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Contrato de Representante Comercial Argentina

Contrato de Representante Comercial Argentina

CONTRATO DE REPRESENTANTE COMERCIAL

CCyC Art. 1479 (Ley 26.994) — Ley 14.546 de Viajantes de Comercio

PRIMERA — PARTES

REPRESENTADO (PRINCIPAL):

Razón Social: [Representado Nombre]

CUIT: [Representado C U I T]

Representado por: [Representado Representante]

Domicilio Legal: [Representado Domicilio]

REPRESENTANTE COMERCIAL:

Nombre / Razón Social: [Representante Nombre]

DNI: [Representante D N I]

CUIT: [Representante C U I T]

Carácter: [Representante Caracter]

Condición ante AFIP: [Representante Condicion Afip]

Domicilio: [Representante Domicilio]

SEGUNDA — OBJETO, ZONA Y PRODUCTOS

El Representante Comercial se obliga a promover los negocios del Representado bajo la siguiente modalidad de asignación: [Tipo Asignacion].

Zona / Cartera asignada: [Zona Cartera]

Productos / servicios objeto de la representación: [Productos Representados]

Exclusividad de zona/cartera a favor del Representante: [Exclusividad Zona]

Exclusividad del Representante (no competencia): [Exclusividad Representante]

TERCERA — COMISIONES Y RETRIBUCIÓN

Comisión pactada: [Porcentaje Comision]

Retribución mínima mensual garantizada: [Retribucion Minima] — Monto: [Monto Minimo Garantizado]

Periodicidad de liquidación: [Periodicidad Liquidacion]

Transferencia a CBU/CVU: [Cbu Representante]

CUARTA — PLAZO

El contrato rige desde el [Fecha Inicio]. Duración: [Tipo Plazo]. Fecha de vencimiento (si aplica): [Fecha Vencimiento].

Para contratos de plazo indeterminado: preaviso mínimo de un mes por año de vigencia (máximo seis meses) conforme Art. 1492 del CCyC. La rescisión sin preaviso obliga al incumplidor a indemnizar las comisiones del período omitido (Art. 1493 CCyC).

QUINTA — COMPENSACIÓN POR CLIENTELA

Al extinguirse el contrato por causa no imputable al Representante independiente, éste tendrá derecho a la compensación por clientela del Art. 1497 del CCyC. Para representantes bajo Ley 14.546, se aplicará adicionalmente la indemnización especial del Art. 14 de dicha ley (25% adicional sobre la indemnización por antigüedad del Art. 245 LCT). La renuncia anticipada a estos derechos carece de efecto jurídico.

SEXTA — AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA

El Representante Comercial independiente actúa con plena autonomía en cuanto a horarios, métodos de trabajo y organización de su actividad. Utiliza sus propios medios y asume los costos operativos de su representación. Puede representar a otros no competidores salvo exclusividad pactada. No existe relación de dependencia laboral conforme a la LCT N.º 20.744.

SÉPTIMA — MEDIACIÓN Y JURISDICCIÓN

Toda controversia será sometida a mediación prejudicial obligatoria (Ley 26.589). Las Partes se someten a los Juzgados Nacionales en lo Comercial de [Ciudad Celebracion] para controversias sobre el contrato de representación independiente, y a los Juzgados Nacionales del Trabajo para conflictos laborales bajo la Ley 14.546.

FIRMAS

En [Ciudad Celebracion], a los [Fecha Celebracion], las Partes firman dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto.

REPRESENTADO: [Representado Nombre]

Representado por: [Representado Representante]

Firma: _________________________

REPRESENTANTE COMERCIAL: [Representante Nombre] — DNI [Representante D N I]

Firma: _________________________

Representado / Principal

________________

Signature

Representante Comercial

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Representante Comercial Argentina

El Contrato de Representante Comercial en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a CCyC Art. 1479 (Ley 26.994); Ley 14.546 de Viajantes de Comercio.

La Ley 14.546, sancionada el 23 de septiembre de 1958, define al viajante de comercio como la persona que en relación de dependencia visita a posibles adquirentes de mercaderías para promover o concluir operaciones de compraventa. Esta ley establece beneficios laborales específicos: salario mínimo, comisiones adicionales sobre el promedio de ventas, gastos de representación, vehículo o movilidad, e indemnizaciones especiales. Su ámbito de aplicación se extiende a todos los trabajadores que reúnan estos requisitos, independientemente de cómo denominen las partes el vínculo. El Convenio Colectivo de Trabajo N.º 308/75 (homologado por el Ministerio de Trabajo) reglamenta las condiciones de trabajo de los viajantes en relación de dependencia bajo la LCT.

El representante comercial independiente que actúa fuera de la relación de dependencia —sin subordinación jurídica, técnica ni económica— se encuadra en el contrato de agencia del CCyC Arts. 1479–1501. La distinción es fundamental porque determina el régimen aplicable: el representante en relación de dependencia goza de todos los derechos de la LCT N.º 20.744 (SAC, vacaciones, ART, ANSES, indemnización por despido) y de la Ley 14.546; el representante independiente se rige por el CCyC y asume los riesgos económicos de su actividad sin percibir esos beneficios.

Desde el punto de vista tributario, el representante comercial independiente emite facturas electrónicas ante AFIP por sus comisiones, siendo monotributista bajo la Ley 24.977 o responsable inscripto en IVA e Impuesto a las Ganancias según el nivel de sus ingresos anuales. El representado actúa como agente de retención de Ganancias conforme a la RG AFIP 830/2000 cuando paga comisiones a responsables inscriptos. La correcta instrumentación del contrato —con cláusula de independencia, múltiples clientes y ausencia de subordinación— es la principal herramienta para prevenir recalificaciones laborales ante la Justicia Nacional del Trabajo, que aplica el principio de primacía de la realidad establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

El representante comercial desempeña funciones que van desde la simple presentación de catálogos y toma de pedidos hasta la negociación y cierre de contratos en nombre del principal con poder de representación notarial (CCyC Arts. 1319–1331). En el sector de seguros, los productores asesores de seguros están regulados por la Ley 17.418 y sujetos a la Superintendencia de Seguros de la Nación; en el sector inmobiliario, los martilleros y corredores aplican la Ley 20.266 y las leyes provinciales; en el sector farmacéutico, los visitadores médicos tienen regulaciones específicas del ANMAT.

Cuándo necesitas Contrato de Representante Comercial Argentina

Un Contrato de Representante Comercial en Argentina resulta necesario en múltiples escenarios del comercio y la distribución empresaria.

Las empresas industriales y manufactureras que desean cubrir el mercado interno argentino sin incorporar vendedores en relación de dependencia necesitan este contrato para formalizar su red de representantes provinciales o regionales. Un fabricante de Buenos Aires que quiere presencia en Mendoza, Tucumán y Córdoba puede designar representantes locales independientes para cada región, evitando los costos laborales y las obligaciones ante AFIP, ANSES y ART que implicaría contratar empleados en cada provincia.

Las empresas importadoras de bienes de capital, insumos industriales, tecnología o productos de consumo masivo que buscan representantes exclusivos para el mercado argentino necesitan el contrato para definir el alcance de la representación, los productos incluidos, el territorio y el porcentaje de comisión sobre las ventas cerradas. Sin contrato escrito, el representante importador puede alegar exclusividad de facto y reclamar compensaciones no previstas al finalizar el vínculo.

El contrato es esencial cuando el representante tendrá la capacidad de concluir contratos directamente en nombre del principal —actuando como mandatario con poder notarial— porque en ese caso el principal quedará obligado contractualmente frente a terceros por las operaciones que concluya el representante dentro del alcance del poder. El instrumento debe delimitar con precisión los límites de ese mandato: montos máximos autorizados, condiciones comerciales que puede ofrecer, descuentos máximos y plazos de pago.

Las empresas extranjeras que quieren ingresar al mercado argentino sin constituir sucursal o sociedad local utilizan el representante comercial independiente como primera forma de penetración comercial. El contrato debe incluir cláusula de ley aplicable argentina y jurisdicción en los Juzgados Nacionales en lo Comercial de CABA, para evitar conflictos de competencia internacional.

Por último, el contrato es necesario para las pymes exportadoras argentinas que designan representantes comerciales en el exterior bajo el régimen de exportación de servicios del BCRA, estableciendo comisiones en moneda extranjera conforme a la Comunicación A 7030 del Banco Central.

Qué incluir en tu Contrato de Representante Comercial Argentina

Un Contrato de Representante Comercial válido bajo el CCyC Art. 1479 y la Ley 14.546 en Argentina debe contener los siguientes elementos para ser ejecutable ante los tribunales y frente a la AFIP.

Identificación de las partes: Nombre o razón social, CUIT, DNI (personas físicas), domicilio legal y especial del representado y del representante. Para personas jurídicas, inscripción ante la IGJ o DPPJ y datos del representante legal con poder vigente. El representante debe declarar su condición tributaria ante AFIP.

Carácter del representante (dependiente o independiente): Cláusula expresa que aclare si el representante actúa bajo la Ley 14.546 en relación de dependencia o como representante independiente bajo el CCyC Art. 1479. Esta distinción determina el régimen jurídico completo aplicable al vínculo. Si es independiente, debe incluir indicadores de autonomía: libertad de horarios, representación de múltiples clientes, uso de medios propios.

Cartera de clientes y territorio: Listado de clientes o descripcin de la zona geográfica asignada. Para representantes de cartera, la lista de clientes debe actualizarse periódicamente y quedar documentada en anexos al contrato.

Productos o servicios objeto de la representación: Descripción precisa de los productos o servicios que el representante está autorizado a promover, con posibilidad de incluir o excluir líneas específicas del catálogo del representado.

Comisiones y liquidación: Porcentaje de comisión sobre el precio neto facturado o cobrado, periodicidad de la liquidación (mensual es el estándar), plazo de pago desde la liquidación, medio de pago y tratamiento impositivo (con o sin IVA según condición del representante ante AFIP). Para representantes en relación de dependencia, los aranceles mínimos del CCT 308/75 establecen comisiones mínimas garantizadas.

Exclusividad y no competencia: Si opera exclusividad territorial a favor del representante y/o restricción de competencia durante la vigencia. Las cláusulas de no competencia post-contractual deben ser razonables en tiempo y territorio para ser ejecutables conforme al CCyC Art. 1021.

Plazo y rescisión: Duración del contrato y condiciones de extinción. Para representantes independientes, aplicar el régimen de preaviso del CCyC Art. 1492 (1 mes por año, máximo 6 meses). Para representantes bajo la Ley 14.546, aplicar las indemnizaciones especiales de la LCT más las específicas de la Ley 14.546.

Compensación por clientela o fondo de comercio: Para representantes independientes, cláusula que contemple la compensación del CCyC Art. 1497 al vencimiento. Para representantes en relación de dependencia, el CCT 308/75 establece una indemnización adicional equivalente al 25% de la indemnización por antigüedad de la LCT.

Forms-legal.com facilita este modelo de Contrato de Representante Comercial para Argentina. Dado que la frontera entre representación independiente y relación laboral genera frecuentes litigios ante la Justicia del Trabajo, es imprescindible la revisión por un abogado laboralista o comercialista matriculado ante el CPACF o el colegio provincial correspondiente antes de la firma.

Cómo completar tu Contrato de Representante Comercial Argentina

Para completar el Contrato de Representante Comercial en Argentina, seguí estos pasos con la documentación de ambas partes disponible.

Paso 1 — Carácter del representante: Antes de completar cualquier campo, definí con claridad si el representante actuará en relación de dependencia (Ley 14.546 + LCT 20.744 + CCT 308/75) o como representante independiente (CCyC Arts. 1479–1501). Esta decisión determina todo el régimen contractual y sus costos. Consultá con un abogado laboralista si hay dudas.

Paso 2 — Datos del representado: Razón social completa según inscripción ante IGJ o DPPJ, CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X, domicilio legal registrado, nombre y DNI del representante legal y número de poder notarial. Si el representado es una empresa extranjera, agregá los datos de su sucursal registrada ante la IGJ conforme al Art. 118 de la Ley General de Sociedades 19.550.

Paso 3 — Datos del representante: Para persona física independiente: nombre completo (DNI), CUIT activo ante AFIP, condición tributaria, domicilio real. Para persona jurídica: razón social, CUIT, inscripción ante organismo provincial, nombre del socio gerente o director que firmará. Adjuntar poder notarial si quien firma no es el titular.

Paso 4 — Cartera o territorio: Si es representante de cartera, adjuntá como Anexo I la lista inicial de clientes con nombre, CUIT y localidad. Si es representante territorial, delimitá la zona con nombres de provincias, municipios o códigos postales exactos. Un mapa del territorio adjunto al contrato refuerza la precisión.

Paso 5 — Comisiones: Ingresá el porcentaje sobre el precio neto (sin IVA, sin descuentos comerciales). Define el momento de devengamiento y el mecanismo de liquidación: el representado debe rendir cuentas por escrito con detalle de cada operación incluida en la liquidación del período.

Paso 6 — Indicadores de independencia: Si el representante es independiente, completá las cláusulas que documentan la autonomía: horario libre, representación de otros no competidores, uso de vehículo y oficina propios, asunción de gastos operativos sin reembolso del representado.

Paso 7 — Fecha y firma: El contrato se firma en dos ejemplares. Para mayor seguridad ante eventuales reclamaciones laborales, certificá las firmas ante Escribano Público o usá plataforma de firma digital con certificado ONTI conforme Ley 25.506.

Errores comunes a evitar en tu Contrato de Representante Comercial Argentina

Los errores más frecuentes en la celebración del Contrato de Representante Comercial en Argentina tienen consecuencias laborales y fiscales de gran magnitud.

No definir el carácter del representante: El error más costoso es no aclarar desde el inicio si el representante actúa bajo la Ley 14.546 en relación de dependencia o como independiente bajo el CCyC. Si el representado paga salario fijo, controla horarios y exige exclusividad absoluta, los Juzgados del Trabajo presumirán relación laboral encubierta, con todas las consecuencias de la LCT más las multas de la Ley 24.013.

Package de exclusividad total sin documentar independencia: La exclusividad total —el representante solo trabaja para un único representado— es el indicador más poderoso de dependencia laboral para la Justicia del Trabajo argentina. Si el representado necesita exclusividad, debe compensarla con una retribución mínima garantizada mensual y documentar explícitamente los indicadores de autonomía (horario libre, medios propios, asunción de gastos).

Omitir la cartera o zona con precisión: Contratos que describen la zona como «Buenos Aires» —sin especificar si es la Ciudad Autónoma o la Provincia, y qué partidos— generan litigios sobre si determinados clientes pertenecen al territorio del representante y si corresponde comisión sobre ventas directas del representado en ese territorio.

No prever la compensación por clientela: Idéntico error al señalado en el contrato de agencia: sin cláusula de cálculo, el representante puede reclamar ante la Cámara Comercial la compensación del Art. 1497 CCyC aplicando el criterio más favorable a su interés. El representado queda expuesto a una condena que no pudo presupuestar.

Ignorar las obligaciones tributarias cruzadas: El representado que paga comisiones sin verificar la condición tributaria del representante ante AFIP puede quedar expuesto a responsabilidad solidaria por el IVA no ingresado o por retenciones de Ganancias no practicadas, con intereses y multas de la RG AFIP 830/2000 y el Art. 8 de la Ley 11.683.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Art. 245 LCTAR official
  2. Ley 26.994AR official
  3. Ley 14.546AR official
  4. Ley 24.977AR official
  5. Ley 17.418AR official
  6. Ley 20.266AR official
  7. Ley 25.506AR official
  8. Ley 26.589AR official
  9. Ley 24.013AR official
  10. Ley 24.557AR official
  11. Ley 22.400AR official
  12. Ley 25.323AR official
  13. Ley 11.683AR official

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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