Acuerdo de Préstamo de Bien Mueble Chile
CC Arts. 2174–2196 (Comodato)
ACUERDO DE PRÉSTAMO DE BIEN MUEBLE (COMODATO)
Celebrado conforme a los Artículos 2174 a 2196 del Código Civil de Chile
PRIMERO: PARTES
COMODANTE (propietario): [Nombre Comodante], RUT [RUT Comodante], domiciliado/a en [Domicilio Comodante].
COMODATARIO: [Nombre Comodatario], RUT [RUT Comodatario], domiciliado/a en [Domicilio Comodatario].
SEGUNDO: BIEN MUEBLE PRESTADO
El comodante entrega en préstamo de uso gratuito (comodato) al comodatario el siguiente bien mueble, conservando su dominio conforme al Artículo 2174 del Código Civil:
Tipo de bien: [Tipo de Bien]
[Descripción del Bien]
Valor de reposición acordado: [Valor del Bien]
TERCERO: SEGUROS
SOAP: [SOAP Vigente]
Seguro privativo de daños: [Seguro Privativo]
CUARTO: CONDICIONES DEL PRÉSTAMO
Fecha de entrega: [Fecha de Entrega].
Fecha de restitución: [Fecha de Restitución].
Uso autorizado: [Uso Autorizado]
Cláusula penal por retraso en la restitución (CC Art. 1535): [Multa por Retraso].
QUINTO: RESPONSABILIDAD DEL COMODATARIO
El comodatario responde de culpa levísima en la conservación del bien mueble prestado conforme al Artículo 2178 del Código Civil. El comodatario asume los costos de combustible, mantención ordinaria y multas de tránsito o infracciones ocurridas durante el período del préstamo, y debe comunicar al comodante cualquier daño, accidente o infracción dentro de las 24 horas de su ocurrencia.
Para vehículos: el comodatario reconoce la responsabilidad solidaria del propietario establecida en el Artículo 174 de la Ley de Tránsito (Ley 18.290) y se obliga a indemnizar al comodante por cualquier suma que este deba pagar como consecuencia de accidentes ocurridos durante el período del préstamo.
FIRMAS
En [Ciudad], a [Fecha del Acuerdo].
COMODANTE: [Nombre Comodante], RUT [RUT Comodante]
Firma: _________________________
COMODATARIO: [Nombre Comodatario], RUT [RUT Comodatario]
Firma: _________________________
Cada parte recibe una copia firmada de este acuerdo.
Comodante (Propietario del Bien)
________________
Signature
Comodatario (Quien Recibe el Bien)
________________
Signature
Qué es Acuerdo de Préstamo de Bien Mueble Chile
El Acuerdo de Préstamo de Bien Mueble en Chile es el acuerdo escrito por el cual las partes fijan de común acuerdo sus derechos y obligaciones recíprocos. Se rige por CC Arts. 2174–2196 (Comodato).
El Artículo 2174 del Código Civil define el comodato como el contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. El comodato de bienes muebles de valor — especialmente de vehículos motorizados — presenta particularidades importantes en el derecho chileno que justifican la suscripción de un documento escrito detallado.
El préstamo de vehículos motorizados en Chile tiene implicancias en materia de responsabilidad civil extracontractual regulada por los Artículos 2314 a 2334 del Código Civil y por la Ley 18.290 (Ley de Tránsito, Decreto con Fuerza de Ley N° 1/2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones). El Artículo 174 de la Ley de Tránsito establece la responsabilidad solidaria del propietario del vehículo, el tenedor y el conductor por los daños causados en accidentes de tránsito. El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), regulado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 251/1931 y sus modificaciones, debe estar vigente en el vehículo prestado al momento del préstamo.
El Artículo 2178 del Código Civil establece la responsabilidad del comodatario de culpa levísima — el más exigente grado de culpa en el derecho civil chileno — en la conservación y uso del bien mueble prestado. Esto significa que el comodatario debe cuidar el vehículo o equipo prestado con el máximo cuidado que una persona diligentísima aplicaría a la conservación de sus bienes más preciosos. El Artículo 2179 del Código Civil agrega que el comodatario responde del caso fortuito si ha empleado la cosa en uso diverso al convenido, o si ha demorado su restitución.
El Registro de Vehículos Motorizados (RVM) del Servicio de Registro Civil e Identificación acredita la titularidad del vehículo prestado, y el Acuerdo de Comodato — aunque no se inscribe en el RVM — sirve para demostrar la relación entre el propietario y el tenedor ante las autoridades de tránsito, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y los tribunales en caso de infracciones, accidentes o disputas sobre el destino del vehículo.
Forms-legal.com pone a disposición este modelo de Acuerdo de Préstamo de Bien Mueble Chile como herramienta práctica para documentar comodatos de bienes muebles de valor. Para el préstamo de vehículos motorizados, se recomienda verificar la vigencia del SOAP y del seguro de daños privativo antes de suscribir el acuerdo, y para bienes de valor superior a CLP 2.000.000 se recomienda la suscripción ante Notario Público.
Cuándo necesitas Acuerdo de Préstamo de Bien Mueble Chile
El Acuerdo de Préstamo de Bien Mueble Chile se requiere en todas las situaciones en que una persona entrega gratuitamente a otra el uso temporal de un bien mueble de valor significativo, y desea documentar las condiciones del préstamo para proteger sus derechos como propietario y delimitar la responsabilidad del comodatario.
El acuerdo es especialmente necesario para el préstamo de vehículos motorizados. En Chile, el Artículo 174 de la Ley de Tránsito (Ley 18.290) establece la responsabilidad solidaria del propietario del vehículo por los daños causados en accidentes de tránsito, incluso cuando no es el conductor. El Acuerdo de Comodato establece con claridad que el vehículo fue entregado al comodatario y que este asume la responsabilidad por las infracciones de tránsito, accidentes y daños ocurridos durante el período del préstamo, lo que puede ser relevante para la defensa del propietario ante la Comisión del Juzgado de Policía Local o ante los tribunales civiles.
El acuerdo es necesario para el préstamo de equipos y maquinaria de trabajo: herramientas eléctricas, equipos de medición, andamios, compresores, soldadoras, equipos de fotografía profesional, instrumentos musicales de valor, o cualquier otro bien mueble cuya reposición superaría CLP 500.000. El documento fija el valor del bien al momento del préstamo, la condición inicial, y las condiciones de uso, lo que permite calcular la indemnización con precisión si el bien es dañado o perdido durante el préstamo.
Es necesario cuando empresas o personas naturales prestan equipos de computación, servidores, equipos de telecomunicaciones o dispositivos tecnológicos a empleados, contratistas o socios comerciales para trabajo remoto o proyectos temporales. En estos casos, el acuerdo debe incluir cláusulas de confidencialidad sobre la información almacenada en los dispositivos, conforme a la Ley 19.628/1999 sobre Protección de la Vida Privada, y especificar las condiciones de devolución y borrado de información al término del préstamo.
También se requiere para el préstamo de embarcaciones menores, motos acuáticas y equipos de navegación, que en Chile están sujetos a la fiscalización de la Directemar (Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, dependiente de la Armada de Chile) conforme al Decreto Ley N° 2222/1978 (Ley de Navegación). El acuerdo debe indicar quién es responsable por el zarpe y los certificados de la Directemar durante el período del préstamo.
Qué incluir en tu Acuerdo de Préstamo de Bien Mueble Chile
Un Acuerdo de Préstamo de Bien Mueble válido en Chile conforme a los Artículos 2174 a 2196 del Código Civil debe contener los elementos que aseguran la protección del comodante y la claridad de las obligaciones del comodatario.
Identificación de las Partes: Nombre completo, RUT y domicilio del comodante y del comodatario. Para personas jurídicas, razón social, RUT y datos del representante legal.
Descripción Detallada del Bien Mueble: Identificación precisa del bien prestado — para vehículos: marca, modelo, año, color, número de patente (PPU), número de motor, número de chasis, y número de inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados; para equipos: marca, modelo, número de serie, características técnicas principales y valor de reposición. El estado del bien al momento del préstamo debe describirse en detalle, idealmente con fotografías firmadas por ambas partes.
Plazo del Préstamo: Fecha de inicio y fecha de término del comodato, o descripción precisa del uso que lo determina. Para vehículos, es importante indicar si el préstamo es para un viaje específico, para uso cotidiano durante un período, o hasta que el comodatario adquiera su propio vehículo.
Uso Autorizado: Descripción de los usos expresamente autorizados (uso personal del comodatario, uso en el territorio nacional, uso para determinada actividad profesional) y las prohibiciones (uso comercial, circulación fuera del país sin autorización escrita previa, préstamo a terceros). El Artículo 2180 del Código Civil prohíbe al comodatario arrendar o prestar el bien a un tercero sin autorización.
Responsabilidades del Comodatario: Declaración expresa de que el comodatario responde de culpa levísima conforme al Artículo 2178 del Código Civil, asume los costos de combustible y mantención durante el préstamo, paga las multas de tránsito o infracciones ocurridas durante el período del préstamo, y contrata los seguros adicionales que el comodante exija.
Seguro y Documentación del Vehículo: Para vehículos, el acuerdo debe confirmar que el SOAP (Seguro Obligatorio de Accidentes Personales) está vigente y señalar qué póliza de seguro privativo (si existe) cubre al comodatario. El Artículo 3 del DFL N° 251/1931 exige el SOAP para circular en vías públicas de Chile.
Cláusula Penal: El acuerdo debe establecer una multa (cláusula penal conforme al Artículo 1535 del Código Civil) para el caso de restitución tardía del bien mueble, expresada en CLP o UF por día de retraso.
Firma y Fecha: Suscripción por ambas partes con indicación de ciudad y fecha. Para bienes de valor superior a CLP 1.000.000, suscripción recomendada ante Notario Público. Forms-legal.com recomienda adjuntar fotografías del estado del bien como anexo firmado por ambas partes. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 18.290AR official
- Ley 19.628AR official
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}Preguntas Frecuentes
La responsabilidad por accidentes de tránsito con un vehículo prestado en Chile está distribuida entre el propietario, el tenedor y el conductor conforme al Artículo 174 de la Ley de Tránsito (Ley 18.290). Esta norma establece la responsabilidad solidaria del propietario inscrito en el Registro de Vehículos Motorizados, del tenedor (comodatario) y del conductor, lo que significa que la víctima del accidente puede demandar a cualquiera de ellos por la totalidad del daño. Sin embargo, el Acuerdo de Comodato puede establecer la obligación del comodatario de indemnizar al comodante por las sumas que este deba pagar como responsable solidario a consecuencia de accidentes ocurridos durante el período del préstamo. El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) cubre exclusivamente las lesiones de las personas (no los daños materiales) y debe estar vigente en el vehículo. Para daños materiales al vehículo prestado o a terceros, el seguro de daños privativo (seguro de automóviles) es indispensable. El comodatario que causa un accidente durante el préstamo responde de culpa levísima conforme al Artículo 2178 del Código Civil, pudiendo el comodante exigir la reparación o el valor de reposición del vehículo dañado.
Sí. El Artículo 2194 del Código Civil chileno establece que el comodante puede pedir la restitución anticipada del bien mueble si le sobreviene una necesidad urgente e imprevista de él — una necesidad que no existía ni era previsible al momento de celebrar el comodato. La urgencia debe ser real y suficientemente grave para justificar la interrupción del préstamo antes del plazo convenido. Para vehículos motorizados, la necesidad urgente puede surgir de la pérdida del vehículo propio del comodante por robo, daño grave o inmovilización por mantenimiento mayor. El comodante debe notificar al comodatario con la anticipación razonable que permitan las circunstancias. Si el comodatario se niega a devolver el bien ante una solicitud legítima de restitución anticipada, el comodante puede demandar ante el Juzgado de Letras en lo Civil competente. Adicionalmente, el Artículo 2195 del Código Civil permite al comodante pedir la restitución en cualquier tiempo si no se fijó plazo ni uso determinado al momento del contrato.
El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) es el único seguro exigido por ley para circular en las vías públicas de Chile, conforme al Decreto con Fuerza de Ley N° 251/1931 y sus modificaciones. El SOAP cubre las lesiones corporales de las víctimas de accidentes de tránsito (fallecimiento, incapacidad permanente, gastos médicos) con independencia de quién sea el conductor, y debe estar vigente en el vehículo. Sin embargo, el SOAP no cubre los daños materiales al vehículo prestado ni los daños materiales a terceros. Para que el comodatario esté cubierto por daños materiales durante el período del préstamo, el seguro privativo de automóviles (seguro de daños) del comodante debe incluir al comodatario como conductor autorizado, o el comodatario debe contratar un seguro temporal adicional. Las pólizas de seguro de automóviles en Chile generalmente cubren a cualquier conductor autorizado por el propietario, pero es imprescindible verificar las condiciones particulares de la póliza antes del préstamo. El Acuerdo de Comodato debe especificar qué seguros están vigentes y qué ocurre en caso de accidente sin cobertura.
Para llevar un vehículo prestado fuera de Chile, el comodatario requiere la autorización escrita del propietario (comodante) inscrito en el Registro de Vehículos Motorizados (RVM) del Servicio de Registro Civil e Identificación. La autorización debe ser otorgada mediante escritura pública ante Notario Público o autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores (o por el Consulado chileno en el país de destino) para ser reconocida por las autoridades del país al que se ingresa el vehículo. La autorización notarial debe indicar el nombre completo y RUT del comodatario (conductor autorizado), la identificación del vehículo (patente, marca, modelo, año), los países a los que se autoriza ingresar el vehículo, y el período de validez de la autorización. Para ingresar un vehículo chileno a Argentina, Bolivia, Perú, Brasil u otros países de América del Sur, también se requiere el seguro de responsabilidad civil internacional (green card o equivalente), ya que el SOAP chileno no tiene cobertura fuera del territorio nacional. El Acuerdo de Comodato debe indicar expresamente si el comodatario está autorizado o no para sacar el vehículo del territorio nacional.
Las multas de tránsito (infracciones a la Ley de Tránsito, Ley 18.290) son de responsabilidad personal del conductor que cometió la infracción. Sin embargo, en el sistema de fotomultas (multas captadas por cámaras de fiscalización), la notificación se dirige al propietario del vehículo inscrito en el Registro de Vehículos Motorizados, que en el caso del comodato es el comodante. El Artículo 171 de la Ley de Tránsito permite al propietario notificado identificar al conductor real de la infracción para que la multa sea redirigida a su nombre. El Acuerdo de Préstamo de Bien Mueble debe incluir una cláusula que obligue al comodatario a informar inmediatamente al comodante de cualquier fotomulta o infracción cometida durante el período del préstamo, y a asumir el pago de todas las multas de tránsito ocurridas durante ese período. Si el comodatario no paga las multas, el comodante puede descontar su valor de la garantía entregada o demandar su reembolso conforme a los Artículos 1553 y 1556 del Código Civil. Las multas no pagadas pueden resultar en la retención del vehículo por parte de Carabineros de Chile en los controles de tránsito.
Documentar el estado del bien mueble al inicio y al término del comodato es fundamental para determinar si el comodatario incurrió en daños durante el período del préstamo y para calcular la indemnización correspondiente. Las mejores prácticas en Chile incluyen: fotografías detalladas del bien (exterior e interior para vehículos, todas las partes funcionales para equipos) tomadas en presencia de ambas partes antes de la entrega y al momento de la restitución, firmadas por ambas partes y adjuntadas como anexo al Acuerdo de Comodato; informe técnico de un mecánico o técnico especialista cuando el bien es un vehículo o equipo de valor elevado, indicando el estado de funcionamiento, kilometraje (para vehículos), y defectos preexistentes; acta de entrega y recepción firmada por ambas partes al inicio del comodato, y acta de restitución firmada al término, con descripción del estado del bien devuelto; y registro de lectura del odómetro para vehículos, que permite controlar el uso real realizado durante el préstamo. Si al momento de la restitución el comodante observa daños no presentes al inicio, debe notificarlos por escrito al comodatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción para preservar su derecho a exigir la indemnización conforme al Artículo 2190 del Código Civil.
El comodatario no puede realizar mejoras al bien mueble prestado sin la autorización expresa del comodante (Artículos 2180 y 2188 del Código Civil chileno), dado que el comodato no transfiere el dominio ni la facultad de modificar la cosa prestada. Las mejoras realizadas sin autorización son de cargo del comodatario y no generan derecho a reembolso, salvo que el comodante haya consentido en ellas expresamente. Si el comodatario realizó mejoras útiles (que aumentan el valor del bien) con autorización del comodante, puede exigir el reembolso del valor de las mejoras que subsistan al momento de la restitución conforme al Artículo 2191 del Código Civil, calculado al menor valor entre el costo de las mejoras y el aumento de valor del bien. Para vehículos, las modificaciones que alteren las especificaciones técnicas originales requieren además la aprobación del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones conforme al Artículo 68 de la Ley de Tránsito (Ley 18.290), independientemente del acuerdo entre las partes del comodato. El Acuerdo de Comodato debe indicar expresamente qué modificaciones o adaptaciones están permitidas durante el período del préstamo.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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