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Acuerdo de Crédito entre Partes Relacionadas México

Related Party Credit Agreement Mexico (Acuerdo de Crédito entre Partes Relacionadas)

ACUERDO DE CRÉDITO ENTRE PARTES RELACIONADAS

Related Party Credit Agreement

Celebrado conforme a los Artículos 76 Fracción XII y 179–184 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y el Código Civil Federal (CCF) Artículo 2384

I. PARTES Y VINCULACIÓN

PRESTAMISTA (ACREEDOR):

Nombre / Razón Social: [Lender Name]

RFC: [Lender RFC]

Domicilio Fiscal: [Lender Address]

País de Residencia: [Lender Country]

Representante Legal: [Lender Representative]

PRESTATARIO (DEUDOR):

Nombre / Razón Social: [Borrower Name]

RFC: [Borrower RFC]

Domicilio Fiscal: [Borrower Address]

Representante Legal: [Borrower Representative]

Relación entre Partes (LISR Art. 179): [Related Party Basis].

II. TÉRMINOS DEL CRÉDITO — PRECIO DE LIBRE COMPETENCIA (LISR ART. 179)

Monto del Crédito: [Principal Amount].

Tasa de Interés (Arm's Length): [Interest Rate]. Las partes declaran que la tasa pactada cumple con el principio de plena competencia conforme al Artículo 179 de la LISR y las Guías de Precios de Transferencia de la OCDE.

Vencimiento y Amortización: [Maturity Date].

Frecuencia de Pago de Intereses: [Interest Payment Frequency].

III. DOCUMENTACIÓN DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA — LISR ART. 76 FRAC. XII

Método Aplicado (LISR Art. 180): [Transfer Pricing Method].

Las partes declaran que mantienen documentación comprobatoria (Estudio de Precios de Transferencia) que soporta que las condiciones del presente crédito son consistentes con las que se hubieran pactado con o entre partes independientes en operaciones comparables, conforme a los Artículos 76 Fracción XII y 179–184 de la LISR.

IV. RETENCIÓN DE ISR Y CAPITALIZACIÓN DELGADA

Retención de ISR sobre Intereses: [Withholding Tax Treatment].

Capitalización Delgada (LISR Art. 28 Frac. XXVII): [Thin Cap Confirmation]. El Prestatario confirma que su deuda total con partes relacionadas no excede el límite de 3:1 (deuda/capital contable). El exceso de intereses sería no deducible para efectos de ISR.

El Prestatario se obliga a calcular, retener y enterar al SAT el impuesto correspondiente a más tardar el día 17 del mes siguiente al de cada pago de intereses, conforme a los Artículos 166–168 LISR y a emitir la Constancia de Retención respectiva.

V. INCUMPLIMIENTO Y VENCIMIENTO ANTICIPADO

Constituirán causales de vencimiento anticipado y exigibilidad total del crédito: (a) falta de pago de capital o intereses dentro de los 10 días hábiles de su vencimiento; (b) inicio de procedimiento de concurso mercantil del Prestatario bajo la Ley de Concursos Mercantiles (LCM); (c) embargo judicial sobre activos del Prestatario; (d) incumplimiento de los límites de capitalización delgada bajo LISR Art. 28 Frac. XXVII. En caso de vencimiento anticipado se causarán intereses moratorios a la tasa pactada más 2% anual adicional.

VI. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente Acuerdo se rige por la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), el Código Civil Federal, el Código de Comercio y el Código Fiscal de la Federación (CFF), todos de los Estados Unidos Mexicanos. Para controversias, las partes se someten a los Juzgados de Distrito en Materia Civil Federal del domicilio del Prestatario.

FIRMAS

En [Contract City], a [Contract Date].

PRESTAMISTA:

[Lender Name]

Representado por: [Lender Representative]

Firma: _________________________

PRESTATARIO:

[Borrower Name]

Representado por: [Borrower Representative]

Firma: _________________________

Lender (Prestamista / Acreedor)

________________

Signature

Borrower (Prestatario / Deudor)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Crédito entre Partes Relacionadas México

El Acuerdo de Crédito entre Partes Relacionadas en México es un documento legal regido por los Artículos 76 Fracción XII y 179–184 de la LISR, que establece condiciones de libre competencia para préstamos intercompañía entre partes relacionadas conforme a las reglas de precios de transferencia del SAT.

El Artículo 76 Fracción XII de la LISR establece una obligación de documentación crítica para las personas morales residentes en México: deben obtener y conservar documentación de precios de transferencia que demuestre que todas las operaciones con partes relacionadas — incluyendo préstamos intercompañía — se celebraron a precios y condiciones de libre competencia (precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables). La falta de esta documentación expone al contribuyente a la determinación presuntiva de ingresos por parte del SAT bajo el Artículo 59 del CFF, con multas bajo los Artículos 76 a 82 del CFF.

Los Artículos 179 a 184 de la LISR contienen el marco completo de precios de transferencia de México — plenamente alineado con las Directrices de la OCDE sobre Precios de Transferencia para Empresas Multinacionales y Administraciones Fiscales, adoptadas por el SAT como referencia principal para el análisis de precios de transferencia. El Artículo 179 LISR define ampliamente las partes relacionadas: las empresas son relacionadas cuando una participa directa o indirectamente en la administración, control o capital de la otra; cuando la misma persona o grupo participa en la administración, control o capital de ambas; o cuando las operaciones entre ellas se realizan a precios o montos distintos de los que acordarían partes independientes en condiciones comparables. Para los préstamos intercompañía, el Artículo 179 LISR exige que las tasas de interés, los plazos, las garantías y las condiciones del crédito reflejen lo que prestatarios y prestamistas independientes acordarían en operaciones comparables (principio de plena competencia).

Los métodos de precios de transferencia aplicables a préstamos intercompañía bajo el Artículo 180 LISR incluyen: el método de Precio Comparable No Controlado (PCNC), que compara la tasa intercompañía con tasas de mercado en préstamos comparables de terceros; el método de Costo Adicionado; y el método de Participación de Utilidades para arreglos más complejos. El SAT publica regularmente criterios sobre tasas de interés de puerto seguro con referencia a los diferenciales de la TIIE (Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio) para préstamos en MXN — la TIIE es publicada diariamente por Banco de México (BANXICO) conforme al Artículo 24 de la Ley del Banco de México — y lineamientos basados en SOFR para préstamos en dólares o moneda extranjera tras la discontinuación del LIBOR en 2023.

En materia de capitalización delgada, el Artículo 28 Fracción XXVII de la LISR limita la deducibilidad de los intereses pagados sobre deuda intercompañía que exceda la razón de 3:1 entre deuda y capital contable — el exceso de intereses sobre deuda con capitalización delgada no es deducible. La Reforma Fiscal de 2022 introdujo adicionalmente las limitaciones del Plan de Acción BEPS 4 bajo el Artículo 28 Fracción XXXII LISR, que establecen un tope a la deducción total de intereses netos equivalente al 30% del EBITDA ajustado (UAFIDA ajustada). Los Convenios para Evitar la Doble Imposición entre México y más de 60 países, administrados a través de la red de tratados del SAT, proporcionan tasas reducidas de retención sobre pagos intercompañía transfronterizos de intereses bajo los Artículos 166–168 LISR.

Cuándo necesitas Acuerdo de Crédito entre Partes Relacionadas México

El Acuerdo de Crédito entre Partes Relacionadas México se requiere cada vez que una empresa o persona física presta dinero a una parte relacionada — ya sea una subsidiaria, controladora, afiliada o entidad controlada por el mismo accionista — y ambas partes necesitan cumplir con los requisitos de documentación de precios de transferencia del SAT bajo los Artículos 76 Fracción XII y 179–184 de la LISR.

El acuerdo es indispensable para cualquier préstamo intercompañía dentro de un grupo empresarial mexicano — incluyendo préstamos de una sociedad controladora a sus subsidiarias operativas, préstamos back-to-back donde la controladora re-presta financiamiento bancario externo a las subsidiarias a condiciones de libre competencia, y arreglos de tesorería donde una entidad del grupo administra efectivo a nombre de entidades relacionadas. Todos estos arreglos deben documentarse para cumplir con los requisitos de auditoría del SAT bajo el Artículo 42 Fracción IX del CFF y deben estar respaldados por un estudio contemporáneo de precios de transferencia preparado por un Contador Público Certificado (CPC).

El documento se requiere para préstamos de accionistas (préstamos de accionistas) — financiamiento otorgado por un accionista a la empresa en la que tiene participación accionaria. Sin un acuerdo de crédito debidamente documentado a tasas de interés de libre competencia consistentes con los puntos de referencia de la TIIE publicados por BANXICO, el SAT puede recaracterizar el préstamo del accionista como: una aportación de capital (aportación de capital) — no deducible y sujeta a retención de dividendos en la devolución; o como ingreso laboral (prestación laboral) si el prestatario también es empleado — sujeto a ISR y aportaciones al IMSS.

Se necesita un Acuerdo de Crédito entre Partes Relacionadas para préstamos intercompañía transfronterizos entre entidades mexicanas y afiliadas extranjeras — crítico para cumplir con las reglas de capitalización delgada del Artículo 28 Fracción XXVII LISR, las limitaciones a la deducibilidad de intereses del Plan de Acción BEPS 4 bajo el Artículo 28 Fracción XXXII LISR adoptadas en la Reforma Fiscal de 2022, y las obligaciones de reporteo país por país (informe país por país) bajo el Artículo 76-A LISR para grupos multinacionales con ingresos consolidados superiores a 12,000 millones de MXN.

El acuerdo también se requiere para los arreglos de cash pooling dentro de grupos multinacionales que operan en México — tanto las estructuras de pooling nocional como las de pooling físico requieren condiciones documentadas de libre competencia para los saldos acreedores y deudores de los participantes mexicanos del pool, conforme a los lineamientos específicos del SAT sobre arreglos de pooling emitidos a través de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Conforme a los Arts. 76-XII y 179–184 LISR, cualquier operación de crédito intercompañía sin condiciones documentadas de libre competencia es vulnerable a ajuste por parte del SAT bajo el Artículo 59 del CFF, rechazo de deducciones de intereses y multas administrativas del 55% al 75% del impuesto omitido bajo el Artículo 76 del CFF, más recargos desde la fecha en que surgió la obligación conforme al Artículo 21 del CFF.

Qué incluir en tu Acuerdo de Crédito entre Partes Relacionadas México

Un Acuerdo de Crédito entre Partes Relacionadas México válido conforme a los Artículos 76 Fracción XII y 179–184 de la LISR debe contener los siguientes elementos esenciales para satisfacer los requisitos de documentación de precios de transferencia del SAT y el principio de plena competencia:

Identificación de las Partes y la Relación entre Partes Relacionadas: Nombre completo, RFC (Registro Federal de Contribuyentes emitido por el SAT), domicilio fiscal y registro corporativo tanto del prestamista (prestamista / acreedor) como del prestatario (prestatario / deudor). Descripción expresa de la relación entre partes relacionadas — porcentaje de participación accionaria directa o indirecta, estructura de control común, u otra base para la determinación de partes relacionadas conforme al Artículo 179 LISR. Esta identificación de la relación se requiere en la Declaración Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas presentada anualmente ante el SAT.

Monto del Préstamo y Moneda: El monto principal (capital del préstamo) y la moneda — pesos mexicanos (MXN), dólares estadounidenses (USD), euros (EUR) u otra divisa. Para préstamos en moneda extranjera, el acuerdo debe especificar el mecanismo de tipo de cambio para los cálculos de capital e intereses conforme a las tasas publicadas por Banco de México (BANXICO) según el Artículo 20 del CFF.

Tasa de Interés de Libre Competencia (LISR Art. 179): La tasa de interés acordada, que debe reflejar la tasa de libre competencia que partes independientes acordarían para un préstamo comparable en condiciones comparables. Para préstamos en MXN: típicamente la TIIE (Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio) — la tasa de referencia interbancaria de México publicada diariamente por Banco de México (BANXICO) — más un diferencial crediticio que refleje la solvencia del prestatario (típicamente 0.5% a 3.0% sobre la TIIE). Para préstamos en USD: SOFR (Secured Overnight Financing Rate) — el punto de referencia post-LIBOR — más un diferencial crediticio apropiado documentado en el análisis contemporáneo de precios de transferencia.

Referencia a la Documentación de Precios de Transferencia: Reconocimiento expreso de que la tasa de interés y las condiciones del préstamo se han establecido a valor de libre competencia conforme al Artículo 179 LISR, respaldados por un análisis contemporáneo de precios de transferencia preparado mediante una metodología aprobada del Artículo 180 LISR por un CPC o abogado fiscalista especializado en precios de transferencia.

Monitoreo de Capitalización Delgada (LISR Art. 28 Frac. XXVII): Cláusula que confirma que el total de la deuda del prestatario con partes relacionadas no excede la razón de 3:1 (deuda/capital) conforme al Artículo 28 Fracción XXVII LISR, o documentación de que aplica una excepción. Adicionalmente, reconocimiento del tope del 30% del EBITDA del Plan de Acción BEPS 4 bajo el Artículo 28 Fracción XXXII LISR vigente desde 2022. Los intereses sobre deuda excedente a estos límites no son deducibles y pueden recaracterizarse como distribución de dividendos sujeta a retención bajo el Artículo 164 LISR.

Calendario de Amortización: Fecha de vencimiento (fecha de vencimiento) o tabla de amortización para el reembolso del capital; frecuencia de pago de intereses (mensual, trimestral, semestral o anual); cualquier período de gracia para los reembolsos de capital; y derechos de prepago (prepago anticipado) con cualquier penalidad por prepago. Los plazos de reembolso deben ser comercialmente razonables y consistentes con lo que prestamistas independientes impondrían en circunstancias comparables conforme al principio de plena competencia.

Retención de ISR sobre Intereses (LISR Arts. 166–168): Para préstamos transfronterizos de prestamistas extranjeros, reconocimiento de la retención de ISR aplicable sobre los pagos de intereses — 4.9% para deuda colocada entre el gran público inversionista; 10% para entidades del sistema financiero; 15% para partes relacionadas en países con tratado bajo el Convenio para Evitar la Doble Imposición aplicable; 21% para beneficiarios en REFIPRES; y 25% para otros residentes extranjeros sin tratado. La obligación del prestatario de retener, enterar a más tardar el día 17 del mes siguiente y emitir la constancia de retención bajo la LISR debe documentarse, incluyendo el CFDI de retención para beneficiarios extranjeros.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Acuerdo de Crédito entre Partes Relacionadas México como punto de partida práctico. Los préstamos intercompañía deben ser revisados por un Contador Público Certificado (CPC) o abogado fiscalista especializado en precios de transferencia antes de su firma, respaldados por un análisis contemporáneo de precios de transferencia, y divulgados en la Declaración Informativa presentada ante el SAT.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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