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Solicitud de Exención Impositiva

Solicitud de Exención Impositiva

Encabezado

SOLICITUD DE EXENCIÓN IMPOSITIVA — AFIP-ARCA

Art. 36 Ley 11.683 (Ley de Procedimiento Tributario) — Resolución General AFIP 2681/2009 — Ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias) — Ley 23.349 (IVA)

Fecha de solicitud: [Fecha Solicitud]

Datos de la Entidad

DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Denominación: [Entidad Nombre]

CUIT: [Cuit]

Domicilio Fiscal: [Domicilio Fiscal]

Tipo de Entidad: [Tipo Entidad]

Organismo de Control y N.° de Inscripción: [Organismo Control]

Objeto de la Solicitud

OBJETO DE LA SOLICITUD

La entidad identificada precedentemente solicita ante AFIP-ARCA el reconocimiento formal de su exención en el siguiente impuesto nacional:

Impuesto: [Impuesto Exencion]

Fundamento Legal: [Fundamento Legal]

Ejercicios Fiscales: [Ejercicios Fiscales]

Descripción de las actividades de la entidad: [Actividades Exentas]

Documentación Adjunta

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA

Se adjunta a la presente solicitud la siguiente documentación conforme a la Resolución General AFIP 2681/2009:

[Documentacion Adjunta]

Declaración Jurada y Firma

DECLARACIÓN JURADA Y FIRMA

El suscripto, en su carácter de representante legal de la entidad, declara bajo juramento que: (a) los datos consignados en la presente solicitud son exactos y completos; (b) la documentación adjunta es auténtica; (c) la entidad no distribuye sus ganancias o fondos entre sus integrantes, destinándolos exclusivamente al objeto social para el que fue constituida, conforme al artículo 26 de la Ley 20.628; (d) la entidad mantiene vigente su personería jurídica ante el organismo de control identificado en la presente solicitud.

Entidad: [Entidad Nombre]

CUIT: [Cuit]

Representante Legal: [Representante Legal]

Firma: _________________________

Aclaración y Cargo: _________________________

Sello de la Entidad: _________________________

Representante Legal

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Solicitud de Exención Impositiva

La Solicitud de Exención Impositiva en Argentina es la petición formal con la que una persona inicia el trámite ante el organismo público competente, conforme a Ley 11.683 Art. 36; AFIP-ARCA.

El fundamento legal principal de la exención en el Impuesto a las Ganancias para las entidades de bien público se encuentra en el artículo 26 de la Ley 20.628 (Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado por Decreto 824/2019), que establece una lista taxativa de entidades exentas: asociaciones civiles y fundaciones con personería jurídica, mutuales bajo la Ley 20.321, cooperativas bajo la Ley 20.337, asociaciones deportivas sin fines de lucro, instituciones religiosas reconocidas por la Secretaría de Culto, partidos políticos reconocidos por la justicia electoral, sindicatos y asociaciones gremiales de trabajadores, colegios y cámaras empresariales, entidades educativas y culturales sin fines de lucro, y otras entidades de bien público que cumplan los requisitos del artículo 26. El artículo 36 de la Ley 11.683 (Ley de Procedimiento Tributario) establece el procedimiento general para la tramitación de las exenciones ante AFIP.

El reconocimiento de la exención impositiva por AFIP-ARCA no es automático: la entidad debe presentar una solicitud formal con la documentación que acredite su encuadramiento en alguna de las categorías del artículo 26 de la Ley 20.628, conforme al procedimiento establecido por la Resolución General AFIP 2681/2009 (y sus modificatorias), que regula específicamente el trámite de reconocimiento de la exención para las entidades sin fines de lucro. AFIP evalúa la solicitud y emite una resolución administrativa reconociendo o denegando la exención.

La exención reconocida por AFIP no libera a la entidad de todas sus obligaciones formales ante el organismo: las entidades exentas en Ganancias deben igualmente presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias (con resultado cero o con detalle de la exención) y los estados contables anuales requeridos por AFIP para el mantenimiento de la exención. El incumplimiento de estas obligaciones formales puede derivar en la revocación de la exención.

La exención en Ganancias no implica automáticamente exención en IVA ni en otros impuestos —cada impuesto tiene su propio régimen de exenciones con fundamento legal y trámite independiente. La situación tributaria completa de una entidad sin fines de lucro debe ser analizada impuesto por impuesto, tanto a nivel nacional (Ganancias, IVA, Bienes Personales, Débitos y Créditos) como provincial (Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos, Impuesto Inmobiliario) y municipal (tasas municipales).

Cuándo necesitas Solicitud de Exención Impositiva

La Solicitud de Exención Impositiva ante AFIP-ARCA en Argentina es necesaria en las siguientes situaciones.

Constitución de una entidad sin fines de lucro: toda asociación civil, fundación, mutual, cooperativa, institución religiosa, partido político o sindicato que obtiene su personería jurídica ante el organismo de control correspondiente (IGJ, INAES, Justicia Electoral, Ministerio de Trabajo) debe tramitar ante AFIP el reconocimiento de la exención en el Impuesto a las Ganancias dentro del primer ejercicio fiscal completo de funcionamiento. Sin el reconocimiento formal de la exención por AFIP, la entidad está técnicamente obligada a tributar Ganancias como si fuera un sujeto alcanzado por el impuesto.

Renovación periódica de la exención: en muchos casos, la resolución de AFIP que reconoce la exención tiene vigencia temporal limitada a uno o dos ejercicios fiscales, tras la cual la entidad debe renovar el reconocimiento presentando los estados contables actualizados. Si la entidad no renueva la exención en término, queda sin cobertura formal y puede ser requerida por AFIP para que tribute el impuesto.

Cambio de objeto social o de actividades de la entidad: cuando una entidad sin fines de lucro amplía o modifica sus actividades —por ejemplo, una asociación cultural que comienza a ofrecer cursos arancelados, o una fundación que inicia actividades de comercialización de productos— debe consultar con AFIP si las nuevas actividades siguen encuadrando en la exención del artículo 26 de la Ley 20.628 o si parte de los ingresos queda gravada por el impuesto.

Entidad que ha tributado sin reconocimiento de exención: una entidad que reúne los requisitos de la exención pero que ha venido tributando el Impuesto a las Ganancias por no haber solicitado el reconocimiento formal de la exención puede tramitar la exención retroactiva y solicitar la devolución o acreditación de los impuestos abonados en los ejercicios no prescriptos (cinco años anteriores, art. 56 Ley 11.683).

Exención en IVA por actividades específicas: cuando una entidad —sea o no exenta en Ganancias— realiza prestaciones de servicios que el artículo 7 de la Ley 23.349 declara exentas en IVA (servicios médicos, servicios educativos, transporte de pasajeros), debe tramitar ante AFIP el reconocimiento de la exención en IVA para poder facturar esas prestaciones sin IVA y evitar ser incorrectamente incluida en el régimen de retenciones del impuesto.

Qué incluir en tu Solicitud de Exención Impositiva

Una Solicitud de Exención Impositiva ante AFIP-ARCA completa debe contener los siguientes elementos para facilitar la evaluación por parte del organismo conforme a la Resolución General AFIP 2681/2009.

Identificación de la entidad solicitante: CUIT de la entidad en formato XX-XXXXXXXX-X, denominación completa (nombre legal de la entidad), domicilio fiscal ante AFIP, tipo de entidad (asociación civil, fundación, mutual, cooperativa, institución religiosa, sindicato, partido político, u otra), nombre y DNI del representante legal que suscribe la solicitud.

Impuesto y fundamento legal de la exención solicitada: identificar el impuesto respecto del cual se solicita la exención (Impuesto a las Ganancias — artículo 26 inc. [X] de la Ley 20.628; IVA — artículo 7 inc. [X] de la Ley 23.349; Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios — Ley 25.413) y el inciso o disposición específica que ampara la exención solicitada.

Personería jurídica: constancia de inscripción de la entidad ante el organismo de control correspondiente: IGJ (CABA), Dirección Provincial de Personas Jurídicas (Provincia de Buenos Aires), organismo provincial equivalente (otras provincias), INAES (cooperativas y mutuales), Justicia Electoral (partidos políticos), Ministerio de Trabajo o autoridad laboral (sindicatos), Secretaría de Culto (instituciones religiosas).

Documentación estatutaria: copia del estatuto o acta constitutiva de la entidad con la constancia de aprobación por el organismo de control, y acta de la asamblea o reunión de socios que designó las autoridades vigentes con las facultades del representante legal que firma la solicitud.

Estados contables: estados de situación patrimonial (balance), estados de resultados, y memoria del último ejercicio fiscal completo, debidamente aprobados por la asamblea o reunión de socios y certificados por contador público matriculado (con dictamen del auditor). AFIP puede requerir los estados de los últimos dos ejercicios.

Declaración jurada de no distribución de utilidades: declaración firmada por el representante legal de que la entidad no distribuye entre sus integrantes las ganancias o fondos obtenidos en el ejercicio de sus actividades, requisito esencial del artículo 26 de la Ley 20.628 para el reconocimiento de la exención.

Forms-legal.com ofrece este formulario como guía de preparación para el trámite de exención impositiva ante AFIP-ARCA. El trámite efectivo debe realizarse en el portal afip.gob.ar con Clave Fiscal del representante legal o de un contador habilitado como representante de la entidad. Consultá también la Solicitud de Certificado de No Retención de IVA (ar-solicitud-certificado-no-retencion-iva) disponible en forms-legal.com para complementar la gestión tributaria de la entidad.

Cómo completar tu Solicitud de Exención Impositiva

Para completar correctamente la Solicitud de Exención Impositiva ante AFIP-ARCA, seguí estos pasos.

Paso 1 — Verificar la personería jurídica y el organismo de control: confirmá que la entidad tiene personería jurídica vigente ante el organismo de control correspondiente a su tipo (IGJ, INAES, Justicia Electoral, Secretaría de Culto, etc.). Sin personería jurídica vigente, AFIP no puede reconocer la exención.

Paso 2 — Identificar el impuesto y el fundamento legal de la exención: determiná con asesoramiento de un contador público si la entidad encuadra en alguna de las categorías del artículo 26 de la Ley 20.628 para la exención en Ganancias, o en el artículo 7 de la Ley 23.349 para la exención en IVA.

Paso 3 — Preparar los estados contables: asegurate de que los estados contables del último ejercicio estén aprobados por la asamblea o reunión de socios y certificados por contador público matriculado. Los estados deben reflejar claramente que la entidad no distribuye utilidades entre sus integrantes y que sus fondos se destinan exclusivamente al objeto social.

Paso 4 — Completar el formulario de esta herramienta: ingresá el CUIT, denominación, tipo de entidad, impuesto solicitado, fundamento legal, datos del representante legal, y detalle de la documentación adjunta.

Paso 5 — Acceder al portal de AFIP y presentar la solicitud: ingresar a afip.gob.ar con Clave Fiscal del representante legal (nivel 3 recomendable), localizar el servicio 'Exenciones — RG 2681' o el equivalente vigente, completar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital (PDF).

Paso 6 — Hacer seguimiento de la solicitud: controlar el estado del trámite en el portal de AFIP. Si AFIP requiere documentación adicional, responder en el plazo indicado para evitar el rechazo de la solicitud por falta de información.

Paso 7 — Conservar la resolución de exención: cuando AFIP emite la resolución de reconocimiento de la exención, guardar el original del acto administrativo. Presentarlo ante los agentes de retención, bancos y organismos que requieran acreditar la exención de la entidad.

Errores comunes a evitar en tu Solicitud de Exención Impositiva

Los errores más frecuentes al tramitar la Exención Impositiva ante AFIP-ARCA en Argentina son los siguientes.

Solicitar la exención sin tener personería jurídica vigente: AFIP no reconoce exenciones a entidades que no tengan personería jurídica otorgada por el organismo de control correspondiente. Iniciar el trámite ante AFIP antes de completar el proceso de otorgamiento de la personería ante la IGJ, INAES u organismo provincial equivalente resulta en el rechazo automático de la solicitud.

No presentar estados contables certificados por contador público: los estados contables de la entidad deben estar debidamente aprobados por la asamblea y certificados (con dictamen de auditoría) por contador público matriculado. Los balances o estados de resultados sin certificación profesional no son aceptados por AFIP como documentación válida para el reconocimiento de la exención.

Distribuir utilidades o fondos entre los integrantes: el requisito fundamental del artículo 26 inciso f de la Ley 20.628 para la exención en Ganancias es que la entidad no distribuya sus ganancias entre los socios o integrantes. Si los estados contables muestran distribución de excedentes —aunque sea bajo la denominación de honorarios excesivos, préstamos no reembolsados, o cualquier otra forma encubierta— AFIP puede rechazar la exención o revocarla retroactivamente.

No renovar la exención en término: muchas entidades obtienen el reconocimiento de la exención para un período determinado y luego no renuevan el trámite cuando vence la vigencia de la resolución. Quedan así sin cobertura formal, expuestas a requerimientos de AFIP por el período sin exención vigente.

Asumir que la exención en Ganancias implica exención en todos los impuestos: es un error frecuente en entidades sin fines de lucro suponer que la exención en Ganancias las libera automáticamente del IVA, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos provincial, o de las tasas municipales. Cada impuesto requiere un análisis y trámite independiente.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 11.683AR official
  2. Ley 20.628AR official
  3. Ley 20.321AR official
  4. Ley 20.337AR official
  5. Ley 23.349AR official
  6. Ley 25.413AR official

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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