Carta de Intención de Negocio — Argentina
CCyC Arts. 990–993 — Tratativas Precontractuales — Exclusividad y Confidencialidad
CARTA DE INTENCIÓN DE NEGOCIO
Tratativas Precontractuales — Código Civil y Comercial de la Nación, Arts. 990 a 993
PRIMERA — PARTES
PARTE A:
Denominación: [Parte A Nombre]
CUIT: [Parte A C U I T]
Domicilio Legal: [Parte A Domicilio]
Representante Legal: [Parte A Representante]
PARTE B:
Denominación: [Parte B Nombre]
CUIT: [Parte B C U I T]
Domicilio Legal: [Parte B Domicilio]
Representante Legal: [Parte B Representante]
SEGUNDA — OBJETO DE LAS TRATATIVAS
Tipo de Operación: [Tipo Operacion]
[Descripcion Negocio]
Precio o Valuación Indicativa: [Precio Indicativo]
Condiciones Preliminares Acordadas: [Condiciones Prelim]
Las partes declaran expresamente que la presente Carta de Intención documenta el interés mutuo en avanzar hacia un acuerdo definitivo sobre la operación descrita y no constituye, por sí sola, un contrato definitivo ni genera obligación de contratar, conforme al artículo 990 del CCyC. Los términos económicos indicados son meramente referenciales y quedan sujetos a la negociación definitiva y al resultado del proceso de due diligence.
TERCERA — EXCLUSIVIDAD (CLÁUSULA VINCULANTE)
Las partes acuerdan mantener negociaciones exclusivas por un período de [Plazo Exclusividad] contados desde la fecha de firma de la presente. Durante este período, ninguna de las partes podrá negociar la misma operación objeto de esta carta con terceros, ni divulgar el estado de las tratativas. El incumplimiento de la exclusividad genera la obligación de resarcir los daños y perjuicios causados conforme al artículo 991 del CCyC, incluyendo los gastos del proceso de due diligence y las oportunidades de negocio sacrificadas.
CUARTA — CONFIDENCIALIDAD (CLÁUSULA VINCULANTE)
Conforme al artículo 992 del CCyC, toda información técnica, financiera, comercial, operativa o de cualquier otra naturaleza que cualquiera de las partes divulgue a la otra durante las tratativas es estrictamente confidencial. Ninguna de las partes podrá revelar, publicar ni usar esa información para fines distintos a los de la evaluación del negocio objeto de esta carta, durante la vigencia de las tratativas ni durante [Plazo Confidencialidad] posteriores a la rescisión o vencimiento de la presente carta de intención, independientemente de si el contrato definitivo se celebra o no.
QUINTA — CONDICIONES PARA EL CONTRATO DEFINITIVO
La firma del contrato definitivo estará supeditada al cumplimiento de las siguientes condiciones precedentes:
[Condiciones Contrato]
Si alguna de las condiciones precedentes no se cumple dentro del período de exclusividad pactado, cualquiera de las partes podrá rescindir la presente carta de intención mediante notificación fehaciente a la otra, sin responsabilidad alguna, salvo que el incumplimiento sea imputable a la parte que rescinde.
SEXTA — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
La presente carta de intención se rige por el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994). Las controversias que surjan en relación a su interpretación, ejecución o rescisión se someterán previamente a mediación prejudicial obligatoria conforme a la Ley N.º 26.589, y en caso de fracaso, a la jurisdicción de los Juzgados Civiles y Comerciales de la Ciudad de [Ciudad Firma], con renuncia a todo otro fuero.
FIRMAS
Suscripta en la ciudad de [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], en dos (2) ejemplares originales de un mismo tenor y a un solo efecto.
PARTE A:
[Parte A Nombre] | CUIT: [Parte A C U I T]
Representado por: [Parte A Representante]
Firma: _________________________ Aclaración: _________________________
PARTE B:
[Parte B Nombre] | CUIT: [Parte B C U I T]
Representado por: [Parte B Representante]
Firma: _________________________ Aclaración: _________________________
Parte A — Representante Legal
________________
Signature
Parte B — Representante Legal
________________
Signature
Qué es Carta de Intención de Negocio — Argentina
La Carta de Intención de Negocio en Argentina es la comunicación formal y fehaciente con la que el emisor notifica, intima o reclama de modo que quede prueba documentada, conforme a Código Civil y Comercial de la Nación — Arts. 990 a 993 (tratativas precontractuales y responsabilidad precontractual).
El artículo 990 del CCyC establece que las partes son libres de promover tratativas dirigidas a la formación del contrato, pudiendo abandonarlas en cualquier momento. El artículo 991 del CCyC impone el deber de buena fe durante las tratativas: quien negocia de mala fe, causando daños al otro, responde por ellos. El artículo 992 del CCyC regula la confidencialidad en las tratativas: quien recibe información confidencial durante la negociación tiene el deber de no revelarla ni usarla inapropiadamente, independientemente de si el contrato se celebra o no. El artículo 993 del CCyC define la carta de intención como el instrumento que documenta el acuerdo sobre las condiciones que las partes ya han acordado en las tratativas.
La carta de intención de negocio en Argentina puede ser vinculante o no vinculante según lo que las partes establezcan expresamente. Las cláusulas vinculantes —como la exclusividad para negociar, la confidencialidad o la obligación de abonar una seña si se frustra la operación sin causa justificada— generan responsabilidad contractual. Las cláusulas no vinculantes —como la descripción del negocio tentativo y el precio indicativo— no crean obligación de contratar. Esta distinción debe quedar explícita en el texto de la carta, con indicación precisa de qué cláusulas obligan a las partes y cuáles son meramente indicativas.
En la práctica del mercado argentino, la carta de intención de negocio se usa en fusiones y adquisiciones (M&A), compraventas de paquetes accionarios, joint ventures, acuerdos de distribución exclusiva, licencias de tecnología, y operaciones inmobiliarias complejas. Es el instrumento que da inicio formal al proceso de due diligence (auditoría precontractual) que realizan los equipos legales y contables de las partes antes de firmar el contrato definitivo. En forms-legal.com podés generar una carta de intención de negocio profesional, adaptada a los estándares jurídicos del CCyC argentino y a los usos contractuales del mercado local.
Cuándo necesitas Carta de Intención de Negocio — Argentina
La Carta de Intención de Negocio en Argentina es necesaria en todas las situaciones en que dos partes han identificado un negocio de interés mutuo y desean formalizar la negociación antes de comprometerse contractualmente.
Se requiere cuando dos empresas exploran la posibilidad de una fusión, adquisición o compraventa de participación societaria. En este contexto, la carta de intención establece el precio indicativo del negocio, la metodología de valuación acordada (múltiplo de EBITDA, valor libro, flujo de fondos descontado), el período de exclusividad para negociar y las condiciones del acceso al data room para el proceso de due diligence. Es el instrumento estándar que los estudios jurídicos especializados en M&A utilizan para documentar el acuerdo preliminar entre compradores y vendedores.
Es indispensable cuando dos empresas de distintos sectores buscan formar un joint venture o emprendimiento conjunto para desarrollar un proyecto específico: construcción de un emprendimiento inmobiliario, desarrollo de software, exportación conjunta de productos, o prestación conjunta de servicios al Estado. La carta de intención establece el objeto del joint venture, el porcentaje de participación de cada parte, la estructura societaria tentativa (puede ser una UTE, consorcio, o SAS) y la distribución tentativa de utilidades.
También resulta necesaria cuando un franquiciante y un franquiciado potencial están evaluando la viabilidad de una franquicia. La carta de intención establece el plazo de negociación, las condiciones de confidencialidad sobre el manual operativo y la información financiera de la red, y el depósito de garantía que el franquiciado pagará durante el proceso de evaluación.
Se necesita cuando un inversor o fondo de capital privado (private equity, venture capital) está evaluando una inversión en una startup o empresa en crecimiento. La carta de intención o term sheet establece la valoración pre-money, el monto de la inversión, el tipo de instrumento (acciones ordinarias, acciones preferidas, nota convertible), y los derechos del inversor (liquidation preference, anti-dilución, board rights).
Por último, la carta de intención es conveniente en operaciones de importación o distribución de productos extranjeros en Argentina, donde el fabricante extranjero y el distribuidor argentino quieren documentar su interés mutuo, las condiciones preliminares de la distribución exclusiva, y el período de negociación antes de firmar el contrato de distribución definitivo que se regirá por las normas del derecho internacional privado aplicables.
Qué incluir en tu Carta de Intención de Negocio — Argentina
Una Carta de Intención de Negocio completa y jurídicamente sólida en Argentina debe contener los siguientes elementos para cumplir su función de instrumento de negociación precontractual conforme al CCyC.
**Identificación de las partes.** La carta debe identificar con precisión a todas las partes involucradas en la negociación: nombre o razón social, CUIT (formato XX-XXXXXXXX-X), domicilio legal y datos del representante legal o firmante con poderes vigentes. Para personas jurídicas, la carta debe aclarar el tipo societario (SA, SRL, SAS, cooperativa) y el organismo de inscripción (IGJ o Registro Público provincial). Esta identificación es la base para determinar qué normas del CCyC y de la LGS N.º 19.550 aplican a la relación entre las partes.
**Descripción del negocio objeto de las tratativas.** El elemento más importante de la carta es la descripción del negocio que las partes están negociando: tipo de operación (compraventa de empresa, joint venture, licencia, distribución), objeto específico (la empresa X, el inmueble en Y, el producto Z), precio indicativo o rango de precio, y condiciones principales ya acordadas preliminarmente. Esta descripción debe ser lo suficientemente precisa para identificar el negocio, pero contener la salvaguarda de que los términos definitivos se acordarán en el contrato definitivo.
**Carácter vinculante o no vinculante de cada cláusula.** La carta de intención argentina debe identificar expresamente qué cláusulas son vinculantes y cuáles son meramente indicativas. Las cláusulas habitualmente vinculantes son: confidencialidad (conforme al artículo 992 del CCyC), exclusividad para negociar, forma de resolución de la carta de intención, gastos del proceso de negociación, y consecuencias del abandono de las tratativas sin causa justificada (responsabilidad precontractual del artículo 991 del CCyC). Las cláusulas habitualmente no vinculantes son: precio indicativo, estructura tentativa de la operación, y demás condiciones a negociar.
**Cláusula de exclusividad.** La cláusula de exclusividad establece que durante el período de negociación fijado, las partes no podrán negociar el mismo negocio con terceros. La exclusividad protege la inversión de tiempo y recursos que cada parte realiza durante el due diligence o la negociación. En Argentina, la exclusividad mal redactada puede generar responsabilidad precontractual si una parte la viola: el artículo 991 del CCyC impone resarcir los daños causados por negociación de mala fe, que pueden incluir los gastos del due diligence frustrado y el lucro cesante.
**Cláusula de confidencialidad.** El artículo 992 del CCyC establece el deber de confidencialidad durante las tratativas. La carta de intención debe reforzar este deber con una cláusula específica que defina qué información es confidencial (datos financieros, técnicos, comerciales, know-how, información de clientes), por cuánto tiempo se mantiene la obligación de confidencialidad después de la ruptura de las tratativas (habitualmente 2 a 5 años), y las consecuencias del incumplimiento (resarcimiento de daños bajo el artículo 1716 del CCyC). En forms-legal.com el modelo incluye una referencia al ar-acuerdo-no-divulgacion si las partes prefieren un documento de confidencialidad separado.
**Plazo de las tratativas y calendario tentativo.** La carta debe establecer un plazo máximo para completar las negociaciones y firmar el contrato definitivo, con un calendario tentativo de las etapas: inicio del due diligence, entrega de información, período de análisis, presentación de la oferta definitiva, y firma del contrato. Un plazo definido evita que las tratativas se prolonguen indefinidamente y genera presión positiva para que ambas partes avancen hacia el cierre.
**Forma de rescisión de la carta de intención.** La carta debe prever cómo puede rescindirse: por notificación fehaciente de cualquiera de las partes con un preaviso de X días, o automáticamente si vence el plazo de las tratativas sin acuerdo. Debe establecer qué consecuencias tiene la rescisión: retorno de la información confidencial, cese de la exclusividad, y si procede algún pago o reembolso de gastos.
**Jurisdicción y ley aplicable.** La carta debe establecer que se rige por el CCyC argentino y que las controversias se someterán a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad que se determine, o a arbitraje del Centro Empresarial de Mediación y Arbitraje (CEMA) u otro tribunal arbitral argentino reconocido.
Cómo completar tu Carta de Intención de Negocio — Argentina
Completar la Carta de Intención de Negocio en Argentina requiere haber identificado previamente el negocio a negociar y las condiciones preliminares en que ambas partes están de acuerdo. Seguí estos pasos para completar el formulario en forms-legal.com.
**Paso 1 — Datos de las partes.** Ingresá la razón social, CUIT y domicilio de cada parte. Para la parte que envía la carta, ingresá el nombre y cargo del firmante con poderes de representación vigentes. Verificá el CUIT de la contraparte en afip.gob.ar/padron antes de completar el formulario.
**Paso 2 — Descripción del negocio.** Describí el negocio que están negociando con precisión: tipo de operación (compraventa de empresa, joint venture, licencia de tecnología, acuerdo de distribución), objeto específico, y las condiciones ya acordadas preliminarmente. Si hay un precio indicativo o rango de precio, incluyelo con la aclaración de que es meramente indicativo y sujeto a due diligence.
**Paso 3 — Carácter vinculante.** Seleccioná qué cláusulas tienen carácter vinculante: la confidencialidad siempre debería ser vinculante; la exclusividad depende de la etapa de negociación; el precio y las condiciones definitivas siempre son no vinculantes hasta el contrato definitivo. Usá el modelo de forms-legal.com que ya tiene las cláusulas clasificadas correctamente.
**Paso 4 — Plazo de exclusividad y negociación.** Ingresá el plazo de exclusividad en días corridos o hábiles. En Argentina, el estándar para M&A de medianas empresas es 60 a 90 días corridos; para joint ventures de menor complejidad, 30 días hábiles suele ser suficiente.
**Paso 5 — Confidencialidad.** Completá la descripción de la información que se considera confidencial para esta operación específica. Ingresá el plazo de vigencia de la confidencialidad post-rescisión de la carta de intención (se recomienda 3 a 5 años para información financiera y técnica sensible).
**Paso 6 — Condiciones para el contrato definitivo.** Listá las condiciones suspensivas o resolutorias que deben cumplirse para que las partes estén obligadas a firmar el contrato definitivo: aprobación del directorio o asamblea societaria, resultado satisfactorio del due diligence, obtención de financiamiento, aprobación regulatoria de la CNDC (Comisión Nacional de Defensa de la Competencia) si la operación supera los umbrales del artículo 10 de la Ley N.º 25.156 de Defensa de la Competencia.
**Paso 7 — Ciudad, fecha y firmas.** Ingresá la ciudad y la fecha en formato DD/MM/AAAA. La carta debe ser firmada por el representante legal de ambas partes con poderes vigentes. Para operaciones significativas, se recomienda la certificación notarial de las firmas o el uso de firma digital avanzada bajo la Ley N.º 25.506.
Requisitos legales para Carta de Intención de Negocio — Argentina
La Carta de Intención de Negocio en Argentina está sujeta a un conjunto de requisitos legales establecidos por el CCyC y normas complementarias.
**Deber de buena fe en las tratativas.** El artículo 991 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) establece que durante las tratativas contractuales las partes deben obrar de buena fe para no frustrarlas injustificadamente. Si una parte abandona las tratativas de mala fe —es decir, sin una razón legítima y cuando la otra parte tenía expectativas razonables de que el contrato se celebraría—, debe resarcir a la otra los gastos incurridos y la pérdida de las oportunidades de negocio sacrificadas (damnum emergens y lucrum cessans). Este principio es de orden público en el derecho argentino y no puede ser derogado por las partes en la carta de intención.
**Confidencialidad obligatoria por el CCyC.** El artículo 992 del CCyC establece que quien recibe información confidencial durante las tratativas —aunque el contrato no llegue a celebrarse— tiene el deber de no revelarla ni usarla en beneficio propio o de terceros. Este deber existe con independencia de que las partes lo hayan pactado expresamente en la carta de intención. La violación de la confidencialidad durante las tratativas genera responsabilidad por los daños causados conforme al artículo 1716 del CCyC (responsabilidad civil extracontractual).
**Control de concentraciones económicas.** Si la operación que se negocia implica una fusión o adquisición que supera los umbrales de la Ley N.º 25.156 de Defensa de la Competencia —actualmente fijados por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) en operaciones con activos o facturación combinada superiores al umbral establecido por resolución de la SCI—, las partes deben notificar a la CNDC antes de consumar la operación. La carta de intención debe prever esta condición suspensiva.
**Arbitraje como alternativa jurisdiccional.** El artículo 1649 del CCyC reconoce la validez del acuerdo de arbitraje para resolver controversias derivadas de relaciones contractuales. Para operaciones de M&A y joint ventures entre grandes empresas en Argentina, el arbitraje ante el CEMA (Centro Empresarial de Mediación y Arbitraje), el CAM Buenos Aires (Cámara Argentina de Mediación y Conciliación) o el CIADI (para inversores extranjeros) es preferible al litigio judicial por su confidencialidad, rapidez y especialización.
**Prescripción de la acción de responsabilidad precontractual.** El plazo para reclamar la responsabilidad precontractual del artículo 991 del CCyC se rige por la prescripción ordinaria de 5 años del artículo 2560 del CCyC, contados desde que la parte perjudicada conoció o debió conocer el daño producido por el abandono de las tratativas. Este plazo comienza a correr desde la fecha en que la parte incumplidora notificó el abandono de las negociaciones o desde que quedó claro que las tratativas no prosperarían.
Errores comunes a evitar en tu Carta de Intención de Negocio — Argentina
Los errores más frecuentes en la redacción de Cartas de Intención de Negocio en Argentina son los siguientes.
**Error 1 — No distinguir entre cláusulas vinculantes y no vinculantes.** El error más grave es redactar una carta de intención sin indicar expresamente qué cláusulas son vinculantes y cuáles son meramente indicativas. Si la carta no aclara este punto, la jurisprudencia argentina tiende a interpretar toda la carta como vinculante, lo que puede generar una demanda por responsabilidad precontractual si una parte se retira de la negociación. Siempre especificá el carácter jurídico de cada cláusula.
**Error 2 — Omitir la cláusula de confidencialidad.** Aunque el artículo 992 del CCyC impone el deber de confidencialidad con independencia de pacto expreso, una cláusula de confidencialidad detallada en la carta de intención define qué información es confidencial, por cuánto tiempo y cuáles son las consecuencias del incumplimiento. Sin esta cláusula explícita, el alcance del deber de confidencialidad puede ser disputado en un litigio.
**Error 3 — No fijar un plazo de exclusividad.** Una exclusividad sin plazo determinado puede ser interpretada como indefinida, lo que traba al concedente más allá de lo razonable. Siempre fijá un plazo máximo de exclusividad y las condiciones de renovación.
**Error 4 — Incluir precio definitivo en lugar de indicativo.** Si la carta de intención establece un precio concreto sin la salvaguarda de que es meramente indicativo sujeto a due diligence y negociación definitiva, ese precio puede ser reclamado como obligatorio ante un tribunal bajo el artículo 993 del CCyC que le da valor a lo ya acordado en las tratativas. Siempre calificá el precio como «indicativo», «referencial» o «sujeto a verificación».
**Error 5 — No prever la aprobación de los órganos societarios.** En las SA, las adquisiciones de activos significativos pueden requerir aprobación de la asamblea de accionistas bajo el artículo 235 de la LGS N.º 19.550. No incluir esta condición suspensiva en la carta de intención puede generar conflictos si el directorio firmante no tenía facultades suficientes para comprometer a la sociedad en la operación.
**Error 6 — Ignorar la Ley de Defensa de la Competencia.** En operaciones de M&A que superan los umbrales de la Ley N.º 25.156, no prever la condición de aprobación de la CNDC puede llevar a las partes a ejecutar una operación que la autoridad antimonopolio podría luego objetar o revertir, con multas significativas para ambas partes.
Citar esta página
Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:
Forms Legal. (2026). Carta de Intención de Negocio — Argentina (Argentina) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/argentina/business/letters/carta-intencion-negocio-argentina
"Carta de Intención de Negocio — Argentina (Argentina)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/argentina/business/letters/carta-intencion-negocio-argentina.
@misc{formslegal-carta-intencion-negocio-argentina,
author = {{Forms Legal}},
title = {Carta de Intención de Negocio — Argentina (Argentina)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/argentina/business/letters/carta-intencion-negocio-argentina}},
note = {Free legal document template}
}Preguntas Frecuentes
No, por regla general la carta de intención no obliga a las partes a celebrar el contrato definitivo. El artículo 990 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994) establece que las partes son libres de promover tratativas y de abandonarlas en cualquier momento. La carta de intención documenta el interés mutuo en negociar, pero no crea la obligación de contratar salvo que las partes lo estipulen expresamente como cláusula vinculante. Sin embargo, el abandono de las tratativas sin causa justificada y de mala fe genera responsabilidad precontractual bajo el artículo 991 del CCyC: la parte que abandona injustificadamente debe resarcir a la otra los gastos realizados en virtud de la negociación (honorarios de abogados, contadores, viáticos) y las oportunidades de negocio perdidas. Por eso, siempre es recomendable que la carta de intención especifique expresamente cuáles cláusulas son vinculantes y cuáles son meramente indicativas.
La responsabilidad precontractual es la obligación de resarcir los daños causados a la otra parte durante las tratativas contractuales, cuando se actúa de mala fe o se frustra injustificadamente la negociación. En Argentina, el artículo 991 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994) establece este principio. Los daños indemnizables incluyen los gastos incurridos en la negociación (honorarios de due diligence, auditorías contables, legales y técnicas), la pérdida de oportunidades de negocio con terceros que se sacrificaron para mantener la exclusividad, y en casos extremos el lucro cesante. La carta de intención protege a las partes porque define el marco de la negociación, las condiciones de exclusividad, y las causas válidas para abandonar las tratativas sin responsabilidad (por ejemplo, resultado negativo del due diligence, o incumplimiento de una condición precedente por la otra parte). Una carta de intención bien redactada reduce la incertidumbre sobre cuándo y cómo puede terminarse la negociación sin responsabilidad.
No, la carta de intención de negocio en Argentina no requiere inscripción ante ningún organismo registral para ser válida entre las partes. El principio de libertad de formas del artículo 957 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) permite celebrar acuerdos por instrumento privado sin necesidad de escritura pública ni registro. Sin embargo, para darle fecha cierta al instrumento —lo que es relevante para el cómputo del plazo de exclusividad y para la prueba ante terceros— se recomienda la certificación de firmas por escribano público (artículo 317 del CCyC, que otorga fecha cierta al instrumento privado), o el uso de firma digital avanzada bajo la Ley N.º 25.506 de Firma Digital, que también otorga fecha cierta. Para operaciones de M&A que superan los umbrales de la Ley N.º 25.156 de Defensa de la Competencia, la operación debe notificarse a la CNDC (Comisión Nacional de Defensa de la Competencia), lo que es un requisito legal adicional al registro formal de la carta de intención.
El período de exclusividad varía según la complejidad de la operación y la práctica del sector. En Argentina, los plazos más habituales son: operaciones de compraventa de pequeñas y medianas empresas o negocios: 30 a 60 días hábiles; adquisiciones de empresas medianas con due diligence completo: 60 a 90 días corridos; fusiones de grandes empresas o joint ventures complejos que requieren aprobación societaria y regulatoria: 90 a 180 días corridos. Es habitual que la carta de intención prevea la posibilidad de extender el período de exclusividad por mutuo acuerdo de las partes, mediante adenda escrita, cuando el proceso de due diligence se extiende más de lo previsto. El período de exclusividad debe ser razonable: uno muy corto presiona a las partes a tomar decisiones apresuradas, mientras que uno muy largo puede inmovilizar al concedente de la exclusividad innecesariamente.
Sí. En Argentina, la carta de intención puede incluir una cláusula de seña o arras, regulada por el artículo 1059 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC). La seña en el contexto de una carta de intención funciona como garantía del interés serio de las partes en la operación: quien abandona la negociación sin causa pierde la seña entregada (si era el comprador) o debe devolver el doble de la seña recibida (si era el vendedor), salvo que la carta establezca otro mecanismo. La seña en las tratativas de M&A o compraventa de empresas en Argentina suele representar entre el 5% y el 10% del precio indicativo acordado. La inclusión de seña convierte a la carta de intención en un instrumento con mayor efecto vinculante, por lo que requiere el análisis previo de un abogado especializado en derecho empresarial.
Sí, los contratos y documentos en idioma extranjero son válidos en Argentina entre partes que los entiendan, pero con limitaciones importantes para su uso ante autoridades argentinas. El artículo 1109 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) no exige que los contratos estén en español. Sin embargo, para presentar una carta de intención en inglés ante la IGJ, AFIP, CNDC, juzgados argentinos u organismos públicos, se requiere una traducción oficial al español certificada por un Traductor Público Nacional (TPN) matriculado ante el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires u organismo equivalente provincial. En la práctica, las operaciones de M&A internacionales en Argentina suelen documentarse en forma bilingüe (español e inglés) con la cláusula de que, en caso de discrepancia, prevalece el texto en español. Usar forms-legal.com para la versión en español garantiza el cumplimiento de los requisitos del CCyC argentino.
En la práctica argentina, los términos carta de intención y memorando de entendimiento (MOU, por sus siglas en inglés) se usan frecuentemente como sinónimos, aunque existen diferencias de énfasis. La carta de intención es un documento unilateral o bilateral más breve, que comunica el interés de una parte en avanzar hacia un negocio y establece los términos preliminares de la negociación. El memorando de entendimiento (MOU) suele ser más extenso y detallado, y es habitualmente bilateral: ambas partes lo firman como acuerdo marco de la negociación. En el ordenamiento del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC), el artículo 993 se refiere a la carta de intención como el instrumento que documenta lo ya acordado en las tratativas, con independencia de cómo las partes lo denominen. Tanto la carta de intención como el MOU están sujetos al deber de buena fe del artículo 991 del CCyC y al deber de confidencialidad del artículo 992 del CCyC.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
¿Encontró un error? AvísenosDocumentos Relacionados
También puede encontrar útiles estos documentos:
Acuerdo de Confidencialidad Argentina (Non-Disclosure Agreement)
A Non-Disclosure Agreement (Acuerdo de Confidencialidad / NDA) for Argentina — governed by CCyC Art. 957 (Law 26.994) and Law 24.766 on Confidential Information, protecting trade secrets, proprietary data, and sensitive business information between parties in commercial or pre-contractual negotiations.
Carta de Presentación de Empresa — Argentina
Carta formal de presentación institucional de una empresa ante clientes, proveedores o socios potenciales en Argentina, conforme al artículo 957 del Código Civil y Comercial de la Nación. Comunica la identidad, actividad y propuesta de valor de la organización.
Instrumento Constitutivo de SAS Argentina (Constitución de Sociedad por Acciones Simplificada)
A Simplified Corporation Incorporation Agreement (Instrumento Constitutivo de Sociedad por Acciones Simplificada — SAS) for Argentina — governed by Law 27.349 (Apoyo al Capital Emprendedor), enabling online registration within 24 hours through TAD, with flexible governance and single-shareholder capability.