Carta de Instrucciones Bancarias
Instrucciones formales al banco conforme al CCyC Art. 1395 y normativa BCRA Com. 'A' 7153
Encabezado
CARTA DE INSTRUCCIONES BANCARIAS
Conforme al CCyC Art. 1395 y normativa BCRA Comunicación 'A' 7153
[Lugar Firma], [Fecha Firma]
Destinatario
SEÑORES
[Banco Nombre]
[Banco Sucursal]
Presente / Ciudad.
Datos de la Cuenta
REF.: INSTRUCCIÓN BANCARIA — CUENTA N.º [Numero Cuenta Titular]
Titular de la cuenta: [Titular Nombre] | CUIT [Titular C U I T]
Domicilio: [Titular Domicilio]
Tipo de cuenta: [Tipo Cuenta]
Representante / Firmante: [Representante Firmante]
Instrucción
INSTRUCCIÓN BANCARIA
Por medio de la presente, el titular de la cuenta individualizada, con domicilio constituido en [Titular Domicilio], instruye formalmente a [Banco Nombre] para que ejecute la siguiente operación con cargo a la cuenta indicada:
Tipo de operación: [Tipo Instruccion]
Descripción detallada: [Descripcion Instruccion]
Monto: [Monto Instruccion]
Fecha de ejecución solicitada: [Fecha Ejecucion]
Vigencia de la instrucción: [Vigencia Instruccion]
Datos del Beneficiario
DATOS DEL BENEFICIARIO / DESTINATARIO
Nombre del beneficiario: [Beneficiario Nombre]
CBU del beneficiario (transferencias nacionales): [Cbu Beneficiario]
Código SWIFT/BIC (transferencias al exterior): [Swift Beneficiario]
IBAN o número de cuenta del beneficiario extranjero: [Iban Beneficiario]
Causal de la transferencia al exterior (BCRA): [Causal Transferencia Exterior]
Declaraciones
DECLARACIONES DEL TITULAR
Declaración de causa lícita y cumplimiento normativo: [Declaracion Licitud]
El titular declara bajo juramento que la presente instrucción tiene causa lícita y verificable, cumple con las normas cambiarias del BCRA vigentes (Comunicación 'A' 7340 y concordantes), con las obligaciones tributarias de AFIP, y con las normas de prevención del lavado de activos de la UIF bajo la Ley N.º 25.246. El titular asume la responsabilidad por la veracidad de los datos proporcionados y por la legalidad de la operación instruida.
El banco queda eximido de responsabilidad por la ejecución de la presente instrucción en los términos exactos aquí indicados, salvo negligencia grave o dolo de la entidad.
Forma de presentación y autenticación: [Forma Certificacion]
Firma
FIRMA DEL TITULAR
Sin otro particular, saluda atentamente.
________________________
[Titular Nombre]
CUIT: [Titular C U I T]
Cuenta N.º: [Numero Cuenta Titular]
Representante / Firmante: [Representante Firmante]
Titular de la cuenta
________________
Signature
Qué es Carta de Instrucciones Bancarias
La Carta de Instrucciones Bancarias en Argentina es la comunicación formal y fehaciente con la que el emisor notifica, intima o reclama de modo que quede prueba documentada, conforme a Código Civil y Comercial de la Nación Art. 1395; BCRA Comunicación 'A' 7153; Ley N.º 21.526.
El artículo 1395 del CCyC regula el contrato de depósito bancario, estableciendo los derechos del depositante a disponer de sus fondos. El artículo 1396 del CCyC define el depósito en cuenta corriente bancaria como aquel en el que el depositante puede disponer en cualquier momento de los fondos mediante el libramiento de cheques u otros medios de pago habilitados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). El artículo 1403 del CCyC establece las normas supletorias aplicables al contrato de cuenta corriente bancaria, remitiendo a las reglamentaciones del BCRA para los aspectos operativos.
El BCRA regula el funcionamiento de las cuentas bancarias en Argentina mediante su reglamentación sobre cuenta corriente bancaria (Comunicación 'A' 7153 y concordantes), que establece los requisitos para la apertura, operación, y cierre de cuentas corrientes y cajas de ahorro en entidades financieras autorizadas bajo la Ley N.º 21.526 (Ley de Entidades Financieras). La Comunicación BCRA 'A' 7353 sobre transparencia en las relaciones con los usuarios de servicios financieros establece los derechos de los clientes bancarios, incluyendo el derecho a recibir información clara sobre las condiciones de ejecución de sus instrucciones bancarias.
En el mercado financiero argentino, la carta de instrucciones bancarias es de uso frecuente en contextos de alta complejidad operativa: empresas con múltiples cuentas en distintos bancos que realizan operaciones de centralización de tesorería (cash pooling), empresas exportadoras e importadoras que operan con cartas de crédito y cobranzas documentarias bajo las Reglas UCP 600 y URC 522 de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), entidades financieras que estructuran garantías bancarias (avales, fianzas, cartas de crédito stand-by) a instrucción de sus clientes, y particulares que realizan instrucciones de transferencias significativas que requieren documentación formal ante el banco.
El equipo de forms-legal.com preparó este modelo de Carta de Instrucciones Bancarias para facilitar la comunicación formal con las entidades financieras en Argentina, con las cláusulas necesarias para garantizar su aceptación por el banco y el cumplimiento de las normas del BCRA vigentes.
Cuándo necesitas Carta de Instrucciones Bancarias
La Carta de Instrucciones Bancarias en Argentina se necesita en todas las situaciones donde el titular de una cuenta bancaria requiere comunicar instrucciones formales y vinculantes a su banco, especialmente cuando las instrucciones involucran montos significativos, operaciones en moneda extranjera, o compromisos con terceros.
Cuando una empresa necesita instruir a su banco para la realización de transferencias internacionales (SWIFT) a proveedores del exterior: las normas cambiarias del BCRA exigen que las transferencias al exterior estén respaldadas por documentación de la causa (factura de importación, contrato de servicio, declaración de dividendos) y que se imparta la instrucción formal al banco para acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) conforme a la Comunicación BCRA 'A' 7340 y concordantes.
Cuando una empresa necesita constituir o cancelar plazos fijos corporativos de importes significativos y requiere que el banco ejecute la operación en términos específicos (monto exacto, plazo, tipo de tasa, renovación automática o no, CBU de acreditación al vencimiento): la carta de instrucciones garantiza que el banco ejecute la operación exactamente en los términos requeridos por el área de tesorería.
Cuando una persona física o jurídica necesita instruir al banco para el pago de una deuda a un tercero con cargo a su cuenta (instrucción de pago por cuenta y orden): el banco ejecuta el pago en nombre del titular conforme a las instrucciones recibidas, actuando como mandatario del titular para el pago específico.
Cuando una empresa solicita a su banco la emisión de una garantía bancaria (aval, carta de crédito stand-by, fianza bancaria) a favor de un tercero beneficiario (organismo público, proveedor extranjero, acreedor): la carta de instrucciones define los términos exactos del instrumento de garantía que el banco debe emitir, incluyendo el beneficiario, el monto garantizado, el plazo de vigencia, y las condiciones de ejecución.
Cuando una empresa en proceso de reestructuración de deuda necesita instruir al banco para el débito automático de cuotas de acuerdos de pago con acreedores: la carta de instrucciones de débito automático formaliza el mandato de pago periódico y sirve de respaldo para el acreedor beneficiario del pago.
Cuando el titular de una cuenta fallece y los herederos necesitan instruir al banco para la transferencia de fondos conforme a la declaratoria de herederos o al testamento validado judicialmente: la carta de instrucciones con copia certificada de la resolución judicial es el instrumento que habilita al banco a ejecutar la transferencia a las cuentas de los herederos.
Cuando una empresa necesita revocar instrucciones de débito automático o cancelar mandatos de pago previamente otorgados a terceros: la carta formal de revocación garantiza que el banco registre la instrucción con fecha cierta y cese los débitos desde la fecha indicada.
Qué incluir en tu Carta de Instrucciones Bancarias
Una Carta de Instrucciones Bancarias válida y ejecutable por el banco en Argentina conforme al CCyC Arts. 1395–1403 y las normas del BCRA debe contener los siguientes elementos esenciales.
Identificación del titular de la cuenta: Nombre completo o denominación social, DNI o CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X, número de cuenta bancaria completo (CBU de 22 dígitos o número de cuenta en formato del banco), nombre del banco destinatario, y nombre de la sucursal si corresponde. Para personas jurídicas, el representante firmante debe identificarse con nombre, cargo, y referencia al instrumento que acredita sus facultades (estatuto inscripto en IGJ o DPPJ, poder especial vigente). El banco cotejará la firma del firmante con la registrada en el sistema de poderes y firmas autorizadas de la cuenta.
Descripción precisa de la instrucción: Tipo de operación instruida (transferencia, débito automático, constitución de plazo fijo, emisión de garantía, bloqueo/desbloqueo de operaciones), monto exacto en pesos (ARS) o en la moneda de la operación con el tipo de cambio de referencia si aplica, fecha de ejecución solicitada (inmediata, en fecha determinada DD/MM/AAAA, o a partir de determinada fecha), y todas las condiciones operativas específicas que el banco debe cumplir para ejecutar la instrucción correctamente.
Datos del beneficiario o destinatario (para transferencias y pagos): Nombre completo o denominación social del beneficiario, CBU de 22 dígitos o cuenta IBAN (para transferencias internacionales), código SWIFT/BIC del banco destinatario si es transferencia internacional, causal de la transferencia según las categorías del BCRA (para transferencias al exterior), y documentación de respaldo adjunta (factura, contrato, declaración de dividendos) conforme a las normas cambiarias del BCRA vigentes.
Instrucciones especiales y condiciones: Cualquier condición específica que deba cumplirse antes de ejecutar la instrucción (confirmación de recepción de documentos, autorización de segunda firma, verificación de saldo mínimo), instrucciones de contingencia si no se puede ejecutar en la fecha prevista (instrucción alternativa, notificación al titular, devolución de fondos), y plazo de vigencia de la instrucción si no es de ejecución inmediata.
Declaración de responsabilidad del titular: Cláusula en la que el titular asume la responsabilidad por la veracidad de los datos proporcionados, la legalidad de la operación instruida, y el cumplimiento de las normas tributarias (AFIP), cambiarias (BCRA), y de prevención del lavado de activos (UIF) aplicables a la operación. Esta declaración protege al banco de responsabilidades derivadas de la ejecución de instrucciones legítimas del titular.
Autenticación y fecha: Firma del titular o del representante legal autorizado, fecha y ciudad de suscripción, y —para operaciones de importancia— certificación notarial de la firma ante el Colegio de Escribanos correspondiente. Para instrucciones enviadas por medios electrónicos, la firma digital bajo la Ley N.º 25.506 tiene los mismos efectos que la firma manuscrita. forms-legal.com recomienda siempre conservar una copia con el sello de recepción del banco como prueba fehaciente de que la instrucción fue recibida. Documentos relacionados: ar-acuerdo-apertura-cuenta-corriente para la relación bancaria de base y ar-acuerdo-aval-bancario si la instrucción incluye la emisión de garantías bancarias.
Cómo completar tu Carta de Instrucciones Bancarias
Para completar la Carta de Instrucciones Bancarias en Argentina de manera que el banco la acepte y ejecute sin observaciones, seguí estos pasos detallados.
Paso 1 — Identifica el banco y la cuenta exacta: Ingresá el nombre completo del banco (ej. 'Banco Galicia y Buenos Aires S.A.U.'), la sucursal específica si corresponde, y el número de cuenta completo. Para transferencias, el CBU de 22 dígitos es el identificador universal; verificalo en el resumen de cuenta o en el home banking. Para cuentas en moneda extranjera, ingresá también el número de cuenta en dólares o euros según corresponda.
Paso 2 — Identifica al titular y al firmante con precisión: Para personas físicas, ingresá el nombre completo como figura en el DNI, el número de CUIT/CUIL en formato XX-XXXXXXXX-X, y el número de DNI. Para personas jurídicas, ingresá la denominación social exacta como figura en AFIP e IGJ, el CUIT, y los datos del representante legal con facultades para operar la cuenta (según el estatuto inscripto o el poder registrado en el banco). Verificá que la firma que aparecerá en la carta coincide exactamente con la firma registrada en el banco.
Paso 3 — Describe la instrucción con máximo detalle: No dejes lugar a ambigüedades. Para una transferencia: monto exacto en números y letras, CBU del destinatario, nombre del beneficiario, concepto de la transferencia, y fecha exacta de ejecución. Para un débito automático: monto máximo autorizado, frecuencia (mensual, trimestral), servicio o acreedor beneficiario, y fecha de inicio. Para una garantía bancaria: tipo de garantía, beneficiario con nombre y CUIT, monto garantizado, plazo de vigencia, y condiciones de ejecución (a primera demanda, documental, condicionada).
Paso 4 — Adjuntá la documentación de respaldo si aplica: Para transferencias al exterior, el BCRA exige la documentación que justifica la causal: factura de importación (con validación de AFIP si supera los umbrales), contrato de servicio, declaración de dividendos con aprobación de asamblea, etc. Listá en la carta los documentos adjuntos para que el oficial de cuentas del banco los verifique.
Paso 5 — Especificá el plazo de vigencia de la instrucción: Si la instrucción no es de ejecución inmediata sino que debe ejecutarse en una fecha futura determinada o en forma periódica, especificá con precisión la fecha de inicio y de vencimiento de la instrucción. Las instrucciones sin fecha de vencimiento expresa suelen considerarse vigentes hasta su revocación expresa por el titular.
Paso 6 — Firmá la carta y autenticala: Firmá la carta con la misma firma registrada en el banco. Para instrucciones de alta sensibilidad (transferencias al exterior de importes significativos, emisión de garantías), presentate personalmente en la sucursal con DNI original o llevá la carta con firma certificada notarialmente ante el Colegio de Escribanos de tu jurisdicción.
Paso 7 — Presentá la carta y obtené acuse de recibo: Presentá la carta en la mesa de operaciones de la sucursal (no en la caja) y solicitá un acuse de recibo sellado por el banco con fecha y hora de ingreso. Si la enviás por correo electrónico (si el banco lo admite para el tipo de operación), solicitá confirmación de recepción por el mismo medio y conservá el correo como prueba.
Paso 8 — Realizá seguimiento de la ejecución: El día hábil siguiente a la fecha de ejecución instruida, verificá en el home banking o extracto bancario que la operación fue ejecutada en los términos exactos de la instrucción. Si hay discrepancias, comunicalas de inmediato al gerente de la sucursal y al servicio de atención al cliente del banco, conservando registro escrito de todas las comunicaciones.
Requisitos legales para Carta de Instrucciones Bancarias
La Carta de Instrucciones Bancarias en Argentina está sujeta a los siguientes requisitos legales conforme al Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), las normas del Banco Central de la República Argentina (BCRA), y las regulaciones cambiarias y de prevención del lavado de activos vigentes.
Capacidad y representación (Artículo 22 y Artículo 23 del CCyC): el firmante de la carta de instrucciones debe ser el titular de la cuenta o un apoderado con facultades expresas para operar la cuenta bancaria, conforme al poder registrado en el banco. Las entidades financieras reguladas por el Banco Central de la República Argentina verifican la vigencia y el alcance del poder antes de ejecutar instrucciones de apoderados. El Registro Notarial de Poderes del Colegio de Escribanos permite a los bancos verificar la vigencia de los poderes notariales. Para personas jurídicas, la Dirección de Personas Jurídicas o la Inspección General de Justicia (IGJ) acreditan la representación societaria vigente.
Normas cambiarias del BCRA para transferencias al exterior (Artículo 1 de la Ley 25.561): las instrucciones de transferencias al exterior de fondos deben cumplir con las normas del Banco Central de la República Argentina sobre acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC). El incumplimiento de las normas cambiarias está tipificado como infracción bajo la Ley 19.359 (Régimen Penal Cambiario), con multas de hasta diez veces el monto de la operación irregular. La Secretaría de Comercio Interior puede establecer restricciones adicionales sobre transferencias vinculadas al comercio exterior.
Prevención del lavado de activos (Artículo 21 de la Ley 25.246): el banco está obligado a verificar la causa lícita de las instrucciones de pago conforme a las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera (UIF). Instrucciones que involucren montos superiores a los umbrales establecidos por la Resolución UIF pueden requerir declaración de origen de fondos por parte del titular. El banco puede negarse a ejecutar instrucciones que generen sospechas de lavado de activos y tiene la obligación de reportarlas a la Unidad de Información Financiera (UIF) mediante reporte de operación sospechosa (ROS) bajo el Artículo 21 de la Ley 25.246. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos coordina la política antilavado junto con la Secretaría de Política Criminal.
Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios (Artículo 1 de la Ley 25.413): el Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios grava los débitos y créditos en cuentas bancarias a la alícuota general del seis por mil por débito y seis por mil por crédito. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) administra este impuesto y establece las exenciones aplicables mediante la Resolución General correspondiente. El banco aplica automáticamente el impuesto sobre las instrucciones de débito. La Dirección General Impositiva (DGI), dependiente de AFIP, es el organismo competente para interpretar y aplicar este tributo.
Requisitos formales del contrato bancario (Artículo 1380 del CCyC): el Artículo 1380 del Código Civil y Comercial establece que el contrato bancario debe ser redactado en instrumento público o privado. La Carta de Instrucciones Bancarias es un instrumento privado que instrumenta instrucciones específicas dentro del marco del contrato de cuenta bancaria. El Banco Central de la República Argentina puede exigir modelos estandarizados de instrucciones para ciertos tipos de operaciones de pago conforme a la Comunicación vigente del BCRA sobre medios de pago.
Errores comunes a evitar en tu Carta de Instrucciones Bancarias
Los errores más frecuentes en las cartas de instrucciones bancarias en Argentina pueden causar rechazos del banco, demoras en la ejecución, o consecuencias legales y financieras para el titular. Identificarlos permite evitarlos.
Firmar con firma distinta a la registrada en el banco: El error más frecuente. Si el firmante usa una firma abreviada o diferente a la registrada en el banco al momento de la apertura de la cuenta o en la última actualización de firmas, el banco rechazará la instrucción por razones de seguridad. Antes de enviar cualquier instrucción, verificá que la firma que usarás coincide exactamente con la registrada. Si tu firma cambió, actualizá el registro de firmas en el banco antes de enviar instrucciones importantes.
No verificar el CBU del destinatario: Un error en el CBU del destinatario (22 dígitos) puede resultar en que la transferencia llegue a la cuenta incorrecta. A diferencia de errores en el IBAN europeo (que tienen dígitos de control que detectan errores), el CBU argentino puede ser válido aunque corresponda a otra cuenta. Verificá el CBU con el destinatario por un canal de comunicación seguro antes de incluirlo en la instrucción.
No adjuntar la documentación de respaldo para transferencias al exterior: Las instrucciones de transferencias al exterior sin la documentación que justifica la causa (factura de importación, contrato de servicio, declaración de dividendos) son rechazadas automáticamente por el banco conforme a las normas cambiarias del BCRA. Preparad toda la documentación antes de presentar la instrucción para evitar demoras que pueden afectar el cumplimiento de plazos contractuales con el beneficiario extranjero.
No considerar el horario de corte del banco para transferencias el mismo día: Los bancos argentinos tienen horarios de corte para las instrucciones de transferencia que deben ejecutarse en el mismo día (habitualmente entre las 12:00 y las 15:00 horas según el banco y el tipo de transferencia). Las instrucciones presentadas después del horario de corte se ejecutan el día hábil bancario siguiente. Para pagos con fechas límite, presentá la instrucción con al menos un día hábil de anticipación.
No conservar el acuse de recibo del banco: Sin el acuse de recibo del banco con fecha y hora de ingreso de la instrucción, es imposible demostrar que la instrucción fue presentada en tiempo y forma en caso de conflicto con el banco sobre la ejecución de la instrucción. Siempre solicitá y guardá el sello de recepción de la sucursal o la confirmación electrónica del home banking como prueba fehaciente.
No revocar explícitamente instrucciones de débito automático: Cancelar el servicio o contrato con el acreedor sin instruir también al banco la revocación del débito automático puede resultar en débitos no autorizados que continúan meses después de la cancelación del servicio. La revocación del débito automático debe comunicarse al banco por separado de la cancelación del contrato con el proveedor del servicio.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 26.994AR official
- Ley 25.561AR official
- Ley 19.359AR official
- Ley 25.246AR official
- Ley 25.413AR official
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Forms Legal. (2026). Carta de Instrucciones Bancarias (Argentina) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/argentina/financial/agreements/carta-instrucciones-bancarias-argentina
"Carta de Instrucciones Bancarias (Argentina)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/argentina/financial/agreements/carta-instrucciones-bancarias-argentina.
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}Preguntas Frecuentes
La carta de instrucciones bancarias en Argentina es el documento formal mediante el cual el titular de una cuenta bancaria (persona física o jurídica) imparte instrucciones específicas y vinculantes a su entidad financiera (banco) respecto de operaciones concretas sobre su cuenta: transferencias de fondos, débitos automáticos, bloqueo o desbloqueo de operaciones, modificación de límites de transacción, instrucciones de pago a terceros, o cualquier otra directiva que el banco deba ejecutar conforme al contrato de cuenta bancaria regulado por el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC), Ley N.º 26.994, artículo 1395 y siguientes. El artículo 1395 del CCyC regula el contrato de depósito bancario, estableciendo que el depositante puede en cualquier momento reclamar la restitución total o parcial del depósito. El artículo 1396 del CCyC regula el depósito en cuenta corriente bancaria, por el cual el depositante puede disponer en cualquier momento mediante el libramiento de cheques u otros medios de pago habilitados por el BCRA. La carta de instrucciones bancarias opera como una orden formal del titular dirigida al banco, que el banco está contractualmente obligado a ejecutar en los términos del contrato de apertura de cuenta corriente o caja de ahorros suscripto entre las partes conforme a las Normas del BCRA sobre cuenta corriente bancaria (Comunicación 'A' 7153 y concordantes).
La carta de instrucciones bancarias en Argentina se utiliza en múltiples situaciones del ámbito empresarial y personal que requieren una comunicación formal y vinculante con la entidad financiera. En operaciones de comercio exterior, la carta de instrucciones bancarias es el documento mediante el cual el exportador o importador instruye al banco para la negociación o confirmación de cartas de crédito documentarias (L/C — Letter of Credit) bajo las Reglas y Usos Uniformes de la CCI (UCP 600), para el cobro de documentos de exportación bajo cobranzas documentarias (URC 522), o para la transferencia de divisas al exterior o el ingreso de divisas del exterior conforme a las normas cambiarias del BCRA. En operaciones de tesorería corporativa, la carta de instrucciones instruye al banco para realizar transferencias interbancarias de fondos entre cuentas de la empresa en diferentes bancos (cash pooling o centralización de tesorería), para la constitución de plazos fijos corporativos con características específicas (monto, plazo, tipo de renovación automática), o para la cancelación de créditos y préstamos bancarios a su vencimiento anticipado. En el marco de procesos concursales o sucesorios, el administrador del concurso preventivo o el heredero habilitado instruye al banco mediante carta formal para el desbloqueo de cuentas o la transferencia de fondos conforme a las resoluciones judiciales correspondientes.
La autenticación de una carta de instrucciones bancarias en Argentina es un requisito operativo fundamental para que la entidad financiera la ejecute sin observaciones. Los bancos argentinos supervisados por el BCRA exigen distintos niveles de autenticación según la naturaleza y el monto de las instrucciones impartidas. Para instrucciones de montos menores o de rutina (débitos automáticos, cambios de límites de tarjeta): la mayoría de los bancos aceptan la firma del titular registrada en el sistema, verificada mediante el cotejo con la firma registrada en la apertura de la cuenta o en el formulario de poderes vigente. Para instrucciones de montos significativos o de alta sensibilidad (transferencias al exterior de importes relevantes, constitución de garantías, liberación de fondos restringidos): los bancos exigen firma del titular más firma del apoderado si la cuenta tiene apoderado registrado, presentación presencial en la sucursal con DNI original o credencial vigente, o firma digital bajo la Ley N.º 25.506 utilizando certificados de firma digital emitidos por autoridades certificantes habilitadas por la Secretaría de Modernización (actualmente Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología). Para personas jurídicas (SA, SRL, SAS, etc.), el banco verifica que quien firma la carta sea el representante legal registrado en el banco con firmas actualizadas, y puede exigir la exhibición del estatuto actualizado y del acta de asamblea o directorio que lo designó.
El banco puede negarse a ejecutar las instrucciones bancarias en determinadas circunstancias previstas en el contrato de cuenta bancaria, las normas del BCRA, y el CCyC. Las causales de negativa del banco más frecuentes en Argentina son: fondos insuficientes en la cuenta para ejecutar la transferencia o débito instruido, lo que puede generar rechazo de cheques y aplicación de las sanciones por cheque rechazado de la Ley N.º 24.452 y las normas del BCRA sobre cuenta corriente bancaria (inhabilitación del librador por la Cámara Compensadora); instrucciones que contradicen órdenes judiciales vigentes de embargo sobre la cuenta (el banco está obligado a respetar los embargos judiciales notificados por el juzgado competente, con prioridad sobre las instrucciones del titular); instrucciones de transferencias al exterior que incumplen las normas cambiarias del BCRA (restricciones al acceso al mercado de cambios, limitaciones de montos, justificación de la causa de la transferencia); instrucciones de apoderados cuyo poder ha vencido, fue revocado, o no cubre el tipo de operación instruida (el banco tiene obligación de verificar la vigencia y el alcance de los poderes registrados antes de ejecutar instrucciones de apoderados); reportes de operaciones sospechosas (ROS) a la UIF que obligen al banco a bloquear preventivamente la cuenta mientras se realiza la investigación de prevención del lavado de activos conforme a la Ley N.º 25.246.
La carta de instrucciones SWIFT (Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication) es el documento formal mediante el cual el titular de una cuenta en Argentina instruye a su banco para la realización de transferencias internacionales de fondos a través de la red SWIFT, que conecta a más de 11.000 instituciones financieras en más de 200 países. En Argentina, las transferencias SWIFT están sujetas a las normas cambiarias del BCRA que regulan el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para las distintas causales de transferencia al exterior: pagos de importaciones de bienes, pagos de servicios del exterior, giro de utilidades y dividendos, pago de deudas financieras externas, y otros conceptos regulados por la Comunicación BCRA 'A' 7340 y concordantes. La carta de instrucciones SWIFT debe incluir: el código BIC/SWIFT del banco corresponsal en el exterior (formato de 8 o 11 caracteres, por ejemplo CITIUS33 para Citibank New York o DEUTDEDB para Deutsche Bank Frankfurt), la cuenta del beneficiario en el banco corresponsal (número de cuenta, IBAN para transferencias a Europa conforme al estándar ISO 13616, o número de cuenta local del beneficiario), el monto exacto en la moneda de la transferencia (USD, EUR, GBP, etc.), la causal de la transferencia conforme a las categorías del BCRA, y la documentación de respaldo exigida por las normas cambiarias vigentes (factura de importación, contrato de servicio, declaración de dividendos, etc.).
La revocación o modificación de instrucciones bancarias en Argentina debe realizarse en forma inmediata y mediante comunicación fehaciente al banco, siguiendo el procedimiento establecido en el contrato de cuenta bancaria y las normas del BCRA sobre cuenta corriente bancaria (Comunicación 'A' 7153 y concordantes). Para revocar instrucciones de débitos automáticos: la revocación debe presentarse ante el banco con al menos 3 días hábiles bancarios de anticipación a la fecha del próximo débito, mediante el formulario de baja de débito automático disponible en la sucursal o en el home banking del banco. Para revocar transferencias bancarias internas ya iniciadas pero no ejecutadas: si la transferencia está en estado 'pendiente' en el sistema del banco (no liquidada en la cuenta del beneficiario), puede solicitarse la revocación en la sucursal o a través del home banking antes del cierre del día hábil bancario. Una vez que la transferencia fue liquidada y acreditada en la cuenta del beneficiario, no puede revocarse unilateralmente: requiere la colaboración voluntaria del beneficiario para devolver los fondos. Para revocar instrucciones SWIFT al exterior: deben comunicarse al banco corresponsal mediante mensaje SWIFT MT192 (Request for Cancellation) antes de que la transferencia sea procesada por el banco receptor extranjero. El éxito de la revocación depende de que el banco receptor no haya acreditado los fondos al beneficiario final.
La revocación de un poder notarial que autorizaba a un apoderado a operar cuentas bancarias en Argentina produce efectos jurídicos específicos que el banco y el poderdante deben conocer para evitar responsabilidades. Conforme al CCyC Art. 380, el poder se extingue por su revocación por el poderdante, por la muerte o incapacidad del poderdante o del apoderado, y por el vencimiento del plazo si era temporal. La revocación del poder tiene efectos entre poderdante y apoderado desde que el apoderado toma conocimiento de ella; respecto de terceros de buena fe (como el banco), tiene efectos desde que la revocación es publicada o notificada fehacientemente al tercero. En la práctica bancaria argentina: el poderdante debe notificar al banco la revocación del poder mediante presentación escrita firmada ante la sucursal o mediante carta documento de Correo Argentino, con acuse de recibo firmado por el banco. Desde el momento de la notificación al banco, el banco no debe ejecutar instrucciones del apoderado revocado; si el banco ejecuta instrucciones del apoderado revocado sin haber sido notificado de la revocación, el banco queda exento de responsabilidad conforme al CCyC Art. 381 (buena fe del tercero). Las instrucciones bancarias dadas por el apoderado antes de la revocación y ya ejecutadas por el banco son válidas y producen todos sus efectos jurídicos.
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