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Declaración de Capacidad Restringida

Declaración de Capacidad Restringida

Encabezado

DECLARACIÓN DE CAPACIDAD RESTRINGIDA

En [Ciudad Declaracion], a los [Fecha Declaracion], se labra la presente Declaración de Capacidad Restringida conforme a los Artículos 31 a 50 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994) y la Ley 26.657 de Salud Mental.

Datos Personales

I — DATOS PERSONALES DE LA PERSONA CON CAPACIDAD RESTRINGIDA

Nombre completo: [Nombre Persona] | DNI N°: [Dni Persona] | CUIL: [Cuil Persona] | Fecha de nacimiento: [Fecha Nacimiento Persona] | Domicilio actual: [Domicilio Persona].

Sentencia Judicial

II — DATOS DE LA SENTENCIA JUDICIAL

Expediente N°: [Numero Expediente] | Juzgado emisor: [Juzgado Emisor] | Fecha de sentencia: [Fecha Sentencia] | Fecha de inscripción en RECyCP: [Fecha Inscripcion] | Número de inscripción registral: [Numero Inscripcion] | Próxima revisión judicial (CCyC Art. 40): [Proxima Revision].

Alcance de la Restricción

III — ALCANCE DE LA RESTRICCIÓN DE CAPACIDAD

Conforme a la sentencia del [Fecha Sentencia] dictada por el [Juzgado Emisor], se limita la capacidad de [Nombre Persona] para los siguientes actos jurídicos específicos, para los cuales se requiere la asistencia del apoyo designado:

ACTOS RESTRINGIDOS: [Actos Restringidos].

Para los demás actos no incluidos en la enumeración precedente, [Nombre Persona] conserva plena capacidad jurídica conforme al principio general del CCyC Art. 31. A título orientativo, la persona puede realizar por sí sola los siguientes actos: [Actos No Restringidos].

Apoyo Designado

IV — APOYO DESIGNADO (CCyC ART. 43)

La sentencia designó como apoyo a: [Nombre Apoyo], en carácter de [Relacion Apoyo], DNI/CUIT N°: [Dni Apoyo], domiciliado/a en: [Domicilio Apoyo].

El apoyo actúa en función de asistencia para los actos jurídicos restringidos enunciados en el apartado III, promoviendo la autonomía de [Nombre Persona] y respetando su voluntad y preferencias conforme al CCyC Art. 43 y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 26.378).

Advertencia Legal

V — ADVERTENCIA LEGAL

La presente Declaración es un instrumento informativo que resume el contenido de la sentencia judicial y su inscripción registral. No sustituye a la sentencia judicial firme ni al certificado de inscripción en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas. Ante cualquier duda sobre el alcance de la restricción, debe consultarse el expediente N° [Numero Expediente] ante el [Juzgado Emisor] o el certificado registral actualizado del RECyCP.

La restricción de capacidad será revisada por el juzgado competente con posterioridad al [Proxima Revision], conforme al CCyC Art. 40. Los terceros que contraten con [Nombre Persona] o que deban verificar su capacidad jurídica están obligados a consultar la vigencia de esta Declaración y el certificado registral actualizado antes de celebrar actos incluidos entre los restringidos.

Persona con Capacidad Restringida

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Signature

Apoyo Designado

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Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Declaración de Capacidad Restringida

La Declaración de Capacidad Restringida en Argentina es el documento con el que se deja constancia formal y se acredita una situación de hecho o de derecho ante terceros u organismos públicos, conforme a CCyC Arts. 31–50 (Ley 26.994); Ley 26.657 (Salud Mental).

El CCyC introdujo un cambio paradigmático respecto del régimen anterior del Código Civil de Vélez Sársfield (Ley 340): eliminó la declaración de demencia y la interdicción plena como medidas únicas, reemplazándolas por un sistema graduado y personalizado de restricciones. El Artículo 32 del CCyC establece que el juez puede restringir la capacidad para determinados actos de una persona mayor de trece años que padece una adicción o una alteración mental permanente o prolongada, de suficiente gravedad, siempre que estime que del ejercicio de su plena capacidad puede resultar un daño a su persona o a sus bienes. La sentencia individualiza los actos que se limitan (no la persona en su conjunto) y designa el apoyo necesario para esos actos específicos.

El sistema de apoyos del CCyC Art. 43 es el mecanismo central de la capacidad restringida: el apoyo puede ser una persona de confianza de la persona con restricción (familiar, amigo, profesional de la salud mental), una entidad sin fines de lucro, o el curador como figura residual cuando no existe apoyo idóneo disponible. El apoyo actúa como asistente — no como representante sustituto de la voluntad — para los actos específicamente indicados en la sentencia, promoviendo la autonomía de la persona y respetando sus preferencias y decisiones en la mayor medida posible, conforme a los principios de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD, aprobada por Argentina mediante Ley 26.378 y elevada a rango constitucional por el Art. 75 inc. 22 CN).

La Declaración de Capacidad Restringida se diferencia de la incapacidad declarada (CCyC Art. 32, último párrafo): esta última es una medida excepcional reservada para casos extremos en que la persona no puede interaccionar con su entorno, y conlleva la designación de un curador que actúa como representante legal sustituto. La capacidad restringida, en cambio, mantiene la personalidad jurídica plena de la persona y solo limita actos específicos, siendo la medida preferida por la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad y por la Ley Nacional de Salud Mental N.° 26.657.

La sentencia de restricción de capacidad debe inscribirse en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas (RECyCP) de la jurisdicción correspondiente, organismo dependiente de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) a nivel federal. En CABA, el Registro Civil interviene en la inscripción. La anotación marginal en la partida de nacimiento de la persona y en el Registro de Capacidad Jurídica publicita la restricción frente a terceros (CCyC Art. 39). Los bancos, escribanos, registros de la propiedad y demás organismos públicos consultan este registro antes de celebrar actos jurídicos con la persona.

La Declaración que se documenta aquí refleja el contenido de la sentencia judicial firme y sirve como instrumento de información ante organismos públicos (ANSES, AFIP-ARCA, bancos, Registro de la Propiedad Inmueble), ante notarios públicos que deben calificar la capacidad del otorgante en escrituras públicas (CCyC Art. 295), y ante terceros en general. No sustituye a la sentencia judicial ni a su inscripción registral, sino que sintetiza su contenido de manera accesible.

El Artículo 37 del CCyC establece que la sentencia de restricción de capacidad debe indicar la extensión y alcance de la restricción y especificar las funciones y actos que se limitan. El Artículo 40 del CCyC prevé la revisión periódica de la sentencia — al menos cada tres años — y la posibilidad de que la restricción sea ampliada, limitada o dejada sin efecto a medida que evolucione la situación de la persona. La Declaración de Capacidad Restringida debe actualizarse cada vez que la sentencia sea revisada y modificada por el juez competente.

En el ámbito de la salud mental, la Ley 26.657 (Ley Nacional de Salud Mental, 2010) establece los principios que rigen las internaciones psiquiátricas voluntarias e involuntarias y los derechos de las personas con padecimientos mentales. La Resolución 2177/2019 del Ministerio de Salud de la Nación regula los estándares de calidad para las instituciones de salud mental. El Centro de Salud Mental N.° 3 Dr. Arturo Ameghino de CABA y los Hospitales Neuropsiquiátricos (como el Hospital Borda y el Hospital Moyano en CABA) son referencias en el sistema público de salud mental que pueden intervenir en los procesos de evaluación pericial requeridos en los juicios de restricción de capacidad.

La confección de la Declaración de Capacidad Restringida debe realizarse con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia y capacidades jurídicas, quien verificará que el contenido coincida exactamente con la sentencia judicial inscripta en el RECyCP y que no se omitan actos restringidos que pudieran generar nulidad de actos jurídicos posteriores.

Cuándo necesitas Declaración de Capacidad Restringida

La Declaración de Capacidad Restringida en Argentina se necesita en todas las situaciones en que la persona con restricción judicial de capacidad —o sus familiares, apoyos o representantes legales— debe acreditar ante un organismo público o privado el alcance exacto de los actos que puede o no puede realizar por sí sola.

La primera y más frecuente situación es la gestión bancaria y financiera. Los bancos y entidades financieras reguladas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) están obligados a consultar el RECyCP antes de abrir cuentas, otorgar créditos, recibir depósitos a plazo o aceptar disposiciones de fondos por parte de personas cuya capacidad puede estar restringida. La Declaración de Capacidad Restringida, junto con la sentencia judicial, permite al banco conocer exactamente si la persona puede operar sola o requiere la asistencia del apoyo para cada operación.

La segunda situación es la celebración de escrituras públicas ante notario (escribano público). El CCyC Art. 295 impone al escribano el deber de verificar la capacidad del otorgante. Ante la duda, el escribano debe abstenerse de extender la escritura. La Declaración de Capacidad Restringida permite al escribano calificar correctamente la capacidad del otorgante y determinar si el apoyo debe comparecer para prestar asistencia al acto (compraventa de inmueble, constitución de hipoteca, donación, testamento, poderes notariales).

La tercera situación es el ejercicio de derechos laborales y previsionales ante ANSES. Las personas con capacidad restringida pueden ser titulares de prestaciones por discapacidad, pensiones no contributivas o jubilaciones ordinarias administradas por ANSES. Para gestionar estas prestaciones —cobro de haberes, solicitud de préstamos, modificación de datos— puede requerirse la presentación de la Declaración junto con la sentencia judicial para que ANSES determine si la persona actúa por sí o con asistencia del apoyo.

La cuarta situación es la acreditación ante organismos de salud para la toma de decisiones médicas. La Ley 26.529 (Derechos del Paciente, 2009) establece que toda persona tiene derecho a tomar decisiones sobre su salud. En personas con capacidad restringida, el alcance de este derecho depende de los actos específicamente restringidos por la sentencia judicial: si la restricción no alcanza a los actos médicos, la persona puede dar su consentimiento informado autónomamente; si los actos médicos están restringidos, el apoyo debe intervenir. La Declaración de Capacidad Restringida clarifica esta distinción ante médicos, hospitales y obras sociales.

La quinta situación es el ejercicio del sufragio. La Ley 27.044 (2014) incorporó a la Constitución Nacional la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La sentencia de restricción de capacidad no implica automáticamente la privación del derecho al voto (CCyC Art. 12 derogado en materia electoral por la Ley 27.119). La Declaración de Capacidad Restringida debe aclarar si la sentencia judicial dispuso o no la privación del derecho de sufragio, conforme a las modificaciones al Código Electoral Nacional introducidas por la Ley 27.119.

Qué incluir en tu Declaración de Capacidad Restringida

Una Declaración de Capacidad Restringida completa y jurídicamente válida en Argentina debe contener los siguientes elementos para cumplir su función informativa y acreditar correctamente el estado jurídico de la persona.

Datos personales de la persona con capacidad restringida: nombre completo tal como figura en el DNI emitido por RENAPER, número de DNI, CUIL (emitido por ANSES), fecha y lugar de nacimiento, domicilio actual. El DNI de personas con discapacidad puede incluir la leyenda de capacidad restringida si fue actualizado tras la inscripción de la sentencia en el RECyCP, conforme al procedimiento del RENAPER.

Datos de la sentencia judicial: número de expediente judicial (juzgado, secretaría, número), fecha de la sentencia, juzgado que la dictó (Juzgado de Familia N°, Juzgado Civil N°, ciudad y provincia), fecha de la inscripción en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas (RECyCP), número de inscripción registral y datos del libro, tomo y folio donde se inscribió la anotación marginal en la partida de nacimiento.

Actos restringidos: enumeración precisa y exhaustiva de los actos jurídicos para los cuales la sentencia judicial limitó la capacidad de la persona. Por ejemplo: 'actos de disposición patrimonial de bienes inmuebles', 'contratación de préstamos y créditos bancarios', 'otorgamiento de poderes', 'celebración de contratos de trabajo', 'disposición de cuentas bancarias'. Solo los actos expresamente mencionados en la sentencia están restringidos; para los demás, la persona mantiene plena capacidad.

Actos no restringidos: para mayor claridad informativa, el instrumento puede también enumerar los actos que la persona puede realizar por sí sola, sin intervención del apoyo. Esto es especialmente útil en contextos bancarios y notariales donde existe tendencia a sobreproteger a la persona con capacidad restringida más allá de lo ordenado judicialmente, vulnerando su autonomía personal reconocida por la CDPD y la Ley 26.657.

Datos del apoyo designado: nombre completo, DNI, domicilio y carácter del apoyo (persona física de confianza, institución, curador). Si el apoyo es persona jurídica (entidad sin fines de lucro), indicar razón social, CUIT y representante legal. El apoyo debe actuar exclusivamente para los actos restringidos y dentro de los límites fijados por la sentencia judicial, sin sustituir la voluntad de la persona.

Vigencia y próxima revisión: la sentencia de capacidad restringida debe ser revisada por el juez al menos cada tres años (CCyC Art. 40). El instrumento debe indicar la fecha de la próxima revisión programada y el estado actual (si la sentencia está vigente, si fue ampliada o reducida en revisiones previas). La Declaración caduca automáticamente cuando el juez dicta una nueva sentencia que modifica el alcance de las restricciones o que las revoca.

Firmas: la Declaración puede ser suscripta por la propia persona con capacidad restringida (dentro de los actos que puede realizar por sí misma), por el apoyo designado, o por ambos. Para mayor validez, puede ser reconocida ante escribano público o presentada al juzgado de familia para su homologación.

En forms-legal.com encontrará el modelo de Declaración de Capacidad Restringida Argentina para documentar esta situación jurídica. Este instrumento debe siempre acompañarse de copia certificada de la sentencia judicial y del certificado de inscripción en el RECyCP para ser oponible a terceros de buena fe. Se recomienda el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia y discapacidad para verificar la correspondencia exacta entre el instrumento y la sentencia judicial vigente.

Cómo completar tu Declaración de Capacidad Restringida

Para completar correctamente la Declaración de Capacidad Restringida en Argentina, siga estos pasos y reúna la documentación indicada.

Paso 1 — Datos personales: ingrese el nombre completo de la persona con capacidad restringida tal como figura en su DNI, el número de DNI en formato XX.XXX.XXX, el CUIL (verificable en www.anses.gob.ar) y el domicilio actual. Si el DNI fue actualizado por RENAPER con la leyenda de capacidad restringida tras la inscripción de la sentencia, indíquelo.

Paso 2 — Datos de la sentencia: tenga a mano la sentencia judicial o el certificado de inscripción registral. Consigne el número de expediente, la fecha de la sentencia, el juzgado emisor y la fecha de inscripción en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas. Si no tiene el certificado de inscripción, puede solicitarlo en el Registro Civil de la jurisdicción donde fue inscripta la sentencia.

Paso 3 — Actos restringidos: transcriba literalmente los actos para los cuales la sentencia limitó la capacidad, tal como figuran en el texto de la sentencia. No interprete ni amplie: solo los actos expresamente mencionados están restringidos. Si tiene dudas sobre el alcance de algún acto, consulte con el abogado que intervino en el proceso o con el juzgado de familia.

Paso 4 — Datos del apoyo: ingrese el nombre completo, DNI y domicilio del apoyo designado por la sentencia. Si el apoyo es una institución, indique la razón social, CUIT y nombre del representante legal habilitado para actuar.

Paso 5 — Vigencia: indique la fecha de la próxima revisión judicial programada (generalmente tres años desde la sentencia o desde la última revisión). Si ya hubo revisiones previas, mencione las modificaciones realizadas.

Paso 6 — Firma y certificación: la Declaración puede ser firmada por la persona y/o por el apoyo. Para presentación ante bancos, escribanos u organismos públicos, se recomienda certificar las firmas ante escribano público o acompañar el instrumento de copia autenticada de la sentencia.

Errores comunes a evitar en tu Declaración de Capacidad Restringida

Los errores más frecuentes al documentar la Capacidad Restringida en Argentina pueden generar nulidades de actos jurídicos o vulneraciones de los derechos de la persona.

Ampliar los actos restringidos más allá de la sentencia: el error más grave es consignar como restringidos actos que la sentencia judicial no limitó. Esto viola el principio de capacidad como regla del CCyC Art. 31 y puede llevar a que la persona sea privada de derechos que jurídicamente conserva. Solo los actos expresamente mencionados en la sentencia están restringidos.

Confundir capacidad restringida con incapacidad declarada: la capacidad restringida (CCyC Art. 32, párrafos 1.° y 2.°) mantiene la personalidad jurídica plena de la persona con restricciones específicas. La incapacidad declarada (CCyC Art. 32, último párrafo) es la medida excepcional que priva a la persona de capacidad general con designación de curador. La Declaración debe identificar correctamente cuál de los dos supuestos se aplica.

No actualizar la Declaración tras la revisión judicial: si el juez modificó el alcance de las restricciones o las revocó en la revisión trienal y la Declaración no fue actualizada, terceros de buena fe pueden rechazar actos que la persona ya puede realizar autónomamente, o admitir actos para los que ahora requiere asistencia. La actualización periódica es obligatoria.

Omitir datos de inscripción registral: una Declaración sin los datos de inscripción en el RECyCP (fecha de inscripción, número de inscripción, juzgado) no acredita que la restricción es oponible a terceros. Los bancos y escribanos suelen requerir certificado registral actualizado, no solo la Declaración privada.

No consultar al abogado del proceso: la Declaración de Capacidad Restringida tiene efectos jurídicos sobre derechos fundamentales de la persona. Su redacción debe contar con el asesoramiento del abogado que intervino en el proceso judicial o, si no está disponible, de un nuevo letrado especializado en derecho de familia y discapacidad que verifique la sentencia vigente.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 26.994AR official
  2. Ley 26.657AR official
  3. Ley 26.378AR official
  4. Ley 26.529AR official
  5. Ley 27.044AR official
  6. Ley 27.119AR official

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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