Acuerdo de Novación de Hipoteca España
MORTGAGE NOVATION AGREEMENT (ACUERDO DE NOVACIÓN DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO)
This Mortgage Novation Agreement ("Acuerdo de Novación de Préstamo Hipotecario") is entered into pursuant to Ley 5/2019 Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario art. 23 and Ley 2/1994 sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios between:
LENDER (PRESTAMISTA): [Lender Name], NIF/CIF [Lender NIF], with registered address at [Lender Address].
BORROWER (PRESTATARIO): [Borrower Name], DNI/NIE [Borrower DNI], domiciled at [Borrower Address]. Co-borrower (if applicable): [Co-Borrower Name].
1. MORTGAGED PROPERTY
1.1 The mortgaged property (finca hipotecada) is: [Property Description], registered in the [Property Registration], with catastral reference [Catastral Reference].
2. ORIGINAL MORTGAGE
2.1 This novation modifies the mortgage loan formalised in the escritura pública executed on [Original Deed Date] before [Original Notary], with an outstanding principal balance of €[Outstanding Principal] as of the date of this agreement.
3. MODIFIED MORTGAGE TERMS (CONDICIONES NOVADAS)
3.1 Type of novation: [Novation Type].
3.2 New interest rate: [New Interest Rate]. All other interest rate provisions of the original mortgage not modified herein continue in full force.
3.3 New maturity date: [New Maturity Date]. New monthly instalment: €[New Monthly Instalment] (calculated using the sistema francés — French amortisation method).
3.4 Early repayment fee: [Early Repayment Fee]. This fee complies with Ley 5/2019 (LCCI) art. 23.4 or 23.6 as applicable. All other terms of the original mortgage not expressly modified herein remain unchanged.
4. LCCI COMPLIANCE AND PRE-CONTRACTUAL INFORMATION
4.1 FEIN: The revised Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) was provided to the Borrower at least 10 business days before the execution of this novation deed. FEIN provided: [FEIN Provided].
4.2 Notarial Act: The Borrower appeared before a freely chosen Notario on [Notarial Act Date] to receive independent explanations of the novation terms under Ley 5/2019 art. 15. The Notario issued the required transparency certificate (acta notarial previa).
4.3 Guarantor consent: [Guarantor Consent]. The parties acknowledge that, under Código Civil art. 1851, a guarantor not consenting to a term extension may be discharged from the guarantee.
5. COSTS AND TAXES
5.1 Pursuant to Ley 5/2019 (LCCI) art. 29 and Real Decreto-Ley 17/2018, the Lender shall bear the Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), notarial fees for the first copy of the novation deed, and Registro de la Propiedad inscription fees. The Borrower shall pay the cost of the second copy of the notarial deed and any required property valuation (tasación).
5.2 Where this novation modifies only the interest rate type or amortisation period under Ley 2/1994 art. 9, the AJD exemption applicable to such modifications is acknowledged by the parties.
SIGNATURES
This Mortgage Novation Agreement shall be executed as an escritura pública before a Notario de España and inscribed in the Registro de la Propiedad.
Lender (Prestamista)
[Lender Name]
Borrower (Prestatario)
[Borrower Name]
Qué es Acuerdo de Novación de Hipoteca España
El Acuerdo de Novación de Hipoteca es, en España, el contrato escrito regulado por Ley 5/2019 Reguladora de Contratos de Crédito Inmobiliario art. 23, que fija por escrito los derechos y obligaciones recíprocos de las partes y resulta exigible ante los tribunales civiles.
La Ley 5/2019 (LCCI) fue aprobada para transponer la Directiva 2014/17/UE (Directiva de Crédito Hipotecario Europeo) al ordenamiento jurídico español, sustituyendo y ampliando significativamente el marco de protección al consumidor en materia de contratos de préstamo hipotecario. La LCCI aplica a todos los contratos de crédito con garantía hipotecaria sobre bienes inmuebles de uso residencial en España en los que el prestatario sea persona física, con independencia de la finalidad del préstamo. El Banco de España supervisa el cumplimiento de la LCCI por las entidades de crédito.
El Artículo 23 LCCI establece los requisitos obligatorios de información precontractual antes de formalizar la novación hipotecaria: el prestamista debe entregar al prestatario la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) actualizada y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE) con las condiciones modificadas con al menos 10 días hábiles de antelación a la firma de la escritura de novación, informando sobre el nuevo cuadro de amortización, el coste total del crédito y la TAE resultante de la modificación.
El acta notarial previa, introducida por el Artículo 15 LCCI, es una característica distintiva del derecho hipotecario español: antes de firmar la escritura de novación, el prestatario debe comparecer ante un Notario elegido libremente por él para recibir explicaciones independientes sobre las condiciones de la novación y confirmar su comprensión. El Notario expide un certificado acreditativo de dicha comparecencia — sin este certificado, el Notario no puede autorizar la escritura de modificación.
La Ley 2/1994 sigue siendo aplicable junto a la LCCI en determinados escenarios de novación y regula específicamente la subrogación hipotecaria (traslado de la hipoteca a un nuevo prestamista) y el procedimiento formal de novación, incluida la exigencia del Artículo 9 Ley 2/1994 de que los acuerdos de novación hipotecaria se formalicen en escritura pública e inscriban en el Registro de la Propiedad.
La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), establece un régimen de protección reforzada para los prestatarios personas físicas que se aplica a los procesos de novación hipotecaria, exigiendo que el notario autorizante compruebe que el prestatario ha recibido la documentación precontractual (Ficha Europea de Información Normalizada — FEIN — y Ficha de Advertencias Estandarizadas — FiAE) con al menos 10 días de antelación a la firma, y que ha comparecido ante notario sin la presencia del representante de la entidad financiera para recibir el asesoramiento notarial gratuito sobre las condiciones del acuerdo. El Artículo 23 LCCI regula la novación modificativa de préstamos hipotecarios, estableciendo que los gastos de tasación del inmueble y de la copia notarial del acuerdo de novación son a cargo de la entidad prestamista desde la entrada en vigor de la LCCI, conforme a la doctrina del Tribunal Supremo establecida en sentencias de 2020 y 2021.
Cuándo necesitas Acuerdo de Novación de Hipoteca España
El Acuerdo de Novación de Hipoteca España es necesario siempre que prestatario y prestamista acuerden modificar las condiciones de un préstamo hipotecario existente garantizado sobre un inmueble residencial español — requiriendo información precontractual conforme a la LCCI, acta notarial previa e inscripción en el Registro de la Propiedad.
El acuerdo es preciso cuando un prestatario con hipoteca a tipo variable referenciada al Euríbor desea convertirla en hipoteca a tipo fijo — la novación más habitual en España desde que la subida del Euríbor elevó significativamente las cuotas mensuales a partir de 2022. El Artículo 23.6 LCCI establece una comisión reducida por reembolso anticipado para esta conversión.
La Novación de Hipoteca España es necesaria cuando un prestatario con dificultades económicas solicita ampliar el plazo de amortización de la hipoteca para reducir las cuotas mensuales — por ejemplo, pasando de 20 a 30 años. Esto reduce la cuota mensual pero incrementa el total de intereses pagados durante la vida del préstamo.
El documento es preciso cuando el prestatario solicita un período de carencia — durante el cual solo se abonan intereses sin amortizar capital — o cuando prestamista y prestatario acuerdan una reducción temporal del diferencial de interés o un reembolso parcial anticipado de capital.
La Novación de Hipoteca España es necesaria cuando se incorporan nuevos titulares a la hipoteca o cuando uno de los cotitulares originales queda liberado de la obligación (novación subjetiva) — por ejemplo, tras un divorcio en el que uno de los cónyuges asume la titularidad exclusiva del préstamo.
El documento también es preciso cuando prestamista y prestatario acuerdan modificar el índice de referencia de una hipoteca variable — por ejemplo, sustituyendo el IRPH Entidades (declarado parcialmente abusivo por la jurisprudencia del TJUE, sentencia Kásler, C-26/13) por el Euríbor, conforme a las directrices del Banco de España.
La novación hipotecaria es también necesaria cuando el prestatario ha obtenido una resolución judicial firme del Juzgado de Primera Instancia declarando nula una cláusula abusiva del préstamo original — como la cláusula suelo (interés mínimo garantizado para el banco), declarada abusiva por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en sentencia de 21 de diciembre de 2016 (asunto Gutiérrez Naranjo y otros) y por el Tribunal Supremo en sentencias posteriores — y desea incorporar las modificaciones derivadas de la sentencia al título hipotecario inscrito en el Registro de la Propiedad mediante una escritura notarial de novación.
Qué incluir en tu Acuerdo de Novación de Hipoteca España
Un Acuerdo de Novación de Hipoteca España válido conforme a la Ley 5/2019 LCCI y la Ley 2/1994 debe incluir los siguientes elementos para garantizar su ejecutabilidad e inscripción en el Registro de la Propiedad.
Identificación de las Partes: Nombre completo, DNI/NIE/NIF y domicilio de la entidad prestamista y del prestatario o prestatarios. Para prestamistas institucionales, número de inscripción en el Banco de España y domicilio social. Para hipotecas a nombre de una sociedad, el NIF/CIF y datos del Registro Mercantil.
Datos de la Hipoteca Original: Referencia a la escritura de préstamo hipotecario original — notario, fecha de escritura, número de protocolo y datos de inscripción en el Registro de la Propiedad (número de finca registral, tomo, libro, folio, número de inscripción). Importe original del préstamo, saldo vivo actual y tipo de interés e índice de referencia originales.
Condiciones Modificadas: Las condiciones exactas que se novan — nuevo tipo de interés y si es fijo o variable; nuevo índice de referencia y diferencial si es variable; nuevo plazo de amortización; nueva TAE con las condiciones modificadas; y, en su caso, nueva divisa.
Información Precontractual: Acreditación de que la FEIN y la FiAE con las condiciones modificadas fueron entregadas al prestatario con al menos 10 días hábiles de antelación a la firma, conforme al Artículo 14 LCCI.
Certificado del Acta Notarial: Referencia al acta notarial previa (art. 15 LCCI) — el certificado expedido por el notario elegido libremente por el prestatario que acredita su comparecencia y comprensión de las condiciones de la novación. Sin este certificado el notario no puede autorizar la escritura de novación.
Comisión por Reembolso Anticipado: Cálculo de la comisión por reembolso anticipado aplicable a la novación conforme al Artículo 23.6 LCCI — 0,25 % durante los tres primeros años en conversiones a tipo fijo; sin comisión a partir del tercer año.
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados: Conforme al Real Decreto-Ley 17/2018 y al Artículo 29 LCCI, el prestamista (no el prestatario) soporta el AJD sobre la escritura de novación. Las novaciones que únicamente modifican el tipo de interés o el plazo pueden beneficiarse de la exención del AJD conforme al Artículo 9 de la Ley 2/1994.
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Novación de Hipoteca España como punto de partida. Las novaciones hipotecarias requieren escritura pública e inscripción en el Registro de la Propiedad, y deben ser revisadas por un abogado especialista en derecho hipotecario o un gestor administrativo.
Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y FiAE: Conforme al Artículo 14 LCCI, la entidad financiera debe entregar al prestatario la FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada) y la FiAE (Ficha de Advertencias Estandarizadas) con al menos 10 días naturales de antelación a la firma de la escritura de novación. El notario verifica el cumplimiento de este plazo antes de autorizar la escritura, siendo nula la novación que no respete este requisito imperativo.
Cláusulas prohibidas en la novación hipotecaria: La LCCI prohíbe expresamente en las escrituras de novación hipotecaria: (i) cláusulas suelo; (ii) hipotecas multidivisa sin información transparente sobre el riesgo de tipo de cambio; (iii) vencimiento anticipado por mora de una cuota si la deuda vencida no supera el 3% del capital para la primera mitad del préstamo (Artículo 24 LCCI); (iv) comisiones por amortización anticipada superiores al 0,25% del capital amortizado durante los 3 primeros años y 0,15% del cuarto al quinto año para préstamos a tipo variable, conforme al Artículo 23 LCCI.
Gastos de la novación hipotecaria: Desde la Ley 5/2019 (LCCI), los gastos de tasación, notaría, gestoría y registro de la novación hipotecaria se distribuyen entre la entidad financiera (notaría, gestoría, registro e IAJD excepto la copia para el prestatario) y el prestatario (copia notarial para el prestatario). El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en las novaciones de préstamos hipotecarios para la vivienda habitual está exento conforme al Artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/1993 (Texto Refundido del ITPyAJD) en virtud de la Sentencia del Tribunal Supremo (Pleno) de 16 de octubre de 2018.
Forms-legal.com proporciona este modelo de Acuerdo de Novación Hipotecaria como orientación inicial. Los prestatarios deben comparar las condiciones ofrecidas por su entidad con las del mercado hipotecario, consultar a un abogado especialista en derecho hipotecario y verificar que la novación cumple todos los requisitos de la LCCI antes de firmar ante notario. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Acuerdo de Novación de Hipoteca España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/real-estate/property/acuerdo-novacion-hipoteca-espana
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}Preguntas Frecuentes
En el derecho hipotecario español, la novación hipotecaria y la subrogación hipotecaria son dos mecanismos jurídicos distintos regulados por la Ley 2/1994. La novación hipotecaria modifica las condiciones de una hipoteca existente con el mismo prestamista — el prestatario renegocia el tipo de interés, el plazo de amortización u otras condiciones directamente con su banco actual. La carga hipotecaria permanece inscrita sobre el inmueble con el mismo prestamista. La subrogación hipotecaria traslada la hipoteca a un nuevo prestamista — otra entidad bancaria cancela la hipoteca original y se convierte en el nuevo acreedor, habitualmente ofreciendo condiciones más favorables. La subrogación requiere el cumplimiento del procedimiento específico de la Ley 2/1994, incluido el derecho del prestamista original a igualar la oferta del banco competidor (derecho de igualación — art. 3 Ley 2/1994) en el plazo de 15 días. Tanto la novación como la subrogación requieren escritura pública y nueva inscripción en el Registro de la Propiedad, y ambas activan los requisitos de protección al consumidor de la LCCI (FEIN, FiAE, acta notarial) bajo la Ley 5/2019.
Una novación hipotecaria en España genera varios costes. La escritura pública de novación conlleva aranceles notariales fijados por el Real Decreto 1426/1989, calculados en función del importe del préstamo. Son aplicables los aranceles registrales del Registro de la Propiedad al inscribir la escritura modificada. Desde el Real Decreto-Ley 17/2018, el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) sobre las escrituras hipotecarias es soportado por el prestamista (no por el prestatario). No obstante, las novaciones que únicamente modifican el tipo de interés o el plazo se benefician de la exención del AJD conforme al artículo 9 de la Ley 2/1994. Puede aplicarse una comisión por reembolso anticipado o comisión de novación conforme al artículo 23.6 LCCI: para conversiones de variable a fijo, el máximo es el 0,25 % del capital pendiente durante los tres primeros años y cero a partir del tercer año. Los prestamistas también pueden cobrar una comisión de novación, limitada por las disposiciones del contrato hipotecario original y las normas de protección al consumidor de la LCCI. Se recomienda al prestatario comparar el coste total de la novación con las ofertas de subrogación de otros prestamistas.
El acta notarial previa es un trámite obligatorio introducido por el artículo 15 de la Ley 5/2019 Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (LCCI) para todos los contratos de crédito hipotecario y sus modificaciones (incluidas las novaciones) con garantía sobre inmuebles de uso residencial en España. Antes de que el notario del prestamista pueda autorizar la escritura pública de novación hipotecaria, el prestatario debe comparecer personalmente ante un notario de su libre elección (distinto del notario del prestamista) para recibir asesoramiento jurídico independiente sobre las condiciones de la novación. El notario elegido: revisa la FEIN, la FiAE y el borrador de escritura de novación facilitados por el prestamista; explica los términos clave en lenguaje comprensible; responde a las preguntas del prestatario; cumplimenta un cuestionario para verificar la comprensión del prestatario; y expide el acta notarial que certifica la comparecencia y la comprensión de las condiciones. El acta notarial debe expedirse con al menos un día de antelación a la firma de la escritura de novación. El prestatario abona los honorarios del notario elegido por el acta (habitualmente entre 50 € y 150 €). El incumplimiento del requisito del acta convierte la escritura de novación en anulable y puede exponer al prestamista a sanciones regulatorias del Banco de España.
Sí, pero la exclusión de un cotitular de una hipoteca española mediante novación requiere el consentimiento escrito expreso del prestamista (entidad de crédito), que no tiene obligación legal de aceptar. Este tipo de novación — técnicamente una novación subjetiva (cambio de deudores) — extingue la obligación del cotitular saliente y transfiere la responsabilidad exclusiva al prestatario que permanece. El prestamista exige habitualmente: acreditación de que el prestatario que permanece tiene ingresos y capacidad crediticia (solvencia) suficientes para hacer frente a la hipoteca por sí solo; un nuevo análisis de riesgo por el departamento de riesgos del prestamista; escritura pública de novación que recoja el cambio de deudores; y nueva inscripción en el Registro de la Propiedad reflejando la titularidad individual. En la práctica, muchos prestamistas rechazan la novación subjetiva y exigen a los cónyuges divorciados que refinancien o vendan el inmueble si ninguno de los dos puede calificar de forma independiente para la hipoteca. Los tribunales pueden ordenar al prestamista aceptar la liberación del cotitular en supuestos limitados si la hipoteca original contenía cláusulas abusivas conforme a la Directiva 93/13/CEE y la Ley de Consumidores (RDL 1/2007).
El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) es uno de los tributos más litigados en la historia hipotecaria española. Antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 17/2018, los tribunales españoles interpretaban que el AJD era soportado por el prestatario — regla impugnada como abusiva conforme al derecho de consumo europeo. El Real Decreto-Ley 17/2018, aprobado el 8 de noviembre de 2018 (el día en que el Tribunal Supremo revocó su propia sentencia plenaria), transfirió definitivamente la obligación del AJD al prestamista para todos los nuevos contratos hipotecarios y sus modificaciones posteriores. Para la novación hipotecaria, el AJD se aplica al tipo fijado por cada Comunidad Autónoma — habitualmente entre el 0,5 % y el 1,5 % de la responsabilidad hipotecaria ampliada por la novación. Sin embargo, el artículo 9 de la Ley 2/1994 establece una exención total del AJD para las novaciones que exclusivamente modifican el tipo de interés o el plazo de amortización de la hipoteca — los tipos más habituales de novación. Las novaciones que amplían el capital, incorporan nuevos prestatarios o amplían el plazo de la garantía no están cubiertas por la exención y generan AJD al tipo de la Comunidad Autónoma correspondiente, soportado por el prestamista.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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