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Acta de Reunión de Directorio de Sociedad Anónima

Acta de Reunión de Directorio de Sociedad Anónima

Encabezado del Acta

ACTA DE REUNIÓN DE DIRECTORIO N° [Numero Acta]

SOCIEDAD: [Denominacion Social] — IGJ N° [Inscripcion I G J] — CUIT [Cuit Sociedad] — Domicilio social: [Domicilio Social]

En [Lugar Reunion], a los [Fecha Reunion], siendo las [Hora Inicio], se reúne el Directorio de [Denominacion Social] — modalidad: [Modalidad Reunion] — con la presencia de [Directores Presentes] directores sobre un total de [Total Directores] directores titulares, alcanzándose el quórum estatutario (mayoría absoluta — LGS Art. 260).

Presidencia y Secretaría

PRESIDENCIA Y SECRETARÍA DE LA REUNIÓN

Preside la reunión el Sr./Sra. [Presidente Directorio], DNI [Dni Presidente], en su carácter de Presidente del Directorio (LGS Art. 268). Actúa como Secretario/a el Sr./Sra. [Secretario Directorio], DNI [Dni Secretario]. El Presidente verifica el quórum, lo declara alcanzado y da inicio al tratamiento del orden del día.

Punto 1 del Orden del Día

PUNTO 1 DEL ORDEN DEL DÍA

Asunto tratado: [Punto1 Descripcion]

RESOLUCIÓN: [Punto1 Resolucion]

Punto 2 del Orden del Día

PUNTO 2 DEL ORDEN DEL DÍA

Asunto tratado: [Punto2 Descripcion]

RESOLUCIÓN: [Punto2 Resolucion]

Cierre de la Reunión

CIERRE DE LA REUNIÓN

No habiendo más asuntos que tratar, siendo las [Hora Fin], el Presidente declara cerrada la Reunión de Directorio N° [Numero Acta] de [Denominacion Social] celebrada el [Fecha Reunion]. La presente acta se labra en el Libro de Actas de Reuniones de Directorio rubricado por la IGJ y es firmada por todos los directores presentes en prueba de conformidad, quedando constancia de la responsabilidad solidaria de los firmantes conforme al Art. 274 LGS, con excepción de quienes hubieran votado en contra y lo hicieron constar expresamente.

Presidente del Directorio

________________

Signature

Secretario/a del Directorio

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acta de Reunión de Directorio de Sociedad Anónima

El Acta de Reunión de Directorio de Sociedad Anónima en Argentina es el documento societario que registra de forma fehaciente las deliberaciones, resoluciones y votaciones adoptadas por el órgano de gobierno de la sociedad, conforme a Ley General de Sociedades 19.550, Arts. 260–280.

La LGS 19.550 Arts. 255 a 280 regulan la composición, integración, funcionamiento y responsabilidad del directorio de la SA. El Art. 255 LGS establece que el directorio es el órgano de administración de la SA y puede integrarse por uno o más directores, sean accionistas o no. La LGS Art. 266 establece el carácter personal e indelegable del cargo de director — ningún director puede representar a otro ausente en la reunión de directorio. El Art. 268 LGS atribuye al presidente del directorio la representación legal de la SA frente a terceros, organismos del Estado y autoridades judiciales y administrativas. El Art. 274 LGS establece la responsabilidad solidaria e ilimitada de los directores por los daños causados por la violación de sus obligaciones de lealtad y diligencia (estándar del 'buen hombre de negocios' — LGS Art. 59).

El acta de reunión de directorio cumple funciones jurídicas esenciales. Es el único medio de prueba fehaciente de que el directorio tomó determinada decisión — sin el acta, la decisión puede ser cuestionada como inexistente o irregular. Es el respaldo documental que habilita al presidente del directorio a ejecutar los actos aprobados: firmar contratos, emitir poderes, abrir cuentas bancarias, aceptar financiamientos. Es el instrumento que delimita la responsabilidad de cada director: el director que votó en contra y lo hizo constar en el acta queda liberado de responsabilidad solidaria (LGS Art. 274 segundo párrafo). Y es la base documental que la IGJ revisa en sus fiscalizaciones para verificar la regularidad del funcionamiento del órgano de administración.

El Libro de Actas de Reuniones de Directorio es un libro societario obligatorio que debe rubricarse ante la IGJ antes de comenzar a labrar las actas en él. La LGS Art. 73 establece la obligación de las SA de llevar los libros societarios con las formalidades de los libros de comercio — numeración correlativa de páginas, sin blancos, raspaduras ni interlineaciones. Libros de actas en hojas sueltas, cuadernos o soporte digital sin la rúbrica de la IGJ carecen de valor probatorio pleno. La IGJ rubrica los libros societarios en sus oficinas o mediante el sistema TAD (Trámites a Distancia) del Estado Nacional.

La AFIP articula con el acta de reunión de directorio en múltiples aspectos: la aprobación de gastos, honorarios, regalías y demás egresos de la SA deben documentarse con actas de directorio como respaldo de la autorización del órgano de administración, complementado siempre con la factura o comprobante fiscal emitido conforme a la RG AFIP 1415. Las cuentas bancarias y los poderes bancarios a favor de empleados o terceros deben estar respaldados por acta de directorio que autorice la apertura o el otorgamiento del poder. Los bancos (en cumplimiento de la Comunicación A 4751 del BCRA) exigen copia del acta de directorio que autoriza la apertura de cuentas corrientes y la nómina de autorizados para operar.

Cuándo necesitas Acta de Reunión de Directorio de Sociedad Anónima

El Acta de Reunión de Directorio de SA resulta necesaria en las siguientes situaciones frecuentes en la operación de una Sociedad Anónima argentina.

Aprobación de contratos significativos: Cuando la SA va a celebrar contratos de valor importante — compraventa de inmuebles, contratos de alquiler de largo plazo, contratos de crédito bancario, contratos de obra civil — el directorio debe aprobar previamente la operación en reunión. El acta de directorio que aprueba el contrato y faculta al presidente o a un apoderado especial a firmarlo es el respaldo jurídico de la operación. Los bancos, los escribanos y los organismos públicos suelen exigir copia del acta de directorio como condición para celebrar el acto.

Otorgamiento y revocación de poderes: Cuando la SA necesita otorgar poder general de administración o poder especial a un empleado, contador, abogado u otra persona para que actúe en nombre de la SA en determinados actos — licitaciones, gestiones bancarias, trámites ante AFIP o la IGJ — el directorio debe aprobarlo en reunión. El acta que autoriza el poder es el antecedente necesario para que el presidente o el directorio designado suscriba la escritura pública del poder ante escribano.

Aprobación del presupuesto anual y planes de negocios: El directorio aprueba el presupuesto anual de ingresos y gastos de la SA, el plan de negocios para el ejercicio y las inversiones estratégicas. El acta que aprueba el presupuesto es el documento de referencia para el control de gestión interno y para la sindicatura, que verifica el cumplimiento del presupuesto en sus informes periódicos a la asamblea.

Designación de gerentes y funcionarios clave: El directorio designa a los gerentes generales, gerentes de área, apoderados y demás funcionarios con facultades de representación. El acta de directorio que designa al gerente general y le confiere determinadas facultades es el título que habilita al gerente para actuar. Los bancos y proveedores exigen el acta de directorio que lo designa para reconocer sus poderes de firma.

Aprobación de apertura de cuentas bancarias: Los bancos argentinos — en cumplimiento de la Comunicación A 4751 del BCRA y las normas de prevención del lavado de activos (Ley 25.246) — exigen el acta de directorio que aprueba la apertura de cuenta corriente o caja de ahorro empresarial y la nómina de personas autorizadas para operar la cuenta (con sus DNI o CUIT). Sin el acta de directorio, el banco no puede abrir la cuenta ni inscribir a los autorizados.

Aprobación de estados contables intermedios: Para SA que presentan información financiera periódica ante la CNV (cotizantes en BYMA o MAE), el directorio aprueba los estados contables trimestrales antes de su publicación como hecho relevante. El acta que aprueba los estados contables intermedios es requisito de las Normas CNV (RG 622/2013) para la publicación en el sistema de información de la CNV.

Qué incluir en tu Acta de Reunión de Directorio de Sociedad Anónima

Un Acta de Reunión de Directorio de SA completa y jurídicamente válida conforme a la LGS Arts. 260–280 debe incluir los siguientes elementos esenciales.

Encabezado identificatorio: Denominación social completa con indicación de 'S.A.', número de inscripción en la IGJ o Registro Público provincial, CUIT de la sociedad, domicilio social, número correlativo del acta (ej. 'Acta N.° 127'), fecha y hora de inicio de la reunión, lugar de celebración (domicilio social u otro habilitado por el estatuto) o indicación de que es reunión por videoconferencia.

Convocatoria y constitución: Quién convocó la reunión (habitualmente el presidente del directorio), medio de convocatoria utilizado (nota, correo electrónico, comunicación telefónica), anticipación con la que se convocó. Lista de directores presentes con nombre y DNI, y de los ausentes con indicación de si enviaron excusa o no. Verificación del quórum alcanzado (mayoría absoluta de directores titulares — LGS Art. 260). Si algún director participó por videoconferencia, indicar el medio tecnológico utilizado y dejar constancia de que se verificó su identidad.

Designación del presidente y secretario de la reunión: El presidente del directorio preside la reunión (o el director que lo subrogue en su ausencia). El secretario del directorio (o quien designe el directorio para el acto) labra el acta. Sus firmas al final del acta son esenciales para la validez del instrumento.

Orden del día y tratamiento de cada punto: Para cada punto del orden del día: descripción del asunto tratado, exposición del presidente o del director informante, preguntas y respuestas de los directores, resultado de la votación (votos a favor, en contra, abstenciones, con mención expresa de los directores que votaron en contra para preservar su exención de responsabilidad — LGS Art. 274), y texto íntegro de la resolución adoptada. Forms-legal.com facilita este modelo para uso orientativo; el asesoramiento de abogado corporativo es recomendable para decisiones complejas.

Aprobación de contratos o poderes: Si la reunión aprueba un contrato o poder, transcribir sus datos esenciales (tipo de contrato, partes, objeto, monto, plazo) y la facultad conferida al presidente o al apoderado para firmarlo. Si se otorga un poder especial, indicar el objeto del poder, la persona apoderada (nombre, DNI, CUIT) y el plazo de vigencia.

Firmas de todos los directores presentes: El acta debe ser firmada por TODOS los directores que participaron de la reunión — no solo por el presidente y el secretario. Las firmas de todos los presentes dan prueba de su participación y son necesarias para oponer a cada director las responsabilidades emergentes de las decisiones adoptadas (LGS Art. 274). Los directores ausentes no firman pero su ausencia debe constar en el acta.

Cómo completar tu Acta de Reunión de Directorio de Sociedad Anónima

Para completar correctamente el Acta de Reunión de Directorio de SA en Argentina, siga estos pasos.

Paso 1 — Datos de la sociedad: Ingrese la denominación social exactamente como figura en el certificado de vigencia IGJ. El número de inscripción IGJ está en la escritura de constitución o en igj.gob.ar. El CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X se obtiene en afip.gob.ar.

Paso 2 — Número y fecha del acta: Ingrese el número correlativo del acta (ej. 'Acta N.° 45'). Las actas deben numerarse correlativamente para verificar que no hay actas faltantes. La fecha en formato DD/MM/AAAA. La hora de inicio y finalización de la reunión en formato HH:MM.

Paso 3 — Lugar de reunión: Ingrese el lugar donde se celebró la reunión (ej. 'domicilio social sito en Av. San Martín 1234, CABA'). Si la reunión fue por videoconferencia, indique el medio utilizado (ej. 'reunión por videoconferencia vía Zoom — código de sesión: XXXX') y que todos los participantes pudieron verse y escucharse simultáneamente.

Paso 4 — Directores presentes y quórum: Liste todos los directores titulares con nombre y DNI. Indique cuáles están presentes (incluyendo los que participaron por videoconferencia) y cuáles ausentes. Verifique el quórum: deben estar presentes más de la mitad del total de directores titulares (LGS Art. 260). Si no hay quórum, consigne el cuarto intermedio y convoque para otra fecha.

Paso 5 — Orden del día: Ingrese los puntos del orden del día que se tratarán. El directorio puede incluir en el orden del día cualquier asunto de su competencia. Para cada punto: describa el asunto, quién lo presentó, el debate desarrollado y el resultado de la votación (votos a favor, en contra, abstenciones con identificación de los directores que votaron en contra).

Paso 6 — Resoluciones: Redacte el texto íntegro de cada resolución adoptada. Use lenguaje preciso y específico. Si se aprueba un contrato, mencione las partes, el objeto, el monto y el plazo. Si se designa un apoderado, mencione su nombre, DNI, CUIT y las facultades conferidas. Si se autoriza la apertura de una cuenta bancaria, mencione el banco, el tipo de cuenta y las personas autorizadas para operar con su DNI.

Paso 7 — Cierre y firmas: El presidente declara cerrada la reunión. Consigne la hora de finalización. El acta debe ser firmada por todos los directores presentes — no solo el presidente y el secretario. Si algún director participó por videoconferencia, puede firmar el acta digitalmente (Ley 25.506 de Firma Digital) o firmarla físicamente en los días siguientes con fecha de la reunión.

Errores comunes a evitar en tu Acta de Reunión de Directorio de Sociedad Anónima

Al labrar el Acta de Reunión de Directorio de SA en Argentina, los directores y asesores cometen con frecuencia los siguientes errores que generan problemas legales o impositivos.

No verificar el quórum antes de sesionar y tomar resoluciones: Si la reunión del directorio sesiona y toma resoluciones sin el quórum estatutario (mayoría absoluta de directores titulares — LGS Art. 260), las resoluciones adoptadas son nulas e inoponibles a terceros y a los accionistas. Aun cuando los directores ausentes estuvieran de acuerdo con las resoluciones, su acuerdo posterior no convalida la falta de quórum. El directorio debe verificar el quórum al inicio de cada reunión y consignarlo expresamente en el acta.

No identificar a los directores que votaron en contra: La LGS Art. 274 exime de responsabilidad solidaria al director que votó en contra de la resolución dañosa y lo hizo constar en el acta. Si el acta no identifica a los directores disidentes, todos los presentes quedan solidariamente responsables. Los directores que no estén de acuerdo con una decisión del directorio deben exigir que su voto negativo conste expresamente en el acta, con su nombre y DNI.

Labrar el acta en hojas sueltas o soporte no rubricado: Usar hojas sueltas, archivos de Word, correos electrónicos o cuadernos no rubricados por la IGJ para documentar las reuniones del directorio es una infracción a la LGS Art. 73. Estos documentos carecen de valor probatorio pleno y son rechazados por bancos, organismos públicos y la IGJ. El acta solo tiene pleno valor probatorio cuando está labrada en el Libro de Actas rubricado.

No firmar el acta por todos los directores presentes: Si el acta solo es firmada por el presidente y el secretario pero no por los demás directores que participaron de la reunión, puede cuestionarse la participación real de los demás directores en las decisiones adoptadas. Todos los directores presentes deben firmar el acta dentro del plazo razonable de su confección.

Aprobar gastos sin documentación respaldatoria: El directorio puede aprobar determinados gastos mediante resolución en el acta, pero eso no reemplaza la necesidad de contar con factura o comprobante fiscal emitido por el proveedor conforme a la RG AFIP 1415. AFIP rechaza la deducción en el Impuesto a las Ganancias de gastos documentados solo con acta de directorio sin el comprobante fiscal del proveedor.

Omitir la referencia al poder o contrato aprobado con sus datos esenciales: Cuando el directorio aprueba el otorgamiento de un poder o la celebración de un contrato, el acta debe consignar los datos esenciales del poder (apoderado, facultades, plazo) o del contrato (partes, objeto, monto, plazo). Actas que dicen solo 'se aprueba el contrato de locación del inmueble de la calle X' sin describir los términos esenciales generan dudas sobre el alcance de la autorización.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 25.246AR official
  2. Ley 25.506AR official

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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