El Protocolo NOM-035 de Riesgo Psicosocial es el documento interno con el que un centro de trabajo cumple las obligaciones establecidas por la NOM-035-STPS-2018 (Norma Oficial Mexicana sobre Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo): identificar, analizar y prevenir aquellos factores del entorno laboral que pueden dañar la salud mental de los trabajadores. Toda empresa con al menos un trabajador en México está obligada a contar con él.
Legal basis: NOM-035-STPS-2018 (Norma Oficial Mexicana sobre Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo)
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Qué es la NOM-035-STPS-2018 y cuál es su propósito
La NOM-035-STPS-2018 es la norma oficial que regula la identificación, análisis y prevención de los factores de riesgo psicosocial en los centros de trabajo a lo largo del territorio nacional. Entró en vigor de manera escalonada: la primera etapa cubrió las obligaciones básicas de política y difusión, y la segunda etapa incorporó la aplicación de cuestionarios, el análisis de resultados y la implementación de acciones correctivas.
El objetivo central de la norma es proteger la salud mental de los trabajadores frente a condiciones como la carga excesiva de trabajo, el hostigamiento laboral, la jornada extensa sin recuperación adecuada y la falta de claridad en las funciones asignadas. La norma reconoce que estos factores, cuando se acumulan o persisten, pueden derivar en alteraciones físicas y emocionales que afectan tanto al trabajador como a la productividad del negocio.
El protocolo —el documento que aquí se analiza— es la materialización interna de ese mandato. No es un formulario único y cerrado: cada empresa lo adapta a su tamaño, giro y número de trabajadores, respetando los elementos que la norma define como obligatorios.
Cuándo se necesita este documento
Cualquier patrón con trabajadores a su cargo en México requiere un protocolo de este tipo. La obligación existe con independencia del sector económico, el tamaño de la empresa o el tipo de contrato de los trabajadores. La única variable que la NOM-035-STPS-2018 introduce es el alcance de las obligaciones según el número de personas empleadas en el centro de trabajo:
- Los centros de trabajo con hasta quince trabajadores deben cumplir un conjunto reducido de obligaciones, centrado principalmente en la difusión de la política de prevención y en la identificación básica de factores de riesgo.
- Los centros de trabajo con dieciséis a cincuenta trabajadores amplían esas obligaciones e incorporan la aplicación de guías de referencia.
- Los centros de trabajo con más de cincuenta trabajadores deben aplicar los cuestionarios completos, analizar los resultados y documentar un programa de acciones concretas.
Además de la obligación permanente, el protocolo cobra especial relevancia cuando ocurren cambios organizacionales significativos: una fusión, una reestructura, la implementación de turnos nocturnos o cualquier modificación sustancial en las condiciones de trabajo. En esos momentos, una revisión y actualización del documento permite acreditar que la empresa actuó de forma proactiva ante nuevos riesgos.
Contenido clave del protocolo
Un protocolo bien construido articula varios elementos que la NOM-035-STPS-2018 establece como necesarios:
Política de prevención de riesgos psicosociales. Declaración escrita y firmada por la dirección en la que se asume el compromiso de identificar, atender y prevenir los factores de riesgo. La norma exige que esta política sea difundida entre todos los trabajadores.
Identificación de los factores de riesgo. Descripción de las condiciones del entorno de trabajo que pueden generar daño: cargas de trabajo excesivas, falta de control sobre la tarea, violencia laboral —incluidos el hostigamiento y el acoso—, jornadas que superan los límites razonables de recuperación, y ausencia de apoyo social por parte de superiores o compañeros.
Metodología de evaluación. Indicación de los instrumentos utilizados para recopilar información: guías de referencia o cuestionarios, según el tamaño del centro de trabajo. La norma ofrece guías de referencia como herramienta orientativa para centros con menor número de trabajadores.
Resultados y análisis. Síntesis de los hallazgos obtenidos tras la aplicación de los cuestionarios o guías, con identificación de las áreas o puestos con mayor exposición a factores de riesgo.
Programa de acciones preventivas y correctivas. Conjunto de medidas concretas con responsable designado y seguimiento programado. La norma distingue entre acciones preventivas —que se aplican antes de que el daño ocurra— y correctivas —que se implementan cuando ya se han detectado condiciones adversas.
Mecanismos de atención. Descripción del canal interno al que puede acudir cualquier trabajador para reportar situaciones de violencia laboral o condiciones que considere de riesgo, con garantía de confidencialidad.
Registro y conservación de evidencias. Documentación que acredita cada etapa del proceso: listas de asistencia a capacitaciones, resultados de cuestionarios, actas de difusión de la política y registros de las acciones implementadas.
Cómo completar el protocolo paso a paso
El proceso de elaboración sigue una secuencia lógica que conviene respetar para garantizar que el documento sea coherente y auditable.
Paso 1: diagnóstico inicial. Antes de redactar una sola cláusula, es necesario conocer la situación real del centro de trabajo. Eso implica revisar la estructura organizacional, identificar los puestos con mayor exposición a jornadas prolongadas o a tareas con alta presión, y consultar cualquier antecedente de incidentes relacionados con violencia o estrés laboral.
Paso 2: elaboración de la política. Con base en ese diagnóstico, se redacta la política de prevención. El lenguaje debe ser claro, sin tecnicismos innecesarios, y debe comprometer a la dirección de manera explícita. Muchas empresas cometen el error de copiar políticas genéricas: una política útil nombra los factores concretos del propio entorno de trabajo.
Paso 3: aplicación de los instrumentos de evaluación. Se aplican las guías de referencia o los cuestionarios correspondientes al tamaño de la empresa. Para que los resultados sean confiables, la aplicación debe garantizar el anonimato de los trabajadores cuando así lo requiera la norma, y el proceso debe ser explicado con claridad antes de comenzar.
Paso 4: análisis e interpretación. Los resultados se agrupan por área, turno o puesto para detectar patrones. Un puntaje elevado en una dimensión —como «apoyo social de supervisores» o «ritmo de trabajo»— no implica necesariamente una sanción inmediata, sino que señala dónde se deben concentrar las acciones.
Paso 5: diseño del programa de acciones. Cada hallazgo relevante debe traducirse en una acción específica: capacitación, redistribución de cargas, ajuste de procesos, habilitación de canales de comunicación, entre otras. La vaguedad en este punto es el defecto más frecuente en los protocolos que se revisan durante visitas de inspección.
Paso 6: difusión y capacitación. La norma exige que los trabajadores conozcan la política, los factores de riesgo identificados y los mecanismos de atención disponibles. La capacitación debe quedar documentada con listas de asistencia firmadas.
Para facilitar este proceso, el Protocolo NOM-035 de Riesgo Psicosocial en México (NOM-035-STPS-2018) ofrece una plantilla estructurada que puede adaptarse al tamaño y giro de cada empresa sin partir de cero.
Errores comunes que comprometen el cumplimiento
La experiencia en revisiones de protocolos revela patrones de error que se repiten con frecuencia:
Política sin firma ni fecha. Un documento sin la firma de quien representa legalmente al patrón carece de valor probatorio ante una inspección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. La fecha también es relevante porque acredita que la política existía antes de que ocurriera cualquier incidente.
Aplicación de cuestionarios sin análisis posterior. Levantar las encuestas y archivarlas sin procesarlas es el equivalente a no haberlas aplicado. La norma exige el análisis y la documentación de resultados.
Programa de acciones genérico. Frases como «se realizarán capacitaciones» o «se mejorarán las condiciones de trabajo» no satisfacen el requisito. El programa debe indicar qué acción, a cargo de quién, en qué plazo y con qué indicador de seguimiento.
No actualizar el protocolo. La obligación no es puntual: el protocolo debe revisarse cuando cambian las condiciones del centro de trabajo y, en todo caso, con la periodicidad que la empresa misma haya comprometido en su política.
Confundir el protocolo con un trámite administrativo. El valor real del documento no está en el cumplimiento formal ante una inspección, sino en la información que genera para mejorar el entorno laboral. Las empresas que usan los resultados para tomar decisiones reales obtienen beneficios tangibles: menor rotación, menor ausentismo y menor incidencia de conflictos internos.
Un protocolo sólido no requiere un equipo de especialistas para su elaboración inicial, pero sí requiere compromiso genuino por parte de la dirección y participación honesta de los trabajadores en el proceso de evaluación. Sin esas dos condiciones, el documento será papel sin sustancia.
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