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Recibo de Arras Chile

Earnest Money Receipt Chile (Recibo de Arras)

Código Civil Arts. 1803–1805

RECIBO DE ARRAS / EARNEST MONEY RECEIPT

Código Civil Arts. 1803–1805

[Signature Place], [Signature Date]

I. PARTES / PARTIES

RECEPTOR (VENDEDOR) / RECIPIENT (SELLER): [Recipient Name], RUT [Recipient RUT], domiciliado en [Recipient Address], representado por [Recipient Representative] (el «Receptor»).

PAGADOR (COMPRADOR) / PAYER (BUYER): [Payer Name], RUT [Payer RUT], cédula de identidad N° [Payer ID], domiciliado en [Payer Address] (el «Pagador»).

II. OPERACIÓN PRINCIPAL / MAIN TRANSACTION

1

Las partes han acordado celebrar el siguiente contrato principal: [Transaction Type]. Objeto: [Transaction Description]. Precio total pactado: [Total Price].

III. RECIBO Y CONDICIONES DE LAS ARRAS / RECEIPT AND ARRAS TERMS

2

El Receptor declara haber recibido del Pagador la suma de [Arras Amount] ([Arras Amount Words]) en [Arras Currency] mediante [Payment Method] (referencia: [Payment Reference]), en concepto de arras conforme a los Arts. 1803–1805 del Código Civil.

3

Tipo de arras: [Arras Type]. Las arras entregadas tienen el carácter descrito, con las consecuencias legales establecidas en los Arts. 1803–1804 del Código Civil.

IV. PLAZOS Y CONDICIONES / DEADLINES AND CONDITIONS

5

Las partes se obligan a otorgar el contrato principal a más tardar el [Main Contract Deadline]. El derecho de retractación caduca al otorgarse el contrato principal o al vencer el plazo indicado sin que ninguna parte se haya retractado (Art. 1804 del Código Civil).

6

Imputación de arras: [Arras Application]. Las arras serán aplicadas al precio total pactado al momento de otorgarse el contrato principal definitivo, o se devolverán al Pagador en caso de no realizarse la operación por causas no imputables a ninguna de las partes.

7

Protocolización ante Notario: [Notarized]. La protocolización como escritura pública otorga a este instrumento el carácter de título ejecutivo conforme al Art. 434 N° 2 del Código de Procedimiento Civil.

Recipient / Seller (Receptor / Vendedor)

[Recipient Name]

Signature

Date: ________________

Payer / Buyer (Pagador / Comprador)

[Payer Name]

Signature

Date: ________________

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Recibo de Arras Chile

El Recibo de Arras en Chile es el documento que acredita el pago o la entrega que en él se reseña. Se rige por Código Civil Arts. 1803–1805 (Arras).

El marco legal de las arras en Chile lo establecen los Arts. 1803–1805 del Código Civil. El Art. 1803 establece la regla fundamental: si se entregan arras en señal de celebración del contrato o como garantía de su cumplimiento, el contrato se entiende perfeccionado — pero cualquiera de las partes puede retractarse dentro del plazo acordado, perdiendo las arras quien las dio o restituyendo el duplo quien las recibió. El Art. 1804 dispone que si las partes no han fijado un plazo de retractación, el derecho a retractarse cesa cuando el contrato se ha cumplido íntegramente o cuando se han completado todas las formalidades previas. El Art. 1805 establece que si las arras son en dinero u otra cosa fungible y no se ha acordado plazo de retractación, la parte que se retractó debe pagar a la otra un monto igual a las arras — además de perderlas o devolverlas dobladas.

En las transacciones inmobiliarias chilenas, las arras operan como arras penitenciales — el monto de pago que funciona como pena convencional pre-liquidada de mutuo acuerdo por retiro. La práctica del sector inmobiliario — regulada en parte por las directrices de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) — estandariza pagos de arras de entre el 5% y el 10% del precio de venta acordado para propiedades residenciales. El SII grava la venta final de bienes raíces bajo el régimen de IVA (Decreto Ley N° 825) cuando el vendedor es vendedor habitual — el pago de arras recibido por un vendedor habitual genera una obligación provisional de IVA que se descuenta del IVA final de la compraventa cuando ésta se perfecciona ante Notario Público y se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces.

Cuándo necesitas Recibo de Arras Chile

El Recibo de Arras Chile se necesita siempre que un comprador entregue arras a un vendedor como parte de una promesa de compraventa u otro contrato preliminar, y las partes requieran documentación escrita del pago, las reglas de pérdida/devolución y el plazo de retractación.

El documento es esencial en transacciones inmobiliarias residenciales donde un comprador desea asegurar la adquisición de una propiedad — casa, departamento o sitio — mientras las partes completan la diligencia debida, gestionan financiamiento (crédito hipotecario de bancos regulados por la CMF como BancoEstado, Banco de Chile, Banco Santander Chile o BCI) y preparan la escritura de compraventa final para otorgamiento ante Notario Público e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. La promesa de compraventa se rige por el Art. 1554 del Código Civil, que exige que conste por escrito.

El Recibo de Arras se necesita en transacciones inmobiliarias comerciales — compra de oficinas, bodegas, locales comerciales o terrenos industriales — donde las partes suscriben un precontrato y el comprador paga arras mientras negocia los términos finales de la escritura de compraventa. Las transacciones inmobiliarias comerciales en Chile frecuentemente se estructuran con porcentajes de arras mayores (10%–20% del precio de compra).

El documento es necesario en transacciones de compraventa de vehículos motorizados inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, donde el comprador paga señal de reserva (arras) mientras el vendedor completa la documentación de transferencia y el comprador gestiona financiamiento. Los contratos de servicios de alto valor — proyectos de arquitectura, obras de construcción, manufactura a medida — frecuentemente usan arras para confirmar el contrato y establecer penalidades de cancelación bajo los Arts. 1803–1805 del Código Civil.

Qué incluir en tu Recibo de Arras Chile

Un Recibo de Arras válido en Chile bajo los Arts. 1803–1805 del Código Civil debe contener los siguientes elementos para ser ejecutable y establecer claramente los derechos y obligaciones de ambas partes ante la retractación o incumplimiento.

Identificación de las Partes: Nombre legal completo, RUT (Rol Único Tributario asignado por el SII), número de cédula de identidad y domicilio del pagador (comprador) y del receptor (vendedor). Para personas jurídicas — SA bajo la Ley 18.046, SpA bajo los Arts. 424–446 del Código de Comercio, o SRL bajo la Ley 3.918 — deben indicarse la razón social, el RUT y el nombre y calidad del representante firmante.

Descripción del Contrato Principal: Descripción clara de la transacción principal por la que se pagan las arras — la propiedad que se compra (con dirección completa, número de rol de avalúo del SII y número de folio real del Conservador de Bienes Raíces), el vehículo que se vende (marca, modelo, año, patente, número de motor), o el servicio contratado. La referencia a la promesa de compraventa subyacente bajo el Art. 1554 del Código Civil, si corresponde, vincula claramente el Recibo de Arras al contrato principal.

Monto de las Arras: El monto exacto pagado como arras en Pesos Chilenos (CLP) o Unidades de Fomento (UF), en cifras y en palabras. Si es en UF, debe indicarse el equivalente en CLP al valor oficial de la UF del Banco Central de Chile a la fecha de pago. El monto de arras debe expresarse como porcentaje del precio total de la transacción.

Precio Total de la Transacción: El precio pactado para el contrato principal en CLP o UF. El monto de arras como porcentaje del precio total determina si el mecanismo de pérdida/devolución doble es comercialmente proporcional — la Corte Suprema de Chile ha avalado que las arras que representan el 10% del precio de compra son una pena convencional razonable para transacciones inmobiliarias bajo el Art. 1535 del Código Civil.

Tipo de Arras: Declaración expresa de si las arras son: (1) arras confirmatorias (en señal de la celebración del contrato bajo el Art. 1803 primera parte) — indicando que el contrato principal ya ha sido celebrado; o (2) arras penitenciales (como penalidad de retractación bajo el Art. 1803 segunda parte) — indicando que cualquiera de las partes puede retractarse en los términos especificados, perdiendo las arras el pagador o devolviendo el doble el receptor. La distinción debe ser explícita.

Plazo de Retractación: El plazo acordado dentro del cual cualquiera de las partes puede retractarse. Para transacciones inmobiliarias, el plazo de retractación está típicamente vinculado al otorgamiento de la escritura de compraventa final ante Notario Público.

Reglas de Pérdida y Devolución Doble: Declaración expresa de las consecuencias de la retractación — si el comprador se retracta, pierde las arras; si el vendedor se retracta, debe devolver el doble al comprador. Esta obligación de devolución doble bajo el Art. 1803 debe declararse claramente.

Imputación al Precio: Si las arras se imputarán al precio de compra al perfeccionarse el contrato principal. La práctica inmobiliaria chilena estándar es que las arras sean imputadas al precio — el pago de arras del comprador se acredita contra el precio total de compra al firma de la escritura de compraventa.

forms-legal.com proporciona este modelo de Recibo de Arras Chile como documento de referencia para compradores y vendedores inmobiliarios, compradores de vehículos y partes en contratos de servicios de alto valor. Para transacciones inmobiliarias, ambas partes deben contar con un abogado habilitado y un notario público para asegurar el cumplimiento de los requisitos del Art. 1554 del Código Civil para la promesa de compraventa y las obligaciones de IVA aplicables a vendedores habituales.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 18.046AR official

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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