Skip to main content

Solicitud de Intervención de Hacienda España

Treasury Intervention Request Spain (Solicitud de Intervención de Hacienda)

SOLICITUD DE INTERVENCIÓN DE HACIENDA

Treasury Intervention Request

Ley General Tributaria (Ley 58/2003), Artículo 142

A LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (AEAT)

Delegación / Administración competente por razón del domicilio fiscal del obligado tributario

1. DATOS DEL SOLICITANTE (APPLICANT)

Nombre / Razón Social: [Applicant Name]

NIF / NIE / CIF: [Applicant NIF]

Domicilio Fiscal: [Applicant Address]

Teléfono: [Applicant Phone]

Correo Electrónico: [Applicant Email]

2. REPRESENTANTE (if applicable)

Nombre del Representante: [Representative Name]

NIF del Representante: [Representative NIF]

Título de Representación: [Representation Basis]

3. OBLIGADO TRIBUTARIO OBJETO DE LA SOLICITUD (TAXPAYER)

Nombre / Razón Social: [Taxpayer Name]

NIF / NIE / CIF: [Taxpayer NIF]

Domicilio Fiscal: [Taxpayer Address]

4. OBJETO DE LA SOLICITUD

Concepto(s) Tributario(s): [Tax Concept]

Fundamento Legal: [Legal Basis]

Tipo de Intervención Solicitada: [Intervention Type]

5. EXPOSICIÓN DE HECHOS Y FUNDAMENTOS

[Facts Description]

6. DOCUMENTACIÓN APORTADA

[Evidence Attached]

7. PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos personales facilitados serán tratados por la AEAT conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), con la finalidad exclusiva de tramitar la presente solicitud. Los interesados podrán ejercer sus derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es).

8. SOLICITUD

Por todo lo expuesto, el solicitante SOLICITA a la AEAT que tenga por presentada la presente solicitud y proceda a adoptar las medidas correspondientes al tipo de intervención indicado, de conformidad con los artículos de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) citados en el fundamento legal.

En [Submission City], a [Submission Date].

Firmado: [Applicant Name]

NIF / NIE: [Applicant NIF]

Firma: _________________________

Applicant / Representative

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Solicitud de Intervención de Hacienda España

La Solicitud de Intervención de Hacienda es, en España, el escrito dirigido al organismo o autoridad competente regulado por Ley General Tributaria (Ley 58/2003), art. 142, mediante el que el interesado insta la tramitación de un procedimiento. Se rige por Ley General Tributaria (Ley 58/2003), art. 142. La Ley General Tributaria (LGT) es la norma principal que regula la relación tributaria entre el Estado español y los contribuyentes. El Artículo 142 LGT otorga a los Inspectores de Hacienda amplias potestades que incluyen la entrada en locales empresariales, el examen de libros y registros, la interrogación de los obligados tributarios y de terceros, y la incautación de documentación. Estas potestades son ejercidas por el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT y sus delegaciones regionales (Delegaciones Especiales y Delegaciones de la AEAT). La solicitud puede ser presentada por cualquier persona con interés legítimo reconocido conforme al Artículo 232 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común (LPAC) — incluido un acreedor que pretenda la ejecución de una deuda judicial sobre las devoluciones tributarias de un deudor, un socio comercial que solicite la investigación de ingresos no declarados, o el propio contribuyente que solicite aclaración de su situación fiscal. Las solicitudes relativas a deudas tributarias de terceros deben acreditar una conexión jurídica directa — como que el solicitante tenga una sentencia firme o una resolución administrativa que establezca la obligación del deudor, o que sea acreedor reconocido en un procedimiento concursal al amparo del Real Decreto Legislativo 1/2020. La Sección de Recaudación de la AEAT tramita las solicitudes de ejecución conforme a los artículos 160 a 178 LGT, que regulan la recaudación ejecutiva incluyendo el embargo de cuentas bancarias, salarios, bienes inmuebles y activos empresariales. La solicitud debe dirigirse a la Delegación de la AEAT competente — determinada por el domicilio fiscal del obligado tributario, que para las personas físicas es su residencia habitual y para las entidades es su domicilio social o lugar de dirección efectiva conforme al Artículo 48 LGT. Para los grandes contribuyentes — aquellos con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros — la competencia corresponde a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes. Las actuaciones inspectoras iniciadas como consecuencia de la solicitud se rigen por los artículos 145 a 159 LGT y el Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria (Real Decreto 1065/2007). El plazo máximo de las actuaciones inspectoras es de 18 meses desde la notificación formal del inicio conforme al Artículo 150 LGT, prorrogable a 27 meses en casos complejos con múltiples obligados tributarios o grupos relacionados. La resolución de la AEAT tras la solicitud — ya sea acordando la apertura de inspección, declinando competencia o confirmando actuaciones en curso — debe emitirse dentro de los plazos administrativos de la Ley 39/2015 LPAC y es susceptible de impugnación conforme a los procedimientos de revisión de los artículos 222 a 248 LGT.

Cuándo necesitas Solicitud de Intervención de Hacienda España

La Solicitud de Intervención de Hacienda en España es necesaria cuando un acreedor, titular de una sentencia ejecutiva o parte con interés fiscal legítimo desea implicar formalmente las potestades de inspección o recaudación de la AEAT en relación con los asuntos tributarios, las deudas fiscales o las obligaciones fiscales no declaradas de un contribuyente.

La solicitud es necesaria cuando un acreedor dispone de una sentencia ejecutiva contra un deudor y desea solicitar a la AEAT el embargo de las devoluciones tributarias, reembolsos pendientes o activos fiscales del deudor — proceso regulado por los artículos 163 a 171 LGT sobre embargo administrativo de cuentas bancarias, bienes inmuebles y salarios.

La solicitud es requerida cuando un socio comercial o accionista sospecha la existencia de ingresos no declarados, activos ocultos o solicitudes fraudulentas del IVA por parte de una empresa o particular, y desea notificarlo formalmente a la Inspección de la AEAT para su investigación — especialmente cuando pueda existir delito fiscal conforme al Artículo 305 del Código Penal, aplicable cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros anuales por impuesto y contribuyente.

La Solicitud de Intervención de Hacienda es necesaria cuando un participante en un concurso de acreedores conforme al Real Decreto Legislativo 1/2020 desea notificar a la Sección de Recaudación de la AEAT los activos o fuentes de ingresos del deudor no declarados en el concurso, para que la AEAT pueda ejercer su condición de acreedor privilegiado conforme a las reglas concursales de prelación.

La solicitud es necesaria cuando el propio contribuyente desea solicitar una inspección fiscal voluntaria para regularizar su situación antes de que la AEAT la inicie — una regularización voluntaria que puede reducir o eliminar los recargos y sanciones de los artículos 27 y 191 a 206 LGT. La regularización voluntaria antes de la notificación formal de inicio de inspección evita la aplicación de los recargos por declaración extemporánea del 5 %, 10 %, 15 % o 20 % según el período de retraso.

La solicitud es necesaria cuando un asesor profesional (gestor, asesor fiscal o abogado tributarista) actúa en nombre de un cliente para responder a requerimientos de la AEAT o solicitar aclaración formal sobre el estado de la inspección fiscal del cliente, requiriendo una autorización firmada (representación) registrada en los sistemas electrónicos de la AEAT (Cl@ve, certificado digital o apoderamiento electrónico).

Qué incluir en tu Solicitud de Intervención de Hacienda España

Una Solicitud de Intervención de Hacienda válida para España conforme al Artículo 142 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) debe contener los siguientes elementos esenciales para ser tramitada por la AEAT y cumplir los requisitos de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.

Identificación del solicitante: Nombre completo o denominación social, NIF (Número de Identificación Fiscal) asignado por la AEAT, domicilio fiscal y datos de contacto (teléfono y correo electrónico). Si actúa un representante, deben constar su NIF y el título de la representación (poder notarial, apoderamiento AEAT o representación estatutaria), conforme al Artículo 46 LGT.

Identificación del obligado tributario: Nombre completo o denominación social y NIF del contribuyente frente al que se solicita la intervención, su domicilio fiscal conforme al Artículo 48 LGT, y cualquier información identificativa adicional conocida (IBAN, domicilio registrado, código CNAE de actividad, datos del Registro Mercantil).

Fundamento jurídico de la solicitud: Cita precisa del artículo de la LGT, la LPAC u otra norma que confiera el derecho a solicitar la intervención — principalmente el Artículo 142 LGT para potestades inspectoras, los artículos 160-178 LGT para potestades de recaudación y embargo, o el Artículo 68 LGT para la extensión de los plazos de prescripción.

Exposición de hechos: Relato claro y cronológico de las circunstancias que originan la solicitud — períodos impositivos afectados, conceptos tributarios (IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades, etc.), importes implicados, indicios de incumplimiento y actuaciones administrativas o judiciales previas entre las partes.

Documentación acreditativa: Copias de sentencias judiciales, escrituras notariales, contratos, estados financieros, notificaciones de la AEAT u otros documentos que acrediten los hechos expuestos, referenciados y aportados como anexos numerados (Anexo 1, Anexo 2, etc.) conforme al Artículo 28 LPAC.

Medida concreta solicitada: Indicación clara de lo que el solicitante pide a la AEAT — abrir un procedimiento de inspección, iniciar la recaudación ejecutiva, tramitar un embargo u adoptar cualquier otra actuación administrativa específica al amparo de la LGT.

Protección de datos: Reconocimiento conforme al RGPD (Reglamento (UE) 2016/679) y a la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) de que los datos personales aportados serán tratados por la AEAT exclusivamente a los fines de la intervención solicitada, con derecho de acceso y rectificación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Firma y fecha: Firma del solicitante (o del representante con indicación de la autorización), lugar de firma y fecha de presentación. Las presentaciones electrónicas a través de la Sede Electrónica de la AEAT (sede.agenciatributaria.gob.es) deben emplear firma electrónica reconocida — DNIe, certificado digital o Cl@ve Firma.

Forms-legal.com ofrece este modelo de Solicitud de Intervención de Hacienda como punto de partida práctico. Dada la complejidad técnica del Derecho tributario español y las consecuencias legales de los procedimientos de la AEAT, toda solicitud debe ser revisada por un asesor fiscal o abogado tributarista cualificado antes de su presentación ante la AEAT.

Elementos esenciales de la Solicitud de Intervencion de Hacienda: La solicitud debe incluir la identificacion completa del solicitante (NIF, nombre y apellidos o razon social, domicilio fiscal y datos de contacto), una descripcion precisa del objeto solicitado indicando si se trata de apertura de inspeccion, actuacion de recaudacion ejecutiva o peticion de informacion, y la justificacion del interes legitimo conforme al articulo 232 de la Ley 39/2015 LPAC. Para solicitudes de ejecucion de creditos debe adjuntarse la sentencia firme, el laudo arbitral o la resolucion administrativa que establezca la obligacion del deudor, junto con su NIF. La solicitud debe dirigirse a la Delegacion de la AEAT competente segun el domicilio fiscal del obligado tributario. Para grandes contribuyentes (volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros), la competencia corresponde a la Delegacion Central de Grandes Contribuyentes. Las actuaciones inspectoras se rigen por los articulos 145 a 159 LGT y el Real Decreto 1065/2007. El plazo maximo de las actuaciones es de 18 meses desde la notificacion formal del inicio conforme al articulo 150 LGT, prorrogable a 27 meses en casos complejos. El Tribunal Economico-Administrativo Central (TEAC) conoce los recursos de alzada; la Audiencia Nacional conoce los recursos contencioso-administrativos. Forms-legal.com ofrece esta plantilla como referencia practica para las comunicaciones con la Inspeccion de Hacienda en Espana. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

Citar esta página

Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:

APA

Forms Legal. (2026). Solicitud de Intervención de Hacienda España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/government/tax-forms/solicitud-intervencion-hacienda-espana

MLA

"Solicitud de Intervención de Hacienda España (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/government/tax-forms/solicitud-intervencion-hacienda-espana.

BibTeX
@misc{formslegal-solicitud-intervencion-hacienda-espana,
  author       = {{Forms Legal}},
  title        = {Solicitud de Intervención de Hacienda España (España)},
  year         = {2026},
  howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/espana/government/tax-forms/solicitud-intervencion-hacienda-espana}},
  note         = {Free legal document template}
}

Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

¿Encontró un error? Avísenos

Documentos Relacionados

También puede encontrar útiles estos documentos:

Declaración de la Renta España (Modelo 100 — IRPF)

Guía de preparación y declaración de apoyo para el IRPF en España — regulado por el artículo 96 de la Ley 35/2006. Modelo 100 (Declaración de la Renta): rentas del trabajo, actividades económicas, capital inmobiliario y mobiliario, ganancias patrimoniales y deducciones autonómicas.

Modelo 347 — Declaración Anual de Operaciones con Terceras Personas España

El Modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceras personas en España, regulada por el Real Decreto 1065/2007 art. 31, que obliga a empresas y profesionales a declarar a la AEAT todas las operaciones con proveedores y clientes cuyo importe anual supere los 3.005,06 €.

Modelo 601 — Declaración de Actos Jurídicos Documentados (AJD) España

El Modelo 601 es la autoliquidación del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) de España, regulado por el artículo 29 del Real Decreto Legislativo 1/1993, que se exige al formalizar escrituras notariales, documentos jurídicos y documentos mercantiles sujetos al impuesto sobre actos jurídicos documentados.

Instrucciones Modelo 720 — Declaración de Bienes y Derechos en el Extranjero

Hoja de trabajo e instrucciones de cumplimentación del Modelo 720 en España — guía para la Declaración de Bienes y Derechos en el Extranjero conforme a la DA 18ª de la Ley 58/2003 General Tributaria y Ley 7/2012, de 29 de octubre, que ayuda a los obligados tributarios residentes en España a identificar, valorar y clasificar sus activos en el extranjero antes de la presentación electrónica ante la AEAT.