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Carta de Intimación por Registro Laboral — Argentina

Carta de Intimación por Registro Laboral — Argentina

Conforme a los Arts. 8–11 de la Ley de Empleo N.° 24.013

INTIMACIÓN FEHACIENTE POR REGISTRO LABORAL

Ley de Empleo N.° 24.013, Arts. 8–11 — Ley de Contrato de Trabajo N.° 20.744

REMITENTE (TRABAJADOR/A):

[Trabajador Nombre]

DNI: [Trabajador D N I] | CUIL: [Trabajador C U I L]

Domicilio: [Trabajador Domicilio]

DESTINATARIO (EMPLEADOR):

[Empleador Nombre]

CUIT: [Empleador C U I T]

Domicilio: [Empleador Domicilio]

[Ciudad Firma], [Fecha Firma]

ASUNTO: Intimación fehaciente para el registro de la relación laboral — Art. 11 de la Ley 24.013

Yo, [Trabajador Nombre], DNI [Trabajador D N I], CUIL [Trabajador C U I L], con domicilio en [Trabajador Domicilio], me dirijo a Ud. en calidad de trabajador/a en relación de dependencia a su cargo, a los efectos de intimarle fehacientemente, conforme lo establece el Art. 11 de la Ley de Empleo N.° 24.013, para que en el plazo perentorio de TREINTA (30) días corridos contados a partir de la recepción de la presente, regularice la situación registral que a continuación se detalla.

SITUACIÓN LABORAL:

Presto servicios para Ud. bajo relación de dependencia (Art. 21 y 22 LCT) desde el [Fecha Real Ingreso], desempeñando las siguientes tareas: [Descripcion Tareas]

IRREGULARIDAD REGISTRAL DETECTADA:

Tipo de irregularidad: [Tipo Irregularidad]

Remuneración real percibida: [Remuneracion Real] mensuales.

Remuneración declarada ante AFIP (si aplica): [Remuneracion Declarada]

La situación descripta configura una infracción a las disposiciones de la Ley de Empleo N.° 24.013 y a la Ley de Contrato de Trabajo N.° 20.744 (Arts. 7, 52 y ccds.).

APERCIBIMIENTO:

En caso de que Ud. no regularice la situación registral dentro del plazo de 30 días corridos establecido por el Art. 11 de la Ley 24.013, me veré en la necesidad de hacer efectivos los derechos que me asisten, incluyendo sin limitación:

- Las multas de los Arts. 8, 9 y 10 de la Ley de Empleo N.° 24.013 (25% de las remuneraciones del período irregular).

- La duplicación de la indemnización por despido del Art. 245 LCT conforme al Art. 1 de la Ley 25.323.

- El recargo del 50% del Art. 2 de la Ley 25.323 en caso de falta de pago en término de la liquidación final.

- Las multas administrativas bajo la Ley 25.212 (Pacto Federal del Trabajo) que pudieran surgir de la denuncia ante AFIP y el MTEySS.

Sin perjuicio de lo anterior, me reservo el ejercicio de todas las acciones legales que me competan, incluyendo la presentación ante el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria, Ley 24.635) y el Juzgado Nacional del Trabajo competente.

Sin otro particular, saluda a Ud. atte.

Firma: _________________________

[Trabajador Nombre]

DNI: [Trabajador D N I]

CUIL: [Trabajador C U I L]

NOTA: Esta carta debe enviarse por Correo Argentino como carta documento (CD) o telegrama colacionado para tener eficacia fehaciente conforme al Art. 11 de la Ley 24.013. El telegrama laboral es gratuito para el trabajador (Art. 3, Ley 23.789).

Trabajador/a (remitente)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Carta de Intimación por Registro Laboral — Argentina

La Carta de Intimación por Registro Laboral en Argentina es la comunicación formal y fehaciente con la que el emisor notifica, intima o reclama de modo que quede prueba documentada, conforme a Ley de Empleo N.° 24.013, Arts. 8–11.

La Ley de Empleo N.° 24.013, sancionada el 13 de noviembre de 1991, estableció un régimen especial de sanciones para desalentar el empleo no registrado en Argentina. El Art. 7 de la Ley 24.013 obliga a todo empleador a registrar a sus trabajadores en los libros y documentación laborales (Libro de Sueldos Digital —LSD— ante AFIP) antes del inicio de las tareas. El Art. 8 establece que cuando la relación laboral no ha sido registrada (trabajador en negro), el empleador le debe al trabajador una indemnización equivalente a una cuarta parte de las remuneraciones percibidas durante la relación no registrada. El Art. 9 sanciona el registro tardío de la relación laboral —iniciada en una fecha real anterior a la declarada—, con una indemnización equivalente a una cuarta parte de las remuneraciones del período de antigüedad no declarada. El Art. 10 penaliza el registro de una remuneración inferior a la real (pago en negro parcial), con una indemnización equivalente a una cuarta parte de la diferencia entre la remuneración declarada y la real durante el período de diferencia.

El requisito procesal fundamental para acceder a estas indemnizaciones agravadas es la intimación fehaciente del trabajador al empleador para que regularice la situación registral en un plazo de 30 días corridos, conforme lo exige el Art. 11 de la Ley 24.013. Sin esta intimación previa, el trabajador no tiene acceso a las multas de los Arts. 8, 9 y 10. La intimación debe realizarse en forma fehaciente —telegrama colacionado o carta documento de Correo Argentino— para que quede constancia de la fecha de recepción por el empleador, que es el inicio del cómputo de los 30 días.

La Ley 25.323, sancionada en 2000, complementó el régimen de la Ley 24.013 estableciendo en su Art. 1 que la indemnización del Art. 245 LCT se duplica cuando el trabajador despedido no estaba registrado o lo estaba de manera deficiente. Esta duplicación opera automáticamente sin necesidad de intimación previa, a diferencia de las multas de la Ley 24.013. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) ha establecido en numerosos fallos que la indemnización del Art. 245 LCT duplicada por la Ley 25.323 es compatible y acumulable con las multas de los Arts. 8 a 10 de la Ley 24.013, generando una indemnización total significativamente mayor para el trabajador no registrado.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS), a través de la Subsecretaría de Fiscalización del Trabajo, y AFIP, a través de la Subdirección General de Fiscalización, coordinan operativos conjuntos de inspección laboral para detectar empleo no registrado en todos los sectores de la economía argentina. El trabajador también puede denunciar el empleo no registrado ante AFIP de manera anónima a través del portal de AFIP o el 0800 de AFIP, lo que puede derivar en inspecciones al empleador.

Cuándo necesitas Carta de Intimación por Registro Laboral — Argentina

La carta de intimación por registro laboral en Argentina es el instrumento procesal necesario en los siguientes supuestos de irregularidad registral regulados por la Ley de Empleo N.° 24.013.

Cuando el trabajador presta servicios en relación de dependencia pero el empleador no lo ha registrado en absoluto ante AFIP —situación conocida como trabajo en negro o empleo no registrado—, el trabajador debe utilizar la intimación del Art. 11 de la Ley 24.013 como paso previo indispensable para acceder a la multa del Art. 8 (25% de todas las remuneraciones percibidas durante el período no registrado). Esta situación es especialmente frecuente en los sectores de gastronomía, comercio minorista, construcción, servicio doméstico y agropecuario.

Cuando el empleador registró al trabajador ante AFIP pero lo hizo con una fecha de ingreso posterior a la real —práctica conocida como fecha falsa de alta—, el trabajador utiliza la intimación para reclamar el reconocimiento de la antigüedad real y la multa del Art. 9 de la Ley 24.013 (25% de las remuneraciones del período de antigüedad no declarada). Demostrar la fecha real de inicio puede requerir prueba testimonial, facturas, correos electrónicos o cualquier otra evidencia del inicio efectivo de la relación laboral.

Cuando el empleador registró al trabajador ante AFIP con un salario inferior al real —pagando parte del salario "en negro" o "en sobre"—, el trabajador utiliza la intimación para exigir el registro de la remuneración real y la multa del Art. 10 de la Ley 24.013 (25% de la diferencia entre la remuneración real y la declarada, por cada período). Esta situación es especialmente problemática porque reduce la base de cálculo del SAC, de la indemnización por despido del Art. 245 LCT y de los aportes jubilatorios al SIPA.

Cuando el trabajador es desvinculado sin causa y descubre que estaba en alguna de las situaciones de irregularidad registral descritas, la intimación debe realizarse en el mismo acto o de manera inmediata para no perder el derecho a las multas de la Ley 24.013. La Ley 25.323 establece además que la indemnización del Art. 245 LCT se duplica para trabajadores no registrados, sin necesidad de intimación previa.

Cuando el trabajador está pronto a renunciar o sospecha que será despedido, puede enviar la intimación de manera preventiva para regularizar su situación registral antes de la extinción del vínculo, preservando así su base indemnizatoria real. La Ley 24.013 Art. 11 no exige que la relación laboral esté extinguida para enviar la intimación —puede hacerse durante la vigencia del vínculo—.

Cuando el trabajador doméstico regulado por la Ley 26.844 (Estatuto del Personal de Casas Particulares) trabaja sin el registro correspondiente ante AFIP en el régimen especial de personal de casas particulares, puede intimar al empleador bajo las disposiciones de la Ley 24.013 aplicables supletoriamente, dado que el estatuto doméstico remite subsidiariamente a la LCT en muchos aspectos.

Qué incluir en tu Carta de Intimación por Registro Laboral — Argentina

Una carta de intimación por registro laboral válida y eficaz en Argentina debe contener los siguientes elementos para cumplir con el requisito del Art. 11 de la Ley de Empleo N.° 24.013 y habilitar el acceso a las multas de los Arts. 8 a 10.

Identificación completa del trabajador remitente: nombre y apellido completo, DNI, CUIL y domicilio. El CUIL puede verificarse en el portal de ANSES. El domicilio declarado en la intimación es el que el empleador utilizará para eventuales respuestas y notificaciones.

Identificación completa del empleador destinatario: razón social o nombre y apellido del empleador, CUIT, domicilio legal o de explotación. El domicilio donde se remite la carta debe ser el domicilio real del empleador: si se remite a un domicilio incorrecto y el empleador no la recibe, el plazo de 30 días no comenzará a correr.

Descripción de la situación registral irregular: el trabajador debe describir claramente cuál es la irregularidad que intima al empleador a subsanar: (a) falta total de registro — Art. 8 Ley 24.013; (b) fecha de ingreso falsa — Art. 9 Ley 24.013; (c) remuneración declarada inferior a la real — Art. 10 Ley 24.013. La descripción debe incluir la fecha real de inicio de la relación laboral, la remuneración real percibida y cualquier evidencia disponible de la irregularidad.

Fecha real de inicio de la relación laboral: la antigüedad real del trabajador —que puede diferir de la registrada ante AFIP— determina la base de cálculo de la multa del Art. 8 LCT (todas las remuneraciones percibidas desde el inicio real) y de la multa del Art. 9 (remuneraciones del período de antigüedad no declarada).

Remuneración real percibida: la remuneración efectivamente percibida por el trabajador —que puede ser superior a la declarada en el LSD de AFIP— es la base de cálculo de todas las multas e indemnizaciones. El trabajador debe conservar evidencia de los pagos recibidos: recibos informales, transferencias bancarias, capturas de pantalla de pagos por CVU/CBU.

Plazo de 30 días para la regularización: la intimación debe otorgar expresamente al empleador un plazo de 30 días corridos para regularizar la situación registral, conforme al Art. 11 de la Ley 24.013. Sin esta mención expresa del plazo legal, la intimación podría ser cuestionada en sede judicial.

Apercibimiento expreso: la carta debe indicar que ante el incumplimiento del empleador dentro del plazo de 30 días, el trabajador hará efectivos los derechos establecidos en los Arts. 8 a 11 de la Ley 24.013 y en la Ley 25.323, incluyendo las multas por empleo no registrado y la duplicación de la indemnización por despido del Art. 245 LCT.

En forms-legal.com encontrás este modelo de carta de intimación por registro laboral Argentina completo, listo para enviar por Correo Argentino como carta documento. Recordá que el envío debe hacerse en forma fehaciente: la carta documento de Correo Argentino o el telegrama laboral gratuito (Ley 23.789) son los medios que la Ley 24.013 y la LCT reconocen como fehacientes. Documentos relacionados: el preaviso de rescisión de contrato (ar-preaviso-rescision-contrato) si la intimación va acompañada de la extinción del vínculo, y la constancia laboral (ar-constancia-laboral) como prueba del vínculo ante el SECLO.

Cómo completar tu Carta de Intimación por Registro Laboral — Argentina

Para completar la carta de intimación por registro laboral en Argentina, seguí estos pasos:

Paso 1 — Datos del trabajador: ingresá tu nombre y apellido completo tal como figura en el DNI, tu número de DNI (con puntos de miles), tu CUIL (verificable en Mi ANSES o en el portal de ANSES), y tu domicilio actual. Este es el domicilio donde el empleador podrá notificarte si responde a la intimación.

Paso 2 — Datos del empleador: ingresá la razón social o nombre y apellido completo del empleador, el CUIT si lo conocés (consultable en el portal de AFIP usando el nombre de la empresa), y el domicilio del lugar de trabajo o domicilio legal del empleador. Usar el domicilio correcto es fundamental para que la carta documento llegue al destinatario y el plazo de 30 días comience a correr desde la recepción.

Paso 3 — Tipo de irregularidad registral: seleccioná el tipo de infracción que intimás al empleador a regularizar: (a) falta total de registro — empleado completamente en negro, (b) fecha de ingreso falsa — registrado con fecha posterior a la real, o (c) remuneración sub-declarada — registrado con salario inferior al real.

Paso 4 — Fecha real de inicio de la relación laboral: ingresá la fecha exacta en que comenzaste a trabajar para este empleador (DD/MM/AAAA). Si no recordás el día exacto, indicá el mes y año. Esta fecha determina el período de la irregülaridad y la base de las multas.

Paso 5 — Remuneración real percibida: ingresá el importe real que percibís mensualmente (o el que percibías si la relación ya terminó), en pesos argentinos. Si el empleador te paga parte en blanco y parte en negro, indicá el total real. Esta cifra es la base de las multas de la Ley 24.013.

Paso 6 — Descripción de la situación: describí brevemente cómo se desarrolló la relación laboral —tareas realizadas, horario, lugar de trabajo— para contextualizar la irregularidad ante eventuales lectores (jueces, funcionarios de SECLO, inspectores de AFIP).

Paso 7 — Reserva de derechos: verificá que la carta incluya la reserva expresa de todos los derechos bajo la Ley 24.013 Arts. 8-11 y la Ley 25.323. Esta reserva es importante para preservar el derecho a reclamar las multas en una etapa posterior.

Paso 8 — Envío: enviá la carta por Correo Argentino como carta documento (CD) o telegrama colacionado. Guardá el comprobante de envío y el acuse de recibo. Para el telegrama laboral gratuito del Art. 3 de la Ley 23.789, podés concurrir a cualquier oficina del Correo Argentino con tu DNI.

Errores comunes a evitar en tu Carta de Intimación por Registro Laboral — Argentina

Los errores más frecuentes en el envío de la carta de intimación por registro laboral en Argentina que invalidan la intimación o reducen las multas reclamables son los siguientes:

Enviar la intimación por medio no fehaciente: usar WhatsApp, correo electrónico o comunicación verbal para intimar al empleador bajo la Ley 24.013 es inválido. El Art. 11 de la Ley 24.013 exige expresamente la forma fehaciente. El Juzgado Nacional del Trabajo rechazará una demanda basada en una intimación informal.

Enviar la carta al domicilio equivocado: si la carta documento se envía a un domicilio del empleador que no es el real —por ejemplo, a una sucursal en lugar de al domicilio legal, o a un domicilio anterior—, la recepción no puede acreditarse fehacientemente. Verificá el domicilio del empleador en el portal de AFIP antes de enviar la carta.

No incluir la descripción detallada de la irregularidad: una intimación que solo dice "intímole a registrar la relación laboral" sin especificar el tipo de irregularidad (falta de registro, fecha falsa o salario sub-declarado), la fecha real de inicio y la remuneración real percibida, puede ser cuestionada por el empleador y debilita la posición del trabajador en el SECLO y en sede judicial.

No guardar el comprobante de envío y el acuse de recibo: el comprobante de despacho de Correo Argentino y el acuse de recibo firmado por el empleador son la prueba de que la intimación fue enviada y recibida. Sin estos documentos, el trabajador no puede acreditar fehacientemente la notificación al empleador ni el inicio del plazo de 30 días.

Olvidar que la intimación caduca si la relación laboral se extingue sin reclamar: si el trabajador envía la intimación, el empleador no regulariza en 30 días, y luego el trabajador continúa trabajando sin reclamar las multas, puede perder el derecho si prescribe el plazo de 2 años del Art. 256 LCT. Ante el incumplimiento del empleador, es fundamental iniciar el reclamo en el SECLO sin demora.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Art. 245 LCTAR official
  2. Art. 8 LCTAR official
  3. Art. 256 LCTAR official
  4. Ley 24.013AR official
  5. Ley 25.323AR official
  6. Ley 26.844AR official
  7. Ley 23.789AR official
  8. Ley 24.635AR official
  9. Ley 25.212AR official

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