seguro automotriz de responsabilidad civil y de daños propios (seguro de casco), que puede ser contratado por el arrendador o por el arrendatario según lo acuerden en el contrato.
Las empresas especializadas en arriendo de vehículos (rent-a-car) — como Hertz, Avis, Budget, Europcar y empresas nacionales — operan bajo condiciones generales propias y sus contratos están regulados adicionalmente por la Ley 19.496/1997 de Protección al Consumidor cuando sus clientes son personas naturales consumidores. El SERNAC ha emitido instrucciones específicas sobre las cláusulas abusivas en contratos de rent-a-car, particularmente sobre los deducibles de seguro, las restricciones de uso del vehículo y las penalizaciones por devolución tardía. El contrato entre particulares que aquí se modela opera fuera de este régimen de consumidor, rigiéndose principalmente por el Código Civil.
En materia tributaria, el arrendamiento de vehículos está afecto al IVA del 19% conforme al DL 825/1974 Art. 8 cuando el arrendador es un contribuyente habitual. Las empresas de rent-a-car deben emitir factura o boleta electrónica por cada contrato. Los particulares que arriendan ocasionalmente su vehículo pueden estar sujetos a tributación por el ingreso, debiendo declararlo como renta ante el SII conforme al DL 824/1974.
El Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) mantiene el Registro de Vehículos Motorizados donde consta la titularidad del dominio, los gravámenes y las prohibiciones de transferir. Antes de suscribir el contrato de arrendamiento, el arrendador debe acreditar que el vehículo está libre de prohibiciones de circulación por deudas de multas de tránsito no pagadas y que el permiso de circulación está vigente conforme al Artículo 10 de la Ley 18.290. El arrendatario, por su parte, debe verificar la vigencia de su licencia de conducir en la clase correspondiente al tipo de vehículo arrendado — Clase B para automóviles y camionetas, Clase C para furgones, Clase D para motocicletas, entre otras — conforme al Artículo 5 de la Ley 18.290, dado que conducir sin licencia vigente anula toda cobertura de seguro y configura infracción grave sancionable con multa y suspensión de licencia por los Juzgados de Policía Local.
Para vehículos sujetos a revisión técnica obligatoria conforme al DS 156/1990 del Ministerio de Transportes, el arrendador debe acreditar que la revisión técnica está vigente al inicio del arrendamiento. Los vehículos con revisión técnica vencida no pueden circular por la vía pública legalmente, y su uso durante el arrendamiento podría fundar responsabilidad del arrendador por poner en circulación un vehículo con deficiencias técnicas. El contrato debe estipular expresamente que el arrendatario debe restituir el vehículo con su revisión técnica vigente si esta vence durante el período de arrendamiento.
Cuándo necesitas Contrato de Arrendamiento de Vehículo Chile
El Contrato de Arrendamiento de Vehículo Chile se requiere cuando una persona natural o jurídica cede temporalmente el uso de un vehículo de su propiedad a otra persona, sea entre particulares o en el contexto de una relación comercial que no corresponde a una empresa de rent-a-car profesional. La formalización escrita es indispensable dado que la Ley 18.290 establece responsabilidad solidaria del propietario por accidentes causados por el conductor, lo que hace necesario documentar con precisión las condiciones del arriendo y las obligaciones del arrendatario.
El arrendamiento de vehículo es necesario cuando un particular arrienda su vehículo a un amigo, familiar o conocido por un período determinado — vacaciones, viaje de trabajo, período de reparación del vehículo propio. Sin contrato escrito, el propietario queda expuesto a la responsabilidad del Art. 169 de la Ley 18.290 sin poder demostrar las condiciones bajo las cuales autorizó el uso del vehículo.
Se requiere cuando una empresa arrienda vehículos de su flota a trabajadores, contratistas o socios para uso temporal en proyectos específicos. En estos casos, el contrato complementa el contrato laboral o de servicios y establece las obligaciones específicas del arrendatario respecto al vehículo — incluido el reembolso de infracciones de tránsito, la responsabilidad por daños y la obligación de mantener el seguro vigente.
El contrato es esencial cuando el vehículo tiene un valor significativo — camionetas 4x4, vehículos de lujo, maquinaria autopropulsada — y es necesario documentar el estado del vehículo al inicio del arriendo mediante acta fotográfica, para proteger al arrendador en caso de daños. El Código Civil Art. 1947 hace responsable al arrendatario de los deterioros que excedan el uso normal del bien.
Finalmente, el contrato es necesario para efectos de seguros: las pólizas de seguro automotriz generalmente tienen cláusulas sobre conductores autorizados y condiciones de uso del vehículo. Si el arrendatario causa un accidente mientras conduce el vehículo en condiciones no cubiertas por la póliza del arrendador — por ejemplo, uso comercial no declarado — la aseguradora puede rechazar la cobertura, dejando al arrendador sin protección. El contrato permite documentar el uso autorizado y facilitar la gestión de siniestros.
También se requiere cuando empresas de transporte de carga o logística necesitan ampliar temporalmente su flota arrendando vehículos de particulares o de otras empresas para cubrir picos de demanda estacional — temporada de frutas, navidad, períodos de alta demanda en comercio electrónico. En estos casos, el contrato debe especificar si el vehículo se utilizará para transporte remunerado de carga o pasajeros, lo cual requiere autorización adicional del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones conforme a la Ley 18.696/1988 y el DS 212/1992, y afecta las condiciones del seguro vigente.
Finalmente, el contrato es imprescindible cuando el arrendatario es una empresa extranjera o persona con domicilio en otro país que necesita acreditar ante el Servicio Nacional de Aduanas o autoridades fronterizas que el vehículo le fue cedido legalmente por el propietario chileno para circular en territorio nacional durante un período definido, evitando que el vehículo sea retenido por presunta internación temporal irregular.
Qué incluir en tu Contrato de Arrendamiento de Vehículo Chile
Un Contrato de Arrendamiento de Vehículo válido en Chile debe incluir los elementos que protejan al arrendador de la responsabilidad solidaria de la Ley 18.290 y establezcan con claridad las obligaciones del arrendatario respecto al vehículo.
Identificación de las Partes: Nombre completo, RUT o cédula de identidad, domicilio, número de licencia de conducir del arrendatario (clase y fecha de vencimiento), y datos de contacto de ambas partes. Verificar que el arrendatario cuenta con licencia de conducir vigente y habilitada para el tipo de vehículo arrendado conforme a la Ley 18.290 Art. 5.
Descripción del Vehículo: Marca, modelo, año de fabricación, color, número de patente (placa), número de motor, número de VIN (Número de Identificación Vehicular), número de inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados del SRCeI, y estado de funcionamiento y kilometraje al inicio del arriendo. Adjuntar acta fotográfica del estado exterior e interior.
Período de Arrendamiento: Fechas y horas exactas de inicio y término del arriendo, lugar de entrega y devolución del vehículo, y condiciones para extensión del período con aviso previo. Cláusula de penalización por devolución tardía (típicamente un día adicional de renta por cada día de retraso).
Renta y Pago: Monto de la renta diaria, semanal o mensual en CLP, condiciones de pago, depósito de garantía exigido (típicamente equivalente a 2–5 días de renta o un porcentaje del valor del vehículo), y condiciones de devolución del depósito.
Límite de Kilometraje: Si aplica, indicar el límite de kilómetros incluidos en la renta y el costo por kilómetro adicional. Para arriendos por períodos cortos, el límite de kilometraje protege al arrendador del desgaste excesivo del vehículo.
Uso Autorizado del Vehículo: Especificar el territorio de uso autorizado (sólo Chile, o autorización para cruzar a Argentina u otro país con los trámites correspondientes ante el Registro Civil), los fines de uso permitidos (personal, familiar, no comercial), el número máximo de conductores autorizados, y las prohibiciones expresas — conducción bajo efectos de alcohol o drogas, uso en competencias, transporte de pasajeros remunerado sin autorización del Ministerio de Transportes.
Seguro y SOAP: Acreditar que el vehículo cuenta con SOAP vigente (obligatorio bajo DS 1.058/1997), indicar si el vehículo tiene seguro automotriz de responsabilidad civil y casco, establecer quién es responsable de contratar el seguro de daños durante el arriendo y el monto del deducible a cargo del arrendatario en caso de siniestro. Definir responsabilidades por infracciones de tránsito durante el período de arriendo.
Estado del Vehículo y Restitución: Procedimiento para la devolución del vehículo — lugar, combustible, limpieza, llantas, accesorios — y acta de restitución con fotografías que documente el estado del vehículo al término del arriendo para determinar si corresponde retener el depósito de garantía conforme al Código Civil Art. 1947.
Documentación del Vehículo: El contrato debe establecer que el arrendatario recibirá junto con el vehículo el permiso de circulación vigente, el SOAP vigente, el certificado de revisión técnica vigente (si aplica) y la póliza de seguro automotriz. La pérdida o deterioro de estos documentos durante el período de arrendamiento es responsabilidad del arrendatario y puede generar multas en controles policiales.
Cláusula de Indemnidad: El arrendatario debe asumir la obligación de mantener indemne al arrendador frente a cualquier demanda, multa o indemnización que deba pagar a terceros como consecuencia directa de accidentes de tránsito, infracciones o daños causados por el arrendatario durante el uso del vehículo. Esta cláusula concretiza el derecho de repetición del arrendador frente al arrendatario, protegiendo el patrimonio del propietario ante la responsabilidad solidaria del Art. 169 de la Ley 18.290.
Resolución de Disputas: Las disputas sobre daños al vehículo, retención del depósito de garantía, o incumplimiento del contrato se someten a la competencia de los Juzgados Civiles del domicilio del arrendador conforme al Código de Procedimiento Civil, o a la instancia de mediación del Centro de Mediación de la Corporación de Asistencia Judicial.
Forms-legal.com ofrece este modelo de Contrato de Arrendamiento de Vehículo Chile para particulares y empresas. Para flotas de vehículos o arriendos de larga duración, se recomienda asesoría legal y la revisión del contrato por un Abogado especializado en derecho de tránsito y responsabilidad civil. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 18.290AR official
- Ley 19.496AR official
- Ley 18.696AR official
Citar esta página
Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:
Forms Legal. (2026). Contrato de Arrendamiento de Vehículo Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/personal/releases/contrato-arrendamiento-vehiculo-chile
"Contrato de Arrendamiento de Vehículo Chile (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/chile/personal/releases/contrato-arrendamiento-vehiculo-chile.
@misc{formslegal-contrato-arrendamiento-vehiculo-chile,
author = {{Forms Legal}},
title = {Contrato de Arrendamiento de Vehículo Chile (Chile)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/chile/personal/releases/contrato-arrendamiento-vehiculo-chile}},
note = {Free legal document template}
}Preguntas Frecuentes
Sí, el Artículo 169 de la Ley 18.290 de 1984 (Ley del Tránsito) establece que el propietario del vehículo es solidariamente responsable con el conductor por los daños causados a terceros en accidentes de tránsito, salvo que pruebe que el conductor tomó el vehículo sin su conocimiento o en contra de su voluntad expresa. Esto significa que si el arrendatario causa un accidente, las víctimas pueden demandar tanto al arrendatario (conductor) como al propietario-arrendador por la totalidad de los daños, independientemente del contrato entre ellos. Para mitigar esta responsabilidad, el contrato debe: (1) identificar con precisión al arrendatario y verificar su licencia de conducir vigente; (2) establecer las condiciones de uso autorizado del vehículo; (3) exigir que el arrendatario contrate o mantenga vigente el seguro automotriz de responsabilidad civil durante el período de arriendo; y (4) incluir cláusula de indemnidad que obligue al arrendatario a reembolsar al arrendador cualquier monto que deba pagar a terceros como consecuencia de accidentes causados por el arrendatario. El propietario conserva el derecho a repetir en contra del arrendatario responsable del accidente, y el contrato facilita esta acción de repetición.
Todo vehículo motorizado que circule por vías públicas en Chile debe contar obligatoriamente con el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) conforme al DS 1.058 de 1997 del Ministerio de Transportes. El SOAP cubre exclusivamente los daños corporales a personas afectadas por el accidente — víctimas, pasajeros, peatones — con un límite de 300 UF (aproximadamente CLP 11,4 millones en 2025) por persona. El SOAP no cubre daños materiales al vehículo ni a propiedades de terceros. Para cubrir estos daños, el contrato de arrendamiento debe especificar si el vehículo cuenta con un seguro automotriz de responsabilidad civil (RC) que cubra daños a terceras personas y propiedades, y un seguro de casco que cubra los daños al propio vehículo por colisión, volcamiento, robo o incendio. El contrato debe aclarar quién es responsable de contratar y mantener vigentes estos seguros durante el período de arriendo, el monto del deducible a cargo del arrendatario en caso de siniestro, y el procedimiento para notificar siniestros a la aseguradora. Si el vehículo no tiene seguro de casco y sufre daños durante el arriendo por culpa del arrendatario, este debe responder por el costo de reparación o el valor de reposición conforme al Código Civil Art. 1547.
Las infracciones de tránsito detectadas por cámaras de velocidad, semáforos o radares electrónicos en Chile se asocian a la patente del vehículo y, por lo tanto, las notificaciones de infracción llegan al propietario registrado en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI). El contrato de arrendamiento debe incluir una cláusula que obligue al arrendatario a reembolsar al arrendador el monto de todas las multas de tránsito generadas durante el período de arriendo, y a informar al arrendador sobre cualquier infracción que conozca dentro de las 24 horas siguientes. El arrendatario debe también proporcionar sus datos completos para que el arrendador pueda transferir la responsabilidad de la multa al conductor efectivo, conforme a los procedimientos del Juzgado de Policía Local competente. Las multas de tránsito no pagadas pueden generar una deuda que impide la renovación del permiso de circulación del vehículo por parte del propietario, afectando al arrendador aunque la infracción no haya sido cometida por él. El contrato debe especificar claramente que el arrendatario es responsable de todas las infracciones cometidas durante el período de arriendo y debe retener el depósito de garantía hasta verificar que no hay multas pendientes imputables al arrendatario.
No, el arrendatario de un vehículo en Chile no puede llevarlo a otro país sin la autorización expresa del propietario arrendador y sin los documentos habilitantes correspondientes. Para sacar un vehículo de Chile a Argentina, Bolivia, Perú u otro país limítrofe, el propietario debe otorgar un poder notarial especial autorizado ante Notario Público que habilite al conductor para circular con el vehículo en el extranjero, ya que los puestos fronterizos chilenos exigen este documento cuando el conductor no es el propietario del vehículo. El Servicio Nacional de Aduanas controla la salida de vehículos en los pasos fronterizos. El contrato de arrendamiento debe especificar expresamente si el arrendatario está autorizado para salir del territorio nacional con el vehículo, y si lo está, el arrendador debe otorgar el poder notarial correspondiente y verificar que el seguro automotriz tiene cobertura territorial en el país de destino. Si el arrendatario saca el vehículo al extranjero sin autorización del arrendador, incurre en un uso del bien contrario al contrato y a la ley, lo que puede constituir un ilícito civil y eventualmente penal conforme al Código Penal.
El acta de entrega y recepción de un vehículo arrendado en Chile es un documento fundamental para proteger al arrendador de reclamaciones por daños preexistentes y para acreditar el estado del vehículo al inicio del arriendo. Debe incluir: fecha, hora y lugar de la entrega; identificación completa del vehículo (patente, marca, modelo, año, color, número de VIN); kilometraje al momento de la entrega; nivel de combustible en el estanque; descripción del estado exterior del vehículo (rayones, abolladuras, daños en pintura, estado de los vidrios, estado de los neumáticos) identificando cada imperfección con referencia a la parte del vehículo (capot delantero, puerta delantera izquierda, parabrisas, etc.); descripción del estado interior (tapiz, volante, tablero, cinturones de seguridad, sistema de audio); lista de accesorios y herramientas entregados (gato, llave de ruedas, triángulos de emergencia, extintor si aplica); documentos entregados (permiso de circulación vigente, SOAP vigente, revisión técnica vigente, póliza de seguro automotriz); fotografías del estado exterior e interior con fecha y hora. El acta debe ser firmada por ambas partes y se recomienda que el arrendatario tome sus propias fotografías para complementar la documentación. Al término del arriendo se suscribe un acta de restitución con la misma estructura, permitiendo comparar objetivamente el estado inicial y final del vehículo.
El arrendamiento de vehículos entre particulares en Chile puede o no estar afecto al IVA según la habitualidad del arrendador. El DL 825/1974 Art. 8 letra g) establece que el arrendamiento de bienes muebles — incluyendo vehículos — está afecto al IVA del 19% cuando el arrendador es un contribuyente habitual que realiza esta actividad como parte de su giro comercial. Las empresas de rent-a-car, las empresas con flotas de vehículos arrendados y las personas que arriendan vehículos regularmente son contribuyentes habituales obligados a emitir factura electrónica con IVA. En cambio, una persona natural que arrienda su vehículo de forma ocasional y esporádica — por ejemplo, cuando viaja al extranjero — puede no ser calificada como contribuyente habitual y sus ingresos por arrendamiento se declaran como rentas de capital en la declaración anual sin obligación de IVA. Sin embargo, si el SII determina que la actividad es habitual basándose en la frecuencia de los arrendamientos, puede exigir el IVA retroactivamente con recargos e intereses. Ante la duda sobre la habitualidad, se recomienda consultar con un Contador o solicitar un pronunciamiento del SII para determinar el tratamiento tributario correcto.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
¿Encontró un error? AvísenosDocumentos Relacionados
También puede encontrar útiles estos documentos:
Contrato de Arrendamiento de Herramienta Chile
Contrato de Arrendamiento de Herramienta para Chile regulado por el Código Civil Art. 1915 y el Código de Comercio Art. 1 — formaliza el arriendo de equipos, maquinaria y herramientas entre arrendador y arrendatario, estableciendo condiciones de uso, mantenimiento, responsabilidad por daños y restitución.
Contrato de Prestación de Servicios Chile
Contrato de Prestación de Servicios para Chile regido por los Artículos 2006 a 2012 del Código Civil sobre arrendamiento de servicios inmateriales y complementado por el Código de Comercio para servicios comerciales, que establece los términos bajo los cuales un prestador ejecuta servicios profesionales, técnicos o comerciales para un mandante, con remuneración mediante boletas de honorarios emitidas bajo las regulaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII).