Autorización de Uso de Imagen Chile (Derecho a la Imagen)
Ley 19.628 Art. 4; Constitución Art. 19 N.° 4; Ley 21.719/2024
AUTORIZACIÓN DE USO DE IMAGEN
AUTORIZACIÓN DE USO DE IMAGEN (DERECHO A LA PROPIA IMAGEN)
Ley 19.628 Art. 4 — Constitución Política Art. 19 N.° 4 — Ley 21.719/2024 — República de Chile
I. PARTES
En [Execution City], República de Chile, a [Execution Date]:
AUTORIZANTE (TITULAR DE LA IMAGEN): [Subject Name], RUT [Subject RUT], nacionalidad [Subject Nationality], domiciliado/a en [Subject Address].
BENEFICIARIO (RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO — Ley 21.719): [Beneficiary Name], RUT [Beneficiary RUT], domiciliado/a en [Beneficiary Address].
III. AUTORIZACIÓN DE USO DE IMAGEN
El/la Autorizante, en ejercicio del derecho a la propia imagen reconocido por el Artículo 19 N.° 4 de la Constitución Política de la República y el Artículo 4 de la Ley N.° 19.628 (Ley sobre protección de la vida privada), y conforme al régimen de consentimiento de la Ley N.° 21.719 de 2024 (Ley de Protección de Datos Personales), autoriza al Beneficiario a captar, reproducir, distribuir y publicar su imagen fotográfica y/o audiovisual en los términos que se indican a continuación.
Tipos de imágenes autorizadas: [Image Types].
Finalidad del uso (principio de finalidad — Ley 21.719): [Usage Purpose]. Las imágenes no podrán ser utilizadas para finalidades distintas a las aquí declaradas sin obtener nueva autorización del titular.
Canales de distribución autorizados: [Media Channels].
Ámbito geográfico: [Geographic Scope].
Vigencia de la autorización: desde el [Authorization Start] hasta el [Authorization End]. Transcurrido dicho plazo, el Beneficiario deberá cesar el uso de las imágenes y eliminar o anonimizar los registros, conforme al principio de limitación del almacenamiento de la Ley 21.719.
V. DERECHOS DEL TITULAR Y REVOCACIÓN
El/la Autorizante podrá revocar el presente consentimiento en cualquier momento mediante notificación escrita al Beneficiario, conforme al derecho de revocación del consentimiento establecido en la Ley N.° 21.719. Tras recibir el aviso de revocación, el Beneficiario deberá cesar el uso de las imágenes en un plazo razonable.
El/la Autorizante podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición ante el Beneficiario (Responsable del Tratamiento), y formular reclamos ante la Agencia de Protección de Datos Personales (www.agenciaprivacidad.cl), conforme a la Ley N.° 21.719 de 2024.
Autorizante (Titular de la Imagen) / Padre o Tutor si menor
[Subject Name]
Signature
Date: ________________
Beneficiario (Responsable del Tratamiento)
[Beneficiary Name]
Signature
Date: ________________
Qué es Autorización de Uso de Imagen Chile (Derecho a la Imagen)
La Autorización de Uso de Imagen (Derecho a la Imagen) en Chile es el documento por el cual una persona otorga su consentimiento formal para el acto o gestión que en él se especifica. Se rige por Ley 19.628 Art. 4.
El derecho a la propia imagen en Chile es un derecho de la personalidad reconocido, derivado de la protección constitucional de la intimidad y la honra bajo el Artículo 19 N.° 4, y del marco general de responsabilidad civil de los Artículos 2314 a 2332 del Código Civil. La Corte Suprema de Chile y las Cortes de Apelaciones han emitido numerosas resoluciones — aplicando el recurso de protección del Artículo 20 de la Constitución — protegiendo a las personas del uso no autorizado de sus imágenes en publicidad comercial, redes sociales, publicaciones de prensa y producciones audiovisuales.
El Artículo 4 de la Ley 19.628 categoriza las imágenes como datos personales cuando permiten la identificación de una persona natural. Conforme al Artículo 4, los datos personales solo pueden tratarse con el consentimiento escrito expreso del titular de los datos, salvo las excepciones limitadas del Artículos 9 y 10 (interés público, actividad periodística, etc.). El Consejo para la Transparencia (CPLT) y la Agencia de Protección de Datos Personales (creada por la Ley 21.719 de 2024, que actualiza sustancialmente el marco de protección de datos de Chile) tienen jurisdicción sobre las reclamaciones que involucran uso no autorizado de imágenes en contextos digitales.
La nueva Ley 21.719 de 2024 — que moderniza el marco de protección de datos personales de Chile reemplazando disposiciones clave de la Ley 19.628 y alineando a Chile con el modelo GDPR — incluye explícitamente los datos biométricos y fotográficos en la categoría de datos sensibles cuando se utilizan con fines de identificación. Bajo el marco de la Ley 21.719, el consentimiento para el tratamiento de imágenes debe ser específico (no agrupado con términos generales de servicio), informado, libre, inequívoco y verificable. Los responsables del tratamiento de datos deben poder demostrar que se obtuvo un consentimiento válido — la Autorización de Uso de Imagen firmada sirve como este registro de consentimiento.
Para usos comerciales de imágenes — campañas publicitarias, embajadores de marca, contenido en redes sociales, comerciales de televisión, medios impresos, carteles publicitarios — el documento de autorización debe especificar claramente el propósito comercial, los canales de medios, el alcance geográfico y la duración del uso. La Asociación de Agencias de Publicidad de Chile (ACHAP) y el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (CONAR) han desarrollado estándares de industria para liberaciones de modelos y autorizaciones de imagen que se alinean con la Ley 19.628 y el emergente marco de la Ley 21.719.
Cuándo necesitas Autorización de Uso de Imagen Chile (Derecho a la Imagen)
La Autorización de Uso de Imagen en Chile es necesaria en numerosos contextos personales, comerciales e institucionales donde se captarán y utilizarán fotografías o videos de personas identificables más allá del momento inmediato.
Publicidad y marketing comercial: Las empresas, agencias de publicidad y compañías de marketing que producen campañas publicitarias para televisión (Canal 13, Mega, TVN, Chilevisión), medios digitales (Instagram, Facebook, YouTube, TikTok), medios impresos (El Mercurio, La Tercera, revistas) y publicidad exterior (vallas publicitarias) deben obtener autorizaciones de imagen firmadas de todos los modelos y participantes en el contenido publicitario antes de que la campaña se publique. El Código Chileno de Ética Publicitaria del CONAR exige consentimiento documentado para el uso comercial de imágenes.
Comunicaciones corporativas y uso interno: Las empresas que utilizan fotografías de empleados en intranets internas, directorios corporativos, páginas de equipos, informes anuales, comunicados de prensa o cuentas corporativas en redes sociales deben tener autorización escrita de cada empleado. La Dirección del Trabajo (DT) ha emitido orientaciones indicando que el consentimiento del empleado para el uso de su imagen debe ser voluntario y separado del contrato de trabajo — no puede incluirse en el contrato de trabajo como condición de empleo.
Contextos educativos y académicos: Las universidades, colegios y establecimientos educacionales que fotografían o filman a estudiantes para folletos institucionales, sitios web, redes sociales o publicaciones académicas requieren autorización parental para menores (menores de 18 años) y consentimiento individual de estudiantes adultos. Las directrices del Ministerio de Educación (MINEDUC) para comunicaciones escolares enfatizan la importancia del consentimiento explícito de imagen.
Medios de comunicación, periodismo y noticias: Si bien el Artículo 9 de la Ley 19.628 reconoce una excepción para la actividad periodística y la información de interés público, los usos comerciales o editoriales de fotografías más allá del contexto periodístico requieren autorización. Los medios deportivos, el periodismo de entretenimiento y las publicaciones de estilo de vida deben obtener autorizaciones de modelo para fotografías de reportajes.
Redes sociales y contenido de influencers: Los creadores de contenido, influencers y agencias de redes sociales que trabajan con personas identificables en contenido patrocinado deben obtener autorización escrita bajo la Ley 19.628 y el marco de la Ley 21.719. La Agencia de Protección de Datos Personales monitorea las plataformas digitales por el tratamiento no autorizado de imágenes personales.
Qué incluir en tu Autorización de Uso de Imagen Chile (Derecho a la Imagen)
Una Autorización de Uso de Imagen válida en Chile bajo el Artículo 4 de la Ley 19.628, el Artículo 19 N.° 4 de la Constitución Política y el marco de la Ley 21.719 de 2024 debe incluir los siguientes elementos esenciales:
Identificación del autorizante: Nombre legal completo, RUT, nacionalidad y domicilio de la persona cuya imagen se autoriza. Si el sujeto es menor de 18 años, incluir la identificación del padre, madre o tutor legal y su relación con el menor, ya que los menores no pueden otorgar autorizaciones de imagen de forma independiente. Para extranjeros sin RUT, incluir número de pasaporte y nacionalidad.
Identificación del beneficiario: Nombre completo, RUT (o RUT de empresa para entidades), domicilio legal y nombre del representante (para empresas) de la persona, empresa o institución que recibe la autorización para usar la imagen. Bajo la Ley 21.719, esta parte es el 'responsable del tratamiento de datos', quien asume la responsabilidad legal por el cumplimiento de las obligaciones de protección de datos.
Alcance de la autorización de imagen: Descripción precisa de las imágenes cubiertas — fotografías, grabaciones de video, contenido audiovisual, reproducciones digitales, ilustraciones basadas en la semejanza del sujeto. Especificar si la autorización cubre imágenes ya tomadas, sesiones futuras, o ambas. Cuanto más específica sea la descripción, más claros son los límites legales del uso permitido.
Finalidad del uso: Declaración clara de los propósitos para los cuales se utilizará la imagen — campañas publicitarias, comunicaciones corporativas, contenido editorial, redes sociales, materiales educativos, investigación académica, producción documental, cobertura noticiosa u otros. Bajo la Ley 21.719, el principio de finalidad requiere que las imágenes solo se utilicen para los propósitos declarados — el uso para otros propósitos requiere una autorización nueva o actualizada.
Canales de distribución: Especificación de los medios a través de los cuales se publicará o distribuirá la imagen — televisión, medios impresos (El Mercurio, La Tercera, revistas), plataformas digitales (Instagram, Facebook, LinkedIn, YouTube, TikTok), sitios web corporativos, vallas publicitarias, comunicaciones corporativas internas, publicaciones académicas u otros. La especificación del canal limita el alcance de la distribución permitida.
Ámbito geográfico: Si la autorización se limita a Chile, cubre América Latina, o es a nivel mundial. El uso comercial de imágenes en mercados extranjeros requiere autorización geográfica expresa bajo la Ley 21.719.
Vigencia de la autorización: El período durante el cual la parte autorizada puede usar la imagen — desde una fecha específica hasta otra, durante la duración de una campaña, por un número determinado de meses o años, o indefinidamente. Bajo la Ley 21.719, las autorizaciones indefinidas deben reconsiderarse a la luz del principio de minimización de datos; un plazo definido es la mejor práctica.
Contraprestación económica: Si la autorización se otorga a título gratuito o a cambio de un pago o beneficio específico. Si hay pago, incluir el monto, condiciones de pago y moneda (pesos chilenos — CLP). Las autorizaciones profesionales de modelos típicamente incluyen contraprestación económica.
Derecho de revocación: Cláusula que confirma el derecho del autorizante a revocar el consentimiento en cualquier momento bajo el actualizado derecho de revocación del consentimiento de la Ley 21.719, y el proceso para hacerlo — notificación escrita al responsable del tratamiento, quien está obligado a cesar el uso de la imagen dentro de un plazo especificado tras recibir el aviso de revocación.
Forms-legal.com ofrece este modelo de Autorización de Uso de Imagen Chile como documento de referencia práctico para personas, empresas y creadores de contenido. Para campañas comerciales, la autorización debe ser revisada por un abogado con experiencia en propiedad intelectual y derecho de protección de datos para garantizar el cumplimiento del marco de la Ley 21.719 y los estándares publicitarios aplicables del CONAR. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 19.628AR official
- Ley 21.719AR official
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Forms Legal. (2026). Autorización de Uso de Imagen Chile (Derecho a la Imagen) (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/personal/consent/autorizacion-uso-imagen-chile
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}Preguntas Frecuentes
No, no para propósitos comerciales o de distribución privada. El Artículo 19 N.° 4 de la Constitución Política protege el derecho de toda persona a la intimidad y honra, que la Corte Suprema de Chile ha interpretado como incluido el derecho a controlar el uso de la propia imagen. El Artículo 4 de la Ley 19.628 además requiere consentimiento escrito expreso para el tratamiento de datos personales — incluidas fotografías y videos identificables. El uso comercial no autorizado de la imagen de una persona puede ser impugnado mediante el recurso de protección del Artículo 20 de la Constitución ante una Corte de Apelaciones, reclamaciones de responsabilidad civil bajo los Artículos 2314–2332 del Código Civil, y denuncias ante la Agencia de Protección de Datos Personales bajo la Ley 21.719 de 2024. Existen excepciones limitadas para la cobertura periodística de eventos de interés público (Artículo 9 de la Ley 19.628) e imágenes tomadas en espacios públicos en contextos donde no se espera razonablemente privacidad.
Una autorización de uso de imagen en Chile expira en la fecha indicada en el propio documento. Bajo la Ley 21.719 de 2024 — la ley de protección de datos actualizada de Chile — las autorizaciones indefinidas deben reconsiderarse a la luz de los principios de minimización de datos y limitación del almacenamiento. La mejor práctica es establecer una fecha de vencimiento específica alineada con el uso previsto (por ejemplo, duración de una campaña publicitaria, un año escolar, una película o evento específico). La autorización puede revocarse en cualquier momento antes de su vencimiento bajo el derecho de revocación de la Ley 21.719 — el autorizante notifica al responsable del tratamiento por escrito, y el responsable debe cesar el uso de la imagen en un plazo razonable. Después del vencimiento o la revocación, el responsable del tratamiento debe eliminar o anonimizar las imágenes, a menos que la retención esté justificada por otra base legal.
Para menores de 18 años en Chile, se recomienda como buena práctica el consentimiento parental y — para adolescentes mayores — el asentimiento propio del menor. Legalmente, el padre, madre o tutor legal que ejerce la patria potestad bajo el Artículo 222 del Código Civil debe firmar la autorización de imagen en nombre del menor. Para padres separados, el padre o madre con cuidado personal (tuición) tiene autoridad primaria. Para eventos o campañas donde los menores se destacan prominentemente — redes sociales escolares, campañas publicitarias con niños, películas documentales — se recomienda enfáticamente el consentimiento de ambos padres para evitar disputas posteriores. Bajo la Ley 21.719 de 2024, se aplican protecciones especiales a los datos de niños, y los usos comerciales de imágenes de menores enfrentan un escrutinio elevado de la Agencia de Protección de Datos Personales.
La autorización de imagen y el derecho de autor abordan derechos diferentes. La autorización de imagen (Derecho a la Propia Imagen) trata el derecho de la personalidad de la persona que aparece en la imagen — su derecho a controlar cómo se utiliza su semejanza, derivado del derecho constitucional a la intimidad y honra (Artículo 19 N.° 4 de la Constitución) y la Ley 19.628. El derecho de autor — regulado por la Ley 17.336 (Ley sobre Propiedad Intelectual) administrada por el Departamento de Derechos Intelectuales (DDI) de la Biblioteca Nacional de Chile — protege el trabajo creativo del fotógrafo o cineasta que crea la imagen. Una fotografía puede tener tanto un titular del derecho de imagen (la persona fotografiada) como un titular del derecho de autor (el fotógrafo). El uso comercial de una fotografía requiere ambos: una licencia del fotógrafo (derecho de autor) y una autorización del sujeto (derecho de imagen). Ningún derecho incluye automáticamente al otro.
Sí, bajo la Ley 21.719 de 2024, la persona cuya imagen fue autorizada (el titular de los datos) tiene derecho a revocar el consentimiento en cualquier momento. La revocación debe comunicarse por escrito al responsable del tratamiento (la empresa o persona que usa la imagen). Tras recibir la notificación de revocación, el responsable del tratamiento debe cesar el uso de la imagen y eliminar o anonimizar los datos relevantes en un plazo razonable. Sin embargo, el responsable del tratamiento puede conservar evidencia del consentimiento original y la revocación para fines de cumplimiento legal. La revocación no invalida retroactivamente los usos que ocurrieron lícitamente mientras el consentimiento era válido. Si la autorización original incluía contraprestación económica (un contrato pagado), la revocación puede tener consecuencias contractuales — la parte puede deber compensación por cancelar el período de uso acordado. Por esta razón, los contratos con contraprestación económica deben incluir cláusulas específicas sobre las consecuencias de la revocación anticipada.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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